OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN Cláusulas de Ejemplo

OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. El objeto del presente Xxxxxx, es determinar las condiciones técnicas y económicas a que habrá de ajustarse la ejecución de las obras definidas a continuación. El ámbito en los que se realizarán los trabajos incluidos son tanto Ciudad Real capital, como sus distintos anejos. Las actuaciones a realizar podrán ser de los siguientes tipos: - Ejecución de obras de reparación ordinaria, para mantener los niveles funcionales deseables de los pavimentos de las vías públicas municipales El Ayuntamiento se reserva el derecho de ejecutar, directamente o mediante terceros, los servicios de esta índole que estime oportunos, así como contratar mediante proyectos similares o distintos, con otras empresas o personas sin que la decisión que en cada caso se adopte pueda ser objeto de reclamación por parte del adjudicatario. Este proyecto no concede, bajo ningún concepto, tipo alguno de exclusividad.
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, junto al Pliego de Cláusulas Administrativas constituye un conjunto de instrucciones y contiene las condiciones técnicas que, junto con lo indicado en los diferentes documentos del Proyecto de Licitación definen los requisitos técnicos para las Obras de Ejecución de Tercera Celda y Obras de Clausura y Sellado de Segunda Celda de Vertedero de Rechazos de Residuos Sólidos Urbanos (R.S.U.) xx Xxxxx.
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. 1.1 Con el propósito de cumplir los requisitos introducidos por la Ley 16/2009, de 13 de noviembre de Servicios de Pago (LSP), las partes acuerdan que el contenido del presente anexo (i) establecerá el régimen jurídico aplicable a los servicios de pago definidos en al citada Ley; (ii) en lo no regulado expresamente por el presente anexo, las partes se someten a lo establecido a tales efectos en el contrato del que este anexo forma parte indisociable; y que (iii) en caso de conflicto las disposiciones del presente anexo prevalecerán frente a las de los Contratos Principales afectos. 1.2 A efectos de los contratos principales y el presente anexo, sólo se entenderá incluidas las operaciones de pago realizadas dentro de los países que integran el Espacio Económico Europeo en cualquiera de sus divisas.
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. El presente contrato regula las condiciones, que han de regir entre el CLIENTE y ADIF, para el alquiler de XX locomotora/s de maniobras, para su uso en la Terminal de Transporte de Mercancías xx Xxxxxxxx Plaza. La/s locomotora/s de maniobras objeto del contrato deberá/n estar libre/s de toda carga o gravamen.
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. El acuerdo marco comprenderá la determinación de las empresas adjudicatarias por cada lote, los precios unitarios máximos de referencia y las condiciones generales de prestación del servicio, así como los términos básicos a los que habrán de sujetarse los contratos basados en el acuerdo marco. Constituye el objeto establecer las condiciones que han de regir la licitación, adjudicación, formalización, cumplimiento, efectos y extinción del acuerdo marco que tiene por objeto los servicios de limpieza ecológica y retirada selectiva de residuos de edificios administrativos, centros docentes y otros centros de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha y sus organismos autónomos. Página 3 de 56 Queda excluida del ámbito de aplicación del presente acuerdo marco la contratación de prestaciones de limpieza cuyo valor estimado sea igual o inferior a 15.000 euros. Los órganos vinculados por el acuerdo marco podrán contratar estas prestaciones al margen del mismo, previa la tramitación del procedimiento correspondiente, entendiéndose concedida a dichos efectos la autorización prevista en el artículo 13.1.g) del Decreto 74/2018, de 23 de octubre. Esta exclusión no será de aplicación a la contratación de prestaciones de limpieza a realizar en los edificios incluidos en el lote 6 del presente acuerdo marco. El presente acuerdo marco vincula a los órganos de contratación de las consejerías de la Administración de la Junta de Comunidades xx Xxxxxxxx-La Mancha y de sus organismos autónomos, así como a aquellas entidades que se encuentran adheridas al mismo -en adelante órganos vinculados- al amparo de lo dispuesto en el artículo 11.3 del Decreto 294/2011, de 10 de noviembre. Excepcionalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.1 del Decreto 74/2018, los órganos vinculados por el acuerdo marco podrán contratar estas prestaciones al margen del mismo, previa la tramitación del procedimiento correspondiente, siempre que la persona titular de la Secretaría General la consejería competente en materia de hacienda así lo autorice. Entre otras, se entenderá como justificación suficiente a efectos de conceder dicha autorización excepcional la licitación de servicios de limpieza de edificios no incluidos en el lote 6, reservando la contratación de los mismos a centros especiales de empleo y empresas de inserción.
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. El presente contrato regula las condiciones, que han de regir entre el CLIENTE y ADIF, para el alquiler de una locomotora de ancho ibérico para su uso en la Terminal de Transporte de Mercancías de Sagunt Mercaderies y en sus instalaciones relacionadas. La locomotora de maniobras objeto del contrato deberá estar libre de toda carga o gravamen.
OBJETO Y AMBITO DE APLICACIÓN. El presente pliego tiene por objeto la contratación de un servicio de gestoría laboral municipal que permita el trabajo de asistencia prestado por el Servicio de Asesoramiento a Municipios de la Diputación Provincial xx Xxxxxxxxx ( en adelante SEPAM ) en su vertiente técnica y profesional a las Entidades Locales pertenecientes a la provincia xx Xxxxxxxxx.
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  • Objeto y ámbito de aplicación LAS PRESENTES DISPOSICIONES TIENEN POR OBJETO REGULAR LA FORMA Y TÉRMINOS PARA LA UTILIZACIÓN DEL SISTEMA ELECTRÓNICO DE INFORMACIÓN PÚBLICA GUBERNAMENTAL, DENOMINADO COMPRANET, POR PARTE DE LOS SUJETOS A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y 1 FRACCIONES I A VI DE LA LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS, ASÍ COMO DE LOS INVITADOS, PROVEEDORES Y CONTRATISTAS, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN DICHOS ORDENAMIENTOS LEGALES.

