Gestión y Administración del Servicio Cláusulas de Ejemplo

Gestión y Administración del Servicio. El suministrador se responsabilizará de la gestión del contrato, de la gestión del servicio, del seguimiento y reporte a los distintos comités, de las actividades relacionadas con el aseguramiento de la calidad y la mejora continua del servicio, gestión de la organización estructural y de trabajo de sus equipos y de generar la documentación necesaria. Se contemplan principalmente los siguientes tipos de funciones: • Priorización, coordinación, supervisión y seguimiento general de los servicios incluidos en el contrato. • Coordinación con unidades funcionales de Osakidetza • Coordinación y supervisión de integraciones y estándares. • Documentación, información y gestión del conocimiento. Se incluyen en esta línea de trabajo las actividades relativas a la gestión y seguimiento del propio servicio, cuyos indicadores e informes deben ser reportados al comité de seguimiento para su aprobación y control. Se deberán cumplimentar mínimamente los informes detallados en el apartado de “Control y seguimiento” del presente pliego de bases técnicas, valorándose tanto la incorporación de nuevos indicadores como informes adicionales que proponga el licitador y que contribuyan a la mejora en la gestión del servicio.
Gestión y Administración del Servicio. Para las tareas de gestión y coordinación del servicio deberán incluirse al menos los siguientes perfiles: • Director del Servicio: o Asistencia y participación en los Comités de Dirección que periódicamente se convoquen. o Proponer los cambios al Acuerdo de Nivel de Servicio. o Aprobar por parte del proveedor los cambios en el ámbito y alcance del Servicio que, por su impacto o importancia estratégica se estimen necesarios. o Aprobar por parte del proveedor posibles modificaciones a implementar en el contrato. • Jefe de Proyecto: El Jefe del Proyecto designado por el adjudicatario, será el Responsable operativo del Servicio ante Osakidetza. Este Responsable se encontrará en permanente contacto con el personal de Osakidetza, realizando las siguientes funciones: o Coordinar el apoyo técnico y la formación necesaria que el adjudicatario suministrará al equipo humano que realice los trabajos objeto del contrato, en todas aquellas materias que sean necesarias para el perfecto desempeño de dichos trabajos. o Gestionar la planificación de la puesta en producción de nuevas funcionalidades o módulos. o Supervisar y controlar el trabajo realizado por los miembros del equipo y las actividades realizadas e informar a Osakidetza de las posibles incidencias y seguimiento o desviaciones de plazos. o Asumir la responsabilidad final del correcto funcionamiento del sistema. o Ejercer el mando y el poder organizativo sobre el equipo humano del adjudicatario destinado a atender los servicios objeto del contrato, que estará siempre bajo la disciplina laboral y el poder de dirección del adjudicatario. o Asistencia y participación los Comités de Control del Servicio que periódicamente se convoquen. o Elaboración de las actas de reunión: será responsabilidad del Adjudicatario la elaboración de las actas de los comités y de todas las reuniones de trabajo mantenidas, recogiendo los acuerdos etc. adoptados en tales reuniones y/o comités. En un plazo no superior a 3 días laborables, el acta será remitida para su aprobación a Osakidetza. o Entrega de los informes periódicos de la Gestión de Soporte y Mantenimiento definidos como entregables en el capítulo de “CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL SERVICIO”. o Asegurar la mejor calidad del servicio de puesta en producción, realizando dichos procesos de acuerdo a los plazos y procedimientos acordados de forma que no impacte negativamente en los sistemas productivos.
Gestión y Administración del Servicio. El suministrador se responsabilizará de la gestión del contrato, de la gestión del servicio, del seguimiento y reporte a los distintos comités, de las actividades relacionadas con el aseguramiento de la calidad y la mejora continua del servicio, gestión de la organización estructural y de trabajo de sus equipos y de generar la documentación necesaria. Se contemplan principalmente los siguientes tipos de funciones: • Priorización, coordinación, supervisión y seguimiento general de los servicios incluidos en el contrato. • Coordinación con unidades funcionales de Osakidetza • Coordinación y supervisión de integraciones y estándares. • Documentación, información y gestión del conocimiento. Se incluyen en esta línea de trabajo las actividades relativas a la gestión y seguimiento del propio servicio, cuyos indicadores e informes deben ser reportados al comité de seguimiento para su aprobación y control. Se deberán cumplimentar mínimamente los informes detallados en el apartado de “Control y seguimiento” del presente pliego de bases técnicas, valorándose tanto la incorporación de nuevos indicadores como informes adicionales que proponga el licitador y que contribuyan a la mejora en la gestión del servicio. Complementariamente, las herramientas de gestión a utilizar en este contrato son las siguientes: • La herramienta utilizada por el 1º nivel de CAU de Osakidetza, para registro y gestión de las consultas e incidencias técnicas y funcionales de los aplicativos, es el producto HP-Service Manager. • La herramienta utilizada en Osakidetza para la Gestión de la Demanda y el flujo de Mantenimiento, es el producto HP-PPM (Project and Portfolio Management). En caso de requerirse la integración de las herramientas actuales y futuras de Osakidetza, con la herramienta propia del proveedor, los costes derivados de esta integración correrán a cargo del adjudicatario.

