Garantías Técnicas a) Certificados de Garantía de Calidad La empresa adjudicada deberá garantizar la calidad del material exigido para los billetes, a través de la presentación de un Certificado de Garantía de Calidad emitido por un laboratorio especializado, el cual será elegido por el Banco Central Bolivia de una lista presentada por el proveedor. Dicho certificado deberá detallar todas las características físico – químicas del material monetario, tanto de las muestras como de cada uno de los lotes (y/o entregas parciales de cada lote) enviados. Estos Certificados deben ser entregados a la Comisión de Recepción a momento de que la empresa adjudicada entregue las muestras o cada uno de los lotes (y/o entregas parciales de cada lote) enviados. Los costos de dichos certificados serán cubiertos en su totalidad por el proveedor El BCB se reserva el derecho de realizar todas las pruebas físicas químicas y/o de laboratorio que considere pertinentes, para verificar la calidad de los billetes y su correspondencia con las características y/o especificaciones requeridas. b) Garantía Técnica y Condiciones Complementarias del Contrato La empresa adjudicada, para la emisión del Acta de Recepción Definitiva, deberá presentar a la Comisión de Recepción del BCB (vía Subgerencia de Servicios Generales, Piso 7 del BCB), una “Garantía Técnica y Condiciones Complementarias del Contrato” por un monto equivalente al uno por ciento (1%) del valor total del contrato, que podrá ser cualquiera de las siguientes: Boleta de Garantía Bancaria con carácter renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre del BCB, con vigencia mínima de tres (3) años calendario computable, a partir de la fecha de emisión del Acta de Recepción Definitiva. Esta boleta debe ser emitida por un Banco Nacional o una entidad financiera que cuente con corresponsalía en Bolivia, señalando el banco corresponsal establecido en nuestro país. La mencionada boleta de garantía cubrirá cualquier defecto de fabricación a ser detectado durante el período de su vigencia y que todos los aspectos contemplados en punto 17 CONDICIONES COMPLEMENTARIAS sean cumplidos en su integridad.
Garantías Técnicas. Con fundamento lo dispuesto en el artículo 4, numeral 5 de la ley 1480 de 2011, se entiende por garantía la obligación temporal, solidaria a cargo del productor y el proveedor, de responder por el buen estado del producto y la conformidad de este con las condiciones de idoneidad, calidad y seguridad legalmente exigibles o las ofrecidas. La garantía técnica no tendrá contraprestación adicional al precio del producto. En el documento de estudios previos y del sector deberá indicarse el plazo de garantía técnica de los bienes, obras o servicios que implica su adecuada calidad o su correcto funcionamiento. Es necesario recordar que el amparo de calidad del servicio, calidad y correcto funcionamiento de los bienes y estabilidad de la obra, según el caso, debe ser igual al plazo establecido de garantía técnica. (Artículos 932 y 933 del Código de Comercio). Los estudios y diseños que entrega el contratista estarán cubiertos por una garantía técnica de calidad que estará vigente por el término mínimo de dos (2) años o el que determine la Unidad Ejecutora en los estudios y del sector, contados a partir de su recibo a satisfacción, o hasta por el plazo de ejecución de las obras que se contraten con fundamento en éstos. Esta garantía implicará el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
Garantías Técnicas. Garantía de Instalación, por un (1) año desde la fecha de suscripción del acta entrega recepción, que cubrirá defectos de fábrica. - Garantía Técnica, por tres (3) años desde la fecha de suscripción del acta entrega recepción, que cubrirá defectos de fábrica. Página 13 de 26 - Cuando se incumpla con el objeto de estas garantías, de acuerdo con lo establecido en el pliego y este contrato. - Cuando la EP EMSEGURIDAD declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables al Contratista. - Si el CONTRATISTA no la renovare cinco (5) días hábiles antes de su vencimiento.
Garantías Técnicas. (APLICA SOLO EN EL CASO DE QUE SE REQUIERAN Y, EN SU CASO SE OTORGUEN DICHAS GARANTÍAS) (DESCRIBIR CON EL MAYOR DETALLE POSIBLE LAS GARANTÍAS TÉCNICAS OTORGADAS POR LOS PROVEEDORES PARA EL CASO DEL SERVICIO DE QUE SE TRATE, DICHAS GARANTÍAS DEBEN CONSTAR TAMBIÉN EN EL ANEXO TÉCNICO)
Garantías Técnicas. (Establecer conforme especificaciones remitidas por el área requirente)
Garantías Técnicas. (Establecer conforme especificaciones remitidas por el área requirente) LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° LPI-SECOB-CAF-004-2017 CONSTRUCCIÓN DE LA UNIDAD EDUCATIVA ESTANDARIZADA DEL MILENIO TIPOLOGÌA MAYOR “XXXX XXXXXXXX XXXXXX”, XXXXXXX XX XX XXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXXXX XX XXXXXX.
Garantías Técnicas. Administrador del Contrato
Garantías Técnicas. El Proveedor del Servicio debe garantizar durante el periodo del servicio, el buen funcionamiento y soporte necesario en caso xx xxxxxx del software.
Garantías Técnicas. El Proveedor del Servicio debe garantizar durante el periodo del servicio, el buen funcionamiento y soporte necesario en caso xx xxxxxx del software. MULTAS El PROVEEDOR se obliga a cumplir con el plazo de entrega de activación del servicio, caso contrario será multado con el 1 % sobre el importe total de la adjudicación por día de retraso. En caso de llegar al veinte por ciento (20%) del monto total de la Orden de Servicio, la adjudicación queda sin efecto, y la empresa YPFB se reserva el derecho de realizar las gestiones legales y administrativas que correspondan. Las multas serán calculadas de acuerdo al monto total de la Orden de Servicio.
Garantías Técnicas. El contratista a la firma del contrato deberá presentar una garantía técnica que contemple lo siguiente: