EQUIPO DE COORDINACIÓN Cláusulas de Ejemplo

EQUIPO DE COORDINACIÓN. El Órgano de Contratación (Consorcio) designará un Equipo de Coordinación compuesto por Técnicos titulados integrados en el equipo de personal técnico de las Administraciones implicadas. Es responsabilidad del Equipo de Coordinación el seguimiento del desarrollo de las obras, con especial incidencia en la vigilancia del adecuado cumplimiento de lo establecido en el Proyecto de Ejecución y en toda aquella documentación de carácter técnico, que eventualmente se redacte a lo largo del periodo de vigencia del Contrato. El Equipo de Coordinación ostenta la representación de la Propiedad en cuantas cuestiones de carácter técnico se pudieren suscitar durante el desarrollo de las obras, constituyendo la vía de intermediación natural entre el Equipo de Dirección de Obra y el Órgano de Contratación (Consorcio), correspondiéndole por tanto la iniciativa para plantear ante aquel, la adopción de actuaciones, de carácter técnico o administrativo, encaminadas a atender eventuales necesidades surgidas durante el desarrollo de los trabajos con carácter extraordinario. En consecuencia, y sin perjuicio de que con carácter general, corresponde al Equipo de Coordinación el seguimiento de cuantas incidencias pudieren eventualmente incidir sobre el cumplimiento de los términos contractuales establecidos entre las partes intervinientes en las obras, las funciones a desarrollar serán las siguientes: - Actuar como principales interlocutores entre los futuros usuarios del edificio, sus asesores, los Organismos encargados de preservar el Patrimonio, la Dirección Facultativa y la empresa constructora, estableciendo la adecuada uniformidad de criterio para su aplicación a los trabajos proyectados. - Coordinar las actividades complementarias a la ejecución de la obra, necesarias para cumplir los objetivos marcados en cuanto a prestación de servicios. Dentro de estas actividades cabe incluir aquellas encaminadas a la libre disposición de los locales afectados por las obras, tales como: acondicionamiento de almacenes provisionales de bienes, traslado y depósito, realización de instalaciones provisionales, selección y montaje de mobiliario, etc. - Ejercer la inspección, coordinación y vigilancia continuada de las labores llevadas a cabo por la Dirección Facultativa en el ejercicio de sus funciones y por la empresa constructora en la ejecución de las obras, preservando una estricta sujeción a lo contenido en los documentos que integran el Proyecto aprobado. - Disponer de la documentación co...
EQUIPO DE COORDINACIÓN. El Museo Nacional xxx Xxxxx dispone de un Equipo de Coordinación integrado por el personal de la Coordinación General de Infraestructuras y Equipamientos que promueve y desarrolla, desde el inicio de las actividad vinculada al Salón de Reinos, las funciones de programación, seguimiento, comprobación y aceptación de todas las actuaciones que se han desarrollado y sea necesario desarrollar en el edificio y su entorno para su completa rehabilitación arquitectónica, adecuación museística, restauración de elementos patrimoniales, puesta en funcionamiento e integración en el campus Museo xxx Xxxxx. Su estructura y perfiles profesionales serán presentados a la empresa adjudicataria del contrato tras su formalización. En el ámbito de las actuaciones objeto de este Pliego de Prescripciones Técnicas, y sin perjuicio de las atribuciones de la Dirección Facultativa de la obra, este Equipo de Coordinación seguirá ejerciendo estas funciones y será el interlocutor del Museo Nacional xxx Xxxxx con el adjudicatario del contrato.

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  • EQUIPO DE TRABAJO La empresa adjudicataria quedará obligada a aportar, para la realización de los servicios, el equipo humano, los medios técnicos y organizativos necesarios para cubrir las obligaciones que se deriven del contrato. Tal personal dependerá exclusivamente del adjudicatario que tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su condición de patrono, debiendo cumplir por ello las disposiciones vigentes en materia laboral, fiscal, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo. La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable del servicio, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente al CZFB, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con el CZFB, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. e) Informar al CZFB acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato. Asimismo, la empresa contratista podrá designar también un responsable del contrato, integrado en su propia plantilla, que será el interlocutor válido de la contratista para decidir sobre todos los aspectos técnicos y económicos del servicio. Será el responsable del cumplimiento del plan de calidad y medioambiental del servicio y de la prevención de riesgos laborales.

  • Delegación de funciones 5.1 El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, con excepción del Conciliador, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista.

  • INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS Responsable Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Finalidad Contratación, mantenimiento, desarrollo y control del seguro.

  • Decisiones del Gerente de Obras 4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, decidirá sobre cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista.

  • EQUIPO 5.1 Según corresponda a los Servicios Contratados, el Proveedor podrá entregar el Equipo en arrendamiento, comodato o compraventa al Suscriptor, conforme a la carátula, incluyendo sin limitar software, adaptadores de terminales multimedia, decodificadores, módems, moduladores, teléfonos celulares, videograbadores, DVR y/o cualquier otro que lo sustituya y acordando como garantía de cumplimiento de las obligaciones relacionadas con los Equipos otorgados en arrendamiento o comodato, la firma de un pagaré para asegurar la devolución de los Equipos. El Proveedor es el único responsable ante el Suscriptor por cualquier inconveniente que pueda llegar a suscitarse con el Equipo otorgado en comodato o arrendamiento. 5.2 Cuando la entrega del Equipo se realice en la modalidad de Comodato, aplicará lo siguiente: a) El Suscriptor se compromete a la guarda, custodia y conservación del Equipo, asumiendo las obligaciones del comodatario conforme al Código Civil Federal, durante el tiempo que se encuentre en su poder y hasta el momento en que el Equipo sea recibido de conformidad por el Proveedor o por quien ésta designe. b) La vigencia del comodato estará sujeta a la duración del Servicio Principal para el cual se utilice el Equipo respectivo, bajo esta modalidad de uso y goce temporal. c) El Suscriptor recibe el Equipo en perfectas condiciones y deberá devolver el mismo al Proveedor, en las mismas condiciones en que lo recibió, salvo por el desgaste natural causado por el paso del tiempo. d) El Suscriptor tiene prohibido vender el Equipo, cambiar de domicilio el Equipo sin consentimiento del Proveedor, utilizar el Equipo en forma no autorizada por el Proveedor, permitir que un tercero no autorizado haga uso del Equipo o ceder el Equipo sin el consentimiento del Proveedor. e) En caso que aplique de conformidad con el Servicio, el Suscriptor declara bajo protesta de decir verdad que el domicilio donde se encontrará el Equipo es el indicado en la carátula de este Contrato.

  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • Trámites a Distancia, Delegación Administrativa, Inspección General de Justicia 05/12/2019 N° 93802/19 v. 05/12/2019

  • TIPO DE LICITACIÓN Este proceso de contratación se refiere a una licitación pública nacional "mixta", en los términos estipulados en la fracción III del artículo 26 bis y fracción I del artículo 28 de la Ley.

  • Informes de investigación del Sitio de las Obras 14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.