DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismo.
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Samples: Contrato De Suministro, Supply Contract
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está esta obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de seguridad social, Social y de seguridad e higiene en el trabajo, quedando la administración exonerada de responsabilidad por este incumplimiento. Además, el adjudicatario deberá de asumir el personal que actualmente presta estos servicios quedando subrogado en los derechos y salud y de protección del medio ambiente, por lo obligaciones laborales que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo tenía el gasto que ello origineanterior adjudicatario. El personal adscrito a asumir incluye también a lo/as trabajadores/as que en el momento de cambio de titularidad de contrata se encuentren en situación de IT, descanso maternal invalidez provisional, excedencia, vacaciones. La relación de los servicios que se vienen subcontratando y de las personas adscritas a los mismos con sus respectivos convenios, salarios, antoguedades etc, se adjuntan en el ANEXO I de este Pliego.
1.- El derecho a la realización percepción del precio se ajustará a las siguientes reglas:
a) Se abonarán al contratista, con arreglo a los precios convenidos, los trabajos que realmente ejecute con sujeción al pliego de cláusulas técnicas y a sus modificaciones debidamente autorizadas, a medida que por el Ayuntamiento de Aretxabaleta se den por recibidas de conformidad, las sucesivas facturas correspondientes a los trabajos que se vayan realizando.
b) No tendrá derecho el contratista al pago de las innovaciones o mejoras hechas voluntariamente, aunque fuesen beneficiosas para la Administración. Tampoco se le admitirán reclamaciones por trabajos distintos de los presupuestados, que hubiere realizado sin previa autorización del órgano de contratación, con arreglo a las formalidades exigidas legalmente. En ningún caso tendrá el contratista derecho al abono de los trabajos que realizase, contraviniendo lo dispuesto en este párrafo y en el anterior.
c) A los efectos de pago, éstos se realizarán a 60 días fecha factura. Los pagos realizados, tendrán el concepto de pagos a buena cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan como consecuencia de los informes que los técnicos municipales encargados del servicio puedan realizar.
2.- Además de las contenidas en este Pliego y de las que resulten de la aplicación de las normas supletorias, son especiales obligaciones del contratista las siguientes:
a) Llevar a efecto la imposición de la garantía definitiva en el plazo de quince dias hábiles desde la notificación de la adjudicación, y complementarla cuando fuese procedente.
b) Formalizar el contrato, en el plazo señalado en el acto de adjudicación. Dicho plazo no podrá exceder de treinta días naturales a contar desde el siguiente al de la notificación de la adjudicación.
c) Ejecutar los trabajos contratados en los plazos previstos en el pliego de prescripciones técnicas.
d) Asumir las modificaciones del servicio que le ordene el Ayuntamiento de Aretxabaleta en las condiciones señaladas por la legislación vigente.
e) Ejecutar los trabajos personalmente, no pudiendo ceder, en todo o en parte, el ontrato a otra persona sin la autorización expresa y previa del Ayuntamiento de Aretxabaleta, y con sujeción a las condiciones establecidas por el articulo 114 el Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 xx xxxxx.
f) Notificar, en el plazo de quince días, las incapacidades o incompatibilidades que hubieran podido sobrevenir.
g) La adquisición a su xxxxx de todos los elementos precisos para la prestación del servicio objeto del contrato.
h) Destinar exclusivamente al servicio tanto el personal, como la maquinaria adscrita al mismo, salvo en aquellos casos en los que el Ayuntamiento lo ordene o autorice, dando cuenta de cualquier cambio que se pueda producir, que siempre estará sujeto a autorización municipal.
i) Mantener en adecuado estado de uso y conservación tanto, los materiales como, las instalaciones adscritas al servicio, haciéndose cargo de los gastos que requiera el mantenimiento (revisiones técnicas, obras, etc) y la utilización de los mismos.
j) Pagar todos los gastos que se originen a consecuencia de la licitación y del contrato, dependerá exclusivamente del contratistaentre otros, el cual tendrá todos a titulo enunciativo, los derechos y deberes inherentes a causados por anuncios en los Boletines Oficiales y, en su calidad caso, los que resulten de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención constitución de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios fianzas y de la formalización del contrato en escritura pública con sus copias.
k) Abonar todos los tributos (tasas, contribuciones e impuestos) estatales y locales, a que dieren lugar la licitación y el contrato.
l) Cumplir lo establecido en todas las disposiciones vigentes en materia de relaciones laborales, seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, quedando el Ayuntamiento de Aretxabaleta exonerado de responsabilidad por cualquier incumplimiento que se pudiera producir por parte del contratista.
ll) Responder e indemnizar todos los daños que hubiera lugar para se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción ejecución de los bienes trabajos, asi como los producidos por inclumplimiento de sus obligaciones, en los términos de los artículos 97 y 211 del Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 xx xxxxx. A tal fin aportará, en el lugar que plazo de 15 días desde la Administración indiquenotificación de la adjudicación, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización copia de una póliza de seguros, y justificante del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho pago de la misma, originados que cubra los riesgos inherentes al contrato y en especial a la responsabilidad civil (general, patronal y cruzada) en que pueda incurrir por los daños causados a terceras personas y derivados de actos del personal del contratista, de sus empleados y dependientes permanentes u ocasionales, de la demora o por el incumplimiento maquinaria y equipo que emplee, asi como, a consecuencia de los trabajos realizados durante la ejecución del contrato por causas imputables al mismoservicio objeto de la adjudicación.
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Samples: Pliego De Cláusulas Económico Administrativas, Pliego De Cláusulas Económico Administrativas
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. En la ejecución del contrato, el Contratista deberá ajustarse estrictamente a los términos y condiciones del contrato y a las instrucciones que se impartan por parte de la Municipalidad obligándose a: Contratar al personal que fuere necesario para cumplimentar con los requisitos del presente pliego y conforme a lo establecido en el mismo. Contar con un representante técnico, debidamente autorizado y con facultades de obligarlo en la relación con la Municipalidad, en lo referente a la ejecución de los trabajos. Prestar el servicio a los usuarios del mismo conforme al presente Pliego Observar las disposiciones legales relativas a higiene y seguridad en el trabajo, y las disposiciones de carácter laboral y previsional, debiendo contratar un seguro contra accidentes de trabajo para todo el personal. El contratista se sujetará Contratista dispondrá de lugares suficientes, adecuados para el personal, instalaciones, vehículos y materiales necesarios para el funcionamiento y prestación de los servicios objeto del contrato. Mantener y conservar en buen estado los edificios, locales, las instalaciones, material y vehículos utilizados en la prestación de los servicios concedidos. Serán a cargo del Contratista, por tanto, los gastos de conservación, mantenimiento y servicios de los referidos edificios, locales, instalaciones, vehículos y material. Observar, tanto el Contratista como sus trabajadores, una conducta de respeto y consideración con los usuarios del servicio. Indemnizar a terceros de los daños que les ocasionara el funcionamiento del servicio concedido y en razón del mismo. Ejecutar las modificaciones que en el servicio concedido acordase la Municipalidad, y aconsejare el interés público, con las consiguientes contraprestaciones económicas para la Empresa Contratista. El cumplimiento de la legislación vigente en la materia. Las demás obligaciones derivadas de este pliego de condiciones, y en general, el cumplimiento de los Lotes que acuerdos de los organismos municipales, en sus respectivas atribuciones, relacionadas con la mejora en la prestación del servicio. El contratista garantizará la prestación del servicio cuando se le adjudiquenincurriera en dos días feriados consecutivos, a lo dispuesto al menos en uno de ellos. En todo caso el Contratista garantizará la prestación ininterrumpida de los servicios contratados incluso en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados período en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador exista un nuevo adjudicatario que todavía no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismoasumido dichos servicios.
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Samples: Ordenanza
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista contrato se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, ejecutará con sujeción a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas las cláusulas del mismo y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la su interpretación del contrato diere diera el órgano Ayuntamiento al contratista. Son de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines o en cualquier medio de transportecomunicación, entregalos de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, puesta autorizaciones y permisos procedan en funcionamiento o uso orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros necesarios para la efectividad que pudieran derivarse de la entrega yejecución del contrato durante la vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, en su casose entenderán comprendidos, la retirada a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantíadiversos conceptos. Sin embargo, en ningún caso todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el coste importe del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en Impuesto sobre el lugar donde haya de realizarseValor Añadido (IVA). El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud integración social de personas con discapacidad y de protección del medio ambienteprevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención aprobado por lo Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a se promulguen durante la realización ejecución del contrato, dependerá exclusivamente . A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la entidad contratante. Son especiales obligaciones del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención además de las autorizaciones contenidas en el presente pliego y licenciasen normas complementarias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de las siguientes:
a) Ejecutar los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización trabajos objeto del contrato y llevarlos a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá cabo con estricta sujeción a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes las cláusulas estipuladas en el lugar que contrato y a las órdenes de la Administración indiqueTécnica Municipal competente, así como cualesquiera otros gastos no pudiendo ceder, en todo o en parte, el contrato a que hubiera lugar para otra persona sin autorización expresa de la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismoAdministración.
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Samples: Contrato Administrativo De Servicios
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y entrega, recepción Y montaje de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismo.
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Samples: Supply Agreement
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará tendrá derecho a usar y utilizar las instalaciones, mobiliario y menaje existentes en el cumplimiento local en el que se prestará el servicio objeto del contrato. En cuanto a las obligaciones: ● Serán de cuenta del arrendatario todos los gastos que conlleve la gestión de dichos servicios, ya sea de personal o material, suministro de agua y energía, las averías de todos los aparatos instalados, así como los impuestos correspondientes a dicha actividad. ● Correrán asimismo de cuenta del arrendatario todos los gastos e impuestos que, por el personal que tenga a su servicio hayan de tributar a la Administración o a cualquier otro organismo, no teniendo vinculación alguna respecto del Ayuntamiento. ● Será de cuenta del arrendatario las reparaciones que se fijen por los técnicos competentes. ● Al terminar el contrato se deberán reponer al estado inicial del contrato todas las instalaciones y materiales. ● Abonar el canon a mes vencido en los primeros 7 días del mes siguiente, domiciliando el pago en la cuenta corriente que se señale por este Ayuntamiento. ● El arrendatario se compromete a la conservación y reparación de los Lotes que se le adjudiquenobjetos e instalaciones, así como a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, dejarlos a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico finalización del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados mismo estado en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministrose recibieron, siendo de su cuenta la exclusiva cuenta reposición de los utensilios que, CVE: BOP-2017-1243 Verificable en: xxxx://xxx.xxx-xxxxxxx.xx Viernes, 24 xx xxxxx de 2017 previa inspección del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares Ayuntamiento y cualesquiera otros necesarios para a la efectividad vista del inventario previamente presentado al inicio de la entrega yactividad, esténdeteriorados o hubiesen desaparecido. ● No podrá ceder a terceros la gestión del servicio objeto de este contrato, sin la autorización de este Ayuntamiento. ● Atender las demandas que procedan del Ayuntamiento, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta cuanto a servicios que constituyan el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo . ● Abonar los daños que pudiera causar así como indemnizar a terceras de 800 €. Así mismo correrá a cargo posibles lesiones por el mal uso del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indiqueservicio, así como cualesquiera otros gastos formalizar una póliza específica para el sector de la hostelería. ● Abandonar y dejar libres, a que hubiera lugar para la realización disposición del objeto Ayuntamiento, una vez finalizado el período de vigencia de contrato a su resolución, el local, instalaciones y mobiliario puestos a disposición del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismocontratista.
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Samples: Licitación Para La Explotación De Un Servicio De Bar
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 1. El contratista se sujetará en el cumplimiento tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los Lotes la prestación que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del realmente ejecute con sujeción al contrato, a los documentos contractuales sus modificaciones aprobadas y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación dadas por Aljarafesa, a través del contrato diere el órgano responsable de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar ylos trabajos, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este presente Pliego.
2. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización Serán por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista Adjudicatario todos los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad correcta ejecución de este Contrato en los términos expresados en el presente Pliego y en el de Prescripciones Técnicas.
3. Es obligación del adjudicatario poner en conocimiento de ALJARAFESA cualquier eventualidad o decisión que redunde en una mayor estabilidad, rapidez y orden en los trabajos, no reservándose ningún tipo de información.
4. También deberá tener debidamente asegurado a todo el personal que intervenga en los trabajos objeto de la entrega ycontratación y bajo su dependencia, y en este sentido deberá cumplir con las leyes laborales relativas a la Seguridad Social y los seguros obligatorios de accidente de trabajo, seguro de enfermedad y otras que pudieran afectarle. Asimismo, el adjudicatario deberá tener asegurado los útiles y vehículos adscritos al Contrato. ALJARAFESA, podrá requerir que se le acrediten todas estas circunstancias durante el periodo de vigencia de esta contratación.