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  • ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS EL CENACE" designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. XXXXXX XXXXXXXX XXXXX XXXX , en su carácter de SUBGERENTE de Tecnologías de Información y Comunicaciones de la Subgerencia de Administración de la Gerencia de Control Regional Central, con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la prestación de los servicios o de su personal. Asimismo, "EL CENACE" sólo aceptará la prestación de los servicios materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. Los servicios serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; que consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta. En tal virtud, "EL PROVEEDOR" manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, la prestación de los servicios, no se tendrán por aceptados por parte de "EL CENACE". Contrato: 2021 -A-A-NAC-A-C-18-TQM-00002650 "EL CENACE", a través del administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los servicios si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose "EL PROVEEDOR" en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para "EL CENACE".

  • DE LA ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO 10.1 LA CONTRATANTE designa al (nombre del designado), en calidad de administrador del contrato, quien deberá atenerse a las condiciones generales y particulares de los pliegos que forman parte del presente contrato. 10.2 LA CONTRATANTE podrá cambiar de administrador del contrato, para lo cual bastará cursar al CONTRATISTA la respectiva comunicación; sin que sea necesario la modificación del texto contractual.

  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.

  • PRESTACIÓN DEL SERVICIO Además de lo indicado en las condiciones generales de la póliza a la cual accede el presente anexo, referente a indemnizaciones se tendrá en cuenta lo siguiente: 1. Obligaciones del asegurado y/o beneficiario En caso de un evento que genere el derecho a la prestación de un servicio descrito en el presente anexo el asegurado y/o beneficiario deberá solicitar siempre la asistencia por teléfono, a cualquiera de los números indicados en el carné de asistencia, debiendo indicar el nombre del asegurado o beneficiario, destinatario de la prestación, el número de la cédula de ciudadanía, o cédula de extranjería, placa del vehículo, el número de la póliza del seguro, el lugar dónde se encuentra, el número de teléfono y tipo de asistencia que precisa. Las llamadas telefónicas serán con cobro revertido, y en los lugares en que no fuera posible hacerlo así, el asegurado o beneficiario podrá recuperar a su regreso el importe de las llamadas, contra presentación de los recibos a la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA. 2. Incumplimiento La COMPAÑÍA DE ASISTENCIA queda relevada de responsabilidad cuando por causa de fuerza mayor o por decisión autónoma del asegurado o de sus responsables o beneficiarios, no pueda efectuar cualquiera de las prestaciones específicamente previstas en este anexo. Mediante el presente anexo, se ofrece el servicio adicional de Asistencia de Pequeños Accesorios, el cual será prestado por la COMPAÑÍA DE ASISTENCIA, y se regirá por las cláusulas y condiciones del presente anexo.

  • ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO La entidad contratante designará de manera expresa un administrador del contrato, quien velará por el cabal y oportuno cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato. Adoptará las acciones que sean necesarias para evitar retrasos injustificados e impondrá las multas y sanciones a que hubiere lugar.

  • SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Concurso Público N° 007-2019-SBS 60

  • PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN, JURISDICCIÓN Y RECURSOS Prerrogativas de la Administración.

  • ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL XX XXXXXX

  • Prerrogativas de la Administración El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 210 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ostenta las siguientes prerrogativas: a) Interpretación del contrato.

  • DEL SERVICIO En virtud al presente contrato la COOPERATIVA emite a favor del TARJETAHABIENTE una Tarjeta de Crédito a través de la cual este último, previa suscripción de vouchers o notas de cargo y bajo cualquiera de los sistemas de crédito rotativo o diferido que ofreciere la COOPERATIVA, podrá efectuar o realizar adquisiciones de bienes y servicios en los establecimientos afiliados al Sistema de Tarjetas de Crédito ofertado por la COOPERATIVA, pudiendo efectuar avances en efectivo en cajeros automáticos afiliados; para el efecto la COOPERATIVA entregará al TARJETAHABIENTE un número secreto o clave individual para cada tarjeta, clave que es de uso personal e intransferible, siendo exclusiva responsabilidad del TARJETAHABIENTE su confidencialidad; y, que le ha de permitir además realizar avances en efectivo y/o compras de bienes y servicios a través de sistemas o medios especiales establecidos por la COOPERATIVA o que esta llegase a establecer en el futuro, incluyendo expresamente cualquier otro medio que no requiera de constancia mediante la firma del TARJETAHABIENTE, quien de manera expresa confiere su aceptación respecto de la utilización de la tarjeta en este sentido, asumiendo la responsabilidad que pueda derivarse del empleo o uso de la misma. Forman parte de este Contrato, los siguientes anexos: Anexo 1: Tarifario Tarjetas de Crédito; Anexo 2: Programa de Lealtad; Anexo 3: Comprobante de Entrega de Tarjetas de Crédito; y, los demás que suscriban las partes. El TARJETAHABIENTE acepta que adicionalmente a los servicios, especificaciones o condiciones establecidas en el/los respectivo/s ANEXO/s, puede contratar otro/s, mediante la suscripción de un nuevo ANEXO, en las condiciones que fueron oportunamente comunicadas por la COOPERATIVA y que además pueden ser consultadas por medio de la página web xxx.xxxxxxx.xxx.xx y/o al call center 000-0000; y, que el TARJETAHABIENTE declara conocer. La COOPERATIVA solamente estará obligada a la prestación del servicio cuando el TARJETAHABIENTE haya cumplido todas y cada una de las obligaciones previstas en este contrato. La COOPERATIVA no estará obligada a la prestación del servicio si el TARJETAHABIENTE incumple con las obligaciones contractuales que se desprenden de este instrumento.