SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL Cláusulas de Ejemplo

SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL. En los planos de Proyecto se incluirán las plantas generales de señalización y los detalles, así como las dimensiones de cada una de las marcas viales utilizadas: longitudinales, transversales, flechas, isletas, etcétera. En el diseño de la señalización horizontal se tendrán en cuenta, principalmente, las siguientes indicaciones: - Se asegurará la coherencia entre la señalización horizontal y vertical; - El dimensionamiento de las marcas viales estará en función del tipo de vía o de la velocidad máxima (VM) que las características del proyecto permitan. Se prestará especial atención a la señalización horizontal de: - Carriles de cambio de velocidad; - Carriles adicionales para circulación lenta o rápida; - Bifurcaciones; - Tramos con visibilidad reducida; prohibición de adelantamiento. En el proyecto de las marcas viales se tendrá en cuenta las prescripciones del artículo 700 del PG-
SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL. 5.1.1 Pintura termoplasticas en lineas del pavimento (15.0 cm.) m 120,000.00
SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL. La señalización horizontal, caso de que ésta sea necesaria, será de cuenta del adjudicatario incluyendo el marcaje de todas las zonas sujetas a control, sobre el pavimento, si por normativa fuera obligatorio En cuanto a materiales, dimensiones y métodos de aplicación, se ceñirán al Pliego de Condiciones Técnicas Particulares para Marcas Viales de este Ayuntamiento, o en su defecto, al Pliego de Prescripciones Técnicas Generales del M.O.P.U. (PG3). Dado que el objetivo perseguido con la instalación de estos sistemas no es el recaudador sino la reducción del número de accidentes en la ciudad y la mejora de la fluidez del tráfico, se deberá instalar en cada zona controlada un mínimo de una señal vertical indicadora de zona controlada. A tal fin el adjudicatario estará obligado al suministro y colocación de la señalización vertical mínima según normativa de aplicación indicadora de zona de control visual de tráfico. Al igual que el apartado anterior, todos los elementos estarán sujetos a una labor de mantenimiento, ofreciendo siempre un buen aspecto y los materiales se ceñirán al Pliego de Prescripciones Técnicas Generales del M.O.P.U. (PG3).
SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL. Conservación, repintado, modificación y sustitución de señalización, elementos y materiales; nuevas instalaciones y trabajos de ampliación de señalización y suministro. La conservación incluirá: • Inspección, vigilancia y repaso de la señalización horizontal de la red de vías rápidas y de muy densa circulación. • El repaso de pintura de bordillos, isletas y líneas, de toda la ciudad, que por resultar inadecuadas por mal mantenimiento, reordenación o desgaste, se determine por el Responsable Técnico Municipal. • La revisión de la señalización para tenerla al día. • La limpieza de los bordes de la calzada necesaria para la señalización. El repintado y modificación de la señalización se realizará a iniciativa municipal o de la contrata e incluirá todos los elementos sobre la vía e incluso, para los equipos municipales que se aporten. La sustitución de señalización atenderá aquellos cambios que se deban realizar por variación del régimen de circulación en carriles de tráfico viario. Los elementos y materiales se aportarán en los casos que sea así indicado por el responsable técnico municipal (pintura, señales de apoyo y
SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL. 2.3.1.1. Características, colores y dimensiones de las marcas viales.
SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL. Norma 8.2-IC "Marcas viales" Se revisará el cumplimiento de la norma en los siguientes puntos: Cumplimiento de la normativa 8.2-IC. en cuanto a distancias de visibilidad para permitir el adelantamiento, guardando la coherencia con la normativa de trazado; Marcaje adecuado de líneas de detención, ceda el paso e isletas en interseccio­nes, carriles rápidos y lentos y carriles centrales; Características del material proyectado para la señalización horizontal, que deberá ser antideslizante y no sobresalir de la superficie del pavimento más de 6 mm (salvo cuando se utilizan como dispositivos de alerta); Coherencia entre la señalización horizontal y vertical.
SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL. Habida cuenta de la existencia de discontinuidades en el acerado, que permiten la entrada/salida de vehículos a garajes comunitarios, y con el fin de preservar la prioridad xxx xxxxxx en los recorridos longitudinales entre las X/ Xxxx x Xxxxxxxxxx, se propone el pintado de franjas de paso peatonal en todas las interrupciones citadas. Esta medida será ejecutada tanto en la acera ‘este’ como en la acera ‘oeste’. También se propone la renovación de los pasos de peatones ubicados en el tramo previo a la intersección del vial con las calles Caba y Albarderos. Con el fin de destacar la limitación de velocidad, y de extender la misma en todo el tramo entre la C/ Caba y Albarderos, y no sólo al tramo cubierto, se proyecta el pintado de un total de 4 marcas viales en los puntos de incorporación desde ambas calles al túnel, de limitación de velocidad a 20km/h.

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.