LABORES Y MATERIALES Cláusulas de Ejemplo

LABORES Y MATERIALES. PREVISORA autoriza al asegurado a efectuar las alteraciones y/o reparaciones dentro del riesgo que juzgue necesarias para el buen funcionamiento de los bienes asegurados, siempre y cuando sean avisadas por escrito a PREVISORA dentro del plazo estipulado en la carátula de la póliza y/o condiciones particulares, contado a partir de la iniciación de las mismas. El incumplimiento de esta obligación dará lugar a que cese la extensión de esta cobertura.
LABORES Y MATERIALES. Esta póliza autoriza al Asegurado para efectuar las alteraciones y/o reparaciones dentro del predio que juzgue necesarias para el funcionamiento de la industria o negocio. En este caso, el asegurado estará obligado a dar aviso a la Compañía dentro de los noventa (90) días comunes contados a partir de la iniciación de estas modificaciones, so pena de perder la cobertura si no da aviso en el plazo estipulado.
LABORES Y MATERIALES. POR MEDIO DEL PRESENTE ANEXO, LA COMPAÑÍA AUTORIZA AL ASEGURADO PARA EFECTUAR LAS ALTERACIONES Y/O REPARACIONES DENTRO DEL PREDIO, QUE JUZGUE NECESARIAS PARA EL NORMAL FUNCIONAMIENTO DE LA INDUSTRIA O NEGOCIO, SIN EXCEDER EL 10% DEL VALOR ASEGURADO DEL EDIFICIO. EN ESTE CASO EL ASEGURADO ESTARÁ OBLIGADO A DAR AVISO POR ESCRITO A LA COMPAÑÍA ENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS COMUNES CONTADOS A PARTIR DE LA INICIACIÓN DE LAS MODIFICACIONES. SI VENCIDO ESTE PLAZO NO HA DADO AVISO CESARÁ LA COBERTURA OTORGADA.
LABORES Y MATERIALES. No obstante lo estipulado en la condición anterior, se autoriza al asegurado para efectuar las alteraciones y/o reparaciones dentro del riesgo, que juzgue necesarias para el funcionamiento de la industria o negocio asegurado. En este caso el asegurado estará obligado a avisar por escrito a QBE Seguros S.A. dentro de los sesenta (60) días calendario contados a partir de la iniciación de estas modificaciones. El amparo otorgado por esta cláusula cesará a partir de los sesenta (60) días calendario estipulados si no se ha dado el aviso correspondiente a QBE Seguros S.A. La expiración xxx xxxxxx se producirá, así mismo, simultáneamente con la del contrato, en caso de que esto último ocurra primero.
LABORES Y MATERIALES. La COMPAÑIA autoriza al Asegurado para efectuar las alteraciones y/o reparaciones dentro del riesgo, que juzgue necesarias para el funcionamiento de la industria o negocio siempre que aquellas no configuren agravación del riesgo originalmente aceptado. En este caso, el Asegurado estará obligado a avisar por escrito a La COMPAÑIA dentro de los noventa (90) días comunes contados a partir de la iniciación de estas modificaciones. El amparo otorgado por esta cláusula cesará a partir de los noventa días estipulados si no se ha dado aviso correspondiente.
LABORES Y MATERIALES. POR MEDIO DE LA PRESENTE CLÁUSULA, LA COMPAÑÍA AUTORIZA AL ASEGURADO PARA EFECTUAR LAS ALTERACIONES Y/O REPARACIONES DENTRO DEL PREDIO, QUE JUZGUE NECESARIAS PARA EL NORMAL FUNCIONAMIENTO DE LA INDUSTRIA O NEGOCIO, SIN EXCEDER EL 10% DEL VALOR ASEGURADO DEL EDIFICIO. EN ESTE CASO EL ASEGURADO ESTARÁ OBLIGADO A DAR AVISO POR ESCRITO A LA COMPAÑÍA DENTRO DE LOS TREINTA (30) DÍAS COMUNES CONTADOS A PARTIR DE LA INICIACIÓN DE LAS MODIFICACIONES. SI VENCIDO ESTE PLAZO NO HA DADO AVISO CESARÁ LA COBERTURA OTORGADA. 2.2. APLICABLE A LA SECCIÓN I. TODO RIESGO INCENDIO, A LA SECCIÓN II. TERREMOTO, MAREMOTO O TSUNAMI, TEMBLOR O ERUPCIÓN VOLCÁNICA, A LA SECCIÓN III. ACTOS MAL INTENCIONADOS DE TERCEROS (XXXX), A LA SECCIÓN IV. SUSTRACCIÓN CON VIOLENCIA, A LA
LABORES Y MATERIALES. El asegurado podrá efectuar las alteraciones y/o reparaciones dentro del riesgo, que juzgue necesarias para el funcionamiento de la industria o negocio siempre que aquellas no configuren agravación del riesgo originalmente aceptado. En este caso, el asegurado estará obligado a avisar por escrito x XXXX dentro de los noventa (90) días comunes contados a partir de la iniciación de estas modificaciones. El amparo otorgado por esta cláusula cesará a partir de los noventa (90) días estipulados si no se ha dado aviso correspondiente.
LABORES Y MATERIALESLa Compañía autoriza al asegurado para efectuar las alteraciones y/o reparaciones dentro del riesgo, que juzgue necesarias para el funcionamiento del predio. En este caso el asegurado estará obligado a avisar por escrito a la compañía dentro de treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de inicio de las obras. El amparo otorgado por esta cláusula cesará una vez cumplido dicho plazo, si no se ha dado el aviso correspondiente.
LABORES Y MATERIALESLA ASEGURADORA autoriza al ASEGURADO para efectuar las alteraciones y/o reparaciones dentro del predio , que juzgue necesarias para el funcionamiento de la industria o negocio. En este caso el ASEGURADO estará obligado a avisar por escrito a LA ASEGURADORA dentro de los treinta (30) días comunes contados a partir de la iniciación de estas modificaciones. El amparo otorgado por esta cláusula cesará a partir de los treinta (30) días estipulados, si no se ha dado el aviso correspondiente.
LABORES Y MATERIALES. No obstante, lo estipulado en la condición anterior, se autoriza al ASEGURADO para efectuar las alteraciones y/o reparaciones dentro del riesgo, que juzgue necesarias para el funcionamiento de la industria o negocio ASEGURADO. En este caso el ASEGURADO estará obligado a avisar por escrito a LA COMPAÑÍA dentro de los sesenta (60) días comunes contados a partir de la iniciación de estas modificaciones. El amparo otorgado por esta cláusula cesará a partir de los sesenta (60) días comunes estipulados si no se ha dado el aviso correspondiente. La expiración xxx xxxxxx se producirá, así mismo, simultáneamente con la del contrato, en caso de que esto último ocurra primero.