Difusión del Convenio. Las Altas Partes Contratantes se comprometen a difundir lo más ampliamente posible, tanto en tiempo xx xxx como en tiempo xx xxxxxx, el texto del presente Convenio en el país respectivo, y especialmente a incorporar su estudio en los programas de instrucción militar y, si es posible civil, de modo que sus principios sean conocidos por el conjunto de la población. Las autoridades civiles, militares, de policía u otras que, en tiempo xx xxxxxx, asuman responsabilidades con respecto a las personas protegidas, deberán tener el texto del Convenio y ponerse especialmente al corriente de sus disposiciones.
Difusión del Convenio. Las Altas Partes Contratantes se comprometen a difundir lo más ampliamente posible, tanto en tiempo xx xxx como en tiempo xx xxxxxx, el texto del presente Convenio en el país respectivo, y especialmente a incorporar su estudio en los programas de instrucción militar y, si es posible, civil, de modo que sus principios sean conocidos por el conjunto de la población, especialmente por las fuerzas armadas combatientes, por el personal sanitario y por los capellanes.
Difusión del Convenio. Ambas Partes podrán dar difusión a este convenio a través de sus canales de comunicación internos y externos, pudiendo procederse, previo acuerdo, a una presentación pública mediante conferencia de prensa conjunta a los medios de comunicación. Asimismo, las Partes se comprometen a impulsar las iniciativas llevadas a cabo al amparo de este convenio mediante la incorporación de los logotipos o signos distintivos de ambas instituciones en todos aquellos eventos, espacios, acciones y publicaciones que pudiesen ser generados durante su período de vigencia y en los que exista un interés especial para su presentación conjunta, señalando que se trata de una acción entre ambas instituciones. Las piezas de difusión pública en las que aparezcan dichos signos distintivos serán objeto de una revisión previa por parte de las Partes. RTVE queda autorizada a utilizar los signos distintivos de AYUNTAMIENTO cuando se trate de piezas informativas. En ningún caso, la suscripción del presente convenio implicará la transmisión de titularidad de derechos de propiedad industrial entre RTVE y el AYUNTAMIENTO respecto a sus marcas, signos distintivos o cualesquiera otros elementos susceptibles de protección en este sentido, ni otorgará derecho alguno de intervención o injerencia en la gestión de los mismos.
Difusión del Convenio. Las entidades firmantes colaborarán en la difusión de las iniciativas y actividades de dicha entidades surgidas de este convenio. En los distintos instrumentos de difusión, deberán aparecer los logotipos y anagramas de las entidades. En lo referente a la imagen o identidad corporativa de la Junta de Castilla y León se deberá cumplir con lo previsto en el Decreto 119/2003, de 16 de octubre, por el que se aprueba la identidad corporativa de la Junta de Castilla y León, en el Acuerdo 27/2020, de 4 xx xxxxx, de la Junta xx Xxxxxxxx y León, por el que se establecen directrices sobre difusión de la identidad corporativa de la Administración de la Comunidad xx Xxxxxxxx y León y en la Instrucción 1/2020, de la Dirección de Comunicación, para el cumplimiento del mismo.
Difusión del Convenio. La “UTP” informará a los departamentos participantes la existencia de este Convenio a través de los medios ya establecidos de comunicación como correo electrónico, publicaciones internas, etcétera. La “UTP” autoriza a “NI” a publicar en los principales diarios del país la existencia del presente Convenio en coordinación con la Dirección de Comunicación Institucional de la “UTP”. Los términos y condiciones del presente Convenio son confidenciales y la información no podrá ser difundida a otras instituciones o empresas. Para cualquier comunicado de prensa, ambas partes deberán estar de acuerdo.
Difusión del Convenio. EUDEL y SGAE pondrán todos los medios a su alcance para dar a conocer el presente Convenio a todos los Ayuntamientos. EUDEL hará pública la suscripción del Convenio entre ambas Entidades a través desus cauces habitualesde información, y SGAE, a través de sus Delegados y Representantes, procurará la entrega de un ejemplar completo del mismo a todos los Ayuntamientos.
Difusión del Convenio. El Colegio Oficial de Psicología de Extremadura se compromete a realizar iniciativas de divul- gación y difusión de las actuaciones que se desarrollen, con el objeto de garantizar el mayor grado de conocimiento de este Programa Experimental de Bienestar Emocional y promoción de la Salud Mental por la sociedad y, en particular, por los propios interesados. La identifica- ción de tales programas se llevará a cabo de modo que se respete la identidad corporativa y que el carácter público de la iniciativa sea conocido por parte de los usuarios de la misma. En todos los elementos que se empleen para la difusión y promoción de las actividades en de- sarrollo del convenio figurará el logotipo del Ministerio de Educación y Formación Profesional entidad encargada de la financiación del programa, la mención al Colegio Oficial de Psicología de Extremadura y a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura.
Difusión del Convenio. La Fundación ONCE y CRUE, de mutuo acuerdo, difundirán en sus órganos de comunicación, así como a través de la generalidad de medios de comunicación, la colaboración establecida en virtud del presente convenio y harán una difusión amplia del programa para que se puedan beneficiar el mayor número de alumnado posible. A estos efectos, cada parte deberá respetar las directrices de imagen externa respecto al uso del nombre y de la marca o logotipo que se le indiquen por la otra parte En cualquier difusión que se haga tanto de los resultados del presente Convenio, como otra directa o indirectamente relacionada con el Programa, ya sea información, publicidad y/o publicación en soporte físico o electrónico, deberá constar expresamente la participación de la Unión Europea a través del Fondo Social Europeo. La publicidad deberá realizarse de acuerdo con las características técnicas recogidas en el Reglamento (UE) 1103/2013 de 17 de diciembre de 2013.
Difusión del Convenio. El Ayuntamiento dispondrá lo necesario para que todos sus empleados conozcan el presente Convenio Colectivo. A tal fin entregará a cada empleado un ejemplar del mismo, así como a cada trabajador que se contrate eventualmente por período igual o superior a seis meses le entregará una copia a la firma del contrato.
Difusión del Convenio. Las partes acuerdan enviar una circular comunicando el contenido del convenio alcanzado a todas las empresas del sector de la industria avícola, que figuren en el listado oficial de plantas habilitadas por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.