Información Privilegiada Cláusulas de Ejemplo

Información Privilegiada. Cualquier información o antecedente referida a proyectos, contratos, propuestas públicas o privadas u otro tipo de negocios en que la Municipalidad sea parte, no divulgada a la opinión pública, oferentes o al mercado y cuyo conocimiento sea susceptible de producir un beneficio o evitar pérdidas a las personas naturales o jurídicas que participan en dichos negocios con la Municipalidad. Se hace extensivo este concepto a toda información referente a la Municipalidad y de carácter reservado, que al conocerse pueda perjudicar el interés municipal o de la comuna en general. El funcionario o la persona contratada a honorarios por la Municipalidad que en razón de su cargo o contrato, respectivamente, tenga acceso a información privilegiada, debe guardar estricta reserva y no podrá utilizarla para obtener beneficio para sí o para terceros, o evitar pérdidas propias o ajenas.
Información Privilegiada. Las Partes reconocen que leyes y reglamentaciones gubernamentales y de bolsas de valores prohíben a cualquier persona que tenga información privilegiada de una sociedad, tranzar valores de dicha sociedad o comunicar dicha información a cualquier otra persona en circunstancias en que sea razonablemente previsible que tal persona pueda tranzar valores de dicha sociedad.
Información Privilegiada. Se refiere a guardar estricta reserva de la información privilegiada que lleguemos a conocer en razón de nuestra posición en la Empresa. No podemos obtener ventajas, ganancias ni evitar pérdidas personales mediante su utilización, ya sea directa o indirectamente, o para beneficio propio o ajeno. Tampoco es lícito utilizar tal información como base de consejos de inversión a otras personas, ya sean familiares, amigos, conocidos o terceros.
Información Privilegiada. 1. A los efectos del presente Reglamento, se considerará información privilegiada cualquiera de los siguientes tipos de información:
Información Privilegiada. La utilización xx xxxxxxx, redes, listados, información, aprovechamiento de medios, proyectos que fueran circunstancia o producto del un certamen, evento o logro de BEC para fines propios o sin la expresa autorización de BEC será considerada competencia desleal, utilización de información privilegiada o práctica abusiva por parte del adjudicatario.
Información Privilegiada. 13.1. Habida cuenta de que NC es una sociedad cotizada en España, el proveedor reconoce que toda o parte de la información relativa al pedido, e incluso las propias negociaciones sobre el mismo, puede constituir información confidencial y/o privilegiada o relevante, es decir, información que no se haya hecho pública y que, de hacerse o haberse hecho pública, podría influir o hubiera influido de manera apreciable o razonable sobre la cotización de NC en un mercado o sistema organizado de contratación, conforme esta se define en el artículo 226 y siguientes del Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores (“LMV”), respecto a la cual el proveedor, por sí y por sus propios empleados y colaboradores o asesores externos se obliga a actuar en consecuencia haciéndose responsable en los términos establecidos en la legislación aplicable.
Información Privilegiada. 1. Los responsables de las distintas Direcciones o de las operaciones, financieras o jurídicas, en fase de estudio o negociación, en las que se reciba o genere información susceptible de ser calificada como Información Privilegiada, deberán informar, caso por caso y tan pronto como se produzca esta circunstancia, por un medio que garantice suficientemente la confidencialidad, a la Unidad, que podrá declararla o no Información Xxxxxxxxxxxx.
Información Privilegiada. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81.1 de LMV, se considerará información privilegiada toda información de carácter concreto que se refiera directa o indirectamente a uno o varios valores negociables o instrumentos financieros de los comprendidos dentro del ámbito de aplicación de dicha LMV, o a uno o varios emisores de los citados valores negociables o instrumentos financieros, cuando legalmente pueda tener dicha consideración.
Información Privilegiada. Como continuación de la comunicación de otra información relevante de 20 xx xxxx de 2022 (número de registro 16365) en virtud de la cual se publicó el anuncio de convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, publicado el mismo día en la página web corporativa de la Sociedad (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx) y en el diario “Expansión”, se adjunta, de conformidad con el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital, anuncio de complemento a la convocatoria de la referida Junta General solicitado por Sapa Xxxxxxxxx Holding. S.L., titular de acciones representativas de un 5% del capital social, según datos que constan en la página web de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores, que será publicado asimismo en el diario Expansión y en la página web corporativa. Lo cual ponemos en su conocimiento a los efectos oportunos. De conformidad con lo previsto en el artículo 519 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la “LSC”), el artículo 12 de los Estatutos Sociales de Indra Sistemas, S.A. (la “Sociedad”) y el artículo 3 bis del Reglamento de la Junta General de Accionistas de la Sociedad, se publica un complemento a la convocatoria de la Junta General Ordinaria de Accionistas de la Sociedad, convocada para su celebración en la sede social sita en Alcobendas (Madrid), Xxxxxxx xx Xxxxxxxx 00, el próximo día 22 xx xxxxx de 2022 a las 12:30 horas (CEST), en primera convocatoria o, en caso de no reunirse suficiente quórum, al día siguiente, 23 xx xxxxx de 2022, a la misma hora y en el mismo lugar, en segunda convocatoria (siendo previsible que se celebre en segunda convocatoria), según anuncio publicado el día 20 xx xxxx de 2022 en el diario “Expansión”, en la página web corporativa de la Sociedad (xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx) y en la página web de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores (xxx.xxxx.xx). Este complemento ha sido solicitado por el accionista de la Sociedad Sapa Xxxxxxxxx Holding, S.L. (“SAPA”), titular de un 5% del capital social de la Sociedad según datos que constan en la página web de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores. Analizada la solicitud del complemento formulada por el accionista SAPA, el Consejo de Administración, en su sesión de 6 xx xxxxx de 2022, ha acordado, por los motivos que se exponen en los informes de la Comisión de Nombramientos, Retribuciones y Gobierno Corporativo y del Consejo de Administración que se ponen a disposición de los a...
Información Privilegiada. En virtud de lo previsto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 596/2014 sobre abuso xx xxxxxxx y en el artículo 227 del texto refundido de la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y disposiciones concordantes, así como en la Circular 3/2020 de BME Growth, XXXXXX RENTAL SOCIMI, S.A. (la “Sociedad”), pone en su conocimiento que: El Consejo de Administración de la Sociedad, en su reunión celebrada el 30 xx xxxxx de 2022, ha acordado por unanimidad aprobar el proyecto de escisión relativo a la separación de las líneas de inversión entre Oficinas y Retail mediante la creación de Sociedades especializadas, que se adjunta a la presente como Anexo I. Dicha escisión queda sujeta a la condición suspensiva consistente en la obtención del consentimiento de la entidad con la que la Sociedad tiene suscrito el contrato de financiación. Las acciones de la nueva sociedad beneficiaria se atribuirán a los accionistas de la sociedad que se escinde proporcionalmente a los derechos que tenían en el capital de ésta. Asimismo, la nueva sociedad beneficiaria se acogerá al régimen fiscal de SOCIMI y por tanto sus acciones se incorporarán a negociación en el correspondiente Sistema Multilateral de Negociación o un mercado regulado. Quedamos a su disposición para cuantas aclaraciones precisen.