DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. 18.1 La información que intercambien y clasifiquen como confidencial, como consecuencia de la ejecución del Acuerdo de Producción Limpia en materia de residuos sólidos, podrá ser utilizada como fuente de información para la toma de decisiones y cumplimiento de los fines del mismo.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. El VENDEDOR O TERCERO asume el interés del GESTOR en mantener el carácter confidencial y secreto de la información y datos durante la vigencia del presente acuerdo y finalizado éste, durante el año inmediatamente siguiente.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. 13.1 La información que intercambien y clasifiquen como confidencial, como consecuencia de la ejecución del Convenio, podrá ser utilizada como fuente de información para la toma de decisiones y cumplimiento de los fines del mismo.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. Ambas partes
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. –Los datos e informes obtenidos, en su caso, durante la realización del Proyecto, así como los resultados finales, tendrán carácter confidencial. Cada una de las partes, por lo tanto, se compromete a no difundir, bajo ningún con- cepto, las informaciones científicas o técnicas que resulten de los traba- xxx de investigación mientras no se acuerde por ambas partes que esa información sea de dominio público.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. ▪ LAS PARTES se comprometen a proteger la información a la que pudieran tener acceso como consecuencia del presente convenio, cumpliendo con las normas vigentes de protección de datos personales. ▪ Ninguna de LAS PARTES estará obligada a proporcionar información a la otra parte si la transferencia de dicha información está prohibida por ley. ▪ LA MUNICICIPALIDAD no utilizará la información a la que tendrá acceso a través de la plataforma del Servicio de Publicidad Registral en Línea - SPRL para fines distintos al objeto de EL CONVENIO, siendo responsables por el mal uso que se pueda dar a dicha información.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. 11.1 EL INVERMET se obliga de manera expresa, sin admitir excepción alguna a guardar estricta reserva de toda información o datos que se les suministre y/o en general al que tengan acceso en la ejecución de este convenio.
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. El manejo de la información relacionada con la TARJETA DE CRÉDITO es confidencial. El TARJETAHABIENTE solamente podrá autorizar al BANCO a intercambiar la información derivada del uso de la TARJETA DE CRÉDITO con otras instituciones financieras, agencias centralizadas de información de riesgos y crédito, nacional e internacional, mediante cualquier medio de información impreso o electrónico, siempre que las mismas estén acordes con lo previsto en el Artículo 62 de la Ley de Tarjetas de Crédito, Débito, Prepagadas y demás Tarjetas de Financiamiento o Pago Electrónico, así como de lo contenido en la Constitución y demás leyes relacionadas de la República. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA:
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. En apego al artículo 17 de la Ley de Creación del Sistema Nacional de Información y Registro Único de Beneficiarios del Estado, Ley N° 9137, y del artículo 11 de la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de Sus Datos Personales, Ley No 8968, las personas funcionarias designadas en el artículo quinto del presente convenio, junto con todas las personas designadas por las entidades suscribientes para acceder a la información de las respectivas bases de datos y respectivos sistemas de información, tendrán la obligación de proteger la intimidad de la información de las personas registradas en los sistemas y serán responsables de manera directa por el mal uso de la información consultada. Las personas
DE LA CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. La Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas, así como el becario, se comprometen a guardar confidencialidad sobre la información a la que puedan tener acceso en el desarrollo del proyecto objeto de este convenio, siempre que esas informaciones no sean de dominio público. Como excepción a la confidencialidad descrita, la Fundación Canaria Universitaria de Las Palmas está habilitada a presentar al órgano concedente y de control de la subvención que financia el presente proyecto, todos aquellos resultados, derivados del desarrollo del mismo que le sean requeridos, para la correcta justificación de los fondos recibidos. La Fundación Canaria Universitaria de las Palmas entregará a LA EMPRESA COLABORADOA una copia de los resultados finalmente obtenidos en el desarrollo del proyecto.