Common use of Licencias retribuidas Clause in Contracts

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 2 contracts

Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo Provincial

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente Las licencias retribuidas por su naturaleza son interrupciones ocasionales en la prestación del trabajador, que sin embargo, mantienen el reconocimiento deber retributivo por parte de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en la empresa. Todo el personal afectado por el presente artículoconvenio colectivo, tendrá derecho a las parejas disfrutar de hecho legalmente constituidaslicencias, probando su existencia previa solicitud por escrito y justificación, en los casos que a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta continuación se relacionan y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, por la duración que se encuentra faculta-indica: a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales1. Por in- tervención matrimonio o pareja de hecho, quince días naturales, que podrán unirse a los días de vacaciones devengados hasta la fecha de matrimonio, siempre que las necesidades del servicio lo permitan. 2. Durante cinco días naturales, que podrán ampliarse hasta tres más cuando el trabajador necesite realizar un desplazamiento al efecto, en los casos, de nacimiento o adopción de un hijo, y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario del cónyuge o de la pareja de hecho legalmente registrada, hijo, padre o madre, nietos, abuelos y hermanos de parientes hasta uno u otro cónyuge o pareja de hecho legalmente registrada, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el segundo grado mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de consanguinidad aquella. Si el hecho causante se produjera en víspera de festivo o afinidad dos descanso semanal, los días laboralesantes señalados comenzarán a contarse desde el primer día hábil siguiente. b) 3. Por fallecimientoel tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, debiendo preavisar y justificar la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo. 4. Por lactancia, cuya regulación se establece en el artículo siguiente. 5. Durante tres días naturales, por traslado de su domicilio habitual. Si esta tuviese lugar en víspera de festivos o descanso semanal. El cómputo de los tres días comenzará a partir del primer día hábil siguiente. 6. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, del modo que se determina en la legislación vigente que resulte de aplicación. cve: - BOE-A-2024-5868 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx 7. Por fallecimiento el tiempo indispensable para la asistencia a exámenes cuando el trabajador curse con regularidad estudios para la obtención de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 un título académico o profesional. 8. Por motivos particulares hasta cinco días laborales consecutivoslaborables durante el año, En caso de que se rechazara por necesidades del servicio el día o los días solicitados por la persona trabajadora, la empresa deberá justificar de forma motivada la denegación. 9. La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de desplazamiento enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el permiso es presente apartado equivalentes a cuatro días al año, de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por acuerdo con el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera valor de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después hora ordinaria de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añospersona trabajadora, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la parejaaportando las personas trabajadoras, en cuyo caso su caso, acreditación del motivo de ausencia. Todas estas licencias se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madresconcederán en el acto, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute sin perjuicio de las licencias de los apartados a), b) y d) sanciones que puedan imponerse si se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosalega alguna causa que resulte falsa. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Ix Convenio Colectivo Del Grupo Prisa Radio

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente Previa solicitud y debidamente justificadas, se da- rán licencias retribuidas por los siguientes casos: 1.- Por el reconocimiento nacimiento, acogimiento o adopción de los mismos derechos un hijo, tres días, cuando el suceso ocurra dentro de la Región xx Xxxxxx y obligaciones respecto dos días más si se produce fuera de los permisos reconocidos la Región xx Xxxxxx, en el presente artículo, a las parejas caso de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaparto múltiple, se encuentra faculta-concederán dos días más por cada hijo. a) 2.- Por muerte, accidente o enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes un familiar hasta el segundo primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días, si ocurre dentro de la Región xx Xxx- cia, y cinco días si es fuera de la Región. Para el segun- do grado de consanguinidad o afinidad un día hábil si ocurre dentro de la Región xx Xxxxxx y dos días laboraleshábi- les si ocurre fuera de la Región xx Xxxxxx. b) 3.- Un día en caso de matrimonio de hijos o her- manos, si la boda se celebra fuera de la Región xx Xxx- cia o si se celebra en día de semana. 4.- Por fallecimiento: - Por fallecimiento el traslado de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 domicilio dentro de la locali- dad un día, y dos días laborales consecutivossi es fuera de la localidad. 5.- Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación, siempre que se realicen en Centros Oficiales, el tiempo necesario para la celebración de dichos exámenes. 6.- En caso de matrimonio o unión de hecho (siempre que estén inscritos en el Registro Oficial de Parejas de Xxxxx), se concederán quince días natura- les continuados de permiso, bien con anterioridad o posterioridad a su celebración. 7.- Las trabajadoras, por lactancia de un hijo me- nor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrá dividir en dos fraccio- nes. El trabajador podrá optar por acumular la hora dia- ria de lactancia y disfrutarla en días completos previa notificación a la Mancomunidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por uno de los cónyuges, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madresque ambos trabajen. 8.- A lo largo del año, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera trabajadores de la provincia Man- comunidad tendrán derecho a disfrutar hasta seis días de licencia o permiso por asuntos particulares, no in- cluidos en donde esté ubicado los puntos anteriores, que se podrán distri- buir a conveniencia del trabajador, sin perjuicio de las necesidades del servicio. No podrán unirse a vacaciones. Los días de asuntos propios que no se disfruten dentro del año correspondiente, se podrán disfrutar du- rante el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasprimer mes del año siguiente. c) En 9.- Los días 24 y 31 de diciembre serán inhábiles a todos los efectos. La Mancomunidad establecerá me- didas de compensación para el caso de matrimonioque las fechas indicadas coincidan con días no laborales o festivos. 10.- Por el tiempo indispensable para el cumpli- miento de un deber inexcusable de carácter público o personal. 11.- Por el tiempo indispensable para la asisten- cia a consultas médicas, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes igualmente se concederá este permiso para acompañar al cónyuge, padres o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añoshijos, excepto en caso de fallecimiento de uno gravedad convenientemente justificada y por el tiempo estrictamente indispensable. 12.- Al tener la Mancomunidad carácter comarcal, cada trabajador disfrutará de los componentes de días festivos que co- rrespondan a los trabajadores del Ayuntamiento del municipio donde realicen su trabajo. Las trabajadoras sociales tendrán la pareja, en cuyo caso jornada que se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a establezca para las fiestas del municipio donde realizan su vez para esa misma unión por matrimoniotrabajo. d) Por matrimonio 13.- La festividad de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para Santa Xxxx se celebrará se- gún la costumbre de cada Ayuntamiento donde el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradostraba- jador realice sus funciones. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento El trabajador, avisando con la posible antelación, podrá faltar o ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en durante el presente artículo, tiempo que a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, continuación se encuentra faculta-exponen: a) Por enfermedad grave u hospitalización Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Durante tres días en los casos de muerte del cónyuge, padres, hijos e hijasy hermanos, padres nietos y madresabuelos, hermanos y hermanasde cualquiera de los cónyuges, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelaso enfermedad grave de los mismos. Dicho período se ampliará hasta tres días más cuando se necesiten realizar desplazamientos que lo justifiquen. c) Durante tres días en caso de nacimiento de hijo/a, pudiendo ampliar hasta dos días laboralesmás cuando se necesite realizar desplazamiento. d) Durante dos días en caso de traslado de vivienda. e) Por el tiempo necesario para concurrir a exámenes oficiales, previa justificación. f) Por el tiempo necesario para asistir a consulta médica, justificándolo con posterioridad y siempre que esa consulta no se pueda realizar en horas fuera de trabajo. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización También se tendrá derecho a ésta licencia en el caso de tener que precise reposo domiciliarioacompañar a un familiar enfermo, de parientes hasta el segundo primer grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesafinidad, y por el supuesto recogido en el artículo 37.3. apartado f) del RDL/ 2/2015, de 23 de octubre. bg) Por fallecimiento: - Por fallecimiento el tiempo necesario para el cumplimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosun deber inexcusable de carácter público. h) Los trabajadores dispondrán del derecho a dos consultas semestrales por el tiempo imprescindible y no remunerado, para su asesoramiento en información laboral. A tales efectos, deberá comunicarlo con la posible antelación. Todo ello podrá realizarse siempre que no haya delegado sindical en la empresa. i) Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en una media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de desplazamiento que ambos trabajen. El trabajador/a podrá optar por acumular estas horas en jornadas completas (doce días laborables). Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madrespadre, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por en el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioambos trabajen. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos cve: BOE-A-2023-23191 Verificable en el presente artículoxxxxx://xxx.xxx.xx a) El personal tendrá derecho, mediante la oportuna justificación, a las permisos retribuidos por los tiempos y causas siguientes: 1. Por razón de matrimonio propio o parejas de hecho legalmente constituidashecho, probando su existencia a través de su inscripción siempre que consten inscritas en el registro correspondiente, el trabajador o trabajadora tendrá derecho a una licencia de 15 días naturales. El personal contratadotrabajador o trabajadora que contraiga nuevo matrimonio o de nuevo constituya pareja de hecho siempre que consten inscritas en el registro correspondiente, previo aviso cumpliendo los requisitos exigidos, tendrá derecho a la concesión de una nueva licencia de igual duración. 2. Tres días naturales de los cuales al menos cuarenta y ocho horasdos serán laborales en el caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija en la misma provincia de residencia o un día más si es a más de 200 km. 3. Cinco días por accidente o enfermedad graves, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella. En los casos de hospitalización, intervención, enfermedad grave o accidente, se permitirá el fraccionamiento del permiso, disfrutar del mismo de manera discontinua mientras dure esta situación y hasta ocho días después del alta hospitalaria o diez días naturales contados a partir del día en que se produzca el hecho causante, inclusive. Podrán ampliarse estos días descontándolos de las vacaciones, previa solicitud del trabajador/a y siempre que lo permita la adecuada organización y buen funcionamiento del servicio. En el caso de personas trabajadoras del ámbito de cooperación internacional desplazados en destino este plazo se incrementará a siete días cuando el desplazamiento al lugar de origen represente un tiempo de vuelo superior a siete horas. 4. En el caso de fallecimiento tres días naturales de los cuales dos al menos serán laborables en el caso de fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguineidad o afinidad. Cuando por estos motivos la persona trabajadora necesite trasladarse a más de 200 km, el permiso será de dos días más. 5. Un día laborable por traslado de domicilio habitual. 6. El día de la ceremonia de matrimonio de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad. 7. Dos días laboraleslaborables de asuntos propios a lo largo del año natural. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento El personal tendrá derecho, mediante la oportuna justificación, a ausentarse de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso su puesto de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse trabajo por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días.tiempo indispensable: c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural1. Para el disfrute cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal comprendido el ejercicio de derecho de sufragio activo, así como la pertenencia a un jurado o la asistencia a juicio cuando la presencia del trabajador sea indispensable. 2. Por el tiempo indispensable para la asistencia médica del propio trabajador en los Servicios Públicos de Salud. 3. Por el tiempo indispensable, para el acompañamiento en la asistencia médica en los Servicios Públicos de Salud de hijos menores de 12 años que deberá ser justificado posteriormente a la visita médica del menor. 4. Por el tiempo indispensable, para el acompañamiento en la asistencia médica a los Servicios Públicos de Salud hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad de familiar con discapacidad, edad, accidente o enfermedad que no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida, siempre y cuando no se haya solicitado reducción de jornada por esta misma circunstancia. cve: BOE-A-2023-23191 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx 5. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las licencias preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los apartados a)preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, b) y d) se entienden incluidos siempre, en todos los parien- tes afines a los mismos gradoscasos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo. e) Ausencia del trabajo 6. Hasta un máximo de dos horas diarias para atender a hijos prematuros o recién nacidos que deban permanecer hospitalizados tras el parto durante el tiempo que dure la hospitalización, siempre y cuando no se haya solicitado reducción de jornada por consulta médica:esta misma circunstancia. A los efectos de este artículo, el parentesco de consanguinidad o afinidad comprende: Primer grado: Cónyuge, padres, suegros, hijos, xxxxx y nuera. Segundo grado: Xxxxxxx, hermanos, cuñados y nietos.

Appears in 1 contract

Samples: Ii Convenio Colectivo Estatal De Acción E Intervención Social

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente El trabajador, avisando con la antelación y justificación debida, podrá faltar o ausentarse del trabajo, con derecho a la remuneración, durante el reconocimiento de tiempo y por los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, motivos que a las parejas continuación se detallan: a) Por matrimonio o certificado xx xxxxxx de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-del propio trabajador: 20 días naturales. ab) Por enfermedad grave u hospitalización operación del cónyuge, pareja o de hijos: 8 días naturales. c) Por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o hijos: 6 días naturales. d) Por enfermedad grave u operación de padres, hermanos, abuelos o nietos: 3 días naturales. e) Por fallecimiento de padres, hermanos, abuelos o nietos: 3 días naturales. f) Por enfermedad grave o fallecimiento de padres, hijos e hijasy hermanos políticos: 2 días naturales. g) Por matrimonio de hijos, hermanos, padres o mudanza del domicilio habitual del propio trabajador: 2 días en el primer caso y madres, hermanos 1 día el resto. h) Por nacimiento de hijo/s: De acuerdo con lo previsto legalmente en cuanto al número de días y hermanas, xxxxxx condiciones a conceder y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. disfrutar. i) Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario del cónyuge, pareja de parientes hasta hecho, hijos, padres, hermanos, abuelos o nietos, 2 días naturales. Se entenderá por pareja la persona que conviva con el segundo grado trabajador y esté empadronada en el mismo domicilio. Todo ello sin perjuicio de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento lo previsto en el Estatuto de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivoslos Trabajadores. CVE-2018-4797 Estas licencias justificadas, deberán comunicarse, en caso los casos de matrimonio con 15 días de antelación y para el supuesto de mudanza con 5 días de antelación. Los permisos retribuidos previstos anteriormente se podrán hacer efectivos durante el tiempo en que se prolongue el motivo que los origina teniendo siempre como referencia del periodo a disfrutar la del primer día del hecho causante. Cuando concurra causa justificada para la licencia retribuida y esta exija desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia Comunidad Autónoma, se incrementará hasta 2 días el permiso concedido. El trabajador deberá justificar a su reincorporación, si la Empresa se lo solicita, la gravedad de la enfermedad del familiar enfermo. En todo caso, cualquier controversia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo este tema será de 4 díastratamiento obligado en la Comisión de Interpretación del Convenio. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadoLa persona trabajadora, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horasjustificación, (salvo acreditada urgencia) tendrá derecho a un permiso retribuido por el tiempo y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-los motivos siguientes: BOCM-20211026-26 a) Por el tiempo necesario para la asistencia a consulta médica de especialistas: debiendo la persona trabajadora presentar posteriormente justificante médico que indique la hora de la cita y la hora de salida de la consulta del especialista. Esta licencia retribuida es exclusivamente para consultas médicas de especialistas para la propia persona trabajadora y no para familiares. b) Asistencia a consulta médica general o de cabecera; por 16 horas anuales. Este derecho podrá ser utilizado, además de para la propia persona trabajadora, para el acompañamiento de consulta médica o de especialista, a cónyuges, familiares ascendientes de primer grado de consanguinidad o afinidad o para hijos e hijas de hasta 16 años de edad o para asuntos escolares para hijos e hijas de hasta 16 años de edad o que sufran una discapacidad certificada cualquiera que sea su edad. En ningún caso el ejercicio del derecho excederá de las 16 horas por empleado/a y año. MARTES 00 XX XXXXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 255 c) Un día natural por matrimonio de padres, madres, hijos/as o hermanas/os. d) Un día por traslado de domicilio. e) Dos días laborales por nacimiento de hija/o. f) Dos días laborables por enfermedad grave u hospitalización del cónyugehospitalización, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx (cónyuge, hijos e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivoshijos políticos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres nietos y madresnietos políticos, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madrespadres políticos, abuelos y abuelos políticos, hermanos y hermanas hermanos políticos) se disfrutará en días consecutivos y se podrá utilizar de manera no inmediata, mientras se mantenga la baja médica por esta causa. g) Dos días laborables por fallecimiento de parientes de segundo grado de consanguinidad o afinidad (nietos y nietos políticos, abuelos y abuelos políticos, hermanos y hermanos políticos). h) Tres días laborables por fallecimiento de parientes de primer grado de consanguinidad o afinidad (cónyuge, hijos e hijashijos políticos, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados apadres y padres políticos), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. ei) Ausencia del trabajo Quince días naturales por consulta médica:matrimonio de la persona trabajadora.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Industria, Servicios E Instalaciones Del Metal

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente establecen las licencias y permisos retribuidos siguientes: 1.–Por matrimonio del trabajador, 18 días naturales, pudiendo sumarse esta licencia a las vacaciones, si coinciden. 2.–Por nacimiento de hijo, 4 días naturales, disfrutando 2 días naturales a partir del hecho causante y los otros 2 a elección del trabajador, en el reconocimiento término de los mismos derechos y obligaciones respecto 15 días del hecho causante. 3.–Por defunción de los permisos reconocidos en cónyuge, 7 días naturales. Salvo que el presente artículoinicio del disfrute de la licencia se hubiese producido el mismo día del hecho causante, esta licencia comenzara a las parejas de computarse desde el día natural siguiente al del hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondientecausante. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por 4.–Por enfermedad no grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijascon ingreso en clínica, padres excluido el parto, 2 días naturales. 5.–Por enfermedad grave, o intervención quirúrgica que exija hospitalización acreditada de cónyuge y madresparientes hasta segundo grado de afinidad o consanguinidad, hermanos 2 días naturales. En el supuesto de hospitalización, el disfrute de la Licencia podrá llevarse a cabo a lo largo del período de tiempo que dure tal situación, en las fechas que se convengan entre la Empresa y hermanasel Trabajador. En ningún caso, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelaspor virtud de este nuevo sistema de disfrute diferido, dos podrá el Trabajador tener derecho a más días laboraleslaborables de Licencia que los que le hubieran correspondido de tomar el permiso inmediatamente después del hecho causante. Por in- tervención 6.–Por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimientoafinidad: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince 2 días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después 7.–Por defunción de los siguientes parientes consanguíneos: padres, hijos y hermanos, 3 días naturales. Salvo que el inicio del disfrute de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con se hubiese producido el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de mismo día del hecho y causante, esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añoscomenzara a computarse desde el día natural siguiente al del hecho causante. 8.–Por defunción de abuelos, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes nietos, hijos políticos, hermanos políticos, padres políticos y abuelos políticos: 2 días naturales. Salvo que el inicio del disfrute de la parejalicencia se hubiese producido el mismo día del hecho causante, en cuyo caso se reducirá esta licencia comenzara a dos añoscomputarse desde el día natural siguiente al del hecho causante. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por 9.–Por matrimonio de padres hermanos, padres, hijos, tíos y madresprimos xxxxxxxx, sobrinos xxxxxxxx y hermanos y hermanas o hijos e hijaspolíticos, un 1 día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por el tiempo que xxxxx necesitado un trabajador al asistir a un consultorio médico por razones de enfermedad, y siempre que presente a la empresa el correspondiente parte facultativo del médico que le haya asistido. b) Cuatro días en caso de nacimiento de hijo o enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, o fallecimiento de parientes xxxxxx- xxx hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento y afinidad. Cuando con tal motivo el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado tra- bajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 cinco días. Este permiso podrá ser disfrutado de manera discontinua previo aviso a la empresa y de mutuo acuerdo entre las partes, procurando que no transcurran más de 30 días natura- les desde el hecho causante. c) En caso Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de matrimonioun deber inexcusable de carácter pú- blico y personal, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de debiendo justificar a la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de empresa la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonionecesidad del mismo. d) Por matrimonio Veinte días en caso de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosmatrimonio. e) Ausencia Un día por matrimonio de parientes hasta primer grado de consanguinidad o afinidad, y hermanos. f) Asimismo los trabajadores tendrán licencia retribuida los días 24 y 31 de diciembre, de año, sin que pueda disfrutarse esta licencia el día anterior en el caso de que citadas fe- xxxx coincidan con domingo, y una jornada completa dentro de la época xx Xxxxx de ca- da localidad, y que habrá de ser coincidente con el día anterior al festivo del trabajo municipio donde esté ubicada la empresa. En caso de que referido día anterior sea festivo, la licen- cia aquí convenida, pasara a ser disfrutada al día posterior a dicho festivo. g) Asimismo los trabajadores tendrán derecho a un día por consulta médica:asuntos propios, retribuidos que deberán comunicar a la empresa con el consiguiente preaviso al objeto de que no se in- terrumpa el normal desarrollo de la actividad empresarial. h) Un día por traslado de domicilio. i) La trabajadora podrá acumular el periodo de lactancia a la baja maternal.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente Los trabajadores tendrán derecho al disfrute de licencias sin pérdida de retribución, previo aviso y justificación en los casos y con la duración que a continuación se indican en días naturales. a. Matrimonio del Trabajador/a. b. Nacimiento de hijo, adopción o acogimiento. c. Traslado de domicilio. d. Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. e. Muerte de parientes hasta el reconocimiento segundo grado de consanguinidad/afinidad. f. Enfermedad grave de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad/afinidad. DESCRIPCIÓN: a. La licencia del trabajador por matrimonio será de 15 días, se solicitará por escrito con una antelación mínima de tres meses antes del efectivo disfrute. Dentro de los mismos derechos y obligaciones respecto diez días si- guientes a su reincorporación al servicio, el trabajador deberá acreditar su matrimonio me- diante certificado del Registro Civil o exhibición del Libro de Familia. b. La licencia por nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, será de 2 días. Se deberá acre- ditar el nacimiento del hijo con la partida de nacimiento o libro de familia que se deberá pre- sentar por el trabajador dentro de los permisos reconocidos en el presente artículo, diez días siguientes a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su la inscripción en el registro correspondienteRegistro. c. La licencia por traslado del domicilio habitual será de un día. d. Se concederá licencia por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inex- cusable de carácter público y personal de acuerdo con la legislación vigente. e. Tratándose de fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afi- nidad, la licencia será de 2 días. El personal contratadoCuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 250 km, previo aviso el plazo será de cuatro días. En los casos de falleci- miento de cualquiera de los familiares antes citados, la empresa podrá exigir al menos cuarenta y ocho horastrabaja- dor que haya disfrutado la licencia, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaque aporte la correspondencia partida de defunción o que exhiba el libro de familia en que conste. f. Cuando el motivo de la licencia sea por accidente, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u grave, hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por o in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta has- ta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad, se concederán 2 días. La licencia se ampliará a 4 días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado cuando con tal motivo del trabajador necesite hacer un desplazamiento desplazamien- to superior a 30 Km250 km. a contar desde el centro A estos efectos, los trabajadores del turno de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajonoche que tengan una intervención quirúrgica programada, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para podrán iniciar el disfrute de las licencias de del permiso en los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines términos acordados la jornada anterior a los mismos gradosla operación. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente1. El personal contratadolaboral, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaadecuada, se encuentra faculta-tendrá derecho a disfrutar de licencias retribuidas por los tiempos y causas siguientes: a) Por Dieciséis días naturales en caso de matrimonio y/o formalización oficial xx xxxxxx de hecho, a contar desde el primer día hábil de trabajo. El hecho causante está incluido en el permiso de los 16 días de permiso. b) Tres días hábiles continuos o discontinuos dentro de los 15 días naturales siguientes al hecho causante por el nacimiento, acogida o adopción de un hijo o hija, y por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave u grave, hospitalización, o por cada intervención quirúrgica con hospitalización de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando por tal motivo requiera desplazamiento superior a 150 km de distancia del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos domicilio habitual el plazo será de cuatro días laborales. Por in- tervención hábiles continuos. c) Dos días hábiles por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivosafinidad. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse Cuando por el personal contratado un tal motivo requiera desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro 150 km de trabajo distancia del domicilio habitual el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díascuatro días naturales. cd) En caso de matrimonio, quince 5 días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto hábiles en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas cónyuge o hijos e o hijas, un día natural. Para no acumulables al permiso previsto en el disfrute de las licencias de los apartados a), apartado b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosde este artículo. e) Ausencia Dos días hábiles continuos o discontinuos por traslado del trabajo domicilio habitual dentro de los 30 días anteriores o posteriores al hecho causante. f) Un día natural por consulta médica:matrimonio y/o formalización oficial xx xxxxxx de hecho de hijos o hijas, padres y madres o hermanos y hermanas disfrutable el día del acto. Este permiso será ampliable a dos días naturales si éste se produjese en distinta localidad de la del domicilio de la persona trabajadora siempre que se encuentre a más de 150 kilómetros de distancia de su domicilio habitual, disfrutándose el día adicional el día anterior o posterior al acto. g) El día 24 y 31 de diciembre. En los dispositivos/proyectos que requieran servicio dichos días, este permiso será de aplicación al personal laboral que presten servicio de forma ininterrumpida desde el 1 de noviembre de cada año. BOCM-20200711-1 h) 2 días hábiles en caso de divorcio o de separación legal y/o disolución xx xxxxxx de hecho. El cómputo de los días se efectuará a partir de la primera fecha en que se pueda ser acreditado administrativamente el inicio del proceso de separación o la notificación a la persona trabajadora de la resolución judicial que constate las situaciones. i) Asistencia a exámenes: La persona trabajadora dispondrá del tiempo indispensable para la presentación y realización a pruebas de evaluación considerándose el tiempo empleado recuperable o no recuperable en función de los tipos de exámenes relacionados a SÁBADO 00 XX XXXXX XX 0000 X.X.X.X. Núm. 167 continuación. Se entiende por tiempo indispensable aquel que la persona trabajadora necesite para garantizar la asistencia al examen, su realización y finalización, así como de tiempo de desplazamiento de ida al lugar del examen y vuelta a su puesto de trabajo. No obstante, cuando el examen se realice fuera de la Comunidad de Madrid el tiempo máximo de disfrute será de un día. 1. Permiso no recuperable: - Exámenes oficiales homologados por el Ministerio de Educación: Se considera exámenes oficiales homologados todas pruebas de evaluación incluidas en titulaciones cursadas en centros que se encuentren legalmente establecidas por el listado oficial de Ministerio de Justicia o de Educación. - Examen de conducir de vehículos de transporte por carretera. 2. Permiso recuperable: - Exámenes oficiales de oposición convocados por organismos públicos. - Exámenes no oficiales que intervengan en el desarrollo profesional presente o futuro de la persona trabajadora.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente a) Enfermedad del trabajador. El trabajador/a deberá comunicar de manera inmediata la situación de enfermedad padecida a su superior jerárquico, debiendo presentar el reconocimiento parte de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos baja en el presente artículoplazo de 2 días naturales al Dpto. de RR.HH. Igualmente, deberá presentar semanalmente los partes confirmatorios de baja y el parte de alta de enfermedad, cuando se produzca, en el plazo máximo de 24 horas, que, en este último caso, coincidirá con la reincorporación a su trabajo. En el caso de que el trabajador/a tenga que asistir a consultorio médico, el permiso quedará reducido al tiempo imprescindible para la asistencia, debiéndose presentar ante su inmediato superior el justificante médico acreditativo con posterioridad a dicha consulta. Si por causa de enfermedad, el trabajador se ausenta 1 día completo, es obligatorio presentar un parte de baja y alta, no es admisible un parte multifunción. De no presentar- se el documento de baja y alta, se procederá a descontar el día. b) Cuatro días naturales en caso de nacimiento de hijo o adopción, comenzando a computar- se desde el día del hecho. No gozara de este permiso si el nacimiento se produce durante las vacaciones del trabajador. El trabajador deberá presentar al superior inmediato el correspondiente parte facultativo o certificado correspondiente del Registro Civil (partida de nacimiento, copia del libro de familia) acreditativo de tal evento, en el plazo de cinco días naturales a contar desde dicho acontecimiento. c) Cuatro días en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúr- gica o fallecimiento de parientes de 1.º grado de consanguinidad y hermanos (2.º grado) y para cónyuges (1.º grado de afinidad). Cuando con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento, el plazo será de cinco días. Tres días en caso de accidente, enfermedad grave, intervención quirúrgica o fallecimiento de parientes de 1.º grado de afinidad (excepto cónyuges) y 2.º grado de consanguinidad (excepto hermanos). Cuando con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplaza- miento, el plazo será de cuatro días. Dos días en caso de accidente, enfermedad grave, intervención quirúrgica o fallecimiento de parientes de 2.º grado de afinidad. Cuando con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento, el plazo será de cuatro días. Ver Cuadro de Permisos anexo con indicaciones específicas. d) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, debiendo justificar a la empresa la necesidad del mismo. e) Veinte días naturales en caso de matrimonio. Se podrá comenzar a disfrutar, a las parejas su elección, los días inmediatamente anteriores a la celebración de hecho legalmente constituidastal evento. Se deberá comunicar con una antelación de 30 días, probando mediante documentos acreditativos del mismo, consisten- tes en copia de expediente o proclamas eclesiásticas, o en su existencia a través defecto, documento acredi- tativo del expediente de su inscripción en matrimonio civil o publicación correspondiente. f) Un día por matrimonio de parientes hasta primer grado de consanguinidad y afinidad y hermanos, que deberá coincidir con el registro correspondientedía de celebración. g) Un día por traslado de domicilio. El personal contratadotrabajador deberá comunicarlo a su superior inmediato jerárquico con un plazo de antelación de 7 días. h) Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o un minusválido físico, previo aviso psíquico o sensorial, que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminu- ción proporcional xxx xxxxxxx entre, al menos cuarenta menos, un octavo y ocho horasun máximo de la mitad de la duración de aquélla. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. La reducción de jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho indi- vidual de los trabajadores y trabajadoras. No obstante, si dos días laboraleso más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. bi) Por fallecimientoLactancia Trabajadoras: - Por fallecimiento Se le reconoce a la trabajadora el derecho a 1 hora de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosausencia en el trabajo durante los nueve primeros meses del bebé, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno nacimiento de los componentes hijos, que podrá fraccionarse en dos periodos. Podrá acumularse el periodo de lactancia a la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniobaja maternal computándose 14 días laborables consecutivos. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadotrabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, en los siguientes casos: 1. En caso de matrimonio: 17 días naturales. 2. En caso de nacimiento o adopción de un hijo-a: 3 días naturales, de los cuales al menos cuarenta y ocho horasmeno uno deberá ser laborable. 3. En caso de fallecimiento de parientes, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadahasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad: 3 días naturales. 4. En caso de enfermedad, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u accidente, hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de domiciliario del cónyu- ge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad: 2 días naturales. Cuando por los motivos expresados en los apartados 2, 3 y 4 el trabajador necesite realizar un desplazamiento al efecto, los plazos señalados en los mismos se incrementarán en dos días laboralesnaturales, salvo los trabajadores no comunitarios o comunitarios colindantes con España que se acojan a los dispuesto en los últimos incisos de los apartados 2 y 3. b) 5. Por fallecimientotraslado del domicilio habitual: - 1 día. 6. Por fallecimiento el tiempo necesario, para concurrir a exámenes, como consecuencia de xxxxxxx los estudios que esté realizando en centros de enseñanza uni- versitarios o de formación profesional de carácter público o privado, reconocidos. 7. Los trabajadores, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho, sin pérdida alguna de retribución, a una hora diaria de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. Quien ejerza el derecho, por su voluntad, e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosigualmente sin pérdida de retribución, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada laboral en media hora diaria con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas, conforme al acuerdo que llegue con la empresa. Este permiso podrá ser disfrutado por el padre en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madresque ambos trabajen, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera siempre que quede acreditado mediante certificación de la provincia empresa en donde esté ubicado el centro que trabaje la madre que ésta no ha ejercitado en la misma este derecho. 8. El trabajador que, por razones de guarda legal, tenga a su cuidado directo a algún menor de doce años o a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx, entre al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. El ejercicio de este derecho por parte del trabajador durante los primeros nueve meses de vida del menor, es incompatible con lo previsto en el plazo será apartado 7 de 4 díaseste artículo. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por si mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. La reducción de la jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, mujeres y hombres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. c) 9. Las horas necesarias para visita médica, con un máximo anual de 16 horas. 10. Aquellas otras que establezca la legislación vigente. Los supuestos contemplados en los apartados precedentes, cuando concurran las circunstancias previstas en los mismos, se extenderán así mismo a las parejas de hecho siempre que se acredite de acuerdo con la normativa de aplicación. En caso de matrimonioaquellas licencias no contempladas en el presente artículo, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después se estará a lo que marque el artículo 73 del VI Convenio General del Sector de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioConstrucción. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en Los trabajadores afectados por el presente artículo, convenio tendrán derecho a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos siguientes licencias retribuidas: Quince días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, naturales en caso de desplazamiento el permiso es matrimonio. Tres días laborables por nacimiento de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos hijo si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de se produce en la provincia en localidad donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después cuatro si es fuera de la ceremonia oficiallocalidad abarcando a provincias limítrofes y cinco días en el resto. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 Tres días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto laborables en caso de fallecimiento de uno cónyuge, y parientes hasta segundo grado de los componentes consanguinidad o afinidad. En caso de que se produzca el mismo fuera de la parejalocalidad de residencia se ampliará en un día más. Dos días laborables en caso de enfermedad grave o intervención quirúrgica del cónyuge y parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Ampliables en dos días más si se necesitase realizar un desplazamiento a tal efecto. Un día por matrimonio de parientes hasta segundo grado de consanguinidad si se produce en la localidad donde esté ubicado el centro de trabajo, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado si es fuera de la “licencia localidad abarcando a provincias limítrofes y tres días en el resto. Un día por traslado del domicilio habitual. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de matrimonio” un deber inexcusable, según las disposiciones vigentes. A los trabajadores que por inscripción no podrá disfrutarla prescripción de su médico de cabecera tenga que acudir a centro o establecimiento sanitario, situado a más de 25 Km. de su localidad de residencia, se le abonará la jornada completa previo justificante médico. Las horas precisas para asegurar la concurrencia a exámenes públicos u oficiales. Cinco días laborables en cómputo anual para la realización de trámites de adopción y acogimiento sólo por una sola vez para esa misma unión por matrimoniodurante toda la relación laboral. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Collective Bargaining Agreement

