REQUISITOS PARA EL PAGO Cláusulas de Ejemplo

REQUISITOS PARA EL PAGO. Los pagos y/o el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, al cumplimiento de los siguientes requisitos:
REQUISITOS PARA EL PAGO. Los pagos y/o el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, al cumplimiento de los siguientes requisitos: a. Deberán ser refrendados por el SUPERVISOR en los formatos que FONADE suministre para el efecto. b. El CONTRATISTA acreditará al supervisor del cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, e ICBF) de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente. c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas, según sea el caso, o de la fecha en que el CONTRATISTA subsane las glosas que se le formulen. d. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración y ejecución del contrato corren por cuenta de EL CONTRATISTA, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley. e. Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el supervisor designado por FONADE.
REQUISITOS PARA EL PAGO. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, efectuará el pago mediante transferencia electrónica para lo cual, la persona adjudicada deberá entregar la siguiente documentación: X. Xxxxx membretada en la que se indiquen sus datos bancarios: A. Cuenta; B. Clave Bancaria Estandarizada a 18 posiciones (CLABE); C. Banco; D. Sucursal, y E. Beneficiario. I. Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) original a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con número de Registro Federal de Contribuyentes SCJ9502046P5, expedido por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que cumpla con los requisitos fiscales establecidos por la legislación en la materia, con el Impuesto al Valor Agregado desglosado. Asimismo, se deberán atender las disposiciones fiscales vigentes. II. Anexar las validaciones del SAT. III. Archivos “XML”. IV. Constancia de situación fiscal actualizada. No se realizará el pago del CFDI que ampare bienes que no se hayan recibido en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Para la procedencia de los pagos, los bienes deberán haber sido recibidos a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con base en la validación técnica de quien administre el contrato, mediante el oficio emitido en ese sentido por éste. Deberá existir el instrumento jurídico firmado por los representantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por la persona adjudicada. En su caso, previo al primer pago se deberá contar con: I. Póliza de fianza de cumplimiento, validada por la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación mediante dictamen favorable. II. Las garantías señaladas en el contrato.
REQUISITOS PARA EL PAGO. El Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz PA-FCP realizará el pago pactado, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el Manual Operativo del PA-FCP vigente publicado en la página web de la Fiduprevisora y de la presentación y aprobación por parte del supervisor, del informe detallado de cada una de las actividades ejecutadas. El CONSORCIO Fondo Colombia en Paz 2019 / Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz PA-FCP realizará los pagos pactados, previo cumplimiento y presentación de los siguientes requisitos y documentos: 1. Certificación de recibo a satisfacción de los bienes y servicios contratados, suscrito por el supervisor del contrato. 2. Certificación de pago de los aportes parafiscales. Presentación de la Certificación a la fecha, expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal – de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el Artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en la cual se acredite el cumplimiento del pago de las obligaciones derivadas de los aportes de sus empleados, a los sistemas de Salud, Riesgos Laborales, Pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
REQUISITOS PARA EL PAGO. El Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz PA-FCP realizará el pago pactado, previo cumplimiento de los siguientes requisitos: 1. Presentación de la Certificación a la fecha, expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal – de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el Artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en la cual se acredite el cumplimiento del pago de las obligaciones derivadas de los aportes de sus empleados, a los sistemas de Salud, Riesgos Laborales, Pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA. 2. Presentación de Facturas de Venta o cuenta de cobro. 3. Autorización de pago por parte del Fondo Colombia en Paz.
