Derechos políticos. Queda garantizado a los docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales el derecho a participar en la elección y/o a integrar los órganos de gobierno de conformidad a lo establecido en la Ley de Educación Superior Nº 24.521 o la norma legal que la sustituya.
Derechos políticos. Conforme a la legislación vigente, los valores carecerán para el inversor que los adquiera de cualquier derecho político presente y/o futuro sobre el Emisor o sobre el emisor de los subyacentes que puedan tener los warrants. Los warrants a emitir bajo el presente Folleto Base no atribuirán a sus titulares derecho alguno de reembolso, sino el derecho a percibir los importes que, en su caso, y de conformidad con lo previsto en el presente Folleto Base y en las Condiciones Finales de que se trate, resulten a favor de los mismos en cada emisión. En este sentido, respecto a los derechos económicos y financieros para el inversor, los warrants emitidos bajo el presente Folleto Base se liquidarán exclusivamente por diferencias, otorgando a sus titulares el derecho a percibir en euros, en la Fecha de Pago, la diferencia positiva (Call Warrant) o el valor absoluto de la diferencia negativa (Put Warrant), entre el Precio de Liquidación y el Precio de Ejercicio. Los warrants emitidos dentro de este Folleto Base se entenderán automáticamente ejercitados por sus titulares en sus respectivas Fechas de Ejercicio o de Vencimiento, procediendo el Emisor directamente a realizar a sus titulares las correspondientes liquidaciones positivas a que tuviesen derecho como consecuencia de dicho ejercicio, en las respectivas Fechas de Pago de cada emisión. Los derechos económicos que en su caso correspondan a los titulares de los warrants se abonarán por el Emisor a través de las entidades encargadas de la llevanza de los registros contables correspondientes. Los warrants emitidos no se encuentran bajo la cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos. Plazo válido en el que se pueden reclamar los derechos económicos La acción para reclamar el abono de los derechos económicos que en su caso correspondan a los titulares de los warrants prescribe a los cinco años contados desde la correspondiente Fecha de Pago, de conformidad con el artículo 1964 del Código Civil.
Derechos políticos. Queda garantizado a los docentes de la Universidad el derecho a participar en la elección y/o a integrar los órganos de gobierno de conformidad a lo establecido por el artículo 119 del Estatuto Universitario y su reglamentación.
Derechos políticos. Derecho de información Derecho de asistencia y voto en las Juntas de Accionistas Derecho de transmisión Derecho de impugnación de acuerdos sociales Derecho de separación Derecho de representación proporcional en el Consejo Las acciones pueden clasificarse atendiendo a diferentes criterios en función de los derechos que implica: ordinarias, sin voto, etc. y según el sistema de transmisión entre cotizadas y no cotizadas. La decisión de emitirlas de otra forma depende de la sociedad emisora. Pueden estar representadas por títulos físicos o por anotaciones en cuenta. La representación por anotaciones en cuenta es obligatoria si la sociedad está admitida a cotización en las Bolsas de valores. Por tanto, en las compañías cotizadas la titularidad de las acciones se acredita mediante las referencias de registro que se mantienen en una entidad depositaria. Otros instrumentos xx xxxxx variable son los derechos preferentes de suscripción.
Derechos políticos. Los derechos políticos serán ejercidos de conformidad a las condiciones establecidas en los Establecimientos de Nivel Preuniversitario de la Universidad, promoviendo la participación política de los docentes preuniversitarios.
Derechos políticos. Queda garantizado a todos los docentes de las Instituciones Universitarias Nacionales la participación en los órganos de gobierno de éstas.
Derechos políticos. A partir del momento en que la Concedente comunique al Garante su decisión de ejecutar la garantía prendaria, hasta la transferencia de las acciones prendadas al tercero adquirente de las mismas, los derechos políticos inherentes a tales acciones serán ejercidos por la Concedente. A tal fin, el otorgamiento del presente contrato por los compradores, tiene carácter de mandato irrevocable por el cual le otorga al Concedente, exclusivamente para tal supuesto, los derechos de voto correspondientes a las acciones prendadas. Asimismo, estos derechos incluyen, sin que esto implique limitación alguna, la facultad expresa de nombrar y remover directores, considerar balances y distribución de dividendos y modificar los estatutos sociales.
Derechos políticos. Quienes sean en cada momento titulares legítimos de Obligaciones en vigor integrarán el Sindicato de Obligacionistas que se mantendrá vigente mientras no hayan sido convertidas y/o canjeadas el total de las Obligaciones emitidas. El Sindicato de Obligacionistas tiene por objeto unificar y salvaguardar cuantos derechos y acciones correspondan a los obligacionistas. El funcionamiento y regulación del Sindicato de Obligacionistas se adecuará a lo dispuesto en la legislación vigente en cada momento. El gobierno del Sindicato de Obligacionistas corresponderá a la Asamblea General de Obligacionistas y al Comisario. Se delega expresamente en el Consejo de Administración para que pueda acordar las reglas fundamentales que hayan de regir las relaciones entre la sociedad y el Sindicato. El Reglamento del Sindicato de Obligacionistas, podrá consultarse en todo momento en las oficinas de la Sociedad, así como en la página web.
Derechos políticos. 1. Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos y oportunidades:
a) de participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;
b) de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores, y
c) de tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.
Derechos políticos. Quienes sean en cada momento titulares legítimos de Xxxxx en vigor integrarán el Sindicato de Bonistas que se mantendrá vigente mientras no hayan sido convertidos el total de los Bonos emitidos. El Sindicato de Bonistas tiene por objeto unificar y salvaguardar cuantos derechos y acciones correspondan a los bonistas. El funcionamiento y regulación del Sindicato de Bonistas se adecuará a lo dispuesto en la legislación vigente en cada momento. El gobierno del Sindicato de Bonistas corresponderá a la Asamblea General de Xxxxxxxx y al Comisario.