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente El trabajador, avisando con la antelación y justificación debida, podrá faltar o ausentarse del trabajo, con derecho a la remuneración, durante el reconocimiento de tiempo y por los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, motivos que a las parejas continuación se detallan: a) Por matrimonio o certificado xx xxxxxx de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-del propio trabajador: 20 días naturales. ab) Por enfermedad grave u hospitalización operación del cónyuge, pareja o de hijos: 8 días naturales. c) Por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o hijos: 6 días naturales. d) Por enfermedad grave u operación de padres, hermanos, abuelos o nietos: 3 días naturales. e) Por fallecimiento de padres, hermanos, abuelos o nietos: 3 días naturales. f) Por enfermedad grave o fallecimiento de padres, hijos e hijasy hermanos políticos: 2 días naturales. g) Por matrimonio de hijos, hermanos, padres o mudanza del domicilio habitual del propio trabajador: 2 días en el primer caso y madres, hermanos 1 día el resto. h) Por nacimiento de hijo/s: De acuerdo con lo previsto legalmente en cuanto al número de días y hermanas, xxxxxx condiciones a conceder y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. disfrutar. i) Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario del cónyuge, pareja de parientes hasta hecho, hijos, padres, hermanos, abuelos o nietos, 2 días naturales. Se entenderá por pareja la persona que conviva con el segundo grado trabajador y esté empadronada en el mismo domicilio. Todo ello sin perjuicio de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento lo previsto en el Estatuto de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivoslos Trabajadores. Estas licencias justificadas, deberán comunicarse, en caso los casos de matrimonio con 15 días de antelación y para el supuesto de mudanza con 5 días de antelación. Los permisos retribuidos previstos anteriormente se podrán hacer efectivos durante el tiempo en que se prolongue el motivo que los origina teniendo siempre como referencia del periodo a disfrutar la del primer día del hecho causante. Cuando concurra causa justificada para la licencia retribuida y esta exija desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia Comunidad Autónoma, se incrementará hasta 2 días el permiso concedido. El trabajador deberá justificar a su reincorporación, si la Empresa se lo solicita, la gravedad de la enfermedad del familiar enfermo. En todo caso, cualquier controversia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo este tema será de 4 díastratamiento obligado en la Comisión de Interpretación del Convenio. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente A)Los trabajadores afectados por el reconocimiento presente Convenio, tendrán derecho a los permisos retribuidos que se relacionan a continuación: - 2 días para asuntos propios. - 16 días naturales por matrimonio o uniones como pareja de hecho del trabajador. - 4 días naturales por nacimiento de hijos/as. - 3 días laborables por enfermedad grave o fallecimiento de hijos/as, padres, madres, hermanos/as o nietos/as - 3 días laborables por enfermedad grave o fallecimiento de padres-madres políticos/ as, hermanos /as políticos/as, hijos/as políticos/as o nietos/as políticos/as - 5 días naturales por fallecimiento de cónyuge o pareja de hecho - 2 días naturales por traslado de domicilio habitual. - 1 día natural en caso de matrimonio de hijos/as, hermanos/as o padres-madres, siempre que esa ceremonia tenga lugar coincidiendo con su jornada laboral. - 1 día natural en caso de primera Comunión de hijos/as, o hermanos/as, siempre que esa ceremonia tenga lugar coincidiendo con su jornada laboral. La retribución de estas licencias será de: Salario Base, antigüedad y plus de Asistencia. En el caso de los mismos derechos dos días de asuntos propios solo se podrá conceder en los días en los cuales no se haya concedido otro permiso del mismo concepto o esté en vigor una licencia por enfermedad grave. Cuando por los motivos expresados, excepto los de Matrimonio, pareja de hecho y obligaciones respecto Primera Comunión,el trabajador necesite efectuar un desplazamiento de más de 200 kilómetros de ida y 200 kilómetros de vuelta, los plazos señalados se incrementarán en 2 días naturales. En los supuestos de defunción de tíos/as por consanguinidad, se conceden 3 horas de licencia para asistir al acto del sepelio si tiene lugar en la localidad de residencia, un día si es en otra localidad de nuestra Comunidad Autónoma y dos días si es fuera de esta Comunidad. En caso de consulta del médico de cabecera o especialista en la localidad donde el trabajador resida habitualmente se tendrá derecho a salir una hora antes de la cita (justificada con el volante de cita) y una hora después de salir de la consulta (con justificante de salida). En caso de consulta en lugar diferente a donde reside, dicha licencia será para la salida de una hora y media antes de la cita (con justificante de cita) y una hora y media después de la salida de la consulta(con justificante de salida) para la vuelta al trabajo. Por el tiempo indispensable para disfrutar de los permisos reconocidos derechos de exámenes totales o parciales en Instituciones oficiales, (Centros de ESO, IES, Formación Profesional reglada, Universidad), en los supuestos que establece la legislación vigente. Se entenderá por enfermedad grave a efectos de la aplicación de las licencias correspondientes: Aquellas situaciones en la que se haga efectiva la hospitalización, exista o no, intervención quirúrgica, por un periodo superior a 24 horas. Se tendrá derecho a tantos días de licencia retribuida como días permanezca hospitalizado el familiar, con los límites que en este mismo artículo se establecen y comenzaran a computar desde el día en que se haya producido la hospitalización, independientemente de que sea día laborable o no, o se hubiera trabajado ese día. Se tendrá derecho a una licencia por enfermedad grave por el mismo familiar y causa, en un período de tres meses. Será requisito indispensable para tener derecho a la licencia retribuida por enfermedad grave, presentar justificante que se indique la causa por la cual se ha producido la hospitalización, no siendo suficiente el acreditar el ingreso u hospitalización, ni la unidad médica en la que se encuentra ingresado. Estas licencias deberán disfrutarse de forma continuada no pudiéndose fraccionar ni acumular para el futuro. La necesidad de hacer uso de estas licencias, debe ser justificada documentalmente y en el caso de las parejas de hechos con certificación del registro correspondiente. Para la obtención de las citadas licencias (salvo las de causa impredecible como las relacionadas con nacimiento de hijos/as, enfermedades graves o fallecimientos) será necesaria su solicitud por escrito a la Empresa con la mayor antelación posible, y en todo caso, de al menos siete días para la licencia de asuntos propios, a fin de programar las actividades afectadas ( indicando el tipo de licencia que solicita y los días así como justificando la misma conforme a lo indicado en el presente artículo). La concesión de la licencia para asuntos propios no deberá coincidir con otras licencias retribuidas de cualquier otro trabajador en la misma semana. Las licencias asociadas a causa impredecible (nacimientos, enfermedades graves o fallecimientos) tendrán prevalencia sobre la de asuntos propios, incluso aunque estas hubieran sido autorizadas anteriormente al conocimiento de aquellas. B)Protección a las parejas la maternidad y paternidad. Lactancia 1.- Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo con derecho a remuneración para la realización de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través exámenes prenatales y técnicos de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadopreparación al parto, previo aviso al empresario y justificación de al menos cuarenta y ocho su realización dentro de la jornada laboral, Los trabajadores tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora en el caso de nacimiento prematuro de hijo o hija, o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, (salvo acreditada urgencia) con la disminución proporcional xxx xxxxxxx, 2.- Las Prestaciones por nacimiento y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, cuidado del menor se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliarioregirán conforme a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de parientes hasta 30 de octubre, por el segundo grado que se aprueba el texto refundido de consanguinidad o afinidad dos días laboralesla Ley General de la Seguridad Social. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento 3.- En los supuestos de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosnacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en caso dos fracciones, para el cuidado del lactante hasta que este cumpla nueve meses. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de desplazamiento el permiso es nacimiento, adopción, guarda con fines de 6 días laborales consecutivosadopción o acogimiento múltiples. - Padres y madresQuien ejerza este derecho, Xxxxxxxx y hermanaspor su voluntad, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivospodrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. En todos estos casos si hubiera Si dos personas trabajadoras de realizarse la misma empresa ejercen este derecho por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro mismo sujeto causante, la dirección empresarial podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera funcionamiento de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoempresa, que deberá comunicar por escrito. Cuando ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores ejerzan este derecho con la misma duración y régimen, el plazo será periodo de 4 días. c) disfrute podrá extenderse hasta que el lactante cumpla doce meses, con reducción proporcional xxx xxxxxxx a partir del cumplimiento de los nueve meses En caso lo demás se regirá por la previsiones contenidas en Real Decreto Legislativo 2/2015, de matrimonio23 de octubre, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después por el que se aprueba el texto refundido de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno Ley del Estatuto de los componentes Trabajadores en la redacción dada por el Real Decreto Ley 6/2019 de la pareja1 xx xxxxx, de medidas urgente para garantía de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioel empleo y ocupación. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento El trabajador o trabajadora, previa petición y posterior justificación, tendrán derecho a disfrutar licencias retribuidas por los tiempos y causas siguientes: 1. Quince días naturales en caso de los mismos derechos matrimonio con efectos civiles plenos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a caso de las parejas de hecho legalmente constituidashecho, probando su existencia a través mediante la acreditación administrativa suficiente de su inscripción en esa circunstancia. 2. Tres días por el registro correspondiente. El personal contratadonacimiento de hijo o por fallecimiento, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por accidente o enfermedad grave graves u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosafinidad. Cuando por tal motivo, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador o trabajadora necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 cuatro días. En los casos de enfermedad u hospitalización, el permiso correspondiente podrá disfrutarse de forma discontinua previo aviso a la Dirección del centro. En el parentesco por afinidad se asimila la situación de la pareja de hecho del trabajador o de la trabajadora, que previamente haya sido acreditada administrativamente de forma suficiente. 3. Un día por traslado de domicilio habitual dentro de la misma localidad. Si fuera a localidad distinta, cuatro días que pueden fraccionarse según las necesidades del trabajador o trabajadora. En los traslados de localidad derivados de concurso interno, el establecimiento obligado a abonar el día de licencia retribuida será el establecimiento receptor. 4. Hasta dos días al año para asuntos propios, a fin de atender a necesidades personales. Dichos días se disfrutarán siempre que sé preavise con seis días de antelación, sin necesidad de justificación. Salvo pacto en contrario que prevalece siempre, no se disfrutarán en días de trabajo situados entre dos festivos, no serán acumulables entre sí y no podrán ser utilizados simultáneamente por más de un empleado del mismo Departamento. Agotado el disfrute de esta licencia, la Dirección del establecimiento no obstaculizará el cambio de días de descanso o de turno entre empleados del mismo Departamento, siempre que quede garantizada la cobertura del servicio. 48334 Miércoles 3 diciembre 2008 BOE núm. 291 Los días de esta licencia no disfrutados al final del ejercicio se abonarán en la nómina del mes de diciembre de cada año en su valor xxx xxxxxxx día, según niveles, entendiéndose por salario todos los conceptos salariales más la media de prima de producción anual. 5. El tiempo indispensable para: a) Concurrir a exámenes finales liberatorios y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación, convocadas oficialmente, no excediendo en su conjunto xx xxxx días al año. b) Deberes públicos. c) En caso Acompañamiento de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después hijos menores de doce años y personas dependientes a la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioasistencia sanitaria. d) Por matrimonio Realización de padres exámenes prenatales y madrestécnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo, hermanos previo aviso a la empresa con setenta y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute dos horas de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosantelación. e) Ausencia La asistencia médica a especialista de la red sanitaria pública, o a médico de cabecera, incluyendo tanto el tiempo de visita como el tiempo invertido en los desplazamientos, contra presentación tanto de la prescripción de cita como del trabajo por consulta médica:justificante de la visita realizada.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadotrabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a la remuneración de al menos cuarenta su grupo profesional, por alguno de los motivos y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-por el tiempo siguiente: a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos Quince días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, naturales en caso de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralescontraer matrimonio. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento nacimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivoshijo, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso Por enfermedad grave u hospitalización: De cónyuge o pariente consanguíneo o por afinidad de matrimonioprimer grado, quince días naturaleslo que dure la enfermedad con un máximo de 5 días. Pudiéndose disfrutar antes o después De parientes consanguíneos de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añossegundo grado, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio2 días. d) Por matrimonio fallecimiento: De cónyuge, hijos y padres del trabajador, 5 días. De otros parientes consanguíneos o afines de padres y madreshasta segundo grado, hermanos y hermanas o hijos e hijas2 días. Cuando por estas causas el trabajador tenga que desplazarse fuera de la isla, se añadirá un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosmás. e) Ausencia Un día por traslado del domicilio habitual. f) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a la duración de la ausencia y a su compensación económica. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación de trabajo debido en más del 20 por consulta médica:100 de las horas laborales en un período de tres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia forzosa regulada en el apartado 1 del artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores. En el supuesto de que el trabajador por cumplimiento del deber o desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en la empresa. g) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente. h) Un día al año a convenir entre empresa y trabajador para asuntos propios. En este artículo la referencia al cónyuge del trabajador/a se extenderá a la persona que conviva maritalmente con el trabajador/a.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. 1.- Se hace constar expresamente estará a lo dispuesto en el reconocimiento artículo 37.3 del Estatuto de los mismos derechos Trabajadores vigente en cada momento, excepto en los siguientes permisos que suponen una mejora de aquel: A. 3 días naturales en caso de fallecimiento de padre, madre, padre y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyugemadre políticos, hijos e hijas, padres y madrescónyuge, hermanos y hermanas, xxxxxx abuelos, xxxxxxx, nietos y nietas y abuelos y abuelasnietas. El cómputo de los días establecidos se iniciará en el primer día laborable de la persona trabajadora después del hecho causante, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización excepto que precise reposo domiciliario, este suceda en periodo vacacional de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesla persona trabajadora. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en En caso de desplazamiento el permiso es necesidad de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y 100 km esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto ampliará en tres días naturales más. Verificable en xxxxx://xxx.xxxxx.xx/xxx CSV: BOPV-2023/13381 B. 2 días naturales en caso de fallecimiento de uno hermanas y hermanos políticos, hijas e hijos políticos. El cómputo de los componentes días establecidos se iniciará en el primer día laborable de la parejapersona trabajadora después del hecho causante, excepto que este suceda en cuyo periodo vacacional de la persona trabajadora.En caso de necesidad de desplazamiento superior a 100 km esta licencia se reducirá ampliará en tres días naturales más. C. En caso de necesidad de desplazamiento superior a dos años100 km en los supuestos de accidente, enfermedad grave y hospitalización del art. 37.3 b) del ET: 1 día natural más. En el caso de hospitalizción los días de permiso indicados en el ET se podrán disfrutar de manera discontinua mientras dure la misma. D. Únicamente aquellas personas trabajadoras que no tengan las carencias suficientes para acceder a la prestación por nacimiento para progenitor distinto de la madre biológica y así lo acrediten ante la dirección de la empresa, disfrutarán de 3 días laborables en caso de nacimiento de hijo o hija, permiso que será ampliado hasta cinco días en caso de parto distócico o complicaciones de índole familiar derivadas del alumbramiento, no pudiendo exceder nunca de 6 días en caso de necesidad de desplazamiento superior a 100 km. El personal contratado que haya disfrutado cómputo de los días establecidos se iniciará en el primer día laborable de la “licencia persona trabajadora después del hecho causante, excepto que este suceda en periodo vacacional de la persona trabajadora. E. 1 día en caso de matrimonio de padre, madre, xxxxxx, xxxxxx, hijo, hija, hermano o hermana, siempre y cuando éste se realice en día laborable. Este permiso será ampliado por 2 días más no retribuidos en caso de necesidad de desplazamiento. F. 18 días naturales en caso de matrimonio. A petición del o la trabajadora interesada los 18 días podrán repartirse entre las fechas inmediatamente anteriores o posteriores. Las situaciones previstas en favor de los cónyuges se extenderán a los supuestos de las parejas de hecho de cualquier tipo, inscritas en su caso en el registro correspondiente G. 1 día para el caso de traslado de domicilio. Este permiso será ampliable por inscripción no podrá disfrutarla dos días más retribuidos en caso de necesidad de desplazamiento superior a su vez para esa misma unión por matrimonio100 km. d) H. Por matrimonio el tiempo necesario para asistir a exámenes en centros oficiales o reconocidos por el Ministerio, a fin de padres y madresseguir estudios xx Xxxxxxxxx., hermanos y hermanas carrera universitaria o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradossimilares. e) Ausencia del trabajo I. Por el tiempo necesario en caso de asistencia médica de especialista de la Seguridad Social, siempre y cuando esto haya sido ordenado por consulta médica:el médico de asistencia general y así lo acredite el o la trabajadora ante la empresa.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente1. El personal contratadolaboral, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaadecuada, se encuentra faculta-tendrá derecho a disfrutar de licencias retribuidas por los tiempos y causas siguientes: a) Por Dieciséis días naturales en caso de matrimonio y/o formalización oficial xx xxxxxx de hecho, a contar desde el primer día hábil de trabajo. El hecho causante está incluido en el permiso de los 16 días de permiso. b) Tres días hábiles continuos o discontinuos dentro de los 15 días naturales siguientes al hecho causante por el nacimiento, acogida o adopción de un hijo o hija, y por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave u grave, hospitalización, o por cada intervención quirúrgica con hospitalización de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando por tal motivo requiera desplazamiento superior a 150 km de distancia del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos domicilio habitual el plazo será de cuatro días laborales. Por in- tervención hábiles continuos. c) Dos días hábiles por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivosafinidad. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse Cuando por el personal contratado un tal motivo requiera desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro 150 km de trabajo distancia del domicilio habitual el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díascuatro días naturales. cd) En caso de matrimonio, quince 5 días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto hábiles en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas cónyuge o hijos e o hijas, un día natural. Para no acumulables al permiso previsto en el disfrute de las licencias de los apartados a), apartado b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosde este artículo. e) Ausencia Dos días hábiles continuos o discontinuos por traslado del trabajo domicilio habitual dentro de los 30 días anteriores o posteriores al hecho causante. f) Un día natural por consulta médica:matrimonio y/o formalización oficial xx xxxxxx de hecho de hijos o hijas, padres y madres o hermanos y hermanas disfrutable el día del acto. Este permiso será ampliable a dos días naturales si éste se produjese en distinta localidad de la del domicilio de la persona trabajadora siempre que se encuentre a más de 150 kilómetros de distancia de su domicilio habitual, disfrutándose el día adicional el día anterior o posterior al acto. g) El día 24 y 31 de diciembre. En los dispositivos/proyectos que requieran servicio dichos días, este permiso será de aplicación al personal laboral que presten servicio de forma ininterrumpida desde el 1 de noviembre de cada año. h) 2 días hábiles en caso de divorcio o de separación legal y/o disolución xx xxxxxx de hecho. El cómputo de los días se efectuará a partir de la primera fecha en que se pueda ser acreditado administrativamente el inicio del proceso de separación o la notificación a la persona trabajadora de la resolución judicial que constate las situaciones. i) Asistencia a exámenes: La persona trabajadora dispondrá del tiempo indispensable para la presentación y realización a pruebas de evaluación considerándose el tiempo empleado recuperable o no recuperable en función de los tipos de exámenes relacionados a continuación. Se entiende por tiempo indispensable aquel que la persona trabajadora necesite para garantizar la asistencia al examen, su realización y finalización, así como de tiempo de desplazamiento de ida al lugar del examen y vuelta a su puesto de trabajo. No obstante, cuando el examen se realice fuera de la Comunidad de Madrid el tiempo máximo de disfrute será de un día. 1. Permiso no recuperable: - Exámenes oficiales homologados por el Ministerio de Educación: Se considera exámenes oficiales homologados todas pruebas de evaluación incluidas en titulaciones cursadas en centros que se encuentren legalmente establecidas por el listado oficial de Ministerio de Justicia o de Educación. - Examen de conducir de vehículos de transporte por carretera. 2. Permiso recuperable: - Exámenes oficiales de oposición convocados por organismos públicos. - Exámenes no oficiales que intervengan en el desarrollo profesional presente o futuro de la persona trabajadora.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente De acuerdo con el reconocimiento artículo 74 del Convenio General de los mismos derechos la Construcción y obligaciones respecto de los permisos reconocidos con lo establecido en el presente artículoconvenio, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondientetanto en cuanto estas normas permanezcan vigentes. El personal contratadotrabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, en los siguientes casos: 1. En caso de matrimonio: 17 días naturales. 2. En caso de nacimiento o adopción de un hijo-a: 3 días naturales. 3. En caso de fallecimiento de parientes, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad: 3 días naturales. Cuando por tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al menos cuarenta y ocho horasefecto, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada4 días naturales. 4. En caso de enfermedad, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u accidente, hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de domiciliario del cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad: 2 días laboralesnaturales. b) 5. Por fallecimientotraslado del domicilio habitual: - 1 día. 6. Por fallecimiento el tiempo necesario, para concurrir a exámenes, como consecuencia de xxxxxxx los estudios que esté realizando en centros de enseñanza universitarios o de formación profesional de carácter público o privado, reconocidos. 7. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho, sin pérdida alguna de retribución, a una hora diaria de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple. La mujer, por su voluntad, e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosigualmente sin pérdida de retribución, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada laboral en media hora diaria con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas, conforme al acuerdo que llegue con la empresa. Este permiso podrá ser disfrutado por el padre en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madresque ambos trabajen, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera siempre que quede acreditado mediante certificación de la provincia empresa en donde esté ubicado el centro que trabaje la madre que ésta no ha ejercitado en la misma este derecho. 8. El trabajador que, por razones de guarda legal, tenga a su cuidado directo a algún menor de ocho años o a una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx, entre al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. El ejercicio de este derecho por parte del trabajador durante los primeros nueve meses de vida del menor, es incompatible con lo previsto en el plazo será apartado 7 de 4 díaseste artículo. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. La reducción de la jornada contemplada en el presente apartado constituye un derecho individual de los trabajadores, mujeres y hombres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. c) En caso 9. Las horas necesarias para visita médica, con un máximo anual de matrimonio16 horas. 10. Aquellas otras que establezca la legislación vigente. Los supuestos contemplados en los apartados precedentes, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida cuando concurran las circunstancias previstas en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja los mismos, se extenderán así mismo a las parejas de hecho y esta licencia sólo siempre que se podrá conceder cada seis años, excepto en caso acredite de fallecimiento acuerdo con la normativa de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioaplicación. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente Las licencias retribuidas por su naturaleza son interrupciones ocasionales en la prestación del trabajador, que sin embargo, mantienen el reconocimiento deber retributivo por parte de la empresa. Todo el personal afectado por el presente Convenio Colectivo previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos siguientes motivos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en durante el presente artículo, tiempo que a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, continuación se encuentra faculta-determina: a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales1. Por in- tervención matrimonio o pareja de hecho, quince días naturales, que podrán unirse a los días de vacaciones devengados hasta la fecha de matrimonio, siempre que las necesidades del servicio lo permitan. 2. Durante cinco días naturales, que podrán ampliarse hasta tres más cuando el trabajador necesite realizar un desplazamiento al efecto, en los casos, de nacimiento o adopción de un hijo, y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad domiciliario del cónyuge o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho legalmente registrada, hijo, padre o madre, nietos, abuelos y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento hermanos de uno u otro cónyuge o pareja de hecho legalmente registrada. Si el hecho causante se produjera en víspera de festivo o descanso semanal, los días antes señalados comenzarán a contarse desde el primer día hábil siguiente. 3. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los componentes preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, debiendo preavisar y justificar la necesidad de su realización dentro de la parejajornada de trabajo. 4. Por lactancia, cuya regulación se establece en cuyo caso se reducirá a dos añosel artículo siguiente. 5. Durante tres días naturales, por traslado de su domicilio habitual. Si esta tuviese lugar en víspera de festivos o descanso semanal. El personal contratado que haya disfrutado cómputo de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla los tres días comenzará a su vez para esa misma unión por matrimoniopartir del primer día hábil siguiente. d) 6. Por matrimonio el tiempo indispensable para el cumplimiento de padres un deber inexcusable de carácter público y madrespersonal, hermanos y hermanas del modo que se determina en la legislación vigente que resulte de aplicación. 7. Por el tiempo indispensable para la asistencia a exámenes cuando el trabajador curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o hijos e hijasprofesional. 8. Por motivos particulares hasta cinco días laborables durante el año, un día naturalsiempre que las necesidades del servicio lo permitan. Para Todas estas licencias se concederán en el disfrute acto, sin perjuicio de las licencias de los apartados a), b) y d) sanciones que puedan imponerse si se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosalega alguna causa que resulte falsa. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente La referencia al cónyuge se entenderá no solo al vínculo matrimonial, sino también a vinculación afectiva y convivencia demostrada con independencia de la orientación sexual, justificando mediante certificación de inscripción el correspondiente registro oficial de parejas de hecho. En aquellas poblaciones donde no exista registro oficial la Comisión Paritaria determinará este hecho, en base a la documentación aportada por el trabajador. En el supuesto de conflictos de intereses con terceros, el reconocimiento del derecho que corresponda se realizará de los mismos derechos y obligaciones respecto conformidad con la resolución que, de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadamanera firme, se encuentra faculta-dicte por la autoridad administrativa o judicial competente, conforme al ordenamiento jurídico vigente. a) Por matrimonio, quince días naturales. b) Por enfermedad grave u o fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, cinco días naturales si es fuera de la localidad donde resida el trabajador y a más de 200 kilómetros de ella, y tres días si es dentro de la localidad. Siendo de siete días si es fuera del país. En el supuesto de enfermedad grave los trabajadores podrán disfrutar de esta licencia retribuida a lo largo del periodo que dure el hecho causante. c) Dos días por hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario de parientes de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento afinidad. Cuando con tal motivo el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo al efecto, la licencia será de 3 cuatro días. Para los desplaza- mientos fuera Los trabajadores podrán disfrutar de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá retribuida a dos años. El personal contratado lo largo del periodo que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniodure el hecho causante. d) Por matrimonio nacimiento de padres y madreshijo, hermanos y hermanas o hijos e hijastres días naturales, un día natural. Para el disfrute ampliable a tres días si es fuera de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosla provincia. e) Ausencia del trabajo Un día por consulta médica:boda de parientes hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad. f) Durante un día por traslado de domicilio. g) 1. El tiempo necesario para la asistencia a los exámenes a que debe concurrir el trabajador por estudios de Formación Profesional, Enseñanza Secundaria Obligatoria y Universitarios, con previo aviso y posterior justificación.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículoEl personal tendrá derecho, mediante la oportuna justificación, a las permisos retribuidos por los tiempos y causas siguientes: 1. Por razón de matrimonio propio o parejas de hecho legalmente constituidashecho, probando su existencia a través de su inscripción siempre que consten inscritas en el registro correspondiente, el trabajador o trabajadora tendrá derecho a una licencia de veinte días naturales. El personal contratadotrabajador o trabajadora que contraiga nuevo matrimonio o de nuevo constituya pareja de hecho siempre que consten inscritas en el registro correspondiente, previo aviso cumpliendo los requisitos exigidos, tendrá derecho a la concesión de una nueva licencia de igual duración. 2. Tres días naturales de los cuales al menos cuarenta y ocho horasdos serán laborales en el caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija en la misma provincia de residencia o un día más si es a más de 200 km. 3. Cuatro días naturales de los cuales al menos dos serán laborables en caso de accidente o enfermedad grave, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaintervención quirúrgica, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyugehospitalización, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad. Cuando por estos motivos el trabajador o trabajadora necesite trasladarse a más de 200 km, el permiso será de un día más. En los casos de hospitalización, intervención, enfermedad grave o accidente, se permitirá el fraccionamiento del permiso, disfrutar del mismo de manera discontinua mientras dure esta situación y hasta ocho días laboralesdespués del alta hospitalaria o diez días naturales contados a partir del día en que se produzca el hecho causante, inclusive. Podrán ampliarse estos días descontándolos de las vacaciones, previa solicitud del trabajador/a y siempre que lo permita la adecuada organización y buen funcionamiento del servicio. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento 4. Un día natural por intervención quirúrgica grave o falleciemiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, un pariente con tercer grado de consanguinidad o afinidad. No se incluye en caso este supuesto la cesárea. 5. Un día laborable por traslado de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivosdomicilio habitual. 6. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera El día de la provincia ceremonia de matrimonio de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. 7. Un día laborable de asuntos propios a lo largo del año natural. I. Para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal comprendido el ejercicio de derecho de sufragio activo, así como la pertenencia a un jurado o la asistencia a juicio cuando la presencia del trabajador sea indispensable. II. Por el tiempo indispensable para la asistencia médica del propio trabajador en donde esté ubicado los Servicios Públicos de Salud. III. Por el centro tiempo indispensable, para el acompañamiento en la asistencia médica en los Servicios Públicos de Salud de hijos menores de 8 12 años que deberá ser justificado posteriormente a la visita médica del menor. IV. Por el tiempo indispensable, para el acompañamiento en la asistencia médica a los Servicios Públicos de Salud hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad de familiar con discapacidad, edad, accidente o enfermedad que no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida, siempre y cuando no se haya solicitado reducción de jornada por esta misma circunstancia. V. Los padres tendrán derecho, mediante la oportuna justificación, a permisos retribuidos por los tiempos y causas siguientes: (a) Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo, por el plazo será tiempo que duren los mismos hasta un máximo de 4 días2 horas diarias. (b) Hasta un máximo de dos horas diarias para atender a hijos prematuros o recién nacidos que deban permanecer hospitalizados tras el parto durante el tiempo que dure la hospitalización, siempre y cuando no se haya solicitado reducción de jornada por esta misma circunstancia. (c) En caso Hasta un máximo de matrimonio3 días laborables, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes para el sometimiento de técnicas de reproducción asistida previa justificación médica o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioclínica del tratamiento. (d) Por matrimonio el tiempo indispensable para acudir a una tutoría al trimestre cuando el trabajador tenga hijos en edad escolar obligatoria. Estos permisos se disfrutarán siempre en días consecutivos coincidiendo con los supuestos aquí contemplados y que dan derecho a ellos, sin que puedan desplazarse, cambiarse o trasladarse a otras fechas distintas. A los efectos de padres este artículo, el parentesco de consanguinidad o afinidad comprende: Primer grado: Cónyuge, padres, suegros, hijos, xxxxx y madresnuera; Segundo grado: Xxxxxxx, hermanos hermanos, cuñados y hermanas o hijos e hijasnietos. Tercer grado: bisabuelos, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a)biznietos, b) tíos y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradossobrinos. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente El trabajador, previo aviso y justificación, tendrá derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración y no recuperable, por los motivos y por el reconocimiento tiempo siguiente: 1. Veinte días naturales en caso de los mismos derechos y obligaciones respecto matrimonio en cualquiera de los permisos reconocidos en el presente artículosus formas civil o religiosa, a las parejas o unión de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través acreditado mediante certificado de su inscripción en el registro Registro Oficial correspondiente. 2. El personal contratadoQuince días en caso de nacimiento de hijo, previo aviso adopción o acogida. En el caso de al menos cuarenta y ocho horasparto, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaadopción o acogida múltiple, el permiso se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyugeincrementara en dos días, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, más otros dos días laboralesen caso de existir desplazamiento. 3. Por in- tervención Tres días en caso de fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el de segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesafinidad. De necesitarse desplazamiento, el plazo se aumentará en 2 días. b) 4. Un día por traslado de domicilio habitual. 5. Un día por matrimonio de hijo, hermano, padre o madre. 6. Un xxxxxx xx xxxx días al año para la asistencia a exámenes o pruebas que deba concurrir el trabajador para la obtención de un título académico o puesto profesional con previo aviso y posterior justificación. 7. El tiempo necesario para la asistencia a consulta médica del interesado, previo aviso siempre que sea posible, y justificación posterior. 8. El tiempo necesario para el cumplimiento de un deber publico, personal e inexcusable, previo aviso con justificación posterior. 9. El tiempo necesario para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente. 10. Por fallecimiento: - Por fallecimiento lactancia de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosun hijo menor de 9 meses, se tendrá derecho a UNA HORA de ausencia del trabajo. Voluntariamente podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en una hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de desplazamiento el que ambos trabajen. La duración del permiso es se incrementará proporcionalmente en los casos de 6 días laborales consecutivosparto múltiple. - Padres y madresNo obstante lo anterior la mujer, Xxxxxxxx y hermanaspor su voluntad, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera podrá sustituir esta reducción diaria de la provincia jornada y acumularla en donde esté ubicado el centro días completos por un total de trabajo, el plazo será de 4 días2 semanas a disfrutar a continuación del permiso por maternidad. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a Todas las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadopersonas trabajadoras afectadas por este convenio tendrán derecho, previo aviso y justificación, a licencias retribuidas, percibiendo el salario base en los siguientes casos: A) Quince días naturales en caso de al menos cuarenta matrimonio o inscripción como pareja de hecho, pudiendo solicitar licencia no retribuida a partir de los quince días y ocho horascon un máximo de treinta días naturales. Estos días se podrán disfrutar inmediatamente antes o después de celebrado el mismo, (salvo acreditada urgenciasin que pueda comenzar su disfrute en día festivo o de descanso de la persona trabajadora. B) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por Cinco días laborables por enfermedad grave u con hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Son parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimientolos siguientes: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para hijos o hijas (incluso los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes hijos o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo hijas del cónyuge o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho procedentes de anteriores uniones, si conviven con la persona trabajadora), madres, padres, hermanos o hermanas y abuelos o abuelas de ambos cónyuges, nueras o yernos y nietos o nietas. Estos cinco días podrán ser utilizados por el trabajador previo acuerdo con la empresa, bien de forma continuada o bien de otra forma, pero siempre en jornadas completas, y condicionados a la subsistencia de la baja médica que da origen a esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto licencia. Tres días naturales en caso de fallecimiento de uno parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Son parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad los siguientes: hijos o hijas (incluso los hijos o hijas del cónyuge o pareja de hecho procedentes de anteriores uniones, si conviven con la persona trabajadora), madres, padres, hermanos o hermanas y abuelos o abuelas de ambos cónyuges, nueras o yernos y nietos o nietas. C) Si alguno de los componentes motivos que se contemplan en el apartado b) del presente artículo, obliga a un desplazamiento fuera de la parejapoblación de residencia, citado, se seguirán las siguientes normas: • Desplazamientos a una distancia superior a 300 km, cinco días. D) Exámenes en cuyo caso se reducirá centros de enseñanza oficial, el tiempo que sea necesario para ello. E) Traslado de domicilio más de 300 km, cuatro días; y hasta 300 km, dos días. F) Para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, el tiempo necesario que haga falta, siempre que no pueda realizarse fuera de las horas de trabajo. G) Para acudir a dos años. El personal contratado que haya disfrutado cita médica con especialista de la “licencia Seguridad Social, dispondrá de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioun permiso retribuido de seis horas anuales. dH) Por matrimonio En cuanto al permiso por nacimiento, adopción o acogida, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Ley 6/2019 de padres 1 xx xxxxx y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosdemás normativa reguladora. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, Los trabajadores afectados por este Convenio tendrán derecho a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-siguientes licencias retribuidas: a) Por el tiempo que necesite para asistir a consultorio médico, por razones de enfermedad, siempre que presente a la empresa el correspondiente parte facultativo del médico que le hubiera asistido, en el que habrá de indicarle la hora de la consulta. b) Cuatro días en los casos de nacimiento, adopción o acogimiento de hijos, enfermedad grave u hospitalización del cónyugegrave, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento y compañero o compañera que convivan dentro de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosla misma unidad familiar. Cuando por tal motivo, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 cinco días. Dichos días podrán disfrutarse de forma discontinua, dentro de un plazo máximo de 15 días del hecho causante, previa comunicación a la empresa y sin que afecte a la organización del trabajo. c) En caso de matrimonioVeinte días, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio el tiempo indispensable para el cumplimiento de padres un deber inexcusable de carácter público y madrespersonal, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines cinco días; debiendo justificar a los mismos gradosla empresa la necesidad del mismo. e) Ausencia Dos días, por traslado de domicilio. f) Un día por matrimonio de hermanos y demás familiares de 2. ° grado de consanguinidad o afinidad. Dos, si hubiera que desplazarse fuera. g) Una jornada en las ferias oficiales de cada localidad, de acuerdo con el calendario oficial del trabajo Ayuntamiento. Esta jornada deberá disfrutarse el día anterior a la fiesta local decretada por consulta médica:cada Ayuntamiento para las ferias y fiestas mayores. h) Media jornada el día 24 de diciembre y el día 31 de diciembre. i) Dos días por asuntos propios. Los días de asuntos propios en ningún caso podrán disfru- tarse en sábado, o al comienzo o la finalización de las vacaciones. Todas las licencias retribuidas fijadas en este artículo se otorgaran asimismo a las parejas de hecho inscritas como tales en el Registro de parejas de hecho.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente La referencia al cónyuge se entenderá no solo al vínculo matrimonial, sino también a vinculación afectiva y convivencia demostrada con inde- pendencia de la orientación sexual, justificando mediante certificación de inscripción el reconocimiento correspondiente registro oficial de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidashecho. En aquellas poblaciones donde no exista registro oficial la Comisión Parita- ria determinará este hecho, probando su existencia en base a través la documentación aportada por el trabajador. En el supuesto de su inscripción en conflictos de intereses con terceros, el registro correspondiente. El personal contratadoreconoci- miento del derecho que corresponda se realizará de conformidad con la resolución que, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadamanera firme, se encuentra faculta-dicte por la autoridad administrativa o judicial competente, conforme al ordenamiento jurídico vigente. a) Por matrimonio, quince días naturales. b) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad, cinco días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso naturales si es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en localidad donde esté ubicado resida el centro trabajador y a más de trabajo200 kilómetros de ella, y tres días si es dentro de la localidad. Siendo de siete días si es fuera del país. En el plazo será supuesto de 4 díasenfermedad grave los trabajadores podrán disfrutar de esta licencia retribuida a lo largo del periodo que dure el hecho cau- sante. c) En caso Dos días por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospita- lización que precise reposo domiciliario de matrimonioparientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, quince días naturalesla licencia será de cuatro días. Pudiéndose Los trabajadores podrán disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá retribuida a dos años. El personal contratado lo largo del periodo que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniodure el hecho causante. d) Por matrimonio nacimiento de padres y madreshijo, hermanos y hermanas o hijos e hijastres días naturales, un día natural. Para el disfrute ampliable a tres días si es fuera de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosla provincia. e) Ausencia del trabajo Un día por consulta médica:boda de parientes hasta segundo grado de consangui- nidad y afinidad. f) Durante un día por traslado de domicilio. g) 1. El tiempo necesario para la asistencia a los exámenes a que debe concurrir el trabajador por estudios de Formación Profesional, Enseñanza Secundaria Obligatoria y Universitarios, con previo aviso y posterior justificación.

Appears in 1 contract

Samples: Xiii Convenio Colectivo Interprovincial De Empresas Para El Comercio De Flores Y Plantas

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento El trabajador o trabajadora, previa petición y posterior justificación, tendrán derecho a disfrutar licencias retribuidas por los tiempos y causas siguientes: 1. Quince días naturales en caso de los mismos derechos matrimonio con efectos civiles plenos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a caso de las parejas de hecho legalmente constituidashecho, probando su existencia a través mediante la acreditación administrativa suficiente de su inscripción en esa circunstancia. 2. Tres días por el registro correspondiente. El personal contratadonacimiento de hijo o por fallecimiento, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por accidente o enfermedad grave graves u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización hos- pitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosafinidad. Cuando por tal motivo, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador o trabajadora necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 cuatro días. En los casos de enfermedad u hospitalización, el permiso correspondiente podrá disfrutarse de forma discontinua previo aviso a la Dirección del centro. En el parentesco por afinidad se asimila la situación de la pareja de hecho del trabajador o de la trabajadora, que previamente haya sido acreditada administrativamente de forma suficiente. 3. Un día por traslado de domicilio habitual dentro de la misma loca- lidad. Si fuera a localidad distinta, cuatro días que pueden fraccionarse según las necesidades del trabajador o trabajadora. En los traslados de localidad derivados de concurso interno, el establecimiento obligado a abonar el día de licencia retribuida será el establecimiento receptor. 4. Hasta dos días al año para asuntos propios, a fin de atender a nece- sidades personales. Dichos días se disfrutarán siempre que sé preavise con seis días de antelación, sin necesidad de justificación. Salvo pacto en contrario que prevalece siempre, no se disfrutarán en días de trabajo situados entre dos festivos, no serán acumulables entre sí y no podrán ser utilizados simultáneamente por más de un empleado del mismo Departamento. Agotado el disfrute de esta licencia, la Dirección del establecimiento no obstaculizará el cambio de días de descanso o de turno entre emplea- dos del mismo Departamento, siempre que quede garantizada la cober- tura del servicio. Los días de esta licencia no disfrutados al final del ejercicio se abona- rán en la nómina del mes de diciembre de cada año en su valor xxx xxxxxxx día, según niveles, entendiéndose por salario todos los conceptos salaria- les más la media de prima de producción anual. 5. El tiempo indispensable para: a) Concurrir a exámenes finales liberatorios y demás pruebas defini- tivas de aptitud y evaluación, convocadas oficialmente, no excediendo en su conjunto xx xxxx días al año. b) Deberes públicos. c) En caso Acompañamiento de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después hijos menores de doce años y personas dependientes a la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioasistencia sanitaria. d) Por matrimonio Realización de padres exámenes prenatales y madrestécnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo, hermanos previo aviso a la empresa con setenta y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute dos horas de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosantelación. e) Ausencia La asistencia médica a especialista de la red sanitaria pública, o a médico de cabecera, incluyendo tanto el tiempo de visita como el tiempo invertido en los desplazamientos, contra presentación tanto de la pres- cripción de cita como del trabajo por consulta médica:justificante de la visita realizada.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en Los/as trabajadores/as afectados/as por el presente artículo, convenio tendrán derecho a las parejas siguientes licencias retribuidas: 1.- Quince días naturales en caso de hecho legalmente constituidasmatrimonio. 2.- Tres días laborables por nacimiento de hijo/a. Cuando el/la trabajador/a necesite hacer un desplazamiento a tal efecto, probando su existencia a través el plazo será de su inscripción 4 días laborables. 3.- Cinco días en cómputo anual para la realización de trámites de adopción o acogimiento. 4.- Tres días laborables en caso de fallecimiento de xxxxxxx, y parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. En caso de que se produzca el registro correspondiente. El personal contratadomismo fuera de la localidad de residencia se ampliará en un día más. 5.- Dos días laborables en caso de enfermedad grave, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de domiciliario del cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad. Ampliables en dos días laboralesmás si se necesitase realizar un desplaza- miento de, al menos, 70 kilómetros a tal efecto. Cuando se trate de un ingreso de larga duración del cónyuge y parientes hasta segundo grado de consanguinidad, se tendrá derecho a una segunda licencia retribuida de 2 días laborables, siempre que hayan transcurrido veinte días desde el disfrute de la primera licencia. También se tendrá derecho a sucesivas licencias no retribuidas, en los mismos supuestos y por igual tiempo, siempre que hayan transcurrido veinte días consecutivos desde la finalización de la anterior, sin que en ambos casos sea de aplicación la ampliación por desplazamiento. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento 6.- Un día por matrimonio de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso parientes hasta segundo grado de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivosconsanguinidad. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimoniohacer desplazamiento se ampliará en un día más. 7.- Un día por traslado del domicilio habitual. 8.- Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable, quince días naturalessegún las dispo- siciones vigentes. 9.- A los/as trabajadores/as que por prescripción de su médico de cabecera tenga que acudir a centro o establecimiento sanitario, situado a más de 25 Km. Pudiéndose de su localidad de residencia, se le abonará la jornada completa previo justificante médico. 10.- Las horas precisas para asegurar la concurrencia a exámenes públicos u oficiales. 11.- Los/as trabajadores/as podrán disfrutar antes o después de un permiso retribuido para asistir a la ceremonia oficialconsulta médica al objeto de acompañar a sus hijos menores de 12 años y familiares mayores dependientes, de 15 horas, que deberán ser justificadas y que no son ni recuperables ni acumulables por años. Esta licencia Los/as trabajadores/as podrán disfrutar de un permiso no podrá ser absorbida en todo o en parte retribuido por coincidir con el período tiempo indispensable para asistir a la consulta de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añosespecialista médico, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes familiares establecidos en el párrafo anterior, aunque ya haya consumido su bolsa de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural15 horas anuales. Para el disfrute de este permiso, se requerirá preavisar con una antelación de entre 5 y 10 días, quedando obligado/a el/la trabajador/a a recuperar las horas invertidas dentro de los 30 días siguientes al disfrute de este permiso. En el caso de que dos o más trabajadores/as de la misma empresa generen este derecho por la misma persona, podrán disfrutar de este permiso retribuido de forma indistinta siempre que, entre todos, no accedan del límite de quince horas. En todas las licencias descritas en el presente artículo, tendrán la misma consideración y derecho, los/as trabajadores/as que en vez de los apartados a)unidos por matrimonio, b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosencuentren inscritos o inscritas como parejas de hecho. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Comercio De Alimentación

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento —Previo aviso y justifi- cación posterior del trabajador, éste podrá ausentarse del tra- bajo con derecho a la percepción íntegra xxx xxxxxxx en los ca- sos siguientes: 1.° Por matrimonio o unión de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículohecho, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- del trabajador/a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia Dicho permiso no podrá ser absorbida concedido más de una vez cada dos años. 2.° Por fallecimiento o enfermedad grave o intervención quirúrgica de un familiar hasta segundo grado de consangui- nidad o afinidad, tres días en todo Madrid o provincia y cinco si es en parte otro lugar. (A tenor del Código Civil, se consideran grado primero de consanguinidad: cónyuge, padres e hijos; y se- gundo grado: abuelos, nietos y hermanos. Grado primero de afinidad: suegros, yerno y nuera, y segundo grado cuñados). 3.° Por nacimiento o adopción de un hijo, tres días natu- 4.° Por traslado del domicilio habitual, dos días naturales dentro del municipio y tres si es fuera. Una vez por coincidir con año. 5.° Para concurrir a exámenes finales, pruebas definitivas de aptitud, en centros oficiales de formación, el período tiempo de vacaciones. También corresponderá 15 su celebración. 6.° Por deberes públicos de carácter inexcusable orde- nados por la autoridad competente, el tiempo legalmente in- dispensable. 7.° Por trámites previos al matrimonio, unión de hecho, separaciones y divorcios, dos días hábiles. 8.° Por razones de permiso al constituirse matrimonio civil o separaciones de padres, hermanos, hijos, hermanos políticos y nietos, en pareja la fe- cha de la celebración del acontecimiento, ampliándose a dos cuando el hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto produzca fuera de la Comunidad de Ma- drid. 9.° Por el tiempo necesario en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla asistencia del in- teresado o familiar a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines cargo a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por la consulta médica:.

Appears in 1 contract

Samples: Convenios Colectivos

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos Los trabajadores y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el trabajadoras afectados al presente artículo, Convenio tendrán derecho a las parejas de hecho legalmente constituidaslicencias retribuidas siguientes, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, siempre que se encuentra faculta-justifique debidamente: a) Por Dos días, en caso de accidente, enfermedad grave u hospitalización del cónyugegrave, hijos e hijashospitalización, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad. Se ampliará en dos días laboralesmás en caso de desplazamiento a más de 60 kilómetros del centro de trabajo. Solo en el caso de que la enfermedad grave, hospitalización o fallecimiento, se produjesen en xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el permiso retribuido se ampliará en un día laborable, que en el caso de la hospitalización podrá disfrutarse mientras dure la misma. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 Tres días laborales consecutivosnaturales, en caso de desplazamiento el permiso es nacimiento de 6 hijo, hija o adopción que serán prorrogados en tres días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera más en caso de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro que se produjesen complicaciones médicas o de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasíndole familiar derivadas del parto. c) En caso de matrimonioUn día natural, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento matrimonio de uno hijos e hijas o de los componentes de la parejahermanas y hermanos, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniocuando coincida con día laborable. d) Por matrimonio Un día natural para el caso de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute traslado de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosdomicilio. e) Ausencia Dieciséis días naturales, en caso de matrimonio. A petición de la persona interasada, los dieciséis días podrán repartirse entre las fechas inmediatamente anteriores y posteriores a la celebración del trabajo matrimonio. Esta licencia se extenderá a las parejas de hecho, desde el momento en que se inscriban como tales en el registro establecido al efecto. f) Hasta cinco días, por consulta médica:causa justificada de fuerza mayor. g) Hasta 15 horas retribuidas anuales para exámenes, cuando los estudios traten de temas comerciales relacionados con la actividad de la empresa. h) Las mujeres trabajadoras, tendrán derecho a permiso retribuido, para acudir a un reconocimiento ginecológico anual, de los médicos de la Seguridad Social, y por el tiempo de duración de la consulta. i) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, Los trabajadores afectados por este Convenio tendrán derecho a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-siguientes licencias retribuidas: a) Por el tiempo que necesite para asistir a consultorio médico, por razones de enferme- dad, siempre que presente a la empresa el correspondiente parte facultativo del médico que le hubiera asistido, en el que habrá de indicarle la hora de la consulta. b) Cuatro días en los casos de nacimiento, adopción o acogimiento de hijos, enfermedad grave u hospitalización del cónyugegrave, hijos e hijashospitalización, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, o fallecimiento de parientes hasta el segundo se- gundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento y compañero o compañera que convivan dentro de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosla misma unidad familiar. Cuando por tal motivo, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 cinco días. Dichos días podrán disfrutarse de forma discontinua, dentro de un plazo máximo de 15 días del hecho causante, previa comunicación a la empresa y sin que afecte a la organización del trabajo. c) En caso de matrimonioVeinte días, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio el tiempo indispensable para el cumplimiento de padres un deber inexcusable de carácter público y madrespersonal, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines cinco días; debiendo justificar a los mismos gradosla empresa la necesidad del mismo. e) Ausencia Dos días, por traslado de domicilio. f) Un día por matrimonio de hermanos y demás familiares de 2.° grado de consanguinidad o afinidad. Dos, si hubiera que desplazarse fuera. g) Una jornada en las ferias oficiales de cada localidad, de acuerdo con el calendario oficial del trabajo Ayuntamiento. Esta jornada deberá disfrutarse el día anterior a la fiesta local decre­ tada por consulta médica:cada Ayuntamiento para las ferias y fiestas mayores. h) Media jornada el día 24 de diciembre y el día 31 de diciembre. i) Dos días por asuntos propios. Los días de asuntos propios en ningún caso podrán disfru­ tarse en sábado, o al comienzo o la finalización de las vacaciones.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos Dieciocho días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, naturales retribuidos en caso de parientes hasta el segundo grado matrimonio o pareja de consanguinidad o afinidad dos días laboraleshecho. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 Cuatro días laborales consecutivosnaturales, en caso de desplazamiento el permiso fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho y/o hijos si es en la misma localidad y seis días si sucediera en otra provincia con una distancia de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasal me- nos 175 km del domicilio del trabajador. c) En caso de matrimonio, quince Cuatro días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno padres, her- manos, nietos y abuelos consanguíneos y/o políticos y seis días si sucediera en otra provincia con una distancia de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioal me- nos 175 km del domicilio del trabajador. d) Por matrimonio Cuatro días naturales en caso de padres hospitalización con o sin intervención quirúrgica y madrespor intervención quirúrgica sin hospitalización del cónyuge o pareja de hecho, padres, hijos, abuelos consanguíneos o por afinidad, nietos, hermanos con- sanguíneos y/o políticos y hermanas seis días si sucediera en otra pro- vincia con una distancia de al menos 175 km del domicilio del trabajador. El trabajador podrá elegir el inicio de la licencia, bien en el co- mienzo de la hospitalización o hijos e hijas, a partir del momento de la inter- vención. El trabajador podrá elegir el inicio de la licencia en cualquier momento exclusivamente durante el periodo que dure la hospi- talización y de manera ininterrumpida. Se considerará hospitalización el ingreso en boxes por un día natural. Para el disfrute tiem- po mínimo de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosveinticuatro horas. e) Ausencia Un día natural por traslado del domicilio habitual y será justi- ficado con el nuevo empadronamiento. f) Un día natural, si el trabajador debe de trabajar ese día, en caso de matrimonio de hijos, padres y hermanos consanguí- neos y/o políticos y dos días, si ocurriera fuera de la provincia con una distancia de al menos 175 km del domicilio del tra- bajador. g) Primeras comuniones y bautizos, serán objeto de permiso re- tribuido con cargo a vacaciones o días de descanso, debida- mente justificados por escrito del modo habitual. h) En el supuesto de citaciones judiciales del personal, como consecuencia de incidencias producidas en el desarrollo de su trabajo y que no sean imputables al trabajador, el día será abonable no recuperable y con asistencia letrada por consulta médica:parte de la Empresa. i) Un día natural, si el trabajador debe de trabajar ese día, por defunción de tíos y sobrinos carnales y políticos y dos días si sucediera fuera de la provincia con una distancia de al menos 175 km del domicilio del trabajador, que se podrá disfrutar el mismo día del sepelio.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente Las personas trabajadoras, previo aviso y justificación, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: a) Veinte días naturales en caso de matrimonio o registro xx xxxxxx de hecho. El hecho causante para el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto esta licencia será el acto formal de los permisos reconocidos celebración del matrimonio ante autoridad civil o religiosa o la fecha de inscripción de la pareja de hecho en el presente artículocorrespondiente registro. Dicho permiso deberá ser solicitado y justificado por la persona trabajadora con quince días de antelación al hecho causante. CVE-2024-5042 b) Ocho días naturales por accidente o enfermedad grave, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización o intervención quirúrgica con hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laboralespareja de hecho o hijos/as. Por in- tervención En caso de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario en los supuestos de cónyuge, pareja de hecho o hijos/as, el tiempo de permiso será de cinco días. Cuando por tal motivo la persona trabajadora precise realizar un desplazamiento fuera de la Comunidad Autónoma, el permiso retribuido podrá incrementarse hasta diez días naturales. c) Cinco días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad consanguineidad o afinidad dos días laborales. bafinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las indicadas en este apartado c) Por fallecimiento: - Por fallecimiento que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivosaquélla. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajosupuesto cónyuge, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo hecho, hijos o hijas se podrá conceder cada seis años, excepto estará a lo establecido en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioel anterior apartado b). d) Por matrimonio Seis días naturales por fallecimiento de padres y madresxxxxxxx, hermanos y hermanas pareja de hecho o hijos e hijashijos/as de la persona trabajadora. Cuando por tal motivo la persona trabajadora precise realizar un desplazamiento fuera de la Comunidad Autónoma, el permiso retribuido podrá incrementarse hasta un día natural. Para el disfrute total de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosocho días naturales. e) Ausencia Tres días naturales por fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguineidad o afinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo se ampliará en dos días. En el supuesto de cónyuge, pareja de hecho e hijos o hijas de la persona trabajadora se estará a lo establecido en el anterior apartado d). f) Dos días naturales por matrimonio de hijos e hijas. g) Un día por matrimonio de padre o madre o hermanos y hermanas, tanto de la persona trabajadora como de su cónyuge o pareja de hecho debidamente registrada. h) Un día por traslado del domicilio habitual. Este permiso deberá ser solicitado y justificado por la persona trabajadora con cinco días de antelación al hecho causante. i) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por consulta médica:ciento de las horas laborables en un periodo de tres meses, podrá la empresa pasar a la persona trabajadora afectada a la situación de excedencia regulada en el artículo 46.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En el supuesto de que el trabajador o la trabajadora, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en la empresa.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. I. El personal contratadotrabajador/a, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a retribución, por los motivos y el tiempo siguiente: X. Xxxxxx días naturales en caso de matrimonio, a disfrutar desde el momento del hecho causante, o el día inmediatamente anterior al menos cuarenta y ocho horasmismo, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaa elección de trabajador/a. B. Tres días por nacimiento de hijo/a o por el fallecimiento, se encuentra faculta- a) Por accidente o enfermedad grave graves, u hospitalización del cónyugede parientes hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad. En el caso en el que el fallecimiento sea de cónyuge o hijo/a, hijos e hijaséste se ampliará hasta 5 días. Cuando con tal motivo el trabajador/a necesite hacer un desplazamiento al efecto, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos el periodo se incrementará en un día. C. Dos días laborales. Por in- tervención por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijosafinidad. Cuando con tal motivo el trabajador/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado a necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 cuatro días. c) En caso D. Un día por traslado de matrimoniodomicilio habitual. E. Por el tiempo indispensable, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. F. Para realizar funciones sindicales o después de representación del personal en los términos establecidos en la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo Ley o en parte por coincidir este Convenio Colectivo. G. Por el tiempo preciso y con justificación del mismo con el período correspondiente visado del facultativo cuando por razón de vacacionesenfermedad el trabajador/a precise la asistencia a consultorio médico en horas coincidentes con su jornada laboral. X. Xxx horas precisas para concurrir a exámenes finales de los trabajadores y trabajadoras, cuando éstos cursen estudios de carácter oficial o académico. También corresponderá 15 En tales casos, deberán aportar la justificación administrativa que avale su solicitud. I. Anualmente los trabajadores/as podrán disfrutar de hasta tres días más de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento acumulables de uno en uno a cualquiera de los componentes de la pareja, supuestos previstos en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados aA), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:,

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente Previo aviso y justificación, se podrá ausentar del trabajo con el reconocimiento derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos que se indican y obligaciones respecto por el tiempo siguiente: a. Quince días naturales en caso de los permisos reconocidos matrimonio. b. Dos días por el nacimiento de hijo. Corresponderá siempre y cuando no se disfrute de la prestación por nacimiento y cuidado de menor regulada en el presente artículoReal Decreto-Ley 6/2019, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través 1 xx xxxxx de su inscripción medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el registro correspondiente. El personal contratadoempleo y la ocupación. c. Tres días por enfermedad grave, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización o intervención sin hospitalización del cónyugecónyuge e hijos. d. Dos días por el fallecimiento, hijos e hijasaccidente o enfermedad graves, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivosafinidad. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado Cuando con tal motivo se necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de cuatro días. Se entenderá desplazamiento siempre que la distancia entre el domicilio de la persona trabajadora y el del familiar afectado por este apartado superen los 100 km. Este permiso podrá repartirse en 4 medios días. ce. Seis días por fallecimiento de padres o hijos (consanguíneo) En caso y cónyuge. f. Un día por fallecimiento xx xxxxxxx g. Un día por matrimonio de matrimoniopadres, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes hijos o después hermanos (consanguíneos o por afinidad) en el día de la ceremonia oficialboda h. Un día por traslado del domicilio habitual. i. Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Esta licencia no podrá ser absorbida Cuando conste en todo una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en parte cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por coincidir con el ciento de las horas laborables en un período de vacacionestres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo cuarenta y seis de esta Ley. También corresponderá 15 días En el supuesto de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo que, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes descontará el importe de la pareja, misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioempresa. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento a) Las personas trabajadoras, previo aviso y justificación, podrá faltar o ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto por el tiempo siguiente: 1. 15 días naturales en caso de los permisos reconocidos en el presente artículomatrimonio, a las parejas o pareja de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción inscrita en el registro público correspondiente, con un cómputo máximo de 4 días de descanso. El personal contratado, previo aviso En el supuesto de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaque coincidan más de 4 días de descanso en los 15 establecidos, se encuentra faculta-prorrogarán estos en el exceso. 2. 2 días en los casos de nacimiento de hijo/a) Por , adopción o acogimiento familiar permanente, y fallecimiento, enfermedad grave, lesiones graves producidas por accidente, intervención quirúrgica grave u hospitalización del cónyugey hospitalización, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario respecto del cónyuge, padre, madre, hijo/a, abuelos, nietos o hermanos de uno y otro cónyuge, y cónyuges de los hijos/as y de los hermanos/as del propio trabajador. Cuando, con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el permiso será de cuatro días. En caso de fallecimiento de cónyuge o hijo/a, la licencia será de 8 días naturales y si se necesita desplazamiento el permiso será xx xxxx días. En el supuesto de permiso por hospitalización, nunca podrá ser la duración del permiso disfru- tado mayor a la duración de la hospitalización. 3. 1 día por boda de hijo/a, padre o madre, hermanos y hermana/o político y fallecimiento de tío/a del trabajador o de su cónyuge, y por acogimiento familiar temporal. 4. 1 día por traslado del domicilio habitual. 5. La persona trabajadora tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios para concu- rrir a exámenes cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional, de parientes hasta los comprendidos dentro del Plan General de Educación. La ausencia deberá anunciarse con antelación y justificarse, posteriormente, con el segundo certificado de asistencia a los mismos. 6. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter pú- blico y personal, en las mismas condiciones y limitaciones establecidas en el Artículo 37, apartado 3-d del Estatuto de los Trabajadores. 7. Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos esta- blecidos legalmente. Se incluyen las siguientes licencias y condicionantes del Convenio Colectivo Estatal de Pastas, Papel y Cartón: 8. Por el tiempo indispensable para consulta médica de especialista y médico de familia, sea o no del Sistema Público de Salud. 9. Hasta un máximo de 12 horas anuales por enfermedad de hijos/as menores de 14 años, discapacitados o ascendientes de primer grado de consanguinidad o afinidad dos que tengan una dependencia de la persona trabajadora, cuyo estado o circunstancia del familiar por razones de edad, accidente, enfermedad o tipo de visita impide que pueda acudir a la consulta sin acompa- ñamiento. Es necesario para su concesión la concurrencia de las siguientes condiciones: –Que ambos cónyuges o parejas de hecho acrediten su condición de personas trabajadoras. –Que el horario de consulta coincida con la jornada laboral de ambos. –Será de aplicación también en las familias monoparentales y demás estados civiles. –A estos efectos, la dependencia podrá acreditarse por cualquier documento público justificativo que permanecerá vigente mientras dure el hecho causante. 10. 1 día por primera comunión de hijo/a de persona trabajadora que este a turnos cuando coincida con 1 día de trabajo en su calendario. 11. Por el tiempo indispensable para asistencia a exámenes prenatales y técnicas de prepa- ración al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. 12. Por el tiempo indispensable para matriculaciones personales en centros oficiales de en- señanza si concurre con el turno de la persona trabajadora y no fuera posible cambio de turno o de horario de matriculación. 13. 1 hora/día por nacimiento de hijos/as prematuros u hospitalización de estos/as x xxxxx- nuación del parto. Condicionantes: se añaden los siguientes condicionantes del Convenio Colectivo Estatal de Pastas, Papel y Cartón (el último de los siguientes condicionantes aplicable a los 15 días laboralesde licencia por matrimonio o pareja de hecho de nuestro Convenio): –Se entenderá desde el día del hecho causante, incluido este si no ha cumplido un 50% de su jornada habitual. –El trabajador o trabajadora que esté en turno de noche podrá optar por disfrutar el permiso retribuido la noche anterior o posterior al hecho causante. –Entendiendo que el periodo de 15 días se produce desde el día del hecho causante, previa solicitud de la persona trabajadora, podrá disfrutarse total o parcialmente dicho permiso (sin fraccio- nar el periodo) con antelación a las fechas de matrimonio siempre y cuando el número de días de trabajo y de descanso-festivos del periodo, sean los mismos que hubiera tenido a partir del hecho causante. Estas licencias se fundamentan y tienen por objeto atender a las causas o consecuencias del hecho que las motiva. Se tendrá derecho a su disfrute a partir del hecho causante a excepción de: enfermedad grave, intervención quirúrgica grave y hospitalización, cuya licencia podrá distribuirse durante los días que dure el ingreso a la elección del trabajador, siempre y cuando los días de disfrute sean los que le correspondería a partir del hecho causante, según el calendario laboral asignado. La situación de gravedad de los parientes que se concretan en el apartado 2.–ha de justificarse mediante informe o impreso expedido por el médico en el que conste la fecha en que ha asistido al enfermo o accidentado, o le ha intervenido quirúrgicamente, el nombre y apellidos del paciente y la indicación de que la enfermedad, lesión o intervención quirúrgica es grave. Se entenderá que la intervención quirúrgica es grave siempre que se aplique anestesia general. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior Las licencias retribuidas se abonarán a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera razón de la provincia en donde esté ubicado asignación salarial de los niveles de encuadramiento (Artículo. 8a) y antigüedad. El personal obrero percibirá igualmente el centro de trabajoplus fijo. El personal empleado percibirá el complemento convenio y méritos, el plazo será de 4 díassi los hubiere. c) En caso La personas trabajadoras que tengan legalmente formalizadas situaciones de matrimonioparejas de hecho, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute disfrutarán de las mismas licencias de que los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosmatrimonios. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadotrabajador/a, previo aviso y justificación, podrá́ ausentarse del trabajo con derecho a percibir el salario por los motivos y el tiempo siguiente: A. Quince días naturales en caso de al menos cuarenta y ocho horasmatrimonio. B. Tres días por accidente, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad. Para el supuesto de hospitalización hasta un máximo de días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento igual al de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, duración de la citada hospitalización en caso de desplazamiento ser menor. De tratarse de una intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario referida a los mismos familiares, el permiso es retribuido será de 6 días laborales consecutivosdos días. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivosCuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto la licencia será de cuatro días. Enel caso de que el desplazamiento sea superior a 300 km el plazo será́ de cinco días. En todos estos las islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, no se tendrá en cuenta el límite kilométrico y la licencia será de cinco días entre islas. C. Tres días en los casos si hubiera de realizarse nacimiento de hijo/a, enfermedad grave diagnosticada por el personal contratado facultativo, o fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto la licencia será de cuatro días. En el caso de que el desplazamiento sea superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo 300 km el plazo será́ de cinco días. En las islas Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, no se tendrá en cuenta el límite kilométrico y la licencia será de 3 díascinco días entre islas. D. Un día por traslado del domicilio habitual. E. Un día por matrimonio de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. F. Las horas precisas para asegurar la concurrencia a exámenes finales de los trabajadores/as, cuando estos cursen estudios de carácter oficial o académico. Para los desplaza- mientos fuera En tales casos, deberán aportar la justificación administrativa que avale su solicitud. G. Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio de sufragio activo. H. La asistencia a consulta de médico y el acompañamiento a un menor o familiares de primer grado a consulta de médico, con un máximo de dos veces al año y siempre que coincida con el horario laboral. A partir de la provincia en donde esté ubicado el centro tercera del año y si la asistencia a consulta es programada y no hubiese posibilidad de concertarla fuera del horario de trabajo, el plazo será se concederá a cuenta de 4 díasla jornada anual. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá I. Las personas trabajadoras tendrán derecho a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia ausentarse del trabajo por consulta médica:el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo; asimismo por el tiempo indispensable para someterse a tratamientos de reproducción asistida.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo Estatal De Restauración Colectiva

