INTERVENTORÍA DEL PROYECTO Cláusulas de Ejemplo

INTERVENTORÍA DEL PROYECTO. Sin perjuicio del control y supervisión interno que deberá establecer EL CONTRATISTA del contrato para supervisar sus actividades, el seguimiento del contrato, estará a cargo de la firma interventora seleccionada y contratada por COLOMBIA PRODUCTIVA para estos efectos, quien realizará el seguimiento técnico, administrativo, legal y financiero del proyecto, verificando las actividades relacionadas, para lo cual podrá realizar visitas, presentar observaciones, pruebas y exigir al CONTRATISTA los documentos e información para el desarrollo de su gestión. Sin perjuicio de las demás obligaciones a su cargo, la Interventoría hará el seguimiento a la ejecución del proyecto y de los recursos de contrapartida, evaluará el desarrollo del proyecto y emitirá su concepto en relación con el grado de cumplimiento del mismo, de forma tal que acredite a COLOMBIA PRODUCTIVA si el CONTRATISTA ha dado cumplimiento a los términos, plazos y condiciones descritos en el presente contrato. La interventoría hará el seguimiento del aporte de la contrapartida, del cumplimiento de los objetivos y actividades del proyecto, así como del manejo de los recursos de cofinanciación y de contrapartida. Adicionalmente, la interventoría apoyará con el seguimiento requerido para que EL CONTRATISTA remita todos los documentos necesarios para la legalización de los contratos de cofinanciación. Para que la interventoría pueda realizar sus labores, EL CONTRATISTA llevará registros de las actividades realizadas y mantendrá la documentación pertinente para acreditar el cumplimiento de la propuesta, los soportes de la ejecución de los recursos de cofinanciación y contrapartida acorde con la normatividad vigente, así como el cumplimiento de las normas legales y tributarias que apliquen. La Interventoría establecerá procesos de acompañamiento y orientación al CONTRATISTA, como apoyo a la adecuada entrega de información y soportes de cumplimiento de actividades y logro de los resultados. Así mismo, la interventoría podrá presentar a COLOMBIA PRODUCTIVA las sugerencias que considere, en relación con el desarrollo del proyecto y COLOMBIA PRODUCTIVA podrá transmitírselas al CONTRATISTA para su implementación. En caso de ser necesario, la Interventoría deberá alertar de manera oportuna a COLOMBIA PRODUCTIVA sobre las circunstancias que pongan en peligro la ejecución del contrato, y deberá indicar las acciones a seguir para el cumplimiento de las prestaciones a cargo de las partes. PARÁGRAFO: COLOMBIA PRODUCTI...
INTERVENTORÍA DEL PROYECTO. El Interventor será propuesto por el (los)FIDEICOMITENTE(S) DESARROLLADOR(ES), mediante la puesta en consideración a la Fiduciaria de una terna de candidatos que presente propuesta económica, hoja de vida y certificación de la inexistencia de inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de intereses a la Fiduciaria. Ésta llevará a cabo el procedimiento que se indica a continuación para la escogencia y contratación del Interventor, quien será contratado por el Fideicomiso. A. Procedimiento para la escogencia y selección del interventor: El interventor deberá ser Ingeniero Civil, Arquitecto o Arquitecto Constructor, Técnico en Costos y Presupuestos o personas de otras disciplinas Especialistas en Evaluación de Proyectos o en Costos y Presupuestos, con experiencia en la Interventoría de, al menos, tres (3) proyectos exitosos de similares características al que se desarrollará por medio del presente Fideicomiso. El interventor, el (los)FIDEICOMITENTE(S) DESARROLLADOR(ES) y la Fiduciaria deberán certificar a los Partícipes que no existen inhabilidades, incompatibilidades o conflictos de intereses, en el desarrollo de esta actividad por quien se pretende contratar. La Fiduciaria evaluará, seleccionará y contratará, como vocera y administradora del Fideicomiso, al Interventor que en su concepto ofrezca los servicios con mayor costo- beneficio para el Proyecto. El interventor seleccionado deberá ser idóneo, imparcial e, independiente en el desarrollo de su actividad.
INTERVENTORÍA DEL PROYECTO. El Interventor será seleccionado y contratado por el Fideicomitente y aprobado por la Fiduciaria. Son funciones del interventor, entre otras, las siguientes: 1. Revisar el presupuesto general, y los presupuestos parciales de las distintas obras de la edificación y las especificaciones detalladas de los mismos. 2. Autorizar por escrito los pagos ordenados, de conformidad con la prelación de pagos y el procedimiento establecido en el contrato xx xxxxxxx. 3. Revisar durante toda la construcción, los comprobantes y soportes de los pagos que autoriza. 4. Informar por escrito a la Fiduciaria cualquier irregularidad que descubra en la construcción. 5. Visitar la obra con la frecuencia que ésta lo requiera, para mantener un contacto permanente con la eje- cución del Proyecto de Construcción. 6. Informar mensualmente por escrito a la Fiduciaria sobre el avance de la obra y los gastos efectuados en tal período. 7. Impulsar la constitución del comité de compras y presupuesto y del comité de obra. 8. Asistir al comité de compras y presupuesto y al comité de obra que adelante el Fideicomitente. 9. Las demás funciones técnicas y administrativas que surjan de la ejecución de su labor como Interventor. Los honorarios del Interventor serán los que se establezcan en común acuerdo entre éste y el Fideicomitente.
INTERVENTORÍA DEL PROYECTO. Sin perjuicio del control y supervisión interno que deberá establecer EL CONTRATISTA para supervisar sus actividades, EL FONDO realizará la Interventoría técnica, administrativa, jurídica y financiera del proyecto, a través de la firma interventora contratada para estos efectos. LA INTERVENTORÍA hará el seguimiento del aporte de la contrapartida, del cumplimiento de los objetivos y actividades del proyecto, así como del manejo de los recursos de cofinanciación y de contrapartida. Para ello, EL CONTRATISTA llevará registros de las actividades realizadas y mantendrá la documentación pertinente para acreditar el cumplimiento de la propuesta, los soportes de la ejecución de los recursos de cofinanciación y contrapartida acorde con la normatividad vigente, así como el cumplimiento de las normas legales y tributarias que apliquen. LA INTERVENTORÍA establecerá procesos de acompañamiento y orientación a EL CONTRATISTA, como apoyo a la adecuada entrega de información y soportes de cumplimiento de actividades y logro de los resultados, para lo cual podrá realizar visitas, observaciones, pruebas y exigir al CONTRATISTA los documentos e información que estime convenientes para el desarrollo de su gestión. Sin perjuicio de las demás obligaciones a su cargo, la Interventoría evaluará el desarrollo del proyecto y emitirá su concepto en relación con el grado de cumplimiento del mismo, de forma tal que acredite al FONDO si EL CONTRATISTA ha dado estricto cumplimiento a los términos y plazos del contrato y de la propuesta.

