Seguro de Responsabilidad Civil privada Cláusulas de Ejemplo

Seguro de Responsabilidad Civil privada. El Asegurador toma a su cargo, hasta 60.000 €, las indemnizaciones pecuniarias, que con arreglo a los artículos 1.902 a 1910 del Código Civil, o disposiciones similares previstas por las legislaciones extranjeras, viniera obligado a satisfacer el Asegurado, en su condición de persona privada, como civilmente responsable de daños corporales o materiales, causados involuntariamente durante el viaje a terceros en sus personas, animales o cosas. No tienen la consideración de terceros el Tomador del seguro, el resto de los Asegurados por esta póliza, sus cónyuges, pareja de hecho inscrita como tal en Registro de carácter oficial, local Autonómico o nacional, ascendientes y descendientes o cualquier otro familiar que conviva con cualquiera de ambos, Así como sus socios, asalariados y cualquier otra persona que de hecho o de derecho dependan del Tomador o del Asegurado, mientras actúen en el ámbito de dicha dependencia. En este límite quedan comprendidos el pago xx xxxxxx y gastos judiciales, así como la constitución de las fianzas Judiciales exigidas al Asegurado.
Seguro de Responsabilidad Civil privada. El seguro garantiza a primer riesgo la indemnización hasta un límite de 30.100 euros por daños personales, materiales y/o sus perjuicios consecuenciales causados por el Asegurado a un tercero y le puedan ser exigibles, conforme a la legislación vigente en el país correspondiente, por responsabilidad de naturaleza extracontractual. Queda expresamente excluida la responsabilidad civil profesional, la derivada del uso, utilización y circulación de vehículos, así como la derivada del uso o propiedad de artefactos y armas de cualquier tipo o naturaleza, así como las indemnizaciones a consecuencia de perjuicios económicos no derivados de un previo daño personal o material.
Seguro de Responsabilidad Civil privada. El seguro garantiza la indemnización hasta un límite de 30.000 euros por daños personales, materiales y/o sus perjuicios consecuenciales que puedan ser exigibles al Asegurado, conforme a la legislación vigente en el país correspondiente, por responsabilidad de naturaleza extracontractual.
Seguro de Responsabilidad Civil privada. Si durante un viaje cubierto por la póliza le pudieran ser exi- gibles, conforme a la legislación vigente en el país correspon- diente, por responsabilidad de naturaleza extracontractual una posible responsabilidad civil, el Asegurador garantiza una indemnización de hasta 60.000€ por daños personales, ma- teriales y/o sus perjuicios consecuenciales causados por el Asegurado a un tercero. Queda expresamente excluida la responsabilidad civil profesio- nal, la derivada del uso, utilización y circulación de vehículos de motor, así como la derivada del uso o propiedad de arte- factos y armas de cualquier tipo o naturaleza, así como las indemnizaciones a consecuencia de perjuicios económicos no derivados de un previo daño personal o material. Los Asegurados que lo soliciten estarán incluidos en la póliza colectiva de Responsabilidad Civil de Monitores y Tutores Nº 1024314 suscrita por Unacsa con Caser. Dicho seguro garan- tiza la indemnización de una cantidad según modalidad con- tratada, por daños personales, materiales y/o sus perjuicios consecuenciales causados por el Asegurado a un tercero, du- rante un viaje cubierto por la póliza, y le puedan ser exigibles por actos y omisiones propios o de las personas a quien deba responder, derivada de su actividad como profesor, guía, tutor o maestro, conforme a la legislación vigente en el país corres- pondiente, por responsabilidad de naturaleza extracontractual. Modalidad 1 30.000. € Modalidad 2 60.000. € Modalidad 3 90.000. € Modalidad 4 120.000. € Modalidad 5 150.000. € Queda expresamente excluida la responsabilidad civil profesio- nal, la derivada del uso, utilización y circulación de vehículos de motor, así como la derivada del uso o propiedad de arte- factos y armas de cualquier tipo o naturaleza, así como las indemnizaciones a consecuencia de perjuicios económicos no derivados de un previo daño personal o material.
Seguro de Responsabilidad Civil privada. El seguro garantiza la indemnización hasta un límite de 100.000 euros por daños personales, materiales y/o sus perjuicios consecuenciales que puedan ser exigibles al Asegurado, conforme a la legislación vigente en el país correspondiente, por responsabilidad de naturaleza extracontractual. Se limita la indemnización hasta un límite de 30.000 euros para los casos de daños personales, materiales y/o sus perjuicios como consecuencia del uso de bicicletas.
Seguro de Responsabilidad Civil privada. El seguro garantiza la indemnización hasta un límite de 60.000 euros por daños personales, materiales y/o sus perjuicios consecuenciales que puedan ser exigibles al Asegurado, conforme a la legislación vigente en el país correspondiente, por responsabilidad de naturaleza extracontractual. EUROP ASSISTANCE garantiza la indemnización hasta 90.000 euros, por muerte o invalidez permanente absoluta del Asegurado, con motivo de un accidente ocurrido en un medio de transporte público durante el período contratado.
Seguro de Responsabilidad Civil privada. El seguro garantiza la indemnización hasta el límite por siniestro establecido en las CONDICIONES PARTICULARES de la Póliza por daños personales, materiales y/o sus perjuicios consecuenciales que puedan ser exigibles al ASEGURADO, conforme a la legislación vigente en el país correspondiente, por responsabilidad de naturaleza extracontractual.
Seguro de Responsabilidad Civil privada. Se garantiza la Responsabilidad Civil privada durante el viaje de los Asegurados hasta el límite correspondiente a la modalidad contratada, en la que pueda incurrir el ASEGURADO por los daños materiales y/o personales causados involuntariamente a un tercero como consecuencia de un hecho accidental acaecido durante el transcurso del viaje.
Seguro de Responsabilidad Civil privada. Si durante un viaje cubierto por la póliza le pudieran ser exigibles, conforme a la legislación vigente en el país correspondiente, por responsabilidad de naturaleza extracontractual una posible responsabilidad civil, el Asegurador garantiza una indemnización de hasta 35.000 € por daños personales, materiales y/o sus perjuicios consecuenciales causados por el Asegurado a un tercero. Queda expresamente excluida la responsabilidad civil profesional, la derivada del uso, utilización y circulación de vehículos de motor, así como la derivada del uso o propiedad de artefactos y armas de cualquier tipo o naturaleza, así como las indemnizaciones a consecuencia de perjuicios económicos no derivados de un previo daño personal o material. En caso de siniestro será necesario aportar la denuncia presentada ante la autoridad pertinente así como la resolución judicial. Queda excluida cualquier indemnización que no sea consecuencia de una sentencia judicial firme. Se aplicará una franquicia a cargo del Asegurado de 150 € en cada siniestro. Exclusiones con respecto al Seguro de Responsabilidad Civil: En ningún caso queda cubierta por el Asegurador la Responsabilidad Civil por:
Seguro de Responsabilidad Civil privada. 4.3. Reclamación de contratos de compra en el extranjero.