Procedimiento de adjudicación de los contratos Cláusulas de Ejemplo

Procedimiento de adjudicación de los contratos. 5.1.- El contrato será adjudicado en procedimiento abierto en forma de concurso público, en el que cualquier interesado podrá presentar una oferta, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
Procedimiento de adjudicación de los contratos. CONTRATOS ADMINISTRATIVOS Importes en euros Abierto 2.278 92,00 000.000.000,39 87,00 000.000.000,71 86,46 12,92 Negociado sin publicidad 190 7,00 000.000.000,10 12,00 000.000.000,34 13,53 5,24 Tramitación de emergencia 1 0,04 136.592,31 0,01 136.592,31 0,02 0,00 7,70% 92,26% 0,02% 13,53% 0,04% Xxxxxxx Xxxxxxxxx sin publicidad Tramitación de emergencia Xxxxxxx Xxxxxxxxx sin publicidad Tramitación de emergencia CONTRATOS PRIVADOS Importes en euros Otros con publicidad 340 59,00 000.000.000,38 65,00 000.000.000,41 57,40 34,81 Otros sin publicidad 154 26,00 00.000.000,97 8,00 00.000.000,78 10,81 3,42 Abierto 61 10,00 00.000.000,09 22,00 00.000.000,15 26,30 12,46 Negociado sin publicidad 19 3,00 00.000.000,20 4,00 00.000.000,66 5,49 0,95 3,31% 10,63% 59,23% 57,40% 10,81% Otros con publicidad Abierto Otros sin publicidad Negociado sin publicidad Otros con publicidad Abierto Otros sin publicidad Negociado sin publicidad - En el procedimiento abierto todo empresario interesado puede presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores (artículo 157 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público). Mediante procedimiento abierto se adjudicó en el año 2013, en el conjunto de la Comunidad de Madrid, la mayoría de los contratos administrativos (2.278 contratos, que representan el 92,26% del total de los contratos administrativos). Igualmente, el mayor compromiso de gasto se derivó de adjudicaciones realizadas a través de procedimiento abierto (717.216.466,71 euros, que suponen el 86,46%). A este respecto cabe recordar que esta Ley en su artículo 138.2 dispone que la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas se realiza, ordinariamente, utilizando el procedimiento abierto o el procedimiento restringido, pudiendo seguirse el procedimiento negociado o recurrirse al diálogo competitivo en los supuestos legalmente previstos. - El procedimiento negociado, en el que la adjudicación recae en el licitador justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, procede en los casos determinados legalmente para cada tipo de contrato. Mediante este procedimiento se adjudicó el 7,70% de los contratos administrativos (190 contratos), que representa el 13,53% del gasto (112.204.525,34 euros). En 2013 no se ha utilizado en ninguno de los contratos perfeccionados el procedimiento n...
Procedimiento de adjudicación de los contratos basados‌ Una vez celebrado el Acuerdo marco se procederá a contratar los Servicios correspondientes a cada lote que fueran solicitados por cualquiera de las Entidades Locales adheridas. Puesto que el Acuerdo marco se celebra con varios empresarios y no todos los términos están establecidos en el mismo, la adjudicación de los Contratos basados se realizará de acuerdo con lo indicado en este apartado 17.1. La Entidad Local peticionaria, al margen del cumplimiento de los trámites previos exigidos conforme a la normativa presupuestaria y de contratación que le resulte internamente aplicable, a los efectos de la adjudicación de los Contratos basados elaborará un documento de invitación a participar en dicha contratación (en adelante, el “Documento de Invitación”) conforme al modelo normalizado aprobado por la Central de Contratación de la FEMP, que deberá contener, al menos, los siguientes aspectos: • Entidad Local peticionaria. • Identificación del ámbito de los Servicios contratados. • Plazo de duración. • Garantía definitiva exigida, en su caso. • Subcontratación y revisión de precios, en su caso. A continuación, se remitirá a todos los adjudicatarios del Acuerdo Marco, a través de la aplicación informática de la Central de Contratación de la FEMP, para que presenten en el plazo al efecto previsto sus correspondientes proposiciones. El Documento de Invitación no podrá contener, ni solicitar a los adjudicatarios, previsiones contrarias a las contenidas en el presente Pliego o en el PPT. Todos los adjudicatarios seleccionados estarán obligados a presentar ofertas en relación con los Documentos de Invitación que reciban, respetando en todo caso los compromisos mínimos recogidos en el Acuerdo Marco, en los términos establecidos en el PCA y el PPT. El criterio de valoración que regirá la licitación del Contrato Basado, salvo que la Entidad Local desee incluir como criterio de evaluación adicional el previsto el apartado 11.1 como criterio no evaluable mediante fórmulas si las circunstancias especiales de la Entidad Local así lo aconsejara, será exclusivamente el precio ofertado por cada Servicio básico correspondiente al Lote al que se refiera el Contrato Basado, que no podrá ser superior al ofertado en el Acuerdo marco. No obstante lo anterior, en el supuesto de que la Entidad Local solicitara en la licitación del Contrato Basado prestaciones que conforme al PPT tienen la consideración de Servicios complementarios, los adjudicatarios tendrán derecho a realizar, ...