5. Antes del inicio de los trabajos, el contratista deberá facilitar relación de todo el personal que vaya a actuar en el servicio, así como, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administraciónsubcontrata que tenga autorizada, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta comunicando en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su todo caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales las variaciones que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenidoproduciendo. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento ALJARAFESA podrá requerir copia de los requisitos legales para TC de dichos trabajadores, en cualquier momento, durante la vigencia del contrato.
6. Todos los supuestos daños y perjuicios que se deriven de subcontratación El la propia ejecución del servicio y de sus actuaciones accesorias o complementarias, se causen a ALJARAFESA o a terceros, serán de la exclusiva responsabilidad del contratista está adjudicatario, quien viene obligado al cumplimiento a atender las reclamaciones que por tal concepto se formulen ante él o ALJARAFESA, asumiendo incluso el pago de las disposiciones vigentes indemnizaciones que correspondan, aun cuando por Resolución Judicial o Administrativa la sanción o indemnización, en materia laboralsu caso, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección viniese obligada ALJARAFESA a atenderla.
7. Aljarafesa podrá durante toda la vigencia del medio ambiente, contrato solicitar información al contratista sobre las condiciones contractuales por lo las que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo se rige el gasto que ello origine. El personal adscrito afecto a la realización ejecución del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del servicio objeto del contrato, hasta un límite máximo debiendo el adjudicatario acomodar aquellas contrataciones a los requerimientos legales precisos para el cumplimiento de 800 €. Así mismo correrá a cargo la Legislación aplicable y el cumplimiento de la obligación del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes contratista, especialmente en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos cuanto a que hubiera lugar para a la realización finalización del objeto contrato el personal afecto al servicio no genere ningún tipo de derecho del que resulte una posible incorporación a Aljarafesa. En caso de inobservancia de estas normas, el adjudicatario será el único responsable, sin que en ningún supuesto se pueda exigir a ALJARAFESA responsabilidad alguna. El incumplimiento de las obligaciones expuestas anteriormente será motivo, en su caso, de resolución del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismo.
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DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo la forma de pago la especificada en el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, con el conjunto de la normativa legal que le sea de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pliego pago de condiciones administrativas las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y técnicas demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del contrato, incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a los documentos contractuales las cláusulas del mismo y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la su interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato diere el órgano designado por la Cámara de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este PliegoComercio xx Xxxxx. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración adjudicatario será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia calidad técnica de los bienes trabajos que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar desarrolle y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos las prestaciones y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indiqueservicios realizados, así como cualesquiera otros gastos a de las consecuencias que hubiera lugar se deduzcan para la realización Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato, tales como contrato o para el supuesto de incumplimiento de los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por gravedad del incumplimiento. Cuando el incumplimiento del contrato adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la Cámara, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación de aquél imparta el responsable del contrato designado. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
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Samples: Contract for Supply and Installation of Fair Carpet
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. 1. El contratista se sujetará en el cumplimiento tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los Lotes la prestación que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del realmente ejecute con sujeción al contrato, a los documentos contractuales sus modificaciones aprobadas y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación dadas por Xxxxxxxxxx, a través del contrato diere el órgano responsable de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar ylos trabajos, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el tiempo y lugar fijados presente Xxxxxx.
2. En cumplimiento de lo establecido en el contrato artículo 120 del TRLCSP, se adjunta la información necesaria del coste laboral del personal a subrogar en el ANEXO X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. La tramitación de baja y alta en las relaciones laborales indicadas en el citado Anexo se realizará entre la Empresa actual y la Empresa adjudicataria de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a Contrato, desde la ejecución fecha de efecto del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidasmismo, averías o perjuicios ocasionados subrogándose esta en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción derechos y obligaciones de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otratrabajadores.
3. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva Serán por cuenta del contratista Adjudicatario todos los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad correcta ejecución de este Contrato en los términos expresados en el presente Pliego y en las Prescripciones Técnicas.
4. Es obligación del adjudicatario poner en conocimiento de ALJARAFESA cualquier eventualidad o decisión que redunde en una mayor estabilidad, rapidez y orden en los trabajos, no reservándose ningún tipo de información.
5. También deberá tener debidamente asegurado a todo el personal que intervenga en los trabajos objeto de la entrega ycontratación y bajo su dependencia, y en este sentido deberá cumplir con las leyes laborales relativas a la Seguridad Social y los seguros obligatorios de accidente de trabajo, seguro de enfermedad y otras que pudieran afectarle. Le corresponderá acreditar periódicamente a requerimiento de ALJARAFESA, estar al corriente de los compromisos contraídos con su personal, presentando los recibos de salarios y sus TC. Asimismo, el adjudicatario deberá tener asegurado los útiles y vehículos adscritos al Contrato. ALJARAFESA, podrá requerir que se le acrediten todas estas circunstancias durante el periodo de vigencia de esta contratación.
6. Antes del inicio de los trabajos, el contratista deberá facilitar relación de todo el personal que vaya a actuar en el servicio, así como, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administraciónsubcontrata que tenga autorizada, hasta el lugar y destino solicitando autorización previa a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales ALJARAFESA sobre las variaciones que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenidoproduciendo. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento ALJARAFESA podrá requerir copia de los requisitos legales para TC de dichos trabajadores, en cualquier momento, durante la vigencia del contrato. Todos los supuestos daños y perjuicios que se deriven de subcontratación El la propia ejecución del servicio y de sus actuaciones accesorias o complementarias, se causen a ALJARAFESA o a terceros, serán de la exclusiva responsabilidad del contratista está adjudicatario, quien viene obligado al cumplimiento a atender las reclamaciones que por tal concepto se formulen ante él o ALJARAFESA, asumiendo incluso el pago de las disposiciones vigentes indemnizaciones que correspondan, aun cuando por Resolución Judicial o Administrativa la sanción o indemnización, en materia laboralsu caso, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección viniese obligada ALJARAFESA a atenderla. Aljarafesa podrá durante toda la vigencia del medio ambiente, contrato solicitar información al contratista sobre las condiciones contractuales por lo las que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo se rige el gasto que ello origine. El personal adscrito afecto a la realización ejecución del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del servicio objeto del contrato, hasta un límite máximo debiendo el adjudicatario acomodar aquellas contrataciones a los requerimientos legales precisos para el cumplimiento de 800 €. Así mismo correrá a cargo la Legislación aplicable y el cumplimiento de la obligación del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes contratista, especialmente en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos cuanto a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento finalización del contrato por causas imputables el personal afecto al mismoservicio no genere ningún tipo de derecho del que resulte una posible incorporación a Aljarafesa. En caso de inobservancia de estas normas, el adjudicatario será el único responsable, sin que en ningún supuesto se pueda exigir a ALJARAFESA responsabilidad alguna. El incumplimiento de las obligaciones expuestas anteriormente podrá motivar la resolución de este Contrato, y en todo caso será motivo de la penalización correspondiente.
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DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista contrato se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, ejecutará con sujeción a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas las cláusulas del mismo y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la su interpretación del contrato diere diera el órgano Ayuntamiento al contratista. Son de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios oficiales o en cualquier medio de transportecomunicación, entregalos de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, puesta autorizaciones y permisos procedan en funcionamiento o uso orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros necesarios para la efectividad que pudieran derivarse de la entrega yejecución del contrato durante la vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, en su casose entenderán comprendidos, la retirada a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantíadiversos conceptos. Sin embargo, en ningún caso todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el coste importe del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en Impuesto sobre el lugar donde haya de realizarseValor Añadido (IVA). El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud integración social de personas con discapacidad y de protección del medio ambienteprevención de riesgos laborales, por conforme a lo que vendrá obligado a disponer las medidas dispuesto en esta materia exigidas por tales disposicionesla Ley 31/1995, siendo a su cargo de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe Reglamento de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo Servicios de los trámites preparatorios y Prevención aprobado por Real Decreto 39/1997, de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo 17 de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indiqueenero, así como cualesquiera otros gastos a de las que hubiera lugar para se promulguen durante la realización ejecución del contrato. A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contratocontrato como personal de la entidad contratante. A tal fin, tales los empleados o responsables de la Administración deben abstenerse de realizar actos que impliquen el ejercicio de facultades que, como los fiscalesparte de la relación jurídico laboral, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar le corresponden a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismoempresa contratista.
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Samples: Contrato Administrativo De Servicios
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. VALORACIONES Y ABONOS. Cód. Validación: AHXYLCM74X96P4XJ5QJA622PM Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 24 de 77 El contratista se sujetará tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la Administración, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el cumplimiento apartado relativo al “Régimen de los Lotes que se le adjudiquenpagos” del Anexo I al pliego. A estos efectos, a de conformidad con el apartado dos de la disposición adicional trigésima segunda de la LCSP, el contratista deberá hacer constar en cada factura presentada, la identificación tanto del órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública, como del órgano de contratación y del destinatario, según lo dispuesto en el pliego apartado relativo los “Órganos administrativos” del Anexo I al pliego. La Administración tendrá la obligación de condiciones administrativas y técnicas del contrato, abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo que acrediten la conformidad con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados lo dispuesto en el contrato de los servicios prestados, y si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de conformidad con las especificaciones técnicas dicho plazo de treinta días los intereses de demora y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa los costes de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados cobro en los bienes antes de su entrega a términos previstos en la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienesLey 3/2004, de acuerdo con 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las condiciones xxx Xxxxxxoperaciones comerciales. Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, sea posterior a su entregael contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, en tiempo y forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de entrega efectiva de las mercancías o la prestación del servicio. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado 4 del artículo 210 LCSP, la Administración será responsable deberá aprobar los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de servicios prestados, dentro de los treinta días siguientes a la prestación del servicio. En todo caso, si el contratista incumpliera el plazo de treinta días para presentar la factura ante el registro administrativo correspondiente en los términos establecidos en la normativa vigente sobre factura electrónica, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo correcta presentación de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidadfactura, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indiquehaya aprobado la conformidad, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contratosi procede, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por efectuado el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismocorrespondiente abono.
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Samples: Contrato De Servicios
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará adjudicatario estará obligado a presentar en el cumplimiento plazo de dos meses, un plan de trabajo sobre las operaciones propias del mantenimiento preventivo, debiendo contener como mínimo identificación del equipo o instalación, revisiones legales, periodicidad y tipo de mantenimiento estándar. Deberá incluir, la totalidad de instalaciones de los Lotes edificios Municipales que figuren en la relación que aporte el Ayuntamiento xx Xxxxxxxx.,de acuerdo a las gamas de mantenimiento que haya ofertado el adjudicatario, particularizando para cada edificio. El adjudicatario se compromete a tomar todas las medidas necesarias, disponiendo de los medios humanos y materiales adecuados para la óptima prestación de los servicios objeto de este contrato, siendo a su cargo todos los costes que origine este compromiso. Irán también a su cargo los transportes de su personal y de los medios auxiliares que sean necesarios para el desarrollo de su labor. En todo lo que no se oponga al presente Pliego de Prescripciones Técnicas, serán de obligatorio cumplimiento toda la normativa técnica vigente al respecto aplicable a los trabajos objeto del contrato. El adjudicatario aportará la información que específicamente se le adjudiquensolicite, a al margen de lo dispuesto establecido en el pliego Pliego de condiciones administrativas Prescripciones Técnicas, sobre: procesos de trabajo, trabajos efectuados, tiempo invertido y técnicas equipos que constituyan el objeto del contrato. Asimismo, aportará información de cualquier defecto o anomalía que observe y mantendrá permanentemente informado al Jefe de Mantenimiento de edificios y a quien el Ayuntamiento determine sobre los planes de realización del trabajo, ya que tendrá que contar con su aprobación. Durante el desarrollo de sus actividades será responsable de los desperfectos causados por sus trabajadores a personas o cosas en general, tanto si pertenecen al adjudicatario, al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx o a terceros. Sin perjuicio de lo anterior, el adjudicatario se obliga a concertar y mantener actualizada, durante la vigencia del contrato, a una póliza de seguros de responsabilidad civil que cubra los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará posibles riesgos que asume bajo este contrato ante el suministro Ayuntamiento o terceros, por un importe de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano 1.000.000 €, teniendo al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx como único beneficiario. Una copia de contrataciónaquella póliza será entregada al Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados La responsabilidad establecida en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración puntos anteriores será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad penal en que puedan incurrir, tanto el propio adjudicatario (mediante sus representantes legales) como sus trabajadores. El servicio contratado será sometido permanentemente a la inspección y vigilancia del suministrador Ayuntamiento xx Xxxxxxxx, a través del servicio de Mantenimiento de Edificio Municipales, con el personal y órganos que éste delegue. A tal efecto, en la oficina del servicio habrá un libro de órdenes en el que se transcribirán todas aquellas órdenes o instrucciones recibidas. No obstante, en caso de deficiencias del servicio, se levantará un acta donde se harán constar los motivos y deberá ser firmada por el Jefe de Servicio y el representante de la empresa al cual se le entregará una copia. Los materiales a utilizar serán de calidad igual o similar a los vicios existentes en cada centro, debiendo contar en todo caso con la conformidad del Servicio de Mantenimiento de Edificios del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx. Estos materiales a reponer o defectos ocultos instalar podrán ser suministrados directamente por este Ayuntamiento siendo obligatoria la colocación de éstos por parte de la contrata de acuerdo a los precios ofertados de mano de obra. Los adjudicatarios deberán comunicar al Servicio de Mantenimiento de Edificios del Ayuntamiento xx Xxxxxxxx cuantas anomalías encuentre en el desarrollo de sus trabajos así como sugerencias en orden a la mejor racionalización y eficacia de los mismos. El empresario está obligado , y a satisfacer los gastos facilitar al Servicio, cuanta información les sea requerida a efectos de comprobación control, estadística o conocimiento de materialeslas operaciones en curso o a realizar, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza tanto en el lugar donde haya de realizarseaspecto técnico como económico. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento También deberán informar de las disposiciones vigentes en materia laboraldeficiencias que observen, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo cuya subsanación no corra a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismocargo.
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Samples: Contrato De Servicios Energéticos Y Conservación Y Mantenimiento
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista DERECHOS: 1. Recibir oportunamente el pago en la forma estipulada en este contrato, y a que el valor intrínseco del mismo no se sujetará altere o modifique durante su vigencia sin su autorización; 2. Acudir ante las autoridades para obtener la protección de los derechos derivados de este contrato y sanción para quien los vulnere. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: 1. Liderar el área financiera de la ESE implementando mecanismos de seguimiento y control de los recursos financieros, generando estrategias para su adecuado utilización. 2) Apoyar la gerencia en la toma de decisiones respecto al área. 3) Supervisar los movimientos de caja y bancos, y realizar las recomendaciones correspondientes. 4) Programar junto con la gerencia y la tesorería los pagos a los proveedores y de los gastos de funcionamiento de la institución. 5) Presentar informes sobre el estado de los recursos, financieros solicitados por la gerencia. 6) Analizar la información presentada por cada una de las áreas financieras. 7) Asistencia para validar la información financiera y atender los plazos, condiciones de presentación de la información financiera, económica y social fijados por la contaduría general de la nación y la contraloría general de la república, toda vez que esta constituye el insumo necesario para la elaboración de los informes de seguimiento y control sobre eficiencia de gasto público y la gestión eficiente de activos 8) Revisión de estado de cartera conforme a los contratos vigentes y sugerir las acciones a seguir 9) Preparar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la ESE. 10) Expedir los Certificados de Disponibilidad Presupuestal. 11) Elaborar los actos administrativos de las modificaciones presupuestales. 12) Elaborar las ejecuciones presupuestales de ingresos de gastos. 13) Realizar estas actividades de manera independiente, bajo su propio riesgo y responsabilidad, sin sujeción a condiciones u horarios diversas a aquellos que se requieran para el cumplimiento del objeto contractual y sin que ello implique exclusividad 14) Presentar los informes que se requieran por parte de la Gerencia del HOSPITAL. 15) Efectuar el pago de los Lotes aportes al Sistema General de Seguridad Social Integral a que se le adjudiquen, a lo dispuesto en haya lugar durante el pliego término de condiciones administrativas y técnicas ejecución del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas lo establecido en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal artículo 50 de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismo.Ley 789 de
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Samples: Professional Services
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará DILIGENCIA…/ La pongo yo, el Secretario de la Corporación, para hacer constar que el Pliego que antecede ha sido aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el cumplimiento 20 de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto julio de 2017. XX0000X0X00XXX0X0XX0 Este documento constituye el resguardo del original del registro del Ayuntamiento de Pozoblanco. Podrá verificarse en xxx.xxxxxxxxxx.xx Firmado por SR. SECRETARIO XXXXXX XXXXXXXXX XXXX XXXXXXX el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. 26/7/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y el Pliego de las contenidas en este PliegoPrescripciones Técnicas, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, contratista las siguientes: :
22.1.- El suministrador está obligado contrato se ejecutará con estricta sujeción a entregar ylas cláusulas establecidas en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas, así como las instrucciones que, en su caso, instalar le diere el responsable del contrato designado por el órgano de contratación.
22.2.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista, respondiendo éste de la calidad de los bienes y de los vicios ocultos que pudieran apreciarse durante el plazo de garantía.
22.3.- Cuando el acto de recepción de los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación .
22.4.- El contratista está obligado al cumplimiento de deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, social y de seguridad y salud y de protección del medio ambientee higiene en el trabajo, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo debiendo tener a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar necesario para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de 800 €empresario. Así mismo correrá a cargo del A tales efectos, el contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en deberá presentar ante el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto servicio gestor o responsable del contrato, tales como con carácter semestral, junto con la certificación del mes que corresponda a dicho periodo, y siempre que así se le requiera por aquél, certificado positivo actualizado a dichas fechas, acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, obligación que tendrá la consideración de condición especial en relación con la ejecución del contrato. Igualmente, deberá presentar en cuanto así sea requerido, la documentación acreditativa de estar al corriente de las demás obligaciones arriba referenciadas, constituyéndose ésta también en condición especial del contrato.
22.5.- El contratista deberá guardar sigilo respecto a los fiscalesdatos o antecedentes que, tasas no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo.
22.6.- El contratista indemnizar está obligado a dedicar o adscribir a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento ejecución del contrato por causas imputables los medios personales o materiales suficientes para ello (frigorífico, regenerador de alimentos, horno).
22.7.- El contratista deberá darse de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades Económicas en el caso de no estarlo a la fecha de adjudicación del contrato.
22.8.- El contratista deberá concertar y mantener actualizado, durante la vigencia del contrato, un seguro de responsabilidad civil con las características y condiciones establecidas en la Cláusula 20ª.1 del presente pliego y prescripción xxxxxxx xxx xxxxxx de prescripciones técnicas.
22.9.- El contratista deberá cumplir la legislación vigente en materia de higiene de los alimentos y disponer de autorización en vigor del registro sanitario que habilite a la empresa para prestar el suministro.
22.10.- El contratista está obligado al mismocumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 227 del TRLCSP para los supuestos de subcontratación.
a) Percibir del Ayuntamiento la contraprestación económica derivada del contrato adjudicado. El contratista facturará mensualmente, a mes vencido, el servicio prestado.
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Samples: Catering Supply Agreement
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales PCAP y xxx Xxxxxx de las contenidas en este PliegoPrescripciones Técnicas Particulares, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, contratista las siguientes: El suministrador está obligado - Cuidar del buen orden del servicio, pudiendo dictar las oportunas instrucciones. - Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a entregar ylos particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones que hayan sido establecidas y mediante el abono, en su caso, instalar de la contraprestación económica comprendida en las tarifas aprobadas - Indemnizar los bienes daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo del servicio, excepto cuando el daño sea producido por causas imputables a la Administración. - Introducir en el desarrollo de la ejecución del contrato aquellas recomendaciones y sugerencias que los Servicios Municipales consideren oportunas para conseguir los objetivos perseguidos. - Cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. - Cualquier otra que se establezca en la legislación vigente y en el ANEXO I del presente PCAP. Obligaciones contractuales esenciales en la ejecución de este contrato: - Cumplir y asumir cada uno de los puntos desarrollados en el objeto del suministro contrato y las mejoras incluidas en el tiempo precio ofertado. - Cumplir con la obligación de remitir trimestralmente los documentos justificativos del pago de las cuotas a la Seguridad Social, retención del IRPF y lugar fijados salarios de los trabajadores relacionados con la ejecución de los trabajos objeto del contrato. - Facilitar a requerimiento del Ayuntamiento, en el plazo xx XXXX (10) DÍAS HÁBILES, en los contratos en los que se imponga al nuevo adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecta la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales, de acuerdo con el artículo 120 del TRLCSP. - Remitir al Ayuntamiento xx Xxxxxx, cuando este lo solicite, relación detallada de aquellos subcontratistas o suministradores que participen en el contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de subcontratación o suministro de cada uno de ellos que guarden una relación directa con el plazo de pago. Asimismo, deberán aportar a solicitud del Ayuntamiento justificante de cumplimiento de los pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 228 y en la Ley 3/2004, de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas 29 de diciembre, en este Pliegolo que le sea de aplicación. El suministrador está obligado a dedicar - Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán previstos en el punto pliego de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y/o en su oferta. - Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y cualesquiera otros necesarios experiencia que, en su caso se exijan en este PCAP o en el de prescripciones técnicas particulares, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio la verificación por este Excmo. Ayuntamiento del cumplimiento de aquellos requisitos. - Todo el personal que el adjudicatario dedique a la ejecución de las prestaciones objeto de este contrato deberá estar integrado en la plantilla del adjudicatario y no tendrá vinculación laboral con este Ayuntamiento. En su mayor parte este personal deberá estar previamente contratado por la empresa. Cuando puntualmente el adjudicatario precise contratar nuevo personal para la efectividad ejecución de este contrato, deberá realizarse bajo alguna modalidad de contratación que no vincule a los trabajadores directamente a los servicios objeto de éste, sino directamente a la empresa adjudicataria del mismo. - La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la entrega ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. Sin que el Ayuntamiento interfiera en las decisiones que adopte para cada trabajador más allá de asegurarse que en todo momento dispone de los efectivos comprometidos y de la correcta ejecución de todas las prestaciones contratadas. - En ningún caso podrá el adjudicatario organizar las prestaciones objeto del contrato que suscribe con este Ayuntamiento de manera que sea susceptible de constituir una unidad económica con identidad propia diferenciada del resto de la actividad de la empresa. Asimismo, velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato. - El personal que preste servicios directos en dependencias municipales deberá disponer de algún elemento distintivo que acredite su relación con la empresa contratista. - Los contratos laborales serán realizados por el adjudicatario en el régimen o modalidad que legalmente corresponda, sujetándose estrictamente a la normativa vigente en materia social y laboral, siendo a su cargo todos los gastos derivados de este cumplimiento. - La movilidad por parte del contratista del personal que destine a la ejecución del contrato requerirá la previa comunicación al Ayuntamiento, y no podrá hacerse con otro personal con mayor antigüedad y/o condiciones de trabajo que resulten más gravosas. - El incremento de la plantilla de trabajadores inicialmente prevista para la ejecución del contrato estará sujeta a autorización previa municipal y no podrá ser alegada frente al Ayuntamiento a efectos de acreditar una ruptura del equilibrio económico del contrato. El Ayuntamiento a la finalización del presente contrato y, en el supuesto de que se acordara continuar presentando el servicio con un nuevo contratista, no incluirá, en su caso, entre los trabajadores con derecho a subrogación, al nuevo personal contratado por el adjudicatario sin autorización previa municipal, siendo de cuenta del contratista del presente contrato todas las indemnizaciones y responsabilidades a que pudieran tener derecho los trabajadores por resolución de sus respectivos contratos. - En materia de seguridad y salud laboral deberá cumplirse escrupulosamente toda la retirada de los bienes usados de la Administraciónnormativa vigente al respecto, hasta pudiendo el lugar Ayuntamiento realizar en cualquier momento las inspecciones y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes controles que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarseconsidere oportunos al efecto. El Ayuntamiento tiene la facultad queda exonerado de inspeccionar y de ser informada cualquier responsabilidad por los incumplimientos del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, social y de seguridad en el trabajo, repercutiendo al adjudicatario cualquier sanción que las Administraciones competentes pudieran imponer al Ayuntamiento subsidiariamente como consecuencia de incumplimientos en la materia del personal afecto a este servicio, sin perjuicio de la penalización que además pueda imponerse de acuerdo con lo señalado en el presente PCAP y salud y en el Pliego de protección Prescripciones Técnicas Particulares. Ninguna persona que el empresario destine a la ejecución del medio ambientecontrato tendrá vinculación laboral o de otro tipo con el Ayuntamiento, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposicionesni durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo de su cuenta todas las indemnizaciones y responsabilidades a su cargo que pudieran tener derecho los trabajadores por resolución de sus respectivos contratos. - El Ayuntamiento reconoce el gasto que ello origine. El personal adscrito derecho a la realización negociación colectiva de los trabajadores del servicio municipal objeto de este contrato, dependerá exclusivamente del contratistaen los términos establecidos en la legislación laboral correspondiente, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista pero en ningún caso participará directamente en dicho negociación ni tomará parte alguna en la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe ejecución de los anuncios acuerdos que ambas partes alcancen, acuerdos que no podrán afectar de ningún modo y cuantos otros gastos se ocasionen en ningún momento a las obligaciones del concesionario en relación con motivo la ejecución de los trámites preparatorios y este contrato. En ningún caso podrá repercutir el adjudicatario al Ayuntamiento ningún incremento de costes derivado de la formalización negociación colectiva, ya sean incrementos retributivos u otras ventajas sociolaborales con repercusión económica, más allá del incremento del precio del contrato que se derive de la aplicación del sistema de revisión de precios previsto en este pliego. Los acuerdos entre empresario y trabajadores no podrán en ningún caso ser alegados frente al Ayuntamiento a efectos de acreditar una ruptura del equilibrio económico del contrato y exigir su mantenimiento, considerándose a estos efectos que los que hubiera lugar para desequilibrios económicos derivados de la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar negociación colectiva se deben exclusivamente a la Administración buena o mala diligencia gestora del negocio por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento parte del contrato por causas imputables al mismoempresario.
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Samples: Contrato De Concesión De Servicios
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista contrato se sujetará ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el cumplimiento presente pliego de los Lotes que se le adjudiquencláusulas administrativas particulares, a observando fielmente lo dispuesto establecido en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contratoprescripciones técnicas, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con así como las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar yque, en su caso, instalar los bienes le diere por escrito el director del servicio objeto del suministro contrato. Será obligación del contratista el abono de los gastos de publicidad en el tiempo y lugar fijados en el BOPA del presente contrato y del resto de conformidad con gastos en los que se pudiera incurrir como consecuencia del mismo. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por sí o por personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a operaciones que requiera la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirloscontrato. Cuando el acto formal tales daños y perjuicios hayan sido ocasionados como consecuencia inmediata y directa de la recepción una orden de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia misma dentro de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán límites señalados en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismosleyes. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materialescontratista deberá cumplir, vigilancia del proceso de fabricaciónbajo su exclusiva responsabilidad, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, social y de seguridad y salud y de protección del medio ambientee higiene en el trabajo, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo debiendo tener a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar necesario para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo respecto del que ostentará, a todos los efectos, la condición de 800 €empresario. Así mismo correrá El contratista deberá guardar sigilo respecto a cargo los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contratista contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista. La entidad adjudicataria dispondrá del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias de la prestación del contrato y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etc., los gastos de entrega cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y recepción de los bienes en el lugar Convenio Colectivo del Grupo de Deportes del Principado xx Xxxxxxxx. En ningún caso de establecerá vinculación alguna entre el personal contratado y el Ayuntamiento de Grado. El adjudicatario deberá suscribir y presentar en el Ayuntamiento de Grado una póliza de seguro de Responsabilidad Civil cuya cobertura alcance cualquier contingencia o eventualidad que se produzca durante el periodo de uso y utilización de las instalaciones, especificando los riesgos y alcance económico de la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para cobertura de cada una de ellas y debiendo justificar cada año el pago de dicha póliza. La entidad adjudicataria garantizará la realización adecuada formación del objeto personal según el Convenio Colectivo del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación Grupo Deportes del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismoPrincipado xx Xxxxxxxx.
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Samples: Contract for Sports Monitors
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará tiene derecho al abono, con arreglo al precio convenido, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la FEMP, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto apartado 5.3 del presente Pliego. Son obligaciones del contratista: Ejecutar el contrato en las condiciones previstas en el pliego de condiciones administrativas presente Xxxxxx y técnicas del contrato, en la oferta técnica por él presentada y con arreglo a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que la FEMP pueda darle. La presentación de un programa de trabajo. Disponer del personal con la capacidad técnica precisa para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de cubrir las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia deriven del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El Tal personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratistacontratista y éste, el cual por tanto, tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad condición de empresario respecto patrono debiendo cumplir por ello las disposiciones vigentes en materia laboral, fiscal, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista adjudicatario o la obtención infracción de las autorizaciones y licenciasdisposiciones sobre seguridad por parte del personal designado por él, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran no implicarán responsabilidad alguna para la realización FEMP, sin perjuicio de que puedan constituir causa para la resolución del suministro contratadopresente contrato. Correrá a cargo del contratista el importe Abonar los gastos de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de licitación, si los hubiere, que serán detraídos, en su caso, de la primera factura. En caso de modificación de los trámites preparatorios componentes del equipo de trabajo que figure en la oferta seleccionada y con carácter previo a que se produzca, comunicar al Coordinador del Proyecto la identificación de los que se incorporan y de los que se sustituyen. Para que tal modificación pueda llevarse a efecto, será requisito ineludible la formalización autorización previa de la FEMP y que las personas que se incorporen reúnan similares características de formación y experiencia que las vayan a sustituir. Observar reserva absoluta de la información obtenida en el desarrollo del proyecto y, salvo autorización expresa de la FEMP, no utilizar para sí ni proporcionar dato alguno de los trabajos contratados, ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos. En todo caso, el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de estas obligaciones, siendo además dicho incumplimiento causa de resolución del contrato. Esta obligación de confidencialidad se mantendrá, conforme a lo dispuesto en el artículo 133 de la LCSP con carácter indefinido a la terminación del contrato. Si, durante el desarrollo del proyecto, se obtuvieran, intercambiaran o procesaran datos de carácter personal, el régimen de protección de datos de carácter personal en las actuaciones que se desarrollen en ejecución del presente contrato será el previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en su normativa de desarrollo. Reconocer los derechos de propiedad intelectual de la FEMP sobre el resultado de la prestación de los servicios contemplados en este contrato, renunciando a ejercitar cualesquiera derechos sobre los mismos. La FEMP será titular en exclusiva los derechos de explotación que pudieran derivarse de los trabajos realizados por tiempo ilimitado. Entregar a la FEMP, junto a los que hubiera lugar para resultados del trabajo en los formatos referidos en el apartado 4.6, Prestación del Servicio, toda la realización información y documentación generadas en la elaboración del objeto del contratotrabajo, hasta un límite máximo incluyendo en formato digital editable y vectorizado, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, programas de 800 €ordenador, aplicaciones informáticas, bases de datos y obras de carácter audiovisual, cuando proceda. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos Responsabilizarse de entrega y recepción la calidad técnica de los bienes en el lugar trabajos que la Administración indiquedesarrolle y de las prestaciones que realice, así como cualesquiera otros gastos a de las consecuencias que hubiera lugar se deduzcan para la realización del objeto FEMP o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Disponer, cuando sea necesario, de las autorizaciones, licencias y cesión de derechos que resulten necesarios para la ejecución de los trabajos objeto del contrato. Asimismo, deberá comunicar a la FEMP todos los extremos de tales autorizaciones, licencias o cesiones para que ésta pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismoconocer las limitaciones de su uso.
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Samples: Cláusulas Administrativas Y Bases Para La Contratación
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará adjudicatario tiene derecho al abono, con arreglo a los precios convenidos, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, siendo la forma de pago la especificada en el punto quinto del presente pliego. El adjudicatario deberá cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, con el conjunto de la normativa legal que le sea de aplicación al desarrollo de las prestaciones incluidas en el objeto de licitación. El adjudicatario además de las obligaciones fijadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas, dará cumplimiento a cuanto obligan las leyes en materia laboral, - cumplir las condiciones salariales de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación - debiendo estar al corriente en el pliego pago de condiciones administrativas las cuotas de los Seguros Sociales, accidentes, mutualidades y técnicas demás de carácter laboral. Recaerá únicamente sobre éste cuantas responsabilidades se deriven del contrato, incumplimiento de tales obligaciones. El contrato se ejecutará con sujeción a los documentos contractuales las cláusulas del mismo y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la su interpretación diera al adjudicatario el Responsable del contrato diere el órgano designado por la Cámara de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este PliegoComercio xx Xxxxx. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración adjudicatario será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia calidad técnica de los bienes trabajos que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar desarrolle y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos las prestaciones y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indiqueservicios realizados, así como cualesquiera otros gastos a de las consecuencias que hubiera lugar se deduzcan para la realización Cámara de Comercio xx Xxxxx o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. En caso de cumplimiento defectuoso de la prestación objeto del contrato, tales como contrato o para el supuesto de incumplimiento de los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar compromisos se impondrán penalidades de manera proporcional a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por gravedad del incumplimiento. Cuando el incumplimiento del contrato adjudicatario por causas imputables al mismo, hubiere incurrido en demora respecto al cumplimiento del plazo total, la Cámara de Comercio xx Xxxxx podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades. El régimen de penalidades se ajustará a lo establecido en los artículos 192 a 196 de la LCSP y 98 a 100 del RGLCAP. Durante la ejecución del contrato el adjudicatario está obligado a facilitar a las personas designadas por la Cámara, la información y documentación que éstas soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en las que se desarrollan los trabajos. En todo caso el contrato se ejecutará con estricta sujeción a las condiciones técnicas fijadas en los pliegos y siguiendo las instrucciones que en la interpretación de aquél imparta el responsable del contrato designado. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario.
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DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará Contratista:
(1) Tendrá el derecho exclusivo de llevar a cabo las Operaciones Petroleras en el cumplimiento Área del Contrato y todas las Actividades Complementarias que fueran necesarias tanto dentro como , fuera del Área del Contrato (en este ultimo caso, previa autorización del Estado; la cual no será injustificadamente demorada o denegada) y para el mejor desarrollo de tales actividades queda autorizado para utilizar los servicios de subcontratistas, conservando el control y la responsabilidad total por las operaciones o actividades que tales subcontratistas realicen. A este fin, tendrá, junto con sus Subcontratistas, el derecho de ingresar, permanecer y salir libremente del Área del Contrato.
(2) El Contratista tendrá el derecho de utilizar o reinyectar, libre de todo cargo, tributo, regalías o cualquier otro tipo de pago, carga o derecho, el Petróleo y el Gas Natural del Área del Contrato para el desarrollo de Operaciones Petroleras bajo este Contrato, sujeto al Plan de Desarrollo respectivo
(3) En el desarrollo de Operaciones Petroleras, el Contratista tendrá el derecho de:
(a) Obtener financiamiento para la totalidad o parte de los Lotes costos de capital de cualquier operación de Desarrollo a ser ejecutada por el Contratista, de la manera en que el Contratista lo determine;
(b) Celebrar de conformidad con la Ley, contratos para el transporte y almacenaje de Petróleo y Gas Natural;
(c) Celebrar con terceros contratos de comercialización de los Hidrocarburos que le entregue el Estado para su comercialización en mercados internacionales;
(d) Celebrar todo otro tipo de contratos que fueran necesarios para llevar a cabo las Operaciones Petroleras;
(e) Recibir en el o los Puntos de Medición y Entrega, libre de todo cargo, la posesión y propiedad de la cuota parte de Xxxxxxxx y Gas según fuera el caso, que le corresponda bajo este Contrato; y
(f) Transportar al interior de la República de Honduras y a exportar, comercializar y disponer libremente (para cualquier propósito, ya sea mediante exportación desde Honduras u de otra manera) la propiedad y posesión de la cuota parte de Petróleo y Gas según fuera el caso, que le corresponda bajo este Contrato.
(4) Se obliga a realizar en forma eficiente, diligente y experta las actividades que ha asumido bajo este Contrato.
(5) Llevará a cabo las Operaciones Petroleras de acuerdo con las leyes aplicables de Honduras, los estándares de buenas prácticas internacionales reconocidos por la industria (por ejemplo los Estándares de Desempeño de la International Finance Corporation (IFC)) y los estándares y políticas de BG Group con el propósito de obtener niveles adecuados de protección y conservación ambiental, y aplicando la tecnología y los métodos apropiados para la realización de los trabajos a fin de obtener el mayor aprovechamiento del Área del Contrato.
(6) Conservará en buen estado y adecuadas condiciones de funcionamiento las edificaciones, pozos, instalaciones, maquinarias, equipos y todo otro bien que sea necesario para las operaciones contratadas.
(7) Mantendrá x XXXXX informada con información actualizada de los trabajos y de todo otro asunto de interés referente a las Operaciones Petroleras.
(8) Llevará sus registros contables en sus oficinas en Honduras de acuerdo a las normas legales y reglamentarias del país y de aplicación en la industria petrolera, así como todo otro libro o registro acerca de los trabajos contratados.
(9) Permitirá x XXXXX, así como a toda entidad fiscalizadora estatal competente, inspeccionar su contabilidad sobre principios acordados y bajo las disposiciones de este Contrato y las leyes aplicables de Honduras.
(10) Adoptará las mejores medidas preventivas de seguridad disponibles respecto del personal, las instalaciones, los equipos y vehículos que utilice, incluyendo los de los subcontratistas, en un marco operativo consistente con los Principios Voluntarios sobre Seguridad y Derechos Humanos.
(11) En el desarrollo de las Operaciones Petroleras, se le adjudiquen, ajustará a lo dispuesto en los Tratados y Convenios Internacionales sobre protección del Medio Ambiente que Honduras hubiera ratificado, las leyes aplicables de la República de Honduras, los estándares de buenas prácticas internacionales reconocidos por la industria (por ejemplo los Estándares de Desempeño de la International Finance Corporation (IFC)) y los estándares y políticas de BG Group relativas a la protección del medioambiente y otros usuarios del medioambiente en el pliego Área del Contrato; por ejemplo actividades pesqueras y de condiciones administrativas y técnicas del contratonavegación. A tales efectos, siempre que ello fuera posible, el Contratista evitará o reducirá al mínimo razonablemente posible conforme a los documentos contractuales la cláusula 23 (1), cualesquiera daños significativos o inconvenientes al medio ambiente y a los compromisos ofertados en su proposición actividades legítimas como la pesca y ejecutará el suministro la navegación debidos directamente a las actividades del Contratista.
(12) Adoptará las medidas apropiadas de acuerdo con las instrucciones leyes aplicables de Honduras, los estándares de buenas prácticas internacionales reconocidos por la industria (por ejemplo los Estándares de Desempeño de la International Finance Corporation (IFC)) y los estándares y políticas de BG Group para evitar o reducir al mínimo razonable vertimientos planificados o accidentales de Hidrocarburos o sus derivados o cualquier otra sustancia que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además resultar en una contaminación significativa de las obligaciones generales derivadas aguas, las costas, las playas y cualquier parte del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales territorio hondureño y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato los Estados contiguos. (13) Xxxxxxxx y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienesseñalará, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxxnormas vigentes y aplicables, sea posterior a su entregatodas las construcciones, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo instalaciones, artefactos instrumentos o señales que medie entre una y otra. Los bienes quedarán se fijen o fondeen en el punto de destino listos para su utilización conforme Área del Contrato.
(14) Informará a las especificaciones técnicas autoridades competentes con dos (2) Días Hábiles de anticipación como mínimo, al inicio de las tareas correspondientes a instalaciones de plataformas de perforación o navíos similares que se fijen o fondeen dentro del suministroÁrea del Contrato.
(15) Mantendrá confidencial toda información, siendo documento o secreto industrial que se refiera x XXXXX o a sus actividades, no pudiendo facilitar a terceros ninguno de esos informes o documentos, salvo con autorización por escrito xx XXXXX. Quedan exceptuadas de esta obligación la exclusiva cuenta del contratista información de carácter tributario y económico que el Contratista en virtud de norma legal deba suministrar.
(16) Xxxxxxxxx, cuando fuera posible, personal técnico y no técnico hondureño con la debida experiencia en las Operaciones Petroleras, excluidos los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares cargos gerenciales y cualesquiera otros aquellos necesarios para la efectividad realización de trabajos especializados en relación con las Operaciones Petroleras, de acuerdo a las normas laborales hondureñas aplicables.
(17) En la medida de lo posible, utilizará bienes y materiales producidos en el país y servicios aportados por empresas hondureñas, siempre y cuando dichos bienes, materiales y servicios sean comparables y competitivos en calidad, precio y estándares de seguridad, salud y medioambiente con aquellos que puedan ser obtenidos en otro país.
(18) Notificará y suministrará x XXXXX o a todo otro organismo estatal competente, toda información sobre la existencia de riquezas mineralógicas, hidrológicas y otras, obtenida como consecuencia de las Operaciones Petroleras conforme a lo dispuesto por la Ley y subsidiariamente por este Contrato.
(19) Facilitará a los representantes xx XXXXX y demás órganos estatales competentes, las actividades de los inspectores designados para la fiscalización de las Operaciones Petroleras conforme a lo dispuesto por el Comité de Administración.
(20) Suministrará sin costo alguno x XXXXX toda la información técnica y económica esencial que se reúna como consecuencia de la entrega yejecución del Contrato.
(21) Notificará oportunamente x XXXXX sobre cualquier proceso legal relacionado con este Contrato cuyo valor exceda los cien mil Dólares (US$100,000) o su equivalente en otras monedas.
(22) Previo acuerdo con XXXXX, actuará como agente para la comercialización del Petróleo y Gas Natural que se produjere en su casoel Área del Contrato y que corresponda al Estado de Honduras.
(23) Ejercerá otros derechos y obligaciones señalados en este Contrato, la retirada de los bienes usados de la AdministraciónLey, hasta el lugar su Reglamento General y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismootra legislación hondureña aplicable.
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Samples: Contract for Operation for Exploration and Subsequent Exploitation of Hydrocarbons
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará Los derechos, deberes y obligaciones que ostentarán el tomador, asegurados, beneficiarios y entidades aseguradoras, serán los contemplados en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto presente Pliego y en el pliego Pliego de condiciones administrativas y técnicas Condiciones Técnicas, en la Ley 50/1980, de 8 de octubre de Contrato de Seguro, así como los contenidos en el Pliego de Condiciones Generales de la Compañía o Compañías, en aquellos xxxxx en que específicamente se solicitan. Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación en Boletines Oficiales, así como los de formalización del contrato, si éste se elevare a escritura pública. Se considerarán también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones gastos que resultaren necesarios para la interpretación ejecución del contrato diere el órgano de contratacióncontrato. Además A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las obligaciones generales derivadas personas que hayan realizado los trabajos objeto de este contrato como personal del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y Ayuntamiento de las contenidas en este PliegoEl Ejido o de cualquiera de sus organismos o Sociedades. Además, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, se establecen específicamente las siguientes: Pago xx xxxxxx: El suministrador está obligado Ayuntamiento efectuará el abono de las mismas dentro de los 30 días siguientes a entregar la conformidad de los recibos una vez recibidos. _ Pago de indemnizaciones: Las Entidades adjudicatarias están obligadas a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, instalar el importe de los bienes objeto daños que resulten del suministro en mismo. En cualquier caso, el tiempo y lugar fijados en asegurador deberá efectuar el contrato y pago del importe mínimo de conformidad con lo que pueda deber según las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato circunstancias por él conocidas, dentro de los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx 40 días siguientes al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienesla declaración del siniestro. Si en el plazo de 3 meses desde la producción del siniestro, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a el asegurador no hubiere indemnizado su entregaimporte en metálico por causa imputable al mismo o no justificada, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán indemnización se incrementará en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismo20% anual.
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Samples: Contract for Insurance Services
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista contrato se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, ejecutará con sujeción a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas las cláusulas del mismo y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la su interpretación del contrato diere diera el órgano Ayuntamiento al contratista. Son de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios oficiales o en cualquier medio de transportecomunicación, entregalos de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de cuantas licencias, puesta autorizaciones y permisos procedan en funcionamiento o uso orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por la realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros necesarios para la efectividad que pudieran derivarse de la entrega yejecución del contrato durante la vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, en su casose entenderán comprendidos, la retirada a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantíadiversos conceptos. Sin embargo, en ningún caso todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el coste importe del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en Impuesto sobre el lugar donde haya de realizarseValor Añadido (IVA). El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud integración social de personas con discapacidad y de protección del medio ambienteprevención de riesgos laborales, por conforme a lo que vendrá obligado a disponer las medidas dispuesto en esta materia exigidas por tales disposicionesla Ley 31/1995, siendo a su cargo de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe Reglamento de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo Servicios de los trámites preparatorios y Prevención aprobado por Real Decreto 39/1997, de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo 17 de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indiqueenero, así como cualesquiera otros gastos a de las que hubiera lugar para se promulguen durante la realización del objeto ejecución del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismo.
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Samples: Contract for Works
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas que se detallan en las disposiciones legales y el Pliego de las contenidas en este Pliegocondiciones técnicas, punto tercero, son obligaciones específicas y responsabilidades del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución :
1.- La del cumplimiento del objeto del contrato con la máxima diligencia y eficacia y con sometimiento pleno al Pliego de imposición de penalidades o sancionescondiciones y a la legislación aplicable, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro debiendo subrogarse en el tiempo personal que en la actualidad presta el servicio. 2.-Será responsabilidad del contratista la calidad de los trabajos objeto de este contrato, debiendo contar para ello con el personal responsable necesario y lugar fijados preparado para esta misión, ajustándose en todo momento a las normas establecidas en la actualidad o que en el contrato futuro puedan promulgarse bien emanadas de la Legislación del Estado, Comunidad Autónoma o este Ayuntamiento.
3.- Prestar el servicio sin ningún coste para el usuario y en el horario establecido en el apartado 2.3 xxx xxxxxx de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliegocondiciones técnicas. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción contratista será asimismo responsable de los bienesaccidentes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras daños de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación perjuicios que puedan causar a terceros o elaboración del producto que haya de ser entregado al municipio, como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de la realización de los materiales trabajos que se vayan a emplearexige la prestación del servicio, establecer sistemas los trabajos deberán ser ejecutados de control forma que ocasionen el mínimo de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación incomodidades.
4.- El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud integración social de minusválidos y de protección del medio ambienteprevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por lo que vendrá Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
5.- El contratista esta obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de contar con las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran correspondientes para la realización del suministro contratado. Correrá llevar a cargo del contratista el importe cabo las operaciones de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo tratamiento de los trámites preparatorios y residuos antes de la formalización del contrato contrato.
6.- La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que hubiera lugar para haya podido tener conocimiento por razón de la realización del objeto prestación del contrato, hasta un límite máximo obligación que subsistirá aún después de 800 €la finalización del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999 y su normativa de desarrollo. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción Además de los bienes derechos establecidos en el lugar RDL 3/2011, el adjudicatario tendrá derecho a: Recibir las contraprestaciones económicas previstas, de acuerdo con las condiciones que la Administración indiquese establecen en este Pliego. La revisión de precios, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización una vez se cumplan las condiciones, establecidas en este Pliego. A recibir las instalaciones y elementos del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismoPunto Limpio en perfectas condiciones.
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DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El Son derechos del contratista se sujetará en el cumplimiento la prestación de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a servicios contratados los documentos contractuales y a siguientes:
1. Prestar los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que servicios para la interpretación optimización del contrato diere el órgano de contratación. Además de gasto las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir Entidades locales asociadas a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidadFEMP, sin perjuicio de que éstas puedan contratar iguales o distintos servicios económico-financieros con una entidad distinta del adjudicatario, al margen de su relación asociativa con la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos FEMP.
2. Obtener el resultado económico derivado de la prestación de los mismosservicios en los términos establecidos en el epígrafe 7 de este Documento de Cláusulas Administrativas y Bases para la Contratación.
3. El empresario está obligado Fijar, en los términos contemplados en el contrato de servicios y en las resoluciones emanadas de la Gerencia, las directrices del funcionamiento de la prestación del servicio.
4. Rescindir unilateralmente el contrato de servicios cuando concurran las causas contempladas en el epígrafe 26, notificando los motivos de la misma a satisfacer la FEMP en los gastos plazos establecidos en este Documento de comprobación Cláusulas Administrativas y Bases para la Contratación. Serán obligaciones del contratista en la prestación de los servicios contratados los siguientes:
1. Prestar por sí los servicios objeto de este contrato, reseñados en el epígrafe 2 de las presentes Cláusulas Administrativas y Bases para la Contratación.
2. Asegurar la continuidad en la prestación de los servicios contratados durante el periodo de vigencia del contrato.
3. Cubrir los daños y perjuicios directos e indirectos que se pudieran causar a cualquier Entidad local como consecuencia de su acción u omisión en la prestación del servicio económico- financiero.
4. Asignar todos los medios materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede humanos y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica económicos precisos para la prestación eficaz e innovadora de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantíaservicios contratados.
5. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje Comunicar a la FEMP y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar mantener actualizada y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a disposición la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad cifra neta de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y negocio resultante de la formalización prestación del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del servicio objeto del contrato, hasta un límite máximo indicando los resultados económicos correspondientes a la FEMP y al adjudicatario, respectivamente.
6. Liquidar, con la periodicidad establecida de 800 €. Así mismo correrá común acuerdo, el importe correspondiente a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción la FEMP de los bienes en el lugar que resultados económicos obtenidos de la Administración indiqueprestación de los servicios.
7. Designar a sus representantes ante la Comisión Mixta de la Gerencia y atender las reuniones de trabajo de la misma, así como cualesquiera otros gastos dar cumplimiento a los acuerdos que hubiera lugar en ella se adopten, especialmente a las directrices establecidas para el funcionamiento del Servicio y, en especial, suministrar cuantas informaciones para el bien fin del servicio le sean requeridas por la realización del objeto del contratoFEMP.
8. Promover la venta de los servicios contratados por la FEMP entre las Entidades locales asociadas, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar apoyando a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismoFEMP en sus acciones de promoción.
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Samples: Cláusulas Administrativas Y Bases Para La Contratación
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales PCAP y xxx Xxxxxx de las contenidas en este PliegoPrescripciones Técnicas Particulares, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, contratista las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas artículo 64.2 del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenidoTRLCSP. En el caso supuesto de que tratarse de un contrato de arrendamiento, el arrendador o empresario asumirá durante el plazo de vigencia del contrato la obligación del mantenimiento del objeto del mismo. Cumplir y asumir cada uno de los puntos desarrollados en el Pliego se autorice expresamente objeto del contrato y las mejoras alegadas en el precio ofertado. Introducir en el desarrollo de la subcontrataciónejecución del contrato aquellas recomendaciones y sugerencias que los Servicios Municipales consideren oportunas para conseguir los objetivos perseguidos. Cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, el contratista está obligado al cumplimiento así como de los requisitos legales plazos parciales señalados para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de su ejecución sucesiva. Cumplir con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad socialSeguridad Social, de seguridad integración social de minusválidos, de prevención de riesgos laborales, de Seguridad y salud y Salud en el Trabajo, así como de protección las que entren en vigor durante la ejecución del medio ambientemismo, respecto del personal que, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposicionessu exclusiva cuenta, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a emplee para la realización ejecución del contrato, dependerá exclusivamente cuya contravención no implicará responsabilidad alguna para el Ayuntamiento. De acuerdo con el artículo 5 del contratistaReal Decreto-ley 5/2011, de 29 xx xxxxx, de medidas para la regularización y control del empleo sumergido y fomento de la rehabilitación de viviendas, cuando el cual tendrá todos adjudicatario realice obras o servicios correspondientes a la actividad del Ayuntamiento o los derechos preste de forma continuada en los centros de trabajo de dicho Ayuntamiento, está obligado a acreditar con carácter previo al inicio de la prestación de la actividad contratada o subcontratada, la afiliación y deberes inherentes alta en la Seguridad Social de los trabajadores que ocupe en la ejecución del contrato. Ceder en los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a su calidad disposición de empresario respecto del mismoproductos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial al Excmo. Corresponderá y será a cargo del contratista Ayuntamiento xx Xxxxxx. A la obtención extinción de los contratos de servicios no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de personas que hayan realizado los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización trabajos objeto del contrato como personal del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx. Cualquier otra que se establezca en la legislación vigente y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización ANEXO I del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismopresente PCAP.
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Samples: Contract for Coordination and Implementation of Activities
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El Son derechos del contratista se sujetará en el cumplimiento la prestación de los Lotes que se le adjudiquen, servicios contratados los siguientes:
1. Prestar los servicios de agencia de viajes en exclusiva a lo dispuesto la FEMP mediante el establecimiento de una oficina en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados modalidad “implant” en su proposición y ejecutará el suministro sede. Esta exclusividad se entiende sin perjuicio de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades FEMP pueda contratar iguales o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar ydistintos servicios, en su casototalidad o parte de los mismos, instalar de con una entidad distinta del adjudicatario siempre y cuando se manifieste fehacientemente que el adjudicatario no puede prestarlos.
2. Obtener el resultado económico derivado de la prestación de los bienes objeto del suministro servicios de agencia de viajes en el tiempo los términos establecidos en la cláusula 6ª de este Documento de Cláusulas Administrativas y lugar fijados Bases para la Contratación.
3. Fijar, en los términos contemplados en el contrato y de conformidad servicios, las directrices del funcionamiento de la prestación del servicio compatibilizando sus procedimientos con los establecidos internamente en la FEMP al efecto.
4. Rescindir unilateralmente el contrato cuando concurran las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas causas contempladas en la cláusula 23ª, notificando los motivos de la misma a la FEMP en los plazos establecidos en este PliegoDocumento de Cláusulas Administrativas y Bases para la Contratación. El suministrador está obligado Serán obligaciones del contratista en la prestación de los servicios contratados los siguientes:
1. Prestar por sí los servicios de agencia de viajes, a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal través de la recepción oficina establecida en la sede de la FEMP, contemplados en la cláusula 2ª de las presentes Cláusulas Administrativas y Bases para la Contratación.
2. Asegurar la continuidad en la prestación de los bienes, servicios de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable agencia de la custodia de viajes (modalidad
3. Cubrir los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios directos e indirectos que se pudieran causar a que pueda tener derecho la mismaFEMP como consecuencia de su acción u omisión en la prestación del servicio de agencia de viajes.
4. Asignar todos los medios materiales, originados por humanos y económicos precisos para la demora o por el incumplimiento prestación eficaz e innovadora de los servicios contratados.
5. Comunicar a la FEMP, y mantener actualizada, la cifra neta de negocio resultante de la prestación del servicio objeto del contrato por causas imputables al mismoindicando los resultados económicos correspondientes a la FEMP.
6. Liquidar, con la periodicidad establecida de común acuerdo, el importe correspondiente a la participación de la FEMP en los beneficios netos obtenidos de la prestación de los servicios de agencia de viajes.
7. Registrar y comunicar la venta de los productos derivados del servicio de agencia de viajes, manteniendo actualizada dicha información y a disposición de la FEMP para su supervisión. En este sentido, la empresa adjudicataria entregará un informe anual resumiendo los productos contratados y sus cuantías de la actividad propia de la Federación.
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Samples: Cláusulas Administrativas Y Bases Para La Contratación De Servicios
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales PCAP y xxx Xxxxxx de las contenidas en este PliegoPrescripciones Técnicas Particulares, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, contratista las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar - Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con el artículo 64.2 del TRLCSP. - En el supuesto de tratarse de un contrato de arrendamiento, el arrendador o empresario asumirá durante el plazo de vigencia del contrato la obligación del mantenimiento del objeto del mismo. - Cumplir y asumir cada uno de los puntos desarrollados en el objeto del contrato y las condiciones xxx mejoras alegadas en el precio ofertado. - Remitir al Ayuntamiento xx Xxxxxx, sea posterior a su entregacuando este lo solicite, la Administración será responsable relación detallada de la custodia de los mismos durante el tiempo aquellos subcontratistas o suministradores que medie entre una y otra. Los bienes quedarán participen en el punto contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo subcontratación o suministro de la exclusiva cuenta del contratista los gastos cada uno de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo ellos que guarden una relación directa con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantíapago. Sin embargoAsimismo, en ningún caso el coste deberán aportar a solicitud del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución Ayuntamiento justificante de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 228 y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación. - Introducir en el desarrollo de la ejecución del contrato aquellas recomendaciones y sugerencias que los Servicios Municipales consideren oportunas para conseguir los supuestos objetivos perseguidos. - Cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. - Cumplir con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad socialSeguridad Social, de seguridad integración social de minusválidos, de prevención de riesgos laborales, de Seguridad y salud y Salud en el Trabajo, así como de protección las que entren en vigor durante la ejecución del medio ambientemismo, respecto del personal que, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposicionessu exclusiva cuenta, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a emplee para la realización ejecución del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, cuya contravención no implicará responsabilidad alguna para el cual tendrá todos los derechos Ayuntamiento. - Cualquier otra que se establezca en la legislación vigente y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización ANEXO I del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismopresente PCAP.
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Samples: Contract for Supply of Goods
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Los derechos y obligaciones del Contratista no podrán ser objeto de cesión, traspasado o enajenado en forma alguna, salvo autorización previa, expresa y por escrito por parte de la Administración Activa o la Contraloría General de la República, según artículos 209 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. El contratista se sujetará Contratista será responsable ante la Institución por el correcto y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las especificaciones indicadas en el cumplimiento presente procedimiento de Contratación e independiente del derecho que le asiste a ésta de reclamar judicialmente los Lotes daños y prejuicios que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contrataciónincumplimiento pudiere irrogarle. Además de El Contratista deberá cancelar puntualmente las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, concepto de seguridad social, tal y como lo establece el artículo 74 y 74 bis de seguridad la Ley Constitutiva de la Caja, el incumplimiento de esta obligación es causal de suspensión del contrato. El Contratista mantendrá sus equipos y salud y las actividades de protección sus trabajadores, dentro del medio ambiente, por lo edificio en el espacio que vendrá obligado a disponer le señale el personal de LA CAJA. El Contratista debe acatar en todos sus extremos las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origineNormas Institucionales (circulares) establecidas para la Dirección-Administración de la Caja Costarricense de Seguro Social. El personal adscrito del Contratista tendrá completamente prohibido ingerir bebidas alcohólicas y fumar dentro de las instalaciones de LA CAJA, y presentarse a trabajar bajo cualquier condición análoga (Artículo 58, Reglamento Interior de Trabajo). El Contratista queda obligado a incluir en planillas de la realización CAJA desde el primer día de trabajo a sus trabajadores y no podrá asignar al trabajo contratado ningún funcionario si antes no ha cumplido con este requisito. El Contratista debe suministrar al Administrador del contrato, dependerá exclusivamente del contratistaun listado con el personal seleccionado para realizar las labores de mantenimiento preventivo contratadas, igualmente está obligada a informar de los cambios de personal que realice y las razones por las cuales se produce dicho cambio. El Contratista será responsable ante la Institución, sobre las acciones que realicen sus funcionarios en el ejercicio de las labores, lo anterior en cuanto a Robo, hurto y perdida de Bienes de la Institución y que se compruebe sean realizados por dichos funcionarios. En tal caso, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar Contratista deberá resarcir a la Administración por daños institución a la brevedad y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por reemplazar automáticamente el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismofuncionario.
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Samples: Contract for Maintenance Services
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista La ejecución del contrato se sujetará regirá por lo previsto en el cumplimiento R.D. Legislativo 3/2011, de los Lotes que 14 de noviembre, para el contrato de obra. Las obras se le adjudiquen, ejecutarán con estricta sujeción a lo dispuesto las estipulaciones contenidas en el pliego de condiciones cláusulas administrativas particulares y técnicas del contratoal proyecto técnico de ejecución, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro debidamente aprobado por la Corporación Local de acuerdo conformidad con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contrataciónlegislación vigente. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico Dicho Proyecto Técnico, forma parte del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y el mismo podrá ser interpretado por la Dirección Facultativa de las contenidas obras, en este Pliegorelación con la correcta ejecución de las obras. Durante el desarrollo de las obras y hasta que se cumpla el plazo de garantía el contratista es responsable de los defectos que en la obra puedan advertirse. Hasta la completa ejecución de las obras y recepción de las mismas, son obligaciones específicas el adjudicatario deberá concertar seguro de responsabilidad civil por importe de, al menos, el importe del contratistaprecio de adjudicación (con inclusión del IVA repercutible), cuya infracción podrá ser causa constitutiva debiendo aportar la póliza correspondiente antes de resolución la formalización del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliegoadministrativo. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes legales y reglamentarias en materia de contratación laboral, seguridad e higiene en el trabajo, cuyo incumplimiento no implicará responsabilidad de seguridad socialla administración municipal frente al personal contratado por aquel para la prestación del servicio; así como cualesquiera otras de pertinente aplicación que deba cumplir el adjudicatario. El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de seguridad acuerdo con los términos del mismo y salud a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Administración un acto formal y positivo de protección recepción o conformidad dentro del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito mes siguiente a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos entrega o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato. A la Intervención de la Administración correspondiente le será comunicado, hasta cuando ello sea preceptivo, la fecha y lugar del acto, para su eventual asistencia en ejercicio de sus funciones de comprobación de la inversión. A la recepción de las obras a su terminación y a los efectos previstos anteriormente, concurrirá un límite máximo facultativo designado por la Administración representante de 800 €ésta, el facultativo encargado de la dirección de las obras y el contratista asistido, si lo estima oportuno, de su facultativo. Así mismo correrá Dentro del plazo de dos meses contados a cargo partir de la recepción, el órgano de contratación deberá aprobar la certificación final de las obras ejecutadas, que será abonada al contratista a cuenta de la liquidación del contrato. Igualmente, el contratista está obligado al abono de los gastos de entrega y recepción que origine la inserción de los bienes en el lugar que la Administración indiqueanuncios de licitación, así como cualesquiera otros los gastos a directos e indirectos que hubiera lugar el contratista deba realizar para la realización normal ejecución de la obra contratada, incluidas las tasas por prestación de los trabajos de inspección y dirección de las obras de conformidad con la Ordenanza Fiscal nº. 30 del objeto Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxxx, en este caso correspondientes al 4% del contrato, tales como los fiscales, tasas precio de la ejecución material de dichas obras y gravámenes, cualesquiera otras que resulten de aplicación según las disposiciones vigentes. Será obligación , y toda clase de impuestos y licencias tanto municipales, provinciales y estatales que procedan, así como los materiales a emplear en la realización de la obra y mejoras propuestas, cuyos importes se entenderán incluidos en el precio del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismocontrato.
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Samples: Contract for Works Execution
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará tiene derecho al abono, con arreglo al precio convenido, de los servicios que realmente ejecute con sujeción al contrato otorgado, a sus modificaciones aprobadas y a las instrucciones dadas por la FEMP, siendo la forma de pago y su periodicidad las especificadas en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto apartado 5.3 del presente Pliego. Son obligaciones del contratista: − Ejecutar el contrato en las condiciones previstas en el pliego de condiciones administrativas presente Xxxxxx y técnicas del contrato, en la Memoria Técnica por él presentada y con arreglo a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano FEMP pueda darle. − Abonar los gastos de contratación. Además los anuncios de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliegolicitación, son obligaciones específicas del contratistasi los hubiere, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar yque serán detraídos, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción primera factura. − La presentación de los bienes, un programa de acuerdo trabajo. − Disponer del personal con la capacidad técnica precisa para cubrir las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo obligaciones que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia deriven del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El Tal personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratistacontratista y éste, el cual por tanto, tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad condición de empresario respecto patrono debiendo cumplir por ello las disposiciones vigentes en materia laboral, fiscal, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista adjudicatario o la obtención infracción de las autorizaciones y licenciasdisposiciones sobre seguridad por parte del personal designado por él, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran no implicarán responsabilidad alguna para la realización FEMP, sin perjuicio de que puedan constituir causa para la resolución del suministro contratadopresente contrato. Correrá a cargo del contratista el importe − Cumplir las condiciones salariales de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. − En caso de modificación de los trámites preparatorios componentes del equipo de trabajo que figure en la oferta seleccionada y con carácter previo a que se produzca, comunicar al Coordinador del Proyecto la identificación de los que se incorporan y de los que se sustituyen. Para que tal modificación pueda llevarse a efecto, será requisito ineludible la formalización autorización previa de la FEMP y que las personas que se incorporen reúnan similares características de formación y experiencia que las vayan a sustituir. − Observar reserva absoluta de la información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato y, salvo autorización expresa de la FEMP, no utilizar para sí ni proporcionar dato alguno de los trabajos contratados, ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos. En todo caso, el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de estas obligaciones, siendo además dicho incumplimiento causa de resolución del contrato. Esta obligación de confidencialidad se mantendrá, conforme a lo dispuesto en el artículo 133 de la LCSP con carácter indefinido a la terminación del contrato. − Reconocer los derechos de propiedad intelectual de la FEMP sobre el resultado de la prestación de los servicios contemplados en este contrato, renunciando a ejercitar cualesquiera derechos sobre los mismos. La FEMP será titular en exclusiva los derechos de explotación que pudieran derivarse de los trabajos realizados por tiempo ilimitado. − Entregar a la FEMP, junto a los que hubiera lugar para resultados del trabajo en los formatos referidos en el apartado 3 .Prestación del Servicio, toda la realización información y documentación generadas en la elaboración del objeto del contratotrabajo, hasta un límite máximo incluyendo en formato digital editable y vectorizado, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, programas de 800 €ordenador, aplicaciones informáticas, bases de datos y obras de carácter audiovisual, cuando proceda. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos − Responsabilizarse de entrega y recepción la calidad técnica de los bienes en el lugar trabajos que la Administración indiquedesarrolle y de las prestaciones que realice, así como cualesquiera otros gastos a de las consecuencias que hubiera lugar se deduzcan para la realización del objeto FEMP o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. − Disponer, cuando sea necesario, de las autorizaciones, licencias y cesión de derechos que resulten necesarios para la ejecución de los trabajos objeto del contrato. Asimismo, deberá comunicar a la FEMP todos los extremos de tales autorizaciones, licencias o cesiones para que ésta pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismoconocer las limitaciones de su uso.
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Samples: Cláusulas Administrativas Y Bases Para La Contratación De Servicios Profesionales
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El Los derechos y obligaciones del contratista se sujetará serán los siguientes: Serán de cuenta del adjudicatario los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en el cumplimiento la forma y cuantía que éstas señalen. Percibir de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en usuarios el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además importe de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales tarifas correspondientes al uso de los servicios y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienesinstalaciones, de acuerdo con las tarifas aprobadas por el Ayuntamiento de Aretxabaleta. Utilizar los bienes de dominio público necesarios para la prestación del servicio. Prestar el servicio hasta la extinción del contrato. Proponer mejoras e innovaciones técnicas o de otro tipo para optimizar la gestión del servicio Prestar el servicio con la continuidad y la regularidad establecidas, sin otras interrupciones que las que se produjesen si la gestión se prestara de forma directa por la administración municipal. En caso de extinción normal del contrato, el adjudicatario deberá prestar el servicio hasta que otro se haga cargo de su gestión. Prestar directamente el servicio en las condiciones xxx Xxxxxxestablecidas en el contrato y con sujeción a las instrucciones y órdenes que dicte el órgano de contratación, sea posterior de conformidad con las previsiones del presente Pliego y de las Prescripciones Técnicas aprobadas. Responder de los daños que se deriven del funcionamiento del servicio, ocasionados tanto a terceros, como a la corporación, con exclusión de aquellos que se produjeren por actos realizados en cumplimiento de una cláusula impuesta por la corporación con carácter ineludible. Responder de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato. Sólo quedará exento de responsabilidad cuando los vicios que se observen, sean consecuencia directa de una orden de la Administración o de las condiciones impuestas por ella. Ser responsable del buen uso de las instalaciones por parte de los usuarios. Deberá el adjudicatario suscribir cuantas pólizas de seguros sean necesarias con las siguientes coberturas: incendio, inundación, riesgos extensivos, robo, expoliación, indemnización por paralización de actividad, daños en equipos informáticos, responsabilidad civil frente a los usuarios y responsabilidad civil patronal. Con respecto a los riesgos de robo, incendio e inundación, deberá proveerse con la correspondiente entidad aseguradora que en aquellos siniestros que impliquen desaparición total o parcial de la instalación, el beneficiario de la póliza será el Ayuntamiento de Aretxabaleta. La póliza de seguros cubrirá un capital mínimo de 3 millones de euros los riesgos de robo y daño de bienes que se hayan puesto a su entrega, la Administración será responsable disposición. Las garantías de las pólizas de seguro por responsabilidad civil de daños a terceros deberán ser como mínimos las siguientes: Responsabilidad civil general : Limite por siniestro y año 1.000.000 € Límite por víctima 300.000 € Responsabilidad civil patronal : Limite por siniestro y año 1.000.000 € Límite por víctima 90.000 € Responsabilidad civil locativa: incluida Mantener los locales e instalaciones objeto de la custodia concesión en buen estado y en buen uso de los mismos durante el tiempo que medie entre una funcionamiento, conservación y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministrolimpieza, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos su cargo las reparaciones y trabajos de transportemantenimiento necesarios, entregacualquiera que sea su importe o causa, puesta en funcionamiento o uso a lo largo de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad todo el periodo de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia duración del contrato, pudiendo ordenar a excepción de las reparaciones derivadas de deficiencias estructurales del edificio, o realizar por sí misma análisissus instalaciones y las modificaciones derivadas de cambios en la normativa de aplicación a las instalaciones y bienes objeto de concesión, ensayos siempre en referencia con la estructura y pruebas conservación de edificios e instalaciones. En este sentido, el adjudicatario será el único responsable del correcto y adecuado funcionamiento y mantenimiento de las infraestructuras, instalaciones, mobiliario y equipamiento deportivo. Por último, quedan incluidas dentro de las tareas de mantenimiento las tareas de limpieza de las dependencias del Polideportivo. Quedan incluidas dentro de locales e instalaciones, las superficies acristaladas de las fachadas, accesos exteriores y cubiertas de los materiales que se vayan edificios, así como todos los espacios exteriores. Realizar a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas su cuenta una contratación específica para el estricto cumplimiento mantenimiento de las medidas de protección contra incendios. El adjudicatario deberá realizar una inversión de 200.000 euros en el equipamiento de la sala de fitness. Dicho equipamiento deberá realizarse de mutuo acuerdo con el Ayuntamiento, e incluirá como mínimo, máquinas para el trabajo cardiovascular (cicloergómetros, cintas de correr, remoergómetros,…) y equipamiento para el desarrollo y entrenamiento de la fuerza. Sufragar por su cuenta todos los gastos que origine la explotación del objeto del contrato incluyéndose en los mismos lo convenidodispuesto en los párrafos anteriores, así como el pago de todos los impuestos, tasas y arbitrios de cualquier clase a que dé lugar la explotación de los servicios. En Deberá cumplir todas las obligaciones impuestas por el caso Departamento de Sanidad del Gobierno Xxxxx a todas las instalaciones polideportivas Satisfacer las cantidades que en el Pliego concepto de canon se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de hayan acordado. Cumplir con las disposiciones vigentes en materia fiscal, laboral, de la seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas la seguridad e higiene en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello originetrabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, o la infracción de las disposiciones vigentes sobre la seguridad por parte del personal adscrito a técnico designado por el mismo, no implicará ningún tipo de responsabilidad por parte del Ayuntamiento. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, la realización del contrato, dependerá exclusivamente administración concedente podrá requerir al adjudicatario para que acredite documentalmente el cumplimiento de dichas obligaciones. Cumplir con las disposiciones legales vigentes en materia de protección de datos de carácter personal y secreto profesional. Son de cuenta del contratista, el cual tendrá todos los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen. En cuanto a las prevenciones legales contenidas en los arts. 4, 5 y 6 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal en la recogida de datos, deberá observar: Derecho de información previa: existencia del fichero, finalidad de la recogida y destinatario de la información (responsable del fichero: Ayuntamiento de Aretxabaleta) Del carácter obligatorio de la respuesta a las preguntas que se les planteen. De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto oposición. • Consentimiento expreso e inequívoco del mismoafectado para recoger sus datos personales. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe En caso de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo menores de edad, consentimiento de los trámites preparatorios padres o tutores. • Los datos que se recaban de los usuarios podrán ser incorporados a un fichero automatizado de titularidad del Ayuntamiento, siendo únicamente esos datos los siguientes: nombre y dos apellidos, DNI, teléfono, dirección, ciudad, C.P. y email, cuenta corriente y autorización de los padres o tutores en el caso de los menores de edad. En caso de que el adjudicatario quiera recoger otros datos distintos a los recogidos en el modelo de ficha citado, deberán ser comunicados y autorizados por la formalización administración contratante. El concesionario no deberá tratar o utilizar dichos datos con fines distintos a los propios del objeto del contrato y a no comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Asimismo, una vez concluida la realización de los servicios contratados, el adjudicatario estará obligado a entregar al Ayuntamiento los datos recabados y sus correspondientes soportes, no pudiendo conservar, en forma alguna, copia total o parcial de dichos ficheros o datos o de cualesquiera otros que hubiera lugar hubieran podido ser generados como resultado, o a consecuencia, de los trabajos encomendados. El concesionario estará obligado a adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar la seguridad de los datos y evitar su alteración, pérdida y tratamiento o acceso no autorizado. La administración contratante podrá efectuar, en cualquier momento y siempre que ello no suponga distorsiones graves en el desarrollo de la actividad del adjudicatario, las auditorías de seguridad que considere oportunas, a fin de comprobar el cumplimiento, por parte del concesionario, de sus obligaciones y compromisos. Habida cuenta de que el acceso a datos de carácter personal es necesario para la prestación del servicio, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 de la Ley 15/1999, de 00 xx xxxxxxxxx, x 0 xxx Xxxx Decreto 994/1999, de 11 xx xxxxx, Reglamento de Medidas de Seguridad, el concesionario debe adoptar y garantizar las medidas de seguridad correspondientes al nivel básico. Será de aplicación el convenio colectivo de instalaciones polideportivas de titularidad pública de Gipuzkoa al personal que preste sus servicios en el polideportivo. En cuanto al secreto profesional, el adjudicatario y las personas que realicen directamente las tareas objeto del contrato, tratarán de modo confidencial cualquier información obtenida en la ejecución del contrato. La información será utilizada únicamente dentro del marco de los servicios que se describen en el mismo. El concesionario divulgará, a su xxxxx y cargo, los servicios que ofrezca, los precios y las condiciones de acceso a los mismos. En esta divulgación constará preceptivamente la identidad corporativa del Ayuntamiento. El adjudicatario deberá establecer un sistema de contabilidad analítica o de costes que pueda ser objeto de la verificación correspondiente, presentando la información financiera y particularmente la cuenta de resultados imputable a la concesión administrativa, así como los criterios utilizados en la imputación de los diferentes costes, particularmente en aquellos que no son de asignación directa. El adjudicatario deberá llevar un Libro de Mantenimiento Limpieza y Control de todos los espacios y las instalaciones, en el que se consignarán las operaciones realizadas con tal carácter, especificando todas las operaciones que deben efectuarse en las instalaciones, tanto preventivas como correctivas, con indicación de la planificación del programa de trabajo. Requisitos lingüísticos. Este contrato se halla sujeto al régimen xx xxxxx oficialidad lingüística establecido por el Estatuto de Autonomía del País Xxxxx en su artículo 6º y regulado por Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del euskera, y por la normativa que la desarrolla. El uso de ambas lenguas oficiales constituye una condición de ejecución del contrato y de su incumplimiento se derivan las consecuencias previstas con carácter general para el incumplimiento de cualquiera del as cláusulas de este contrato. La empresa adjudicataria deberá cumplir las siguientes condiciones lingüísticas de ejecución: Deberá respetar los derechos lingüísticos de los usuarios de los servicios. A tal efecto, el personal que en el desempeño de sus funciones deba tener relación directa con usuarios y demás personas deberá ser bilingüe, entendiendo como tal el hallarse perfectamente capacitado para desempeñar dichas funciones en los dos idiomas oficiales de la CAV (euskera y castellano), de conformidad con lo prescrito en el presente Xxxxxx. Con ese fin, se exigirá de acuerdo al marco europeo de referencia de las lenguas, el nivel C1 al trabajador responsable de la gestión del servicio. Se exigirá el nivel B2, de acuerdo al marco europeo de referencia de las lenguas a los socorristas, monitores y trabajadores del servicio de recepción. Los trabajadores que no disponen de documento que acredite su competencia lingüística deberán tomar parte en las pruebas que con ese objeto realice el ayuntamiento. La acreditación que se obtenga en dichas pruebas carecerá de valor en cualquier otra instancia. Salvo excepciones, prestará el servicio en euskera, y utilizará bien el euskera bien el euskera y castellano en la totalidad de las comunicaciones (tanto orales como escritas) que dirija a los usuarios. El mismo criterio se seguirá en relación con los elementos de publicidad o propaganda autorizados por el concesionario, otorgando siempre prioridad al euskera. o En cualquier caso, si los usuarios del servicio son menores de 16 años, el servicio se ofrecerá únicamente en euskera. o En las relaciones con el Ayuntamiento se empleará el euskera, tanto en las comunicaciones orales como en las escritas. El adjudicatario deberá respetar los derechos lingüísticos de los usuarios de los servicios, y a tal efecto su personal deberá ser bilingüe, entendiendo como tal el hallarse perfectamente capacitado para desempeñar las funciones que son encomendadas a cada puesto en los dos idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma de Euskadi (euskara y castellano), de conformidad con lo prescrito en el presente Pliego. Asimismo, el contratista utilizará, bien el euskara, bien el euskara y castellano en la totalidad de los impresos, avisos, y comunicaciones al público que realice. El mismo criterio se seguirá en relación con los elementos de publicidad o propaganda autorizados por el concesionario, otorgando siempre prioridad al euskara. A la finalización del plazo contractual, los bienes e instalaciones afectos a los servicios revertirán al ayuntamiento. El adjudicatario aportará todo el personal necesario para la realización del objeto del contrato. Todo el personal que ejecute las prestaciones dependerá únicamente del adjudicatario a todos los efectos, hasta un límite máximo sin que entre éste, aquel y el Ayuntamiento exista ningún tipo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos vínculo de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indiquedependencia funcionarial, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismoni laboral.
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Samples: Contrato Administrativo De Gestión De Servicios Públicos
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales PCAP y xxx Xxxxxx de las contenidas en este PliegoPrescripciones Técnicas Particulares, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, contratista las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y Cód. Validación: A4Z3YMXGR7XJ5S26JKSDGCDFN | Verificación: xxxx://xxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 38 de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar 42 - Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con el artículo 64.2 del TRLCSP. - En el supuesto de tratarse de un contrato de arrendamiento, el arrendador o empresario asumirá durante el plazo de vigencia del contrato la obligación del mantenimiento del objeto del mismo. - Cumplir y asumir cada uno de los puntos desarrollados en el objeto del contrato y las condiciones xxx mejoras alegadas en el precio ofertado. - Remitir al Ayuntamiento xx Xxxxxx, sea posterior a su entregacuando este lo solicite, la Administración será responsable relación detallada de la custodia de los mismos durante el tiempo aquellos subcontratistas o suministradores que medie entre una y otra. Los bienes quedarán participen en el punto contrato cuando se perfeccione su participación, junto con aquellas condiciones de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo subcontratación o suministro de la exclusiva cuenta del contratista los gastos cada uno de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo ellos que guarden una relación directa con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantíapago. Sin embargoAsimismo, en ningún caso el coste deberán aportar a solicitud del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución Ayuntamiento justificante de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales pagos a aquellos una vez terminada la prestación dentro de los plazos de pago legalmente establecidos en el artículo 228 y en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en lo que le sea de aplicación. - Introducir en el desarrollo de la ejecución del contrato aquellas recomendaciones y sugerencias que los Servicios Municipales consideren oportunas para conseguir los supuestos objetivos perseguidos. - Cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de los plazos parciales señalados para su ejecución sucesiva. - Cumplir con las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad socialSeguridad Social, de seguridad integración social de minusválidos, de prevención de riesgos laborales, de Seguridad y salud y Salud en el Trabajo, así como de protección las que entren en vigor durante la ejecución del medio ambientemismo, respecto del personal que, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposicionessu exclusiva cuenta, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a emplee para la realización ejecución del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, cuya contravención no implicará responsabilidad alguna para el cual tendrá todos los derechos Ayuntamiento. - Cualquier otra que se establezca en la legislación vigente y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización ANEXO I del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismopresente PCAP.
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Samples: Suministro De Gasóleo
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista contrato se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, ejecutará con sujeción a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas las cláusulas del mismo y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la su interpretación del contrato diere diera el órgano Ayuntamiento al contratista. Los gastos de contratación. Además entrega y transporte de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro al Email: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx lugar convenido serán de cuenta del contratista. Si los bienes no se hallan en estado de ser recibidos se hará constar así en el tiempo acta de recepción y lugar fijados en el contrato y se darán las instrucciones precisas al contratista para que subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliegolo pactado. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa Por tanto, son de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos e impuestos, anuncios, ya sea en Boletines, Diarios oficiales o en cualquier medio de transportecomunicación, entregalos de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como cuantas licencias, puesta autorizaciones y permisos procedan en funcionamiento o uso orden a ejecutar y entregar correctamente los bienes objeto del suministro. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA, el impuesto que por realización de la actividad pudiera corresponder y cualesquiera otros necesarios para la efectividad que pudieran derivarse de la entrega yejecución del contrato durante su vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, en su casose entenderán comprendidos, la retirada a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantíadiversos conceptos. Sin embargo, en ningún caso todo caso, en la oferta económica, se indicará como partida independiente el coste importe del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en Impuesto sobre el lugar donde haya de realizarseValor Añadido (IVA). El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud integración social de personas con discapacidad y de protección del medio ambienteprevención de riesgos laborales, por conforme a lo que vendrá obligado a disponer las medidas dispuesto en esta materia exigidas por tales disposicionesEmail: xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx la Ley 31/1995, siendo a su cargo de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe Reglamento de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo Servicios de los trámites preparatorios y Prevención aprobado por Real Decreto 39/1997, de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo 17 de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indiqueenero, así como cualesquiera otros gastos a de las que hubiera lugar para se promulguen durante la realización del objeto ejecución del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismo.
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Samples: Contrato Administrativo De Servicios De Asesoramiento Jurídico Y Defensa Judicial
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará Son derechos del Contratista:
a) La percepción de la retribución correspondiente a la prestación objeto del Contrato.
b) Recibir la asistencia de MWCapital a fin y efecto de poder ejecutar el Contrato en sus propios términos. Son obligaciones generales del Contratista:
a) Ejecutar el Contrato en los términos y condiciones previstos, y dentro del plazo fijado para su realización.
b) Cumplir con las obligaciones fiscales, laborales y para con la Seguridad Social, el Contratista deberá: - Cumplir y hallarse al corriente en todo momento de las obligaciones que como empresa le incumben en materia fiscal y laboral, siendo estricta y rigurosamente responsable, con carácter exclusivo y con entera indemnidad de MWCapital, de cumplimiento de tales obligaciones. Concretamente deberá cumplir la Directiva comunitaria 96/71 y la ley española 45/99. - Será responsabilidad del Contratista el pago de los salarios de su personal, las cuotas del Régimen General de la Seguridad Social, Mutualismo Laboral y Seguro de Accidentes del Trabajo, así como cualquier otra obligación dimanante de la legislación laboral vigente, siendo el único responsable del cumplimiento de tales prescripciones frente a los contratos de trabajo del personal contratado a sus órdenes y frente a los organismos reguladores de la materia. - Aportar, a requerimiento de MWCapital, la documentación suficiente que acredite el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, así como el pago de los Lotes salarios correspondientes a sus empleados.
c) Indemnizar a MWCapital por los eventuales daños y perjuicios causados como consecuencia de la prestación de los servicios objeto del Contrato.
d) Xxxxxxx responsable de la calidad técnica de las prestaciones realizadas y materiales suministrados, así como de las consecuencias que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que deduzcan para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además MWCapital y/o terceros de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismoContrato.
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Samples: Public Relations and Press Office Service Agreement
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales PCAP y xxx Xxxxxx de las contenidas en este PliegoPrescripciones Técnicas Particulares, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, contratista las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar - Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con el artículo 64.2 del TRLCSP. - Cumplir y asumir cada uno de los puntos desarrollados en el objeto del contrato y las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable mejoras incluidas en el precio ofertado. - Introducir en el desarrollo de la custodia ejecución del contrato aquellas recomendaciones y sugerencias que los Servicios Municipales consideren oportunas para conseguir los objetivos perseguidos. - Cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo, así como de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos plazos parciales señalados para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo ejecución sucesiva. - Cumplir con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad socialSeguridad Social, de seguridad integración social de minusválidos, de prevención de riesgos laborales, de Seguridad y salud y Salud en el Trabajo, así como de protección las que entren en vigor durante la ejecución del medio ambientemismo, respecto del personal que, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposicionessu exclusiva cuenta, siendo a su cargo emplee para la ejecución del contrato, cuya contravención no implicará responsabilidad alguna para el gasto que ello origineAyuntamiento. El personal adscrito que el empresario destine a la realización ejecución del contratocontrato no tendrá vinculación laboral ni de ningún otro tipo con el Ayuntamiento, dependerá exclusivamente del contratistadebiendo ser contratado en el régimen o modalidad que legalmente corresponda por el adjudicatario, sin que pueda vincular en modo alguno tal contratación a ningún servicio de este Ayuntamiento. Por ello en ningún caso asistirá este personal el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes derecho a su calidad que ni el Ayuntamiento, ni otro empresario que se haga cargo de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención obra si se resuelve el contrato de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particularobras inicial, se requieran subrogue en su contrato de trabajo al no concurrir los supuestos que para la realización sucesión de empresa establece el artículo 44 del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe Estatuto de los anuncios Trabajadores. - El contratista deberá llevar los Libros de Ordenes e Incidencias, previamente diligenciados. - Cualquier otra que se establezca en la legislación vigente y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización ANEXO I del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismopresente PCAP.
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Samples: Contract for Public Works