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento El trabajador, previo aviso y posterior justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto por el tiempo siguiente: A. Dieciséis días naturales en caso de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas matrimonio o pareja de hecho legalmente constituidasconstituida conforma a la normativa que le sea de aplicación. En el supuesto de que por el trabajador se pretendiera acumular este permiso a las vacaciones anuales, probando su existencia a través esta acumulación será posible si mediara acuerdo entre Empresa y Trabajador. B. Tres días laborables en caso de su inscripción nacimiento de hijo. Únicamente para el caso de que la persona trabajadora no reúna el periodo de carencia para la percepción de cualquier prestación como consecuencia del hecho del nacimiento. C. Tres días laborables por el fallecimiento de xxxxxxx, hijos (consanguíneos) y padres (consanguíneos) así como dos días laborables en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso caso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyugepadres políticos, hijos e hijaspolíticos, padres y madresnietos, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelashermanos de uno y otro cónyuge. cve: BOE-A-2022-15696 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Tres días laborables por accidente o enfermedad grave, dos días laborales. Por in- tervención hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad domiciliario del cónyuge e hijos (consanguíneos) así como dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, laborables en el caso de desplazamiento el permiso es padres, padres políticos, hijos políticos, nietos, abuelos y hermanos de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivosuno u otro cónyuge. En todos estos casos si hubiera el caso de realizarse por cónyuge e hijos la licencia se podrá tomar en días alternos siempre y cuando se mantenga la hospitalización. En ambos casos, cuando con tal motivo el personal contratado trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 díascinco días o cuatro días respectivamente (cinco en los casos de tres días sin desplazamiento y cuatro en los casos de dos días sin desplazamiento). c) En caso D. Dos días naturales por defunción de matrimoniotíos, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho tíos políticos, sobrinos, y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez laborables para esa misma unión por matrimoniocuñados. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosE. Dos días laborables por traslado del domicilio habitual. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento Los trabajadores regidos por este convenio tendrán derecho al disfrute de licencias sin pérdida de retribución en los mismos derechos casos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, con la duración que a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, continuación se encuentra faculta-indican: a) Por Matrimonio del trabajador: 15 días. b) Nacimiento de hijo: 2 días si se produce en la localidad de residencia y 4 si tiene lugar fuera de ella. c) Fallecimiento, accidente o enfermedad grave u graves, hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. bafinidad, tanto del propio trabajador (por consanguinidad) Por fallecimientocomo del cónyuge (por afinidad), hijos, nietos, padres, abuelos y hermanos: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos2 días, en caso de desplazamiento ampliados a 2 más si el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesita hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos al efecto fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniohabite. d) Por matrimonio traslado de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosdomicilio habitual: 1 día. e) Ausencia Cumplimiento de deberes públicos ordenados por la autoridad competente o impuestos por las disposiciones vigentes: por el tiempo indispensable para su cumplimiento. f) Los cargos representativos sindicales gozarán de los derechos establecidos en las disposiciones vigentes. g) Para concurrir a exámenes: durante el tiempo indispensable. h) Por matrimonio de hijos y de hermanos: 1 día para la localidad de residencia del trabajador y su provincia, y 2 días si tiene lugar fuera de aquella. El día de permiso deberá coincidir con la fecha de celebración del matrimonio o día consiguiente. El trabajador deberá necesariamente acreditar, cuando le sea posible y siempre antes de 1 mes, la celebración de dicho matrimonio aportando la correspondiente fotocopia del libro de familia de los contrayentes, o justificante acreditativo en su caso. i) Aquellos trabajadores a los que les coincida el horario de visita de su médico de cabecera con su propia jornada de trabajo tendrán derecho a 5 horas cada semestre para asistir a la visita médica sin pérdida alguna de retribución. Dichas horas deberán ser justificadas por consulta médica:medio de parte facultativo.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadotrabajador/a, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remu- neración por alguno de al menos cuarenta los motivos y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-por el tiempo siguiente: a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos matrimonio: 21 días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesnaturales. b) Por fallecimientofallecimiento del cónyuge e hijos naturales o políticos: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 5 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasnaturales. c) En caso Por fallecimiento de matrimoniopadres, quince hermanos, nietos y abuelos incluidos los políticos: 3 días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madresenfermedad grave, hermanos y hermanas operación u hospitalización del cónyuge e hijos naturales o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradospolíticos: 4 días naturales. e) Ausencia Por enfermedad grave, operación u hospitalización de padres, hermanos, nietos y abuelos incluidos los políticos: 2 días naturales. f) En caso de nacimiento de hija/hijo 4 días naturales, ampliables a otros 3 cuando concurriese cesárea o enfermedad grave. A efectos de las licencias previstas en los apartados D, E y F, se considerará enfermedad grave cualquier intervención quirúrgica, situación de desahucio, u hospitalización salvo en el supuesto de que dichas situaciones se generen por voluntad del trabajador, tales como situaciones de esté- tica, etc. En caso de hospitalización u operación quirúrgica de parientes, con el grado de parentesco regulado en los apartados D, E y F y siempre que requiera hospitalización, el permiso lo podrá coger durante la estancia del familiar afectado en el centro hospitalario, debiendo justificar docu- mentalmente las fechas de hospitalización por medio de certificado expedido por el centro sanitario hospitalario, finalizando cuando este sea dado de alta. En ningún caso, el trabajador, por cada situación que se produzca, podrá hacer uso de más días de los establecidos en los apartados cita- dos anteriormente. No obstante, deberá justificar documentalmente las fechas de hospitalización por medio de certificado expedido por el centro sanitario hospitalario. En los apartados B, C, D, E y F anteriores las licencias se ampliarán en 2 días más para el supuesto de que el hecho que las motive se produzca a una distancia superior a los 150 kilóme- tros del Centro de trabajo de que se trate. g) En caso de matrimonio de padres, hijos, hermanos y hermanos políticos: 1 día natural, que podrá ampliarse hasta dos cuando el trabajador/a necesite desplazarse fuera del Territorio Histórico. h) Por traslado de domicilio: 2 días naturales. i) La empresa abonará a los trabajadores y trabajadoras el tiempo indispensable para la asis- tencia a consultas médicas, tanto de medicina general, como especialistas, siempre que coincida en horario de trabajo. El carácter retribuido de este permiso quedará limitado a 12 horas por consulta médica:curso escolar para el supuesto de asistencia a consultas de medicina general.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de Con carácter general los mismos derechos y obligaciones respecto trabajadores/as tendrán derecho al disfrute de los permisos reconocidos en que contempla el presente artículo, Estatuto de los Trabajadores (artículo 37). En concreto el trabajador/a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por algunos de al menos cuarenta los motivos y ocho horaspor el tiempo siguiente: – Por matrimonio del trabajador/a, (salvo acreditada urgencia) será de diecisiete días naturales para el sector del textil, para el resto del personal afectado por el convenio será de 16 días. – Para asistir a bodas de ascendentes, descendientes o hermanos y justificación escrita posterior hermanos políticos, debidamente cumplimentadajustificada, se encuentra faculta- a) Por un día. – Tres días en los casos de nacimiento de hijo o enfermedad grave o fallecimiento o accidente u hospitalización del cónyugede parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando, hijos e hijascon tal motivo, padres el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto el plazo será de 4 días en los desplazamientos de más de 150 Km. y madres, hermanos de 5 días en los desplazamientos de más de 400 Km. Estos días deberán ser disfrutados mientras dure el hecho causante y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos no obligatoriamente consecutivos. – Dos días laborales. Por in- tervención naturales por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, ampliables a cuatro cuando el trabajador/a necesite hacer un desplazamiento al efecto. – Un día por traslado de domicilio habitual. Dos días para los trabajadores del sector de Mayoristas de Coloniales, Detallistas de ultramarinos y Supermercados. – Un día de libre disposición para los trabajadores/as de Comercio del Mueble. – Ocho horas anuales de libre disposición para todos los subsectores a excepción del comercio del mueble, a partir del 01 de enero de 2.011; horas computables como jornada efectiva de trabajo y cuyo disfrute podrá ser en periodos fraccionados nunca inferiores a dos horas, a opción del trabajador/a. Dichas horas no podrán acumularse al periodo vacacional. Se deberán justificar, pues se establecen para asistencia a instituciones, organismos públicos o asistencia a consultas médicas u hospitalarias. – Veinte horas al año para acompañar a hijos menores de 14 años al médico. – Por el tiempo indispensable para el cumplimento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. – Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. – Los/as trabajadores/as, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. Las/os afectadas/os podrán sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o por el padre, en caso de que ambos trabajen. El tiempo de lactancia se podrá acumular, previo acuerdo entre empresa y trabajador/a, en descanso continuado durante 19 días que se disfrutarán a continuación del permiso maternal. – Asimismo, quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o a un minusválido físico o psíquico o sensorial que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de su jornada de trabajo, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx entre al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. – Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida. La reducción de jornada contemplada en estos apartados constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa. La concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute del permiso de lactancia y de la reducción de la jornada, corresponderá al trabajador/a, dentro de su jornada ordinaria. El trabajador/a deberá preavisar al empresario con quince días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosantelación la fecha en que se reincorporará a su jornada ordinaria. Los permisos relacionados en el presente artículo se extenderán a las parejas de hecho, siempre que se justifique dicha circunstancia con el certificado del Registro de Parejas de hecho que al efecto tenga la Administración correspondiente, o, en caso de desplazamiento su defecto, por no existir el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajomismo, el plazo será certificado de 4 díasconvivencia. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado—Los trabajadores, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horasjustificación, (salvo acreditada urgencia) ten- drán derecho a un permiso retribuido por el tiempo y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-los motivos siguientes: a) Asistencia a consulta médica: Por cuatro horas anuales b) Un día natural: Por matrimonio de padres, hijos, hermanos o nietos. c) Un día natural: Por enfermedad grave u grave, hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de del cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesafinidad. El disfrute de este permiso, en los supuestos en que sean empleados de la empresa más de una persona con ese gra- do de parentesco, solo le puede corresponder a uno de los empleados a elección de estos. bd) Dos días naturales: Por fallecimientotraslado de domicilio e) Dos días naturales: - Por fallecimiento del cónyuge y parientes hasta segundo grado de xxxxxxx e consanguinidad o afinidad. f) Tres días naturales: Por nacimiento o adopción de hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento cuando con tal motivo el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesite un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 días. cg) En Quince días naturales: Por matrimonio del trabajador o trabajadora. h) Licencia retribuida en caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después parejas de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida hecho debidamente inscritas en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en regis- tro público: Los trabajadores que procedan a constituir una pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añosdebi- damente inscritas en el registro público correspondiente, excepto tendrán derecho a una li- cencia retribuida de 15 días naturales, según lo previsto en caso de fallecimiento de uno el Estatuto de los componentes Trabajadores para las situaciones de licencia retribuida por matrimonio. Se tendrá derecho a la licencia retribuida en el momento en que se proceda a realizar la co- rrespondiente inscripción en el registro público y se aplicará esta regulación a par- tir de la parejafirma del presente convenio colectivo tará el exceso a cargo de las vacaciones del año siguiente. Todos los casos de enfermedad grave o fallecimiento a los que se refiere el apartado c) y e) producidos en otras provincias, salvo las limítrofes, el tiempo será de cuatro días na- turales para el primero y cinco días naturales para el segundo. Como complemento de este artículo se estará a lo que establecen las letras d), e) y f) del xxxxxxxx0x xxx xxxxxxxxx 0x0 xxx del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. En los supuestos de maternidad y paternidad se estará a lo legalmente establecido, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres concre- to en los apartados 5 y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias 6 del Estatuto de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosTrabajadores. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento El trabajador previo aviso y justificación, podrá ausen- tarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos siguientes motivos y obligaciones respecto por el tiempo que se indica: - 20 días naturales en caso de los permisos reconocidos matrimonio. - 3 días por nacimiento de hijo/a. Si se produjera gravedad en el presente artículo, a las parejas parto el tiempo será de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través 5 días. - 2 días en caso de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyugecónyu- ge, hijos e hijashijos, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos consanguíneos o afines. 5 días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivosa otra provincia. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 2 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento del cónyuge, hi- xxx y padres, consanguíneos o afines. 5 días en caso de uno necesidad de desplazarse a otra provincia. - 1 día por cambio de domicilio. - 1 día para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. En todos los componentes en que se produzcan licencias retribui- das el tiempo será considerado como de presencia y los plazos serán prorrogables a criterio de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos añosdirección. El personal contratado que haya disfrutado trabajador podrá solicitar licencia sin sueldo para atender asuntos propios por un periodo máximo de noventa días, la cual será concedida, o no, a criterio de la “licencia Dirección de matrimonio” la empresa, por inscripción no podrá disfrutarla a su una sola vez para esa misma unión por matrimonioal año y de forma improrrogable. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente Además de otros permisos que regule la legislación de general aplicación, todo el reconocimiento personal tendrá derecho al disfrute de los mismos derechos licencias en la forma y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en condiciones siguientes: 1. Veinte días por matrimonio el registro correspondientexx xxxxxx de hecho. 2. El personal contratadoCinco días por accidente el enfermedad graves, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención el intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariolo repones domiciliario del cónyuge, pareja de hecho el parientes hasta el segundo según grado por consanguineidad el afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier 3. De los días por traslado de domicilio habitual. 4. Tres días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho el parientes hasta el según grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesafinidad. Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer uno desplazamiento al efecto fuera de la provincia xx Xxxx, el plazo se ampliará en de los días. b) 5. Un día por muerte de pariente hasta tercer grado de consanguinidad lo afinidad. 6. Nueve días por asuntos propios, tras previa comunicación, no pudiendo coincidir en la plantilla más de seis permisos el mismo día. Estos seis permisos se distribuirán de la siguiente forma: 7. Si concederán permisos para asístencia a consultas médicas lo de especialistas privados, de forma fraccionada hasta un máximo de dieciséis horas anuales 8. Por fallecimiento: - Por fallecimiento el tiempo indispensable para el cumplimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 un deber inexcusable de carácter público. 9. Un día por matrimonio de hijos lo hermanos. Fuera de la provincia, 3 días laborales consecutivos10.Un día por el primer aniversario de muerte de familiares en primer grado. 11.Un día por el bautizo de hijo. 00.Xx persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares el personas convivientes, en caso de desplazamiento enfermedad el permiso es accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Las personas trabajadoras, que deberán acreditar el motivo de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de su ausencia sobre la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno base de los componentes parámetros conjuntos anteriores, tendrán derecho a que sean retribuidas te las dice horas de ausencia equivalentes a cuatro días al año. Las horas podrán disfrutarse por días completos lo por horas, según las circunstancias de cada caso. Con la parejafinalidad de facilitar la relación de parentescos y sus grados, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias incluye como anexo II tabla de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosgrados de parentesco. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento Las personas trabajadoras, previo aviso y justificación, podrán ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos siguientes motivos, y obligaciones respecto por el tiempo que, para cada uno de los permisos reconocidos en el presente artículoellos, se indica a continuación: a) Por matrimonio: 15 días naturales. Por acuerdo entre la Empresa y la persona trabajadora se podrá acumular este Permiso a las parejas de hecho legalmente constituidasvacaciones anuales. Asimismo, probando su existencia a través de su se otorgará este permiso cuando se produzca la inscripción en el registro correspondientede parejas de hecho. El personal contratado, previo aviso Este permiso podrá disfrutarse una única vez en caso de al menos cuarenta concurrir ambas situaciones (matrimonio e inscripción) en los mismos sujetos causantes y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-aunque no coincidan en el tiempo. ab) Por matrimonio de hijo: Un día natural. c) Por accidente o enfermedad grave u grave, hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella, las personas trabajadoras tendrán derecho a los permisos previstos en el artículo 37.3.b) del Estatuto de los Trabajadores. Se podrá fraccionar en jornadas completas el disfrute de este permiso, supeditado a que el hecho causante continúe vigente. d) Por fallecimiento de parientes del trabajador: i. cónyuge o pareja de hecho o parientes hasta el primer grado por consanguinidad o afinidad: 4 días laborables. ii. parientes hasta el segundo grado de por consanguinidad o afinidad afinidad: 2 días laborables. Cuando por cualquier de los motivos señalados en los precedentes apartados c) y d), la persona trabajadora deba desplazarse del lugar de su residencia habitual, los plazos señalados se incrementarán en dos días laborales.laborables. cve: BOE-A-2024-5049 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx be) Por fallecimientotraslado del domicilio habitual: - Por fallecimiento 2 días laborables, debiendo avisar la persona trabajadora con una antelación de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 5 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonioque la persona trabajadora no cumpla el referido preaviso, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después la Empresa podrá denegar la concesión de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho retribuida, según las circunstancias concurrentes y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniolas necesidades organizativas. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente La referencia al cónyuge se entenderá no solo al vínculo matrimonial, sino también a vinculación afectiva y convivencia demostrada con independencia de la orientación sexual, justificando mediante certificación de inscripción el correspondiente registro oficial de parejas de hecho. En aquellas poblaciones donde no exista registro oficial la Comisión Paritaria determinará este hecho, en base a la documentación aportada por el trabajador. En el supuesto de conflictos de intereses con terceros, el reconocimiento del derecho que corresponda se realizará de los mismos derechos y obligaciones respecto conformidad con la resolución que, de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadamanera firme, se encuentra faculta-dicte por la autoridad administrativa o judicial competente, conforme al ordenamiento a) Por matrimonio, quince días naturales. b) Por enfermedad grave u o fallecimiento de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, cinco días naturales si es fuera de la localidad donde resida el trabajador y a más de 200 kilómetros de ella, y tres días si es dentro de la localidad. Siendo de siete días si es fuera del país. En el supuesto de enfermedad grave los trabajadores podrán disfrutar de esta licencia retribuida a lo largo del periodo que dure el hecho causante. c) Dos días por hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario de parientes de hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento afinidad. Cuando con tal motivo el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo al efecto, la licencia será de 3 cuatro días. Para los desplaza- mientos fuera Los trabajadores podrán disfrutar de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá retribuida a dos años. El personal contratado lo largo del periodo que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniodure el hecho causante. d) Por matrimonio nacimiento de padres y madreshijo, hermanos y hermanas o hijos e hijastres días naturales, un día natural. Para el disfrute ampliable a tres días más, si es fuera de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosla provincia. e) Ausencia Un día por boda de parientes hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad. f) Durante un día por traslado de domicilio. g) 1. El tiempo necesario para la asistencia a los exámenes a que debe concurrir el trabajador por estudios de Formación Profesional, Enseñanza Secundaria Obligatoria y Universitarios, con previo aviso y posterior justificación. 2. El tiempo preciso para la asistencia al examen del trabajo por consulta médica:permiso de conducir B, con el límite de dos medias jornadas.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento 1. La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto por el tiempo siguiente: a) quince días naturales en caso de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas matrimonio o de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondienteoficial de uniones de hecho por una sola vez con la misma persona. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, Dicho periodo se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización disfrutará a partir del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, hecho generador del derecho o entre dos días laboralesantes o quince días naturales después del evento, a elección de la persona trabajadora, pudiendo acumularse el periodo vacacional, y no pudiendo ser absorbido por éste en caso de concurrencia de ambos eventos. b) dos días por el fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Por in- tervención Este permiso se ampliará en dos días más en caso de desplazamiento a localidad diferente a la que resida, situada a más de 400 Km de la misma. c) dos días, continuos o fraccionados por jornadas completas, por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad. Este permiso se ampliará en dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, más en caso de desplazamiento el permiso es a localidad diferente a la que resida, situada a más de 6 días laborales consecutivos400 Km de la misma. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera Si dos o más personas trabajadoras de realizarse la misma empresa generasen este derecho por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro mismo sujeto causante, la empresa podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera funcionamiento de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioempresa. d) Por matrimonio por el tiempo indispensable para el cumplimiento de padres un deber inexcusable de carácter público y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradospersonal. e) Ausencia un día por traslado de domicilio habitual. f) hasta un máximo de 6 días al año para concurrir a exámenes de enseñanzas oficialmente reconocidas y previa justificación de los mismos. 2. La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo trabajo, con derecho a remuneración, por consulta médica:el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo. 3. Las personas trabajadoras tendrán derecho a un máximo de 10 horas anuales de permiso retribuido para acudir, por el tiempo indispensable, a visitas médicas, o para acompañar al cónyuge, pareja de hecho, o ascendientes o descendientes de primer grado a sus respectivas visitas médicas. El disfrute de este permiso deberá avisarse con la máxima antelación posible, y será necesaria una justificación posterior. 4. Con efectos meramente informativos se acompaña tabla de parentescos por afinidad y consanguinidad: 1º Padre y madre Xxxxxx y suegra Hijo e hija Xxxxx y nuera

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente1. El personal contratadotrabajador o trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de al menos cuarenta los motivos y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-por el tiempo siguiente: a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos quince días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, naturales en caso de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesmatrimonio. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento quince días por inscripción en el Registro Oficial de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 Uniones de Xxxxx por una sola vez, y con la misma persona. Dichos periodos se disfrutarán a partir del hecho causante o entre dos días laborales consecutivosantes o quince días naturales después del evento, a elección del trabajador, pudiendo acumularse el periodo vacacional, y no pudiendo ser absorbido por éste en caso de concurrencia de ambos eventos. c) tres días, en caso de nacimiento de un hijo o hija, que se ampliará en tres días más en caso de desplazamiento el permiso es a localidad diferente a la que resida, situada a más de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera 200 Km de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasmisma. cd) En cuatro días, en caso de matrimoniofallecimiento del cónyuge, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho o parientes hasta el 2º grado de consanguinidad y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años1º de afinidad que serán ampliables en tres días más, excepto como en el caso anterior. e) dos días, en caso de fallecimiento de uno parientes del 2º grado de afinidad. f) cuatro días, continuos o alternos, por enfermedad del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el 2º grado de consanguinidad y 1º de afinidad, siempre que la enfermedad conlleve hospitalización del enfermo y mientras dure el hecho causante. Este permiso se ampliará en tres días más en caso de desplazamiento a localidad diferente a la que resida, situada a más de 200 Km de la misma. g) por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal. h) un día por traslado de domicilio habitual. i) hasta un máximo de 6 días al año para concurrir a exámenes de enseñanzas oficialmente reconocidas y previa justificación de los componentes mismos. 2. Los trabajadores y trabajadoras tendrán derecho a un máximo de 10 horas anuales de permiso retribuido para acudir, por el tiempo indispensable, a visitas médicas, o para acompañar al cónyuge, pareja de hecho, o ascendientes o descendientes de primer grado a sus respectivas visitas médicas. Boletín Oficial de la parejaProvincia de Alicante edita excma. diputación provincial de alicante Nº 134 de 16/07/2014 El disfrute de este permiso deberá preavisarse con la máxima antelación posible, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioy será necesaria una justificación posterior. d) Por matrimonio 3. Con efectos meramente informativos se acompaña tabla de padres parentescos por afinidad y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día naturalconsanguinidad: 1º Padre/Madre. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosSuegro/Suegra. Hijo/Hija. Yerno/Nuera. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de Todos los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos trabajadores, previo aviso/solicitud en el presente artículoimpreso al efecto y posterior justificación, tendrán derecho a que se les conceda permiso sin pérdida de retribución ni derecho alguno, como mínimo en los casos y con las parejas condiciones previstas a continuación, sin perjuicio de hecho legalmente constituidasla aplicación de cualquier mejora que en esta materia introduzca la Ley Orgánica 3/2007 de 22 xx xxxxx para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, probando su existencia a través de su aplicación en el momento actual , sin perjuicio de la modificación legal que proceda si se produjeran modificaciones. 1. Quince días en caso de matrimonio o constitución e inscripción en el registro correspondiente xx xxxxxx de hecho, debiendo justificarse mediante fotocopia del libro de familia o acreditación del registro de parejas de hecho correspondiente, respectivamente. El personal contratadoSu disfrute ha de ser inmediatamente anterior y/o posterior a la fecha del hecho causante. 2. Dos días por traslado del domicilio habitual. Para la autorización de dicha licencia se deberá indicar la dirección del nuevo domicilio y aportar justificación suficiente. 3. Dos días por nacimiento de hijo, previo aviso inmediatamente posteriores al nacimiento o alta médica de al menos cuarenta la madre, y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) dos días consecutivos más si el hecho se produce fuera de la isla y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadael trabajador requiere desplazamiento. En caso de parto múltiple, se encuentra faculta-ampliará en 2 días más por cada hijo a partir del segundo. a) Por enfermedad grave u hospitalización 4. Dos días a partir del cónyugehecho causante, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, por el fallecimiento de parientes un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, y dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosmás, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos cuando este hecho se produzca fuera de la provincia isla y el trabajador requiere desplazamiento. 5. Dos días, por hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, y dos días consecutivos más si el hecho se produce fuera de la isla y el trabajador requiere desplazamiento. 6. Dos días, por accidente o enfermedad grave, que ha de constar en donde esté ubicado diagnóstico médico, de un familiar hasta el centro segundo grado de consanguinidad o afinidad, y dos días consecutivos más si el hecho se produce fuera de la isla y el trabajador requiere desplazamiento. 7. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Habrá de justificarse con la comunicación oficial que le sea remitida o con la correspondiente certificación. Gestión Insular para el Deporte, la Cultura y el Ocio S.A. (Unipersonal). A 38615191. Inscrita en el Registro Mercantil de S/C de Tenerife, Tomo 2.102 de la Sec. Gral., Hoja TF – 24.651, Folio 56, Inscripción 1ª. 8. Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos legalmente establecidos y del presente Convenio. 9. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. Extensivo a los trámites preceptivos para la adopción o acogimiento, previa acreditación y posterior justificación. 10. Por el tiempo necesario para someterse a técnicas de fecundación asistida que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo, el plazo será previa acreditación de 4 díasesta circunstancia y posterior justificación de su asistencia. c) En caso 11. Para asistencia a exámenes finales y demás pruebas definitivas de matrimonioaptitud y evaluación en centros oficiales para la obtención de un título académico o profesional, quince durante el día o días naturalesde su celebración, debiendo justificarse su asistencia, mediante la correspondiente certificación. Pudiéndose disfrutar antes Todas las anteriores licencias se justificarán con una copia del correspondiente parte médico o después inscripción del hecho en el Registro Civil o cualquier otro medio de prueba suficiente. Previa solicitud del trabajador y autorización expresa por parte de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo gerencia, se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá llegar a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute hacer uso de las licencias recogidas en este artículo, en días anteriores o posteriores al hecho causante de los apartados a)la licencia en cuestión, b) siempre sujeto a las disponibilidades y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia organización del trabajo establecidas por consulta médica:parte de la empresa.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos Previo aviso/solicitud en el presente artículoimpreso al efecto, y posterior justificación, se tendrá derecho a las licencias retribuidas que seguidamente se indican, no procediendo en ningún caso sustituir su disfrute por compensación económica: 1. Quince días naturales en caso de celebración de matrimonio o inscripción de unión de hecho, debiendo justificarse mediante fotocopia del libro de familia o acreditación del Registro de parejas de hecho legalmente constituidasde la Comunidad Autónoma. Su disfrute ha de ser inmediatamente anterior y/o posterior al día en que se celebre el matrimonio o se realice la inscripción. Este derecho podrá ser ejercido en ocasiones diferentes, probando su existencia a través siempre que se trate de su inscripción matrimonios o inscripciones de hecho con distintos cónyuges/parejas. Asimismo, no podrá disfrutarse de esta licencia más de una ocasión en el registro correspondientemismo año natural. 2. El personal contratadoPor nacimiento, previo aviso acogida o adopción de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- un/a hijo/a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laboralesnaturales de permiso a disfrutar por el padre, a partir de la fecha de nacimiento, de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o de la resolución judicial por la que se constituya la adopción. 3. Por in- tervención el fallecimiento de una persona de la familia dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, (Xxxxx XX) se concederá un permiso de tres días hábiles conforme a los turnos de cada trabajador, a partir del hecho causante cuando el mismo se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad. Por el fallecimiento de una persona de la familia dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, se concederá un permiso de dos días hábiles, y de cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad. A efectos de la ampliación de este permiso se entenderá que el fallecimiento se produce en distinta localidad (término municipal) exclusivamente cuando tenga lugar en una tercera localidad, distinta de la del domicilio de el/la trabajador/a y de la del centro de trabajo del mismo. 4. Por intervención quirúrgica de una persona de la familia hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad, con carácter general el día de la intervención quirúrgica. Cuando en la intervención quirúrgica concurra gravedad se aplicará el régimen previsto para los supuestos de enfermedad grave. Si la intervención quirúrgica es sin hospitalización que precise hospitalización, y precisa reposo domiciliario, domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, se concederá un permiso de dos días laboraleshábiles cuando el hecho se produzca en la misma localidad, y cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad. Por hospitalización se concederá un permiso de dos días hábiles cuando el hecho se produzca en la misma localidad, y cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad. b) 5. Por fallecimiento: - accidente o enfermedad graves de una persona de la familia dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, se concederá un permiso de tres días hábiles, cuando el hecho se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad. Por fallecimiento accidente o enfermedad graves de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 una persona de la familia dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, se concederá un permiso de dos días laborales consecutivoshábiles, cuando el hecho se produzca en caso de desplazamiento el permiso es de 6 la misma localidad, y cuatro días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 díashábiles cuando sea en distinta localidad. Para los desplaza- mientos fuera de su concesión se requerirá que la provincia gravedad conste en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficialdiagnóstico médico. Esta licencia no se hará extensiva para los supuestos de hospitalización por cualquier motivo de un menor con una edad inferior a doce años. En los supuestos en que concurran diversas recaídas durante la misma enfermedad grave, la Entidad IASS podrá ser absorbida otorgar diversos permisos, previa ponderación de aquéllas, en todo o en parte por coincidir con el período atención a los intereses de vacacionesel/la trabajador/a y las necesidades del servicio. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y Asimismo, esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añosdisfrutarse de forma discontinua. 6. Las/los trabajadoras/es podrán ausentarse del trabajo, excepto en caso por motivo de fallecimiento enfermedad o indisposición propias, a fin de uno de los componentes de la parejaacudir a consulta médica, en cuyo caso se reducirá deberán entregar, en el Servicio de Relaciones Laborales y Organización, en el plazo de dos días, el parte de asistencia debidamente cumplimentado, que le justificará su inasistencia al trabajo, con carácter general, durante dos horas y media, debiendo especificar expresamente en dicho parte el tiempo de permanencia en la misma, si este fuere superior a dos añoshoras y media a fin de justificar el tiempo de exceso. 7. El personal contratado Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que haya disfrutado deban realizarse dentro de la jornada de trabajo, previa acreditación de esta circunstancia y posterior justificación de su asistencia. Asimismo y en iguales condiciones, esta licencia se hace extensiva a los trámites preceptivos para la adopción o acogimiento. 8. Por el tiempo necesario para someterse a técnicas de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla fecundación asistida que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo, previa acreditación de esta circunstancia y posterior justificación de su asistencia. 9. Por traslado de domicilio en la misma localidad de residencia o a municipio limítrofe, o entre los municipios de Santa Xxxx de Tenerife, La Laguna, El Rosario, Tegueste, Tacoronte y Xxxxxxxxxx, dos días naturales; para el resto de supuestos, tres días naturales. Para la autorización de dicha licencia se deberá indicar la dirección del nuevo domicilio y aportar justificación suficiente. 10. Para participar en exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en centros oficiales para la obtención de un título académico o profesional, durante el día o los días de su celebración. Cuando para participar en estos exámenes, se requiera desplazamiento fuera de la Isla, se tendrá derecho a disfrutar, además del día del examen, el día inmediatamente anterior o posterior a su vez para esa misma unión celebración. Asimismo, la participación en pruebas selectivas y de provisión de puestos de trabajo convocadas por matrimonio. d) Por matrimonio el propio IASS, la Corporación Insular o sus Organismos Autónomos, dispensará de padres y madresla prestación de servicios el día o los días de su celebración. En todo caso, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines deberá justificarse la asistencia a los mismos gradosmediante la correspondiente certificación. e11. Se podrán conceder licencias para la realización de estudios sobre ma- terias directamente relacionadas con el puesto de trabajo. Si esta licencia se concede por interés propio de la Administración, lo que exigirá resolución motivada, se tendrá derecho a percibir todas sus retribuciones y, en su caso, las indemnizaciones por razón del servicio que correspondan. En tales supuestos, se ha de solicitar informe al Comité de Empresa. 12. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo y aquellas obligaciones cuyo incumplimiento genere una responsabilidad penal o administrativa, así como aquellos otros deberes de carácter cívico cuyo cumplimiento viene impuesto en virtud de normas específicas. Igualmente, se entenderán incluidos los deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral ante avisos urgentes relacionados con el menor o mayor dependiente que no sean susceptibles de otro permiso previsto en el presente artículo. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica. Conforme a lo previsto en el artículo 37.3.d) Ausencia del Estatuto de los Trabajadores y demás normativas administrativas de aplicación, cuando el cumplimiento de este deber suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del 20% de las horas laborables en un período de tres meses, el IASS podrá declarar a la persona afectada a la situación de excedencia regulada en el artículo 32 de este Convenio. En el supuesto de que, por consulta médica:cumplimiento del deber o desempeño del cargo, se perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en la Empresa. Habrá de justificarse con la comunicación oficial que le sea remitida o con la correspondiente certificación. A tales efectos, entre otros, se entenderá por deber inexcusable de carácter público y personal, los siguientes: ▪ La asistencia a Tribunales de Justicia e Inspección Tributaria, previa comunicación y posterior acreditación de la asistencia. ▪ La asistencia a Pleno de los/las Concejales/as de Ayuntamientos, Alcaldes/as, Consejeras/os y Diputadas/os cuando no tengan plena dedicación. ▪ El ejercicio de sufragio activo o la participación como componente xx xxxx electoral, de conformidad con las disposiciones que reglamentariamente se dicten al efecto. ▪ Renovación del DNI propio y el de la descendencia (renovación y primera expedición), si éstos fueran menores de edad y el/la trabajador/a tuviera la custodia de aquélla. ▪ Renovación del Permiso de circulación de vehículos cuando sea requisito exigido por la RPT para el desempeño efectivo del puesto de trabajo.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento Ver anexo modificación permisos según RDL 5/2023 1. Las personas trabajadoras regidas por este Convenio, tendrán derecho al disfrute de licencias sin pérdida de retribución en los mismos derechos casos y obligaciones respecto con la duración que a continuación se indican: a. Matrimonio de la persona trabajadora: 15 días. b. En la fecha del nacimiento o adopción, los permisos reconocidos familiares de 1er grado de consanguinidad o afinidad de la persona que tuviera derecho al disfrute del permiso de maternidad, tendrán derecho a 1 día si fuera en el presente artículo, a las parejas la provincia y 2 días si tuviera lugar fuera de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-ella. a) Por c. Muerte o enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijasascendientes, padres descendientes o hermanos de ambos cónyuges: 4 días si se produce en la provincia de residencia y madres8 días si se produce fuera de ella. d. En caso de hospitalización o intervención quirúrgica, de cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos de ambos cónyuges, el permiso será: − Hasta un día y hermanasfracción, xxxxxx permiso de 2 días. − Por 2 días, permiso de 2 días. − Por 3 o más días, permiso de 4 días. En la hospitalización, los días de permiso serán los indicados anteriormente, tanto si se produce en la provincia como fuera de ella, con la correspondiente justificación. En el supuesto de intervención quirúrgica fuera de la provincia, pero dentro de Catalunya, tendrá un día más de los que le corresponda y nietas si tuviera lugar fuera de Catalunya, 2 días. En todo caso el trabajador de manera global tendrá derecho como mínimo a 4 días y abuelos como máximo a 6 días, cuando requiera desplazamiento fuera de la provincia. En caso de accidente y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención en caso de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, el permiso será de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos 2, ampliable a 4 días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de necesitar desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia provincia. En todo lo no previsto en donde esté ubicado este artículo, las partes se remiten íntegramente a lo establecido en el centro artículo 37 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de trabajo23 de octubre, por el plazo será que se aprueba el texto refundido de 4 díasla Ley del Estatuto de los Trabajadores. c) En caso e. Cumplimiento de matrimoniodeberes públicos ordenados por la Autoridad competente o impuestos por las disposiciones vigentes: por el tiempo indispensable. f. Los cargos representativos sindicales, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después así como, los legales representantes de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno las personas trabajadoras gozarán de los componentes de derechos establecidos en la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioDisposiciones legales vigentes. d) g. Para concurrir a exámenes: durante el tiempo indispensable. h. Un día por traslado del domicilio habitual. i. Por matrimonio de padres hijos y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, de hermanos: un día naturaldentro de la provincia y, 2 días si tiene Jugar fuera de aquella. Para El día de permiso deberá coincidir con la fecha de celebración o día posterior. En el disfrute caso de las licencias matrimonio de hijos, será opción de los apartados a)padres de ambos disfrutar dicho permiso el día de la boda, b) el anterior o el posterior de la misma. La persona trabajadora, deberá necesariamente acreditar, cuando le sea posible y d) se entienden incluidos siempre antes de 1 mes, la celebración de dicho matrimonio aportando la correspondiente fotocopia del libro de familia de los parien- tes afines a los mismos gradoscontrayentes. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio De Limpieza De Edificios Y Locales