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  • Solvencia técnica La acreditación de solvencia técnica o profesional se realizará aportando la siguiente documentación:

  • SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 90 LCSP)

  • Solvencia económica, financiera y técnica o profesional SOLVENCIA ECONÓMICA Y FINANCIERA (artículo 87 LCSP) a) Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato Referido a los tres últimos ejercicios Criterio de selección: Volumen de negocios mínimo anual: que, al menos a nivel nacional, en cada uno de los últimos 3 años, equivalga o supere UNA VEZ Y MEDIA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, apartado D) Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro Mercantil, si el empresario/a estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debe estar inscrito. Los empresarios/as individuales no inscritos en el registro mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro mercantil. b) Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe del valor estimado del contrato. a) Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años últimos años Relación de los principales servicios de las mismas características que los servicios ofertados, realizados durante los últimos tres años, que incluya importe, fechas, nombre y ubicación, destinatario público o privado de los mismos, descripción del negocio, servicios y productos, número de empleados y cualquier otra información que considere de utilidad. Al menos, deberá acreditar 3 contratos de similares características durante los últimos tres años. Se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder de este que acrediten la realización de la prestación. b) Medios personales y materiales descritos. La disposición efectiva de tales medios deberá acreditarse documentalmente por la persona o empresa licitadora que resulte propuesta como adjudicataria, y su incumplimiento podrá ser causa de resolución del contrato (art. 211 LCSP). Mínimo exigible: Profesionales con formación académica superior. Además, se requerirá como mínimo un equipo compuesto por: ▪ 1 miembro profesional senior en gestión de RRHH ▪ 1 miembro con certificado coach en formación de equipos. ▪ 1 miembro con certificado coach por la Internacional Coaching Federation (ICF). Dichos profesionales tendrán al menos 15 años xx xxxxxxx profesional en empresa (no sólo en el ámbito de la consultoría). Experiencia en Dirección y realización de proyectos. Los licitadores deberán introducir la documentación donde quede plasmado que cumplen estos requisitos relativos a su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, así como el compromiso de adscripción a medios, en el sobre 2.

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