Otras materias Cláusulas de Ejemplo

Otras materias. ASESORAMIENTO Y DEFENSA LEGAL
Otras materias. Formación trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales La empresa en cumplimiento de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, de- berá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia pre- ventiva, tanto en el momento de su contratación (si fuere necesaria), cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las fun- ciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnolo- gías o cambios en los equipos de trabajo. La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evo- lución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y re- petirse periódicamente, si fuera necesario.
Otras materias. 55 Artículo 73 ASESORAMIENTO Y DEFENSA LEGAL 55 Artículo 74 PROTECCIÓN DE LA INTIMIDAD 56 Artículo 75 PLAN DE IGUALDAD 56
Otras materias. Salvo que el Prestatario y el Fondo acuerden otra cosa, el Prestatario llevará a cabo el Proyecto, pondrá en funcionamiento y mantendrá las instalaciones completamente bajo el Proyecto, de acuerdo con los requisitos establecidos en este Anexo, además de las disposiciones contenidas en otras partes de este Contrato.
Otras materias. Durante el periodo de vigencia del convenio, las representaciones económica y social convocarán mesas paritarias que preparen y propongan acuerdos sobre asuntos como la transformación digital, el sistema de los turnos y la flexibilidad horaria, además de cuántos más otros pudieran acordarse. Con respecto a las materias pendientes de negociación atribuidas a las diferentes mesas o comisiones recogidas en el presente Convenio Colectivo, la Comisión de Seguimiento elaborará una relación de las referidas materias para priorizar el calendario de negociación y en su caso implantación.
Otras materias. Producto del proceso de transición de principios de contabilidad generalmente aceptados en Chile a Normas Internacionales de Información Financiera, la Sociedad presenta patrimonio negativo, pérdidas del ejercicio al 31 de diciembre de 2012 y 2011, el reverso de este dependerá de los flujos futuros que se generen. En función a lo anterior, los estados financieros han sido preparados bajo el principio de negocio en marcha. Marzo 27, 2013 Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Rut: 0.000.000-0 ESTADOS DE SITUACION FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DE 2012 Y 2011 ACTIVOS Notas 31-12-2012 M$ 31-12-2011 M$ Efectivo y equivalentes al efectivo 3 1.553.088 2.115.787 Otros activos financieros corrientes 674.864 - Otros activos no financieros, corriente 188.460 177.375 Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar corrientes 5 664.953 810.945 Cuentas por cobrar a entidades relacionadas, corriente 6 897.331 1.132.258 Activos por impuestos corrientes 348.506 141.262 TOTAL ACTIVOS CORRIENTES 4.327.202 4.377.627 Activos no corrientes Otros activos financieros no corrientes 53.816 - Otros activos no financieros no corrientes 15.179 324.680 Activos intangibles distintos de la plusvalía 7 50.795.318 51.238.249 Propiedades, planta y equipo 8 101.121 154.935 Activos por impuestos diferidos 21 4.539.531 3.565.791 TOTAL DE ACTIVOS NO CORRIENTES 55.504.965 55.283.655 Las notas adjuntas forman parte integrante de estos estados financieros PATRIMONIO Y PASIVOS Notas 31-12-2012 31-12-2011 M$ M$ Otros pasivos financieros xxxxxxxxxx 00-x 753.988 520.659 Cuentas por pagar comerciales y otras cuentas por pagar 195.633 307.811 Cuentas por pagar a entidades relacionadas, corriente 6 348.231 695.239 Otras provisiones 10 20.067 28.993 Pasivos por impuestos xxxxxxxxxx 000 9.387 Otros pasivos no financieros corrientes 11 39.979 51.508 TOTAL DE PASIVOS CORRIENTES 1.358.653 1.613.597 Otros pasivos financieros no xxxxxxxxxx 00-x 42.003.747 42.294.250 Cuentas por pagar a entidades relacionadas, no corriente 6 23.935.716 21.832.915 Pasivo por impuestos diferidos 21 1.166.246 1.323.367 Otras provisiones no corrientes 66.465 - Otros pasivos no financieros no corrientes 13-d 1.895.238 1.276.351 TOTAL DE PASIVOS NO CORRIENTES 00 00.000.000 00.000.000 TOTAL PASIVOS 70.426.065 68.340.480 Capital emitido 14-b 6.934.027 6.934.027 Pérdidas acumuladas (7.364.511) (4.734.078) Otras reservas 14-c (10.163.414) (10.879.147) Patrimonio atribuible a los propietarios de la controladora (10.593.898) (8.679.198) Participación no co...
Otras materias. A) Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, de ser ne- xxxxxxx y pertinente se podrá constituir un Comité intercentros, como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competen- cias propias de los comités de centro o delegados de personal por ser cuestiones que afectan a varios centros de SEFPSAU, deban ser tratados con carácter general. Al comité intercentros le sería de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores.
Otras materias. 18.1 Si alguna disposición de las presentes condiciones generales de compra no es válida o deja de tener validez, las demás disposiciones no se verán afectadas por ello. Las partes se comprometen a sustituir las disposiciones no válidas por otras de similar importancia o significado que reflejen lo más fielmente posible la intención de la cláusula original. 18.2 La omisión por cualquiera de las partes a exigir el estricto cumplimiento por la otra parte de cualquier obligación bajo el presente Acuerdo no afectará en ningún caso a su derecho posterior para hacer cumplir cualquier obligación, ni implicará una renuncia por cualquiera de las partes a su derecho a reclamar contra cualquier infracción o violación anterior o posterior. Xxxxxxx renuncia tendrá efecto a menos que sea específica, irrevocable y por escrito. 18.3 El Proveedor no podrá ceder el Acuerdo, total o parcial sin el consentimiento por escrito del Cliente. Dicho consentimiento no exime al Proveedor de, y estará sujeto al cumplimiento de, cualquiera de las obligaciones derivadas del Acuerdo. El Cliente tiene derecho a ceder este Acuerdo o parte de ella a cualquier Afiliado de D-F avisando de inmediato al Proveedor. 18.4 Ninguna disposición del Acuerdo podrá interpretarse como la designación de una de las partes como agente de la otra ni como la creación de una asociación, joint venture o relación laboral entre las partes. 18.5 Mientras se encuentre pendiente de dirimir un conflicto, ninguna de las partes será eximida de realizar cualquiera de sus obligaciones en virtud del Acuerdo, salvo las obligaciones directamente afectadas por el conflicto. 18.6 Las presentes condiciones generales de compra se regirán e interpretarán de conformidad con el derecho sustantivo del país (o estado) en el que esté constituido el Cliente. La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías no se aplicará. Las partes acuerdan que todos los pleitos, acciones legales o procedimientos judiciales que puedan entablar cualquiera de las partes deberán iniciarse ante los tribunales competentes en la sede de constitución del Cliente. 18.7 La extinción, terminación o cancelación del Acuerdo no afectará a ningún derecho u obligación que, expresamente o por su propia naturaleza, sobreviva a dicha extinción, terminación o cancelación, incluidos, entre otros, las representaciones, garantías, obligaciones de confidencialidad, los derechos de propiedad industrial e intelectual y los ...
Otras materias. Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, de ser necesario y pertinente se podrá constituir un Comité intercentros, como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los comités de centro o delegados de personal por ser cuestiones que afectan a varios centros de la Fundación, deban ser tratados con carácter general. Al comité intercentros le sería de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del comité intercentros será de siete, sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos comités de centro o delegados de personal y en la constitución del comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales en la empresa.
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