Licencias retribuidas. CVE-2011-6691 Se hace constar expresamente concederán veinte días de permiso retribuidos con el reconocimiento xxxxx xxx xxxxxxx real por matri- monio del trabajador, pudiéndose unir con el periodo de los mismos derechos y obligaciones respecto vacaciones, de los permisos reconocidos acuerdo con las partes. Tres días en caso de nacimiento de hijo. Un día más en el presente artículosupuesto de que el trabajador necesite realizar un desplazamiento. Cuatro días consecutivos en caso de enfermedad grave, a las parejas con hospitalización, independiente- mente del lugar de hecho legalmente constituidasrehabilitación, probando su existencia a través o fallecimiento del cónyuge, padres o hijos consanguíneos o de su inscripción en el registro correspondienteafinidad. El personal contratado, previo aviso disfrute en los casos referidos a enfermedad grave y hospitalización tendrá que producirse dentro del plazo de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por quince días desde el hecho causante. Dos días consecutivos en caso de fallecimiento o enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el de segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en afinidad. En caso de desplazamiento el permiso será de dos días más si es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 200 Km. El disfrute en los casos referidos a contar enfermedad grave y hospitalización tendrá que producirse dentro del plazo de quince días desde el centro hecho causante. Un día por traslado de trabajo el plazo será domicilio habitual. Un día en los casos de 3 díasboda de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o Afinidad. Para los desplaza- mientos fuera Un día por fallecimiento de parientes de tercer grado. 18 horas año, con presentación de justificante para la asistencia al médico del trabajador o de parientes de primer grado. Las trabajadoras por lactancia de un hijo menor de nueve meses tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, pudiendo dividir dicho periodo en dos fracciones, asimismo, podrán sustituir este derecho por una reducción de la provincia jornada normal en donde esté ubicado el centro media hora con la misma finalidad. Quienes por razón de guarda legal tengan a su cuidado directo algún menor de ocho años o un disminuido físico o psíquico que no desempeñe una actividad retribuida, tendrán derecho a una reducción de la jornada de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimoniocon la disminución proporcional xxx xxxxxxx, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después entre al menos un octavo y un máximo de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes mitad de la parejaduración de aquél. Estas licencias tendrán la misma efectividad en los casos precisos, en cuyo caso tanto para parejas de “derecho” como de “hecho”, siempre que esta circunstancia se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioacredite. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente El/la trabajador/a, justificando con la debida antelación, siempre que sea previsible cono- cer el reconocimiento día que origine la licencia retribuida, y excepcionalmente, en los casos que no pudiera comunicarlo a su inmediato superior, avisando al servicio de portería, podrá faltar al trabajo con derecho a percibir salario, en cada uno de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-casos siguientes: a) Por Quince días naturales en caso de matrimonio. b) En caso de nacimiento de hijo/a, el padre disfrutará 2 días, uno de los cuales, como mí- nimo, será laborable en el calendario del trabajador. c)Tres días por fallecimiento, accidente o enfermedad grave u hospitalización del cónyugecónyuge y parientes en primer grado de consanguinidad, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, en estos mismos supuestos de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, con límite del período efectivo de ingreso o enfermedad; no se incluye en este supuesto la hospitalización por parto, que se regirá por el apartado anterior. A estos efectos, el primer grado de parentesco se extiende a las personas que se encuen- tren a cargo del trabajador/a, por cualquier título legal acreditable (tutoría, guarda, custodia, acogimiento familiar, etc.), diferente de la mera convivencia. Están incluidos dentro del parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimientolos siguientes familiares: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosas, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y nietos/as, padres-madres, Xxxxxxxx abuelos/as y hermanashermanos/as del trabajador/a o de su cónyuge. Cuando con tal motivo, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado el/la trabajador/a que necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 hasta dos días más, en función de la distancia recorrida, del siguiente modo: De 100 a 300 km. de distancia: 1 día más. Más de 300 km. de distancia: 2 días más. En los supuestos de hospitalización del cónyuge y familiares de primer grado por consan- guinidad, el permiso retribuido será de tres días laborales, con independencia del día en que se produzca el hecho causante, siempre que los tres se utilicen dentro del tiempo efectivo de ingreso hospitalario, o de los tres días posteriores al alta hospitalaria, pero con límite del mismo número de días de hospitalización. En el resto de supuestos, uno de esos días. c) , como mínimo, será laborable, siempre que se disfrute dentro del período efectivo de ingreso. En el supuesto de hospitalización, los días de licencia se podrán disfrutar en cualquier momento a lo largo del período efectivo de ingreso, pero siempre en el mismo número a que hubiera tenido derecho a partir del hecho causante. Estos supuestos serán de aplicación, en iguales términos, en el caso de matrimonioparejas de hecho, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida siempre que se acredite esta circunstancia por cualquier medio admisible en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioderecho. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento Los trabajadores regidos por este Convenio, tendrán derecho al disfrute de licencias sin pérdida de retribución en los mismos derechos casos y obligaciones respecto con la duración que a continuación se indican: a. Matrimonio del trabajador: 15 días. b. Alumbramiento de la esposa: 4 días si se produce en la localidad de residencia y 8 si tiene lugar fuera de ella. c. En la fecha del parto o posterior, los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas familiares de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente1er. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos de la persona que dé a luz, tendrá derecho a 1 día si el parto fuera en la provincia y 2 días laboralessi tuviera lugar fuera de ella. b) Por fallecimientod. Muerte o enfermedad grave del cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos de ambos cónyuges: - Por fallecimiento 4 días si se produce en la provincia de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 residencia y 8 días laborales consecutivos, en si se produce fuera de ella. En caso de desplazamiento hospitalización o intervención quirúrgica, el permiso es será: o Por 1 día o fracción, permiso de 6 días laborales consecutivos1 día. - Padres y madreso Por 2 días, Xxxxxxxx y hermanaspermiso de 2 días. o Por 3 o más días, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivospermiso de 4 días. En todos estos casos la hospitalización, los días de permiso serán los indicados anteriormente, tanto si hubiera se produce en la provincia como fuera de realizarse por ella, con la correspondiente justificación. En el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro supuesto de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos intervención quirúrgica fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro provincia, pero dentro de trabajoCatalunya, el plazo será tendrá un día más de 4 los que le corresponda y si tuviera lugar fuera de Catalunya, 2 días. c) En caso e. Cumplimiento de matrimoniodeberes públicos ordenados por la Autoridad competente o impuestos por las disposiciones vigentes: por el tiempo indispensable. f. Los cargos representativos sindicales, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno gozarán de los componentes de derechos establecidos en la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioDisposiciones legales vigentes. d) g. Para concurrir a exámenes: durante el tiempo indispensable h. Un día por traslado del domicilio habitual. i. Por matrimonio de padres hijos y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, de hermanos: un día naturaldentro de la provincia y, 2 días si tiene lugar fuera de aquella. Para El día de permiso deberá coincidir con la fecha de celebración o día posterior. En el disfrute caso de las licencias matrimonio de hijos, será opción de los apartados a)padres de ambos disfrutar dicho permiso el día de la boda, b) el anterior o el posterior de la misma. El trabajador, deberá necesariamente acreditar, cuando le sea posible y d) se entienden incluidos siempre antes de 1 mes, la celebración de dicho matrimonio aportando la correspondiente fotocopia del libro de familia de los parien- tes afines a los mismos gradoscontrayentes. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento cve: BOE-A-2009-19223 El trabajador, avisando con la posible antelación y justificándolo adecuadamente, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto por el tiempo siguiente: Matrimonio propio: Quince días naturales. Matrimonio de los permisos reconocidos en el presente artículohijos, a las parejas de hecho legalmente constituidaspadres, probando su existencia a través hermanos del trabajador o de su inscripción cónyuge: Un día. Licencia por nacimiento de hijo: se establece en tres días naturales que se disfrutarán inmediatamente después del nacimiento. Esta licencia se ampliará hasta cuatro días si el registro correspondiente. El personal contratadohecho tiene lugar fuera de la residencia habitual del trabajador, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horasque le obligue a efectuar un desplazamiento superior a 100 Km, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, o si el empleado se encuentra faculta- a) Por desplazado en comisión de servicio en España. En el supuesto de que se encuentre en comisión de servicio desplazado fuera de España, este permiso se incrementará en un día adicional (total 5 días). Licencia retribuida con ocasión de fallecimiento, accidente, enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres de cónyuge o persona en convivencia de hecho y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado (hijos, padres, hermanos, abuelos y nietos) –en grado de consanguinidad o afinidad afinidad–: Tres días si ocurre en la localidad de residencia o en su zona de influencia (radio de 50 Km.); que se elevarán a cinco si obliga a desplazamientos a localidad distinta fuera de dicha zona. De estos días, dos días laborales. b) Por fallecimientoserán siempre laborables. Para el reconocimiento, a los efectos de este apartado y del apartado de la licencia por paternidad, de la existencia de persona en convivencia de hecho, según el Art. 6 del vigente Acuerdo Xxxxx, será requisito indispensable justificación documental. Se entenderá por justificación documental: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosLa acreditación del Registro municipal o autonómico, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivossi existiera. En todos estos casos si hubiera su defecto, la acreditación de realizarse estar ambos empadronados en el mismo domicilio. En este caso, deberá aportarse una declaración jurada firmada por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso la que se reducirá hagan constar los datos personales, de ambos miembros así como el compromiso de notificación a dos años. El personal contratado que haya disfrutado la empresa del cese de la “licencia relación. Por fallecimiento de matrimonio” tíos y sobrinos carnales: Un día natural (sólo por inscripción no podrá disfrutarla a su vez consanguinidad). Traslado de domicilio habitual: Dos días. Por el tiempo indispensable para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio el cumplimiento de padres un deber inexcusable de carácter público y madrespersonal, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para en las condiciones establecidas en el disfrute de las licencias Estatuto de los apartados a)Trabajadores. Por exámenes para la obtención de un título profesional en Centro oficial u oficialmente reconocido, b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines días necesarios para concurrir a los mismos gradosen las oportunas convocatorias. Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso al empresario y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Vii Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadotrabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remu- neración, por alguno de al menos cuarenta los motivos y ocho horaspor el tiempo siguiente: En caso de contraer matrimonio, (salvo acreditada urgencia) veinte días naturales de permiso retribuido. Por fallecimiento de parientes de primer grado y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadahermanos de consanguinidad, se encuentra faculta- a) contarán con cinco días. Para el caso de parientes de segundo grado, contarán con dos días o cuatro días si es fuera de la localidad. Por enfermedad grave u hospitalización del cónyugeo intervención quirúrgica con hospitalización, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo de primer grado y hermanos de consanguinidad o afinidad consanguinidad, contarán con tres días. Y dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosadicionales, que podrá conceder la empresa en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 díasque subsista la causa del permiso. Para los desplaza- mientos el caso de parientes de segundo grado, contarán con dos días, o cuatro días si es fuera de la provincia provincia. Para el caso de enfermedad grave con hospitalización contemplada en donde esté ubicado el párrafo anterior, el trabajador podrá disfrutar de este permiso de forma discontinuada, previo acuerdo con la empresa. Dos días por traslado de domicilio. Un día por matrimonio de pariente hasta el primer grado y de hermanos por consanguinidad. Cinco días para la realización de trámites de adopción o acogimiento. Por concurrencia a exámenes de ESO, Enseñanzas Medias o Superiores se les concederá el tiempo necesario para realizarlo, con un máximo de tres días consecutivos y de cuarenta ho- ras al año, quedando el trabajador obligado a justificar la concurrencia a los mismos. En los supuestos de asistencia a consultas médicas el tiempo indispensable con justificación posterior a la empresa. Tres días retribuidos en todos los conceptos por asuntos propios al año. Los días de asuntos propios sólo podrán ser disfrutados simultáneamente por el cinco por ciento de los trabajadores del mismo turno del centro de trabajo. Si los días de asuntos propios que se disfruten en vísperas de fin de semana o fiesta o a la finalización de fin de semana o fiesta son solicitados por más del cinco por ciento de los tra- bajadores del mismo turno de un centro de trabajo, serán concedidos en primer lugar a los trabajadores que en el plazo será año anterior no lo hayan disfrutado en estas circunstancias ni coinci- dido en las fechas, y en caso necesario, por orden de 4 días. c) petición. En ningún caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 los días de permiso asuntos propios se podrán disfrutar al constituirse comienzo ni a la finalización de las vacaciones ni en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día naturaldías entre fiestas x xxxxxxx. Para el disfrute de las licencias los días de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines asuntos propios es necesario que el trabajador lo comunique a los mismos gradosla empresa con 72 horas de antelación como mínimo. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Iii Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículoa) El personal tendrá derecho, mediante la oportuna justificación, a las permisos retribuidos por los tiempos y causas siguientes: 1. Por razón de matrimonio propio o parejas de hecho legalmente constituidashecho, probando su existencia a través de su inscripción siempre que consten inscritas en el registro correspondiente, el trabajador o trabajadora tendrá derecho a una licencia de 15 días naturales. El personal contratadotrabajador o trabajadora que contraiga nuevo matrimonio o de nuevo constituya pareja de hecho siempre que consten inscritas en el registro correspondiente, previo aviso cumpliendo los requisitos exigidos, tendrá derecho a la concesión de una nueva licencia de igual duración. 2. Tres días naturales de los cuales al menos cuarenta y ocho horas2 serán laborales en el caso de nacimiento o adopción de un hijo o una hija en la misma provincia de residencia o un día más si es a más de 200 km. 3. Tres días naturales de los cuales al menos 2 serán laborables en caso de accidente o enfermedad grave, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaintervención quirúrgica, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyugehospitalización, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad. Cuando por estos motivos el trabajador o trabajadora necesite trasladarse a más de 200 Km., el permiso será de un día más. En los casos de hospitalización, intervención, enfermedad grave o accidente, se permitirá el fraccionamiento del permiso, disfrutar del mismo de manera discontinua mientras dure esta situación y hasta ocho días laboralesdespués del alta hospitalaria o diez días naturales contados a partir del día en que se produzca el hecho causante, inclusive. Podrán ampliarse estos días descontándolos de las vacaciones, previa solicitud del trabajador/a y siempre que lo permita la adecuada organización y buen funcionamiento del servicio. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento 4. Un día laborable por traslado de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasdomicilio habitual. c) En caso de matrimonio, quince días naturales5. Pudiéndose disfrutar antes o después El día de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo de matrimonio de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioafinidad. d) Por matrimonio 6. Un día laborable de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día asuntos propios a lo largo del año natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a percibir el reconocimiento salario base de grupo, más los complementos personales por los motivos y el tiempo siguiente: A) Diecisiete días naturales en caso de matrimonio. B) Tres días en los casos de nacimiento de hijo; si por tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto en localidad distinta a la del domicilio que exija pernoctar en ella, el plazo será de cuatro días. C) Tres días por enfermedad grave o fallecimiento de parientes hasta primer grado de consanguinidad o afinidad. Dos días para los parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando, por tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días. Durante el tiempo de hospitalización de familiar de primer grado o del cónyuge o pareja de hecho registrada por causa de enfermedad o accidente grave, el trabajador podrá disponer de su licencia en días completos separados. En caso de separación de los mismos derechos y obligaciones respecto días, los laborales de los permisos reconocidos que disponga no podrán superar los que le hubieran correspondido por iniciarse la licencia el día en el que se produjo la hospitalización o el accidente. D) Un día por traslado del domicilio habitual. E) Las horas precisas para asegurar la concurrencia a exámenes finales de los trabajadores, cuando éstos cursen estudios de carácter oficial o académico. En tales casos, deberán aportar la justificación administrativa que avale su solicitud. F) Un día por boda de parientes hasta segundo grado de consanguinidad. G) Las licencias contempladas en el presente artículo, excepción hecha de la recogida en el punto A), se entienden aplicables a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción inscritas en el registro correspondienteadministrativo de uniones de hecho de la comunidad autónoma del domicilio del trabajador. El personal contratado, Con carácter previo aviso a la disposición de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta la licencia deberá constar en la empresa copia certificada expedida por el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesregistro. bH) Por fallecimiento: - Por fallecimiento El tiempo imprescindible y con justificante del facultativo, cuando por razón de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosenfermedad, el trabajador precise la asistencia a consultorio médico en caso horas coincidentes con su jornada laboral. I) El tiempo indispensable para la realización de desplazamiento el permiso es exámenes prenatales y técnicas de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera preparación al parto que se deban realizar dentro de la provincia en donde esté ubicado el centro jornada de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los El trabajador/a avisando con suficiente antelación, tendrá derecho a permisos reconocidos en el presente artículo, retribuidos con arreglo a las parejas tablas salariales anexas, por las siguientes causas. 1. Fallecimiento de padres políticos, abuelos y nietos: Tres días naturales. Fallecimiento de familiares de 1er. Grado del trabajador/ra (padres-madres y hermanas/os consanguíneos): tres días laborables. Fallecimiento de cónyuge e hijos e hijas consanguíneos del trabajador/a (naturales y adoptados): cinco días laborables, pudiendo solicitar otros tres más de permiso no retribuido. Los permisos computados en días laborables se podrán disfrutar desde el mismo día del hecho legalmente constituidascausante, probando siempre que el trabajador/a no haya cumplido su existencia jornada diaria. En caso contrario, el permiso retribuido se disfrutará a través partir del día siguiente al hecho causante. En caso de su inscripción en producirse el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadahecho causante durante las vacaciones estivales x xx Xxxxxxx, se encuentra faculta-perderá el derecho al disfrute. a) Por enfermedad 2. Fallecimiento de hermanas/os políticos, abuelas/os políticos e hijas/os políticos: Dos días naturales. 3. Enfermedad grave u hospitalización del cónyugehospitalización, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodebidamente justificada, de parientes hasta el segundo segun- do grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad: Dos días laboralesnaturales. A estos efectos se entenderá por enfermedad grave aquella que sea clasificada como tal por el facultativo correspondiente, bien en la certificación inicial o bien posteriormente a requerimiento de cualquiera de las partes. En defecto de esta certificación se presentará la que a estos efectos expidan los Servicios Médicos de la Seguridad Social. Esta certificación no será exigible cuando el enfermo sea familiar di- recto del trabajador, conviva habitualmente con él, sea intervenido quirúrgicamente y necesite hospitalización. Cuando la enfermedad grave persistiera, el trabajador/a tendrá derecho a una segunda licencia no retribuida por igual tiempo, pasados diez días consecutivos desde la finalización de la primera, sin que en este caso sea de aplicación la ampliación del permiso. b) Por fallecimiento4. Intervención quirúrgica sin ingreso hospitalario: - Por fallecimiento 1 día laborable coincidente con la inter- vención de xxxxxxx e hijos/as, cónyuge y padres-madres del trabajador/a, sin posibilidad de acumular 2 días adicionales por fuera de provincia. 5. Aquellos trabajadores y trabajadoras que tuvieran hijas/os disminuidos psico-físicamen- te: 6 Dos días laborales consecutivos, en caso de naturales para asistir a consultas médicas para dichos hijos/as siempre y cuando implique desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasprovincia. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento 27.1. La persona trabajadora podrá faltar al trabajo con derecho a remuneración por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto durante el tiempo que a continuación se expresa: 1. Quince días naturales en los casos de los permisos reconocidos matrimonio, civil o religioso. Si el día del enlace hubiese sido hábil para la persona trabajadora computarán desde dicho día y en caso contrario, desde el presente artículoprimer día hábil siguiente al del matrimonio. 2. Tres días hábiles en caso de fallecimiento o intervención quirúrgica que no requiera reposo domiciliario de cónyuge, a las parejas pareja de hecho legalmente constituidaso familiar de hasta segundo grado de consanguinidad y/o afinidad, probando su existencia que podrán ampliarse a través cinco cuando medie necesidad de su inscripción en el registro correspondientedesplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid. 3. El personal contratadoCinco días por accidente o enfermedad grave, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de por consanguinidad o afinidad dos días laboralesafinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella. En cuanto a lo señalado en los apartados 2 y 3 de este artículo en casos extraordinarios debidamente acreditados, tales licencias se otorgarán por el tiempo que se precise según las circunstancias, conviniendo las condiciones de concesiones y pudiendo acordarse la no percepción de haberes. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, 4. Un día hábil en caso de desplazamiento el permiso es matrimonio de 6 padres, hijos, hermanos o hermanos políticos en la fecha de celebración de la ceremonia. Dos días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuese fuera de la provincia Comunidad de Madrid. 5. Un día hábil por traslado de domicilio habitual. 6. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en donde esté ubicado más del 20 por ciento de las horas laborales en un período de tres meses, podrá pasar la empresa a la persona trabajadora afectada a la situación de excedencia regulada en el centro apartado 1º del artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores. 7. Por el tiempo necesario para disfrutar de los derechos educativos generales y de la formación profesional en los supuestos y en la forma regulada en la legislación vigente. 8. Por el tiempo indispensable para la obtención del carnet de conducir, recayendo la licencia en el día concreto del examen y hasta un máximo de tres ocasiones. 9. Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores y la Ley Orgánica de Libertad sindical. La persona trabajadora, a instancias de la empresa, deberá preavisar el hecho y demás circunstancias que den lugar a la licencia, con la debida antelación, comunicándolo por escrito. Se exceptúan los casos de urgencia, en los que la persona trabajadora deberá comunicar el hecho a la empresa dentro de la primera jornada de ausencia del trabajo, el plazo será sin perjuicio de 4 días. c) su posterior justificación. Todas las ausencias no previstas en los números anteriores, se considerarán ausencias no retribuidas, debiendo la persona trabajadora justificar las mismas. En caso de matrimoniono proceder a la correspondiente justificación se estará a lo dispuesto en el capítulo XIII del presente Convenio. Se exceptúan las motivadas por incapacidad temporal, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después protección de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho maternidad y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniohoras sindicales. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo Del Sector Comercio Textil

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento a) 17 días naturales en caso de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondientematrimonio. El personal contratadocómputo de es- ta licencia comenzará el primer día laborable después del hecho causante. b) 3 días naturales en caso de fallecimiento de padres, previo aviso padres políticos, abuelos, cónyuge, hijos, hijos políticos, nietos y xxxxx- nos. El cómputo de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgenciaesta licencia comenzará el primer día labora- ble después del hecho causante. c) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-2 días naturales en caso de fallecimiento de hermanos políti- cos. El cómputo de esta licencia comenzará el primer día labora- ble después del hecho causante. ad) Por 2 días naturales en caso de accidente o enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliariodomiciliario de hijos, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivospadres, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madrespadres políticos, Xxxxxxxx y hermanashijos políticos, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoabuelos, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimoniocónyuge, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madresnietos, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día naturalhermanos políticos. Para Estos días podrán disfrutarse de forma alternativa siem- pre que el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosenfermo permanezca ingresado. e) Ausencia del 1 día natural en caso de matrimonio de padres, hijos y her- manos. f) 1 día natural por traslado de domicilio habitual. g) El tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público. El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx h) Por el tiempo indispensable para la realización de exáme- nes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban reali- zarse dentro de la jornada de trabajo, debiendo presentar la tra- bajadora o trabajador al empresario el volante facultativo, justifi- cando la referida prescripción médica. i) Por el tiempo necesario en caso de consulta médica de espe- cialista en la Seguridad Social, cuando coincidiendo el horario de consulta con el de trabajo se prescriba dicha consulta por consulta el facul- tativo de medicina general, debiendo presentar el trabajador/a al empresario el volante facultativo, justificando la referida prescrip- ción médica:. En los demás casos hasta el límite de 16 horas al año.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de establece las licencias retribuidas a salario base más antigüedad en los mismos derechos casos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondientecuantías siguientes: 1. El personal contratadotrabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de al menos cuarenta los motivos y ocho horaspor el tiempo siguiente: a. Quince días naturales en caso de matrimonio o uniones de hecho registradas legalmente. b. Tres días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaaccidente o enfermedad graves, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad. A partir del tercer grado de consanguinidad incluido, 1 día. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento fuera de la isla, se duplicarán los días laboralesanteriores. b) c. Un día por traslado del domicilio habitual, y si es fuera de su municipio un día más, exceptuando los casos de traslado del domicilio habitual a los municipios limítrofes de Puerto de la Xxxx, que igualmente será un día d. Por fallecimiento: - el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. En el supuesto de que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se descontará el importe de la misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en la empresa. e. Por fallecimiento el tiempo indispensable para la realización de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosexámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. 2. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiple. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en la negociación colectiva o en el acuerdo a que llegue con el empresario respetando, en su caso, lo establecido en aquélla. Este permiso constituye un derecho individual de los trabajadores, hombre y mujeres, pero solo podrá ser ejercido por uno de los progenitores en caso de desplazamiento el permiso es que ambos trabajen. 3. Se entenderá por conviviente acreditado aquel que esté inscrito legalmente como miembro de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivosuna pareja de hecho. 4. En todos estos los casos si hubiera de realizarse por exámenes en centros oficiales o privados y siempre que el trabajador acredite estar matriculado, tendrá derecho a una licencia de duración necesaria para concurrir a los oportunos exámenes en el centro correspondiente, debiendo acreditar al regreso su participación en los mismos. 5. Todo el personal contratado un desplazamiento superior acogido al presente Convenio Colectivo tiene derecho a 30 Kmcinco días hábiles de licencia retribuida para asuntos propios. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta Dicha licencia retribuida no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período acumulada a las vacaciones anuales, pero sí al resto de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho permisos y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniolicencias. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural6. Para el disfrute La solicitud para la utilización de las licencias recogidas en el presente artículo deberán ser presentadas en la Empresa con la antelación suficiente, pudiendo ser exigidos por parte de la misma, los apartados a)justificantes que acrediten la necesidad de la licencia solicitada. 7. En todo lo referente a adopción, b) y dmaternidad, paternidad, lactancia, reducciones de jornada por cualquiera de las causas establecidas legalmente (cuidado de menores, hijos prematuros o que deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, discapacitados físicos, psíquicos o sensoriales familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos etc.) se entienden incluidos los parien- tes afines estará a los mismos gradoslo dispuesto en la legislación vigente. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento El trabajador o la trabajadora previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto por el tiempo siguiente: 1. Quince días naturales en caso de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las matrimonio propio o parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción siempre que consten inscritas en el registro correspondiente. 2. El personal contratadoDos días naturales por divorcio o separación, previo aviso incompatibles entre sí. 3. Un día natural por matrimonio de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, que coincida con día laborable. 4. Tres días naturales, al menos cuarenta dos laborables, ampliables un día más en el supuesto de que suceda fuera de la localidad donde reside el trabajador o la trabajadora y ocho horasa más de cien kilómetros de ella, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadapor fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de con- sanguinidad o afinidad. 5. Tres días naturales, se encuentra faculta- a) Por de los cuales al menos dos serán laborables en caso de accidente o enfermedad grave u hospitalización del cónyugegrave, hijos e hijasintervención quirúrgica, padres y madreshospitalización, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consan- guinidad o afinidad. Cuando por estos motivos el trabajador o la trabajadora necesite trasladarse a más de 100 Km, el permiso será de un día más. En los casos de hospita- lización, intervención, enfermedad grave o accidente, se permitirá el fraccionamiento del permiso, disfrutar del mismo de manera discontinua mientras dure esta situación y hasta ocho días después del alta hospitalaria o diez días naturales contados a partir del día en que se produzca el hecho causante, inclusive. 6. Un día laborable por traslado de domicilio habitual. 7. El trabajador o la trabajadora tendrá derecho al disfrute de los permisos retribuidos necesarios para concurrir a exámenes, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título reconocido oficialmente. 8. Por el tiempo necesario para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter pú- blico y personal comprendido el ejercicio de derecho de sufragio activo, así como la pertenencia a un jurado o la asistencia a juicio cuando la presencia del trabajador o de la trabajadora sea indispensable. 9. Por el tiempo indispensable para la asistencia médica del propio trabajador/a o para el acompañamiento en la asistencia médica en los servicios Públicos de Salud de hijos/ as menores de edad, que deberá ser justificado posteriormente a la visita médica del menor. 10. Por el tiempo indispensable, para el acompañamiento en la asistencia médica a los Servicios Públicos de Salud hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesde familiar con discapacidad, edad, accidente o enfermedad que no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida, siempre y cuando no se haya solicitado reducción de jornada por esta misma circunstancia. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento 11. Los progenitores tendrán derecho, mediante la oportuna justificación, a permisos para la realización de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosexámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, en caso que deban realizarse dentro de desplazamiento el permiso es la jornada de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madrestrabajo, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado tiempo que duren los mismos hasta un desplazamiento superior máximo de 2 horas diarias. 12. Los progenitores tendrán derecho, mediante la oportuna justificación, a 30 Kmpermisos para atender a hijos prematuros recién nacidos que deban permanecer hospitalizados tras el parto durante el tiempo que dure la hospitalización, hasta un máximo de 2 hora diarias, siempre y cuando no se haya solicitado reducción de jornada por esta misma circunstancia. 13. a contar desde el centro de trabajo el plazo será Hasta un máximo de 3 días, para el sometimiento de técnicas de reproducción asistida previa justificación médica o clínica del tratamiento. Para A los desplaza- mientos fuera efectos de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoeste artículo, el plazo será parentesco de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes consanguinidad o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo afinidad comprende: Primer Grado: Cónyuge o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho hecho, padres, suegros, hijos/as, xxxxxx y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añosnueras. Segundo Gra- do: Xxxxxxx, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la parejahermanos/as, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniocuñados/as y nietos/as. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente 1.- Todo el reconocimiento personal tendrá derecho a que se le con- ceda permiso sin pérdida de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadoretribución ni derecho alguno, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-por al- guno de los motivos y por el tiempo siguiente: a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyugegrave, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por ingreso hospitalario o in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodel cónyuge/pareja de hecho acreditada, de parientes hasta los padres de uno u otro cónyuge/pa- reja de hecho e hijos: cuatro días. Enfermedad gra- ve de los nietos, abuelos y hermanos tanto naturales como políticos: dos días. Cuando, con tal motivo, el segundo grado trabajador necesite hacer un desplazamiento fuera de consanguinidad o afinidad la isla, a tales efectos, el plazo será incrementado en dos días laboralesdías. b) Por fallecimiento: - Por En caso de fallecimiento del cónyuge/pareja de xxxxxxx hecho, e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 cinco días. Para Fallecimiento de los desplaza- mientos fuera pa- dres: cuatro días. Fallecimiento de la provincia en donde esté ubicado el centro los padres políti- cos: dos días. Fallecimiento de trabajo, el plazo será hermanos: tres días. Fallecimiento de 4 los nietos y abuelos tanto naturales como políticos: dos días. c) En caso Por alumbramiento de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes esposa o después adopción de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniohi- jo: tres días. d) Por matrimonio del trabajador: quince días, pu- diéndose acumular al periodo vacacional. Por matri- monio de padres y madres, hijos o hermanos y hermanas o hijos e hijas, del trabajador: un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosdía. e) Ausencia Por traslado del trabajo domicilio habitual: dos días. f) Por muerte de hermanos de alguno de los padres del trabajador: un día. g) En las ausencias parciales en la jornada de tra- bajo para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal, esta ausencia deberá de acreditarse documentalmente y será por consulta médica:el tiem- po indispensable requerido. h) En los permisos necesarios para concurrir a exá- menes cuando curse con regularidad estudios para la consecución de títulos oficiales académicos o profe- sionales. Este permiso será disfrutado el día natural del examen si prestara sus servicios en hora diurna. En caso de que el trabajador tuviera un turno de no- che, el permiso lo disfrutará la noche anterior al exa- men. Todos estos permisos se verán incrementados en dos días, según que el hecho causante de los mismos tenga lugar fuera de la Isla o del archipiélago Cana- rio respectivamente. Para los motivos planteados en los apartados a, b, c, d, e y f de este artículo, podrán ampliarse estos días descontando los festivos abonables y/o vacaciones, previa solicitud del personal. 2.- Cuando por razón de enfermedad, el trabajador precise la asistencia a consultorio médico o pruebas diagnosticas, en horas coincidentes con la de su jor- nada laboral, la Empresa concederá, sin pérdida de retribución ni de horas efectivas trabajadas, el per- miso necesario por el tiempo preciso al efecto, de- biendo justificarse el mismo con el correspondiente volante visado por el facultativo. 3.- En cuanto a los permisos no pactados en el pre- sente convenio, se estará a lo dispuesto en el Estatu- to de los Trabajadores. 4.- En todos los casos y circunstancias el personal deberá comunicar previamente el acontecimiento que motive la licencia y justificará adecuada y docu- mentalmente la realidad de su causa, tras el disfrute del permiso. El incumplimiento de cualquiera de es- tos requisitos dará lugar a que la ausencia se consi- dere, a todos los efectos, como falta injustificada. 5.- En todo caso, los días de licencia retribuida a que se refiere este artículo lo serán a partir del hecho causante. 6.- Las licencias contempladas en este artículo ten- drán a todos sus efectos la consideración de jornada efectivamente realizada.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente La persona trabajadora, avisando con la posible antelación y justificándolo adecuadamente, y siempre que no afecte a la operativa de su puesto con el reconocimiento autorizado de su superior, podrá faltar o ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto durante el tiempo mínimo que a continuación se expone: . Quince días en caso de los permisos reconocidos matrimonio y/o unión de hecho debidamente inscrito en el presente artículo, a las parejas registro correspondiente de la persona trabajadora. . Tres días por fallecimiento del cónyuge o pareja de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción inscrita en el registro correspondiente. El personal contratadoregistro, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijaspadres, padres y madrespolíticos, hermanos y hermanashijos, xxxxxx y nietas y nietos, abuelos y abuelas, dos días laboraleshermanos. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, . Un día en caso de desplazamiento el permiso es traslado de 6 días laborales consecutivosdomicilio habitual. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos Si fuese fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoComunidad Autónoma xx Xxxxxx, el plazo será de se ampliaría a 4 días. c) En caso . . Por el tiempo indispensable para la realización de matrimonioexámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento adopción, guarda con fines de uno adopción o acogimiento, para la asistencia a las perceptivas sesiones de información y preparación la realización de los componentes informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos que deban tener lugar dentro de la pareja, en cuyo caso se reducirá jornada de trabajo. . Por el tiempo necesario para asistir a dos años. El personal contratado que haya disfrutado consulta médica cuando deba realizarse dentro de la “licencia jornada de matrimonio” por inscripción trabajo. . Por el tiempo necesario para el cumplimiento de un deber público de carácter inexcusable y personal. . Permiso parental de ocho semanas. Permiso no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioretribuido. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento Los trabajadores de los mismos derechos y obligaciones respecto la oficina provincial de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadoXxxx Xxxx Española, previo aviso y justificación, en su caso, podrán ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por alguno de al menos cuarenta los motivos y ocho horaspor el tiempo siguiente: X. Xxxxxx días naturales en caso de matrimonio. B. Tres días por el fallecimiento, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaaccidente, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u grave, intervención quirúrgica, hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomici- liario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad. Cuando por tal motivo necesite desplazarse fuera de la localidad donde reside, el permiso será au- mentadoen dos días laboralesmás. En el caso por fallecimiento xx xxxxxx o hijo, el permiso se ampliará a 5 días. En caso de Hospitalización, podrá disfrutarse el permiso mientras dure la misma, me- diando el correspondiente preaviso. En los casos de hospitalización, intervención, enfermedad grave o accidente, se permitirá el fraccionamiento del permiso, disfrutar del mismo de manera discontinua mientras dure esta situación y hasta ocho días después del alta hospitalaria o diez días naturales con- tados a partir del día en que se produzca el hecho causante, inclusive. Podrán ampliarse estos días descontándolos de las vacaciones, previa solicitud del trabajador/a. C. Dos días por traslado de domicilio habitual. b) D. Por fallecimiento: - Por fallecimiento el tiempo de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, un día natural en caso de desplazamiento matrimonio de parientes hasta segundo gra- do de consanguinidad o afinidad, ampliable a un día más si fuera necesario desplazarse a otra localidad. E. Por el permiso es tiempo indispensable para asistir a consulta médica, con posterior justificación de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madresla asistencia. F. En el caso de enfermedad común, Xxxxxxxx y hermanasel/la trabajador/a deberá aportar la baja correspon- diente, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera salvo las dos primeras ocasiones durante el año natural, en el que el primer día de realizarse ausencia se podrá justificar mediante documento expedido por el personal contratado un facultativo como “reposo domiciliario”. G. Por el tiempo necesario para asistir a exámenes. El/la trabajador/a dispondrá del tiem- po indispensable para la presentación y realización a pruebas de evaluación conside- rándose el tiempo empleado recuperable o no recuperable en función de los tipos de exámenes relacionados a continuación. Se entiende por tiempo indispensable aquel que el/la trabajador/a necesite para garantizar la asistencia al examen, su realización y finalización, así como de tiempo de desplazamiento superior de ida al lugar del examen y de vuelta a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro su puesto de trabajo, . Permiso no recuperable: (i) Exámenes oficiales homologados por el plazo será Ministerio de 4 díasEducación: se consideran exámenes oficiales homologados todas las pruebas de evaluación incluidas en titulaciones cursadas en centros que se encuentren legalmente establecidas por el listado oficial del Ministerio de Justicia o de Educación y siempre que el examen se realice en la comunidad autónoma. c(ii) En caso Exámenes para la obtención de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después permisos de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte conducir de vehículos de transporte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniocarretera. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento El trabajador, avisando con la posible antelación, podrá faltar al trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto durante el tiempo que a continuación se expone: 1. Quince días naturales en los casos de los permisos reconocidos matrimonio. 2. Dos días naturales por nacimiento de hijo. Cuando, por tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días. cve: BOE-A-2011-17155 3. Dos días naturales en el presente artículocaso de grave enfermedad, a las parejas de hecho legalmente constituidasaccidente, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadohospitalización, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad domiciliario o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e padres, abuelos, hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso nietos, cónyuge, o hermanos del trabajador, así como los de desplazamiento su cónyuge. Cuando, por tal motivo, el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 cuatro días. A los efectos de este apartado se considerará familiar a la pareja de hecho, siempre que se acredite la inscripción en el Registro Oficial de parejas de hecho. En los casos en que el motivo de esta licencia sea la hospitalización, el trabajador podrá disfrutar esta licencia en días no consecutivos, durante el periodo de hospitalización. 4. Un día natural en caso de matrimonio de hijos, padres o hermanos, en la fecha de la celebración de la ceremonia. Cuando, por tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de dos días. c) 5. Un día por traslado de su domicilio habitual. 6. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. 7. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes para la obtención de titulaciones oficiales y certificados oficiales de idiomas (en este caso exclusivamente xxxxxx, xxxxxxx, alemán y/o italiano). 8. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. 9. Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia al trabajo a disfrutar al inicio o al final de la jornada. En caso de matrimonioparto múltiple, quince días naturalesla reducción de jornada será de una hora y media. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no Este permiso podrá ser absorbida en todo disfrutado indistintamente por la madre o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto padre en caso de fallecimiento que ambos trabajen. Cabe la posibilidad de uno acumular la hora diaria de los componentes lactancia de la pareja, un hijo menor de nueve meses en cuyo caso se reducirá a dos añosbloque de días continuados. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción Ahora bien el trabajador no podrá disfrutarla solicitar seguidamente a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio la lactancia acumulada una excedencia hasta que no haya trabajado el periodo de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para tiempo que devenga el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosesa lactancia acumulada. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Iii Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. CVE-2012-17278 El personal contratadotrabajador, previo aviso y por causa justificada, podrá ausentarse del trabajo por los motivos y el tiempo que se indica a continuación: ♦ Por matrimonio propio, 25 días naturales. ♦ Por matrimonio de al menos cuarenta sus hijos/as o padres un día, y ocho horastres si fuera necesario desplazamiento fuera de la Comunidad. ♦ Nacimiento de hijos/as, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadatres días. Si fuera necesario desplazamiento a otra Comunidad, se encuentra faculta- a) añadirán dos días. ♦ Por enfermedad grave u hospitalización del cónyugecónyuge cinco días. Si fuera necesario desplazamiento a otra Comunidad, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, se añadirán dos días laboralesdías. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, enfermedad grave de parientes hasta el ascendiente o descendiente de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosafinidad, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 tres días. Para los desplaza- mientos Si fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajonecesario desplazamiento a otra Comunidad, el plazo será de 4 se añadirán dos días. c) . ♦ En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno familiar de los componentes primer o segundo grado de la parejaconsanguinidad o afinidad, en cuyo caso tres días. Si fuese necesario el desplazamiento a otra Comunidad, se reducirá a añadirán dos añosdías. El personal contratado que haya disfrutado ♦ Por cambio de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijasdomicilio, un día naturaldía. Para Ejecutable solo cada seis meses. A efectos de definir quienes son los familiares de primer o segundo grado, se estará a lo previsto en el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:Código Civil según el cuadro siguiente: PRIMER GRADO Cónyuge Padres Hijos Padres Políticos Hijos Políticos SEGUNDO GRADO Abuelos Abuelos Políticos Hermanos Hermanos Políticos Nietos Políticos

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente De conformidad con lo previsto por el reconocimiento art. 34.8.º del ET ( RCL 1995, 997 ) , los trabajadores afectados por el presente Convenio, tendrán derecho al disfrute de licencias retribuidas en la forma que se establece a continuación: 1. Por matrimonio: 20 días naturales. 2. Por alumbramiento de la esposa: 5 días naturales. 3. Por enfermedad grave del cónyuge, hijos, padres y hermanos: 5 días naturales. A estos efectos se entenderá como enfermedad grave aquella que sea calificada como tal por el facultativo correspondiente. En todo caso, se entenderá como enfermedad grave, aquella que requiera hospitalización. En este supuesto la licencia terminará cuando finalice la hospitalización si ésta dura menos días que los previstos de licencia. 4. Por fallecimiento de los mismos derechos parientes anteriormente citados: 5 días. En el caso de abuelos y obligaciones respecto nietos: 2 días naturales. 5. Por matrimonio de padres, hermanos o hijos: 1 día natural. 6. Por traslado de domicilio habitual: 2 días naturales. 7. Por el tiempo indispensable para cumplir una orden o deber inexcusable de carácter público. 8. En los permisos reconocidos casos 1, 2, 4, y 5, si existiese desplazamiento superior a 150 Km. se ampliará en 2 días naturales. 9. En el caso 3, si existiese desplazamiento superior a 150 Km. se ampliará en 3 días naturales. 10. En los casos 3, 4, y 5, también contarán los padres, hijos y hermanos políticos. A efectos de las Licencias establecidas en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través tendrán el mismo tratamiento que los matrimonios civiles o eclesiásticos. Deberá justificarse dicha situación mediante Certificado de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad Convivencia o afinidad dos días laboralesDocumento acreditativo similar. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento cve: BOE-A-2023-16200 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx 1. Los trabajadores, previo aviso y justificación, salvo caso de urgencia justificada, podrán ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, y con consideración de tiempo efectivo de trabajo, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto por el tiempo siguientes: a) Quince (15) días naturales consecutivos en caso de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las matrimonio o parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción inscrito en el registro civil correspondiente. El personal contratado. b) Hasta tres días laborables por enfermedad grave, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horashospitalización, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad, o pareja de hecho. En el supuesto de que el trabajador necesite hacer un desplazamiento, el plazo se verá ampliado a cinco (5) días laborales. blaborales siempre que suponga un desplazamiento de más de 150 km de distancia desde el domicilio del trabajador. En todo caso, los tres (3) Por fallecimiento: - Por días de licencia referidos en la presente letra podrán disfrutarse de forma consecutiva o alterna y siempre que se mantenga el hecho causante, no siendo necesario que el inicio de dicho permiso sea el día inmediatamente posterior al día en que se produzca el hecho de origen a la presente licencia (excepto el originado por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosfamiliar). En este sentido, se obliga a los trabajadores a notificar a GINSO cualquier cambio de domicilio, en caso contrario no se podrá optar a aquellos derecho o privilegios derivados de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivosdicha circunstancia. En todos todo caso, podrán ampliarse estos casos si hubiera días descontándolos de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de las vacaciones, previa solicitud del trabajador y siempre que lo permita la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasadecuada organización y buen funcionamiento del servicio. c) En caso Un (1) día por acompañamiento de matrimonio, quince familiares hasta el primer grado por intervención ambulatoria. Se ampliará a dos (2) días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso que por prescripción médica se reducirá a dos añosexija reposo domiciliario. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” Tendrá derecho un solo trabajador por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniohecho causante. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un Un (1) día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradospor traslado del domicilio habitual. e) Ausencia El día de la ceremonia de matrimonio de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. f) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. g) Para realizar funciones sindicales o de representación de personal, en los términos establecidos legalmente y en este convenio. h) Hasta un máximo de quince (15) horas anuales para el acompañamiento médico de familiares de primer grado, atención médica del trabajador y asistencia a tutorías. Cuando el trabajador sobrepase el límite anual indicado, toda aquella solicitud que se tramite por este concepto se hará como licencia no retribuida. i) Dos (2) jornadas laborables de asuntos propios a lo largo del año natural. Adicionalmente se devengará una (1) jornada laborable adicional si el trabajador no se ha ausentado del trabajo durante el primer semestre del año natural y se devengará una (1) jornada laborable adicional si no se ausenta durante el segundo semestre del año natural. No se considerarán ausencias al trabajo, a estos efectos, las ocasionadas por consulta médica:huelga legal por el tiempo de duración de la misma, el ejercicio de actividades de representación legal de los trabajadores, el accidente de trabajo, enfermedad profesional y las licencias y vacaciones.

Appears in 1 contract

Samples: Iii Convenio Colectivo De La Asociación Para La Gestión De La Integración Social

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en Los/as trabajadores/as afectados/as por el presente artículo, convenio tendrán derecho a las parejas siguientes licencias retribuidas: 1.- Quince días naturales en caso de hecho legalmente constituidasmatrimonio. 2.- Tres días laborables por nacimiento de hijo/a. Cuando el/la trabajador/a necesite hacer un desplazamiento a tal efecto, probando su existencia a través el plazo será de su inscripción 4 días laborables. 3.- Cinco días en cómputo anual para la realización de trámites de adopción o acogimiento. 4.- Tres días laborables en caso de fallecimiento de xxxxxxx, y parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. En caso de que se produzca el registro correspondiente. El personal contratadomismo fuera de la localidad de residencia se ampliará en un día más. 5.- Dos días laborables en caso de enfermedad grave, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de domiciliario del cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad. Ampliables en dos días laboralesmás si se necesitase realizar un desplaza- miento de, al menos, 70 kilómetros a tal efecto. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento 6.- Un día por matrimonio de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso parientes hasta segundo grado de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivosconsanguinidad. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida hacer desplazamiento se ampliará en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioun día más. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un 7.- Un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradospor traslado del domicilio habitual. e) Ausencia del trabajo 8.- Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable, según las dispo- siciones vigentes. 9.- A los/as trabajadores/as que por prescripción de su médico de cabecera tenga que acudir a centro o establecimiento sanitario, situado a más de 25 Km. de su localidad de residencia, se le abonará la jornada completa previo justificante médico. 10.- Las horas precisas para asegurar la concurrencia a exámenes públicos u oficiales. 11.- Los/as trabajadores/as podrán disfrutar de un permiso retribuido para asistir a la consulta médica:médica al objeto de acompañar a sus hijos menores de 12 años y familiares mayores dependientes, de 15 horas, que deberán ser justificadas y que no son ni recuperables ni acumulables por años.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Comercio De Alimentación

