GARANTÍA DE MANTENIMIENTO. El Asegurado garantiza que todos los servicios de mantenimiento, normales, periódicos o eventuales de la Aeronave asegurada serán contratados únicamente con empresas debidamente autorizadas y de reconocida solvencia profesional, técnica y comercial que se encuentren amparadas por seguros adecuados para proteger la responsabilidad civil en que pudieren incurrir, en su carácter de operadores de un negocio dedicado al mantenimiento o reparación de Aeronaves de terceros.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO de Oferta: También llamada de Seriedad o de Sostenimiento de Oferta, tiene por objeto asegurar al Comprador o Contratante que el Oferente está dispuesto a mantener su oferta durante los plazos estipulados en los documentos de licitación.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO. 19.1 El Oferente deberá incluir como parte de su oferta, una garantía de mantenimiento de oferta por un monto en Guaraníes, que no deberá ser inferior al porcentaje especificado en la Sección II, Datos de Licitación
19.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta podrá consistir, a elección del Oferente y conforme a la pro-forma de la Sección IV, en alguno de los siguientes tipos: a) Una póliza de seguros emitida por una Compañía de Seguros autorizada a operar y emitir xxxxxxx xx xxxxxxx xx xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx; o b) Una garantía bancaria otorgada por un banco establecido en la República del Paraguay, y con autorización para operar emitida por el Banco Central del Paraguay.
19.3 La garantía deberá ser presentada en original; no se aceptarán copias; 19.4 Deberá permanecer válida por el periodo indicado en los DDL, y que no podrá ser inferior al periodo de validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde; 19.5 Todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en el presente pliego, serán rechazadas por la Convocante. 19.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas después que el Oferente adjudicado suministre su Garantía de Cumplimiento de Contrato de conformidad con la Cláusula 40 de las IAO. 19.7 La garantía de mantenimiento de oferta será ejecutada por la Convocante: a) si un Oferente retira su oferta durante el período de validez de ofertas indicado por dicho Oferente en la Presentación de Oferta; o b) si no acepta la corrección del precio de su oferta, de conformidad con la Sub-Cláusula 29.4 de esta Sección I (IAO); o c) si el adjudicatario no procede, por causa imputable al mismo a: i. firmar el Contrato, de conformidad con la Cláusula 39 de esta Sección (IAO); o ii. suministrar la garantía de cumplimiento de contrato, de conformidad con la Cláusula 40 de esta Sección I (IAO). iii. presentar los certificados expedidos por las autoridades competentes que le sean requeridos por la Convocante para comprobar que no se encuentra comprendido en las prohibiciones o limitaciones para contratar con el Estado, conforme al artículo 40 de la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas y de acuerdo al artículo 47 del Decreto Reglamentario N° 21909/03, y su modificación el Decreto N° 5174/05. d) cuando se comprobare que las declaraciones juradas presentadas por el oferente adjudicado con su oferta sean falsas. e) si...
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO. DE LA OFERTA: LA CONTRALORÍA se obliga liberar la garantía de mantenimiento de la oferta presentada por LA COMPAÑÍA en la oportunidad de suscripción del presente contrato.------------------------------.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO. Todos los oferentes deberán realizar un depósito en garantía por una suma equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) del monto ofrecido como precio de compra en la Oferta Inicial. Dicho depósito será realizado mediante transferencia bancaria a una cuenta escrow ante un agente escrow designado por el Corredor que fuera aceptable para la República Argentina y que mantendrá las garantías en depósito. La evidencia de la transferencia de tales fondos al agente escrow en garantía deberá ser presentada dentro del sobre cerrado conteniendo la Oferta Inicial. Dentro de los 5 días siguientes a la Fecha de Selección, el depósito será reembolsado a los oferentes cuyas Ofertas Iniciales no hubieran sido seleccionadas y, para los oferentes invitados a realizar una mejora de sus ofertas, el depósito será reembolsado dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la adjudicación, con excepción de los fondos correspondientes al oferente que resulte adjudicatario. El depósito realizado por el Oferente Adjudicatario será considerado como pago inicial del Precio de Compra, a cuenta del precio ofrecido y será entregado por el agente escrow al Vendedor en la fecha de transferencia de dominio de la Propiedad.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO. Todos los oferentes deberán proporcionar una garantía por su obligación de mantener sus ofertas bajo esta Licitación, en una suma no inferior al 20% (veinte por ciento) del valor del Precio Base. Dicha garantía se otorgará mediante la realización de un depósito en efectivo a nombre de la República Argentina mediante transferencia bancaria, cuenta bancaria a designar a tales efectos, la cual será informada oportunamente mediante Circular Aclaratoria, y la evidencia de dicha transferencia electrónica se incluirá en el sobre sellado que contenga la Oferta Inicial. Dentro de los diez (10) días contados a partir de la Fecha de Selección, la garantía en efectivo se devolverá a aquellos oferentes cuyas Ofertas Iniciales no hayan sido seleccionadas. La garantía en efectivo será devuelta a los oferentes cuyas Ofertas Finales no hubieran sido seleccionadas dentro de los diez (10) días contados a partir de la adjudicación de la Licitación. La garantía de mantenimiento del oferente adjudicatario se considerará un pago anticipado del PLIEG-2018-35084537-APN-DCYC#AABE Precio de compra.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO. 17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la
17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta que sustancialmente respondan a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.
17.4 La Garantía de Mantenimiento de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que el Oferente seleccionado suministre su Garantía de Cumplimiento.
17.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: (a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO. La empresa fabricante debe garantizar, por un término no menor de 10 años, el servicio de reparación de los taxímetros.
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO. 15.2 Los tipos de cambio que utilizará el Oferente para determinar los montos equivalentes en la moneda nacional y establecer los porcentajes mencionados en la Sub cláusula 15.1 anterior, será el tipo de cambio vendedor para transacciones similares establecido por la fuente estipulada en los DDL, vigente a la fecha correspondiente a 28 días antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas. El tipo de cambio aplicará para todos los pagos con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario. Si el Oferente aplica otros tipos de cambio, las disposiciones de la Cláusula 29.1 de las IAO aplicarán, y en todo caso, los pagos se calcularán utilizando los tipos de cambio cotizadas en la Oferta.
15.3 Los Oferentes deberán indicar en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras.
15.4 Es posible que el Contratante requiera que los Oferentes aclaren sus necesidades en monedas extranjeras y que sustenten que las cantidades incluidas en el precio global, si así se requiere en los DDL, sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Sub cláusula 15.1 de las IAO.
16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período estipulado en los DDL.
16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes deberán ser por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, ésta deberá extenderse también por 28 días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO.
16.3 En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de precio), si el período de validez de las Ofertas se prorroga por más de 56 días, los montos pagaderos al Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se ajustarán según lo que se estipule en la solicitud de extensión. La evaluación de las Ofertas se basará en el Precio de la Oferta sin tener en cuenta los ajustes antes señalados.
17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Dec...
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO. 17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o
17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en la moneda del país del Contratante, o en la moneda de la Oferta, o en cualquier otra moneda de libre convertibilidad, y deberá:
(a) a elección del Oferente, consistir en una carta de crédito o en una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza o póliza de caución emitida por una aseguradora o afianzadora;