  • Ámbito de aplicación Esta cláusula regula la solución de todas aquellas controversias que se deriven del presente Contrato, así como, aquellas relacionadas con la ejecución, interpretación, resolución, ineficacia, nulidad o invalidez del Contrato. No podrán ser materia de trato directo ni de arbitraje las decisiones del OSINERGMIN u otras Autoridades Gubernamentales Competentes que se dicten en ejecución de sus competencias administrativas atribuidas por norma expresa, cuya vía de reclamo es la vía administrativa.

  • AMBITO DE APLICACIÓN El presente convenio será de aplicación en todo territorio donde las Instituciones Universitarias nacionales tengan actividades de cualquier tipo que sea, con las limitaciones sobre extraterritorialidad que impongan las normas de Derecho laboral argentino.

  • AMBITO DE APLICACION Estas condiciones Especiales se aplicarán a todo el servicio de Gas prestado por la Distribuidora al Cliente bajo las presentes Condiciones Especiales.

  • OBJETO DE LA COBERTURA Por el seguro contra robo el Asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en esta Póliza, a indemnizar al Asegurado en caso de sustracción ilegítima del vehículo asegurado por parte de terceros.

  • ACTO PÚBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO En la fecha y hora señalada en las Bases, el Comité Especial se pronunciará sobre la admisión y la evaluación técnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta última. La evaluación de las propuestas económicas se realizará de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases. La determinación del puntaje total se hará de conformidad con el artículo 71 del Reglamento. El Comité Especial procederá a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de selección a través de un cuadro comparativo en el que se consignará el orden de prelación en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes técnico, económico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuará observando lo señalado en el artículo 73 del Reglamento. Al terminar el acto público se levantará un acta, la cual será suscrita por el Notario (o Xxxx xx Xxx), por todos los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo. El otorgamiento de la Buena Pro se presumirá notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluación. Xxxxx presunción no admite prueba en contrario. Esta información se publicará el mismo día en el SEACE.

  • SUJETO PASIVO Es sujeto pasivo del impuesto de avisos y tableros las personas naturales, jurídicas, sociedades de hechos y aquellas en quienes se realice el hecho gravado, a través de consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos, consistente en el ejercicio de actividades industriales, comerciales, de servicio y financieras en la jurisdicción Municipal xx Xxxxxx. PARÁGRAFO PRIMERO. Se presume legalmente que toda persona natural o jurídica o sociedad de hecho o aquel que en general ejerza una actividad industrial, comercial o de servicios hace propaganda, ya sea en forma permanente u ocasional y por lo tanto es sujeto gravable del impuesto de avisos y tableros, en caso contrario deberá demostrarlo a fin de no ser responsable por este tributo. PARÁGRAFO SEGUNDO. Frente al impuesto a cargo de los patrimonios autónomos los fideicomitentes y/o beneficiarios, son responsables por las obligaciones formales y sustanciales del impuesto, en su calidad de sujetos pasivos. PARÁGRAFO TERCERO. En los contratos de cuenta de participación el responsable del cumplimiento de la obligación de declarar es el socio gestor; en los consorcios, socios o participes de los consorcios, uniones temporales, lo será el representante de la forma contractual. PARÁGRAFO CUARTO. El área para determinar el tamaño del aviso deberá ser congruente con la medida del local, puesto que su exceso de longitud no puede exceder del diámetro de la puerta principal, con el fin que no incomode o perturbe los locales aledaños. (2.50 mts al 7.99mts).

  • PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO Al ocurrir algún siniestro que pudiera dar lugar a indemnización conforme los términos de este seguro, el Asegurado tendrá la obligación de: a) Comunicarlo a OCEÁNICA inmediatamente por teléfono u otro medio de comunicación y confirmarlo detalladamente en carta o en el formulario dispuesto para tal efecto por la misma, proporcionando todos los datos sobre la naturaleza y la extensión del daño o pérdida. b) Ejecutar dentro de sus posibilidades todos los actos que tiendan a evitar la extensión del daño c) Proporcionar todas las pruebas e información con respecto a la solicitud de indemnización. d) Conservar las partes dañadas o defectuosas y tenerlas a la disposición para que puedan ser examinadas por el Ajustador o experto de la Compañía de Seguros e) Informar a las autoridades competentes en caso de pérdida o daños debido a robo y/o hurto f) En los casos en que se presente al Asegurado cualquier reclamación judicial o administrativa por responsabilidad civil extracontractual amparada por esta póliza, el Asegurado deberá, en su oportunidad legal, proceder a contestar la demanda en tiempo y a tomar todas las demás medidas necesarias para la defensa legítima de sus intereses. No obstante, si así lo pidiera OCEÁNICA, el Asegurado otorgará poder al abogado que ésta designe, para que proceda a continuar con la defensa en el litigio con cargo a la póliza. Sin la autorización escrita de OCEÁNICA, el Asegurado no podrá incurrir por cuenta de la presente póliza en gasto alguno, judicial o extrajudicial, relativo al accidente, ni pagarlo ni transigirlo. El incumplimiento de este requisito dejará a la Compañía en libertad de rechazar cualquier reclamación. g) Informar inmediatamente a OCEÁNICA, y transmitir copia de cualquier notificación judicial, extrajudicial o administrativa que llegue a su conocimiento y esté relacionada con el siniestro. La exigencia y/o recepción de documentos o comprobantes por parte de OCEÁNICA no implica xxxxxxxx de responsabilidad, así como tampoco la actuación de OCEÁNICA en la atención del siniestro y aún con posterioridad. Xxxxxx reclamo bajo esta póliza será pagadero a menos que las obligaciones de los incisos anteriores se hayan cumplido.

  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.

  • Cumplimiento de las Ofertas 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u omisión es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Bienes y Servicios Conexos especificados en el Contrato; o (b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos del Comprador o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. 30.3 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Comprador y el Oferente no podrá ajustarla posteriormente mediante correcciones de desviaciones importantes, reservaciones u omisiones.