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento Los trabajadores y trabajadoras previo aviso y justificación, salvo caso de urgencia justifi- cada, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto por el tiempo siguiente: a) 15 días en caso de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las matrimonio o parejas de hecho legalmente constituidasprevia justificación en registro oficial, probando que podrá disfrutar con anterioridad o posterioridad a su existencia celebración. b) Hasta 3 días naturales en los casos de nacimiento o adopción de hijo/a través y hasta 3 días laborales en los casos de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadoenfermedad grave, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario o fallecimiento, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento afinidad, o pareja de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivoshecho. En todos estos casos si hubiera el supuesto de realizarse por que el personal contratado trabajador/a necesite hacer un desplazamiento desplazamiento, a tal efecto, superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo180km., el plazo será se verá ampliado en dos días. Podrán ampliarse estos días mediante la petición de 4 díaspermisos no retribuidos previa solicitud del trabajador o trabajadora y siempre que lo permita la adecuada entidad y buen funciona- miento del servicio. También se podrán ampliar esos días de permiso descontándolos de las vacaciones, pero solamente por el número de días de vacaciones que no estén incluidos dentro de los días a disfrutar como consecuencia del cierre del servicio. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte Un día laborable por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniotraslado del domicilio habitual. d) Por matrimonio el tiempo indispensable, para el cumplimiento de padres un deber inexcusable de carácter público y madrespersonal. A los efectos del convenio, hermanos se consideran deberes inexcusables de carácter público y hermanas personal, entre otros los siguientes: 1. Expedición y renovación del DNI, permiso de residencia y trabajo, carné de conducir, pasaporte y certificados, registro de organismos oficiales, etc. aplicable a partir del 1 de enero de 2019. 2. Citaciones de juzgado, comisarías, gobiernos civiles o hijos e hijassimilares. 3. Ejercicio de cargo público de representación. Cuando el cumplimiento del deber referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del 20 por ciento de las horas laborales en un período de tres meses, un día naturalpodrá la entidad pasar al trabajador o trabajadora afectado a la situación de excedencia regulada en el artículo 40 del presente convenio. 4. El tiempo imprescindible para asistir a consulta médica, siempre que sea en el sistema público o centros concertados con éste siempre que no se pueda acudir fuera de las horas de trabajo. A partir del 1 de enero de 2019 será el tiempo imprescindible para asistir a consulta médica, el trabajador o trabajadora o familiares hasta primer grado de consanguinidad o afi- nidad, siempre que sea en el sistema público o centros concertados con éste. 5. Para atender los daños producidos por catástrofes, reconocidas oficialmente mediante entidad funcionalmente competente, en los bienes inmuebles que constituyan la vivienda habitual del trabajador o trabajadora. 6. Por el disfrute tiempo necesario para realizar exámenes oficiales siempre que versen sobre mate- rias relacionadas con el puesto de trabajo y siempre que no haya posibilidad de cambiar turno en el día. Estos permisos serán por el tiempo imprescindible par la realización de los exámenes. En cada empresa se acordará con la representación legal de los trabajadores/as las materias que están relacionadas con el puesto de trabajo. En caso de que los exámenes no estén rela- cionados con materias relacionadas con el puesto de trabajo, el máximo de permisos durante un curso será de 2. Estos permisos serán por el tiempo imprescindible para la realización de los exámenes. A partir del 1 de enero de 2019 el permiso será por el tiempo necesario para realizar exámenes oficiales, versen o no sobre materias relacionadas con el puesto de trabajo, garantizando siempre la posibilidad efectiva de ejercitar dicho derecho. 7. Para realizar funciones sindicales o de representación de personal, en los términos esta- blecidos legalmente y en este convenio. – Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de exámenes prenatales y técnicos de preparación del parto, previo aviso a la entidad y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo. – Todas las licencias y permisos de días completos, comprenderán el total de la jornada laboral sea cual sea ésta. – Cuando se necesite licencia y/o permiso de cualquier tipo y se esté trabajando en periodo nocturno, podrá el personal optar por la noche anterior o posterior. De conformidad con la legislación de aplicación en la CAPV, las parejas de hecho registradas serán equiparadas en los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines beneficios reconocidos a los mismos gradoslas parejas que hayan contraído matrimonio. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. 1.- El personal contratadotrabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remune- ración, por alguno de al menos cuarenta los motivos que se indican y ocho horaspor el tiempo siguiente: A. Quince días naturales en caso de matrimonio. B. Dos días laborables por nacimiento de hijo, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-pudiendo repartirse en cuatro medios días. a) C. Por enfermedad grave u hospitalización del de familiares consanguíneos y afines de acuerdo a la siguiente escala: - 3 días naturales por cónyuge, hijos e hijaspudiendo repartirse en 6 medios días - 2 días naturales por padres y/o hijos, padres y madrespudiendo repartirse en 4 medios días. - 2 días naturales por hermanos, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelasnietos, dos pudiendo repartirse en 4 medios días. Si se reiterase con el mismo familiar afectado la enfermedad grave, por causa del mismo diag- nóstico o patología que dio origen al uso de la licencia retribuida, el trabajador tendrá derecho a una nueva licencia retribuida, como máximo, en el plazo del año natural. Las licencias posteriores que se utilicen por las mismas causas y temporalidad descritas en el párrafo anterior no serán retribuidas, debiendo justificar el trabajador posteriormente a su uso la ausencia al trabajo mediante la oportuna documentación. Estas licencias tendrán la duración de la propia hospitalización, con el límite de los días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesseñalados en cada caso. b) Por fallecimiento: - D. Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijasfamiliares consanguíneos: - 8 días naturales por cónyuge - 6 días laborales consecutivosnaturales por hijos - 3 días naturales por padres y hermanos - 2 días naturales por abuelos y nietos - Por el tiempo indispensable para la asistencia al entierro de tíos y sobrinos E. Por fallecimiento de familiares afines: - 2 días naturales por padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos F. El día de la boda en caso de desplazamiento matrimonio de padres, hijos y/o hermanos. G. Un día por traslado de domicilio. H. Por el permiso es tiempo indispensable para el cumplimiento de 6 días laborales consecutivosun deber de carácter público o personal. - Padres Cuando conste en una normal legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivosa su compensación económica. En todos estos casos si hubiera el supuesto de realizarse que el trabajador, por cumplimiento del deber, perciba una indemnización, se descontará el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera importe de la provincia misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasla empresa. c) En caso I. Para realizar funciones sindicales o de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida representación del personal en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniotérminos establecidos legalmente. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx concederá a sus empleados permisos y licencias retribuidos/as por los conceptos y días que a continuación se indican: a) Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el reconocimiento suceso se produzca en la misma localidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad. Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de los mismos derechos un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de dos días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y obligaciones respecto de los permisos reconocidos cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad. Por fallecimiento de parientes consanguíneos colaterales xxx xxxxxxx o cuarto grado (tíos y primos camales), el presente artículotiempo necesario para asistir al entierro (máximo un día). b) Por nacimiento de hijo, dos días, a las partir de la fecha de alumbramiento, que formarán un bloque continuo y sumado con los días de descanso que le puedan corresponder. c) Por matrimonio civil o religioso del empleado, y de parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través raíz de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadoRegistro, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince veinte días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el , pudiendo acumularse al período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniovacaciones anuales. d) Por matrimonio traslado de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijasdomicilio habitual, un día naturaldía. Para el disfrute Por cambio de las licencias residencia a distinta localidad fuera de los apartados a)la comarca, b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradostres días. e) Ausencia del trabajo Por el tiempo establecido para disfrutar de los derechos educativos generales y formación profesional, en los supuestos y en las formas reguladas en la legislación. f) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal. A estos efectos, se entiende por consulta médica:deberes inexcusables la obligación que incumbe a una persona cuyo incumplimiento le genera una responsabilidad de índole civil, penal, o administrativo. g) Para concurrir a exámenes eliminatorios y demás pruebas de aptitud y evaluación durante los días de celebración. h) El tiempo imprescindible para recoger la nómina y hacer efectivo el importe de la misma en el Banco o Caja de Ahorros donde estuviera depositada. i) Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto por las empleadas embarazadas.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente La Empresa concederá licencia retribuida al personal afectado por este Convenio que la solicite, siempre que medien las causas siguientes y por el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, tiempo que se encuentra faculta-señala: Dos días laborables: a) Por enfermedad Enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o internamiento clínico o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, fallecimiento, entierro o funeral del cónyuge, hijos, padres y hermanos, abuelos y nietos, incluso parentesco político. En el caso de parientes que el enfermo residiera o el difunto hubiera fallecido fuera del lugar de residencia del trabajador, esta licencia podrá ampliarse hasta cuatro días naturales, en función de los medios de transporte y distancia al lugar. En aquellas Unidades en las que los domingos y festivos se consideren inhábiles, y el segundo grado trabajador no tenga que prestar servicio, los días de consanguinidad o afinidad licencia serán, en cualquier caso, dos laborables. En las Unidades de línea y Aeropuertos donde los domingos y festivos se consideren hábiles, y el trabajador tenga que prestar servicio, los dos días laboralesde permiso serán consecutivos, sin perjuicio de que el trabajador pueda fijar su descanso semanal o compensación de jornada a posteriori, en caso de que los días de permiso retribuido coincidan con éstos. Las parejas de hecho tendrán el mismo tratamiento. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento Nacimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 hijo. El tiempo señalado podrá ampliarse hasta cuatro días laborales consecutivosnaturales cuando el alumbramiento se produjese en lugar distinto del que reside habitualmente el trabajador. Este permiso debe concederse única y exclusivamente al padre, independientemente de que el hecho del nacimiento del hijo se haya producido por medios naturales o intervención quirúrgica. En los supuestos de aborto, debido a que el embarazo no llega a término y, por tanto, no se da el hecho del nacimiento, será de aplicación el apartado 1º, párrafo a) del presente artículo, previa justificación médica del correspondiente internamiento clínico. Las parejas de hecho tendrán el mismo tratamiento. Quince días naturales ininterrumpidos para contraer matrimonio. Un día laborable por traslado de su domicilio habitual. Un día laborable por razón de boda de padres, hijos y hermanos, incluso parentesco político, ampliables a dos si fuera en distinto lugar del de residencia habitual del trabajador. Las parejas de hecho tendrán el mismo tratamiento. Hasta cinco días como máximo al año para la realización de exámenes o pruebas definitivas de aptitud para aquellos supuestos en que se trate de estudios de Educación Secundaria, Bachiller o Formación Profesional, y en el caso de desplazamiento estudios medios o superiores en Facultades o Escuelas Especiales o Profesionales, así como de Centros que emitan certificaciones oficiales, siempre que los estudios de que se trate tengan relación o aplicación en la Empresa. Los trabajadores que deseen hacer uso de los días indicados deberán solicitarlo a su Dirección o Delegación. Con la solicitud, que deberá presentarse al iniciarse el permiso es Curso Académico, deberá acompañarse comprobante de 6 haber realizado la matriculación. De las solicitudes denegadas se dará notificación al respectivo Comité de Centro. Disfrutado el día o días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajolibres, el plazo será trabajador deberá justificar la realización del examen. El ejercicio al derecho del permiso retribuido a que se refieren los puntos anteriores comenzará de 4 días. c) En caso modo inmediato al hecho causante, excepto en los casos de matrimonio, quince días naturalesenfermedad grave o internamiento clínico. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo En estos dos últimos casos se podrá conceder iniciar el permiso siempre dentro del período en que persista la enfermedad grave o el internamiento del correspondiente familiar y, desde luego, por una sola vez dentro de cada seis añosperíodo en que se produzca tal hecho. En los supuestos de concesión de licencia retribuida por enfermedad grave de familiar contemplados en apartado 1º , excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosla Comisión Mixta determinará de forma individualizada, la procedencia, en su caso, de la concesión de dicho permiso. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Regulación De Las Condiciones De Trabajo De Los Trabajadores Fijos De Actividad Continuada a Tiempo Completo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos Las empresas vendrán obligadas a conceder a sus productores me- diante previo aviso y obligaciones respecto de justificación, los permisos reconocidos en retribuidos por el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta tiempo y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-motivos siguientes: a) Por matrimonio de hijos, un día natural; dos días en caso de cele- brarse el evento fuera de la provincia. b) Traslado de domicilio: Un día natural; dos días si el traslado es fue- ra de la provincia. c) Por nacimiento de hijo; dos días. Cuando con tal motivo, el traba- jador necesite hacer un desplazamiento al efecto, será de cuatro días. Estos dos días podrán disfrutarse al final del permiso de paternidad, desapareciendo por tanto la licencia de cuatro días por la necesidad de hacer un desplazamiento, que quedará absorbido en el propio permiso de paternidad. d) Dos días naturales por enfermedad grave u hospitalización del de cónyuge, hijos e hijashi- xxx políticos, nietos y nietos políticos, padres y madrespadres políticos, abuelos y abuelos políticos y hermanos y her- manos políticos; en los casos de tener que hacer desplazamientos fuera de la localidad de residencia, se aumen- tara a 4 días naturales. e) Tres días naturales por fallecimiento de xxxxxxx, hijos e hijos po- líticos, padre y padres políticos, hermanos y hermanashermanos políticos, xxxxxx y nietas abuelos y abuelos políticos, nietos y abuelas, dos días laboralesnietos políticos. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta Si el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos hecho se produjera fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoy hubiera que desplazarse, el plazo será de 4 se aumentará a cuatro días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente—1. El personal contratadopersonal, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horasjustificación, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-tendrá derecho a las siguientes licencias retribuidas: a) Por Matrimonio o inscripción en registro de parejas de derecho: 15 días. b) Nacimiento de hijo: 3 días. c) Accidente o enfermedad grave graves u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimientoafinidad: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. (Xxxxxxx, Padres, Hermanos, Cónyuge, Hijos, Xxxxxx, Suegros y Cuñados). d) Fallecimiento de parientes hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad: 3 días. (Xxxxxxx, Padres, Hermanos, Cónyuge, Hijos, Xxxxxx, Suegros y Cuñados). e) Cambio de domicilio habitual: 1 día. f) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los desplaza- mientos términos establecidos por la ley: En este caso deberá preavisarse a la Dirección de la Em- presa con 48 horas como mínimo de antelación, salvo caso de fuerza mayor o ex- trema gravedad, debiendo aportar el oportuno justificante antes de finalizar el mes en curso, en que se disfrute el permiso. g) Las trabajadoras embarazadas podrán ausentarse del trabajo, con derecho a remu- neración, para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, previo aviso a la Empresa y justificación de la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo. h) Por boda, bautizo o comunión de un familiar de hasta segundo grado de consan- guinidad o afinidad: 1 día. En los casos b), c) y d) si el trabajador está librando por descanso semanal, tendrá de- recho a otro día suplementario. Cuando en los casos b), c) y d) el trabajador necesite hacer desplazamientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro Comunidad Autónoma de trabajoMadrid, el plazo la licencia será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadotrabajador, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horasjustificación, o si no fuese esto posible, justificándolo a posteriori, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración (salvo acreditada urgenciaconceptos fijos) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-por las siguientes causas: a) Por enfermedad grave u hospitalización 1. Cinco días laborables por fallecimiento del cónyuge, hijos e hijaspareja o hijo. Tendrá la consideración xx xxxxxx la persona con la que se demuestre una convivencia cierta. cve: BOE-A-2019-1674 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 2. Tres días laborables en caso de fallecimiento de familiares hasta el segundo grado de afinidad/consanguineidad. Cuando por tal motivo el trabajador tenga que hacer un desplazamiento fuera de su provincia de residencia, padres la duración del permiso será de cuatro días. 3. Un día laborable en caso de fallecimiento de familiares de tercer grado de consanguineidad y madres, primos hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laboralespor consanguineidad. 4. Por in- tervención accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario del cónyuge, pareja o hijo menor de parientes 14 años, cinco días, prorrogables por el tiempo necesario, previa justificación médica a criterio de la Dirección. 5. Por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de los familiares hasta el segundo grado de afinidad/consanguineidad, dos días. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto fuera de su localidad de residencia, el plazo será de cuatro días. 6. Un día natural en caso de matrimonio o inscripción oficial como pareja de hecho de los hijos, hermanos o padres, tanto por consanguineidad o afinidad, coincidiendo con el día de la celebración de la ceremonia. 7. Un día en caso de primera comunión y bautizo de hijos y nietos, coincidiendo con el de la celebración de la ceremonia, o cualquier otra de similar rango de otra religión. 8. Por nacimiento de un hijo, tres días laborables, prorrogables por el tiempo necesario en caso de gravedad, a criterio de la Dirección. Cuando el nacimiento se produzca dentro del período de vacaciones se considerará interrumpido el disfrute de las mismas. 9. Dos días naturales en caso de nacimiento de nietos. Cuando con tal motivo el trabajador necesita hacer un desplazamiento al efecto fuera de la provincia, el plazo será de cuatro días. 10. Quince días naturales en caso de matrimonio o inscripción oficial como pareja de hecho. Cuando la boda y/o unión se produzca dentro del período de vacaciones, se considerará interrumpido el disfrute de las mismas. 11. Por el tiempo necesario para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo. 12. Dos días por traslado de su domicilio habitual, pudiendo disfrutarse en días alternos. 13. El tiempo necesario para el cumplimiento de funciones de carácter municipal y de los entes autonómicos, en los cargos representativos, cuando estos dos últimos no sean retribuidos y siempre que medie la oportuna y previa convocatoria y subsiguiente justificación de la utilización. Las funciones de carácter municipal y de los entes autonómicos que sean retribuidas por estos organismos, sólo darán derecho a permisos sin retribuir. 14. Por el tiempo necesario para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, entendiéndose como deber inexcusable la citación judicial, requerimiento de la hacienda pública, renovación del DNI en aquellas localidades en las que no se pueda realizar este trámite fuera del horario laboral, previa la correspondiente justificación en cada caso. 15. Los trabajadores/as por cuidado de los hijos menores de doce meses, tendrán derecho a dos horas de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. Podrá sustituirse este derecho por una reducción de jornada normal en una hora con la misma finalidad o acumular el permiso en quince días laborables a disfrutar de forma ininterrumpida a continuación del alta por maternidad/paternidad. cve: BOE-A-2019-1674 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 16. Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o a una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx, entre al menos un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquélla. Igual derecho a reducción de jornada y en las mimas condiciones, tendrá quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesafinidad, que por razón de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismo y no desempeñe actividad retribuida. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos17. En todos los supuestos que se contemplan en este artículo, en caso casos extraordinarios y debidamente acreditados, estas licencias se otorgarán por el tiempo que sea preciso, según las circunstancias, conviniéndose las condiciones de desplazamiento su concesión, pudiendo acordarse el permiso es no percibo de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madreshaberes, Xxxxxxxx y hermanasincluso el descuento del tiempo extraordinario de licencias a efectos de su antigüedad, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivoscuando dichas licencias excedan en su totalidad de un mes dentro del año natural. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el se abonarán los conceptos que en cada centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de se venían aplicando con anterioridad a la provincia entrada en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasvigor del presente convenio. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo Intercentros

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento El trabajador, avisando con la posible antelación, podrá faltar o ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en durante el presente artículo, tiempo que a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, continuación se encuentra faculta-exponen: a) Por enfermedad grave u hospitalización Quince días naturales en caso de matrimonio. b) Durante tres días en los casos de muerte del cónyuge, padres, hijos e hijasy hermanos, padres nietos y madresabuelos, hermanos y hermanasde cualquiera de los cónyuges, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelaso enfermedad grave de los mismos. Dicho período se ampliará hasta tres días más cuando se necesiten realizar desplazamientos que lo justifiquen. c) Durante tres días en caso de nacimiento de hijo/a, pudiendo ampliar hasta dos días laboralesmás cuando se necesite realizar desplazamiento. d) Durante dos días en caso de traslado de vivienda. e) Por el tiempo necesario para concurrir a exámenes oficiales, previa justificación. f) Por el tiempo necesario para asistir a consulta médica, justificándolo con posterioridad y siempre que esa consulta no se pueda realizar en horas fuera de trabajo. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización También se tendrá derecho a ésta licencia en el caso de tener que precise reposo domiciliarioacompañar a un familiar enfermo, de parientes hasta el segundo primer grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesafinidad, y por el supuesto recogido en el artículo 37.3. apartado f) del RDL/1/95. bg) Por fallecimiento: - Por fallecimiento el tiempo necesario para el cumplimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosun deber inexcusable de carácter público. h) Los trabajadores dispondrán del derecho a dos consultas semestrales por el tiempo imprescindible y no remunerado, para su asesoramiento en información laboral. A tales efectos, deberá comunicarlo con la posible antelación. Todo ello podrá realizarse siempre que no haya delegado sindical en la empresa. i) Las trabajadoras, por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de su jornada en una media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el padre en caso de desplazamiento que ambos trabajen. El trabajador/a podrá optar por acumular estas horas en jornadas completas. (doce días laborables) Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madrespadre, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por en el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioambos trabajen. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento Los empresarios y empresarias concederán licencias a los tra- bajadores y trabajadoras que lo soliciten, sin pérdida de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través retribu- ción o de su inscripción puesto de trabajo en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-los siguientes términos: a) Por enfermedad grave u hospitalización En caso de fallecimiento del cónyuge, hijos e hijaspadres o padres polí- ticos, padres y madreshermanos, hermanos y hermanaspoliticos e hijos dos días, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos Cuatro días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización siempre que precise reposo domiciliario, el domicilio este a más de ochenta kilómetros. b) En caso de fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad afinidad, dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivosdías. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse Cuando por el personal contratado tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 cuatro días, siempre que el domicilio este a más de ochenta kilómetros. c) En caso de matrimonionacimiento de hijo; tres días si es en la misma localidad y seis si es fuera de esta. Un día de bautizo, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después comunio- nes y matrimonio de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir algún hijo, coincidiendo con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añosdía del bauti- zo, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por comunión o matrimonio. d) Por matrimonio Cuatro días naturales en caso de padres y madresintervención quirúrgica o enfermedad grave con ingreso hospitalario del cónyuge, padres, hijos, hermanos o padres políticos. Dos días naturales en caso de intervención quirúrgica sin hos- pitalización que precise de reposo domiciliario de hijos, padres, padres políticos, hijos políticos, abuelos, cónyuge, nietos, xxxxx- nos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradoshermanos políticos. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:En caso de matrimonio o pareja de hecho debidamente re- gistrada; quince días

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente El trabajador, avisando con la posible antelación podrá faltar al trabajo, con derecho a percibir el reconocimiento salario por las siguientes causas: 1. Por fallecimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículopadres, a las parejas de hecho legalmente constituidasabuelos, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondientehijos, nietos, cónyuge o hermanos, hasta tres días naturales. 2. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u de la esposa, acreditada por certificado médico de la Seguridad Social, de tres días que podrán prorrogarse discrecionalmente a juicio de la empresa. 3. Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento afinidad. Cuando con tal motivo el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 cuatro días, ampliable un día más cuando además sea el propio trabajador quien hubiera de atender al enfermo, en cuyo caso se deberá preavisar a la empresa de esta circunstancia. c) En caso 4. Por matrimonio de hijos o hermanos, en la fecha de celebración de dicha ceremonia, un día. 5. Por matrimonio, quince días naturales. 6. Pudiéndose disfrutar antes o después Por alumbramiento de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte esposa, dos días naturales, que podrán prorrogarse por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añosotros dos, excepto en caso de fallecimiento justificada enfermedad. 7. El tiempo necesario para el cumplimiento de uno funciones de carácter sindical, en los componentes cargos representativos, siempre que medie la oportuna y previa convocatoria y subsiguiente justificación, sin exceder de quince horas al mes, salvo desplazamiento fuera de la parejaprovincia, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” serán justificados por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioel Organismo que convoque. d) Por matrimonio 8. Un día sin justificar motivo al año, preavisándolo con anterioridad. En estos supuestos los trabajadores percibirán la totalidad de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradossus emolumentos. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadotrabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con el derecho a remuneración, por alguno de al menos cuarenta los motivos que se indican y ocho horaspor el tiempo siguiente: a. Quince días naturales en caso de matrimonio. b. Dos días por el nacimiento de hijo. Corresponderá siempre y cuando no se disfrute de la prestación por nacimiento y cuidado de menor regulada en el Real Decreto-Ley 6/2019, (salvo acreditada urgencia) de 1 xx xxxxx de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadade oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. c. Tres días por enfermedad grave, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización o intervención sin hospitalización del cónyugecónyuge e hijos. d. Dos días por el fallecimiento, hijos e hijasaccidente o enfermedad graves, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento afinidad. Cuando con tal motivo el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de cuatro días. Se entenderá desplazamiento siempre que la distancia entre el domicilio del trabajador y el del familiar afectado por este apartado superen los 100 km. Este permiso podrá repartirse en 4 medios días. ce. Seis días por fallecimiento de padres o hijos (consanguíneo) En caso y cónyuge. f. Un día por fallecimiento de matrimoniosobrino g. Un día por matrimonio de padres, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes hijos o después hermanos (consanguíneos o por afinidad) en el día de la ceremonia oficialboda h. Un día por traslado del domicilio habitual. i. Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Esta licencia no podrá ser absorbida Cuando conste en todo una norma legal o convencional un período determinado, se estará a lo que ésta disponga en parte cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del veinte por coincidir con el ciento de las horas laborables en un período de vacacionestres meses, podrá la empresa pasar al trabajador afectado a la situación de excedencia regulada en el apartado 1 del artículo cuarenta y seis de esta Ley. También corresponderá 15 días En el supuesto de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo que el trabajador, por cumplimiento del deber o desempeño del cargo, perciba una indemnización, se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes descontará el importe de la pareja, misma xxx xxxxxxx a que tuviera derecho en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioempresa. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente Las licencias retribuidas por su naturaleza son interrupciones ocasionales en la prestación del trabajador, que sin embargo, mantienen el reconocimiento deber retributivo por parte de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en la empresa. Todo el personal afectado por el presente artículoConvenio Colectivo, tendrá derecho a las parejas disfrutar de hecho legalmente constituidaslicencias, probando su existencia previa solicitud por escrito y justificación, en los casos que a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta continuación se relacionan y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, por la duración que se encuentra faculta-indica: a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales1. Por in- tervención matrimonio o pareja de hecho, quince días naturales, que podrán unirse a los días de vacaciones devengados hasta la fecha de matrimonio, siempre que las necesidades del servicio lo permitan. 2. Durante cinco días naturales, que podrán ampliarse hasta tres más cuando el trabajador necesite realizar un desplazamiento al efecto, en los casos, de nacimiento o adopción de un hijo, y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomiciliario del cónyuge o de la pareja de hecho legalmente registrada, hijo, padre o madre, nietos, abuelos y hermanos de parientes hasta uno u otro cónyuge o pareja de hecho legalmente registrada. Si el segundo grado hecho causante se produjera en víspera de consanguinidad festivo o afinidad dos descanso semanal, los días laboralesantes señalados comenzarán a contarse desde el primer día hábil siguiente. cve: BOE-A-2022-20697 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx 3. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, debiendo preavisar y justificar la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo. b) 4. Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivoslactancia, cuya regulación se establece en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasartículo siguiente. c) 5. Durante tres días naturales, por traslado de su domicilio habitual. Si esta tuviese lugar en víspera de festivos o descanso semanal. El cómputo de los tres días comenzará a partir del primer día hábil siguiente. 6. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, del modo que se determina en la legislación vigente que resulte de aplicación. 7. Por el tiempo indispensable para la asistencia a exámenes cuando el trabajador curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional. 8. Por motivos particulares hasta cinco días laborables durante el año, En caso de matrimonioque se rechazara por necesidades del servicio el día o los días solicitados por la persona trabajadora, quince días naturalesla empresa deberá justificar de forma motivada la denegación. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida Todas estas licencias se concederán en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añosacto, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute sin perjuicio de las licencias de los apartados a), b) y d) sanciones que puedan imponerse si se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosalega alguna causa que resulte falsa. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente La persona trabajadora, con justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a percibir la retribución real, por los motivos y el reconocimiento tiempo siguiente: 1. Para la obtención del carné de los mismos derechos y obligaciones respecto de conducir los permisos reconocidos retribuidos necesarios para acudir a los exámenes hasta un máximo de tres convocatorias. 2. Por el tiempo preciso, y con justificación del mismo, cuando por razón de enfermedad la persona trabajadora precise la asistencia a consultorio médico en el presente artículohoras coincidentes con su jornada laboral. Se considerará incluida en esta licencia la asistencia a odontólogo siempre que obedezca a fines terapéuticos y no estéticos. 3. Quince días en caso de matrimonio, en cualquiera de las formas civiles o religiosas reconocidas en la legislación nacional, a disfrutar de manera inmediatamente posterior al matrimonio. Siempre que se preavise con una antelación de dos meses, la licencia por matrimonio podrá acumularse a las parejas vacaciones anuales pendientes de hecho legalmente constituidasdisfrutar de ese año. 4. Tres días en caso de nacimiento de hijo/a, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratadofallecimiento, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horasaccidente o enfermedad graves, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Si se necesita desplazamiento a provincia distinta de la de residencia de la persona trabajadora, la licencia será de cinco días. En el caso de que los desplazamientos se realicen fuera del territorio español la licencia será de seis días. En el caso de hospitalización, accidente o enfermedad grave, la persona trabajadora podrá utilizar la licencia mientras dure la situación que la originó, incluso en días alternos. 5. Dos días por traslado del domicilio habitual, siempre y cuando el traslado implique cambio de residencia con mudanza de enseres. 6. Un día por matrimonio de pariente hasta primer grado de consanguinidad o afinidad y hermanos/as. 7. Por el tiempo preciso, y con justificación del mismo, para asistencia a consultorio médico acompañando a hijos/as menores de catorce años, o familiares discapacitados/as hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. 8. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto del cónyuge o pareja de hecho, siempre que se justifique la necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo. 9. Hasta dos días laboralesal año, para la realización de trámites de adopción o acogimiento. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento 10. Las horas precisas para asegurar la concurrencia a exámenes finales de xxxxxxx e las personas trabajadoras, cuando éstas cursen estudios de carácter oficial o académico. En tales casos deberán aportar el justificante administrativo de haber concurrido a los mismos. 11. En los casos de nacimiento de hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosas prematuros o que, en caso de desplazamiento por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el permiso es de 6 días laborales consecutivospadre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora al día. - Padres y madresAsimismo, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior tendrán derecho a 30 Km. a contar desde el centro reducir su jornada de trabajo el plazo será hasta un máximo de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de dos horas, con la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día naturaldisminución proporcional xxx xxxxxxx. Para el disfrute de las licencias este permiso se estará a lo previsto en el artículo 37.6 del Estatuto de los apartados Trabajadores. cve: BOE-A-2022-478 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx 12. Anualmente las personas trabajadoras podrán disfrutar de un máximo de tres días de licencia retribuida de entre los siguientes supuestos: a)) Hasta dos días por fallecimiento de xxxxxxx o de hijos/as, o por fallecimiento de hermanos/as y padres que podrán acumularse a lo establecido en el apartado 4 del presente artículo hasta un máximo de cinco días en total. b) Un día al año por asistencia a firmas de documentos notariales necesarios para la adquisición y/o venta de vivienda, siempre que la persona trabajadora deba hacerlo personalmente y d) coincida con su horario de trabajo. Todas estas licencias serán de aplicación a las parejas de hecho registradas como tal de acuerdo con la legislación que en cada caso resulte de aplicación. Criterios comunes sobre el disfrute de las licencias. Las licencias que no estuvieran establecidas en días naturales se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosdisfrutarán en todo caso en días hábiles. En el caso de hospitalización, accidente o enfermedad grave, la persona trabajadora podrá utilizar la licencia mientras dure la situación que la originó, incluso en días alternos. En el caso de matrimonio la licencia dará comienzo el día del enlace si fuese hábil para la persona trabajadora o en caso contrario, comenzará el primer día hábil siguiente al de la celebración del mismo. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo Nacional De Comercio Minorista De Droguerías Y Perfumerías

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento cve: BOE-A-2019-5309 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 1. Los trabajadores y trabajadoras previo aviso y justificación, salvo caso de urgencia justificada, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, y con consideración de tiempo efectivo de trabajo, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto por el tiempo siguiente: a) Quince días naturales en caso de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las matrimonio o parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción inscrito en el registro civil correspondiente. El personal contratado. b) Hasta tres días laborables en los casos de nacimiento o adopción de hijo/a. c) Hasta tres días laborables por enfermedad grave, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horashospitalización, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento afinidad, o pareja de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivoshecho. En todos estos casos si hubiera el supuesto de realizarse por que el personal contratado trabajador o trabajadora necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajodesplazamiento, el plazo será se verá ampliado a cinco días laborables. Podrán ampliarse estos días descontándolos de 4 días. c) las vacaciones, previa solicitud del trabajador/a y siempre que lo permita la adecuada organización y buen funcionamiento del servicio. En caso el supuesto de matrimoniohospitalización de pariente hasta segundo grado de consanguinidad, quince los tres días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá podrán ser absorbida en todo o en parte por coincidir con disfrutados, mientras el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo pariente se podrá conceder cada seis añosencuentre hospitalizado, excepto en caso de fallecimiento de uno perdiendo el disfrute de los componentes de la parejamismos cuando este haya recibido el alta médica, en cuyo caso aunque no se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniohayan empleado. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un Un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosnatural por traslado del domicilio habitual. e) Ausencia del Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. f) El día de la ceremonia de matrimonio de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. g) Para realizar funciones sindicales o de representación de personal, en los términos establecidos legalmente y en este convenio. h) Un día de especial significación (24 de diciembre). i) El tiempo indispensable para la realización de exámenes oficiales, siempre que se encuentren vinculados al puesto de trabajo por consulta médica:que desempeñe en la Entidad.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento 1. Las personas trabajadoras regidas por este Convenio, tendrán derecho al disfrute de licencias sin pérdida de retribución en los mismos derechos casos y obligaciones respecto con la duración que a continuación se indican: a. Matrimonio de la persona trabajadora: 15 días. b. En la fecha del nacimiento o adopción, los permisos reconocidos familiares de 1er grado de consanguinidad o afinidad de la persona que tuviera derecho al disfrute del permiso de maternidad o paternidad, tendrán derecho a 1 día si fuera en el presente artículo, a las parejas la provincia y 2 días si tuviera lugar fuera de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-ella. a) Por c. Muerte o enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijasascendientes, padres descendientes o hermanos de ambos cónyuges: 4 días si se produce en la provincia de residencia y madres8 días si se produce fuera de ella. d. En caso de hospitalización o intervención quirúrgica, de cónyuge, ascendientes, descendientes o hermanos de ambos cónyuges, el permiso será: Hasta un día y hermanasfracción, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laboralespermiso de 2 días. Por in- tervención 2 días, permiso de 2 días. Por 3 o más días, permiso de 4 días. En la hospitalización, los días de permiso serán los indicados anteriormente, tanto si se produce en la provincia como fuera de ella, con la correspondiente justificación. En el supuesto de intervención quirúrgica fuera de la provincia, pero dentro de Catalunya, tendrá un día más de los que le corresponda y si tuviera lugar fuera de Catalunya, 2 días. En todo caso la persona trabajadora de manera global tendrá derecho como mínimo a 4 días y como máximo a 6 días, cuando requiera desplazamiento fuera de la provincia. En caso de accidente y en caso de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, el permiso será de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos 2, ampliable a 4 días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de necesitar desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia provincia. En todo lo no previsto en donde esté ubicado este artículo, las partes se remiten íntegramente a lo establecido en el centro artículo 37 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de trabajo23 de octubre, por el plazo será que se aprueba el texto refundido de 4 díasla Ley del Estatuto de los trabajadores. c) En caso e. Cumplimiento de matrimoniodeberes públicos ordenados por la Autoridad competente o impuestos por las disposiciones vigentes: por el tiempo indispensable. f. Los cargos representativos sindicales, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después así como los representantes de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añoslas personas trabajadoras, excepto en caso de fallecimiento de uno disfrutarán de los componentes de la pareja, derechos establecidos en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniolas Disposiciones legales vigentes. d) g. Para concurrir a exámenes: durante el tiempo indispensable. h. Un día por traslado del domicilio habitual. i. Por matrimonio de padres hijos y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, de hermanos: un día naturaldentro de la provincia y, 2 días si tiene lugar fuera de aquella. Para El día de permiso deberá coincidir con la fecha de celebración o día posterior. En el disfrute caso de las licencias matrimonio de hijos, será opción de los apartados a)padres de ambos disfrutar dicho permiso el día de la boda, b) el anterior o el posterior de la misma. La persona trabajadora, deberá necesariamente acreditar, cuando le sea posible y d) se entienden incluidos siempre antes de 1 mes, la celebración de dicho matrimonio aportando la correspondiente fotocopia del libro de familia de los parien- tes afines a los mismos gradoscontrayentes. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente Todo personal afectado por el reconocimiento presente convenio, tendrá derecho a solicitar licencias retribuidas por los conceptos y durante los días que se relacionan, con la debida justificación: 1. Por matrimonio: 17 días naturales. 3 días podrán ser disfrutados antes de la fecha de celebración del matrimonio, siempre y cuando se acredite la efectiva celebración del mismo. 2. Por natalidad o adopción: 3 días laborables. En los supuestos de parto con cesárea, se añadirán otros 3 días naturales. 3. Por fallecimiento del cónyuge, descendientes, ascendientes del trabajador y su cónyuge y hermanos del trabajador y su cónyuge: 3 días laborables. Si el fallecimiento se produce fuera de los mismos derechos y obligaciones respecto límites de los permisos reconocidos la provincia (siempre que el desplazamiento suponga más de 250 km en el presente artículoida), a las parejas previa justificación de hecho legalmente constituidasla distancia, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente3 días naturales más. 4. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijasascendientes y descendientes, padres y madres, hermanos del trabajador y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietassu cónyuge: 3 días laborales consecutivoslaborables. En todos Cuando en este supuesto el trabajador necesite efectuar desplazamientos siempre que estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de superen 250 km en ida al efecto, serán 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días. c) En caso de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida En cualquier caso, se considerará el ingreso por enfermedad en todo o en parte por coincidir Instituciones Sanitarias con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniopernoctación como enfermedad grave. d) 5. Para realizar exámenes académicos en centros de estudios oficiales, previa justificación del día y duración del examen: las horas necesarias. 6. Por matrimonio de padres hijos y madres, hermanos hermanos: 1 día si coincide con día laborable. 7. Por traslado del domicilio habitual: 1 día laborable. 8. Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y hermanas o hijos e hijas, un día naturalpersonal. 9. Para el disfrute acompañamiento de las licencias cónyuge o descendiente en primer grado a centros de diagnóstico a instancias de los apartados a)Servicios Sanitarios Públicos o a centro del Servicios Sanitarios Públicos o concertado, b) y d) se entienden incluidos cuya localización exceda de los parien- tes afines a los mismos grados70 Km del domicilio del trabajador: un máximo de tres días año. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:10. Por primera comunión de descendientes o hermanos, siempre que éstos vivan con el trabajador, que se celebre en día laborable: 1 día. 11. En lo no previsto en este artículo, se aplicará lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores en esta materia.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente Previa solicitud y debidamente justificadas, se da- rán licencias retribuidas por los siguientes casos: 1.- Por el reconocimiento nacimiento, acogimiento o adopción de los mismos derechos un hijo, tres días, cuando el suceso ocurra dentro de la Región xx Xxxxxx y obligaciones respecto dos días más si se produce fuera de los permisos reconocidos la Región xx Xxxxxx, en el presente artículo, a las parejas caso de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentadaparto múltiple, se encuentra faculta-concederán dos días más por cada hijo. a) 2.- Por muerte, accidente o enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes un familiar hasta el segundo primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días, si ocurre dentro de la Región xx Xxx- cia, y cinco días si es fuera de la Región. Para el segun- do grado de consanguinidad o afinidad un día hábil si ocurre dentro de la Región xx Xxxxxx y dos días laboraleshábi- les si ocurre fuera de la Región xx Xxxxxx. b) 3.- Un día en caso de matrimonio de hijos o her- manos, si la boda se celebra fuera de la Región xx Xxx- cia o si se celebra en día de semana. 4.- Por fallecimiento: - Por fallecimiento el traslado de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 domicilio dentro de la locali- dad un día, y dos días laborales consecutivossi es fuera de la localidad. 5.- Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación, siempre que se realicen en Centros Oficiales, el tiempo necesario para la celebración de dichos exámenes. 6.- En caso de matrimonio o unión de hecho (siempre que estén inscritos en el Registro Oficial de Parejas de Xxxxx), se concederán quince días naturales continuados de permiso, bien con anterio- ridad o posterioridad a su celebración. 7.- Las trabajadoras, por lactancia de un hijo me- nor de nueve meses, tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrá dividir en dos fraccio- nes. El trabajador podrá optar por acumular la hora dia- ria de lactancia y disfrutarla en días completos previa notificación a la Mancomunidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por uno de los cónyuges, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madresque ambos trabajen. 8.- A lo largo del año, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera trabajadores de la provincia Man- comunidad tendrán derecho a disfrutar hasta seis días de licencia o permiso por asuntos particulares, no in- cluidos en donde esté ubicado los puntos anteriores, que se podrán distri- buir a conveniencia del trabajador, sin perjuicio de las necesidades del servicio. No podrán unirse a vacacio- nes. Los días de asuntos propios que no se disfruten dentro del año correspondiente, se podrán disfrutar du- rante el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasprimer mes del año siguiente. c) En 9.- Los días 24 y 31 de diciembre serán inhábiles a todos los efectos. La Mancomunidad establecerá me- didas de compensación para el caso de matrimonioque las fechas indicadas coincidan con días no laborales o festivos. 10.- Por el tiempo indispensable para el cumpli- miento de un deber inexcusable de carácter público o personal. 11.- Por el tiempo indispensable para la asisten- cia a consultas médicas, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes igualmente se concederá este permiso para acompañar al cónyuge, padres o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añoshijos, excepto en caso de fallecimiento de uno gravedad convenientemente justificada y por el tiempo estrictamente indispensable. 12.- Al tener la Mancomunidad carácter comarcal, cada trabajador disfrutará de los componentes de días festivos que co- rrespondan a los trabajadores del Ayuntamiento del municipio donde realicen su trabajo. Las trabajadoras sociales tendrán la pareja, en cuyo caso jornada que se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a establezca para las fiestas del municipio donde realizan su vez para esa misma unión por matrimoniotrabajo. d) Por matrimonio 13.- La festividad de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para Santa Xxxx se celebrará se- gún la costumbre de cada Ayuntamiento donde el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradostraba- jador realice sus funciones. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado1.-El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración, por alguno de al menos cuarenta los motivos que se indican y ocho horaspor el tiempo siguiente: A. Quince días naturales en caso de matrimonio B. Dos días laborales por nacimiento de hijo, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-pudiendo repartirse en cuatro medios días. a) Por C. Tres días naturales pro enfermedad grave u hospitalización con hospi- talización del cónyuge, hijos e hijaspudiendo repartirse en seis medios días. D. Dos días naturales por enfermedad grave con hospi- talización de padres o hijos, padres y madrespudiendo repartirse en cuatro medios días. E. Un día natural por enfermedad grave con hospitaliza- ción de hermanos, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelasnietos, pudiendo repartirse en dos medios días. Las licencias por hospitalización de familiares consan- guíneos contempladas en los apartados c), d) y e) tendrán la misma duración que la propia hospitalización, con el límite de días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laboralesseñalados en cada caso. b) Por fallecimiento: - F. Por fallecimiento de xxxxxxx familiares consanguíneos de acuerdo a la siguiente escala. -Cinco día naturales por fallecimiento de hijos. -Tres días naturales por fallecimiento de padres y her- manos. -Dos días naturales por fallecimiento de abuelos y nietos. -Por el tiempo indispensable para la asistencia al entie- rro de tíos y sobrinos consanguíneos, previa acreditación fehaciente de la relación de parentesco. -Ocho días por fallecimiento de cónyuge. G. Dos días naturales por fallecimiento de padres, her- manos e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, hijos políticos. H. El día de la boda en caso de desplazamiento el permiso es matrimonio de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madrespadres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díashijos o hermanos. c) En caso I. Un día por traslado de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniodomicilio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Collective Agreement

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento 1. La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los mismos derechos motivos y obligaciones respecto por el tiempo siguiente: a) Quince días naturales en caso de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas matrimonio o de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondienteoficial de uniones de hecho por una sola vez con la misma persona. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, Dicho periodo se encuentra faculta- a) Por enfermedad grave u hospitalización disfrutará a partir del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, hecho generador del derecho o entre dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliarioantes o quince días naturales después del evento, a elección de la persona trabajadora, pudiendo acumularse el periodo vacacional, y no pudiendo ser absorbido por éste en caso de concurrencia de ambos eventos. b) Tres días por el fallecimiento de xxxxxxx, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivosafinidad. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado Cuando con tal motivo la persona trabajadora necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Kmal efecto, se aplicará lo dispuesto en el artículo 37.3.b.bis del Estatuto de los Trabajadores. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia cve: BOE-A-2023-21e10 Verificable en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días.xxxxx://xxx.xxx.xx c) En caso de matrimonioCinco días por accidente o enfermedad graves, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes hospitalización o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en intervención sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis añoso parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes incluido el familiar consanguíneo de la parejapareja de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado el mismo domicilio y que haya disfrutado requiera el cuidado efectivo de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonioaquella. d) Por matrimonio el tiempo indispensable para el cumplimiento de padres un deber inexcusable de carácter público y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradospersonal. e) Ausencia Un día por traslado de domicilio habitual. f) Para concurrir a exámenes cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional. g) Un día al año para asuntos propios. El disfrute de este permiso deberá avisarse con una antelación mínima de siete días, salvo causa de fuerza mayor que justifique la falta de aviso previo, en cuyo caso será necesaria una justificación posterior, y la empresa podrá limitar el ejercicio de este derecho por razones justificadas de funcionamiento de la empresa, debiéndose comunicar a la persona trabajadora con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas. 2. La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo. 3. Las personas trabajadoras tendrán derecho a un xxxxxx xx xxxx horas anuales de permiso retribuido para acudir, por el tiempo indispensable, a visitas médicas, o para acompañar al cónyuge, pareja de hecho, o ascendientes o descendientes de primer grado a sus respectivas visitas médicas o para la asistencia a tutorías escolares de menores de edad. El disfrute de este permiso deberá avisarse con la máxima antelación posible, y será necesaria una justificación posterior. 4. Las partes firmantes de este convenio colectivo reseñan la adición del artículo 37.e del Estatuto de los Trabajadores introducida por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 xx xxxxx, que en el momento de la firma de este convenio colectivo establece que: La persona trabajadora tendrá derecho a ausentarse del trabajo por consulta médicacausa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata. Las personas trabajadoras tendrán derecho a que sean retribuidas las horas de ausencia por las causas previstas en el presente apartado equivalentes a cuatro días al año, conforme a lo establecido en convenio colectivo o, en su defecto, en acuerdo entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras aportando las personas trabajadoras, en su caso, acreditación del motivo de ausencia. 5. Con efectos meramente informativos se acompaña tabla de parentescos por afinidad y consanguinidad:

Appears in 1 contract

Samples: Ii Convenio Colectivo De Centros Y Servicios Veterinarios

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, Los trabajadores tendrán derecho a las parejas siguientes licencias retribuidas: - Por matrimonio del trabajador 18 días. - Por fallecimiento de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondienteCónyuge 5 días. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) - Por fallecimiento o enfermedad grave u hospitalización acreditada (se deberá de acreditar la gravedad mediante justificante médico) de parientes hasta 2º grado de consanguinidad o afinidad 3 días. - Por cambio de domicilio del cónyuge, hijos e hijastrabajador 2 días. - Por el tiempo indispensable a asistencia médica del personal a consulta del S.N.S. debiendo justificar documentalmente la ausencia. - Por nacimiento de hijo y adopción 2 días. - Por matrimonio de hermanos, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laboralese hijos 1 día. - Por in- tervención hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización hospitalización, que precise reposo domiciliario, domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos 2 días. -Por cirugía mayor ambulatoria, siempre que se requiera acompañamiento, de familiares de 1er grado de consanguinidad o afinidad 1 día. Estas licencias se entienden por días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento naturales y a disfrutar a partir del hecho causante. En caso de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosenfermedad grave, el disfrute de la licencia podrá llevarse a cabo a lo largo del periodo de tiempo que dure tal situación, en caso las fechas que se convengan entre empresa y trabajador. En ningún caso, por virtud de desplazamiento este nuevo sistema de disfrute diferido, podrá el trabajador tener derecho a más días laborables de licencia que los que le hubieran correspondido de tomar el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivosinmediatamente después del hecho causante. En todos estos casos si hubiera el supuesto de realizarse por tener derecho al disfrute de estas licencias y para asistir a los actos de las mismas, y en el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro supuesto de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos celebrarse fuera de la provincia Comunidad Xxxxx, estas podrán ser ampliadas en donde esté ubicado uno o dos días según lo requiera el centro desplazamiento. Igualmente y a efectos de trabajoderecho a estas Licencias, se reconocerá a las parejas de hecho los mismos derechos que a los cónyuges, siempre que a la Empresa le conste dicha relación. Los trabajadores afectados por el plazo será presente Convenio dispondrán de 4 días. c) En caso un Crédito de matrimoniohasta 8 horas anuales retribuidas durante los años 2.009, quince días naturales2.010, 2.011 y 2.012, para disfrute de asuntos particulares. Pudiéndose disfrutar antes o después Este disfrute se realizará de mutuo acuerdo de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida Empresa sin que en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso ningún caso afecte al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniotrabajo ordinario. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente establecen las licencias y permisos retribuidos siguientes: 1. Por matrimonio del trabajador, 18 días naturales, pudiendo sumarse esta licencia a las vacaciones, si coinciden. 2. Por nacimiento de hijo, 4 días naturales, disfrutando 2 días naturales a partir del hecho causante y los otros 2 a elección del trabajador, en el reconocimiento término de los mismos derechos 15 días del hecho causante. 3. Por defunción de cónyuge, 7 días naturales. Salvo que el inicio del disfrute de la licencia se hubiese producido el mismo día del hecho causante, esta licencia comenzara a computarse desde el día natural siguiente al del hecho causante. Si el fallecimiento del cónyuge se produjera en las fechas de disfrute de vacaciones del trabajador, y obligaciones respecto una vez comenzado el disfrute de vacaciones, estas se interrumpirán durante los permisos reconocidos en el presente artículosiete días naturales de licencia, reiniciándose hasta la terminación del número de días de vacaciones a las parejas la finalización de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondientela licencia. 4. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad no grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijascon ingreso en clínica, padres y madresexcluido el parto, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos 2 días laboralesnaturales. 5. Por in- tervención enfermedad grave, o intervención quirúrgica que exija hospitalización acreditada de cónyuge y parientes hasta segundo grado de afinidad o consanguinidad, 2 días naturales. En el supuesto de hospitalización, el disfrute de la Licencia podrá llevarse a cabo a lo largo del período de tiempo que dure tal situación, en las fechas que se convengan entre la Empresa y el Trabajador. En ningún caso, por virtud de este nuevo sistema de disfrute diferido, podrá el Trabajador tener derecho a más días laborables de Licencia que los que le hubieran correspondido de tomar el permiso inmediatamente después del hecho causante. 6. Por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad: 2 días laboralesnaturales. b) 7. Por fallecimientodefunción de los siguientes parientes consanguíneos: - padres, hijos y hermanos, 3 días naturales. Salvo que el inicio del disfrute de la licencia se hubiese producido el mismo día del hecho causante, esta licencia comenzara a computarse desde el día natural siguiente al del hecho causante. 8. Por fallecimiento defunción de xxxxxxx e abuelos, nietos, hijos políticos, hermanos políticos, padres políticos y abuelos políticos: 2 días naturales. Salvo que el inicio del disfrute de la licencia se hubiese produ‑ cido el mismo día del hecho causante, esta licencia comenzara a computarse desde el día natural siguiente al del hecho causante. 9. Por matrimonio de hermanos, padres, hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, tíos y primos carnales, sobrinos carnales y hermanos políticos, 1 día natural. 10. Por el tiempo indispensable en el caso de desplazamiento un deber inexcusable de carácter público y personal comprendido el permiso es ejercicio de 6 días laborales consecutivossufragio activo. 11. - Padres y madresPara realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos esta‑ blecidos legal o convencionalmente. 12. Por traslado del domicilio habitual, Xxxxxxxx y hermanas1 día natural. 13. Por el tiempo necesario en los casos de asistencia a consulta médica de especialistas de la Seguridad Social cuando, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivoscoincidiendo el horario de consulta con el de trabajo, se prescriba dicha consulta por el facultativo de medicina general, debiendo presentar previamente el trabajador al empresario el volante justificativo de la referida prescripción médica. En todos estos casos si hubiera los demás casos, hasta el límite de realizarse 16 horas al año. 14. Para acompañamiento a cónyuge y parientes de primer grado por consanguinidad sujetos a tratamiento oncológico, hasta el personal contratado un desplazamiento superior límite de 16 horas anuales. A partir de la hora 17, el trabajador tendrá derecho a 30 Kmuna licencia no retribuida, que será cotizada por la empresa en bases mínimas. 15. Para acompañamiento al médico de cabecera o a contar desde especialista del Servicio Público de Salud a hijos naturales o adoptivos del trabajador hasta la fecha en que cumplan 14 años, hasta el centro límite de trabajo el plazo será cuatro horas en cada uno de 3 díaslos años 2018 y 2019. Para los desplaza- mientos fuera de años 2020 y 2021 la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo licencia será de 4 días. c) seis horas por año. En caso el supuesto de matrimonioque los dos progenitores presten servicios en la misma empresa, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no esta solo podrá ser absorbida utilizada por uno de ellos. No obstante lo anterior, los progenitores que presten servicios en todo la misma empresa podrán cederse las horas de licencia siempre que ambos presten servicio en horario o en parte turno que, por coincidir con la hora señalada para la visita médica, hagan necesaria la utilización de la licencia. Solo se generará esta licencia a partir de la fecha de publicación del Convenio. 16. Doce horas anuales Para acompañamiento a cónyuge o pariente de primer grado por consanguinidad a pruebas diagnósticas en el período Servicio Público de vacacionesSalud que a juicio de facultativo, emitido de forma escrita, concreta y explícita, requiera tanto anestesia general o sedación como acompañamiento. También corresponderá 15 La utilización de esta licencia quedará sujeta en todo caso a las siguientes reglas: A) Para la utilización de la licencia, deberá justificarse la necesidad de la misma mediante presentación a la empresa de justificante médico emitido por escrito en el cual se acredite tanto de la necesidad de anestesia general o sedación como de la necesidad de acompa‑ ñamiento. B) Las doce horas anuales no podrán distribuirse en más de tres supuestos anuales, de una duración mínima de cuatro horas cada una. C) Solo se generará esta licencia a partir de la fecha de publicación del Convenio. 17. Por el tiempo indispensable para asistir a Juicio como Testigo, Imputado o Investigado, siempre que sea citado por el Juez, de Oficio o a instancia de parte. 18. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban tener lugar dentro de la jornada de trabajo. En el caso de los exámenes prenatales, las empresas facilitarán el cambio de turno al objeto de que los progenitores no gestantes puedan acudir a las pruebas. 19. En los supuestos de nacimiento de hijo, adopción o acogimiento de acuerdo con el artículo 45 1.d) del Estatuto de los Trabajadores, para la lactancia del menor hasta que éste cumpla nueve meses, los trabajadores tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiples. Quien ejerza este derecho, por su voluntad, podrá sustituirlo por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas en los términos previstos en el acuerdo a que llegue con el empresario. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por el padre o la madre en el caso de que ambos trabajen. La concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute del permiso de lactancia corres‑ ponderán al trabajador dentro de su jornada ordinaria. El trabajador deberá preavisar al empresario con quince días de permiso al constituirse antelación la fecha en pareja de hecho que se reincorporara a su jornada ordinaria. Las discrepancias surgidas entre el empresario y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno el trabajador sobre la concreción horaria y la determinación de los componentes periodos de disfrute del permiso de lactancia serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 139 de la parejaLey 36/2011, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de 10 de octubre, reguladora de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniojurisdicción social. d) Por matrimonio 20. En los casos de padres nacimientos de hijos prematuros o que, por cualquier causa, deban per‑ manecer hospitalizados a continuación del parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante una hora. Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx. Las licencias señaladas en los epígrafes 1 a 10, ambos inclusive, se concederán, salvo que en el propio epígrafe se establezca expresamente lo contrario, por días naturales y madresa partir del hecho causante, hermanos siendo obligatorio, aunque sea posteriormente, su justificación. Las referencias que en los epígrafes 3, 4 y hermanas o hijos e hijas5 de este artículo se realizan respecto del cónyuge se hacen extensivas a las personas que convivan como pareja estable con el trabajador/a., con al menos un día naturalaño de antelación al momento del hecho causante y acrediten la concurrencia de tales requisitos por medio de una Certificación del Ayuntamiento de su residencia. Para el disfrute Estas licencias, excepción hecha de las licencias designadas en los epígrafes 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 serán aumentadas en 2 días más cuando el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto siempre y cuando la distancia entre el Centro de los apartados a), b) Trabajo y d) se entienden incluidos los parien- tes afines el punto de destino sea igual o superior a los mismos grados200 km. En viaje de ida. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por el tiempo que xxxxx necesitado un trabajador al asistir a un consultorio médico por razones de enfermedad, y siempre que presente a la empresa el correspondiente parte facultativo del médico que le haya asistido. b) Cuatro días en caso de nacimiento de hijo o enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijas, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento y afinidad. Cuando con tal moti- vo el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 cinco días. Este permiso podrá ser disfrutado de manera discontinua previo aviso a la empresa y de mutuo acuerdo entre las partes, procurando que no transcurran más de 30 días naturales desde el hecho causante. c) En caso Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de matrimonioun deber inexcusable de carácter público y personal, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de debiendo justificar a la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de empresa la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonionecesidad del mismo. d) Por matrimonio Veinte días en caso de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosmatrimonio. e) Ausencia Un día por matrimonio de parientes hasta primer grado de consanguinidad o afinidad, y hermanos. f) Asimismo los trabajadores tendrán licencia retribuida los días 24 y 31 de Diciembre, de año, sin que pueda disfrutarse esta licencia el día anterior en el caso de que citadas fechas coincidan con Xxxxxxx, y una jornada completa dentro de la época xx Xxxxx de cada localidad, y que habrá de ser coincidente con el día anterior al festivo del trabajo municipio donde esté ubicada la empresa. En caso de que referido día anterior sea festivo, la licencia aquí convenida, pasara a ser disfrutada al día posterior a dicho festivo. g) Asimismo los trabajadores tendrán derecho a un día por consulta médica:asuntos propios, retribuidos que deberán comunicar a la empresa con el consiguiente preaviso al objeto de que no se inte- rrumpa el normal desarrollo de la actividad empresarial. h) Un día por traslado de domicilio.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos establecen las licencias y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículoretribuidos siguientes: 1. Por matrimonio del trabajador, 20 días naturales, pudiendo sumarse esta licencia a las parejas vacaciones, si coinciden. 2. Por defunción de hecho legalmente constituidascónyuge, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente7 días naturales. 3. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por enfermedad no grave u hospitalización del cónyuge, hijos e hijascon ingreso en clínica, padres y madresexcluido el parto, hermanos y hermanas2 días naturales. 4. Por enfermedad grave, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelasu hospitalización acreditada de parientes hasta 2. grado de consan- guinidad o afinidad, dos días laboralesnaturales, salvo en el caso del cónyuge que serán tres. En el supuesto de hospitalización, el disfrute de la licencia podrá llevarse a cabo a lo largo del periodo de tiempo que dure tal situación, en las fechas que se convengan entre la Empresa y el Trabajador. En ningún caso, por virtud de este nuevo sistema de disfrute diferido, podrá el trabajador tener derecho a más días laborables de licencia que los que le hubieran correspondido de tomar el permiso inmediatamente después del hecho causante. 5. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad: 2 días laboralesnaturales. b) 6. Por fallecimientodefunción de hijos, 4 días naturales 7. Por defunción de los siguientes parientes consanguíneos: - padres, nietos y hermanos, 3 días naturales. 8. Por fallecimiento defunción de xxxxxxx e abuelos y abuelos políticos, padres políticos, hermanos políticos, hijos políticos 2 días naturales. 9. Por defunción de tíos, sobrinos carnales y primos carnales 1 día natural. 10. Por matrimonio de hermanos, padres, nietos, hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, primos carnales y hermanos políticos, 1 día natural. 11. Por traslado de su domicilio habitual, 1 día natural. 12. Por el tiempo indispensable en el caso de un deber inexcusable de carácter público, y por asistencia a juicios, siempre que se sea citado de oficio. 13. Por el tiempo necesario para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en caso los casos de desplazamiento adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, siempre, en todos los casos, que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. 14. Por el permiso es tiempo necesario, en los casos de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madresasistencia a consulta médica de especialista de Seguridad Social, Xxxxxxxx y hermanascuando, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivoscoincidiendo con el horario de consulta con el trabajo, se prescriba dicha consulta por el facultativo de medicina general, debiendo presentar previamente el trabajador al empresario el volante justificativo de la referida prescripción médica. En todos estos casos si hubiera los demás casos, hasta el límite de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días16 horas al año. 15. Para los desplaza- mientos fuera acompañamiento a cónyuge y parientes de primer grado por consanguinidad sujetos a tratamiento oncológico, hasta el límite de 16 horas. A partir de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajohora, 17, el plazo trabajador tendrá derecho a una licencia no retribuida, que será de 4 díascotizada por la empresa en bases mínimas. c) En caso 16. 16 horas anuales para acompañamiento a cónyuge o parientes de matrimonioprimer grado por consanguinidad a pruebas diagnósticas en el Servicio Público de Salud que, quince a juicio de facultativo, emitido de forma escrita, concreta y explícita, requieran tanto de anestesia general o sedación como acompañamiento. Estas licencias se concederán por días naturalesnaturales y, salvo las excepciones descritas en los apartados 2 y 5, a partir del hecho causante, siendo obligatoria, aunque sea posteriormente, su justificación. Pudiéndose disfrutar antes Las referencias que en este artículo se realizan respecto del cónyuge, se hacen extensivas a las personas que convivan como pareja estable con el trabajador/a, con al menos un año de antelación al momento del hecho causante y acrediten la concurrencia de tales requisitos por medio de una Certificación del Ayuntamiento de su residencia. Obviamente, se excepciona de esta equiparación, la licencia retribuida por Matrimonio. Estas licencias serán aumentadas en un día natural o después en lo que a buen juicio de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida Empresa se estime oportuno, si las situaciones que originen las licencias se producen en todo o lugares que se encuentren a más de 150 kilómetros de distancia del domicilio del trabajador, salvo en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse los supuestos recogidos en pareja de hecho los epígrafes 4, 5, 6 y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años7, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, 8 en cuyo caso se reducirá aumentarán en dos días naturales. Excepcionalmente, se concede un permiso por nacimiento de hijo de 4 días naturales, disfrutando 2 días naturales a dos años. El personal contratado que haya disfrutado partir del hecho causante y los otros 2 a elección del trabajador, en el término de 15 días desde el hecho causante, exclusivamente para aquellos progenitores, distintos de la “licencia madre biológica, que no tengan derecho a disfrutar de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio la suspensión del contrato con reserva de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para puesto de trabajo regulado en el disfrute de las licencias artículo 48.4 del Estatuto de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosTrabajadores por no acreditar el período mínimo de cotización exigido normativamente. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos Los trabajadores y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el trabajadoras afectados al presente artículo, Convenio tendrán derecho a las parejas de hecho legalmente constituidaslicencias retribuidas siguientes, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, siempre que se encuentra faculta-justifique debidamente: a) Por Dos días, en caso de accidente, enfermedad grave u hospitalización del cónyugegrave, hijos e hijashospitalización, padres y madres, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos días laborales. Por in- tervención intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliariodomi- ciliario, o fallecimiento de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad consangui- nidad o afinidad afinidad. Se ampliará en dos días laboralesmás en caso de desplaza- miento a más de 60 kilómetros del centro de trabajo. Solo en el caso de que la enfermedad grave, hospitalización o falle- cimiento, se produjesen en xxxxxx, xxxxxxx o festivo, el permiso retribuido se ampliará en un día laborable, que en el caso de la hos- pitalización podrá disfrutarse mientras dure la misma. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 Tres días laborales consecutivosnaturales, en caso de desplazamiento el permiso es nacimiento de 6 hijo, hija o adopción que serán prorrogados en tres días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera más en caso de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro que se produjesen complicaciones médicas o de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 díasíndole familiar derivadas del parto. c) En caso de matrimonioUn día natural, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento matrimonio de uno hijos e hijas o de los componentes de la parejaher- manas y hermanos, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniocuando coincida con día laborable. d) Por matrimonio Un día natural para el caso de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute traslado de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradosdomicilio. e) Ausencia Dieciséis días naturales, en caso de matrimonio. A petición de la persona interasada, los dieciséis días podrán repartirse entre las fechas inmediatamente anteriores y posteriores a la celebración del trabajo matri- monio. Esta licencia se extenderá a las parejas de hecho, desde el momento en que se inscriban como tales en el registro establecido al efecto. f) Hasta cinco días, por consulta médica:causa justificada de fuerza mayor. g) Hasta 15 horas retribuidas anuales para exámenes, cuando los estudios traten de temas comerciales relacionados con la actividad de la empresa. h) Las mujeres trabajadoras, tendrán derecho a permiso retribuido, para acudir a un reconocimiento ginecológico anual, de los médicos de la Seguridad Social, y por el tiempo de duración de la consulta. i) Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos Las empresas vendrán obligadas a conceder a sus productores mediante previo aviso y obligaciones respecto de justi- ficación, los permisos reconocidos en retribuidos por el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta tiempo y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta-motivos siguientes: a) Por matrimonio de hijos, un día natural; dos días en caso de celebrarse el evento fuera de la provincia. b) Traslado de domicilio: Un día natural; dos días si el traslado es fuera de la provincia. c) Por nacimiento de hijo; dos días. Cuando con tal motivo, el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, será de cuatro días. Estos dos días podrán disfrutarse al final del permiso de paternidad, desapareciendo por tanto la licencia de cuatro días por la necesidad de hacer un desplazamiento, que quedará absorbido en el propio permiso de paternidad. d) Dos días naturales por enfermedad grave u hospitalización del de cónyuge, hijos e hijashijos políticos, nietos y nietos políticos, padres y madrespadres políticos, abuelos y abuelos políticos y hermanos y hermanos políticos; en los casos de tener que hacer desplazamientos fuera de la localidad de residencia, se aumentara a 4 días naturales. e) Tres días naturales por fallecimiento de xxxxxxx, hijos e hijos políticos, padre y padres políticos, hermanos y hermanashermanos políticos, xxxxxx y nietas abuelos y abuelos políticos, nietos y abuelas, dos días laboralesnietos polí- ticos. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta Si el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivos, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos hecho se produjera fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoy hubiera que desplazarse, el plazo será de 4 se aumen- tará a cuatro días. cf) Por matrimonio del trabajador, 17 días naturales; así como por parejas de hecho debidamente documentadas en registros y organismos competentes y por una sola vez. g) Igualmente los trabajadores tendrán licencias retribuidas: 1. Los días 24 y 31 de diciembre, de cada año, sin que pueda disfrutarse esta licencia el día anterior en el caso de que citadas fechas coincidan con domingos. 2. Una jornada completa, dentro de la época xx xxxxx de cada localidad, y que habrá de ser coincidente con el día anterior al festivo del municipio donde esté ubicada la empresa. En caso de matrimonioque referido día anterior sea festivo, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá aquí convenida, pasará a ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso disfrutada al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá día posterior a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimoniodicho festivo. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día natural. Para el disfrute de las licencias de los apartados a), b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos grados. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento de los mismos derechos y obligaciones respecto de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondiente. CVE-2013-18095 El personal contratado, trabajador previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneración por los motivos siguientes y por los días naturales que se encuentra faculta-indican: a) Por 3 días por fallecimiento, enfermedad grave, accidente grave u y hospitalización del cónyuge, hijos e hijashijos, padres y madreshermanos, hermanos y hermanas, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas, dos tanto en el grado de consanguinidad como por afinidad. Así mismo para el caso de los parientes enunciados anteriormente tendrán derecho a 2 días laborales. Por in- tervención en el supuesto de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos días laborales. b) Por 2 días por fallecimiento: - Por fallecimiento , enfermedad grave, accidente grave y hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosnietos y abuelos. Tanto en este caso como en el precedente, en caso de desplazamiento el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado podrán ampliarse a dos más cuando se necesite realizar un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajo, el plazo será de 4 días100 Kms. c) En caso 3 días por alumbramiento de matrimonioesposa, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá ampliable a dos años. El personal contratado que haya disfrutado más si se desplaza a más de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio100 Kms. d) Por 1 día por matrimonio de padres y madreshijos o hermanos, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un día naturalampliable a 2 si la ceremonia tiene lugar más de 100 Kms. Para de la localidad donde presta servicios el disfrute de las licencias de trabajador. El parentesco en los casos indicados en los apartados a)anteriores, b) y d) se entienden incluidos los parien- tes afines a los mismos gradoslo será por consanguinidad o afinidad. e) Ausencia 15 días en caso de matrimonio. f) 2 días por traslado del trabajo por domicilio habitual, justificándose con contrato de alquiler o escritura de compra de la vivienda. g) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. h) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente i) El tiempo necesario para que las trabajadoras embarazadas asistan a consulta médica:ginecológica, exámenes Prenatales y clases de preparación al parto, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias retribuidas. Se hace constar expresamente el reconocimiento Todo trabajador afectado por este convenio disfrutará de los mismos derechos y obligaciones respecto las siguientes licencias retribuidas. 1.-Por matrimonio del trabajador: 15 días naturales. 2.-Por nacimiento de los permisos reconocidos en el presente artículo, a las parejas de hecho legalmente constituidas, probando su existencia a través de su inscripción en el registro correspondientehijo o adopción: 3 días laborables. El personal contratado, previo aviso de al menos cuarenta y ocho horas, (salvo acreditada urgencia) y justificación escrita posterior debidamente cumplimentada, se encuentra faculta- a) Por 3.-Por defunción del cónyuge e hijos: 6 días naturales 4.-Por accidente o enfermedad grave graves u hospitalización del cónyugede padres, hijos e hijas, padres y madreshijos, hermanos y hermanascónyuge, xxxxxx y nietas y abuelos y abuelas2 días naturales. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, dos el plazo será de cuatro días. En el supuesto de hospitalización, el disfrute de la licencia podrá llevarse a cabo a lo largo del periodo de tiempo que dure tal situación. En ningún caso, por virtud de este sistema de disfrute diferido, podrá el trabajador tener derecho a más días laboraleslaborables de licencia que los que le hubieran correspondido de tomar el permiso inmediatamente después del hecho causante. Por in- tervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, 5.-Por defunción de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad dos afinidad: 2 días laborales. b) Por fallecimiento: - Por fallecimiento de xxxxxxx e hijos/hijas: 6 días laborales consecutivosnaturales. Cuando, en caso de desplazamiento con tal motivo el permiso es de 6 días laborales consecutivos. - Padres y madres, Xxxxxxxx y hermanas, Xxxxxxx y xxxxxxx y Xxxxxx y nietas: 3 días laborales consecutivos. En todos estos casos si hubiera de realizarse por el personal contratado trabajador necesite hacer un desplazamiento superior a 30 Km. a contar desde el centro de trabajo el plazo será de 3 días. Para los desplaza- mientos fuera de la provincia en donde esté ubicado el centro de trabajoal efecto, el plazo será de 4 días. c) En caso . 6.-Por defunción de matrimonio, quince días naturales. Pudiéndose disfrutar antes o después de la ceremonia oficial. Esta licencia no podrá ser absorbida en todo o en parte por coincidir con el período de vacaciones. También corresponderá 15 días de permiso al constituirse en pareja de hecho y esta licencia sólo se podrá conceder cada seis años, excepto en caso de fallecimiento de uno de los componentes de la pareja, en cuyo caso se reducirá a dos años. El personal contratado que haya disfrutado de la “licencia de matrimonio” por inscripción no podrá disfrutarla a su vez para esa misma unión por matrimonio. d) Por matrimonio de padres y madres, hermanos y hermanas o hijos e hijas, un tíos carnales: 1 día natural. Para 7.-Por matrimonio de hermanos, padres, hijos, primos xxxxxxxx, sobrinos xxxxxxxx y hermanos políticos: 1 día natural. 8.-Por el disfrute tiempo indispensable en el caso de un deber inexcusable de carácter público. 9.-Un día natural para traslado de domicilio habitual. 10.-Un día natural para la conmemoración de las xxxxx xx xxxxx del trabajador. 11.-Hasta un máximo de 16 horas anuales para consulta médica incluyendo acompañamiento para este fin a cónyuge, hijos o padres. 12.-El trabajador, con motivo de su jubilación al cumplir la edad de 65 años, o de 64 años si es anticipada y haya prestado servicios en la empresa al menos durante 20 años, podrá disponer de una licencia retribuida de hasta tres meses de duración inmediatamente antes de la jubilación. Si no hace uso de este derecho total o parcialmente, el tiempo trabajado se le retribuirá adicionalmente a razón xxx xxxxxxx a prorrata. Todas las licencias de reguladas en los apartados a)anteriores, b) y d) excepto la del número 1, se entienden incluidos los parien- tes afines extienden también a los mismos gradoslas parejas de hecho inscritas. Las anteriores licencias podrán ampliarse con cargo a las vacaciones cuando el trabajador acredite razones justificadas para ello. e) Ausencia del trabajo por consulta médica:

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo