Retribución de las vacaciones. 1.º La retribución a percibir por vacaciones comprenderá el promedio de la totalidad de las retribuciones salariales percibidas durante el trimestre natural inmediatamente anterior a la fecha de disfrute de las vacaciones, a excepción de las horas extraordinarias y gratificaciones extraordinarias.
Retribución de las vacaciones. La retribución correspondiente al período de vacaciones será la que realmente se percibe en jornada normal de trabajo, incluido, en su caso el promedio de los incentivos percibidos durante las doce últimas semanas efectivamente trabajadas, dentro de los doce meses anteriores a la fecha de su inicio.
Retribución de las vacaciones. La remuneración del período de vacaciones será el promedio xxx xxxxxxx percibido por el trabajador en los tres meses de actividad previos al comienzo de las vacaciones.
Retribución de las vacaciones. Los períodos vacacionales se retribuirán a razón xxx xxxxxxx base, antigüedad consolidada y plus de transporte.
Retribución de las vacaciones. 1. La retribución de las vacaciones se efectuará para todo el personal antes del disfrute de las mismas. No obstante lo anterior, si existiera común acuerdo entre las partes, se respetaran las condiciones existentes en las empresas. En este último supuesto, si durante el disfrute de las vacaciones el trabajador estuviera de baja por incapacidad temporal cobrará el salario correspondiente a vacaciones y no la prestación por incapacidad temporal.
Retribución de las vacaciones. ARTICULO 30º. TRABAJOS EXCEPCIONALMENTE PENOSOS, TOXICOS O PELIGROSOS.
Retribución de las vacaciones. La remuneración del período de vacaciones será el promedio xxx xxxxxxx percibido por el trabaja- dor en los tres meses de actividad previos al comienzo de las vacaciones. VOLVER AL INDICE
Retribución de las vacaciones. Las vacaciones para el año 2019 se retribuirán conforme al Anexo III del presente Convenio, respectivamente, añadiéndose, en su caso, lo que corresponda por antigüedad consolidada según el Anexo V-I y V-II.
Retribución de las vacaciones. 25 • Sección 2ª licencias y permisos 26
Retribución de las vacaciones. Artículo 32 Art. 33.-Permisos retribuidos por exámenes.