OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA. Además de las obligaciones generales reguladas por el Acuerdo Superior No. 000006 de octubre 6 de 2009 (Estatuto de Contratación de la Universidad del Atlántico) el Contratista cumplirá con las siguientes obligaciones: Obligaciones Generales. 1. Cumplir con el objeto del contrato con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad. Por lo tanto, no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno del Contratista con La Universidad. 2. Realizar los actos necesarios y tomar las medidas conducentes para el debido y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y para la ejecución del Contrato. 3. Conforme con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 797 de 2003 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de seguridad social y parafiscales mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx Xxx, o por el Representante Legal. Dicha certificación será aportada con la factura. 4. Mantener actualizado su lugar de residencia durante la vigencia del contrato y cuatro (4) meses más y presentarse a la Universidad en el momento en que sea requerido por la misma para la suscripción de la correspondiente acta de liquidación.
OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA. El personal de la firma adjudicataria deberá ser idóneo, de buenos antecedentes, de buena presencia, conducta y educación. Todos los trabajos que efectúe el Personal de la adjudicataria deberán ser realizados cuidando al máximo la seguridad de las personas que integran su personal y/o los terceros, así como también todos los bienes y/o elementos de propiedad de BCyL. Las faltas y/o incumplimiento a este punto serán motivos suficientes para que BCyL xx XXXXXX DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES-Licitación Pública Nacional N° 03/2017 por finalizada la contratación sin que medie derecho a reclamo y/o indemnización alguna. La totalidad del personal estará bajo exclusivo cargo de la adjudicataria, así como los sueldos, seguros, beneficios, obligaciones sociales, y toda otra obligación derivada de la relación laboral entre el personal afectado al servicio y la adjudicataria; no generándose en consecuencia relación de dependencia alguna con BCyL. En tal sentido, el personal utilizado por quien resulte adjudicatario, no adquiere por la contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con BCyL, siendo por cuenta de la firma contratada todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado. La Adjudicataria se obliga a reparar directamente los daños y/o perjuicios que se originen por la culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia o de aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios contratados. Asimismo, se hará responsable del desempeño de su personal, el que deberá permanecer en su lugar de trabajo y observar las reglas de moralidad y cortesía que su desempeño obliga en el trato con agentes, funcionarios y/o visitantes de nuestras dependencias. BCyL podrá solicitar la separación del personal de la Adjudicataria que no lo haga en forma debida. El Contratista cubrirá en forma inmediata las ausencias imprevistas del personal y satisfará las demandas de servicios adicionales de la forma más conveniente para BCyL. Es de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados con la prestación del servicio, como asimismo el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de las leyes laborales, quedando establecido que la adjudicataria deberá contar con seguro a su cargo.
OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA. Serán obligaciones del CONTRATISTA: 1. Realizar las actividades para el logro de los resultados objeto del contrato. 2. Elaborar informes parciales e informe final como soportes para el trámite y pagos pactados. 3. Cumplir las normas legales vigentes, en especial lo dispuesto en las Leyes 789 de 2002, 797 de 2003, 1122 de 2007 y 1150 de 2007 en lo referente al pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y en especial el Decreto 723 de 2013 que regula la afiliación al SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES de las personas vinculadas a través de un contrato de prestación de servicios con entidades públicas. 4. Cumplir con el objeto del contrato de conformidad con lo requerido por la entidad y en el plazo estipulado. 5. Las establecidas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993. 6. Mientras persista la pandemia COVID-19, cumplir con las normas o protocolos de bioseguridad establecidos por el gobierno nacional y/o departamental y/o municipal, en especial, aquellas implementadas por la entidad, con el fin de preservar su integridad personal y la de las comunidades con las cuales tenga relación durante la ejecución del contrato. 7. Comunicar inmediatamente al supervisor del contrato la ocurrencia de cualquier evento adverso que se presente en el desarrollo de la prestación de servicio objeto del presente contrato.
OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA. El personal de la firma adjudicataria deberá ser idóneo. Todos los trabajos que efectúe el Personal de la adjudicataria deberán ser realizados cuidando al máximo la seguridad de las personas que integran su personal y/o los terceros, así como también todos los bienes y/o elementos de propiedad de BCyL. Las faltas y/o incumplimiento a este punto serán motivos suficientes para que BCyL dé por finalizada la contratación sin que medie derecho a reclamo y/o indemnización alguna. La totalidad del personal estará bajo exclusivo cargo de la adjudicataria, así como los sueldos, seguros, beneficios, obligaciones sociales, y toda otra obligación derivada de la relación laboral entre el personal afectado al servicio y la adjudicataria; no generándose en consecuencia relación de dependencia alguna con BCyL. En tal sentido, el personal utilizado por quien resulte adjudicatario, no adquiere por la contratación ningún tipo o forma de relación de dependencia con BCyL, siendo por cuenta de la firma contratada todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con el personal empleado. La Adjudicataria se obliga a reparar directamente los daños y/o perjuicios que se originen por la culpa, dolo o negligencia, actos u omisiones de deberes propios o de las personas bajo su dependencia o de aquellas de las que se valga para la prestación de los servicios contratados. Es de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicataria todo accidente de trabajo que ocurra a su personal o a terceros vinculados con la prestación del servicio, como asimismo el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes de las leyes laborales, quedando establecido que la adjudicataria deberá contar con seguro a su cargo.
OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA. El contratista está obligado a proveer en tiempo y forma los servicios objetos de la presente contratación. Asimismo el Contratista tendrá a su cargo todos los equipos, maquinas, personal, elementos, materiales y toda otra necesidad que surja en el lugar para la correcta ejecución de los trabajos encomendados. En relación a los ítems requeridos en los Renglones 2, 4, 6, 8, 10, 12, 14 y 16, el servicio solicitado deberá incluir en la cotización el personal para eslingar y el traslado de los contrapesos, los viáticos de dicho personal y cualquier otro costo relacionado con el mismo.
OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA a) Por medio de la presente la Contratista se obliga durante la vigencia del presente Contrato a: Conservar el equipo en perfecto estado mecánico y de funcionamiento. b) Mantener, a su exclusivo cargo y cuenta, el mantenimiento del equipo, su reparación y compra de repuestos que insuma su puesta en servicio. c) Presentar mensualmente las constancias que acrediten que el equipo a utilizar cuenta con los seguros, habilitaciones y verificaciones técnicas vigentes. d) Mantener disponible el equipo para el uso que le asigne la Municipalidad, durante las 24 (veinticuatro) horas de todos los días.
OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA. 2.1 EL CONTRATISTA' desarrollará la prestación de sus servicios en la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE GOBIERNO EN LINEA o el lugar que le indique 'LA JURISDICCIÓN' . Los servicios a prestar consistirán en COORDINAR, ADMINISTRAR Y ORIENTAR A EQUIPOS DE TRABAJO, EVALUANDO DATOS E INFORMACIÓN PARA DEFINIR METODOLOGÍAS Y TÉCNICAS, CON EL FIN DE ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS ORGANIZACIONALES EN TIEMPO Y FORMA. 2.2 En todos los casos, los servicios deberán prestarse de acuerdo con las necesidades de 'LA JURISDICCIÓN'. 2.3 Estará a cargo de 'EL CONTRATISTA' el pago de las obligaciones fiscales y previsionales emergentes de la actividad desarrollada en virtud del presente contrato, pudiendo 'LA JURISDICCIÓN' exigirle la acreditación del pago de las mismas a efectos de controlar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo.
OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA. Cumplir a cabalidad y de buena fe, el objeto y obligaciones que se le deriven, de este contrato.
OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA. Además de las obligaciones generales reguladas por el Acuerdo Superior No. 000006 de octubre 6 de 2009 (Estatuto de Contratación de la Universidad del Atlántico) el Contratista cumplirá con las siguientes obligaciones: Obligaciones Generales: 1. Cumplir con el objeto del contrato con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad. Por lo tanto, no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno del Contratista con La Universidad. 2. Cumplir con las especificaciones establecidas en los estudios y/o diseños y/o presupuesto y demás anexos que hacen parte del presente proceso de selección. 3. Realizar los actos necesarios y tomar las medidas conducentes para el debido y oportuno cumplimiento de las obligaciones contractuales y para la ejecución del Contrato. 4. Conforme con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, Ley 797 de 2003 y el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de seguridad social y parafiscales mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos xx Xxx, o por el Representante Legal. Dicha certificación será aportada con la factura.
OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA. 23.1. El contratista esta obligado a proveer en tiempo y forma los materiales objeto de la presente contratación. 23.2. Entre otras obligaciones, el Contratista esta obligado a almacenar, mantener, conservar y custodiar los durmientes, siguiendo las recomendaciones y normativas del caso, hasta la Recepción Provisoria de los mismos por parte xx XXXXXXXX CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. Correrán también por cuenta del Proveedor todos los ensayos, comprobaciones y mediciones que BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA S.A. determine a los efectos de verificar el ajuste a las especificaciones del material recibido.