REQUISITOS PARA EL PAGO. El pago y/o el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos al cumplimiento de los siguientes requisi- tos: 1. EL CONTRATISTA deberá presentar factura o documento equivalente con lleno de requisitos legales, antes de las fechas establecidas para el cierre contable de la Entidad. 2. En caso de estar obligado a facturar electrónicamente, se debe seguir el siguiente procedimiento: a) Enviar la factura al correo xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxx.xxx.xx para aprobación del supervisor o interventor. Este es el único canal dispuesto por ENTerritorio para la recepción de la factura electrónica y registro ante la DIAN. b) La factura electrónica debe contener el XML y la representación gráfica de la factura, con las definiciones de la DIAN y deberá cumplir con los requerimientos contenidos en la Resolución 00042 del 5 xx xxxx de 2020, así como con los requisitos señalados en el artículo 617 del Estatuto Tributario c) Xx factura debe enviarse para aceptación por parte del supervisor o interventor únicamente cuando se tenga el recibido a satisfacción del bien o servicio prestado y con la información completa que incluya el número del contrato y el nombre del supervisor o interventor. d) El envío y aceptación de la factura electrónica por el supervisor o interventor constituye un requisito previo y necesario para continuar con el proceso de trámite y pago de los bienes y/o servicios contratados por la Entidad. e) Para la validación de la factura, no se requiere el envío de anexos o demás documentos exigidos para el trámite del pago y/o desembolso. f) En el evento en que el supervisor o interventor rechace la factura, el contratista deberá ajustarla y enviarla nuevamente. 3. El CONTRATISTA acreditará a la supervisión del contrato, el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema xx Xxxx- ridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, e ICBF) de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente. 4. EL CONTRATISTA deberá presentar Certificado de Cumplimiento para el Pago (Formato F-FI-06) suministrado por ENTe- rritorio, el cual debe ser aprobado por el Supervisor o interventor del Contrato.
REQUISITOS PARA EL PAGO. Para efectos de pago, el contratado, está obligado a presentar un informe respectivo; así como emitir el comprobante de pago Recibo por Honorarios exigido por el área correspondiente de la Unidad de Gestión Educativa Local Jaén.
REQUISITOS PARA EL PAGO. Los pagos o desembolsos de recursos relacionados con cada contrato generado quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, al cumplimiento de los siguientes requisitos: a. Todos los documentos de pago deberán ser revisados y aprobados por la Interventoría en los formatos que se suministren para el efecto. b. Presentación de los informes de avance de obras, aprobados por la interventoría. c. El CONTRATISTA acreditará a la Interventoría y a ENTerritorio el cumplimiento de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA, e ICBF) de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente. d. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas de cobro según correspondan, o de la fecha en que cada CONTRATISTA subsane las glosas que se le formulen. e. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración y ejecución del contrato corren por cuenta del CONTRATISTA, ENTerritorio hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley. f. Como requisito para la autorización del pago deberá entregarse a la interventoría la información de vinculación y dibujo de las actividades ejecutadas en el período facturado de acuerdo con las especificaciones establecidas para el tema en el anexo de especificaciones de dibujo para entrega de planos récord de señalización. g. Además, a partir del segundo mes debe estar aprobada la vinculación y dibujo soporte de las actividades facturadas en el mes anterior. h. Los costos de expensas relacionados con las licencias y permisos se cubrirán con recursos del Presupuesto Oficial Estimado Agotable para la ejecución de la obra para cada grupo. Estos costos deben ser aprobados por la interventoría y se encuentran incluidos en el valor de la administración, por tal razón los oferentes los deberán tener en cuenta en el cálculo de su oferta económica.
REQUISITOS PARA EL PAGO. 21.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, efectuará el pago mediante transferencia electrónica; para lo cual, la persona adjudicada deberá entregar la siguiente documentación: X. Xxxxx membretada en la que se indiquen sus datos bancarios: a. Cuenta; b. Clave Bancaria Estandarizada a 18 posiciones (CLABE); c. Banco; d. Sucursal. y e. Beneficiario. II. Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) original a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con número de Registro Federal de Contribuyentes SCJ 950204 6P5, expedido por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, que cumpla con los requisitos fiscales establecidos por la legislación en la materia, con el Impuesto al Valor Agregado desglosado. Asimismo, se deberán atender las disposiciones fiscales vigentes. III. Anexar las validaciones del SAT. IV.
REQUISITOS PARA EL PAGO. Presentación de Factura detallada, junto con el anexo que discrimine los bienes y servicios recibidos (si es el caso) y que cumpla con todos los requisitos xx xxx, la cual debe ser elaborada a nombre del ARRENDADOR y deberá contener: