SERVICIO POST-VENTA Cláusulas de Ejemplo

SERVICIO POST-VENTA. Para los equipos tecnológicos, el Oferente deberá evidenciar que cuenta con Centros Autorizados de Servicios (CAS) por el fabricante, que se encuentren con la capacidad para cumplir con las obligaciones de mantenimiento, reparaciones y almacenamiento de repuestos y soporte técnico estipulado en las Condiciones del Contrato y/o las Especificaciones Técnicas a nivel nacional. i. Flujograma en el cuál consten procedimientos claros, precisos y efectivos para la ejecución de la garantía técnica, en los cuales, se garantice la reposición temporal y definitiva de los bienes. ii. Carta compromiso y/o Certificados de Centros Autorizados de Servicios (CAS) que detalle la disposición de talleres de servicio autorizados para el mantenimiento preventivo del bien (incluye contactos telefónicos, virtuales y de correo electrónico). iii. Carta compromiso para reposición inmediata ante defectos de fabricación, repuestos, accesorios, piezas y partes del bien, entre otros, que obstaculicen su normal funcionamiento y la continuidad en la prestación de los servicios a los funcionarios de la institución. iv. Tiempos de respuestas óptimas y plazo máximos para el mantenimiento preventivo periódico y reposición definitiva de los bienes.
SERVICIO POST-VENTA. Para LOTE 1.- Hasta 8 puntos
SERVICIO POST-VENTA. Se indicarán los recursos humanos y materiales de que se disponen para la prestación del servicio de asistencia técnica postventa, sus plazos, sus costes (desplazamiento, mano de obra…), así como sus compromisos en materia de repuestos, etc.
SERVICIO POST-VENTA. Los clientes podrán contactar gratuitamente a DIRECTV visitando la página web xxx.xxxxxxx.xx
SERVICIO POST-VENTA. El Vendedor podrá manejar las solicitudes de la Autoridad Contratante de asistencia técnica, mantenimiento, servicio y reparación de los Bienes suministrados.
SERVICIO POST-VENTA. El servicio Post Venta deberá ser por un año como mínimo contabilizado a partir de la puesta en funcionamiento de la totalidad de los SFD y emitida el Acta de Aceptación Provisional (AAP). El servicio post venta considera el mantenimiento predictivo y operación de la totalidad de los SFD instalados, e implementar el MSECA (Modelo de Servicios Energéticos por Cobros Asociados). El MSECA considera los alcances siguientes: • Elaboración de un modelo de servicios energéticos y cobros asociados, que se deberá implementar mediante un plan estratégico que considere las condiciones socioeconómicas de las comunidades. • Establecer en la comunidad centros de servicios, en donde los beneficiarios del proyecto podrán acceder para notificar averías, solicitar asistencia técnica para la operación de los SFD y efectuar pagos asociados a los servicios energéticos. • Dotar a los centros de servicio con un sistema de facturación prepago, para habilitar los SFD (conexión / desconexión) por cancelación o impago de los servicios energéticos. • Los SFD deberán de disponer de un medio de desconexión que se accionara bajo las condiciones: por incumplimiento de pago o consumo de energía contratada (prepago), mala operación de los SFD por parte de los beneficiarios, extracción o movimiento de los SFD del sitio en donde fueron instalados (comunidad), debiendo disponer de un elemento o accesorio de geolocalización. • Brindar a los beneficiarios y los centros de servicios asistencia permanente en la operación de los SFD, así como en el control de facturación y fondos recaudados por los servicios de energía. • Proponer un medio de resguardo de los fondos recaudados y realizar la proyección ingresos vs egresos (flujo de efectivo). • El Proveedor será responsable de gestionar y aplicar el MSECA a lo largo de un año, y durante este periodo deberá efectuar la transferencia del conocimiento administrativo a las personas u organización designada para operar el proyecto una vez culminada la responsabilidad del Proveedor. • Emitir informes estadísticos periódicos (mensuales, trimestral, semestral, anual-cierre) de los distintos aspectos que se generen con la implementación del MSECA, como: Listado de beneficiarios (Jefe de hogar y número de habitantes por vivienda), Numero de SFD activos, consumos de energías promedios, importes por pagos de servicio, tasa de morosidad (si aplicase), fallos técnicos y no técnicos, tiempos de atención, recurrencia de quejas, solución de averías y problemas, fon...
SERVICIO POST-VENTA. El oferente debe garantizar mediante documento escrito debidamente firmado por el representante legal, que se comprometerá a cumplir con lo establecido en el Decreto 4725 de 2005 artículos 35 REQUERIMIENTOS GENERALES PARA LOS EQUIPOS BIOMEDICOS DE TECNOLOGIA CONTROLADA. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos precedentes, cuando se trate de equipos biomédicos de tecnología controlada, se deben tener en cuenta los siguientes requisitos: • Las personas naturales o jurídicas que adquieran equipos biomédicos deberán contar en todo momento, con los manuales de operación, manuales técnicos de especie, planos eléctricos y de partes funcionamiento y mantenimiento, los cuales serán provistos en forma obligatoria por el distribuidor en el momento de la entrega del equipo. • El titular o importador del equipo biomédico deberá garantizar, la capacidad de ofrecer servicio de soporte técnico permanente durante la vida útil de mismo, así como los repuestos y herramientas necesarias para el mantenimiento y calibración que permita conservar los equipos en los rangos de seguridad establecidos inicialmente por el fabricante. • Las empresas productoras de equipos biomédicos, sus representes en el país y titulares de permiso de comercialización deberán contar con responsables técnicos, certificados por fabricantes o las empresas distribuidoras que cuenten con la autorización para emitir tal certificación con título universitario y/o especialización en el área específica para los procesos de adquisición, instalación y mantenimiento de este tipo de tecnología. • Los productos deberán diseñarse, fabricarse y acondicionarse de forma tal, que sus características y funciones según la utilización prevista, no se vean alterados durante el almacenamiento y transporte, teniendo en cuenta las instrucciones, recomendaciones y datos facilitados por el fabricante. • El oferente debe certificar que cuenta con personal idóneo y avalados por el Invima para dar soporte de mantenimiento preventivo y correctivo.
SERVICIO POST-VENTA. 5.1 El proveedor debe garantizar la disponibilidad de repuestos y servicio técnico para el equipo ofertado en el departamento a licitar. 5.2 El proveedor del equipo, deberá presentar y garantizar la realización de un plan de capacitación técnica mínima de 4 (Cuatro) horas para los operadores en temas de: instalación, operatividad, cuidados y mantenimiento, la actividad debe realizarse en el sitio de entrega del equipo.
SERVICIO POST-VENTA. Como parte del servicio post-venta, BYD se compromete a efectuar en su momento, en las instalaciones de EMT en Valencia, cursos para la formación del personal de Taller según lo especificado en su Plan de Formación de la oferta presentada. Durante la realización de los cursos, BYD hará entrega a EMT de las correspondientes carpetas conteniendo la información técnica de los contenidos impartidos en los cursos, en cantidad suficiente para todos los asistentes a los mismos. En base a las necesidades justificadas de EMT, se reciclarán estos cursos, cuando sean solicitados por EMT, para la adaptación al contenido del autobús.
SERVICIO POST-VENTA. Como parte del servicio post-venta, MTB-IB se compromete a efectuar en su momento, en las instalaciones de EMT en Valencia, cursos para la formación del personal de Taller según lo especificado en su Plan de Formación de la oferta presentada. Durante la realización de los cursos, MTB-IB hará entrega a EMT de las correspondientes carpetas conteniendo la información técnica de los contenidos impartidos en los curos, en cantidad suficiente para todos los asistentes a los mismos. En base a las necesidades justificadas de EMT, se reciclarán estos cursos, cuando sean solicitados por EMT, para la adaptación al contenido del autobús.