Common use of General Clause in Contracts

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y, por tanto, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulación

Appears in 4 contracts

Samples: Reafianzamiento, Reafianzamiento, Reafianzamiento

General. 19.1 19.1. Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y, por tanto, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulación

Appears in 3 contracts

Samples: Reafianzamiento Contract, Reafianzamiento, Reafianzamiento

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil yLa Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje combinado responderán frente al consumidor de forma solidaria, en función de las obligaciones que les correspondan por tantosu ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, se interpretará del correcto cumplimiento de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civillas obligaciones derivadas del contrato, con especial aplicación independencia de que éstas las reglas deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas de repetición contra dichos prestadores de servicios. El Organizador manifiesta que siguen: a) Contrato único: asume las funciones de organización y ejecución del viaje combinados. Los Organizadores y Detallistas responderán de los daños sufridos por el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir consumidor como consecuencia de la fecha falta de ejecución o ejecución deficiente del presente Contratocontrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las estipulaciones siguientes circunstancias: 1. Que los defectos observados en la ejecución del presente Contratocontrato sean imputables al consumidor. 2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable. 3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, o cualquier otra parte del mismoentendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, sea declarada nulaanormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, inválida o inaplicablea pesar de haber actuado con la diligencia debida. 4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesOrganizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar. No obstante, en la medida en que los derechos y obligaciones supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las Partes con arreglo circunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el Organizador y el Detallista que sean partes en el contrato de viajes combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al Contrato no consumidor que se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente encuentre en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulacióndificultades.

Appears in 2 contracts

Samples: Contrato De Viaje Combinado, Contrato De Viaje Combinado

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y6.1.1 La Sociedad vende al Cliente, de acuerdo con la oferta que subyace a estas Condiciones Generales, Productos en la cantidad especificada en los mismos. 6.1.2 Todos los precios son CPT (Carriage Paid To) de acuerdo con los INCOTERMS 2020, por tantolo que solo se adeuda la descarga a nivel del suelo. 6.1.3 Salvo que se acuerde expresamente lo contrario, los plazos y fechas de entrega notificados no serán vinculantes y se interpretará entenderán siempre como el momento previsto de conformidad con suministro y entrega de los preceptos establecidos Productos al Cliente. 6.1.4 Si se ha acordado un plazo de entrega, éste comenzará en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación la última de las reglas que siguensiguientes fechas: (a) Contrato único: La fecha de confirmación por escrito del pedido por parte de la Sociedad; (b) La fecha de cumplimiento de todos los requisitos técnicos, comerciales y de otro tipo que incumban al Cliente y que sean necesarios para la ejecución del SERVICIO; (c) La fecha en la que la Sociedad reciba un pago por adelantado, un depósito o una garantía que deba realizar el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes Cliente antes de la ejecución. 6.1.5 Los productos no aceptados en la fecha acordada serán almacenados por cuenta y riesgo del Cliente, por lo que éste deberá abonar una tasa de su celebración con respecto almacenamiento razonable por cada día natural iniciado. Al mismo tiempo, la Sociedad tendrá derecho a insistir en el cumplimiento del Contrato o a rescindirlo tras establecer un periodo xx xxxxxx razonable. 6.1.6 Los defectos insignificantes no darán derecho al Cliente a rechazar o suspender la aceptación de los SERVICIOS. La Sociedad deberá subsanar dichos defectos en un plazo razonable. «Defectos insignificantes» son las no conformidades o anomalías que no La Sociedad se reserva el dominio sobre todos los asuntos contemplados en Productos entregados por ella hasta el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a pago íntegro de los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con cargos más los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES intereses y los Anexos forman parte integrante gastos, y además tendrá derecho a hacer pública esta reserva de dominio hasta la recepción del presente Contrato pago íntegro y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principala notificarla y registrarla ante las autoridades nacionales y extranjeras competentes. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulación

Appears in 2 contracts

Samples: General Terms and Conditions, General Terms and Conditions

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y, por tanto, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El La estipulación 22 de DEFINICIONES, las adendas previstas en el apartado de DEFINICIONES 5.3 y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónestipulación 2. Las estipulaciones inválidas serán reemplazadas o complementadas por otras que, siendo válidas, ofrezcan los mismos resultados en esencia. e) Singular y plural: salvo que se indique otra cosa, los términos usados en plural también incluirán al singular y viceversa. f) Disposiciones legales: las referencias a leyes y otras disposiciones legales se considerarán hechas a dichas leyes o disposiciones legales con las modificaciones que hayan sufrido en cada momento.

Appears in 2 contracts

Samples: Reafianzamiento, Contrato De Reafianzamiento

General. 19.1 Carácter mercantil10.1 Cualquier modificación de las presentes Condiciones deberá ser acordada por escrito por las partes. Los pedidos presentados por Hydro pueden variar estas Condiciones si así se establece expresa- mente. 10.2 Cualquier notificación en virtud del contrato se hará por escrito y se enviará a través de un servicio de mensajería o por correo (men- sajería comercial nocturna reconocida internacionalmente, certificada o registrada), o por fax confirmado por correo a la persona especificada en el Pedido (siempre que se envíe contemporáneamente una copia por uno de los medios alternativos establecidos en esta Sección 10.2). Se enviará simultáneamente una copia de cualquier notificación a Hydro a: Norsk Hydro ASA, P.O. Box 980, 0240 Oslo, Noruega, Attn.: Departamento Legal Grupo. 10.3 Ninguna de las partes será responsable ante la otra por el in- cumplimiento o los retrasos o costes adicionales en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de cualquier Pedido debido a causas sobre las que dicha parte no tenga control («Fuerza Mayor»). Dichas causas incluyen, entre otras, guerras, hostilidades entre estados, actos terro- ristas, huelgas y cierres patronales nacionales, huelgas de transporte nacionales o internacionales, sanciones, embargos, desastres natura- les, tormentas, incendios, explosiones u otras contingencias similares que escapen al control razonable de una parte y que provoquen la in- capacidad de dicha parte para cumplir sus obligaciones en virtud del contrato. Cualquiera de las partes que desee declarar Fuerza Mayor deberá notificar por escrito a la otra parte las razones del incumpli- miento o de los retrasos en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del contrato tan pronto como se produzca el acontecimiento, y deberá proponer a la otra parte soluciones para dicho incumplimiento 10.4 Ninguna de las partes podrá ceder el contrato ni los derechos u obligaciones derivados de cualquier Pedido o del contrato sin el con- sentimiento previo por escrito de la otra parte. No obstante, a pesar de lo anterior, Hydro podrá ceder el contrato, o cualquiera de los derechos y obligaciones derivados del mismo, sin el consentimiento previo del Proveedor si la cesión se produce como consecuencia de una fusión, reorganización, consolidación o venta de prácticamente todos los acti- vos de Hydro, siempre que el cesionario asuma todas las obligaciones y responsabilidades de Hydro en virtud del presente Contrato tiene carácter mercantil ycontrato. Sin per- juicio de lo anterior, las disposiciones de cualquier Pedido y el contrato se vincularán y redundarán en beneficio de las partes y de sus respec- tivos sucesores y cesionarios autorizados. 10.5 El Proveedor sólo podrá recurrir a un subcontratista para su- ministrar los Productos finales, o partes de los mismos, con el consen- timiento previo, específico y por tantoescrito de Xxxxx. La falta de dicho consentimiento previo antes de recurrir a un subcontratista constituirá un incumplimiento sustancial del contrato por parte del Proveedor. El Proveedor será responsable de las prestaciones u omisiones de sus subcontratistas como si fueran sus propias prestaciones u omisiones, se interpretará independientemente del consentimiento de conformidad con los preceptos Hydro para que el Provee- dor recurra al subcontratista. 10.6 Los derechos y recursos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto docu- mento se sumarán a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal demás derechos y recursos previstos por la ley o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismoequidad. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso hecho de que alguna de las estipulaciones partes no haga cumplir alguna de las disposiciones del presente Contrato, contrato no se considerará una renuncia a hacer cumplir dicha disposición o cualquier otra parte del mismoen el futuro. Si, sea declarada nulapor cualquier motivo, un tribunal competente declara inválida o inaplicablein- aplicable cualquier disposición del contrato, el resto del Contrato permanecerá vigente contrato conti- nuará en pleno vigor y vinculante para las Partesefecto y se sustituirá la disposición en cuestión por una disposición válida que tenga un efecto económico lo más si- milar posible. 10.7 Si alguna cláusula del contrato se considera o se declara in- válida o inaplicable en virtud de una ley, reglamento, ordenanza, de- creto u otra norma jurídica, dicha cláusula se considerará reformada o suprimida, según proceda en su caso, sólo en la medida en que los derechos necesaria para cumplir con dicha ley, reglamento, ordenanza, orden o norma, y obligaciones el resto de las Partes disposiciones del contrato permanecerán en pleno vigor y efecto. 10.8 El contrato o las acciones relacionadas con el mismo se regi- rán, controlarán, interpretarán y definirán con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmentea las leyes del país desde el que Hydro emita la orden de compra, sin tener en cuenta ningún conflicto de principios legales que requiera la aplicación de otra elección xx xxx. Se considerará que los derechos y obligaciones Queda expresamente excluida la aplicación de la Con- vención de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías de 11 xx xxxxx de 1980. 10.9 Cada parte declara y garantiza a la otra que los intereses de cualquiera de tiene pleno de- recho y poder para suscribir y cumplir las Partes se vieran perjudicados gravemente o de obligaciones del contrato y que la invalidez afectase al objeto persona que firma el contrato en su nombre está debidamente autorizada. El contrato podrá ejecutarse por duplicado, cada uno de los cuales constituirá un original, pero todos juntos constituirán el mismo del Contratoinstrumento. Además, establecido en la estipulaciónel contrato podrá ejecutarse mediante firma electrónica, que será válida y vinculante a todos los efectos.

Appears in 2 contracts

Samples: Condiciones De Compra Estándar, Condiciones De Compra Estándar

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y, por tanto, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: (a) Las partes resolverán cualquier reclamo, disputa o controversia (excluidos los reclamos de medidas cautelares u otro tipo de compensación equitativa) que surja de este Contrato único: o esté relacionado con el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir mismo ("Disputas") mediante arbitraje vinculante de la fecha del presente Contrato. Ninguna Asociación Estadounidense de Arbitraje ("AAA") con arreglo a las Partes podrá reclamar compensación alguna Reglas de Arbitraje Comercial y Procedimientos Suplementarios para Disputas Relacionadas con el Consumidor vigentes en relación con cualquier manifestaciónese momento para la AAA, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados salvo lo dispuesto en el presente Contrato. A menos que las partes acuerden lo contrario, salvo el arbitraje se llevará a cabo en los casos establecidos en San Xxxxxxxxx, California. Cada una de las partes será responsable de pagar las tasas de presentación, administrativas y del árbitro de la AAA ("Tasas") de acuerdo con las reglas de la AAA, excepto que Pinterest pagará las Tasas razonables del Anunciante si el mismoreclamo del Anunciante por daños no excede de 75.000 dólares y no es frívolo de acuerdo con la Regla Federal de Procedimiento Civil 11(b). El apartado árbitro tiene autoridad exclusiva para resolver cualquier disputa relacionada con la interpretación, aplicabilidad o ejecutabilidad de DEFINICIONES y esta Sección 10(a). Cualquier sentencia sobre el laudo arbitral podrá ser dictada por un tribunal competente. Nada de lo dispuesto en esta Sección 10(a) impedirá a ninguna de las partes solicitar medidas cautelares u otras medidas de equidad por cuestiones relacionadas con la confidencialidad, la seguridad de los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán datos, la misma fuerza vinculante que propiedad intelectual o el texto principalacceso no autorizado al Servicio Publicitario. TODAS LAS CONTROVERSIAS DEBEN PRESENTARSE A TÍTULO INDIVIDUAL Y NO COMO DEMANDANTE O MIEMBRO DE UNA CLASE EN UN SUPUESTO PROCEDIMIENTO COLECTIVO O REPRESENTATIVO. A MENOS QUE LAS PARTES ACUERDEN LO CONTRARIO, EL ÁRBITRO NO PODRÁ CONSOLIDAR EL LITIGIO DE UNA PARTE CON EL LITIGIO DE UN TERCERO. CADA PARTE RENUNCIA A SU DERECHO A UN JUICIO CON JURADO O A PARTICIPAR EN UNA DEMANDA COLECTIVA. (b) EstipulacionesNADA EN ESTE CONTRATO TIENE POR OBJETO LIMITAR LOS DERECHOS ESTATUTARIOS IRRENUNCIABLES DE UNA PARTE. Si alguna disposición de este Contrato se considera inválida, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida ilegal o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente en pleno vigor y vinculante para efecto. (c) La no aplicación de cualquier disposición del presente Contrato no constituirá una renuncia. (d) Excepto en el caso de las Partesmodificaciones del presente Contrato por parte de Pinterest, de conformidad con la Sección 9(c), cualquier modificación del mismo deberá realizarse por escrito, ser firmada por las partes e indicar expresamente que modifican el presente Contrato. (e) Salvo que se indique expresamente en el presente Contrato, no existen terceros beneficiarios del mismo. (f) Todas las notificaciones deberán realizarse por escrito (incluido el correo electrónico). Las notificaciones de rescisión e incumplimiento deberán enviarse al departamento jurídico de la otra parte. La dirección de correo electrónico del departamento jurídico de Pinterest es xxxxxxxxxx-xxxxxxxx-xxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx. Todas las demás notificaciones podrán enviarse al punto de contacto habitual de una de las partes. Las notificaciones se considerarán realizadas en el momento de su recepción. (g) Ninguna de las partes será responsable de la ejecución inadecuada en la medida en que los derechos y obligaciones causada por una condición fuera del control razonable de la parte. (h) Ninguna de las Partes con arreglo al partes podrá ceder parte alguna del presente Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones sin el consentimiento escrito de las Partes se ven afectados sustancialmente la otra parte, salvo a una filial o en caso de que los intereses cambio de cualquiera control. Cualquier otro intento de cesión será nulo. (i) El presente Contrato no crea ninguna agencia, asociación o empresa conjunta entre las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónpartes.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Servicios Publicitarios

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente (a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y sus directores, funcionarios, y empleados son terceros beneficiarios a los fines de las Secciones de este Contrato tiene carácter mercantil ytituladas, "Limitación de Responsabilidad" (Sección 20) y "Descargo de Responsabilidad" (Sección 19). Excepto según se exprese de manera específica de otro modo en esta Sección, las disposiciones aquí estipuladas son para beneficio de las Partes y para ninguna otra persona o entidad. (b) Renuncias a Incumplimiento. No se considerará que ninguna Parte ha renunciado a ningún derecho según este Contrato, ya sea sobre la base de falta, demora o cualquier otra doctrina legal o de equidad, a menos que dicha renuncia se haga por tantoescrito firmado por un signatario autorizado de la Parte contra la cual se trate de hacer valer la renuncia. La renuncia a cualquier disposición, o a cualquier violación de alguna disposición de este Contrato en cualquier caso no constituirá una renuncia respecto a cualquier otra instancia. (c) Supervivencia. Los términos, condiciones y garantías contenidos en este Contrato que por su sentido y contexto tengan la intención de sobrevivir al cumplimiento de este Contrato, sobrevivirán a la culminación del desempeño, cancelación o terminación de este Contrato. (d) Ley Aplicable y Solución de Controversias. Este Contrato se regirá e interpretará según las leyes del Estado de Nueva York, excluyendo cualquier cuerpo xx xxxxx que rija los conflictos xx xxxxx. Las Partes convienen que la Convención de Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Bienes queda por este medio excluida en su totalidad de la aplicación a este Contrato. Cualquier desacuerdo o controversia derivada o relacionada con este Contrato, o su violación, que las Partes no puedan resolver después de negociaciones de buena fe, será sometida primero al nivel de alta gerencia de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de alta gerencia, que si Usted es una persona, es Usted, se interpretará reunirán dentro de conformidad los treinta (30) días siguientes a que se les haya presentado la controversia y si las Partes no pueden resolver dicho desacuerdo o controversia dentro de los treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que lo prohíba específicamente la ley aplicable en Su jurisdicción, dicho desacuerdo o controversia será resuelto por arbitraje final y vinculante a ser realizado en Ontario, Canadá, de acuerdo con los preceptos establecidos en el Código las Reglas Comerciales de Comercio la Asociación Americana de Arbitraje (las "Reglas") y el Código Civil, será decidido por un árbitro designado de acuerdo con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo citadas Reglas y a ser convenido mutuamente entre las Partes dentro de los treinta (30) días siguientes a la designación del árbitro, a falta de lo cual un tercero neutral designará al árbitro. Si las disposiciones que anteceden están prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje será: (i) realizado en Su jurisdicción; (ii) resuelto por arbitraje de acuerdo con las Reglas del Centro de Conciliación y Arbitraje de la fecha Cámara Nacional de su celebración Comercio de Bolivia ("Reglas Bolivianas"); y (iii) decidido por un árbitro designado de acuerdo con respecto las Reglas Bolivianas y a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para acordado mutuamente por las Partes dentro de los treinta (30) días siguientes a partir de la fecha designación del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestaciónárbitro, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna no puedan hacerlo, el árbitro será designado por un tercero neutral. Cada Parte sufragará la mitad de los costos relacionados con el procedimiento de arbitraje. Ninguna controversia entre las Partes, o que involucre a cualquier persona distinta de Usted, podrá ser acumulada o combinadas juntas, sin el previo consentimiento escrito de RIM. La sentencia sobre el laudo emitido por el árbitro podrá ser presentada ante cualquier Tribunal competente. No obstante lo que antecede, RIM tiene derecho a instituir procedimientos según la ley o la equidad, incluyendo procedimientos para obtener protección judicial, ante un tribunal legal por reclamos o controversias relativas a: (i) montos adeudados por Usted a RIM en relación con su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de la misma, si procede; y (ii) Su violación o amenaza de violación de las estipulaciones Secciones de este Contrato tituladas, "Soporte de Criptografía de Escritorio" (Sección 6), "Uso de Su Solución BlackBerry" (Sección 3), "Licencia de Software y Documentación" (Sección 2), "Propiedad Intelectual" (Sección 7), "Restricciones a la Exportación, Importación y Uso y Licencias del presente ContratoGobierno de los EE.UU." (Sección 9), "Seguridad" (Sección 10), "Confidencialidad y No Inversión de Ingeniería" (Sección 11) y "Efecto de Terminación" (Sección 14). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción sobre la base de jurisdicción, foro no conveniente o cualesquiera bases similares y consiente de manera irrevocable para a notificación de autos procesales por correo o de cualquier otra manera permitida por la ley aplicable e irrevocablemente consiente se somete y acepta la jurisdicción de las cortes ubicadas en el Condado de Nueva York, Nueva York, para cualesquiera de tales reclamos derivados o relacionados con este Contrato. Las Partes convienen de manera específica que, en caso de que hubiera una controversia según este Contrato y dicha controversia fuera a ser resuelta por un tribunal jurídico, dicha controversia no será resuelta por juicio con jurado. Las Partes por este medio renuncian a todo derecho a juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que se determine que alguna sección, cláusula, disposición u oración o parte del mismo, sea declarada nulade la misma ("Parte") de este Contrato es ilegal, inválida o inaplicableinexigible por cualquier autoridad competente en alguna jurisdicción, entonces dicha determinación de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato, ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en alguna otra jurisdicción, y esa Parte estará limitada, si es posible, y únicamente separada después, si fuere necesario, en la medida que sea requerida para que el resto del Contrato permanecerá vigente sea válido y vinculante para las Partesexigible. (f) Idioma. Si este Contrato es traducido a un idioma que no sea el inglés, la versión en inglés prevalecerá en la medida en que haya algún conflicto o discrepancia en los derechos significados entre la versión en inglés y obligaciones su traducción. A menos, y únicamente en la medida en que esté prohibido por la ley de Su jurisdicción, cualesquiera y todos los desacuerdos, controversias, mediación, arbitraje o litigios relacionados con este Contrato se llevarán a cabo en el idioma inglés, incluyendo, sin que constituya limitación, cualquier correspondencia, descubrimiento, presentaciones, consignaciones, solicitudes, peticiones orales, alegatos, alegatos verbales y órdenes o sentencias. (g) Incoherencia. Si hubiera alguna incoherencia entre este Contrato y algún contrato de licencia o de usuario final (distinto de este Contrato), previsto en los materiales de empaque o adjuntos a cualquier porción de Su Solución BlackBerry, las disposiciones de este Contrato se aplicarán en la medida de la incoherencia. Si hubiera alguna incoherencia entre este Contrato y cualquier contrato de licencia o de usuario final provisto en relación con cualesquiera actualizaciones o mejoras del Software, las disposiciones de dichos otros contratos de licencia o de usuario final se aplicarán en la medida de la incoherencia. En caso de alguna incoherencia entre algún documento provisto en los empaques de alguna porción de su Solución BlackBerry y la Documentación para el Producto RIM o rubro de Software correspondiente, las disposiciones de la Documentación se aplicarán en la medida de tal incoherencia. (h) Acuerdo Total. Este Contrato (que a los fines de cualesquiera Addenda al mismo, en relación con el objeto de tales Addenda, incluirá los términos de la Addenda), constituye el acuerdo total entre las Partes con arreglo respecto al objeto del mismo y no existen disposiciones, entendimientos, comunicaciones, aseveraciones, garantías, compromisos, acuerdos colaterales o acuerdos entre las Partes en relación con el Software excepto según se estipulan en este Contrato. No obstante lo que antecede, es posible que otros acuerdos entre las Partes rijan el uso de otras porciones de Su Solución BlackBerry. Este Contrato reemplaza cualesquiera disposiciones, entendimientos, comunicaciones, aseveraciones, garantías, compromisos, acuerdos colaterales y acuerdos previos o contemporáneos entre las Partes, ya sean verbales o escritos, con respecto al objeto del mismo, y Usted reconoce que Usted no se vean afectados sustancialmenteha basado en ninguno de ellos al convenir en celebrar este Contrato. Se Este Contrato puede ser modificado en cualquier momento mediante acuerdo mutuo entre las Partes. Excepto en la medida en la ley aplicable expresamente lo prohíba a RIM, RIM se reserva además el derecho a hacerle cambios a este Contrato sobre una base prospectiva, bien sea para reflejar cambios existentes o exigidos por la ley (incluyendo sin que constituya limitación, cambios para asegurar la exigibilidad de este Contrato) o cambios en las prácticas comerciales, dándole a Usted notificación con antelación razonable respecto a dicho cambio, bien sea por vía electrónica (según lo previsto en la disposición que antecede relativa a Notificaciones) o exhibiendo una notificación del cambio en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxx/. y Usted debería revisar esa página regularmente para informarse de los cambios. Si Usted continúa usando el Software y/o el Servicio más de sesenta (60) días después de haberse dado la notificación del cambio, entonces se considerará que Usted ha aceptado dicho cambio. Si Usted tiene alguna preocupación acerca del(los) cambio(s), favor contactar a xxxxxxxxx@xxx.xxx dentro de los derechos sesenta (60) días siguientes a que se haya dado la notificación del cambio para indagar respecto a Sus opciones. (i) Cumplimiento con las Leyes. Usted, a Sus propias expensas, obtendrá y obligaciones mantendrá todas las licencias, registros y aprobaciones exigidos por las autoridades gubernamentales o la ley aplicable en Su jurisdicción para el otorgamiento y cumplimiento de este Contrato y cualesquiera contratos de licencia relacionados. En particular, y para evitar dudas, Usted cumplirá con todas las leyes y regulaciones aplicables y obtendrá cualquier licencia, registro y aprobación necesarios de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso autoridades gubernamentales competentes para la importación y uso de cualquier Software que los intereses contenga cifrado comercial u otra función de cualquiera seguridad exigida por la ley aplicable. Usted proporcionará a RIM las garantías y documentos que RIM pueda solicitar de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónmanera periódica para verificar Su cumplimiento con esta obligación.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil yLa capacidad económico-financiera de los Oferentes, por tantosean empresas naciona- les o extranjeras, se interpretará establecerá sobre la base de conformidad con la siguiente información que deberán incluir en la presentación: 1) Memoria y Balance de los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil3 (tres) últimos ejercicios anuales, con especial aplicación dicta- men de las reglas auditor externo, con firma certificada por autoridad competente. Las empresas extranjeras deben presentar, además, los balances tradu- cidos al castellano y expresados en moneda argentina convertida al tipo de cambio que siguen: a) Contrato único: fije el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en Banco Nación Argentina a la fecha de cierre de di- chos estados contables. Esta información deberá ser dictaminada por un Contador Público Nacional, con su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados firma legalizada por el órgano compe- tente. Las empresas nacionales deberán adjuntar constancia de la pre- sentación de sus balances en la Inspección General de Justicia o de su aprobación por la Comisión Nacional de Valores, en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previocaso de socieda- des de capital abierto, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea de los entes pertinentes de su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán país de ser efectivos y vinculantes origen para las Partes sociedades extranjeras. 2) Copias de las Actas de Asamblea de Accionistas aprobatorias de dichos Balances, debidamente legalizadas por escribano público. 3) Índices de liquidez, endeudamiento, solvencia y rentabilidad, basados en la información anterior, con firma de contador público certificada por au- toridad competente. 4) Estado de Origen y Aplicación de fondos desde el cierre del último Ba- lance hasta el cierre del segundo mes anterior a partir la fecha de presentación de las Ofertas, con firma de contador público certificada por autoridad competente. Las empresas extranjeras deberán presentar esta informa- ción con las mismas formalidades exigidas para los balances. 5) Referencias bancarias de todas las líneas de crédito otorgadas y/o dis- ponibles, emitidas con una antelación no mayor a treinta (30) días de la fecha límite fijada para la presentación de la Oferta. 6) Listado de bancos con los que opera habitualmente y autorización para pedir referencias a dichas instituciones bancarias. 7) Constancia de inscripción vigente ante la AFIP. 8) Constancia de inscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en convenio multilateral que inclu- ya a esta jurisdicción. 9) Certificado fiscal para contratar (RG AFIP Nº 1.814/2005) o constancia de solicitud del presente Contratomismo; previo a la firma del contrato deberá presentar el certificado. Ninguna Se podrá reemplazar dicho requerimiento por la siguiente do- cumentación: 1.- I.V.A.: Copia de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestaciónDDJJ, garantía o compromiso constancias de presentación y pago de los últimos seis meses anteriores a la presentación de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principaloferta. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos2.- S.U.S.S.: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna Copia de las estipulaciones del presente ContratoDDJJ, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente constancias de presentación y vinculante para las Partes, en pa- go de los últimos seis meses anteriores a la medida en que los derechos y obligaciones presentación de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónofer- ta.

Appears in 1 contract

Samples: Freight Forwarding Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: La colocación de los Valores Fiduciarios se realizará mediante subasta pública con posibilidad de participación de todos los interesados (“Subasta Pública”), a través del módulo de licitaciones del Sistema Siopel y la adjudicación se realizará mediante el presente Contrato tiene carácter mercantil ysistema de subasta holandesa modificada (“Modified Dutch Auction”), por tantoun sistema que garantiza la transparencia y la igualdad de trato entre los Inversores, se interpretará de conformidad con las NORMAS (N.T. 2013 y mod.). La adjudicación se realizará al precio que se determine, conforme al método de adjudicación según se describe en los preceptos apartados “Determinación del Margen de los VDFA, del Margen de los VDFB y del Precio xx xxxxx de los CP. Adjudicación y prorrateo”. La remisión de una Solicitud de Suscripción por parte de los inversores calificados a los Colocadores o a los Agentes del MAE u otros agentes habilitados para operar el Sistema Siopel o de una oferta por parte de los Agentes del MAE u otros agentes habilitados para operar el Sistema Siopel implicará la aceptación y el conocimiento de todos y cada uno de los términos y mecanismos establecidos bajo la presente sección. Adcap Securities Argentina S.A. será el encargado de generar en el Código Sistema Siopel el pliego de Comercio licitación de la colocación primaria de los Valores Fiduciarios. El período de difusión pública será de, por lo menos, 3 días hábiles bursátiles y tendrá lugar con anterioridad a la fecha de inicio de la Subasta Pública (el Código Civil“Período de Difusión Pública”). En la oportunidad que determine el Fiduciante, con especial aplicación se publicará un aviso de suscripción (el “Aviso de Suscripción”) en los sistemas de información xxx xxxxxxx autorizado donde se negocien los Valores Fiduciarios, en la AIF de la CNV bajo el ítem “Información Financiera” y en la página web del MAE (xxx.xxx.xxx.xx), bajo la sección “Mercado Primario” (la “Página Web del MAE”), en el cual, de conformidad a las reglas que siguen: a) Contrato único: NORMAS (N.T. 2013 y mod.), se indicará, entre otra información, la fecha y hora de inicio y de finalización del Período de Difusión Pública y de la subasta pública, durante el presente Contrato representa cual se recibirán las Solicitudes de Suscripción (el acuerdo definitivo entre las Partes “Período de Subasta Pública”). Durante el Período de Difusión Pública, ni los Colocadores ni los Agentes del MAE u otros agentes habilitados para operar el Sistema Siopel podrán ingresar Solicitudes de Suscripción ni Ofertas. El Período de Difusión Pública podrá ser ampliado, suspendido, interrumpido, modificado y/o prorrogado por el Fiduciario, previa instrucción por escrito del Fiduciante, o por los Colocadores mediando conformidad del Fiduciante, en cuyo caso dicha alteración será informada a más tardar en la fecha de su celebración con respecto finalización del Período de Difusión Pública mediante un aviso a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo publicado en los casos establecidos en el mismo. El apartado sistemas de DEFINICIONES y información xxx xxxxxxx autorizado donde se negocien los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesValores Fiduciarios, en la medida en que los derechos AIF de la CNV, bajo el ítem “Información Financiera” y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónPágina Web del MAE.