Procedimiento de adjudicación de los contratos. 1) Consulta de la entidad contratante Anual o semestralmente y siempre en función de necesidades de la entidad contratante se solicitará a través de correo electrónico a todas las empresas firmantes del Acuerdo Marco la presentación de oferta en relación con el lote o lotes correspondientes. Dicha consulta contendrá: - Las unidades estimadas de polielectrolito a suministrar durante el periodo de duración del contrato. La indicación de tales unidades en ningún caso supondrá para la entidad contratante compromiso de gasto o consumo, ya que la cantidad de polielectrolito a suministrar dependerá en último término de las necesidades efectivas que se pongan de manifiesto a lo largo de la vigencia del contrato respectivo. Cuando por razón de las necesidades efectivas, se produjera reducción o aumento de las unidades que se señalaron como estimadas, el contratista vendrán obligado al suministro en las condiciones contempladas en el contrato, sin derecho alguno a reclamar indemnización por tales causas y siendo de aplicación el precio unitario contratado. - Fecha límite de recepción de ofertas y dirección a la que deben remitirse - Indicación de la documentación o muestras de producto que debe presentarse - Aquellas otras condiciones que no estando definidas en el Acuerdo Marco, la entidad contratante solicite que sean concretadas.
Procedimiento de adjudicación de los contratos. 16.1. Consulta de GHK
Procedimiento de adjudicación de los contratos basados‌ Una vez celebrado el acuerdo marco, el órgano de contratación procederá a contratar los suministros que le fueran solicitados por cualquiera de los destinatarios del acuerdo marco referidos en la cláusula 1 xxx xxxxxx. Puesto que el acuerdo marco se celebra con varios empresarios, la adjudicación de los contratos basados se realizará mediante los procedimientos establecidos en las letras a) o b) del artículo 221.4 de la LCSP, en función del lote de licitación y del importe del contrato basado, según se especifica en este pliego. En los casos en que proceda una segunda licitación se atenderá a los previsto los apartados 5 y 6 del artículo 221 de la LCSP. Sólo podrán adjudicarse contratos basados en este acuerdo marco durante la vigencia del mismo. XXXX XXXXXX XXXXXXXXXX XXXX - 2021-07-20 19:31:42 CEST La autenticidad del documento puede ser comprobada mediante el CSV: OIP_7HHL7OCRDWHBKCNUT9DQY7UIBR45 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx La regulación aplicable a los contratos basados estará a lo dispuesto en el presente pliego (PCAP), el pliego de prescripciones técnicas particulares (PPTP), el documento de licitación y, complementariamente, en las instrucciones dictadas por la DGRCC. Las invitaciones se remitirán a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) o cualquier otro sistema de licitación electrónica que los organismos tengan a su disposición. Asimismo, las ofertas, debidamente firmadas electrónicamente por su representante legal, se presentarán en los sistemas antes citados, y según sus normas. De conformidad con la disposición adicional decimoquinta de la LCSP, la presentación de ofertas se llevará a cabo utilizando medios electrónicos. Los kits y equipamiento adicional únicamente podrán adquirirse conjuntamente con la compra de un vehículo al que complementan. La adjudicación del contrato basado se deberá realizar necesariamente convocando a las partes a una nueva licitación cuando concurra alguna de las siguientes causas: • Cuando el objeto del suministro sea de importe superior a 180.000 € (Impuestos excluidos) o cuando así lo haya previsto el organismo destinatario, cualquiera que sea su importe. • Cuando el organismo requiera de la adquisición de un nuevo kit de adaptación, distinto de los comprendidos en el ANEXO IV de este pliego y que no se encuentran definidos técnicamente en el PPT. • Cuando el organismo requiera para sus funciones cualquier elemento o equipamiento adicional, no disponible en el catálogo. ...

Related to Procedimiento de adjudicación de los contratos

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas públicos de empleo-formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 157 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) XXXXX000 (X00X00). Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • Operación EL CLIENTE podrá dar instrucciones x XXXXX para la compra o para la venta de valores, las cuales tendrán el carácter de irrevocables y deberán contener todas las características necesarias para la plena identificación de los valores materia de las mismas, telefónica o escrita, o a través de los medios electrónicos, de cómputo o telecomunicación con que cuente BANSI. La celebración de la compraventa de valores se hará a precios xx xxxxxxx y BANSI deberá confirmar a EL CLIENTE la celebración de éstas, en el estado de cuenta que se le envíe. BANSI se reserva el derecho de exigir la confirmación por escrito de todas aquellas instrucciones que EL CLIENTE le haya otorgado por otros medios diversos al escrito. BANSI se reserva el derecho de corroborar la existencia de la orden o instrucción y el solicitar su confirmación por los medios que juzgue convenientes, pudiendo el BANSI dejar en suspenso la ejecución de la instrucción hasta en tanto el CLIENTE no confirme de manera fehaciente la misma. En este supuesto, al no recibir la confirmación del CLIENTE, el BANSI quedará liberado de la obligación de darle cumplimiento y por lo mismo no tendrá responsabilidad alguna derivada de su inejecución por cambios en los precios xxx xxxxxxx, conclusión de los horarios de operación u otros de naturaleza semejante, sino hasta en tanto reciba la confirmación correspondiente. BANSI invariablemente cargará o abonará a la “Cuenta Eje” de EL CLIENTE, los recursos resultantes de dichas operaciones. BANSI se sujetará a las instrucciones de EL CLIENTE. En lo no previsto expresamente: a) BANSI consultará a EL CLIENTE siempre que lo permita la naturaleza del negocio; b) BANSI se encuentra facultado para actuar discrecionalmente, hará lo que la prudencia le dicte, cuidando del negocio como propio. Si BANSI juzga perjudicial para EL CLIENTE la ejecución de las instrucciones, podrá suspender dicha ejecución, comunicándolo a EL CLIENTE lo más rápidamente posible, en espera de nuevas instrucciones o ratificación de las mismas.

  • DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN PRESENTAR LOS LICITANTES Los documentos y datos que deben presentar los licitantes para participar en la presente Invitación se encuentran enlistados en el ANEXO 2 de la presente Convocatoria.

  • DATOS DE CONTACTO Unidad Especializada de Atención de Consultas y Reclamaciones de Chubb Seguros México, S.A. (UNE): Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF)

  • XXXXX Un paseo por las calles de Al- corcón puede ser muy fructífe- ro, culturalmente hablando, si el caminante repara en las es- culturas que encuentra a cada paso. Xxxxxx Xxxxxx, Xxxxxxx Xxxxxx, Xxxxx Xxxxx Xxxx, Xxxxx Xxxxxxxx, Xxxxxx Xxxxx, y así hasta veinte escultores consa- grados distribuyen parte de su obra por la ciudad. “Me gustan las esculturas, pero muchas veces no entien- do qué quieren decir”, ase- gura un vecino de Al- corcón que pasea por el parque de La Xxxxxx. Esta es una concepción bastan- te habitual. Por eso, desde el Ayuntamien- to se pretende impul- sar el conocimiento de es- tas obras fomentando los pa- seos guiados. “La idea es comenzar por la es- cuelas y editar un ma- pa para que los visitan- tes puedan hace el recorrido por su cuenta”, asegura el al- calde de Alcor- xxx, Xxxxxxx Xxxxxxxxxx. Así, vecinos y turistas podrán disfrutar de otro tipo de museo. Xxxxx Xxxxxxxx y Xxxxxx Xxxxx se ofrecieron para hacer de Escultura de Júpiter en La Xxxxxx, de Xxxxx Xxxxxxxx XXXX XXXXXXXX/GENTE guías por este singular museo. Una operación policial en Al- corcón contra el tráfico de dro- gas en la ciudad concluyó con la detención de dos personas y la incautación de tres kilos de hachís y 7.600 euros en metáli- co. Los detenidos fueron sor- prendidos mientras realizaban un intercambio de droga por dinero en la calle Urano, del barrio San Xxxx xx Xxxxxxxx. El Centro de Difusión a la Inno- vación reanudará el próximo mes de julio, y ya hasta el mes de septiembre, sus actividades en favor de las pequeñas y me- dianas empresas locales, a tra- vés del servicio de información, asesoramiento y formación di- rigidos a la implantación de las nuevas tecnologías y sus activi- dades empresariales.

  • MONTO “LAS PARTES” convienen en que el monto por los servicios objeto del presente contrato asciende a la cantidad de $XXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), más $XXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX), del Impuesto al Valor Agregado (IVA), siendo un importe total de $XXXXX (XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX). Los precios por los servicios materia del presente contrato serán fijos durante la vigencia del mismo y serán los establecidos en la propuesta económica de “EL PROVEEDOR”.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.