SELLADO. “LA LOCADORA”, de corresponder, deberá tributar el CIEN POR CIENTO (100 %) del sellado xx xxx que grava el presente contrato.
SELLADO. A los efectos de la Oferta y ampliando lo estipulado en el Artículo 8 de las Cláusulas Generales, se informa que tanto en los Contratos como las Ordenes de compra, deberá efectivizarse el pago del impuesto de sellos correspondiente, según lo establecido en el Artículo mencionado. Para la determinación de la base imponible para el sellado del contrato, se deja constancia que el valor económico será atribuible a la jurisdicción donde se ejecute la provisión o el servicio.
SELLADO. Las órdenes de Compra a través de las cuales se perfeccionen las contrataciones objeto de la presente estarán sujetas al pago del impuesto a los sellos, el cual será soportado en porcentajes iguales por cada una de las partes. Al efecto, el Banco abonará el 100% del importe que corresponda dentro de los 15 (quince) días hábiles desde la fecha de su suscripción, por ante la Dirección xx Xxxxxx de la Provincia del Neuquén, y procederá a descontar del primer pago que se le efectúe al adjudicatario-contratista el 50% a cargo del adjudicatario.
SELLADO. El comprador y el vendedor soportarán por mitades el costo de sellado de este boleto.
SELLADO. Los gastos de sellado de Contrato, si los hubiere, como así también cualquier otro gasto que sea necesario para la constitución del mismo, serán satisfechos por el adjudicatario.
SELLADO. El comprador y el vendedor soportarán por mitades el costo del sellado del presente.
SELLADO. Queda convenido que el Sellado provincial del presente Contrato será soportado por “EL COMITENTE” y por “EL PROFESIONAL” por partes iguales.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SELLADO. El pliego se sellará con Timbre Fiscal de la Provincia, por la suma de Pesos SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($ 756,00.-). Los sellados podrán integrarse en el Acto de Apertura.
SELLADO. En cada carrete ambos extremos del cable deberán sellarse con cubiertas o capuchones que impidan el ingreso de agua o contaminantes tanto para el traslado como en el almacenamiento por periodos prolongados. Además debe poseer cinta, suncho o similar que mantenga la integridad del extremo al desenrollarse o manipularse el extremo. Dichas terminaciones estarán hechas antes de las inspecciones en fábrica. Luego de las mismas el fabricante deberá reconstruir las terminaciones afectadas de los carretes ensayados. Adicionalmente el fabricante deberá incluir en el suministro 20 muestras de estos sellos.
SELLADO. Las partes convienen en que el sellado xx xxx que pudiera corresponder sea soportado íntegramente por la PERSONA CLIENTA.