Appears in 1 contract

Samples: Fideicomiso Financiero

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y2.1. La violación de cualquier indicación detallada en estos Documento, por tanto, se interpretará da derecho al FHIS de conformidad rechazar las obras y no dar trámite a los pagos respectivos. 2.2. Los trabajos de construcción e instalación deben ser hechos en concordancia con los preceptos establecidos en Documentos y deberán estar sujetos a ser aceptados por el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración FHIS. No serán permitidas Las desviaciones con respecto a todos los asuntos contemplados lo establecido en este Documento. 2.3. Será obligación del CONTRATISTA dar cumplimiento a las recomendaciones y condicionamientos que se mencionan en el mismoPlan de Gestión Ambiental (PGA) acorde a las Especificaciones Técnicas Ambientales de Construcción del Proyecto de Infraestructura Rural (PIR). 2.4. Dicho Contrato sustituye Todos los materiales estarán sujetos a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir la aprobación previa de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con ENEE y deberán ser los asuntos contemplados en apropiados para el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en propósito para el mismo. El apartado de DEFINICIONES cual se intenta utilizarlos y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partesdeberán, en la medida de lo que sea posible, cumplir con las últimas especificaciones del ASTM. NEMA y ANSI. Todo el equipo deberá ser nuevo y deberá ser, asimismo, producto esencialmente normal de fabricantes regularmente comprometidos en la producción del tipo de equipo tal y como se encuentra en estas especificaciones técnicas. 2.5. Para aquellas derivaciones o líneas ramales, para servicio a Pueblos desde el alimentador principal, el Contratista debe suministrar e instalar las cuchillas portafusibles-rompearco necesarias, que permiten enlazar a la línea primaria; la derivación hasta el poste donde la línea pueda ser energizada sin riesgo. 2.6. Donde el alimentador primario pasa a través de un pueblo, el Contratista debe completar todos los derechos sistemas de distribución primario y obligaciones secundario para ese pueblo; antes de continuar la construcción del alimentador. 2.7. Las líneas del ramal primario y sistemas de distribución secundaria de los pueblos individuales, deben ser construidos y completados considerando la prioridad y programas establecidos por las alcaldías según convenio establecidos por las mancomunidades y FHIS. 2.8. Por razones de seguridad, y como aceptación parcial de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmentelíneas primarias y sistemas de distribución secundaria de los pueblos beneficiados, ENEE será responsable por la operación, mantenimiento y conexión de clientes en esas líneas que son energizadas. 2.9. Se considerará le prohíbe al Contratista energizar y/o conectar clientes a la red. Se le deducirán responsabilidades del costo de la energía, al Contratista que asuma responsabilidades propias de ENEE, o contravengan lo descrito en este Documento. 2.10. La ruta del primario y líneas ramales para los derechos varios pueblos y obligaciones ciudades serán suplidos por el FHIS. El plano y los dibujos serán aprobados por la ENEE antes de las Partes se ven afectados sustancialmente la construcción, identificando puntos georeferenciados, detalles para atravesar caminos, etc. y nombres de dueños de propiedad. 2.11. El Contratista deberá registrar todos los cambios hechos en el campo, al diseño original y después de terminar la construcción, deberá entregar los planos originales y cinco (5) copias "como construido" y una (1) copia digital, mostrando lista de datos de construcción al FHIS. 2.12. Cuando sea necesario dejar abiertos por la noche agujeros para poste, agujeros de retenidas u otras excavaciones; los hoyos deberán ser cubiertos debidamente o bloqueados para proteger a los peatones y animales, en caso de que los intereses no dar cumplimiento a esta disposición se deducirán responsabilidades al contratista por daños ocasionados a terceros. 2.13. Si es necesario el dinamitado para cualquier excavación, siempre y cuando las condiciones del terreno permitan esta práctica, deben ser tomadas todas las precauciones en el manejo de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido explosivos y en la estipulaciónprotección de la superficie contra el lanzamiento de pedazos xx xxxx y sucio. 2.14. Cuando sea necesario amarrar alambres o cuerdas a través de carreteras y/o calles o colocar materiales y equipo en lugares que puedan perjudicar vidas o propiedades, el Contratista debe tomar las precauciones necesarias para reducir los riesgos al mínimo, según se describen en el Plan de Gestión Ambiental y las Especificaciones Técnicas Ambientales. 2.15. Será obligación del CONTRATISTA la contratación de personal técnico capacitado en el Instituto de Formación Profesional (INFOP) en un porcentaje no menor de 10%. 2.16. Será obligación del CONTRATISTA dar cumplimiento a los requerimientos y disposiciones de IDECOAS/FHIS, referente al uso de chalecos reflectivos, el uso de este chaleco estará sujeto a las siguientes directrices: (1) Su uso es obligatorio para todo el personal en la obra. (2) Todo el personal debe mantener un comportamiento de respeto a la moral y a las buenas costumbres. (3) Queda Terminantemente prohibido el uso del chaleco en actividades fuera de los límites de la obra o que no estén relacionadas con el proyecto. El Gerente de obras proporcionara las especificaciones, logos y fuentes y color para la confección de los chalecos. el contratista deberá adjuntar fotografías impresas del uso de los chalecos en todas las estimaciones. 2.17. Será obligación del CONTRATISTA dar cumplimiento a las recomendaciones y condicionamientos que se mencionan en la resolución de aprobación ambiental del proyecto emanada de la XXXXX, en el marco del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto, según lo establecido por la el Reglamento del SINEIA Acuerdo No 189-2009 en el artículo 24 y al Plan de Gestión Ambiental. 2.18. Agujeros de los postes de 40. Los postes deben cumplir con las “Especificaciones Técnicas para Postes xx Xxxxxx Curada” de la ENEE. Esta especificación Técnica establece las características y las dimensiones de los postes, pies de amigo y anclajes xx xxxxxx rolliza (en adelante llamados postes excepto cuando se refiere específicamente a pies de amigo o anclajes) que se emplean para sostener líneas aéreas destinadas a la conducción de energía eléctrica a los cuales se dará tratamiento preservativo.

Appears in 1 contract

Samples: Documento Para La Contratación De Obras Por Licitación Pública Nacional

General. 19.1 Carácter mercantil: Modalidad Prepago. Cuenta. El Cliente tendrá asociado a su número de abonado una cuenta en la que quedará registrado su saldo disponible en cada momento para la utilización del Servicio (la “Cuenta”). Para la realización de llamadas, el presente Contrato tiene carácter mercantil yenvío de mensajes o cualquier otro uso del Servicio que implique la generación de tráfico de voz o de datos por iniciativa del Cliente (o recepción en el caso de itinerancia), por tantoserá requisito indispensable que éste disponga en su Cuenta del saldo que, se interpretará de conformidad acuerdo con las tarifas aplicables, resulte necesario para cursar el tráfico solicitado. No obstante, la ausencia de saldo en la Cuenta no impedirá en ningún caso la realización de llamadas al número de emergencia 112 ni la recepción de mensajes y llamadas que no supongan cargo alguno para el Cliente, salvo los casos previstos en la cláusula 5. El Cliente puede conocer el saldo disponible en su Cuenta llamando al 1212 o al Servicio de Atención al Cliente, o marcando *1212 en el teclado de su terminal, o a través del área de usuario en xxxxx.xx. Medios de recarga. El Cliente podrá recargar saldo en su Cuenta en los puntos de venta autorizados, en las redes de cajeros con los preceptos establecidos que simyo tenga convenio, mediante la tarjeta de crédito o débito que el Cliente haya comunicado a simyo o con otra tarjeta bancaria (siempre que haya sido utilizada al menos una vez en las redes de cajeros), llamando al 121 o al 1212, a través del área personal en xxxxx.xx, y mediante otros medios que pueda comunicar simyo al Cliente. En caso de recargas con tarjeta de crédito o débito, ésta deberá ser de titularidad del Cliente, y ser aceptadas por las redes españolas de cajeros con los que simyo tiene convenio. xxxxx no se hace responsable de los errores cometidos por el Cliente introduciendo los datos en el Código canal de Comercio y el Código Civilrecargas Saldo. A medida que se produzca un uso del Servicio por parte del Cliente, los cargos en los que incurra, de acuerdo con especial aplicación la tarifa aplicable, serán descontados de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes manera automática de su saldo disponible. El saldo disponible en la fecha Cuenta nunca será inferior a cero (0) euros. Factura. El Cliente tendrá derecho a solicitar a simyo la factura por el Servicio prestado. La factura reflejará exclusivamente el importe de la recarga efectuada. El Cliente tendrá acceso a la información equivalente a la referida para los clientes de contrato - llamadas, coste, duración, etc.- a través de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados área personal en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principalxxxxx.xx. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulación

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Prestación De Servicios De Comunicaciones Electrónicas Móviles

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y(a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y los directores, por tanto, se interpretará funcionarios y empleados de conformidad con RIM y sus afiliadas son terceros beneficiarios propuestos a los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación fines de las reglas que siguen: asecciones de este Contrato tituladas, "Información de Seguridad Relacionada con el uso de Tecnologías" (sección 8(b)), "Indemnización/Responsabilidad" (sección 19), "Limitación de Responsabilidad" (sección 23) Contrato único: y "Exención" (sección 22). Los proveedores de Contenido para los Servicios de RIM son terceros beneficiarios de las protecciones y restricciones sobre el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha uso de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados Contenido establecido en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán "Normas de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Uso de la fecha del presente ContratoSolución BlackBerry" (sección 3) y "Derechos Intelectuales" (sección 11). Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo Excepto que se disponga expresamente lo contrario en esta sección, las disposiciones en el presente son para beneficio de las Partes y no para el de cualquiera otra cosapersona o entidad. d(b) Divisibilidad: Exenciones en caso de Incumplimiento. No se entenderá que alguna ninguna de las estipulaciones Partes haya renunciado o perdido cualquier derecho en virtud de este Contrato, ya sea en base a incumplimiento, retraso o cualquier otro principio legal o equitativo, a menos que la renuncia correspondiente sea por escrito y tenga la firma de un firmante autorizado de la Parte frente a la cual se pretende hacer valer la renuncia. La renuncia a alguna disposición, o el incumplimiento de alguna disposición, de este Contrato en un caso no constituirá renuncia respecto de cualquier otra instancia. (c) Subsistencia. Los términos, las condiciones y garantías incluidas en este Contrato que por su sentido y contexto tengan por finalidad subsistir al cumplimiento del presente subsistirán al cumplimiento, la cancelación o rescisión de este Contrato, inclusive las secciones sobre indemnización. (d) Legislación Aplicable y Resolución de Disputas. Este Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York, con exclusión de cualquier cuerpo legal que rija sobre conflictos xx xxxxx. Las Partes acuerdan que el Convenio de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías queda expresamente excluido en su totalidad y no se aplicará a este Contrato. Toda discrepancia o conflicto derivado o relacionado con este Contrato, o su incumplimiento, que las Partes no puedan resolver con posterioridad a una negociación de buena fe, se presentará en primer término ante la gerencia superior de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de la gerencia superior, que en el caso de que Usted sea una persona, es Usted, se reunirán dentro de treinta (30) días de haberse referido el conflicto a ellas y en el caso de que las Partes no puedan resolver esa discrepancia o conflicto dentro de treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que se prohíba expresamente mediante ley aplicable en Su jurisdicción, esa discrepancia o conflicto se resolverá mediante arbitraje definitivo y vinculante a realizarse en Ontario, Canadá de conformidad con las Normas Comerciales de la Asociación Americana de Arbitraje (“Normas”), y se someterá a un árbitro designado de conformidad con esas Normas y de mutuo acuerdo entre las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, un tercero neutral designará al árbitro. En caso de que las disposiciones anteriores estén prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje: (i) se realizará en Su jurisdicción; (ii) se resolverá mediante arbitraje de acuerdo con las Normas de Arbitraje de la Comisión de Conflictos de la Cámara Industrial Internacional de Guatemala (Rules of Arbitration of the Conflicts Commission of the Industrial International Chamber of Guatemala, (las “Normas de Guatemala”); y (iii) se tratará mediante un árbitro designado de acuerdo con las Normas de Guatemala y acordado mutuamente por las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, una parte neutral designará al árbitro. Cada Parte correrá con la mitad de los gastos relacionados con el procedimiento de arbitraje. No podrán acumularse ni combinarse los conflictos entre las Partes o los que impliquen a cualquier otra persona distinta de usted sin el previo consentimiento por escrito de RIM. La decisión xxx xxxxx otorgado por el árbitro podrá registrarse en cualquier Tribunal que tenga jurisdicción sobre el mismo. No obstante lo anterior, RIM tiene derecho a entablar procesos legales o de equidad, incluyendo procesos tendientes a obtener medidas cautelares, en un tribunal, por reclamaciones o disputas relacionadas con: (i) montos debidos por Usted a RIM en relación con Su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, en el caso de corresponder; y (ii) Su violación o pretendida violación de las secciones de este Contrato tituladas "Normas de Uso de Su Solución BlackBerry" (sección 3), "Software y Documentación de Licencia" (sección 2), "Propiedad Intelectual" (sección 11), "Restricciones de exportación, importación y uso y Licencias del mismoGobierno de los Estados Unidos" (sección 12), sea declarada nula"Seguridad" (sección 13), "Confidencialidad e Ingeniería Inversa" (sección 15), y "Efecto de Rescisión" (sección 18). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción por motivos de jurisdicción, foro inconveniente o motivos similares, y de manera irrevocable presta su consentimiento para notificar por correo o por cualquier otro medio permitido por la ley aplicable y de manera irrevocable presta su consentimiento y reconoce la jurisdicción de los tribunales ubicados en el Condado de Nueva York, Nueva York para todas las reclamaciones derivadas o relacionadas con este Contrato. Las Partes expresamente acuerdan que en caso de litigio en virtud este Contrato, y que ese litigio se deba resolver ante un tribunal de justicia, no será resuelto mediante un juicio con jurado. Las partes por medio del presente renuncian a todos los derechos a un juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que cualquier sección, cláusula, disposición u oración del presente ("Parte") de este Contrato se considere ilegal, inválida o inaplicableinaplicable por una autoridad competente en cualquier jurisdicción, el resto del Contrato permanecerá vigente esa decisión respecto de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato; ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en ninguna otra jurisdicción y, esa Parte se limitará si fuera posible y vinculante para las Partessólo se dividirá posteriormente, si fuera necesario, en la medida en que los derechos sea necesario para hacer que este Contrato sea válido y obligaciones de las Partes con arreglo al exigible. (f) Idioma. Si este Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que traduce a un idioma distinto xxx xxxxxx, la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido versión inglesa prevalecerá en la estipulaciónmedida que exista un conflicto o discrepancia de significado entre la versión inglesa y cualquier traducción de la misma. A menos que, y sólo en la medida que esté prohibido por la ley en Su jurisdicción, cualquiera y toda discrepancia, desacuerdo, mediación, arbitraje o litigio relacionado con este Contrato se realizarán en idioma inglés, inclusive, toda correspondencia, intercambio de prueba documental, presentación, interposición, escrito, presentación verbal, argumento, argumento oral y órdenes o sentencias.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: La calidad y contenido de los servicios pres- tados por el presente Contrato tiene carácter mercantil yhotel vendrá determinada por la categoría turística oficial, si la hubiere, asig- nada por tantoel órgano competente de su país. En algunos casos se facilitará en el folleto in- formación de la categoría de los hoteles uti- lizando una clasificación de estrellas, aun- que ésta no sea la vigente en el país concre- to, con el fin de que el cliente pueda, a tra- vés de la equivalencia en estrellas orientarse más fácilmente sobre los servicios y catego- rías de los establecimientos, en el conoci- miento siempre de que tal calificación tan sólo responde a la valoración realizada por el Organizador. Dada la vigente legislación al respecto, que establece sólo la existencia de habitaciones individuales y dobles permi- tiendo que en algunas de estas últimas pue- da habilitarse una tercera cama, se interpretará estima- rá siempre que la utilización de conformidad la tercera ca- ma se hace con el conocimiento y consenti- miento de las personas que ocupan la habi- tación. Esta tácita estimación deriva de la circunstancia cierta de haber sido adverti- dos previamente, así como de figurar refleja- da la habitación como triple en todos los preceptos establecidos im- presos de reservas facilitados al consumidor al abonar el anticipo, en el Código de Comercio contrato y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal bi- lletes y/o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos documentación del viaje que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes entrega simultáneamente a partir de la fecha firma del presente Contratomis- mo. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo Igualmente en los casos establecidos de habitacio- nes dobles para uso de hasta cuatro perso- nas, con cuatro camas, cuando así se espe- cifique en la oferta del programa/folleto. El horario habitual para la entrada y salida en los hoteles está en función del primer y último servicio que el usuario vaya a utili- zar. Como norma general y salvo que expre- samente se pacte otra cosa en el mismocontrato, las habitaciones podrán ser utilizadas a par- tir de las 14 horas del día de llegada y de- berán quedar libres antes de las 12 horas del día de salida. Cuando el servicio contratado no incluya el acompañamiento permanente de guía y en el supuesto de que el usuario prevea su lle- gada al hotel o apartamento reservado en fe- xxxx u horas distintas a las reseñadas, es conveniente, para evitar problemas y malas interpretaciones, comunicar con la mayor anticipación posible tal circunstancia a la Agencia Organizadora, o al hotel o a los apar- tamentos directamente, según los casos. Igualmente, debe consultar a la Agencia, en el momento de hacer la reserva, la posibili- dad de llevar animales, pues generalmente no son admitidos en los hoteles y aparta- mentos. En el supuesto de haber confirma- do la admisión de animales y se pretenda viajar con ellos, tal circunstancia deberá ha- cerse constar en el contrato. El apartado servicio de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante alojamiento implicará que la habitación esté disponible en la noche co- rrespondiente, entendiéndose prestado con independencia de que, por circunstancias propias del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que viaje combinado, el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización horario de títulos, subtítulos o encabezamientos entrada en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y mismo se produzca más tar- de referencia y carecerá de relevancia interpretativalo inicialmente previsto. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulación

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales Del Contrato De Viaje Combinado

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y(a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y los directores, por tanto, se interpretará funcionarios y empleados de conformidad con RIM y sus afiliadas son terceros beneficiarios propuestos a los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación fines de las reglas que siguen: asecciones de este Contrato tituladas, "Información de Seguridad Relacionada con el uso de Tecnologías" (sección 8(b)), "Indemnización/Responsabilidad" (sección 19), "Limitación de Responsabilidad" (sección 23) Contrato único: y "Exención" (sección 22). Los proveedores de Contenido para los Servicios de RIM son terceros beneficiarios de las protecciones y restricciones sobre el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha uso de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados Contenido establecido en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán "Normas de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Uso de la fecha del presente ContratoSolución BlackBerry" (sección 3) y "Derechos Intelectuales" (sección 11). Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo Excepto que se disponga expresamente lo contrario en esta sección, las disposiciones en el presente son para beneficio de las Partes y no para el de cualquiera otra cosapersona o entidad. d(b) Divisibilidad: Exenciones en caso de Incumplimiento. No se entenderá que alguna ninguna de las estipulaciones Partes haya renunciado o perdido cualquier derecho en virtud de este Contrato, ya sea en base a incumplimiento, retraso o cualquier otro principio legal o equitativo, a menos que la renuncia correspondiente sea por escrito y tenga la firma de un firmante autorizado de la Parte frente a la cual se pretende hacer valer la renuncia. La renuncia a alguna disposición, o el incumplimiento de alguna disposición, de este Contrato en un caso no constituirá renuncia respecto de cualquier otra instancia. (c) Subsistencia. Los términos, las condiciones y garantías incluidas en este Contrato que por su sentido y contexto tengan por finalidad subsistir al cumplimiento del presente subsistirán al cumplimiento, la cancelación o rescisión de este Contrato, inclusive las secciones sobre indemnización. (d) Legislación Aplicable y Resolución de Disputas. Este Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York, con exclusión de cualquier cuerpo legal que rija sobre conflictos xx xxxxx. Las Partes acuerdan que el Convenio de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías queda expresamente excluido en su totalidad y no se aplicará a este Contrato. Toda discrepancia o conflicto derivado o relacionado con este Contrato, o su incumplimiento, que las Partes no puedan resolver con posterioridad a una negociación de buena fe, se presentará en primer término ante la gerencia superior de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de la gerencia superior, que en el caso de que Usted sea una persona, es Usted, se reunirán dentro de treinta (30) días de haberse referido el conflicto a ellas y en el caso de que las Partes no puedan resolver esa discrepancia o conflicto dentro de treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que se prohíba expresamente mediante ley aplicable en Su jurisdicción, esa discrepancia o conflicto se resolverá mediante arbitraje definitivo y vinculante a realizarse en Ontario, Canadá de conformidad con las Normas Comerciales de la Asociación Americana de Arbitraje (“Normas”), y se someterá a un árbitro designado de conformidad con esas Normas y de mutuo acuerdo entre las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, un tercero neutral designará al árbitro. En caso de que las disposiciones anteriores estén prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje: (i) se realizará en Su jurisdicción; (ii) se resolverá mediante arbitraje de acuerdo con las Normas de Arbitraje de la Cámara Internacional de Comercio ("Normas ICC"); y (iii) se tratará mediante un árbitro designado de acuerdo con las Normas ICC y acordado mutuamente por las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, una parte neutral designará al árbitro. Cada Parte correrá con la mitad de los gastos relacionados con el procedimiento de arbitraje. No podrán acumularse ni combinarse los conflictos entre las Partes o los que impliquen a cualquier otra persona distinta de usted sin el previo consentimiento por escrito de RIM. La decisión xxx xxxxx otorgado por el árbitro podrá registrarse en cualquier Tribunal que tenga jurisdicción sobre el mismo. No obstante lo anterior, RIM tiene derecho a entablar procesos legales o de equidad, incluyendo procesos tendientes a obtener medidas cautelares, en un tribunal, por reclamaciones o disputas relacionadas con: (i) montos debidos por Usted a RIM en relación con Su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, en el caso de corresponder; y (ii) Su violación o pretendida violación de las secciones de este Contrato tituladas "Normas de Uso de Su Solución BlackBerry" (sección 3), "Software y Documentación de Licencia" (sección 2), "Propiedad Intelectual" (sección 11), "Restricciones de exportación, importación y uso y Licencias del mismoGobierno de los Estados Unidos" (sección 12), sea declarada nula"Seguridad" (sección 13), "Confidencialidad e Ingeniería Inversa" (sección 15), y "Efecto de Rescisión" (sección 18). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción por motivos de jurisdicción, foro inconveniente o motivos similares, y de manera irrevocable presta su consentimiento para notificar por correo o por cualquier otro medio permitido por la ley aplicable y de manera irrevocable presta su consentimiento y reconoce la jurisdicción de los tribunales ubicados en el Condado de Nueva York, Nueva York para todas las reclamaciones derivadas o relacionadas con este Contrato. Las Partes expresamente acuerdan que en caso de litigio en virtud este Contrato, y que ese litigio se deba resolver ante un tribunal de justicia, no será resuelto mediante un juicio con jurado. Las partes por medio del presente renuncian a todos los derechos a un juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que cualquier sección, cláusula, disposición u oración del presente ("Parte") de este Contrato se considere ilegal, inválida o inaplicableinaplicable por una autoridad competente en cualquier jurisdicción, el resto del Contrato permanecerá vigente esa decisión respecto de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato; ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en ninguna otra jurisdicción y, esa Parte se limitará si fuera posible y vinculante para las Partessólo se dividirá posteriormente, si fuera necesario, en la medida en que los derechos sea necesario para hacer que este Contrato sea válido y obligaciones de las Partes con arreglo al exigible. (f) Idioma. Si este Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que traduce a un idioma distinto xxx xxxxxx, la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido versión inglesa prevalecerá en la estipulaciónmedida que exista un conflicto o discrepancia de significado entre la versión inglesa y cualquier traducción de la misma. A menos que, y sólo en la medida que esté prohibido por la ley en Su jurisdicción, cualquiera y toda discrepancia, desacuerdo, mediación, arbitraje o litigio relacionado con este Contrato se realizarán en idioma inglés, inclusive, toda correspondencia, intercambio de prueba documental, presentación, interposición, escrito, presentación verbal, argumento, argumento oral y órdenes o sentencias.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el El presente Contrato tiene carácter mercantil yentre el Titular de la licencia y Seagate, por tantosalvo en lo expresamente indicado en el mismo, se regirá e interpretará de conformidad con los preceptos establecidos las leyes españolas aplicables en el Código la ciudad de Comercio y el Código CivilMadrid, con especial sin aplicación de las reglas normas sobre conflicto xx xxxxx. El Contrato constituye el acuerdo completo entre Seagate y usted con respecto al Producto y regirá el uso del Producto por su parte, sustituyendo cualquier acuerdo anterior entre usted y Seagate relativo al objeto del presente documento. Si un tribunal competente declara alguna de las disposiciones del presente Contrato contraria a las leyes, dicha disposición se modificará e interpretará de manera que siguen: acumpla con la finalidad de la disposición original en la medida de lo permitido por las leyes, permaneciendo las restantes disposiciones del Contrato en pleno vigor y con plenos efectos. El Producto y cualesquiera datos técnicos asociados se entregan con derechos limitados. El uso, la duplicación o divulgación por parte del gobierno de EE.UU. están sujetos a las limitaciones establecidas por las leyes norteamericanas en los subapartados (c)(1)(iii) Contrato único: de DFARS 252.227-7013 (The Rights in Technical Data and Computer Product – Derechos sobre Datos Técnicos y Productos Informáticos) o subapartados (c)(1) y (2) de 48 CFR 52.227-19 (Commercial Computer Product – Restricted Rights – Productos Informáticos Comerciales – Derechos Limitados) según sea el caso. El fabricante es Seagate. Usted no podrá transmitir ni ceder el presente Contrato representa ni derecho alguno a tenor del mismo, a menos que realice una sola y permanente transmisión de este Contrato y el acuerdo definitivo entre las Partes Software a otro usuario final, siempre que (i) no retenga copia alguna del Software, el Hardware, los medios y materiales impresos, Actualizaciones (en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en caso) y el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán (ii) con anterioridad a la misma fuerza vinculante transmisión, el usuario final que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente reciba este Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal Software acepte todos los términos del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: . Cualquier intento de cesión en caso contravención de que alguna de las estipulaciones del la presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicableCláusula será nulo. Seagate, el resto del Contrato permanecerá vigente logotipo de Seagate y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos otros nombres y obligaciones logotipos de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones Seagate son marcas comerciales de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónSeagate.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: La colocación de los Valores Fiduciarios se realizará mediante subasta pública con posibilidad de participación de todos los interesados (“Subasta Pública”), a través del módulo de licitaciones del Sistema Siopel y la adjudicación se realizará mediante el presente Contrato tiene carácter mercantil ysistema de subasta holandesa modificada (“Modified Dutch Auction”), por tantoun sistema que garantiza la transparencia y la igualdad de trato entre los Inversores, se interpretará de conformidad con las Normas de la CNV. La adjudicación se realizará al precio que se determine, conforme al método de adjudicación según se describe en los preceptos apartados “Determinación del Margen de los VDFA, del Margen de los VDFB y del Precio xx xxxxx de los CP. Adjudicación y prorrateo”. La remisión de una Solicitud de Suscripción por parte de los inversores calificados a los Colocadores o a los Agentes del MAE u otros agentes habilitados para operar el Sistema Siopel o de una oferta por parte de los Agentes del MAE u otros agentes habilitados para operar el Sistema Siopel implicará la aceptación y el conocimiento de todos y cada uno de los términos y mecanismos establecidos bajo la presente sección. Adcap Securities Argentina S.A. será el encargado de generar en el Código Sistema Siopel el pliego de Comercio licitación de la colocación primaria de los Valores Fiduciarios. El período de difusión pública será de, por lo menos, 3 días hábiles bursátiles y tendrá lugar con anterioridad a la fecha de inicio de la Subasta Pública (el Código Civil“Período de Difusión Pública”). En la oportunidad que determine el Fiduciante, con especial aplicación se publicará un aviso de suscripción (el “Aviso de Suscripción”) en los sistemas de información xxx xxxxxxx autorizado donde se negocien los Valores Fiduciarios, en la AIF de la CNV bajo el ítem “Información Financiera” y en la página web del MAE (xxx.xxx.xxx.xx), bajo la sección “Mercado Primario” (la “Página Web del MAE”), en el cual, de conformidad a las reglas que siguen: a) Contrato único: Normas de la CNV, se indicará, entre otra información, la fecha y hora de inicio y de finalización del Período de Difusión Pública y de la subasta pública, durante el presente Contrato representa cual se recibirán las Solicitudes de Suscripción (el acuerdo definitivo entre las Partes “Período de Subasta Pública”). Durante el Período de Difusión Pública, ni los Colocadores ni los Agentes del MAE u otros agentes habilitados para operar el Sistema Siopel podrán ingresar Solicitudes de Suscripción ni Ofertas. El Período de Difusión Pública podrá ser ampliado, suspendido, interrumpido, modificado y/o prorrogado por el Fiduciario, previa instrucción por escrito del Fiduciante, o por los Colocadores mediando conformidad del Fiduciante, en cuyo caso dicha alteración será informada a más tardar en la fecha de su celebración con respecto finalización del Período de Difusión Pública mediante un aviso a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo publicado en los casos establecidos en el mismo. El apartado sistemas de DEFINICIONES y información xxx xxxxxxx autorizado donde se negocien los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesValores Fiduciarios, en la medida en que los derechos AIF de la CNV, bajo el ítem “Información Financiera” y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónPágina Web del MAE.

Appears in 1 contract

Samples: Suplemento De Prospecto

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y(a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y los directores, por tanto, se interpretará funcionarios y empleados de conformidad con RIM y sus afiliadas son terceros beneficiarios propuestos a los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación fines de las reglas que siguen: asecciones de este Contrato tituladas, "Información de Seguridad Relacionada con el uso de Tecnologías" (sección 8(b)), "Indemnización/Responsabilidad" (sección 19), "Limitación de Responsabilidad" (sección 23) Contrato único: y "Exención" (sección 22). Los proveedores de Contenido para los Servicios de RIM son terceros beneficiarios de las protecciones y restricciones sobre el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha uso de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados Contenido establecido en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán "Normas de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Uso de la fecha del presente ContratoSolución BlackBerry" (sección 3) y "Derechos Intelectuales" (sección 11). Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo Excepto que se disponga expresamente lo contrario en esta sección, las disposiciones en el presente son para beneficio de las Partes y no para el de cualquiera otra cosapersona o entidad. d(b) Divisibilidad: Exenciones en caso de Incumplimiento. No se entenderá que alguna ninguna de las estipulaciones Partes haya renunciado o perdido cualquier derecho en virtud de este Contrato, ya sea en base a incumplimiento, retraso o cualquier otro principio legal o equitativo, a menos que la renuncia correspondiente sea por escrito y tenga la firma de un firmante autorizado de la Parte frente a la cual se pretende hacer valer la renuncia. La renuncia a alguna disposición, o el incumplimiento de alguna disposición, de este Contrato en un caso no constituirá renuncia respecto de cualquier otra instancia. (c) Subsistencia. Los términos, las condiciones y garantías incluidas en este Contrato que por su sentido y contexto tengan por finalidad subsistir al cumplimiento del presente subsistirán al cumplimiento, la cancelación o rescisión de este Contrato, inclusive las secciones sobre indemnización. (d) Legislación Aplicable y Resolución de Disputas. Este Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York, con exclusión de cualquier cuerpo legal que rija sobre conflictos xx xxxxx. Las Partes acuerdan que el Convenio de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías queda expresamente excluido en su totalidad y no se aplicará a este Contrato. Toda discrepancia o conflicto derivado o relacionado con este Contrato, o su incumplimiento, que las Partes no puedan resolver con posterioridad a una negociación de buena fe, se presentará en primer término ante la gerencia superior de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de la gerencia superior, que en el caso de que Usted sea una persona, es Usted, se reunirán dentro de treinta (30) días de haberse referido el conflicto a ellas y en el caso de que las Partes no puedan resolver esa discrepancia o conflicto dentro de treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que se prohíba expresamente mediante ley aplicable en Su jurisdicción, esa discrepancia o conflicto se resolverá mediante arbitraje definitivo y vinculante a realizarse en Ontario, Canadá de conformidad con las Normas Comerciales de la Asociación Americana de Arbitraje (“Normas”), y se someterá a un árbitro designado de conformidad con esas Normas y de mutuo acuerdo entre las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, un tercero neutral designará al árbitro. En caso de que las disposiciones anteriores estén prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje: (i) se realizará en Su jurisdicción; (ii) se resolverá mediante arbitraje de acuerdo con las Normas de la Cámara Americana de Comercio de Ecuador (Rules of the Ecuatorian American Chamber of Commerce) (las "Normas Ecuatorianas"); y (iii) se tratará mediante un árbitro designado de acuerdo con las Normas Ecuatorianas y acordado mutuamente por las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, una parte neutral designará al árbitro. Cada Parte correrá con la mitad de los gastos relacionados con el procedimiento de arbitraje. No podrán acumularse ni combinarse los conflictos entre las Partes o los que impliquen a cualquier otra persona distinta de usted sin el previo consentimiento por escrito de RIM. La decisión xxx xxxxx otorgado por el árbitro podrá registrarse en cualquier Tribunal que tenga jurisdicción sobre el mismo. No obstante lo anterior, RIM tiene derecho a entablar procesos legales o de equidad, incluyendo procesos tendientes a obtener medidas cautelares, en un tribunal, por reclamaciones o disputas relacionadas con: (i) montos debidos por Usted a RIM en relación con Su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, en el caso de corresponder; y (ii) Su violación o pretendida violación de las secciones de este Contrato tituladas "Normas de Uso de Su Solución BlackBerry" (sección 3), "Software y Documentación de Licencia" (sección 2), "Propiedad Intelectual" (sección 11), "Restricciones de exportación, importación y uso y Licencias del mismoGobierno de los Estados Unidos" (sección 12), sea declarada nula"Seguridad" (sección 13), "Confidencialidad e Ingeniería Inversa" (sección 15), y "Efecto de Rescisión" (sección 18). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción por motivos de jurisdicción, foro inconveniente o motivos similares, y de manera irrevocable presta su consentimiento para notificar por correo o por cualquier otro medio permitido por la ley aplicable y de manera irrevocable presta su consentimiento y reconoce la jurisdicción de los tribunales ubicados en el Condado de Nueva York, Nueva York para todas las reclamaciones derivadas o relacionadas con este Contrato. Las Partes expresamente acuerdan que en caso de litigio en virtud este Contrato, y que ese litigio se deba resolver ante un tribunal de justicia, no será resuelto mediante un juicio con jurado. Las partes por medio del presente renuncian a todos los derechos a un juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que cualquier sección, cláusula, disposición u oración del presente ("Parte") de este Contrato se considere ilegal, inválida o inaplicableinaplicable por una autoridad competente en cualquier jurisdicción, el resto del Contrato permanecerá vigente esa decisión respecto de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato; ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en ninguna otra jurisdicción y, esa Parte se limitará si fuera posible y vinculante para las Partessólo se dividirá posteriormente, si fuera necesario, en la medida en que los derechos sea necesario para hacer que este Contrato sea válido y obligaciones de las Partes con arreglo al exigible. (f) Idioma. Si este Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que traduce a un idioma distinto xxx xxxxxx, la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido versión inglesa prevalecerá en la estipulaciónmedida que exista un conflicto o discrepancia de significado entre la versión inglesa y cualquier traducción de la misma. A menos que, y sólo en la medida que esté prohibido por la ley en Su jurisdicción, cualquiera y toda discrepancia, desacuerdo, mediación, arbitraje o litigio relacionado con este Contrato se realizarán en idioma inglés, inclusive, toda correspondencia, intercambio de prueba documental, presentación, interposición, escrito, presentación verbal, argumento, argumento oral y órdenes o sentencias.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil yLa Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora final del viaje responderán frente al consumidor y usuario, en función de las obligaciones que les correspondan por tantosu ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, se interpretará del correcto cumplimiento de conformidad las obligaciones derivadas del contrato, con independencia de que éstas las deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los preceptos establecidos organizadores y detallistas a actuar contra dichos prestadores de servicios. La responsabilidad frente al consumidor será solidaria de cuantos empresarios, sean organizadores o detallistas, concurran conjuntamente en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, contrato cualquiera que sea su formaclase y las relaciones que existan entre ellos, relativo sin perjuicio del derecho de repetición de quien responda ante el consumidor y usuario frente a quien sea imputable el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato en función de su respectivo ámbito de gestión del viaje combinado. El Organizador manifiesta que asume las funciones de organización y ejecución del viaje. Los Organizadores y Detallistas de viajes combinados responderán de los asuntos que se contemplan en daños sufridos por el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos consumidor y vinculantes para las Partes a partir usuario como consecuencia de la fecha no ejecución o ejecución deficiente del presente Contratocontrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las estipulaciones siguientes circunstancias: 1) Que los defectos observados en la ejecución del presente Contratocontrato sean imputables al consumidor y usuario. 2) Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable. 3) Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida. 4) Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicableen su caso, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesOrganizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podían prever ni superar. No obstante, en la medida en que los derechos y obligaciones supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las Partes con arreglo circunstancias previstas en los párrafos 2, 3 y 4 el Organizador y el Detallista que sean partes en el contrato estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al Contrato no consumidor y usuario que se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente encuentre en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulacióndificultades.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Contrato De Viaje Combinado

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y, por tanto, se interpretará 14.1 Todas las notificaciones y comunicaciones requeridas de conformidad con el presente serán hechas por escrito y enviadas a los preceptos domicilios establecidos en las Órdenes de Compra o a las direcciones establecidas por escrito y con previo aviso a las partes. Dichas comunicaciones deberán ser notificadas según lo establecido en la sección 14.1 de la siguiente manera: (a) mediante servicio de mensajería urgente de un día para otro; o (b) por entrega en persona en dicho domicilio y (c) por medio de un correo electrónico. Dichas notificaciones serán consideradas como realizadas una vez que sean debidamente recibidas por cualquier persona en los domicilios indicados. 14.2 El Proveedor no podrá ceder, transferir o de alguna forma delegar ninguno de sus derechos, subcontratar, transferir o de alguna otra manera delegar alguna de sus obligaciones de conformidad con el Código presente Contrato, sin el consentimiento previo por escrito de Comercio Bank of America. Tampoco podrá subcontratar con terceros, salvo que así lo establezcan por escrito y el Código Civilen cada caso en particular deberá ser acordado por ambas Partes. Bank of America podrá ceder este contrato a cualquiera de sus Afiliadas o personas relacionadas con presencia en Colombia, con especial aplicación para lo cual sólo deberá notificar al Proveedor por escrito. Ningún tipo de cesión, transferencia, subcontratación o disposición aunque se tenga la debida autorización, liberará al Proveedor de las reglas obligaciones establecidas en el Contrato. El Proveedor deberá procurar que siguen:todos los subcontratistas autorizados celebren el contrato de confidencialidad como lo requiera Bank of America. a) Contrato único: el 14.3 En caso de que alguna disposición del presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes sea considerada ilegal o se vuelva nula o inexigible en alguna jurisdicción donde debe producir efecto, ello no afectará la fecha validez, legalidad o exigibilidad en esa jurisdicción de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha alguna otra disposición del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los Los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no partes se vean afectados sustancialmente. Se considerará que mantendrán vigentes aun cuando las cláusulas antes mencionadas fueran declaradas nulas o inexigibles. 14.4 El retraso o falta total o parcial del ejercicio de los derechos que este Contrato confiere a alguna de las partes no implicará una limitación, vicio, exclusión, cancelación, renuncia o afectación de dichos derechos. Cualquier renuncia de alguna de la partes a algún derecho o facultad que le corresponda bajo el Contrato tendrá los efectos indicados por tal parte y obligaciones no implicará una renuncia de algún otro derecho o facultad bajo el presente Contrato. Salvo que se especifique lo contrario en este Contrato, los derechos de cada parte conforme al mismo podrán renunciarse sólo por escrito y de manera específica. 14.5 El Contrato contiene todos los términos que las partes han convenido y reemplaza todas las provisiones, contratos, arreglos, representaciones (con excepción de representaciones fraudulentas) o entendimiento entre las partes, sea que se contengan por escrito o hayan sido expresadas de manera oral, durante la negociación o preparación del Contrato. 14.6 Las partes acuerdan que ninguna cláusula, condición o término del presente Contrato constituye o constituirá un acuerdo de sociedad o asociación entre las partes. 14.7 El presente Contrato se rige por las leyes aplicables en Colombia. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, las Partes se ven afectados sustancialmente en caso someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de Bogotá, Colombia, renunciando a cualquier fuero que los intereses pudiera corresponderles por razón de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente sus domicilios presentes o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónfuturos o por cualquier otro motivo.

Appears in 1 contract

Samples: Purchase Order Terms and Conditions

General. 19.1 Carácter mercantil: La colocación de los Valores Fiduciarios se realizará mediante subasta pública con posibilidad de participación de todos los interesados (“Subasta Pública”), a través del módulo de licitaciones del Sistema Siopel y la adjudicación se realizará mediante el presente Contrato tiene carácter mercantil ysistema de subasta holandesa modificada (“Modified Dutch Auction”), por tantoun sistema que garantiza la transparencia y la igualdad de trato entre los Inversores, se interpretará de conformidad con las Normas de la CNV. La adjudicación se realizará al precio que se determine, conforme al método de adjudicación según se describe en los preceptos apartados “Determinación del Margen de los VDF y del Precio xx xxxxx de los CP. Adjudicación y prorrateo”. La remisión de una Solicitud de Suscripción por parte de los Inversores a los Colocadores o a los Agentes del MAE u otros agentes habilitados para operar el Sistema Siopel o de una oferta por parte de los Agentes del MAE u otros agentes habilitados para operar el Sistema Siopel implicará la aceptación y el conocimiento de todos y cada uno de los términos y mecanismos establecidos bajo la presente sección. AdCap Securities Argentina S.A. será el encargado de generar en el Código Sistema Siopel el pliego de Comercio licitación de la colocación primaria de los Valores Fiduciarios. El período de difusión pública será de, por lo menos, 3 días hábiles bursátiles y tendrá lugar con anterioridad a la fecha de inicio de la Subasta Pública (el Código Civil“Período de Difusión Pública”). En la oportunidad que determine el Fiduciante, con especial aplicación se publicará un aviso de suscripción (el “Aviso de Suscripción”) en los sistemas de información xxx xxxxxxx autorizado donde se negocien los Valores Fiduciarios, en la AIF de la CNV bajo el ítem “Información Financiera” y en la página web del MAE (xxx.xxx.xxx.xx), bajo la sección “Mercado Primario” (la “Página Web del MAE”), en el cual, de conformidad a las reglas que siguen: a) Contrato único: Normas de la CNV, se indicará, entre otra información, la fecha y hora de inicio y de finalización del Período de Difusión Pública y de la subasta pública, durante el presente Contrato representa cual se recibirán las Solicitudes de Suscripción (el acuerdo definitivo entre las Partes “Período de Subasta Pública”). Durante el Período de Difusión Pública, ni los Colocadores ni los Agentes del MAE u otros agentes habilitados para operar el Sistema Siopel podrán ingresar Solicitudes de Suscripción ni Ofertas. El Período de Difusión Pública podrá ser ampliado, suspendido, interrumpido, modificado y/o prorrogado por el Fiduciario, previa instrucción por escrito del Fiduciante, o por los Colocadores mediando conformidad del Fiduciante, en cuyo caso dicha alteración será informada a más tardar en la fecha de su celebración con respecto finalización del Período de Difusión Pública mediante un aviso a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo publicado en los casos establecidos en el mismo. El apartado sistemas de DEFINICIONES y información xxx xxxxxxx autorizado donde se negocien los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesValores Fiduciarios, en la medida en que los derechos AIF de la CNV, bajo el ítem “Información Financiera” y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónPágina Web del MAE.

Appears in 1 contract

Samples: Fiduciary Trust Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: (a) Analítica. Al anonimizar el Contenido eliminando toda referencia a valores numéricos, fechas, horas, nombres propios, direcciones, ubicaciones, títulos y datos personales (“Contenido Anonimizado”) e incorporando dicho Contenido anonimizado con/en información similar derivada u obtenida de otros clientes xx Xxxxxxx (colectivamente "Contenido Agregado"), por el presente Contrato tiene carácter mercantil yAcuerdo, por tantoel Cliente otorga x Xxxxxxx una licencia no exclusiva, totalmente pagada, internacional e irrevocable para usar el Contenido agregado exclusivamente para mejorar las características y la funcionalidad de los Servicios. (b) Partes Restringidas. Xxxxxxx se interpretará reserva el derecho de conformidad con prohibir los preceptos establecidos Servicios a cualquier empresa o individuo de un país sancionado o embargado, o restringir el acceso o uso de los Servicios a cualquier parte restringida en el Código función de Comercio cualquier lista de gobierno. (c) Cesión. El presente Acuerdo es vinculante para y el Código Civil, con especial aplicación en beneficio de las reglas partes y sus respectivos sucesores y cesionarios. Se acuerda y se entiende que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestaciónpuede ceder, garantía total o compromiso parcialmente, el Acuerdo sin el consentimiento previo por escrito de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente ContratoParte. A pesar de lo anterior, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulacionesal proporcionar una notificación previa por escrito, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes puede asignar sus derechos, intereses y obligaciones del presente Acuerdo o cualquier SOW correspondiente a cualquier matriz, subsidiaria o afiliada, o a un sucesor de todos sus activos o acciones. (d) Avisos. Siempre que se vieran perjudicados gravemente establezca en este Acuerdo la entrega, el servicio o envío de cualquier notificación, dicha notificación se hará por escrito y se entregará utilizando un método que proporcione comprobación de entrega. (e) Fuerza Mayor. Si un retraso o incumplimiento de una de las Partes en el cumplimiento de cualquier obligación establecida en el presente Acuerdo es ocasionada por fuerza mayor, esa obligación (a excepción del pago de dinero en el momento del vencimiento y de la invalidez afectase generación de la deuda) se suspenderá durante la condición de fuerza mayor y no será considerada como un incumplimiento del Acuerdo. Cualquiera de las Partes cuyo desempeño se vea suspendido en virtud del presente Acuerdo deberá notificar inmediatamente por escrito sobre cualquier evento de fuerza mayor y la mejor estimación razonable de dicha Parte sobre cuándo será posible superar dicho evento. (f) Soporte de Marketing. Tras el anuncio público de una transacción relevante, Xxxxxxx podrá identificar al objeto mismo Cliente como un cliente xx Xxxxxxx y utilizar el nombre o logotipo del ContratoCliente en los sitios web xx Xxxxxxx u otros materiales de marketing. (g) Acuerdo Completo. El presente Acuerdo, establecido junto con cualquier SOW pertinente, constituye el acuerdo completo entre las Partes y reemplaza todos los acuerdos, las propuestas y las negociaciones anteriores, ya sean escritos u orales, con respecto al tema en cuestión. Xxxxxxx rechaza la estipulacióninclusión de términos diferentes o adicionales, a menos que se acuerde expresamente por escrito.

Appears in 1 contract

Samples: Términos Y Condiciones Generales

General. 19.1 Carácter mercantil: el Se advierte expresamente por Iberia Cards que las cláusulas del presente Contrato tiene carácter mercantil ycontrato han sido redactadas previamente por dicha entidad, por tantodejando constancia los contratantes con Iberia Cards de su aceptación expresa de las mismas y de su incorporación al contrato, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código la Ley 7/1998 de Comercio 13 xx xxxxx, sobre Condiciones Generales de la Contratación. Los titulares reconocen y el Código Civil, aceptan que Iberia Cards podrá grabar las conversaciones telefónicas que mantenga con especial aplicación ellos con objeto de cerciorarse de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes instrucciones recibidas. Asimismo, autorizan a Iberia Cards, a comprobar la certeza de los datos proporcionados por los titulares, así como a solicitar datos adicionales de terceros con objeto de realizar dicha comprobación. Sin perjuicio de lo establecido en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previonormativa aplicable, ya sea verbal o escrito, cualquiera las partes aceptan expresamente que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir la entrega de la fecha del presente Contrato. Ninguna de documentación contractual y las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados comunicaciones previstas en el presente Contrato, salvo pueda realizarse en los casos establecidos formato electrónico remitido a la dirección de email facilitada por el Titular, mediante mensaje al teléfono móvil facilitado, o bien mediante escrito dirigido al domicilio que se señale, de manera que en todo caso el mismoTitular pueda conservar e imprimir la información (la comunicación a través de correo electrónico requiere la disposición por parte del Titular de un equipo informático con conexión a internet). El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante titular del contrato previa solicitud, tendrá derecho a recibir en papel o en otro soporte duradero las condiciones contractuales del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización contrato. En caso de títulos, subtítulos o encabezamientos en divergencia entre las partes sobre cualquier cuestión relacionada con el presente Contrato tiene fines meramente informativos contrato, los titulares de Tarjeta, podrán presentar su reclamación extrajudicial mediante carta al el Servicio de Atención al Cliente de Iberia Cards, Xxxxx Xxxx Xxxxxx y Gasset nº 22, 28006 de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente ContratoMadrid, o cualquier otra parte bien en la página web xxx.xxxxxxxxxxx.xxx, apartado reclamaciones. Las partes, con expresa renuncia a su propio xxxxx, declaran como legislación aplicable al presente contrato, así como a las operaciones llevadas a cabo con las Tarjetas al amparo del mismo, sea declarada nulatanto las realizadas en España como en el extranjero, inválida la legislación española y se someten para la interpretación o inaplicableresolución de cuantas cuestiones pudieran derivarse para el cumplimiento del mismo, el resto del Contrato permanecerá vigente a la competencia de los Juzgados y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de Tribunales que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido Legislación Procesal española en la estipulacióncada caso determine. CCGG SENDO RACE 1215

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Tarjeta

General. 19.1 Carácter mercantil: 23.1 El Proveedor se compromete a no ofrecer trabajo, contratar, solicitar o inducir la finalización del contrato de trabajo, directa o indirectamente, de ningún empleado o directivo xx Xxxx durante la vigencia del suministro de Bienes y/o prestación de servicios y hasta la expiración de un periodo de dos (2) años tras su finalización por cualquier motivo. 23.2 Sin perjuicio de la plena responsabilidad del Proveedor, la ejecución del suministro de los Bienes y/o la prestación de los servicios podrá ser supervisada e inspeccionada por Xxxx o por terceros acreditados por ella en cualquier momento. 23.3 Cualquier indulgencia en cuanto al cumplimiento de cualquier obligación acordada en el presente Contrato tiene carácter mercantil ydocumento se considerará como mera liberalidad y no se interpretará, por tantoen ningún caso, como una renuncia de derechos ni se interpretará invocará como precedente para nuevas e idénticas concesiones de conformidad con una parte a la otra. 23.4 Si alguna cláusula o disposición de este instrumento se considera nula o ineficaz, total o parcialmente, las restantes cláusulas y condiciones seguirán siendo válidas y se interpretarán de forma que se preserve la validez del resto del instrumento, así como los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas fines que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en le atribuyeron. 23.5 Los derechos y obligaciones derivados de estas Condiciones Generales de Compra, de los Documentos de Compra y/o de un Contrato Específico no podrán ser cedidos o transferidos, total o parcialmente, salvo previo consentimiento expreso de la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previootra Parte, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y sus disposiciones serán vinculantes para las Partes y sus sucesores, si los hubiera, por cualquier concepto. No obstante, Xxxx podrá transferir o ceder los citados derechos u obligaciones a partir cualquier sucursal, relacionada y/o empresa en la que Tupy tenga una participación o control, directa o indirectamente. 23.6 Las cláusulas de las presentes Condiciones Generales de Compra que se refieren a garantías, indemnizaciones, confidencialidad y sanciones seguirán vigentes tras la fecha expiración del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos instrumento contractual. 23.7 Los casos no contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado las presentes Condiciones Generales de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización Compra o las dudas derivadas de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción su aplicación podrán resolverse por mutuo acuerdo entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulación.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Compra

General. 19.1 Carácter mercantil: 11.1. Cualquier aviso, consentimiento, autorización o aprobación que haya que darse según el presente Contrato tiene carácter mercantil yContrato, deberán hacerse por tanto, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera siendo válidas las realizadas por fax, carta o email, salvo aquellas que sea su forma, relativo afecten a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes posibles incumplimientos y/o a partir de la fecha resolución del presente Contrato. Ninguna , que necesariamente deberán realizarse mediante burofax, telegrama o carta entregada en mano, en todos los casos con acuse de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestaciónrecibo, garantía o compromiso dirigido a la dirección de la otra Parte parte contractual señalada en relación con el Encabezamiento de este Contrato. 11.2. El presente Contrato no podrá ser alterado ni modificado sino mediante escrito debidamente firmado por ambas partes. 11.3. Los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato no podrán ser cedidos por la ENTIDAD a favor de terceros sin el consentimiento previo, expreso y escrito de BI. 11.4. La ENTIDAD mantendrá indemne a BI por los asuntos contemplados daños que pueda sufrir como consecuencia del incumplimiento por aquella de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, salvo y, en los casos establecidos particular, las establecidas en el mismoPacto 3.1 anterior. 11.5. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante La firma del presente Contrato y tendrán no implica xxxxxxxx de obligación alguna por parte de BI de colaborar económicamente con la misma fuerza vinculante ENTIDAD en la celebración de futuras ediciones de la Actividad que el texto principaldicha ENTIDAD pueda organizar. b11.6. BI podrá ceder todos o cualquiera de sus derechos y obligaciones en virtud del presente sobre una parte importante o la totalidad de sus negocios y/o activos a (i) Estipulacionescualquiera de sus filiales y (ii) cualquier sucesor o cesionario, apartados y encabezamientos: ya sea debido a una fusión, consolidación, reorganización, venta de acciones, venta de activos o a alguna otra operación. BI se reserva asimismo el derecho de compartir información relativa al acuerdo con el cesionario a fin de preparar la división transferencia de la relación comercial. 11.7. En la medida en Estipulacionesque esto incluya la cesión de un acuerdo subsidiario (p.e. acuerdo de calidad, apartados y subapartados y acuerdo de farmacovigilancia, etc.) aplicable, la utilización ENTIDAD se compromete a ofrecer, de títulosbuena fe, subtítulos o encabezamientos asistencia al cesionario en la actualización del acuerdo subsidiario aplicable. La ENTIDAD seguirá cumpliendo con sus responsabilidades post-contractuales, si las hubiera, para con BI. La supervivencia de cualquier obligación adicional para con BI requerirá el acuerdo explícito entre las partes. 11.8. Las partes se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo, que pueda surgir en el desarrollo del presente Contrato tiene fines meramente informativos y Contrato. Sin perjuicio de referencia y carecerá ello, para la resolución de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso cualquier litigio o divergencia dimanante de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones la aplicación o interpretación del presente Contrato, las partes, con renuncia expresa a su fuero propio, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los jueces y tribunales de la ciudad de Barcelona. 11.9. Las Partes acuerdan que cada una de ellas podrá suscribir este Contrato y, en su caso, cualquiera de sus adendas mediante (i) forma manuscrita, o cualquier otra parte (ii) firma electrónica (e.g. DocuSign®). La entrega del mismodocumento firmado manuscrito, sea declarada nula, inválida de una copia del mismo o inaplicable, el resto de copia remitida de forma electrónica (e.g. archivo Adobe PDF) del Contrato permanecerá vigente o, en su caso, cualquiera de sus adendas será considerada válida y vinculante para aceptada por las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulación.

Appears in 1 contract

Samples: Sponsorship Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil yLas Obligaciones Negociables Adicionales Clase 13, serán obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, adicionales a las Obligaciones Negociables Clase 13 Originales denominadas en Dólares, a ser pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable e integradas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial, por tantoun valor nominal de hasta el equivalente en Pesos a US$50.000.000 ampliable por hasta US$100.000.000, se interpretará calculados al Tipo de conformidad Cambio Inicial, con los preceptos establecidos vencimiento el 19 de diciembre de 2027. El Monto Máximo de Emisión conjunto será de hasta el equivalente en Pesos a US$100.000.000. El valor nominal máximo de la emisión será informado mediante el Aviso de Resultados. El Tipo de Cambio Inicial, informado en el Código Aviso de Comercio y Resultados, será el Código Civilpromedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos al cierre del Periodo de Subasta, con especial aplicación del tipo de cambio de referencia Dólar/Pesos informado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 (Mayorista) (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo), redondeado a 4 (cuatro) decimales, calculado por el Agente de Cálculo. Las Obligaciones Negociables Adicionales Clase 13 devengarán intereses a una tasa de interés fija nominal anual de 0%. El monto final de las reglas Obligaciones Negociables Adicionales a ser emitido será informado mediante el Aviso de Resultados, que siguen: a) Contrato único: se publicará el presente Contrato representa mismo día en que finalice el acuerdo definitivo entre las Partes Período de Subasta en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Página Web de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesCNV, en la medida en que los derechos y obligaciones página web de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del ContratoCompañía, establecido en la estipulaciónpágina web del MAE, y en el Boletín Diario de la BCBA. Las sumas correspondientes a las Obligaciones Negociables Adicionales deberán ser suscriptas e integradas por los Oferentes (tal como se define más adelante) en efectivo, en Pesos. Las Obligaciones Negociables Adicionales Clase 13 se deberán integrar en Pesos al Tipo de Cambio Inicial. Todas las Órdenes de Compra recibirán trato igualitario.

Appears in 1 contract

Samples: Obligaciones Negociables

General. 19.1 Carácter mercantil: 1.1. Estas Condiciones Generales de Venta se aplican a todos los documentos de venta de Xxxxxx Xxxxxxxx (España), S.L. («Vendedor»), incluidos presupuestos, confirmaciones de pedido y contratos para el presente Contrato tiene carácter mercantil ysuministro de mercancías vendidas por el Vendedor («Mercancías»), por tantoincluyendo el software relacionado con dichas Mercancías, ya se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación encuentre integrado dentro de las reglas mismas, ya se descargue separadamente («Software») y/o servicios proporcionados por el Vendedor («Servicios») al cliente («Cliente»). 1.2. En ningún caso los presupuestos que siguen: arealice el Vendedor de cualquier forma constituirán una obligación o un compromiso para este. Los presupuestos se proporcionan sin compromiso y no se entenderá celebrado ningún contrato a menos que y hasta que el Vendedor haya confirmado por escrito un pedido. Los presupuestos serán válidos durante un periodo de 30 (treinta) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en días desde la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados emisión o durante el periodo especificado en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: propio presupuesto (en caso de contradicción entre ser diferente). 1.3. Los precios, la información técnica y los tiempos de entrega indicados en los folletos y en el contexto de un anexo presupuesto estarán determinados de la forma más precisa posible. Estos detalles solo son vinculantes si el Vendedor los confirma por escrito. 1.4. Los contratos solo se entenderán perfeccionados mediante la firma por el Vendedor de un contrato debidamente documentado o mediante la confirmación, por escrito, de un pedido por parte del Vendedor. 1.5. Por el simple hecho de realizar un pedido al Vendedor para el suministro de Mercancías o la prestación de Servicios, el Cliente renuncia a la aplicación de cualesquiera otros términos y el cuerpo principal condiciones, tanto emitidos mediante transacciones en papel como emitidos a través de facsímil u otras formas de intercambio electrónico de datos (EDI) o comercio electrónico, de los que podría hacer uso de otro modo, de manera que todos los contratos del Contrato, prevalecerá este último salvo Vendedor están sujetos únicamente a las presentes Condiciones Generales de Venta. 1.6. Siempre que se disponga expresamente otra cosamencione al Cliente en estas Condiciones Generales de Venta, se hará referencia a la persona física o jurídica que celebre uno o más contratos con el Vendedor para el suministro de Mercancías y/o prestación de Servicios por parte del Vendedor. d) Divisibilidad: 1.7. A menos que se acuerde lo contrario de forma expresa por escrito, ni las presentes Condiciones Generales de Venta ni las transacciones empresariales realizadas tras su aceptación constituirán un contrato de distribución ni ninguna otra obligación de tracto sucesivo. 1.8. El Vendedor tiene derecho a cambiar o modificar las Condiciones Generales de Venta en caso de cualquier momento y estas serán aplicables a cualquier presupuesto que alguna de las estipulaciones el Vendedor realice una vez que dicho cambio o modificación se haya puesto a disposición del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónCliente.

Appears in 1 contract

Samples: General Sales Conditions

General. 19.1 Carácter mercantilA. Estos Términos y Condiciones forman parte del Contrato de Alquiler (de ahora en adelante, en ocasiones, el/este “Contrato”), que consiste en: el presente Perfil de Registro del arrendatario del vehículo utilizado para registrar el vehículo de alquiler en el Servicio de Avis Preferred, el documento de alquiler expedido en el momento del alquiler (“documento de alquiler”), una copia en papel o en formato electrónico con los gastos finales, y los Términos y Condiciones indicados abajo. B. Este Contrato tiene carácter mercantil yse celebra entre la persona que lo firma o por cualquier otra que indique asentimiento en calidad de arrendatario del vehículo (“usted”, “su” o “sus”) y Avis Rent a Car System,LLC; o Aviscar Inc.; o un concesionario independiente de Avis Rent a Car System (“nosotros”, “nos”, “nuestro” o “nuestros”), y cubre el alquiler que le ofrecemos de cada coche dentro del Servicio de Avis Preferred (“alquiler”). Usted entiende que estos Términos y Condiciones se aplicarán a cada alquiler de vehículo que realice a través del Servicio de Avis Preferred, del mismo modo que si fueran parte de un contrato que usted hubiera suscrito de forma independiente. Comprende y acepta que sus obligaciones según este Contrato son personales, intransferibles y no pueden ser cedidas. Salvo que se indique lo contrario de forma expresa en una disposición específica de este Contrato, si indica en su Perfil de Registro una dirección de Estados Unidos, los términos de este Contrato se regirán por tantola ley del estado de Nueva Jersey, con independencia de los principios de conflictos de legislación. Salvo que se interpretará indique lo contrario de forma expresa en una disposición específica de este Contrato, si indica en su Perfil de Registro una dirección de Canadá, los términos de este Contrato se regirán por la ley de la Provincia de Ontario, con independencia de los principios de conflictos de legislación. Usted comprende que cada alquiler únicamente constituye un depósito para beneficio mutuo y que usted no es nuestro agente para ninguna finalidad. Si alguno de los términos o condiciones de este Contrato quedara prohibido o limitado por la legislación de la jurisdicción en que comienza un alquiler, dicho alquiler se regirá por esa ley. C. Además, consiente que tengamos derecho a modificar estos Términos y Condiciones cada cierto tiempo y que le comuniquemos dichas modificaciones ya sea mediante notificación por escrito, en papel o en formato electrónico, ya sea mediante la publicación de las mismas en la página web de Avis. Dichas modificaciones se aplicarán a los alquileres que reserve después de haber recibido dicha notificación, de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previola misma, ya sea verbal o si se le hubiera enviado por escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna dichas modificaciones se hayan publicado en la página web de las estipulaciones del presente ContratoAvis, de conformidad con la fecha que figure en la página. Cuando se produzcan modificaciones en los Términos y Condiciones, se publicarán en la página web de Avis en xxxx.xxx/xxxxx. D. Tendrá que mantener actualizada la información que consta en su Perfil de Registro mediante notificación a Avis de cualquier modificación que se produzca respecto de la misma, incluidos pero no únicamente, los cambios en su dirección de correo postal, carnet de conducir y tarjeta de crédito. Le instamos a actualizar su perfil en xxxx.xxx, o cualquier otra parte del mismobien por teléfono en el 0-000-000-0000. Para su información, sea declarada nulasi en su perfil consta una dirección de Estados Unidos, inválida o inaplicable, Avis accederá al registro nacional de cambio de domicilio administrado por el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante Servicio de Correos de Estados Unidos (“USPS” en inglés) para las Partes, en la medida en actualizar su domicilio cada cierto tiempo. Sólo se actualizarán los datos que coincidan de forma exacta. Avis no será responsable de errores derivados de los derechos y obligaciones trámites de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónUSPS.

Appears in 1 contract

Samples: Términos Y Condiciones

General. 19.1 Carácter mercantil: Entre los suscrito a saber XXXXXX (El Contratante) mayor de edad, identificado con documento de identidad N° XXXXX expedida en XXXXXX, obrando en su calidad de xxxxxxxxxxxxxx, haciendo uso de las atribuciones consagradas en xxxxxxx, (normas legales o estatutarias propias de la entidad) y obrando en representación de XXXXXXX con NIT. XXXXX Que el presente Contrato tiene carácter mercantil ydía XX de 20XX se suscribió entre XXXXXXX en calidad de Contratante y LA UNIVERSIDAD XX XXXXXXXX en calidad de contratista el contrato o Convenio N.º XXXX Que el contrato fue legalizado, por tanto, se interpretará mediante la representación de conformidad con (Detallar los preceptos establecidos documentos exigidos en el Código contrato para su legalización), el día XX de Comercio XXX del 20XX 1.1Especificaciones del Convenio o Contrato TIPO DE CONTRATO O CONVENIO No.: CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS XXXXX CONTRATO O CONVENIO No.: Número Externo e Interno de contrato o convenio y el Código Civilfecha de suscripción OBJETO DEL CONTRATO O CONVENIO: Objeto del contrato o convenio CONTRATISTA: Nombre del contratista, con especial aplicación de las reglas que siguen: aUNIVERSIDAD XX XXXXXXXX, NIT CONTRATANTE: Nombre del contratante, NIT o CC VALOR INICIAL: $00.000.00 VALOR ADICIONAL: $00.000.00 ANTICIPO (XX%) Contrato único$ 00.000.00 FECHA DE INICIACION: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en Día, mes y año FECHA DE TERMINACION: Día, mes y año PLAZO INICIAL: Días, meses PLAZO ADICIONAL: Días, meses SUSPENSIONES Y REINICIOS: Suspensión No. Desde Hasta Reinicio No. Escriba la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en reinicio (dd/mm/aa) Si se presentó más de una suspensión, incluir el mismodetalle de cada una, dejando citado primero la Suspensión y luego el Reinicio. Dicho SUPERVISORES: Nombre del supervisor contratista, Acto Administrativo Nombre del supervisor contratante, Acto Administrativo INTERVENTOR: Nombre del interventor LUGAR DE EJECUCIÓN: 2Obligaciones del Contratista Que el contrato o convenio de prestación de servicios No. XXX tenía como obligaciones del CONTRATISTA, las siguientes: 3Novedades del Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo3.1Que para la vigencia 20XX, ya sea verbal o escritoEl contrato tuvo las siguientes modificaciones: Otrosí 1 Otrosí 2 3.2Que para la vigencia 20XX, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para El contrato tuvo las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal siguientes modificaciones Otrosí 1 Otrosí 2 4Información Financiera 4.1Balance del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulación

Appears in 1 contract

Samples: Liquidation Act

General. 19.1 Carácter mercantil: El Suministro de Equipos y Materiales junto con sus Servicios Asociados se efectuará bajo el presente riesgo y responsabilidad única del Proveedor, siendo el resultado económico de su exclusiva cuenta. El Proveedor deberá suministrar los Equipos y Materiales en estricta sujeción a las leyes y normas aplicables al Contrato tiene carácter mercantil y todas las instrucciones recibidas de Iberdrola, sus subcontratistas autorizados, consultores o agentes. 4.1.1 Dentro de los límites fijados por el Contrato, el Proveedor suministrará los Equipos y Materiales en un conjunto completo y capaz de realizar la función encomendada, así como los Servicios Asociados a dicho conjunto. 4.1.2 A menos que se establezca expresamente lo contrario, el Proveedor suministrará Equipos y/o Materiales nuevos. 4.1.3 En el caso en que el suministro de Equipos y Materiales conlleve la prestación de Servicios Asociados en centros de Iberdrola, salvo pacto expreso en contra, el Proveedor deberá cumplir los requisitos establecidos en las condiciones generales del Grupo Iberdrola para la contratación de obras y/o servicios. 4.1.4 El Proveedor suministrará los Equipos y Materiales y prestará los Servicios Asociados objeto del Suministro de una manera profesional y en el tiempo acordado y mantendrá todos los materiales, equipos y herramientas, dibujos, especificaciones, información y datos entregados por tantoIberdrola (en adelante, “Materiales de Iberdrola”) a buen recaudo a su propio riesgo hasta que sean devueltos a Iberdrola, no dispondrá de ellos salvo autorización expresa y por escrito de Iberdrola y los usará exclusivamente siguiendo las instrucciones o autorizaciones escritas de Iberdrola. 4.1.5 El Proveedor no hará o dejará de hacer nada que pueda causar a Iberdrola o cualquiera de las empresas de su grupo corporativo perder las licencias, autorizaciones o permisos sobre los que se interpretará basa para llevar a cabo sus negocios. 4.1.6 El Proveedor garantiza y se compromete con Iberdrola que: a) Tiene el derecho, el poder, la capacidad, aptitudes, experiencia y autoridad para celebrar el Contrato y suministrar los Equipos y Materiales y los Servicios Asociados. b) Suministrará los Equipos y Materiales y los Servicios Asociados de conformidad con los preceptos establecidos en el Código términos del Contrato, a la satisfacción razonable de Comercio y el Código CivilIberdrola, de acuerdo con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir buenas prácticas de la fecha del presente Contrato. Ninguna industria y en cumplimiento con todas las leyes aplicables al suministro de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES Equipos y Materiales y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativaServicios Asociados. c) Prevalencia: en caso Utilizará personal debidamente cualificado y con experiencia para desempeñar las obligaciones; así como el número suficiente de contradicción entre un anexo y Personal para garantizar que las obligaciones del Proveedor se cumplen de conformidad con el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: Los Equipos y Materiales y los Servicios Asociados se ajustarán a las descripciones y especificaciones establecidas en caso de que alguna de las estipulaciones del presente el Contrato, los Equipos y Materiales y los Servicios Asociados deberán ser de calidad satisfactoria y serán aptos para cualquier propósito expresa o cualquier otra parte del mismoimplícitamente hecho conocer al Proveedor por Iberdrola. e) Deberá (teniendo en cuenta los términos de la Especificación Técnica) usar los mejores bienes, sea declarada nulamateriales, inválida estándares y técnicas disponibles y asegurar que los Equipos y Materiales y los Servicios Asociados suministrados y usados en los Servicios Asociados o inaplicabletransferidos a Iberdrola, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, estarán libres de defectos en la medida en que los derechos ejecución, instalación y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulacióndiseño.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Contratación

General. 19.1 Carácter mercantil: (a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y los directores, funcionarios y empleados de RIM y sus afiliadas son terceros beneficiarios propuestos con el presente Contrato tiene carácter mercantil y, por tanto, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación fin de las reglas que siguen: asecciones de este Contrato tituladas, "Información de Seguridad Relacionada con el uso de Tecnologías" (sección 8(b)), "Indemnización/Responsabilidad" (sección 19), "Limitación de Responsabilidad" (sección 23) Contrato único: y "Exención" (sección 22). Los proveedores de Contenido para los Servicios de RIM son terceros beneficiarios de las protecciones y restricciones sobre el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha uso de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados Contenido establecido en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán "Normas de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Uso de la fecha del presente ContratoSolución BlackBerry" (sección 3) y "Derechos Intelectuales" (sección 11). Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo Excepto que se disponga expresamente lo contrario en esta sección, las disposiciones en el presente documento son para beneficio de las Partes y no para el de cualquier otra cosapersona o entidad. d(b) Divisibilidad: Exenciones en caso de Incumplimiento. No se entenderá que alguna ninguna de las estipulaciones Partes haya renunciado o perdido cualquier derecho en virtud de este Contrato, ya sea en base a incumplimiento, retraso o cualquier otro principio legal o equitativo, a menos que la renuncia correspondiente sea por escrito y tenga la firma de un firmante autorizado de la Parte ante la cual se pretende hacer valer la renuncia. La renuncia a alguna disposición, o el incumplimiento de alguna disposición de este Contrato, en un caso no constituirá renuncia respecto de cualquier otra instancia. (c) Subsistencia. Los términos, las condiciones y garantías incluidas en este Contrato que por su sentido y contexto tengan por finalidad subsistir al cumplimiento del presente documento subsistirán al cumplimiento, la cancelación o rescisión de este Contrato, incluidas las secciones sobre indemnización. (d) Legislación Aplicable y Resolución de Disputas. Este Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes de Inglaterra y Gales, con exclusión de cualquier cuerpo legal que rija sobre conflictos xx xxxxx. Las Partes acuerdan que el Convenio de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías queda expresamente excluido en su totalidad y no se aplicará a este Contrato. Toda discrepancia o conflicto derivado o relacionado con este Contrato, o cualquier otra parte del mismosu incumplimiento, sea declarada nulaque las Partes no puedan resolver con posterioridad a una negociación de buena fe, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para se presentará en primer término ante la gerencia superior de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de la gerencia superior, que en el caso de que Usted sea una persona, es Usted, se reunirán dentro de treinta (30) días de haberse referido el conflicto a ellas y en el caso de que las Partes no puedan resolver esa discrepancia o conflicto dentro de treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que se prohíba expresamente mediante ley aplicable en que los derechos Su jurisdicción, esa discrepancia o conflicto se resolverá mediante arbitraje definitivo y obligaciones vinculante a realizarse en Londres, Inglaterra, de conformidad con las Normas de Arbitraje de la Cámara Internacional de Comercio ("Normas ICC"), y se someterá a un árbitro designado de conformidad con esas Normas y de mutuo acuerdo entre las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones dentro de las Partes se ven afectados sustancialmente treinta (30) días de la designación del árbitro; en caso contrario, este será designado por el Presidente de que los intereses la British Computer Society (o por una persona debidamente designada por el Presidente para actuar en su nombre) a petición de cualquiera de las Partes y durante el período de vigencia, la incorporación de cuyas normas se vieran perjudicados gravemente considerará como referencia en la presente cláusula. En caso de que las disposiciones anteriores estén prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje: (i) se realizará en Su jurisdicción; (ii) se resolverá mediante arbitraje de acuerdo con las Normas ICC; y (iii) se tratará mediante un árbitro designado de acuerdo con las Normas ICC y acordado mutuamente por las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro; en caso contrario, una parte neutral designará al árbitro. Cada Parte correrá con la mitad de los gastos relacionados con el procedimiento de arbitraje. No podrán acumularse ni combinarse los conflictos entre las Partes o los que impliquen a cualquier otra persona distinta de usted sin el previo consentimiento por escrito de RIM. La decisión xxx xxxxx otorgado por el árbitro podrá registrarse en cualquier Tribunal que tenga jurisdicción sobre el mismo. No obstante lo anterior, RIM tiene derecho a entablar procesos legales o de equidad, incluidos procesos tendientes a obtener medidas cautelares, en un tribunal, por reclamaciones o disputas relacionadas con: (i) importantes debidos por Usted a RIM en relación con Su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, en el caso de corresponder; y (ii) Su violación o pretendida violación de las secciones de este Contrato tituladas "Normas de Uso de Su Solución BlackBerry" (sección 3), "Software y Documentación de Licencia" (sección 2), "Propiedad Intelectual" (sección 11), "Restricciones de exportación, importación y uso y Licencias del Gobierno de los Estados Unidos" (sección 12), "Seguridad" (sección 13), "Confidencialidad e Ingeniería Inversa" (sección 15) y "Efecto de Rescisión" (sección 18). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción por motivos de jurisdicción, foro inconveniente o motivos similares, y de manera irrevocable presta su consentimiento para notificar por correo o por cualquier otro medio permitido por la ley aplicable y de manera irrevocable presta su consentimiento y reconoce la jurisdicción de los tribunales ubicados en Inglaterra para todas las reclamaciones derivadas o relacionadas con este Contrato. Las Partes expresamente acuerdan que la invalidez afectase al objeto mismo del en caso de litigio en virtud este Contrato, establecido y que ese litigio se deba resolver ante un tribunal de justicia, no será resuelto mediante un juicio con jurado. Las partes por medio del presente documento renuncian a todos los derechos a un juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que cualquier sección, cláusula, disposición u oración del presente documento ("Parte") de este Contrato se considere ilegal, inválida o inaplicable por una autoridad competente en cualquier jurisdicción, esa decisión respecto de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato; ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en ninguna otra jurisdicción y, esa Parte se limitará si fuera posible y solamente se dividirá posteriormente, si fuera necesario, en la estipulaciónmedida que sea necesario para hacer que este Contrato sea válido y exigible. (f) Idioma. Si este Contrato se traduce a un idioma distinto xxx xxxxxx, la versión inglesa prevalecerá en la medida que exista un conflicto o discrepancia de significado entre la versión inglesa y cualquier traducción de la misma. A menos que, y solamente en la medida que esté prohibido por la ley en Su jurisdicción, toda discrepancia, desacuerdo, mediación, arbitraje o litigio relacionado con este Contrato se realizarán en idioma inglés, incluidos, toda correspondencia, intercambio de prueba documental, presentación, interposición, escrito, presentación verbal, argumento, argumento oral y órdenes o sentencias.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: 8.1 El Proveedor podrá terminar el presente Contrato tiene carácter mercantil yacuerdo antes del vencimiento del Plazo mediante aviso por escrito al Destinatario. Si tanto el Operador como el Solicitante son Proveedores de Información Confidencial en virtud del presente Acuerdo, ambas Partes deberán comprometerse a terminar este Acuerdo antes del vencimiento del Plazo. 8.2 Los términos y condiciones del presente Acuerdo sólo podrán ser modificados o sus disposiciones renunciadas por tanto, se interpretará escrito por las Partes y firmadas por un representante autorizado de conformidad con los preceptos establecidos cada Parte. 8.3 El no ejercicio o el retraso en el Código ejercicio de Comercio y cualquier facultad o derecho por una Parte no opera como una renuncia a dicha facultad o derecho, ni el Código Civil, con especial aplicación ejercicio único de las reglas que siguen:una facultad o derecho impide cualquier otro ejercicio posterior de la misma o el ejercicio de cualquier otra facultad o derecho por dicha Parte. a) Contrato único: 8.4 Una Parte no debe ceder o novar sus derechos u obligaciones en virtud del presente Acuerdo sin el consentimiento previo de la otra Parte. 8.5 El presente Contrato representa Acuerdo constituye el acuerdo definitivo indivisible entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato su objeto y sustituye a cualquier acuerdo previotodas las demás conversaciones, ya sea verbal manifestaciones, declaraciones y acuerdos con respecto a la Información Confidencial realizados o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir entregados antes de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principalAcuerdo. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división 8.6 Salvo en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo lo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que respecta a los derechos y obligaciones expresamente establecidos en el presente Acuerdo, no se entenderá implícito ni se considerará que existe ningún contrato o acuerdo que prevea la Transacción o cualquier otro acuerdo o transacción comercial, incluida una sociedad, entre las Partes o sus Entidades Relacionadas en virtud del presente Acuerdo o del suministro de Información Confidencial en virtud del mismo, a menos y hasta que las Partes cuenten con sus autorizaciones corporativas para celebrarlo y las Partes hayan ejecutado y entregado un acuerdo definitivo. Además, a menos que y hasta que un acuerdo definitivo se celebre por un representante autorizado de cada Parte que tenga la autoridad expresa para obligar a dicha Parte, ninguna de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses ni ninguna Entidad Relacionada de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente tendrá ninguna obligación de ningún tipo, por ley, por estatuto, equidad, agravio, responsabilidad objetiva o de que otro tipo, con respecto a la invalidez afectase Transacción o cualquier acuerdo o transacción comercial, y cualquiera de las Partes puede terminar cualquier negociación hacia dicho acuerdo definitivo en cualquier momento por cualquier motivo o por ningún motivo. Para efectos del presente Acuerdo, el término "acuerdo definitivo" no incluye una carta de intenciones no vinculante firmada, un memorando de entendimiento o una hoja de negociación o cualquier otro acuerdo preliminar por escrito. 8.7 El presente Acuerdo no obliga a ninguna de las Partes a tratar exclusivamente con la otra en relación con el Propósito Autorizado o la Transacción, y el Proveedor no está obligado a proporcionar ninguna Información Confidencial al objeto Destinatario. 8.8 El presente Acuerdo podrá ser ejecutado en ejemplares y entregarse por fax u otros medios de transmisión electrónica, cada uno de los cuales, al ser ejecutado y entregado, se considerará un original, pero todos ellos conjuntamente constituirán un único y mismo acuerdo. A solicitud de cualquiera de las Partes del Contratopresente, establecido en la estipulaciónéstas confirmarán las firmas transmitidas por fax firmando un documento original para su entrega entre ellas.

Appears in 1 contract

Samples: Convocatoria Del Análisis De Mercado

General. 19.1 Carácter mercantilEl Contratista deberá cumplir con: el presente Contrato tiene carácter mercantil y Leyes, por tantodecretos, resoluciones, disposiciones y reglamentaciones nacionales, provinciales/estatales, comunales, municipales, etc. en la materia.  Convenios vigentes para la actividad de que se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio trate. Las leyes, decretos, resoluciones y el Código Civil, con especial aplicación de otras disposiciones son las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en vigentes a la fecha de su celebración emisión y se entenderán automáticamente suplantadas por las disposiciones que las sustituyan, si en el futuro existen modificaciones, nuevas y/o reemplazos. También deberán cumplir con respecto a todos los asuntos contemplados estándares, procedimientos, instrucciones, planes y otras reglas referidas a Higiene, Seguridad y Salud ocupacional en el mismotodo momento y en todos los casos. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previoAdemás deberá cumplir con las normas que exija ADIFSE pudiendo ser normas internacionales/ de inversores, ya sea verbal etc., y/o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos directivas de ADIFSE que se contemplan especifiquen en la reunión previa de lanzamiento con el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismoContratista). El apartado Contratista y todos sus empleados deberán mantener registros de DEFINICIONES sus actividades e informar a ADIFSE todo acontecimiento y/o accidentes en materia de Higiene, Seguridad y Salud ocupacional. Los costos originados por el cumplimiento de los Anexos forman parte integrante requerimientos de este documento serán asumidos exclusivamente por el Contratista. El Contratista deberá también tomar cualquier medida adicional, bajo dirección del presente Contrato y tendrán Representante de ADIFSE, con el fin de prevenir la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: lesión o la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización muerte de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contratocualquier persona, o cualquier otra parte del mismodaño a la propiedad o pérdida durante la realización de sus trabajos. El Contratista deberá mantener en el sitio de trabajo los documentos, sea declarada nulaprocedimientos y estándares de Higiene, inválida o inaplicableSeguridad y Salud ocupacional aplicables. ADIFSE monitoreará toda área de trabajo para verificar el cumplimiento de los requerimientos de Higiene, Seguridad y Salud ocupacional establecidos en este documento. Durante el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones desarrollo de las Partes con arreglo al Contrato no tareas el Contratista será evaluado, incluyendo su desempeño en Higiene, Seguridad y Salud ocupacional. Para ello se vean afectados sustancialmente. Se considerará tendrán en cuenta los casos de incumplimiento, accidentes, estadísticas siniéstrales, etc., y todo otro aspecto de Higiene, Seguridad y Salud ocupacional que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónaplique durante su desempeño.

Appears in 1 contract

Samples: Consulting Services Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil yLa Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora del viaje combinado responde- rán frente al Consumidor y Usuario de forma solidaria, en función de las obligaciones que les correspondan por tantosu ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, se interpretará del correcto cumpli- miento de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civillas obligaciones derivadas del contrato, con especial aplicación independencia de que éstas las reglas deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas a actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organiza- dor manifiesta que siguen: a) Contrato único: asume las funciones de organización y ejecución del viaje. Los Organizadores y los Detallistas de viajes combinados responderán de los daños sufridos por el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir consumidor como consecuencia de la fecha falta de ejecución o ejecución deficiente del presente Contratocon- trato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las estipulaciones siguientes circunstancias: 1. Que los defectos observados en la ejecución del presente Contratocontrato sean imputables al consumidor. 2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestacio- nes previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable. 3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, o cualquier otra parte del mismoentendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, sea declarada nulaanormales e imprevisibles cuyas conse- cuencias no habrían podido evitarse, inválida o inaplicablea pesar de haber actuado con la diligencia debida. 4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el resto del Contrato permanecerá vigente Orga- nizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar, y vinculante para las Partesconcurra causa suficiente. No obstante, en la medida en que los derechos y obligaciones supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las Partes con arreglo cir- cunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el Organizador y el Detallista que sean partes en el Contrato de Viaje Combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al Contrato no consu- midor que se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente encuentre en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulacióndificultades.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Viaje Combinado

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y(a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y los directores, por tanto, se interpretará funcionarios y empleados de conformidad con RIM y sus afiliadas son terceros beneficiarios propuestos a los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación fines de las reglas que siguen: asecciones de este Contrato tituladas, "Información de Seguridad Relacionada con el uso de Tecnologías" (sección 8(b)), "Indemnización/Responsabilidad" (sección 19), "Limitación de Responsabilidad" (sección 23) Contrato único: y "Exención" (sección 22). Los proveedores de Contenido para los Servicios de RIM son terceros beneficiarios de las protecciones y restricciones sobre el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha uso de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados Contenido establecido en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán "Normas de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Uso de la fecha del presente ContratoSolución BlackBerry" (sección 3) y "Derechos Intelectuales" (sección 11). Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo Excepto que se disponga expresamente lo contrario en esta sección, las disposiciones en el presente son para beneficio de las Partes y no para el de cualquiera otra cosapersona o entidad. d(b) Divisibilidad: Exenciones en caso de Incumplimiento. No se entenderá que alguna ninguna de las estipulaciones Partes haya renunciado o perdido cualquier derecho en virtud de este Contrato, ya sea en base a incumplimiento, retraso o cualquier otro principio legal o equitativo, a menos que la renuncia correspondiente sea por escrito y tenga la firma de un firmante autorizado de la Parte frente a la cual se pretende hacer valer la renuncia. La renuncia a alguna disposición, o el incumplimiento de alguna disposición, de este Contrato en un caso no constituirá renuncia respecto de cualquier otra instancia. (c) Subsistencia. Los términos, las condiciones y garantías incluidas en este Contrato que por su sentido y contexto tengan por finalidad subsistir al cumplimiento del presente subsistirán al cumplimiento, la cancelación o rescisión de este Contrato, inclusive las secciones sobre indemnización. (d) Legislación Aplicable y Resolución de Disputas. Este Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York, con exclusión de cualquier cuerpo legal que rija sobre conflictos xx xxxxx. Las Partes acuerdan que el Convenio de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías queda expresamente excluido en su totalidad y no se aplicará a este Contrato. Toda discrepancia o conflicto derivado o relacionado con este Contrato, o su incumplimiento, que las Partes no puedan resolver con posterioridad a una negociación de buena fe, se presentará en primer término ante la gerencia superior de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de la gerencia superior, que en el caso de que Usted sea una persona, es Usted, se reunirán dentro de treinta (30) días de haberse referido el conflicto a ellas y en el caso de que las Partes no puedan resolver esa discrepancia o conflicto dentro de treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que se prohíba expresamente mediante ley aplicable en Su jurisdicción, esa discrepancia o conflicto se resolverá mediante arbitraje definitivo y vinculante a realizarse en Ontario, Canadá de conformidad con las Normas Comerciales de la Asociación Americana de Arbitraje (“Normas”), y se someterá a un árbitro designado de conformidad con esas Normas y de mutuo acuerdo entre las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, un tercero neutral designará al árbitro. En caso de que las disposiciones anteriores estén prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje: (i) se realizará en Su jurisdicción; (ii) se resolverá mediante arbitraje de acuerdo con las Normas de Arbitraje de la Cámara Internacional de Comercio ("Normas ICC"); y (iii) se tratará mediante un árbitro designado de acuerdo con las Normas ICC y acordado mutuamente por las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, una parte neutral designará al árbitro. No obstante lo anterior, si Usted es un "consumidor" en virtud de la Ley de Protección al Consumidor de Chile, en ese caso en la medida que sea necesario en virtud del artículo 16 de la Ley de Protección al Consumidor de Chile, Usted puede rechazar al árbitro designado de conformidad con las normas de arbitraje descriptas. Cada Parte correrá con la mitad de los gastos relacionados con el procedimiento de arbitraje. No podrán acumularse ni combinarse los conflictos entre las Partes o los que impliquen a cualquier otra persona distinta de usted sin el previo consentimiento por escrito de RIM. La decisión xxx xxxxx otorgado por el árbitro podrá registrarse en cualquier Tribunal que tenga jurisdicción sobre el mismo. No obstante lo anterior, RIM tiene derecho a entablar procesos legales o de equidad, incluyendo procesos tendientes a obtener medidas cautelares, en un tribunal, por reclamaciones o disputas relacionadas con: (i) montos debidos por Usted a RIM en relación con Su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, en el caso de corresponder; y (ii) Su violación o pretendida violación de las secciones de este Contrato tituladas "Normas de Uso de Su Solución BlackBerry" (sección 3), "Software y Documentación de Licencia" (sección 2), "Propiedad Intelectual" (sección 11), "Restricciones de exportación, importación y uso y Licencias del mismoGobierno de los Estados Unidos" (sección 12), sea declarada nula"Seguridad" (sección 13), "Confidencialidad e Ingeniería Inversa" (sección 15), y "Efecto de Rescisión" (sección 18). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción por motivos de jurisdicción, foro inconveniente o motivos similares, y de manera irrevocable presta su consentimiento para notificar por correo o por cualquier otro medio permitido por la ley aplicable y de manera irrevocable presta su consentimiento y reconoce la jurisdicción de los tribunales ubicados en el Condado de Nueva York, Nueva York para todas las reclamaciones derivadas o relacionadas con este Contrato. Las Partes expresamente acuerdan que en caso de litigio en virtud este Contrato, y que ese litigio se deba resolver ante un tribunal de justicia, no será resuelto mediante un juicio con jurado. Las partes por medio del presente renuncian a todos los derechos a un juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que cualquier sección, cláusula, disposición u oración del presente ("Parte") de este Contrato se considere ilegal, inválida o inaplicableinaplicable por una autoridad competente en cualquier jurisdicción, el resto del Contrato permanecerá vigente esa decisión respecto de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato; ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en ninguna otra jurisdicción y, esa Parte se limitará si fuera posible y vinculante para las Partessólo se dividirá posteriormente, si fuera necesario, en la medida en que los derechos sea necesario para hacer que este Contrato sea válido y obligaciones de las Partes con arreglo al exigible. (f) Idioma. Si este Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que traduce a un idioma distinto xxx xxxxxx, la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido versión inglesa prevalecerá en la estipulaciónmedida que exista un conflicto o discrepancia de significado entre la versión inglesa y cualquier traducción de la misma. A menos que, y sólo en la medida que esté prohibido por la ley en Su jurisdicción, cualquiera y toda discrepancia, desacuerdo, mediación, arbitraje o litigio relacionado con este Contrato se realizarán en idioma inglés, inclusive, toda correspondencia, intercambio de prueba documental, presentación, interposición, escrito, presentación verbal, argumento, argumento oral y órdenes o sentencias.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil yLos derechos económicos y financieros para los titulares de los Bonos asociados a la adquisición y tenencia de los Bonos, por tantoserán, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación para cada una de las reglas Series, los derivados de las condiciones de tipo de interés, rendimientos y condiciones de amortización con que siguen: a) Contrato único: se emitirán y que se encuentran recogidas en los apartados 4.8 y 4.9 de la presente Nota de Valores. Conforme a la legislación vigente, los Bonos objeto de la presente Nota de Valores no otorgan al inversor que los adquiera ningún derecho político presente y/o futuro sobre el presente Contrato representa Fondo. Los titulares de los Bonos y los restantes acreedores del Fondo no dispondrán de acción alguna contra los Deudores de los Préstamos que hayan incumplido sus obligaciones de pago o contra la Entidad Cedente, siendo la Sociedad Gestora, como representante del Fondo, quien ostentará dicha acción. Los titulares de los Bonos y los restantes acreedores del Fondo no dispondrán de acción alguna frente al Fondo ni frente a la Sociedad Gestora, en caso de impago de cantidades adeudadas por el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera Fondo que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir consecuencia de la fecha existencia de morosidad o de amortización anticipada de los Préstamos, del presente Contrato. Ninguna incumplimiento de la Entidad Cedente de sus obligaciones o de las Partes podrá reclamar compensación alguna contrapartes de las operaciones contratadas en relación con cualquier manifestaciónnombre y por cuenta del Fondo, garantía o compromiso por insuficiencia de las operaciones financieras de protección para atender el servicio financiero de los Bonos de cada Serie. Los titulares de los Bonos y los restantes acreedores del Fondo no dispondrán de más acciones contra la otra Parte en relación con Sociedad Gestora que las derivadas de los asuntos contemplados incumplimientos de sus funciones o inobservancia de lo dispuesto en el presente Contrato, salvo Folleto y en los casos establecidos la Escritura de Constitución. Dichas acciones deberán resolverse en el mismojuicio declarativo ordinario que corresponda según la cuantía de la reclamación. El apartado Todas las cuestiones, discrepancias, litigios y reclamaciones que pudieran derivarse de DEFINICIONES la constitución del Fondo, administración y los Anexos forman parte integrante representación legal por la Sociedad Gestora del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) EstipulacionesFondo, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá la Emisión de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del Xxxxx con cargo al mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente serán conocidas y vinculante para las Partes, en la medida en que falladas por los derechos Juzgados y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónTribunales españoles competentes.

Appears in 1 contract

Samples: Fondo De Titulización De Activos

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil yLas Obligaciones Negociables Clase 7 serán obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, denominadas en Dólares, a ser integradas y suscriptas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable, por tantoun valor nominal de hasta US$ 20.000.000 (Dólares veinte millones) (ampliable por hasta US$100.000.000) (Dólares cien millones), con vencimiento a los 23 meses contados desde la Fecha de Emisión; y con una denominación mínima de US$1 (Dólares uno) y en múltiplos enteros de US$1 (Dólares uno) por encima de esa suma. El valor nominal máximo de las Obligaciones Negociables Clase 6 y las Obligaciones Negociables Clase 7 a ser emitidas por la Sociedad en el marco del Programa, en conjunto, será de hasta el equivalente a US$100.000.000 (Pesos cien millones). A los fines del cálculo del valor nominal máximo de la emisión, se interpretará considerará el Tipo de conformidad con Cambio Inicial. El Tipo de Cambio Inicial será el promedio aritmético simple de los preceptos establecidos últimos tres (3) Días Hábiles previos al cierre del Período de Subasta, del tipo de cambio de referencia Dólar/Pesos informado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 (Mayorista) (o la regulación que la sucediere o modificare en el Código tiempo). El Tipo de Comercio Cambio Inicial será informado oportunamente en el Aviso de Resultados. En el supuesto que el BCRA dejare de efectuar dicha determinación y publicación, (x) el Código CivilTipo de Cambio Inicial será calculado de acuerdo al promedio aritmético simple de los últimos tres (3) días hábiles previos al cierre del Período de Subasta al tipo de cambio Dólar billete vendedor informado por el Banco Nación, con especial aplicación al cierre de sus operaciones; o (y) si este último no se encontrara disponible por cualquier causa, en segundo lugar, el promedio aritmético de la cotización xxx Xxxxx divisa comprador informada por los siguientes bancos: Banco Santander Río S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. y HSBC Bank Argentina S.A. al cierre de sus operaciones; en los supuesto (x) e (y) anteriores según sea calculado por el Agente de Cálculo. Las Obligaciones Negociables Clase 7 devengarán intereses a una tasa de interés fija, conforme se detalla en el apartado “– Pago de Capital e Intereses”. El monto final de las reglas Obligaciones Negociables Clase 7 a ser emitido será informado mediante el Aviso de Resultados, que siguen: a) Contrato único: se publicará el presente Contrato representa mismo día en que finalice el acuerdo definitivo entre las Partes Período de Subasta en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Página Web de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesCNV, en la medida página web de la Compañía, en la página web del MAE, y en el Boletín Diario de la BCBA. El Tipo de Cambio Aplicable será el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo (conforme se define a continuación) correspondiente del tipo de cambio de referencia Dólar/Pesos informado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 (Mayorista) (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo). En el supuesto que el BCRA dejare de efectuar dicha determinación y publicación, (x) el Tipo de Cambio Aplicable será calculado de acuerdo al promedio aritmético simple de los derechos últimos tres (3) días hábiles previos a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio Dólar billete vendedor informado por el Banco Nación, al cierre de sus operaciones; o (y) si este último no se encontrara disponible por cualquier causa, en segundo lugar, el promedio aritmético de la cotización xxx Xxxxx divisa comprador informada por los siguientes bancos: Banco Santander Río S.A., Banco de Galicia y obligaciones Buenos Aires S.A.U., Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. y HSBC Bank Argentina S.A. al cierre de sus operaciones; en los supuesto (x) e (y) anteriores según sea calculado por el Agente de Xxxxxxx. La Fecha de Cálculo será la fecha que opere el Día Hábil inmediatamente anterior a cada una de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones Fechas de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso Pago de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónIntereses aplicable.

Appears in 1 contract

Samples: Supplement to Prospectus

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y, por tanto10.1 Cualquier cambio a los presentes Términos, se interpretará deberá acordar por escrito por las partes. Las Órdenes de conformidad con Compra realizadas por Hydro, podrán variar estos Términos, si se hace de manera expresa. 10.2 Cualquier notificación en virtud del contrato se hará por escrito y se enviará a través de un servicio de mensajería o por correo (mensajería comercial reconocida internacionalmente, certificada o registrada), o por fax confirmando por correo a la persona especificada en la Orden de Compra (siempre que una copia se envíe de forma simultánea por uno de los preceptos medios alternativos establecidos en esta Sección 10.2). Una copia de cualquier aviso a Hydro se enviará simultáneamente a: Norsk Hydro, X.X. Xxxxxxx 000, 0000 Xxxx, Xxxxxxx, a la atención: Departamento Jurídico de la Corporación. 10.3 Ninguna de las partes será responsable por ante la otra por incumplimiento, demoras o costos adicionales en el Código cumplimiento de Comercio sus obligaciones en virtud de cualquier Orden de Compra debido a causas sobre las cuales esa parte no tiene control ("Fuerza mayor"). Tales causas incluyen, sin limitación, guerras, hostilidades entre estados, actos terroristas, huelgas y paros nacionales, huelgas de transporte nacional o internacional, embargos, desastres naturales, tormentas, incendios, explosiones u otras contingencias similares más allá del control razonable de la parte, lo que conduce a la incapacidad de dicha parte para cumplir con sus obligaciones en virtud del contrato. Cualquiera de las partes que desee declarar fuerza mayor deberá notificar a la otra parte por escrito las razones del incumplimiento o las demoras en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del contrato inmediatamente después de la ocurrencia del evento, y deberá proponer a la otra parte remedios para tal incumplimiento o demoras. Si el evento de Fuerza Mayor continúa más de treinta (30) días, cualquiera de las partes puede rescindir la orden de compra o el contrato por escrito de inmediato, sin perjuicio a cualquier otro derecho o recurso que pueda tener. Firmas de los representantes debidamente autorizados de Hydro y el Código CivilProveedor Fecha: _ 10.4 Ni el contrato, ni los derechos u obligaciones que surjan en virtud de una orden de compra o el contrato, pueden ser cedido por cualquiera de las partes sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte. No obstante, lo anterior, Hydro puede ceder el contrato, o cualquiera de estos derechos y obligaciones del contrato, sin el consentimiento previo del Proveedor si la cesión surge de una fusión corporativa, reorganización, consolidación o venta de prácticamente todos los activos de Hydro, siempre que dicho cesionario asuma todas las obligaciones y responsabilidades de Hydro aquí establecidas. Sujeto a lo anterior, las disposiciones de cualquier orden de compra y el contrato serán vinculantes y se aplicarán en beneficio de las partes y sus respectivos sucesores y cesionarios. 10.5 El Proveedor solo puede usar un subcontratista para proporcionar los Productos, o partes de estos, con especial aplicación el consentimiento por escrito previo específico de las reglas que siguen:Hydro. El hecho de no obtener dicho consentimiento antes de usar un subcontratista constituirá un incumplimiento sustancial del contrato por parte del Proveedor. El proveedor será responsable por el desempeño u omisión de sus subcontratistas como si fueran su propio desempeño u omisiones, independientemente del consentimiento de Hydro para el uso del subcontratista por parte del Proveedor. a) Contrato único: 10.6 Inmediatamente después de suscribir el presente Contrato representa contrato, el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha Proveedor acepta y firmará el formato actual de Hydro de su celebración con respecto Declaración del Proveedor, que se incorporará y formará parte del contrato entre el Proveedor y Hydro. 10.7 Los derechos y recursos establecidos en este documento serán adicionales a todos los asuntos contemplados demás derechos y recursos previstos en el mismola ley o la equidad. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, El incumplimiento de cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con partes de cualquier manifestación, garantía o compromiso disposición del contrato no se considerará una renuncia a la ejecución futura de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, esa o cualquier otra parte disposición. Si, por alguna razón, un tribunal de jurisdicción competente considera que alguna disposición del mismo, sea declarada nula, contrato es inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente contrato continuará en pleno vigor y vinculante para efecto y habrá una sustitución de la disposición relevante con una disposición válida que tenga Un efecto económico lo más similar posible. 10.8 Si alguna parte del contrato se declare inválida o inaplicable por cualquier reglamento, estatuto, ordenanza, orden ejecutiva o cualquier ley, esa parte se considerará reformada o eliminada, según sea el caso, pero únicamente hasta el punto de cumplir con dicho estatuto, reglamento, ordenanza, y las Partespartes restantes del contrato seguirán surtiendo efecto. 10.9 El contrato o la acción relacionada con el mismo se regirán, controlarán, interpretarán y definirán de acuerdo con las leyes del país desde el cual Hydro emite la Orden de Compra, sin tener en cuenta ningún principio de conflicto xx xxxxx que requiera la medida en que los derechos y obligaciones aplicación de otra xx xxx. La aplicación de la Convención de las Partes con arreglo al Contrato no Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías del 11 xx xxxxx de 1980 se vean afectados sustancialmenteexcluirá expresamente. 10.10 Cada parte declara y garantiza a la otra que tiene pleno derecho y poder para celebrar y cumplir las obligaciones del contrato y que la persona que firma el contrato en su nombre está debidamente autorizada. Se considerará que los derechos y obligaciones El contrato puede ser firmado en contrapartes, cada una de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso cuales constituirá un original, pero todas juntas constituirán el mismo instrumento. Además, el contrato puede firmarse a través de firmas electrónicas, que serán válidas y vinculantes para todos los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónfines.

Appears in 1 contract

Samples: Términos Y Condiciones De Compra

General. 19.1 Carácter mercantil: La colocación de los Valores Fiduciarios se realizará mediante subasta pública con posibilidad de participación de todos los interesados (la “Subasta Pública”), a través del módulo de licitaciones del Sistema Siopel y la adjudicación se realizará mediante el presente Contrato tiene carácter mercantil ysistema de subasta holandesa modificada (“Modified Dutch Auction”), por tantoun sistema que garantiza la transparencia y la igualdad de trato entre los Inversores, se interpretará de conformidad con las Normas de la CNV. La adjudicación se realizará al precio que se determine, conforme al método de adjudicación según se describe en los preceptos apartados “Determinación del Margen Diferencial de los VDFTV y del Precio xx xxxxx de los CP. Adjudicación y prorrateo”. La remisión de una Solicitud de Suscripción u Orden de Compra por parte de los Inversores a los Colocadores y/o Subcolocadores y/o a los Agentes del MAE y/u otros agentes habilitados dentro del país para operar el Sistema Siopel o de una oferta por parte de los Agentes del MAE y/u otros agentes habilitados dentro del país para operar el Sistema Siopel implicará la aceptación y el conocimiento de todos y cada uno de los términos y mecanismos establecidos bajo la presente sección. El Colocador Principal será el encargado de generar en el Código Sistema Siopel el pliego de Comercio licitación de la colocación primaria de los Valores Fiduciarios. El período de difusión pública será de, por lo menos, 4 Días Hábiles y tendrá lugar con anterioridad a la fecha de inicio de la Subasta Pública (el “Período de Difusión Pública”). En la oportunidad que determine el Fiduciante, se publicará un aviso de suscripción (el “Aviso de Suscripción”) en el Boletín Diario de la BCBA, en la AIF y en la Página Web del MAE en el cual, de conformidad a las Normas de la CNV, se indicará, entre otra información, la fecha y hora de inicio y de finalización del Período de Difusión Pública y el Código CivilPeríodo de Subasta Pública, con especial aplicación según el mismo se define más adelante. Durante el Período de Difusión Pública, ni los Colocadores, ni los Subcolocadores, ni los Agentes del MAE y/u otros agentes habilitados dentro del país para operar el Sistema Siopel podrán aceptar Solicitudes de Suscripción, órdenes de compra (las reglas que siguen: a“Órdenes de Compra”) Contrato único: ni Ofertas conforme dicho término se define más adelante. El Período de Difusión Pública podrá ser ampliado, suspendido, interrumpido, modificado y/o prorrogado por el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes Fiduciario, previa instrucción por escrito del Fiduciante, en cuyo caso dicha alteración será informada a más tardar en la fecha de su celebración con respecto finalización del Período de Difusión Pública mediante un aviso a todos los asuntos contemplados ser publicado en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Boletín Diario de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesBCBA, en la medida en que los derechos AIF y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónPágina Web del MAE.

Appears in 1 contract

Samples: Fideicomiso Financiero

General. 19.1 Carácter mercantil: 14.1. Las presentes Condiciones Generales, el presente Contrato tiene carácter mercantil ycontenido íntegro del Formulario de Contratación, por tantolas Condiciones Particulares de cada Servicio, la lista de precios y tarifas, así como cualquier otro anexo que se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civilacompañe a las presentes Condiciones Generales, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto constituyen a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho efectos un único Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes obligatorio para las Partes a partir partes en los términos aquí establecidos. En caso de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con discrepancia entre los asuntos contemplados en distintos documentos que forman el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en se aplicará el mismo. siguiente orden de prevalencia: (1) El apartado Formulario de DEFINICIONES Contratación expresamente aceptado por el CLIENTE; (2) las Condiciones Particulares aplicables a cada Servicio; y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal(3) estas Condiciones Generales. b) Estipulaciones14.2. Este Contrato se concluye a título personal y no podrá ser cedido a terceros. No obstante, apartados y encabezamientos: CLARANET podrá subcontratar la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización ejecución de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y cualquiera de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal sus obligaciones derivadas del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosaasí como ceder, vender o transferir la titularidad de los Servicios (de todos o de parte de ellos) a una compañía de su grupo o a un tercero, y en consecuencia, ceder el Contrato suscrito con el CLIENTE, mediando comunicación previa al CLIENTE en un plazo de quince (15) días naturales, sin necesidad de recabar el consentimiento del CLIENTE, sin perjuicio del derecho del CLIENTE a resolver el Contrato de acuerdo con las disposiciones del mismo. d14.3. Por la presente el CLIENTE otorga permiso a CLARANET, durante la vigencia del Contrato, para identificar y divulgar públicamente el nombre de la empresa del CLIENTE (cuando éste sea una persona jurídica) Divisibilidad: como CLIENTE de CLARANET, en caso documentación, folletos, presentaciones comerciales y otro material promocional o publicitario de CLARANET, incluido en el Sitio Web de CLARANET. El CLIENTE podrá retirar este consentimiento en cualquier momento, comunicándolo con carácter previo a CLARANET. 14.4. En el supuesto de que alguna cualquier disposición de las estipulaciones del presente Contrato, este Contrato fuese declarada total o cualquier otra parte del mismo, sea declarada parcialmente nula, inválida o inaplicableineficaz, tal disposición será redactada de nuevo para reflejar, en la medida de lo posible, la intención original de las partes de conformidad con la ley aplicable, permaneciendo el resto del Contrato permanecerá vigente en pleno vigor y vinculante para las Partestotal efectividad. 14.5. El idioma original con el que se ha redactado este Contrato es el español. En caso de conflicto entre el presente Contrato y cualquier otra traducción del mismo a otro idioma, prevalecerá la versión original en español. 14.6. El presente Contrato, así como la validez y ejecución del mismo, se regirá e interpretará conforme a la ley española. Ambas partes se someten, a la jurisdicción de los juzgados y Tribunales del domicilio del CLIENTE, si éste fuese consumidor. No obstante, en el caso de que el CLIENTE no fuera consumidor, o en todo caso, cuando la medida en legislación aplicable lo permita, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no pudiera corresponderles, se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente someten en caso de que los intereses conflicto en la interpretación o aplicación de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del este Contrato, establecido al arbitraje de derecho de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Barcelona y se comprometen expresamente a cumplir el laudo arbitral que se dicte, y en última instancia a la estipulaciónjurisdicción de los Tribunales de Barcelona.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Los Servicios

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente 23.1 Estas Condiciones y cualquier Contrato tiene carácter mercantil yse regirán por las leyes de la Ciudad de México, por tantoDistrito Federal, se interpretará México. Las partes acuerdan que la Convención de conformidad con las Naciones Unidas sobre los preceptos establecidos en el Código Contratos de Comercio y el Código Civil, con especial Compraventa Internacional de Mercaderías está específicamente excluida de la aplicación de estas Condiciones. Las partes acordarán resolver cualquier reclamo o disputa que surja de o en relación con estas Condiciones o cualquier Contrato mediante negociaciones amistosas. Si no se puede llegar a un acuerdo mediante negociaciones dentro de los sesenta (60) días posteriores a que cualquiera de las reglas partes haya notificado por escrito a la otra solicitando dichas negociaciones, entonces la disputa se someterá a la jurisdicción exclusiva de los tribunales competentes en la Ciudad de México, Distrito Federal, México. 23.2 El incumplimiento por parte del Proveedor de ejercer o hacer valer cualquier derecho en virtud del presente no se considerará una renuncia a dicho derecho. 23.3 Si se determina que siguen:alguna de las Condiciones no es válida, esto no afectará el resto del Contrato, que permanecerá en pleno vigor y efecto. a) Contrato único: 23.4 El Comprador no puede ceder, transferir, novar o disponer de todos o alguno de sus derechos u obligaciones, en su totalidad o en parte, sin el presente Contrato representa consentimiento por escrito del Proveedor. 23.5 Estas Condiciones constituyen el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a completo y reemplazan cualquier acuerdo previo, ya sea verbal entendimiento, representaciones o escrito, cualquiera que sea arreglos entre las partes con respecto a su forma, relativo tema. 23.6 La variación de cualquier contrato debe ser por escrito y firmada por las partes. 23.7 Todas las notificaciones dadas bajo estas Condiciones se enviarán a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso dirección de la otra Parte parte establecida en relación con los asuntos contemplados la Cotización o en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES aviso se considerará debidamente entregado si se envía por escrito y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán se considerará que se ha recibido el siguiente día hábil desde la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulacionesentrega si se envió por correo electrónico o fax, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que día de la recepción si se disponga expresamente otra cosaenvía por correo urgente o por un correo certificado. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulación

Appears in 1 contract

Samples: Términos Y Condiciones Para La Venta Y Suministro De Bienes Y Servicios

General. 19.1 Carácter mercantil: el El presente Contrato tiene carácter mercantil yentre el titular de la licencia y Seagate, por tantosalvo en lo expresamente indicado en el mismo, se regirá e interpretará de conformidad con los preceptos establecidos las leyes españolas aplicables en el Código la ciudad de Comercio y el Código CivilMadrid, con especial sin aplicación de las reglas normas sobre conflicto xx xxxxx. El Contrato constituye el acuerdo completo entre Seagate y usted con respecto al Producto y regirá el uso del Producto por su parte, sustituyendo cualquier acuerdo anterior entre usted y Seagate relativo al objeto del presente documento. Si un tribunal competente declara alguna de las disposiciones del presente Contrato contraria a las leyes, dicha disposición se modificará e interpretará de manera que siguen: acumpla con la finalidad de la disposición original en la medida de lo permitido por las leyes, permaneciendo las restantes disposiciones del Contrato en pleno vigor y con plenos efectos. El Producto y cualesquiera datos técnicos asociados se entregan con derechos limitados. El uso, la duplicación o divulgación por parte del Gobierno de EE.UU. están sujetos a las limitaciones establecidas por las leyes norteamericanas en los subapartados (c)(1)(iii) Contrato único: de DFARS 252.227-7013 (The Rights in Technical Data and Computer Product – Derechos sobre Datos Técnicos y Productos Informáticos) o subapartados (c)(1) y (2) de 48 CFR 52.227-19 (Commercial Computer Product – Restricted Rights – Productos Informáticos Comerciales – Derechos Limitados) según sea el caso. El fabricante es Seagate. Usted no podrá transmitir ni ceder el presente Contrato representa ni derecho alguno a tenor del mismo, a menos que realice una sola y permanente transmisión de este Contrato y el acuerdo definitivo entre las Partes Software a otro usuario final, siempre que (i) no retenga copia alguna del Software, el Hardware, los medios y materiales impresos, Actualizaciones (en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en caso) y el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán (ii) con anterioridad a la misma fuerza vinculante transmisión, el usuario final que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente reciba este Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal Software acepte todos los términos del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: . Cualquier intento de cesión en caso contravención de que alguna de las estipulaciones del la presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicableCláusula será nulo. Seagate, el resto del Contrato permanecerá vigente logotipo de Seagate y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos otros nombres y obligaciones logotipos de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones Seagate son marcas comerciales de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónSeagate.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y(1) Usted puede imprimir y guardar una copia de estos Términos, por tanto, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa cuales forman el acuerdo definitivo entero entre las Partes en la fecha de su celebración Usted y Nosotros y reemplazan cualquier otra comunicación o publicidad con respecto a todos la Aplicación. Estos Términos solo pueden ser modificados con nuestro previo consentimiento por escrito. Podemos modificar o modificar estos Términos en cualquier momento, con efecto inmediato y sin previo aviso. Al continuar utilizando la aplicación después de dicha modificación, se considerará que ha aceptado cualquier modificación de estos Términos. (2) Sujeto a su cumplimiento con estas Condiciones del servicio, SinTick le otorga una licencia no exclusiva e intransferible para descargar, instalar y utilizar la aplicación en su dispositivo móvil. Esta licencia es con respecto a Su Uso de la Aplicación solamente, siempre que: (i) su uso del Servicio como sea permitido es únicamente para su uso personal, no comercial; (Ii) no duplicará, transferirá, dará acceso, copiará o distribuirá ninguna parte del Servicio en ningún medio sin la autorización previa por escrito de SinTick; (Iii) no intentará realizar ingeniería inversa, modificar o modificar ninguna parte del Servicio; Y (iv) cumplirá de otra manera con los asuntos contemplados términos y condiciones de estos Términos de Servicio. (3) Estos Términos y su desempeño se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes de España y las partes se someten a la jurisdicción exclusiva de los tribunales de dicho país. (4) Usted acepta que debido a la naturaleza única de la aplicación y nuestros derechos de propiedad en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán una violación demostrada de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES estos Términos por usted nos dañaría irremediablemente y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato daños monetarios serían compensación inadecuada. Por lo tanto, usted acepta que Tendremos derecho a una medida cautelar preliminar y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principalpermanente, según lo determine cualquier tribunal de jurisdicción competente para hacer cumplir las disposiciones de estos Términos. b(5) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización Si cualquier disposición de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que estas Condiciones se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada declara nula, inválida ilegal o inaplicableno ejecutable, el resto del Contrato permanecerá vigente de estas Condiciones serán válidas y vinculante ejecutables en la medida permitida por la ley aplicable. En tal caso, las partes acuerdan hacer todo lo posible para las Partessustituir la disposición inválida o no ejecutable por una disposición que, en la medida en que lo permita la ley aplicable, alcance los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente fines previstos en caso de que los intereses la disposición inválida o inaplicable. (6) Cualquier incumplimiento por parte de cualquiera de las Partes presentes Condiciones para hacer cumplir en cualquier momento cualquier término o condición bajo estas Condiciones no se vieran perjudicados gravemente considerará una renuncia del derecho de esa parte después de cumplir con todos y cada uno de los términos y condiciones de estos Términos. (7) Ninguna de las partes será responsable de los retrasos resultantes de circunstancias ajenas al control razonable de dicha parte, siempre y cuando la parte no ejecutante realice esfuerzos razonables para evitar o eliminar tales causas de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónincumplimiento y remoto.

Appears in 1 contract

Samples: Términos De Servicio

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y, por tanto, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas 10.1. Es posible que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto nos veamos obligados ocasionalmente a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos introducir modificaciones en el presente Contrato tiene fines meramente informativos de licencia de usuario final debido a cambios legales, cambios en nuestra actividad empresarial o cambios en nuestros acuerdos con terceros. Puede comprobar cuándo se han hecho cambios consultando la versión y la fecha de referencia la última modificación que se indican al principio del presente Contrato de licencia de usuario final. No notificaremos al Usuario individualmente los cambios que se introduzcan en el presente Contrato de licencia de usuario final. Por ello, es importante que el Usuario consulte estos términos y carecerá condiciones periódicamente y, en especial, siempre que descargue aplicaciones de relevancia interpretativaInControl de Jaguar. c10.2. El presente Contrato de licencia de usuario final es un contrato que constituye la totalidad del acuerdo entre el Usuario y JLR. De conformidad con los derechos del operador de la tienda de aplicaciones de la cláusula 5.3 enunciada anteriormente, nadie, excepto el Usuario y JLR, tiene derecho a hacer cumplir los términos y condiciones del presente Contrato de licencia de usuario final en virtud de la ley británica sobre contratos (derechos de terceras partes) Prevalencia: de 1999 (Contracts [Rights of Third Parties] Act 1999). 10.3. Los derechos que se conceden al Usuario en virtud del presente Contrato de licencia de usuario final son intransferibles. 10.4. Podemos transferir cualquiera de los derechos que se nos otorgue y cualquier obligación que contraigamos en virtud del presente Contrato de licencia de usuario final, siempre que dicha transferencia no afecte negativamente a los derechos que amparan al Usuario en virtud del presente Contrato de licencia de usuario final. Por ejemplo, esta transferencia podría efectuarse en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosaventa o reorganización de la empresa. d) Divisibilidad: en caso de que 10.5. Si alguna de las estipulaciones disposición o parte del presente Contrato, Contrato de licencia de usuario final no fuera válida o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicabledejara de tener validez, el resto de disposiciones y partes de dicho Contrato seguirán siendo de aplicación. 10.6. Todas las comunicaciones entre el Usuario y JLR en relación al presente Contrato de licencia de usuario final se efectuarán en lengua inglesa. 10.7. Todas las comunicaciones que enviemos al Usuario de manera particular en relación al presente Contrato de licencia de usuario final se remitirán a la dirección de correo electrónico o correo postal más reciente que el Usuario nos haya proporcionado. 10.8. Si el Usuario descargó las aplicaciones de InControl de Jaguar en el Xxxxx Unido, el presente Contrato de licencia de usuario final se regirá por la legislación británica. Si surge algún conflicto entre el Usuario y JLR en relación al presente Contrato de licencia de usuario final y el Usuario desea iniciar acciones legales, dichas acciones legales deberán seguirse en los tribunales de Inglaterra excepto que el Usuario resida en Escocia, Gales o Irlanda del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesNorte, en cuyo caso deberán seguirse en los tribunales del país donde resida. 10.9. Si el Usuario descargó las aplicaciones de InControl de Jaguar desde fuera del Reino Unido, se aplica la medida legislación del país donde lo hiciese. Si surge algún conflicto entre el Usuario y JLR en relación al presente Contrato de licencia de usuario final y el Usuario desea iniciar acciones legales, puede hacerlo en los tribunales del país en el que resida. 10.10. El Usuario disfrutará de los derechos que le conceda la legislación de su país y obligaciones el presente Contrato de las Partes con arreglo al Contrato licencia de usuario final no se vean afectados sustancialmente. Se considerará modificará dichos derechos a menos que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulacióndicha legislación lo permita.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y, 10.1.- Las notificaciones serán remitidas por tanto, se interpretará escrito y enviadas a la oficina o domicilio principal registrado de cada parte o cualquier otro domicilio que las partes notifiquen de tiempo en tiempo de conformidad con los preceptos establecidos esta Cláusula. 10.2.- Cada derecho o compensación del Comprador en virtud del Contrato se establece sin perjuicio de cualquier otro derecho o compensación del Comprador, sea por Contrato o bajo la ley aplicable. 10.3.- El Proveedor no tendrá derecho a ceder o subcontratar cualquiera de sus derechos u obligaciones derivados del presente sin el Código de Comercio y previo consentimiento por escrito otorgado por el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto Comprador. El Comprador tendrá derecho a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previoceder sus derechos y/o obligaciones derivados del presente, ya sea verbal total o escritoparcialmente si necesidad de requerir el previo consentimiento por escrito del Proveedor. 10.4.- En todo momento, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que el Proveedor actuará y se contemplan en ostentará como contratista independiente. En ningún momento actuará o podrá ostentarse como agente o socio del Comprador. 10.5.- La falta o retraso por parte del Comprador para exigir total o parcialmente el mismo; dichos acuerdos previos dejarán cumplimiento de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados disposición contenida en el presente no se considerará como una renuncia a sus derechos que surgen de este Contrato. 10.6.- El Proveedor deberá y se obliga a procurar que sus empleados, salvo en los casos establecidos agentes y subcontratistas respeten las normas aplicables de lugar y seguridad cuando se encuentren en el mismo. El apartado sitio del Comprador, particularmente, de DEFINICIONES forma enunciativa y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato no limitativa, las normas referentes a la llegada, salida y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principaldescarga de Mercancías. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en 10.7.- En caso de que alguna de las estipulaciones una disposición del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, contrato sea declarada nulapor una autoridad competente como total o parcialmente ilegal, inválida inexigible o inaplicableinválida, el resto de las disposiciones del Contrato permanecerá continuará siendo vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónexigible.

Appears in 1 contract

Samples: Condiciones Generales De Compra

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y, por tanto, se interpretará 14.1 Todas las notificaciones y comunicaciones requeridas de conformidad con el presente serán hechas por escrito y enviadas a los preceptos domicilios establecidos en el Código las Ordenes de Comercio Compra o a las direcciones establecidas por escrito y el Código Civil, con especial aplicación previo aviso a las partes. Dichas comunicaciones deberán ser notificadas según lo establecido en la sección 14.1 de las reglas que siguenla siguiente manera: (a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes mediante servicio de mensajería urgente de un día para otro; o (b) por entrega en la fecha persona en dicho domicilio y (c) por medio de su celebración un correo electrónico. Dichas notificaciones serán consideradas como realizadas una vez que sean debidamente recibidas por cualquier persona en los domicilios indicados. 14.2 El Proveedor no podrá ceder, transferir o de alguna forma delegar ninguno de sus derechos, subcontratar, transferir o de alguna otra manera delegar alguna de sus obligaciones de conformidad con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, sin el consentimiento previo por escrito de Bank of America. Tampoco podrá subcontratar con terceros, salvo que así lo establezcan por escrito y en los casos establecidos cada caso en particular deberá ser acordado por ambas Partes. Ningún tipo de cesión, transferencia, subcontratación o disposición aunque se tenga la debida autorización, liberara al Proveedor de las obligaciones establecidas en el mismoContrato. El apartado Proveedor deberá procurar que todos los subcontratistas autorizados celebren el contrato de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principalconfidencialidad como lo requiera Bank of America. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en 14.3 En caso de que alguna disposición del presente Contrato sea considerada ilegal o se vuelva inválida o inexigible, lo antes mencionado no deberá afectarla validez, legalidad o exigibilidad en esa jurisdicción de las estipulaciones alguna otra disposición del presente Contrato, ; o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los Los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no partes, dichos se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones mantendrán vigentes aun cuando las cláusulas antes mencionadas fueran declaradas inválidas o inexigibles. 14.4 El retraso, falta o renuncia de alguna de las Partes respecto al ejercicio total o parcial de algunos de los derechos conforme al presente Contrato no deberá operar para limitar, viciar, excluir, cancelar, renunciar o de alguna otra manera afectar dichos derechos o poderes. Cualquier renuncia de alguna de la Partes respecto a alguna disposición del presente Contrato no significará una renuncia subsecuente de esa o de alguna otra disposición del presente Contrato. Salvo que se ven afectados sustancialmente especifique lo contrario en caso este Contrato los derechos de cada Parte conforme al presente podrán renunciarse sólo por escrito y de manera específica. 14.5 El contrato contiene todos los términos que las partes han convenido y reemplaza todas las provisiones, contratos, arreglos, representaciones (con excepción de malas representaciones fraudulentas) o entendimiento entre los intereses de cualquiera de partes si está escrito, o oral en lo referente a las transacciones proporcionadas para el cumplimiento del Contrato. 14.6 Las partes acuerdan que ninguna cláusula, condición o término del presente constituye o constituirá una sociedad entre las partes. 14.7 El presente Contrato se rige por las leyes aplicables en México. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente Contrato, las Partes se vieran perjudicados gravemente someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de México, Distrito Federal, renunciando a cualquier fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónfuturos o por cualquier otro motivo.

Appears in 1 contract

Samples: Purchase Order Terms and Conditions

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y, por tanto, se interpretará de 1.1. De conformidad con los preceptos establecidos lo establecido en el Código artículo 37 de Comercio la Ley 5/2015, la Junta de Acreedores se entederá válidamente constituida una vez que se haya formalizado la escritura de constitución del Fondo, la cesión de los activos y la emisión de los valores respaldados por activos. 1.2. Las provisiones contenidas en este Reglamento se entenderán aplicables a cada uno de los Bonos emitido por el Fondo. 1.3. El Reglamento también establece y regula la relación de los titulares de los Bonos con los acreedores xxx Xxxxxxxx Subordinado 1 y el Código Civil, con especial aplicación Préstamo Subordinado 2 (los “Otros Acreedores”). Ningún acreedor del Fondo salvo los titulares de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes los Bonos y los Otros Acreedores tendrán derecho a voto en la fecha Junta de su celebración con respecto Acreedores. 1.4. Cualquier asunto relativo a todos los asuntos contemplados la Junta de Acreedores que no esté expresamente regulado en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que Reglamento se contemplan regirá por lo dispuesto en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir artículo 37 de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesLey 5/2015 y, en la medida en que resulte de aplicación. por las disposiciones relativas al Sindicato de Obligacionistas contenidas en el Real Decreto Ley 1/2010, de 2 de julio, que aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital (“Ley de Sociedades de Capital”). 1.5. Todos y cada uno de los derechos titulares de los Bonos y obligaciones de los Otros Acreedores son miembros de la Junta de Acreedores y están, por tanto, sujetos a las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmentedisposiciones establecidas en este Reglamento, tal y como pueda ser modificado por la Junta de Acreedores. 1.6. Se considerará que los derechos y obligaciones La Junta de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso Acreedores convocada por la Sociedad Gestora tendrá como objetivo la defensa de que los intereses de cualquiera los titulares de las Partes se vieran perjudicados gravemente o los Bonos y de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contratolos Otros Acreedores, limitándose a lo establecido en los Documentos de la estipulaciónOperación, y sin distinción entre los titulares de los Bonos y los Otros Acreedores.

Appears in 1 contract

Samples: Fondo De Titulización

General. 19.1 Carácter mercantil: 11.1. Cualquier aviso, consentimiento, autorización o aprobación que haya que darse según el presente Contrato tiene carácter mercantil yContrato, deberán hacerse por tanto, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera siendo válidas las realizadas por fax, carta o email, salvo aquellas que sea su forma, relativo afecten a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes posibles incumplimientos y/o a partir de la fecha resolución del presente Contrato. Ninguna , que necesariamente deberán realizarse mediante burofax, telegrama o carta entregada en mano, en todos los casos con acuse de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestaciónrecibo, garantía o compromiso dirigido a la dirección de la otra Parte parte contractual señalada en relación con el Encabezamiento de este Contrato. 11.2. El presente Contrato no podrá ser alterado ni modificado sino mediante escrito debidamente firmado por ambas partes. 11.3. Los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato no podrán ser cedidos por la ENTIDAD a favor de terceros sin el consentimiento previo, expreso y escrito de BI. 11.4. La ENTIDAD mantendrá indemne a BI por los asuntos contemplados daños que pueda sufrir como consecuencia del incumplimiento por aquella de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, salvo y, en los casos establecidos particular, las establecidas en el mismoPacto 3.1 anterior. 11.5. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante La firma del presente Contrato y tendrán no implica xxxxxxxx de obligación alguna por parte de BI de colaborar económicamente con la misma fuerza vinculante ENTIDAD en la celebración de futuras ediciones de la Actividad que el texto principaldicha ENTIDAD pueda organizar. b11.6. BI podrá ceder todos o cualquiera de sus derechos y obligaciones en virtud del presente sobre una parte importante o la totalidad de sus negocios y/o activos a (i) Estipulacionescualquiera de sus filiales y (ii) cualquier sucesor o cesionario, apartados y encabezamientos: ya sea debido a una fusión, consolidación, reorganización, venta de acciones, venta de activos o a alguna otra operación. BI se reserva asimismo el derecho de 11.7. En la división medida en Estipulacionesque esto incluya la cesión de un acuerdo subsidiario (p.e . acuerdo de calidad, apartados y subapartados y acuerdo de farmacovigilancia, etc.) aplicable, la utilización ENTIDAD se compromete a ofrecer, de títulosbuena fe, subtítulos o encabezamientos asistencia al cesionario en la actualización del acuerdo subsidiario aplicable. La ENTIDAD seguirá cumpliendo con sus responsabilidades post-contractuales, si las hubiera, para con BI. La supervivencia de cualquier obligación adicional para con BI requerirá el acuerdo explícito entre las partes. 11.8. Las partes se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo, que pueda surgir en el desarrollo del presente Contrato tiene fines meramente informativos y Contrato. Sin perjuicio de referencia y carecerá ello, para la resolución de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso cualquier litigio o divergencia dimanante de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones la aplicación o interpretación del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismolas partes, sea declarada nulacon renuncia expresa a su fuero propio, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente se someten expresamente a la jurisdicción y vinculante para las Partes, en competencia de los jueces y tribunales de la medida en que los derechos y obligaciones ciudad de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónBarcelona.

Appears in 1 contract

Samples: Patrocinio

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente (a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y sus directores, funcionarios, y empleados son terceros beneficiarios a los fines de las Secciones de este Contrato tiene carácter mercantil ytituladas, "Limitación de Responsabilidad" (Sección 20) y "Descargo de Responsabilidad" (Sección 19). Excepto según se exprese de manera específica de otro modo en esta Sección, las disposiciones aquí estipuladas son para beneficio de las Partes y para ninguna otra persona o entidad. (b) Renuncias a Incumplimiento. No se considerará que ninguna Parte ha renunciado a ningún derecho según este Contrato, ya sea sobre la base de falta, demora o cualquier otra doctrina legal o de equidad, a menos que dicha renuncia se haga por tantoescrito firmado por un signatario autorizado de la Parte contra la cual se trate de hacer valer la renuncia. La renuncia a cualquier disposición, o a cualquier violación de alguna disposición de este Contrato en cualquier caso no constituirá una renuncia respecto a cualquier otra instancia. (c) Supervivencia. Los términos, condiciones y garantías contenidos en este Contrato que por su sentido y contexto tengan la intención de sobrevivir al cumplimiento de este Contrato, sobrevivirán a la culminación del desempeño, cancelación o terminación de este Contrato. (d) Ley Aplicable y Solución de Controversias. Este Contrato se regirá e interpretará según las leyes del Estado de Nueva York, excluyendo cualquier cuerpo xx xxxxx que rija los conflictos xx xxxxx. Las Partes convienen que la Convención de Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Bienes queda por este medio excluida en su totalidad de la aplicación a este Contrato. Cualquier desacuerdo o controversia derivada o relacionada con este Contrato, o su violación, que las Partes no puedan resolver después de negociaciones de buena fe, será sometida primero al nivel de alta gerencia de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de alta gerencia, que si Usted es una persona, es Usted, se interpretará reunirán dentro de conformidad los treinta (30) días siguientes a que se les haya presentado la controversia y si las Partes no pueden resolver dicho desacuerdo o controversia dentro de los treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que lo prohíba específicamente la ley aplicable en Su jurisdicción, dicho desacuerdo o controversia será resuelto por arbitraje final y vinculante a ser realizado en Ontario, Canadá, de acuerdo con los preceptos establecidos en el Código las Reglas Comerciales de Comercio la Asociación Americana de Arbitraje (las "Reglas") y el Código Civil, será decidido por un árbitro designado de acuerdo con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo citadas Reglas y a ser convenido mutuamente entre las Partes dentro de los treinta (30) días siguientes a la designación del árbitro, a falta de lo cual un tercero neutral designará al árbitro. Si las disposiciones que anteceden están prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje será (i) realizado en Su jurisdicción; (ii) resuelto por arbitraje de acuerdo con las Reglas de la fecha Cámara de su celebración Comercio de Lima ("Reglas de Lima"); y (iii) decidido por un árbitro designado de acuerdo con respecto las Reglas de Lima y a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para acordado mutuamente por las Partes dentro de los treinta (30) días siguientes a partir de la fecha designación del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestaciónárbitro, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna no puedan hacerlo, el árbitro será designado por un tercero neutral. Cada Parte sufragará la mitad de los costos relacionados con el procedimiento de arbitraje. Ninguna controversia entre las Partes, o que involucre a cualquier persona distinta de Usted, podrá ser acumulada o combinadas juntas, sin el previo consentimiento escrito de RIM. La sentencia sobre el laudo emitido por el árbitro podrá ser presentada ante cualquier Tribunal competente. No obstante lo que antecede, RIM tiene derecho a instituir procedimientos según la ley o la equidad, incluyendo procedimientos para obtener protección judicial, ante un tribunal legal por reclamos o controversias relativas a: (i) montos adeudados por Usted a RIM en relación con su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de la misma, si procede; y (ii) Su violación o amenaza de violación de las estipulaciones Secciones de este Contrato tituladas, "Soporte de Criptografía de Escritorio" (Sección 6), "Uso de Su Solución BlackBerry" (Sección 3), "Licencia de Software y Documentación" (Sección 2), "Propiedad Intelectual" (Sección 7), "Restricciones a la Exportación, Importación y Uso y Licencias del presente ContratoGobierno de los EE.UU." (Sección 9), "Seguridad" (Sección 10), "Confidencialidad y No Inversión de Ingeniería" (Sección 11) y "Efecto de Terminación" (Sección 14). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción sobre la base de jurisdicción, foro no conveniente o cualesquiera bases similares y consiente de manera irrevocable para a notificación de autos procesales por correo o de cualquier otra manera permitida por la ley aplicable e irrevocablemente consiente se somete y acepta la jurisdicción de las cortes ubicadas en el Condado de Nueva York, Nueva York, para cualesquiera de tales reclamos derivados o relacionados con este Contrato. Las Partes convienen de manera específica que, en caso de que hubiera una controversia según este Contrato y dicha controversia fuera a ser resuelta por un tribunal jurídico, dicha controversia no será resuelta por juicio con jurado. Las Partes por este medio renuncian a todo derecho a juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que se determine que alguna sección, cláusula, disposición u oración o parte del mismo, sea declarada nulade la misma ("Parte") de este Contrato es ilegal, inválida o inaplicableinexigible por cualquier autoridad competente en alguna jurisdicción, entonces dicha determinación de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato, ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en alguna otra jurisdicción, y esa Parte estará limitada, si es posible, y únicamente separada después, si fuere necesario, en la medida que sea requerida para que el resto del Contrato permanecerá vigente sea válido y vinculante para las Partesexigible. (f) Idioma. Si este Contrato es traducido a un idioma que no sea el inglés, la versión en inglés prevalecerá en la medida en que haya algún conflicto o discrepancia en los derechos significados entre la versión en inglés y obligaciones su traducción. A menos, y únicamente en la medida en que esté prohibido por la ley de Su jurisdicción, cualesquiera y todos los desacuerdos, controversias, mediación, arbitraje o litigios relacionados con este Contrato se llevarán a cabo en el idioma inglés, incluyendo, sin que constituya limitación, cualquier correspondencia, descubrimiento, presentaciones, consignaciones, solicitudes, peticiones orales, alegatos, alegatos verbales y órdenes o sentencias. (g) Incoherencia. Si hubiera alguna incoherencia entre este Contrato y algún contrato de licencia o de usuario final (distinto de este Contrato), previsto en los materiales de empaque o adjuntos a cualquier porción de Su Solución BlackBerry, las disposiciones de este Contrato se aplicarán en la medida de la incoherencia. Si hubiera alguna incoherencia entre este Contrato y cualquier contrato de licencia o de usuario final provisto en relación con cualesquiera actualizaciones o mejoras del Software, las disposiciones de dichos otros contratos de licencia o de usuario final se aplicarán en la medida de la incoherencia. En caso de alguna incoherencia entre algún documento provisto en los empaques de alguna porción de su Solución BlackBerry y la Documentación para el Producto RIM o rubro de Software correspondiente, las disposiciones de la Documentación se aplicarán en la medida de tal incoherencia. (h) Acuerdo Total. Este Contrato (que a los fines de cualesquiera Addenda al mismo, en relación con el objeto de tales Addenda, incluirá los términos de la Addenda), constituye el acuerdo total entre las Partes con arreglo respecto al objeto del mismo y no existen disposiciones, entendimientos, comunicaciones, aseveraciones, garantías, compromisos, acuerdos colaterales o acuerdos entre las Partes en relación con el Software excepto según se estipulan en este Contrato. No obstante lo que antecede, es posible que otros acuerdos entre las Partes rijan el uso de otras porciones de Su Solución BlackBerry. Este Contrato reemplaza cualesquiera disposiciones, entendimientos, comunicaciones, aseveraciones, garantías, compromisos, acuerdos colaterales y acuerdos previos o contemporáneos entre las Partes, ya sean verbales o escritos, con respecto al objeto del mismo, y Usted reconoce que Usted no se vean afectados sustancialmenteha basado en ninguno de ellos al convenir en celebrar este Contrato. Se Este Contrato puede ser modificado en cualquier momento mediante acuerdo mutuo entre las Partes. Excepto en la medida en la ley aplicable expresamente lo prohíba a RIM, RIM se reserva además el derecho a hacerle cambios a este Contrato sobre una base prospectiva, bien sea para reflejar cambios existentes o exigidos por la ley (incluyendo sin que constituya limitación, cambios para asegurar la exigibilidad de este Contrato) o cambios en las prácticas comerciales, dándole a Usted notificación con antelación razonable respecto a dicho cambio, bien sea por vía electrónica (según lo previsto en la disposición que antecede relativa a Notificaciones) o exhibiendo una notificación del cambio en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxx/. y Usted debería revisar esa página regularmente para informarse de los cambios. Si Usted continúa usando el Software y/o el Servicio más de sesenta (60) días después de haberse dado la notificación del cambio, entonces se considerará que Usted ha aceptado dicho cambio. Si Usted tiene alguna preocupación acerca del(los) cambio(s), favor contactar a xxxxxxxxx@xxx.xxx dentro de los derechos sesenta (60) días siguientes a que se haya dado la notificación del cambio para indagar respecto a Sus opciones. (i) Cumplimiento con las Leyes. Usted, a Sus propias expensas, obtendrá y obligaciones mantendrá todas las licencias, registros y aprobaciones exigidos por las autoridades gubernamentales o la ley aplicable en Su jurisdicción para el otorgamiento y cumplimiento de este Contrato y cualesquiera contratos de licencia relacionados. En particular, y para evitar dudas, Usted cumplirá con todas las leyes y regulaciones aplicables y obtendrá cualquier licencia, registro y aprobación necesarios de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso autoridades gubernamentales competentes para la importación y uso de cualquier Software que los intereses contenga cifrado comercial u otra función de cualquiera seguridad exigida por la ley aplicable. Usted proporcionará a RIM las garantías y documentos que RIM pueda solicitar de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónmanera periódica para verificar Su cumplimiento con esta obligación.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: Las Obras y/o Servicios junto con los Equipos y Materiales Asociados se ejecutarán a riesgo y responsabilidad única del Proveedor, siendo el presente resultado económico de su exclusiva cuenta. El Proveedor deberá ejecutar las Obras y/o Servicios con estricta sujeción a las leyes y normas aplicables, al Contrato tiene carácter mercantil y todas las instrucciones recibidas de Iberdrola, sus subcontratistas autorizados, consultores o agentes. 4.1.1 El Proveedor ejecutará las Obras y/o Servicios de una manera profesional y en el tiempo acordado y, en todo caso, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 4.5 o en cualesquiera otros plazos de ejecución específicos previstos en el Contrato o notificados en cualquier momento por tantoIberdrola. 4.1.2 El Proveedor será responsable y asumirá el coste del mantenimiento, conservación, manipulación y transporte de todos los materiales, equipos, y herramientas, dibujos, especificaciones, información y datos suministrados por Iberdrola (en adelante, “Materiales de Iberdrola”) y los mantendrá en buenas condiciones y a buen recaudo a su propio riesgo hasta que sean devueltos a Iberdrola, no dispondrá de ellos salvo autorización de Iberdrola y los usará exclusivamente siguiendo las instrucciones o autorizaciones escritas de Iberdrola. 4.1.3 El Proveedor quedará obligado a construir, aportar y mantener por su cuenta todas las instalaciones provisionales y edificios auxiliares que necesite para oficinas, almacenes, talleres, vestuarios, servicios higiénicos, etc., en las zonas que a tal fin le sean señaladas por Iberdrola. 4.1.4 El Proveedor pondrá todos los equipos, utillaje, transportes, material de seguridad, etc. necesarios para la adecuada ejecución de las Obras y/o Servicios. 4.1.5 El Proveedor no hará o dejará de hacer nada que pueda causar a Iberdrola o cualquiera de las empresas de su grupo perder las licencias, autorizaciones o permisos sobre los que se interpretará basa para llevar a cabo sus negocios. 4.1.6 Iberdrola podrá suspender el Contrato y contratar las Obras y/o Servicios con un tercero cuando exista riesgo de que tales Obras y/o Servicios no sean realizadas por el Proveedor, repercutiendo a éste el sobrecoste ocasionado por esta circunstancia. 4.1.7 El Proveedor garantiza y se compromete con Iberdrola que: a) Tiene el derecho, el poder, la capacidad, aptitudes, experiencia y autoridad para celebrar el Contrato y desarrollar las Obras y/o Servicios y el suministro Equipos y Materiales Asociados. b) Realizará las Obras y/o Servicios y el suministro Equipos y Materiales Asociados de conformidad con los preceptos establecidos términos del Contrato, a la satisfacción razonable de Iberdrola, de acuerdo con las buenas prácticas de la industria y en el Código cumplimiento con todas las leyes aplicables a la realización de Comercio las Obras y/o Servicios y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos suministro Equipos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativaMateriales Asociados. c) Prevalencia: en caso Utilizará personal debidamente cualificado y con experiencia para desempeñar las obligaciones; así como el número suficiente de contradicción entre un anexo y Personal para garantizar que las obligaciones del Proveedor se cumplen de conformidad con el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: Las Obras y/o Servicios junto a los Equipos y Materiales Asociados se ajustarán a las descripciones y especificaciones establecidas en caso el Contrato, las Obras y/o Servicios y los Equipos y Materiales Asociados deberán ser de calidad satisfactoria y serán aptos para cualquier propósito expresa o implícitamente hecho conocer al Proveedor por Iberdrola. e) Deberá (teniendo en cuenta los términos de la Especificación Técnica) usar los mejores bienes, materiales, estándares y técnicas disponibles y asegurar que las Obras y/o Servicios junto a los bienes y materiales suministrados y usados en los Equipos y Materiales Asociados estarán libres de defectos en la ejecución, instalación y diseño. f) El uso por Iberdrola y/o alguna sociedad del Grupo Iberdrola de las estipulaciones del presente Contrato, Obras y/o Servicios junto a los Equipos y Materiales Asociados y/o cualquier otra parte otro ítem proporcionado por o en nombre del mismoProveedor o que el Proveedor utilice de cualquier otro modo en relación con la prestación del servicio bajo y/o conforme al Contrato no infringirá los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero. g) Tiene y mantendrá todas las licencias, sea declarada nulapermisos, inválida autorizaciones, consentimientos y permisos requeridos para desarrollar sus obligaciones bajo el Contrato. h) Implementará y respetará, prácticas medioambientales seguras y procedimientos en relación con el desarrollo de las Obras y/o inaplicableServicios y los Equipos y Materiales Asociados. i) Respetará prácticas y políticas de empleo justas con el personal que esté involucrado en la ejecución de las Obras y/o Servicios y los Equipos y Materiales Asociados. j) El Proveedor (y todo el personales involucrado en el desarrollo de las Obras y/o Servicios y los Equipos y Materiales Asociados) cumplirá con las reglas, políticas y procedimientos (a efecto numerativo pero no limitativo, de seguridad y salud y anti-corrupción) notificados al Proveedor en relación con el resto desarrollo de las Obras y/o Servicios y a los Equipos y Materiales Asociados. k) El Proveedor dará a Iberdrola o a sus representantes debidamente autorizados el acceso a las instalaciones del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las PartesProveedor, en la medida en que los derechos y sea razonablemente necesario para comprobar por parte de Iberdrola que el Proveedor está cumpliendo con sus obligaciones de conformidad con el Contrato, incluyendo las Partes normas de calidad requeridas bajo esta cláusula 4.1.7 4.1.8 El Proveedor no será eximido de ninguna de sus obligaciones sobre las Obras y/o Servicios y los Equipos y Materiales Asociados de acuerdo con arreglo los términos del Contrato, ni tendrá derecho a un incremento en el Precio, como resultado de cualquier modificación de cualquier ley, que afecte al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones cumplimiento de las Partes obligaciones del Proveedor bajo el Contrato y la cual entre en vigor el día de la firma del Contrato o cualquier fecha posterior. Los cambios en el Contrato que se ven afectados sustancialmente requieran como resultado de cualquier cambio en caso la ley se documentarán de que conformidad con la cláusula 12.3, siempre que, no haya un aumento de los intereses precios y/o las tasas de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del los precios pagaderos por Iberdrola bajo el Contrato, establecido en la estipulación.

Appears in 1 contract

Samples: General Conditions for Contracting Works and Services

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y(a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y los directores, por tanto, se interpretará funcionarios y empleados de conformidad con RIM y sus afiliadas son terceros beneficiarios propuestos a los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación fines de las reglas que siguen: asecciones de este Contrato tituladas, "Información de Seguridad Relacionada con el uso de Tecnologías" (sección 8(b)), "Indemnización/Responsabilidad" (sección 19), "Limitación de Responsabilidad" (sección 23) Contrato único: y "Exención" (sección 22). Los proveedores de Contenido para los Servicios de RIM son terceros beneficiarios de las protecciones y restricciones sobre el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha uso de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados Contenido establecido en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán "Normas de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Uso de la fecha del presente ContratoSolución BlackBerry" (sección 3) y "Derechos Intelectuales" (sección 11). Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo Excepto que se disponga expresamente lo contrario en esta sección, las disposiciones en el presente son para beneficio de las Partes y no para el de cualquiera otra cosapersona o entidad. d(b) Divisibilidad: Exenciones en caso de Incumplimiento. No se entenderá que alguna ninguna de las estipulaciones Partes haya renunciado o perdido cualquier derecho en virtud de este Contrato, ya sea en base a incumplimiento, retraso o cualquier otro principio legal o equitativo, a menos que la renuncia correspondiente sea por escrito y tenga la firma de un firmante autorizado de la Parte frente a la cual se pretende hacer valer la renuncia. La renuncia a alguna disposición, o el incumplimiento de alguna disposición, de este Contrato en un caso no constituirá renuncia respecto de cualquier otra instancia. (c) Subsistencia. Los términos, las condiciones y garantías incluidas en este Contrato que por su sentido y contexto tengan por finalidad subsistir al cumplimiento del presente subsistirán al cumplimiento, la cancelación o rescisión de este Contrato, inclusive las secciones sobre indemnización. (d) Legislación Aplicable y Resolución de Disputas. Este Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York, con exclusión de cualquier cuerpo legal que rija sobre conflictos xx xxxxx. Las Partes acuerdan que el Convenio de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías queda expresamente excluido en su totalidad y no se aplicará a este Contrato. Toda discrepancia o conflicto derivado o relacionado con este Contrato, o su incumplimiento, que las Partes no puedan resolver con posterioridad a una negociación de buena fe, se presentará en primer término ante la gerencia superior de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de la gerencia superior, que en el caso de que Usted sea una persona, es Usted, se reunirán dentro de treinta (30) días de haberse referido el conflicto a ellas y en el caso de que las Partes no puedan resolver esa discrepancia o conflicto dentro de treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que se prohíba expresamente mediante ley aplicable en Su jurisdicción, esa discrepancia o conflicto se resolverá mediante arbitraje definitivo y vinculante a realizarse en Ontario, Canadá de conformidad con las Normas Comerciales de la Asociación Americana de Arbitraje (“Normas”), y se someterá a un árbitro designado de conformidad con esas Normas y de mutuo acuerdo entre las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, un tercero neutral designará al árbitro. En caso de que las disposiciones anteriores estén prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje: (i) arbitraje internacional se realizará en Su jurisdicción; (ii) se resolverá mediante arbitraje de acuerdo con las Normas de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Bogotá (Arbitration Rules of the Chamber of Commerce of Bogota) (las “Normas de Bogotá”); y (iii) se tratará mediante un árbitro designado de acuerdo con las Normas de Bogotá y acordado mutuamente por las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, una parte neutral designará al árbitro. Cada Parte correrá con la mitad de los gastos relacionados con el procedimiento de arbitraje. No podrán acumularse ni combinarse los conflictos entre las Partes o los que impliquen a cualquier otra persona distinta de usted sin el previo consentimiento por escrito de RIM. La decisión xxx xxxxx otorgado por el árbitro podrá registrarse en cualquier Tribunal que tenga jurisdicción sobre el mismo. No obstante lo anterior, RIM tiene derecho a entablar procesos legales o de equidad, incluyendo procesos tendientes a obtener medidas cautelares, en un tribunal, por reclamaciones o disputas relacionadas con: (i) montos debidos por Usted a RIM en relación con Su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, en el caso de corresponder; y (ii) Su violación o pretendida violación de las secciones de este Contrato tituladas "Normas de Uso de Su Solución BlackBerry" (sección 3), "Software y Documentación de Licencia" (sección 2), "Propiedad Intelectual" (sección 11), "Restricciones de exportación, importación y uso y Licencias del mismoGobierno de los Estados Unidos" (sección 12), sea declarada nula"Seguridad" (sección 13), "Confidencialidad e Ingeniería Inversa" (sección 15), y "Efecto de Rescisión" (sección 18). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción por motivos de jurisdicción, foro inconveniente o motivos similares, y de manera irrevocable presta su consentimiento para notificar por correo o por cualquier otro medio permitido por la ley aplicable y de manera irrevocable presta su consentimiento y reconoce la jurisdicción de los tribunales ubicados en el Condado de Nueva York, Nueva York para todas las reclamaciones derivadas o relacionadas con este Contrato. Las Partes expresamente acuerdan que en caso de litigio en virtud este Contrato, y que ese litigio se deba resolver ante un tribunal de justicia, no será resuelto mediante un juicio con jurado. Las partes por medio del presente renuncian a todos los derechos a un juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que cualquier sección, cláusula, disposición u oración del presente ("Parte") de este Contrato se considere ilegal, inválida o inaplicableinaplicable por una autoridad competente en cualquier jurisdicción, el resto del Contrato permanecerá vigente esa decisión respecto de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato; ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en ninguna otra jurisdicción y, esa Parte se limitará si fuera posible y vinculante para las Partessólo se dividirá posteriormente, si fuera necesario, en la medida en que los derechos sea necesario para hacer que este Contrato sea válido y obligaciones de las Partes con arreglo al exigible. (f) Idioma. Si este Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que traduce a un idioma distinto xxx xxxxxx, la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido versión inglesa prevalecerá en la estipulaciónmedida que exista un conflicto o discrepancia de significado entre la versión inglesa y cualquier traducción de la misma. A menos que, y sólo en la medida que esté prohibido por la ley en Su jurisdicción, cualquiera y toda discrepancia, desacuerdo, mediación, arbitraje o litigio relacionado con este Contrato se realizarán en idioma inglés, inclusive, toda correspondencia, intercambio de prueba documental, presentación, interposición, escrito, presentación verbal, argumento, argumento oral y órdenes o sentencias.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente (a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y sus directores, funcionarios, y empleados son terceros beneficiarios a los fines de las Secciones de este Contrato tiene carácter mercantil ytituladas, "Limitación de Responsabilidad" (Sección 20) y "Descargo de Responsabilidad" (Sección 19). Excepto según se exprese de manera específica de otro modo en esta Sección, las disposiciones aquí estipuladas son para beneficio de las Partes y para ninguna otra persona o entidad. (b) Renuncias a Incumplimiento. No se considerará que ninguna Parte ha renunciado a ningún derecho según este Contrato, ya sea sobre la base de falta, demora o cualquier otra doctrina legal o de equidad, a menos que dicha renuncia se haga por tantoescrito firmado por un signatario autorizado de la Parte contra la cual se trate de hacer valer la renuncia. La renuncia a cualquier disposición, o a cualquier violación de alguna disposición de este Contrato en cualquier caso no constituirá una renuncia respecto a cualquier otra instancia. (c) Supervivencia. Los términos, condiciones y garantías contenidos en este Contrato que por su sentido y contexto tengan la intención de sobrevivir al cumplimiento de este Contrato, sobrevivirán a la culminación del desempeño, cancelación o terminación de este Contrato. (d) Ley Aplicable y Solución de Controversias. Este Contrato se regirá e interpretará según las leyes del Estado de Nueva York, excluyendo cualquier cuerpo xx xxxxx que rija los conflictos xx xxxxx. Las Partes convienen que la Convención de Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Bienes queda por este medio excluida en su totalidad de la aplicación a este Contrato. Cualquier desacuerdo o controversia derivada o relacionada con este Contrato, o su violación, que las Partes no puedan resolver después de negociaciones de buena fe, será sometida primero al nivel de alta gerencia de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de alta gerencia, que si Usted es una persona, es Usted, se interpretará reunirán dentro de los treinta (30) días siguientes a que se les haya presentado la controversia y si las Partes no pueden resolver dicho desacuerdo o controversia dentro de los treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que lo prohíba específicamente la ley aplicable en Su jurisdicción, dicho desacuerdo o controversia será resuelto por arbitraje final y vinculante a ser realizado en Ontario, Canadá, de acuerdo con las Reglas Comerciales de la Asociación Americana de Arbitraje (las "Reglas") y será decidido por un árbitro designado de acuerdo con las citadas Reglas y a ser convenido mutuamente entre las Partes dentro de los treinta (30) días siguientes a la designación del árbitro, a falta de lo cual un tercero neutral designará al árbitro. No obstante lo anterior, si Usted es un "consumidor" amparado por la Ley de Protección de al Consumidor de Chile, en la medida que el artículo 16 de la Ley de Protección al Consumidor de Chile lo permita, Usted tiene derecho a rechazar al árbitro designado de conformidad con las normas de arbitraje descrito. Cada Parte sufragará la mitad de los preceptos establecidos en costos relacionados con el Código procedimiento de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo arbitraje. Ninguna controversia entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye Partes, o que involucre a cualquier acuerdo previopersona distinta de Usted, ya sea verbal podrá ser acumulada o escritocombinadas juntas, cualquiera sin el previo consentimiento escrito de RIM. La sentencia sobre el laudo emitido por el árbitro podrá ser presentada ante cualquier Tribunal competente. No obstante lo que sea su formaantecede, relativo RIM tiene derecho a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes instituir procedimientos según la ley o la equidad, incluyendo procedimientos para las Partes obtener protección judicial, ante un tribunal legal por reclamos o controversias relativas a: (i) montos adeudados por Usted a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna RIM en relación con su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier manifestación, garantía o compromiso parte de la misma, si procede; y (ii) Su violación o amenaza de violación de las Secciones de este Contrato tituladas, "Soporte de Criptografía de Escritorio" (Sección 6), "Uso de Su Solución BlackBerry" (Sección 3), "Licencia de Software y Documentación" (Sección 2), "Propiedad Intelectual" (Sección 7), "Restricciones a la Exportación, Importación y Uso y Licencias del Gobierno de los EE.UU." (Sección 9), "Seguridad" (Sección 10), "Confidencialidad y No Inversión de Ingeniería" (Sección 11) y "Efecto de Terminación" (Sección 14). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción sobre la base de jurisdicción, foro no conveniente o cualesquiera bases similares y consiente de manera irrevocable para la notificación de autos procesales por correo o de cualquier otra Parte en relación con los asuntos contemplados manera permitida por la ley aplicable e irrevocablemente consiente, se somete y acepta la jurisdicción de las cortes ubicadas en el presente Condado de Nueva York, Nueva York, para cualesquiera de tales reclamos derivados o relacionados con este Contrato. Las Partes convienen de manera específica que, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que hubiera una controversia según este Contrato y dicha controversia fuera a ser resuelta por un tribunal jurídico, dicha controversia no será resuelta por juicio con jurado. Las Partes por este medio renuncian a todo derecho a juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que se determine que alguna sección, cláusula, disposición u oración o parte de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nulala misma ("Parte") de este Contrato es ilegal, inválida o inaplicableinexigible por cualquier autoridad competente en alguna jurisdicción, entonces dicha determinación de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato, ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en alguna otra jurisdicción, y esa Parte estará limitada, si es posible, y únicamente separada después, si fuere necesario, en la medida que sea requerida para que el resto del Contrato permanecerá vigente sea válido y vinculante para las Partesexigible. (f) Idioma. Si este Contrato es traducido a un idioma que no sea el inglés, la versión en inglés prevalecerá en la medida en que haya algún conflicto o discrepancia en los derechos significados entre la versión en inglés y obligaciones su traducción. A menos, y únicamente en la medida en que esté prohibido por la ley de Su jurisdicción, cualesquiera y todos los desacuerdos, controversias, mediación, arbitraje o litigios relacionados con este Contrato se llevarán a cabo en el idioma inglés, incluyendo, sin que constituya limitación, cualquier correspondencia, descubrimiento, presentaciones, consignaciones, solicitudes, peticiones orales, alegatos, alegatos verbales y órdenes o sentencias. (g) Incoherencia. Si hubiera alguna incoherencia entre este Contrato y algún contrato de licencia o de usuario final (distinto de este Contrato), previsto en los materiales de empaque o adjuntos a cualquier porción de Su Solución BlackBerry, las disposiciones de este Contrato se aplicarán en la medida de la incoherencia. Si hubiera alguna incoherencia entre este Contrato y cualquier contrato de licencia o de usuario final provisto en relación con cualesquiera actualizaciones o mejoras del Software, las disposiciones de dichos otros contratos de licencia o de usuario final se aplicarán en la medida de la incoherencia. En caso de alguna incoherencia entre algún documento provisto en los empaques de alguna porción de su Solución BlackBerry y la Documentación para el Producto RIM o rubro de Software correspondiente, las disposiciones de la Documentación se aplicarán en la medida de tal incoherencia. (h) Acuerdo Total. Este Contrato (que a los fines de cualesquiera Addenda al mismo, en relación con el objeto de tales Addenda, incluirá los términos de la Addenda), constituye el acuerdo total entre las Partes con arreglo respecto al objeto del mismo y no existen disposiciones, entendimientos, comunicaciones, aseveraciones, garantías, compromisos, acuerdos colaterales o acuerdos entre las Partes en relación con el Software excepto según se estipulan en este Contrato. No obstante lo que antecede, es posible que otros acuerdos entre las Partes rijan el uso de otras porciones de Su Solución BlackBerry. Este Contrato reemplaza cualesquiera disposiciones, entendimientos, comunicaciones, aseveraciones, garantías, compromisos, acuerdos colaterales y acuerdos previos o contemporáneos entre las Partes, ya sean verbales o escritos, con respecto al objeto del mismo, y Usted reconoce que Usted no se vean afectados sustancialmenteha basado en ninguno de ellos al convenir en celebrar este Contrato. Se Este Contrato puede ser modificado en cualquier momento mediante acuerdo mutuo entre las Partes. Excepto en la medida en la ley aplicable expresamente lo prohíba a RIM, RIM se reserva además el derecho a hacerle cambios a este Contrato sobre una base prospectiva, bien sea para reflejar cambios existentes o exigidos por la ley (incluyendo sin que constituya limitación, cambios para asegurar la exigibilidad de este Contrato) o cambios en las prácticas comerciales, dándole a Usted notificación con antelación razonable respecto a dicho cambio, bien sea por vía electrónica (según lo previsto en la disposición que antecede relativa a Notificaciones) o exhibiendo una notificación del cambio en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxx y Usted debería revisar esa página regularmente para informarse de los cambios. Si Usted continúa usando el Software y/o el Servicio más de sesenta (60) días después de haberse dado la notificación del cambio, entonces se considerará que Usted ha aceptado dicho cambio. Si Usted tiene alguna preocupación acerca del(los) cambio(s), favor contactar a xxxxxxxxx@xxx.xxx dentro de los derechos sesenta (60) días siguientes a que se haya dado la notificación del cambio para indagar respecto a Sus opciones. (i) Cumplimiento con las Leyes. Usted, a Sus propias expensas, obtendrá y obligaciones mantendrá todas las licencias, registros y aprobaciones exigidos por las autoridades gubernamentales o la ley aplicable en Su jurisdicción para el otorgamiento y cumplimiento de este Contrato y cualesquiera contratos de licencia relacionados. En particular, y para evitar dudas, Usted cumplirá con todas las leyes y regulaciones aplicables y obtendrá cualquier licencia, registro y aprobación necesarios de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso autoridades gubernamentales competentes para la importación y uso de cualquier Software que los intereses contenga cifrado comercial u otra función de cualquiera seguridad exigida por la ley aplicable. Usted proporcionará a RIM las garantías y documentos que RIM pueda solicitar de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónmanera periódica para verificar Su cumplimiento con esta obligación.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: (a) Este Acuerdo redundará en beneficio solo del Comprador y el presente Contrato tiene carácter mercantil yVendedor, y sus correspondientes sucesores y cesionarios. Toda cesión de este Acuerdo, o de alguno de los derechos u obligaciones en virtud de él, por tanto, se interpretará de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partes, en la medida en que los derechos y obligaciones de las Partes con arreglo al Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente partes sin el consentimiento escrito de la otra será nulo. (b) Este Acuerdo contiene el acuerdo total y único entre las partes con respecto a su objeto y reemplaza todo entendimiento anterior oral o escrito entre el Comprador y el Vendedor con respecto a los Productos, los Servicios y todo curso de acción o uso comercial anterior no expresamente incorporado al presente. (c) Este Acuerdo podrá ser modificado, complementado o enmendado solo por escrito y con la firma de un representante autorizado de ambas partes. (d) En el caso de que una de las disposiciones de este Acuerdo se defina como no válida, ilegal o no exigible a causa de una ley de jurisdicción aplicable o el acto de una autoridad gubernamental, las partes intentarán reemplazar la invalidez afectase disposición no válida con una nueva que refleje y esté lo más legalmente relacionada posible con la intención original de las partes. Todas las demás disposiciones de este Acuerdo permanecerán vigentes. (e) Este Acuerdo se rige por las Leyes de Chile, con la exclusión de la Convención de Viena para la Venta Internacional de Productos y sus reglas de conflicto xx xxxxx. Solo en el caso de que ambas partes estén domiciliadas en el mismo País, la legislación nacional de dicho país se aplicará. (f) Xxxx disputa, controversia o reclamo que surja de este Acuerdo o se relacione con él, incluida la validez, la falta de validez, el incumplimiento o la rescisión, se resolverán en los Tribunales ordinarios competentes del País respectivo siempre que ambas Partes estén domiciliadas en el mismo País. En los otros casos las disputas se resolverán mediante arbitraje conforme al objeto mismo Reglamento del ContratoCentro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio de Santiago A.G. vigente a esta fecha. El árbitro será mixto y designado de común acuerdo por las partes. El árbitro resolverá sin forma de juicio, establecido en idioma español, de la estipulaciónmanera más breve y sumaria posible. Las partes renuncian expresamente, desde ya, a todos los recursos que puedan intentar en contra de la resolución del árbitro. A falta de acuerdo respecto de la persona del árbitro mixto, la designación será efectuada, a solicitud escrita de cualquiera de las partes, por la Cámara de Comercio de Santiago A.G. Con tal objeto, las partes confieren poder especial irrevocable a la Cámara de Comercio de Santiago A.G., para que, a solicitud de cualquiera de ellos, designe al árbitro mixto de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes y Mediaciones.

Appears in 1 contract

Samples: Términos Y Condiciones De Venta Y/O Servicio

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente (a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y sus directores, funcionarios, y empleados son terceros beneficiarios a los fines de las Secciones de este Contrato tiene carácter mercantil ytituladas, "Limitación de Responsabilidad" (Sección 20) y "Descargo de Responsabilidad" (Sección 19). Excepto según se exprese de manera específica de otro modo en esta Sección, las disposiciones aquí estipuladas son para beneficio de las Partes y para ninguna otra persona o entidad. (b) Renuncias a Incumplimiento. No se considerará que ninguna Parte ha renunciado a ningún derecho según este Contrato, ya sea sobre la base de falta, demora o cualquier otra doctrina legal o de equidad, a menos que dicha renuncia se haga por tantoescrito firmado por un signatario autorizado de la Parte contra la cual se trate de hacer valer la renuncia. La renuncia a cualquier disposición, o a cualquier violación de alguna disposición de este Contrato en cualquier caso no constituirá una renuncia respecto a cualquier otra instancia. (c) Supervivencia. Los términos, condiciones y garantías contenidos en este Contrato que por su sentido y contexto tengan la intención de sobrevivir al cumplimiento de este Contrato, sobrevivirán a la culminación del desempeño, cancelación o terminación de este Contrato. (d) Ley Aplicable y Solución de Controversias. Este Contrato se regirá e interpretará según las leyes del Estado de Nueva York, excluyendo cualquier cuerpo xx xxxxx que rija los conflictos xx xxxxx. Las Partes convienen que la Convención de Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Bienes queda por este medio excluida en su totalidad de la aplicación a este Contrato. Cualquier desacuerdo o controversia derivada o relacionada con este Contrato, o su violación, que las Partes no puedan resolver después de negociaciones de buena fe, será sometida primero al nivel de alta gerencia de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de alta gerencia, que si Usted es una persona, es Usted, se interpretará reunirán dentro de conformidad los treinta (30) días siguientes a que se les haya presentado la controversia y si las Partes no pueden resolver dicho desacuerdo o controversia dentro de los treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que lo prohíba específicamente la ley aplicable en Su jurisdicción, dicho desacuerdo o controversia será resuelto por arbitraje final y vinculante a ser realizado en Ontario, Canadá, de acuerdo con los preceptos establecidos en el Código las Reglas Comerciales de Comercio la Asociación Americana de Arbitraje (las "Reglas") y el Código Civil, será decidido por un árbitro designado de acuerdo con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el presente Contrato representa el acuerdo definitivo citadas Reglas y a ser convenido mutuamente entre las Partes dentro de los treinta (30) días siguientes a la designación del árbitro, a falta de lo cual un tercero neutral designará al árbitro. Si las disposiciones que anteceden están prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje será (i) realizado en Su jurisdicción; (ii) resuelto por arbitraje de acuerdo con las Ley de Arbitraje y Mediación de Honduras ("LAMH") y (iii) decidido por un árbitro designado de acuerdo con la fecha de su celebración con respecto LAMH y a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para acordado mutuamente por las Partes dentro de los treinta (30) días siguientes a partir de la fecha designación del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestaciónárbitro, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna no puedan hacerlo, el árbitro será designado por un tercero neutral. Cada Parte sufragará la mitad de los costos relacionados con el procedimiento de arbitraje. Ninguna controversia entre las Partes, o que involucre a cualquier persona distinta de Usted, podrá ser acumulada o combinadas juntas, sin el previo consentimiento escrito de RIM. La sentencia sobre el laudo emitido por el árbitro podrá ser presentada ante cualquier Tribunal competente. No obstante lo que antecede, RIM tiene derecho a instituir procedimientos según la ley o la equidad, incluyendo procedimientos para obtener protección judicial, ante un tribunal legal por reclamos o controversias relativas a: (i) montos adeudados por Usted a RIM en relación con su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de la misma, si procede; y (ii) Su violación o amenaza de violación de las estipulaciones Secciones de este Contrato tituladas, "Soporte de Criptografía de Escritorio" (Sección 6), "Uso de Su Solución BlackBerry" (Sección 3), "Licencia de Software y Documentación" (Sección 2), "Propiedad Intelectual" (Sección 7), "Restricciones a la Exportación, Importación y Uso y Licencias del presente ContratoGobierno de los EE.UU." (Sección 9), "Seguridad" (Sección 10), "Confidencialidad y No Inversión de Ingeniería" (Sección 11) y "Efecto de Terminación" (Sección 14). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción sobre la base de jurisdicción, foro no conveniente o cualesquiera bases similares y consiente de manera irrevocable para a notificación de autos procesales por correo o de cualquier otra manera permitida por la ley aplicable e irrevocablemente consiente se somete y acepta la jurisdicción de las cortes ubicadas en el Condado de Nueva York, Nueva York, para cualesquiera de tales reclamos derivados o relacionados con este Contrato. Las Partes convienen de manera específica que, en caso de que hubiera una controversia según este Contrato y dicha controversia fuera a ser resuelta por un tribunal jurídico, dicha controversia no será resuelta por juicio con jurado. Las Partes por este medio renuncian a todo derecho a juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que se determine que alguna sección, cláusula, disposición u oración o parte del mismo, sea declarada nulade la misma ("Parte") de este Contrato es ilegal, inválida o inaplicableinexigible por cualquier autoridad competente en alguna jurisdicción, entonces dicha determinación de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato, ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en alguna otra jurisdicción, y esa Parte estará limitada, si es posible, y únicamente separada después, si fuere necesario, en la medida que sea requerida para que el resto del Contrato permanecerá vigente sea válido y vinculante para las Partesexigible. (f) Idioma. Si este Contrato es traducido a un idioma que no sea el inglés, la versión en inglés prevalecerá en la medida en que haya algún conflicto o discrepancia en los derechos significados entre la versión en inglés y obligaciones su traducción. A menos, y únicamente en la medida en que esté prohibido por la ley de Su jurisdicción, cualesquiera y todos los desacuerdos, controversias, mediación, arbitraje o litigios relacionados con este Contrato se llevarán a cabo en el idioma inglés, incluyendo, sin que constituya limitación, cualquier correspondencia, descubrimiento, presentaciones, consignaciones, solicitudes, peticiones orales, alegatos, alegatos verbales y órdenes o sentencias. (g) Incoherencia. Si hubiera alguna incoherencia entre este Contrato y algún contrato de licencia o de usuario final (distinto de este Contrato), previsto en los materiales de empaque o adjuntos a cualquier porción de Su Solución BlackBerry, las disposiciones de este Contrato se aplicarán en la medida de la incoherencia. Si hubiera alguna incoherencia entre este Contrato y cualquier contrato de licencia o de usuario final provisto en relación con cualesquiera actualizaciones o mejoras del Software, las disposiciones de dichos otros contratos de licencia o de usuario final se aplicarán en la medida de la incoherencia. En caso de alguna incoherencia entre algún documento provisto en los empaques de alguna porción de su Solución BlackBerry y la Documentación para el Producto RIM o rubro de Software correspondiente, las disposiciones de la Documentación se aplicarán en la medida de tal incoherencia. (h) Acuerdo Total. Este Contrato (que a los fines de cualesquiera Addenda al mismo, en relación con el objeto de tales Addenda, incluirá los términos de la Addenda), constituye el acuerdo total entre las Partes con arreglo respecto al objeto del mismo y no existen disposiciones, entendimientos, comunicaciones, aseveraciones, garantías, compromisos, acuerdos colaterales o acuerdos entre las Partes en relación con el Software excepto según se estipulan en este Contrato. No obstante lo que antecede, es posible que otros acuerdos entre las Partes rijan el uso de otras porciones de Su Solución BlackBerry. Este Contrato reemplaza cualesquiera disposiciones, entendimientos, comunicaciones, aseveraciones, garantías, compromisos, acuerdos colaterales y acuerdos previos o contemporáneos entre las Partes, ya sean verbales o escritos, con respecto al objeto del mismo, y Usted reconoce que Usted no se vean afectados sustancialmenteha basado en ninguno de ellos al convenir en celebrar este Contrato. Se Este Contrato puede ser modificado en cualquier momento mediante acuerdo mutuo entre las Partes. Excepto en la medida en la ley aplicable expresamente lo prohíba a RIM, RIM se reserva además el derecho a hacerle cambios a este Contrato sobre una base prospectiva, bien sea para reflejar cambios existentes o exigidos por la ley (incluyendo sin que constituya limitación, cambios para asegurar la exigibilidad de este Contrato) o cambios en las prácticas comerciales, dándole a Usted notificación con antelación razonable respecto a dicho cambio, bien sea por vía electrónica (según lo previsto en la disposición que antecede relativa a Notificaciones) o exhibiendo una notificación del cambio en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xxx/xxxxx/. y Usted debería revisar esa página regularmente para informarse de los cambios. Si Usted continúa usando el Software y/o el Servicio más de sesenta (60) días después de haberse dado la notificación del cambio, entonces se considerará que Usted ha aceptado dicho cambio. Si Usted tiene alguna preocupación acerca del(los) cambio(s), favor contactar a xxxxxxxxx@xxx.xxx dentro de los derechos sesenta (60) días siguientes a que se haya dado la notificación del cambio para indagar respecto a Sus opciones. (i) Cumplimiento con las Leyes. Usted, a Sus propias expensas, obtendrá y obligaciones mantendrá todas las licencias, registros y aprobaciones exigidos por las autoridades gubernamentales o la ley aplicable en Su jurisdicción para el otorgamiento y cumplimiento de este Contrato y cualesquiera contratos de licencia relacionados. En particular, y para evitar dudas, Usted cumplirá con todas las leyes y regulaciones aplicables y obtendrá cualquier licencia, registro y aprobación necesarios de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso autoridades gubernamentales competentes para la importación y uso de cualquier Software que los intereses contenga cifrado comercial u otra función de cualquiera seguridad exigida por la ley aplicable. Usted proporcionará a RIM las garantías y documentos que RIM pueda solicitar de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulaciónmanera periódica para verificar Su cumplimiento con esta obligación.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y(a) Terceros Beneficiarios.Las afiliadas de RIM y los directores, por tanto, se interpretará funcionarios y empleados de conformidad con RIM y sus afiliadas son terceros beneficiarios propuestos a los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación fines de las reglas que siguen: asecciones de este Contrato tituladas, "Información de Seguridad Relacionada con el uso de Tecnologías" (sección 8(b)), "Indemnización/Responsabilidad" (sección 19), "Limitación de Responsabilidad" (sección 23) Contrato único: y "Exención" (sección 22).Los proveedores de Contenido para los Servicios de RIM son terceros beneficiarios de las protecciones y restricciones sobre el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha uso de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados Contenido establecido en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán "Normas de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Uso de la fecha del presente Contrato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES Solución BlackBerry" (sección 3) y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo "Derechos Intelectuales" (sección 11).Excepto que se disponga expresamente lo contrario en esta sección, las disposiciones en el presente son para beneficio de las Partes y no para el de cualquiera otra cosapersona o entidad. d(b) Divisibilidad: Exenciones en caso de Xxxxxxxxxxxxxx.Xx se entenderá que alguna ninguna de las estipulaciones Partes haya renunciado o perdido cualquier derecho en virtud de este Contrato, ya sea en base a incumplimiento, retraso o cualquier otro principio legal o equitativo, a menos que la renuncia correspondiente sea por escrito y tenga la firma de un firmante autorizado de la Parte frente a la cual se pretende hacer valer la xxxxxxxx.Xx renuncia a alguna disposición, o el incumplimiento de alguna disposición, de este Contrato en un caso no constituirá renuncia respecto de cualquier otra instancia. (c) Subsistencia.Los términos, las condiciones y garantías incluidas en este Contrato que por su sentido y contexto tengan por finalidad subsistir al cumplimiento del presente subsistirán al cumplimiento, la cancelación o rescisión de este Contrato, inclusive las secciones sobre indemnización. (d) Legislación Aplicable y Resolución de Disputas.Este Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York, con exclusión de cualquier cuerpo legal que rija sobre conflictos xx xxxxx.Las Partes acuerdan que el Convenio de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías queda expresamente excluido en su totalidad y no se aplicará a este Contrato.Toda discrepancia o conflicto derivado o relacionado con este Contrato, o su incumplimiento, que las Partes no puedan resolver con posterioridad a una negociación de buena fe, se presentará en primer término ante la gerencia superior de las Partes.Las Partes, a través de sus representantes de la gerencia superior, que en el caso de que Usted sea una persona, es Usted, se reunirán dentro de treinta (30) días de haberse referido el conflicto a ellas y en el caso de que las Partes no puedan resolver esa discrepancia o conflicto dentro de treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que se prohíba expresamente mediante ley aplicable en Su jurisdicción, esa discrepancia o conflicto se resolverá mediante arbitraje definitivo y vinculante a realizarse en Ontario, Canadá de conformidad con las Normas Comerciales de la Asociación Americana de Arbitraje (“Normas”), y se someterá a un árbitro designado de conformidad con esas Normas y de mutuo acuerdo entre las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, un tercero neutral designará al árbitro. En caso de que las disposiciones anteriores estén prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje:(i) se realizará en Su jurisdicción; (ii) se resolverá mediante arbitraje de acuerdo con las Normas de Arbitraje de la Cámara Internacional de Comercio ("Normas ICC"); y (iii) se tratará mediante un árbitro designado de acuerdo con las Normas ICC y acordado mutuamente por las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, una parte neutral designará al árbitro. Cada Parte correrá con la mitad de los gastos relacionados con el procedimiento de xxxxxxxxx.Xx podrán acumularse ni combinarse los conflictos entre las Partes o los que impliquen a cualquier otra persona distinta de usted sin el previo consentimiento por escrito de XXX.Xx decisión xxx xxxxx otorgado por el árbitro podrá registrarse en cualquier Tribunal que tenga jurisdicción sobre el xxxxx.Xx obstante lo anterior, RIM tiene derecho a entablar procesos legales o de equidad, incluyendo procesos tendientes a obtener medidas cautelares, en un tribunal, por reclamaciones o disputas relacionadas con:(i) montos debidos por Usted a RIM en relación con Su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, en el caso de corresponder; y (ii) Su violación o pretendida violación de las secciones de este Contrato tituladas "Normas de Uso de Su Solución BlackBerry" (sección 3), "Software y Documentación de Licencia" (sección 2), "Propiedad Intelectual" (sección 11), "Restricciones de exportación, importación y uso y Licencias del mismoGobierno de los Estados Unidos" (sección 12), sea declarada nula"Seguridad" (sección 13), "Confidencialidad e Ingeniería Inversa" (sección 15), y "Efecto de Rescisión" (sección 18).Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción por motivos de jurisdicción, foro inconveniente o motivos similares, y de manera irrevocable presta su consentimiento para notificar por correo o por cualquier otro medio permitido por la ley aplicable y de manera irrevocable presta su consentimiento y reconoce la jurisdicción de los tribunales ubicados en el Condado de Nueva York, Nueva York para todas las reclamaciones derivadas o relacionadas con este Contrato.Las Partes expresamente acuerdan que en caso de litigio en virtud este Contrato, y que ese litigio se deba resolver ante un tribunal de justicia, no será resuelto mediante un juicio con jurado.Las partes por medio del presente renuncian a todos los derechos a un juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad.En la medida en que cualquier sección, cláusula, disposición u oración del presente ("Parte") de este Contrato se considere ilegal, inválida o inaplicableinaplicable por una autoridad competente en cualquier jurisdicción, el resto del Contrato permanecerá vigente esa decisión respecto de esa Parte no afectará:(i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato; ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en ninguna otra jurisdicción y, esa Parte se limitará si fuera posible y vinculante para las Partessólo se dividirá posteriormente, si fuera necesario, en la medida en que los derechos sea necesario para hacer que este Contrato sea válido y obligaciones de las Partes con arreglo al exigible. (f) Xxxxxx.Xx este Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que traduce a un idioma distinto xxx xxxxxx, la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido versión inglesa prevalecerá en la estipulaciónmedida que exista un conflicto o discrepancia de significado entre la versión inglesa y cualquier traducción de la misma.A menos que, y sólo en la medida que esté prohibido por la ley en Su jurisdicción, cualquiera y toda discrepancia, desacuerdo, mediación, arbitraje o litigio relacionado con este Contrato se realizarán en idioma inglés, inclusive, toda correspondencia, intercambio de prueba documental, presentación, interposición, escrito, presentación verbal, argumento, argumento oral y órdenes o sentencias.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: (a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y los directores, funcionarios y empleados de RIM y sus afiliadas son terceros beneficiarios propuestos a los fines de las secciones de este Contrato tituladas, "Información de Seguridad Relacionada con el uso de Tecnologías" (sección 8(b)), "Indemnización/Responsabilidad" (sección 19), "Limitación de Responsabilidad" (sección 23) y "Exención" (sección 22). Los proveedores de Contenido para los Servicios de RIM son terceros beneficiarios de las protecciones y restricciones sobre el uso de su Contenido establecido en "Normas de Uso de la Solución BlackBerry" (sección 3) y "Derechos Intelectuales" (sección 11). Excepto que se disponga expresamente lo contrario en esta sección, las disposiciones en el presente son para beneficio de las Partes y no para el de cualquiera otra persona o entidad. (b) Exenciones en caso de Incumplimiento. No se entenderá que ninguna de las Partes haya renunciado o perdido cualquier derecho en virtud de este Contrato, ya sea en base a incumplimiento, retraso o cualquier otro principio legal o equitativo, a menos que la renuncia correspondiente sea por escrito y tenga la firma de un firmante autorizado de la Parte frente a la cual se pretende hacer valer la renuncia. La renuncia a alguna disposición, o el incumplimiento de alguna disposición, de este Contrato en un caso no constituirá renuncia respecto de cualquier otra instancia. (c) Subsistencia. Los términos, las condiciones y garantías incluidas en este Contrato que por su sentido y contexto tengan por finalidad subsistir al cumplimiento del presente subsistirán al cumplimiento, la cancelación o rescisión de este Contrato, inclusive las secciones sobre indemnización. (d) Legislación Aplicable y Resolución de Disputas. Este Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York, con exclusión de cualquier cuerpo legal que rija sobre conflictos xx xxxxx. Las Partes acuerdan que el Convenio de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías queda expresamente excluido en su totalidad y no se aplicará a este Contrato. Toda discrepancia o conflicto derivado o relacionado con este Contrato, o su incumplimiento, que las Partes no puedan resolver con posterioridad a una negociación de buena fe, se presentará en primer término ante la gerencia superior de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de la gerencia superior, que en el caso de que Usted sea una persona, es Usted, se reunirán dentro de treinta (30) días de haberse referido el conflicto a ellas y en el caso de que las Partes no puedan resolver esa discrepancia o conflicto dentro de treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que se prohíba expresamente mediante ley aplicable en Su jurisdicción, esa discrepancia o conflicto se resolverá mediante arbitraje definitivo y vinculante a realizarse en Ontario, Canadá de conformidad con las Normas Comerciales de la Asociación Americana de Arbitraje (“Normas”), y se someterá a un árbitro designado de conformidad con esas Normas y de mutuo acuerdo entre las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, un tercero neutral designará al árbitro. En caso de que las disposiciones anteriores estén prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje: (i) se realizará en Su jurisdicción; (ii) se resolverá mediante arbitraje de acuerdo con las Normas de la Cámara de Comercio de El Xxxxxxxx (las "Normas xxx Xxxxxxxx"); y (iii) se tratará mediante un árbitro designado de acuerdo con las Normas de Arbitraje xxx Xxxxxxxx y acordado mutuamente por las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, una parte neutral designará al árbitro. Cada Parte correrá con la mitad de los gastos relacionados con el procedimiento de arbitraje. No podrán acumularse ni combinarse los conflictos entre las Partes o los que impliquen a cualquier otra persona distinta de usted sin el previo consentimiento por escrito de RIM. La decisión xxx xxxxx otorgado por el árbitro podrá registrarse en cualquier Tribunal que tenga jurisdicción sobre el mismo. No obstante lo anterior, RIM tiene carácter mercantil yderecho a entablar procesos legales o de equidad, incluyendo procesos tendientes a obtener medidas cautelares, en un tribunal, por tantoreclamaciones o disputas relacionadas con: (i) montos debidos por Usted a RIM en relación con Su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, en el caso de corresponder; y (ii) Su violación o pretendida violación de las secciones de este Contrato tituladas "Normas de Uso de Su Solución BlackBerry" (sección 3), "Software y Documentación de Licencia" (sección 2), "Propiedad Intelectual" (sección 11), "Restricciones de exportación, importación y uso y Licencias del Gobierno de los Estados Unidos" (sección 12), "Seguridad" (sección 13), "Confidencialidad e Ingeniería Inversa" (sección 15), y "Efecto de Rescisión" (sección 18) (conjuntamente, "Medida Cautelar"). Si RIM opta por obtener una Medida Cautelar ante un Tribunal en el Xxxxxxxx, las Partes acuerdan que las disposiciones sobre arbitraje indicadas en esta sección no se aplicarán y este Contrato se interpretará de conformidad con las leyes de El Xxxxxxxx, exclusivamente a los preceptos establecidos fines de obtener la Medida Cautelar y para ningún otro fin en absoluto. Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción por motivos de jurisdicción, foro inconveniente o motivos similares, y de manera irrevocable presta su consentimiento para notificar por correo o por cualquier otro medio permitido por la ley aplicable y de manera irrevocable presta su consentimiento y reconoce la jurisdicción de los tribunales ubicados en el Código Condado de Comercio Nueva York, Nueva York para todas las reclamaciones derivadas o relacionadas con este Contrato. Las Partes expresamente acuerdan que en caso de litigio en virtud este Contrato, y el Código Civilque ese litigio se deba resolver ante un tribunal de justicia, no será resuelto mediante un juicio con especial aplicación de las reglas que siguen: a) Contrato único: el jurado. Las partes por medio del presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto renuncian a todos los asuntos contemplados derechos a un juicio por jurado en el mismocualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. Dicho Contrato sustituye a En la medida en que cualquier acuerdo previosección, ya sea verbal o escritocláusula, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir de la fecha disposición u oración del presente Contrato. Ninguna ("Parte") de este Contrato se considere ilegal, inválida o inaplicable por una autoridad competente en cualquier jurisdicción, esa decisión respecto de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestaciónrestantes de este Contrato; ni (ii) la legalidad, garantía validez o compromiso exigibilidad de la otra esa Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contratoninguna otra jurisdicción y, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES esa Parte se limitará si fuera posible y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulacionessólo se dividirá posteriormente, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que alguna de las estipulaciones del presente Contrato, o cualquier otra parte del mismo, sea declarada nula, inválida o inaplicable, el resto del Contrato permanecerá vigente y vinculante para las Partessi fuera necesario, en la medida en que los derechos sea necesario para hacer que este Contrato sea válido y obligaciones de las Partes con arreglo al exigible. (f) Idioma. Si este Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que traduce a un idioma distinto xxx xxxxxx, la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido versión inglesa prevalecerá en la estipulaciónmedida que exista un conflicto o discrepancia de significado entre la versión inglesa y cualquier traducción de la misma. A menos que, y sólo en la medida que esté prohibido por la ley en Su jurisdicción, cualquiera y toda discrepancia, desacuerdo, mediación, arbitraje o litigio relacionado con este Contrato se realizarán en idioma inglés, inclusive, toda correspondencia, intercambio de prueba documental, presentación, interposición, escrito, presentación verbal, argumento, argumento oral y órdenes o sentencias.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil y(a) Terceros Beneficiarios. Las afiliadas de RIM y los directores, por tanto, se interpretará funcionarios y empleados de conformidad con RIM y sus afiliadas son terceros beneficiarios propuestos a los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civil, con especial aplicación fines de las reglas que siguen: asecciones de este Contrato tituladas, "Información de Seguridad Relacionada con el uso de Tecnologías" (sección 8(b)), "Indemnización/Responsabilidad" (sección 19), "Limitación de Responsabilidad" (sección 23) Contrato único: y "Exención" (sección 22). Los proveedores de Contenido para los Servicios de RIM son terceros beneficiarios de las protecciones y restricciones sobre el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha uso de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados Contenido establecido en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán "Normas de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir Uso de la fecha del presente ContratoSolución BlackBerry" (sección 3) y "Derechos Intelectuales" (sección 11). Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo Excepto que se disponga expresamente lo contrario en esta sección, las disposiciones en el presente son para beneficio de las Partes y no para el de cualquiera otra cosapersona o entidad. d(b) Divisibilidad: Exenciones en caso de Incumplimiento. No se entenderá que alguna ninguna de las estipulaciones Partes haya renunciado o perdido cualquier derecho en virtud de este Contrato, ya sea en base a incumplimiento, retraso o cualquier otro principio legal o equitativo, a menos que la renuncia correspondiente sea por escrito y tenga la firma de un firmante autorizado de la Parte frente a la cual se pretende hacer valer la renuncia. La renuncia a alguna disposición, o el incumplimiento de alguna disposición, de este Contrato en un caso no constituirá renuncia respecto de cualquier otra instancia. (c) Subsistencia. Los términos, las condiciones y garantías incluidas en este Contrato que por su sentido y contexto tengan por finalidad subsistir al cumplimiento del presente subsistirán al cumplimiento, la cancelación o rescisión de este Contrato, inclusive las secciones sobre indemnización. (d) Legislación Aplicable y Resolución de Disputas. Este Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes del Estado de Nueva York, con exclusión de cualquier cuerpo legal que rija sobre conflictos xx xxxxx. Las Partes acuerdan que el Convenio de las Naciones Unidas sobre Contratos para la Venta Internacional de Mercancías queda expresamente excluido en su totalidad y no se aplicará a este Contrato. Toda discrepancia o conflicto derivado o relacionado con este Contrato, o su incumplimiento, que las Partes no puedan resolver con posterioridad a una negociación de buena fe, se presentará en primer término ante la gerencia superior de las Partes. Las Partes, a través de sus representantes de la gerencia superior, que en el caso de que Usted sea una persona, es Usted, se reunirán dentro de treinta (30) días de haberse referido el conflicto a ellas y en el caso de que las Partes no puedan resolver esa discrepancia o conflicto dentro de treinta (30) días de la reunión, excepto en la medida que se prohíba expresamente mediante ley aplicable en Su jurisdicción, esa discrepancia o conflicto se resolverá mediante arbitraje definitivo y vinculante a realizarse en Ontario, Canadá de conformidad con las Normas Comerciales de la Asociación Americana de Arbitraje (“Normas”), y se someterá a un árbitro designado de conformidad con esas Normas y de mutuo acuerdo entre las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, un tercero neutral designará al árbitro. En caso de que las disposiciones anteriores estén prohibidas por ley en Su jurisdicción, el arbitraje: (i) se realizará en Su jurisdicción; (ii) se resolverá mediante arbitraje de acuerdo con las Normas del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara Costarricense Norteamericana de Comercio ("CICA Rules"); y (iii) se tratará mediante un árbitro designado de acuerdo con las Normas CICA y acordado mutuamente por las Partes dentro de treinta (30) días de la designación del árbitro, caso contrario, una parte neutral designará al árbitro. Cada Parte correrá con la mitad de los gastos relacionados con el procedimiento de arbitraje. No podrán acumularse ni combinarse los conflictos entre las Partes o los que impliquen a cualquier otra persona distinta de usted sin el previo consentimiento por escrito de RIM. La decisión xxx xxxxx otorgado por el árbitro podrá registrarse en cualquier Tribunal que tenga jurisdicción sobre el mismo. No obstante lo anterior, RIM tiene derecho a entablar procesos legales o de equidad, incluyendo procesos tendientes a obtener medidas cautelares, en un tribunal, por reclamaciones o disputas relacionadas con: (i) montos debidos por Usted a RIM en relación con Su adquisición de Su Solución BlackBerry o cualquier parte de aquella, en el caso de corresponder; y (ii) Su violación o pretendida violación de las secciones de este Contrato tituladas "Normas de Uso de Su Solución BlackBerry" (sección 3), "Software y Documentación de Licencia" (sección 2), "Propiedad Intelectual" (sección 11), "Restricciones de exportación, importación y uso y Licencias del mismoGobierno de los Estados Unidos" (sección 12), sea declarada nula"Seguridad" (sección 13), "Confidencialidad e Ingeniería Inversa" (sección 15), y "Efecto de Rescisión" (sección 18). Usted renuncia de manera irrevocable a cualquier objeción por motivos de jurisdicción, foro inconveniente o motivos similares, y de manera irrevocable presta su consentimiento para notificar por correo o por cualquier otro medio permitido por la ley aplicable y de manera irrevocable presta su consentimiento y reconoce la jurisdicción de los tribunales ubicados en el Condado de Nueva York, Nueva York para todas las reclamaciones derivadas o relacionadas con este Contrato. Las Partes expresamente acuerdan que en caso de litigio en virtud este Contrato, y que ese litigio se deba resolver ante un tribunal de justicia, no será resuelto mediante un juicio con jurado. Las partes por medio del presente renuncian a todos los derechos a un juicio por jurado en cualquier asunto relacionado o derivado de este Contrato. (e) Divisibilidad. En la medida en que cualquier sección, cláusula, disposición u oración del presente ("Parte") de este Contrato se considere ilegal, inválida o inaplicableinaplicable por una autoridad competente en cualquier jurisdicción, el resto del Contrato permanecerá vigente esa decisión respecto de esa Parte no afectará: (i) la legalidad, validez o exigibilidad de las Partes restantes de este Contrato; ni (ii) la legalidad, validez o exigibilidad de esa Parte en ninguna otra jurisdicción y, esa Parte se limitará si fuera posible y vinculante para las Partessólo se dividirá posteriormente, si fuera necesario, en la medida en que los derechos sea necesario para hacer que este Contrato sea válido y obligaciones de las Partes con arreglo al exigible. (f) Idioma. Si este Contrato no se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que traduce a un idioma distinto xxx xxxxxx, la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido versión inglesa prevalecerá en la estipulaciónmedida que exista un conflicto o discrepancia de significado entre la versión inglesa y cualquier traducción de la misma. A menos que, y sólo en la medida que esté prohibido por la ley en Su jurisdicción, cualquiera y toda discrepancia, desacuerdo, mediación, arbitraje o litigio relacionado con este Contrato se realizarán en idioma inglés, inclusive, toda correspondencia, intercambio de prueba documental, presentación, interposición, escrito, presentación verbal, argumento, argumento oral y órdenes o sentencias.

Appears in 1 contract

Samples: Licensing Agreement

General. 19.1 Carácter mercantil: el presente Contrato tiene carácter mercantil yLa Agencia de Viajes Organizadora y la Detallista vendedora del viaje combinado responde- rán frente al Consumidor y Usuario de forma solidaria, en función de las obligaciones que les correspondan por tantosu ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, se interpretará del correcto cumpli- miento de conformidad con los preceptos establecidos en el Código de Comercio y el Código Civillas obligaciones derivadas del contrato, con especial aplicación independencia de que éstas las reglas deban ejecutar ellos mismos u otros prestadores de servicios, y sin perjuicio del derecho de los Organizadores y Detallistas a actuar contra dichos prestadores de servicios. El Organiza- dor manifiesta que siguen: a) Contrato único: asume las funciones de organización y ejecución del viaje. Los Organizadores y los Detallistas de viajes combinados responderán de los daños sufridos por el presente Contrato representa el acuerdo definitivo entre las Partes en la fecha de su celebración con respecto a todos los asuntos contemplados en el mismo. Dicho Contrato sustituye a cualquier acuerdo previo, ya sea verbal o escrito, cualquiera que sea su forma, relativo a los asuntos que se contemplan en el mismo; dichos acuerdos previos dejarán de ser efectivos y vinculantes para las Partes a partir consumidor como consecuencia de la fecha falta de ejecución o ejecución deficiente del presente Contratocon- trato. Ninguna de las Partes podrá reclamar compensación alguna en relación con cualquier manifestación, garantía o compromiso de la otra Parte en relación con los asuntos contemplados en el presente Contrato, salvo en los casos establecidos en el mismo. El apartado de DEFINICIONES y los Anexos forman parte integrante del presente Contrato y tendrán la misma fuerza vinculante que el texto principal. b) Estipulaciones, apartados y encabezamientos: la división en Estipulaciones, apartados y subapartados y la utilización de títulos, subtítulos o encabezamientos en el presente Contrato tiene fines meramente informativos y de referencia y carecerá de relevancia interpretativa. c) Prevalencia: en caso de contradicción entre un anexo y el cuerpo principal del Contrato, prevalecerá este último salvo que se disponga expresamente otra cosa. d) Divisibilidad: en caso de que Dicha responsabilidad cesará cuando concurra alguna de las estipulaciones siguientes circunstancias: 1. Que los defectos observados en la ejecución del presente Contratocontrato sean imputables al consumidor. 2. Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestacio- nes previstas en el contrato y revistan un caracter imprevisible o insuperable. 3. Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, o cualquier otra parte del mismoentendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, sea declarada nulaanormales e imprevisibles cuyas conse- cuencias no habrían podido evitarse, inválida o inaplicablea pesar de haber actuado con la diligencia debida. 4. Que los defectos se deban a un acontecimiento que el Detallista o, en su caso, el resto del Contrato permanecerá vigente Orga- nizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar, y vinculante para las Partesconcurra causa suficiente. No obstante, en la medida en que los derechos y obligaciones supuestos de exclusión de responsabilidad por darse alguna de las Partes con arreglo cir- cunstancias previstas en los números 2, 3 y 4 el Organizador y el Detallista que sean partes en el Contrato de Viaje Combinado estarán obligados a prestar la necesaria asistencia al Contrato no consu- midor que se vean afectados sustancialmente. Se considerará que los derechos y obligaciones de las Partes se ven afectados sustancialmente encuentre en caso de que los intereses de cualquiera de las Partes se vieran perjudicados gravemente o de que la invalidez afectase al objeto mismo del Contrato, establecido en la estipulacióndificultades.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Viaje Combinado