SUPERVISIÓN DEL SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. Con el objeto de realizar el seguimiento y control del servicio a ser prestado por EL CONSULTOR, LA ENTIDAD desarrollará las funciones de CONTRAPARTE, a cuyo fin designará, mediante notificación escrita, como CONTRAPARTE a un Profesional Técnico especializado en ________(Especificar la profesión) (o un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en _______- especificar la profesión – que ejercerá la Jefatura del equipo) de la planta de personal de la entidad contratante. LA CONTRAPARTE, será el medio autorizado de comunicación, notificación y aprobación de todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el servicio a ser prestado por el CONSULTOR, bajo términos del presente Contrato y los documentos que forman parte del mismo. LA CONTRAPARTE, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente LA ENTIDAD. LA ENTIDAD a través de LA CONTRAPARTE, observará y evaluará permanentemente el desempeño del CONSULTOR, a objeto de exigirle, en su caso, mejor desempeño y eficiencia en la prestación de su servicio, o de imponerle sanciones.
SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. Con el objeto de realizar el seguimiento y control de la consultoría a ser prestada por el CONSULTOR, la ENTIDAD desarrollará las funciones de CONTRAPARTE, a cuyo fin designará ___________ (Especificar la profesión y la especialidad del profesional técnico especializado o si corresponde a un equipo multidisciplinario bajo la dirección de un Profesional Técnico especializado en que ejercerá la Jefatura del equipo). La CONTRAPARTE, tendrá la autoridad necesaria para conocer, analizar, rechazar o aprobar los asuntos correspondientes al cumplimiento del presente Contrato, de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que por escrito le confiera expresamente LA ENTIDAD.
SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. Con el objeto de realizar el seguimiento y control del servicio a ser prestado por el CONSULTOR, la ENTIDAD designa al Profesional del Departamento de Mejoramiento y Mantenimiento de Infraestructura como CONTRAPARTE, que se constituirán en Responsable de Recepción al finalizar la CONSULTORÍA. La CONTRAPARTE, será el medio autorizado de comunicación, notificación y aprobación de todo cuanto corresponda a los asuntos relacionados con el servicio a ser prestado por el CONSULTOR, bajo términos del presente Contrato y los documentos que forman parte del mismo. Las funciones específicas del FISCAL serán: Velar por el cumplimiento del presente Contrato. Revisión de los documentos presentados por el CONSULTOR en las fechas establecidas. Coordinación permanente de todas las etapas de la CONSULTORÍA. Emitir los Informes de Conformidad Parciales y Final.
SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. El “CONALEP” durante la vigencia del presente contrato recibirá y supervisará que los servicios, materiales y accesorios necesarios cumplan con los términos y condiciones pactadas, a través de su Coordinación de Infraestructura y Equipamiento, a través del área de Mantenimiento, ambas adscritas a la Dirección de Infraestructura y Adquisiciones, de conformidad con el Anexo F del presente contrato. Con fundamento en la fracción XVII del artículo 45 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el “CONALEP” podrá solicitar la reposición de los servicios al momento de verificar la realización de los mismos, por lo tanto, “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” deberá proceder a la reposición de los mismos en forma inmediata, de no ser así se procederá conforme a la Cláusula Décima Sexta xx Xxxxx Convencionales.
SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. EL SERVICIO DEBERÁ SER PRESTADO POR “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DE CONFORMIDAD CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS ESTABLECIDAS EN LA CLÁUSULA PRIMERA DE ESTE CONTRATO. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” ACEPTA QUE LA CALIDAD DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SEA SUPERVISADA POR EL PERSONAL QUE DESIGNE “EL CECyTEV”, QUIEN PODRÁ EMITIR LAS RECOMENDACIONES QUE CONSIDERE PERTINENTES REFERENTES AL SERVICIO.
SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. 9.1. Para la comprobación de la correcta ejecución del contrato, la UA empleará todos los medios a su alcance, tales como inspecciones, indicadores de calidad y encuestas a los usuarios.
SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. El Servicio de Nutrición del Centro Asistencial supervisará el cumplimiento de las normas institucionales emitidas por los órganos competentes, en lo relacionado a los servicios de Alimentación y Nutrición. El Proveedor deberá coordinar permanentemente con el Servicio de Nutrición del Centro Asistencial, los aspectos necesarios para la adecuada prestación del servicio. El personal profesional del Servicio de Nutrición del Centro Asistencial, verificará la calidad y cantidad de los víveres frescos, secos y cárnicos que se usarán en las preparaciones. Asimismo, realizará la supervisión de la manipulación e higiene de los alimentos y el control de calidad de las preparaciones. El personal profesional del Servicio de Nutrición del Centro Asistencial, verificará la calidad y cantidad de los alimentos elaborados antes de su distribución. El personal que realiza la distribución de los regímenes dietéticos a pacientes, acatará las indicaciones del Servicio de Nutrición del Centro Asistencial.
SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. La supervisión y Coordinación del servicio será realizada por la Unidad de Producción de la Dirección General de Estrategia del Viceministerio de Políticas Comunicacionales del Ministerio de Comunicación.
SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. Estará a cargo del personal de la Gerencia de Servicios Generales - Subgerencia de Infraestructura - Xxxxxxxxxxx 000, Xxxxxxxx Xxx Xxxxxx 000, 9° piso, oficina N° 906.
SUPERVISIÓN DEL SERVICIO. La entidad contratante, a través de su servicio técnico llevará a cabo el control y supervisión necesaria, coordinando y verificando los trabajos que la empresa adjudicataria realice; con el fin de asegurar que la conducción, mantenimiento y conservación de las infraestructuras objeto del contrato, se ejecute en todo momento conforme con las exigencias del presente pliego, programa de mantenimiento aprobado y compromisos contractuales. La empresa adjudicataria será responsable de la gestión administrativa del servicio objeto del contrato, responsabilizándose de la puesta en marcha de la mecánica operativa, establecimiento de procesos, definición y preparación de recursos que conlleven la ejecución rigurosa y eficaz del servicio contratado. La entidad contratante, no reconocerá ningún trabajo realizado o material instalado fuera del contrato, que no cuente con el conforme previo del Servicio de Ingeniería y Mantenimiento del Área VI Servicio Murciano de Salud. La información de toda la actividad desarrollada por la empresa Adjudicataria, deberá estar disponible en todo momento, en soporte magnético. Treinta días antes de la finalización del periodo de vigencia del contrato, el responsable técnico de la empresa adjudicataria junto con el servicio técnico de la propiedad, realizará visita de inspección y comprobación del estado de conservación y funcionamiento de las instalaciones objeto del contrato. En caso de no observarse incidencias o anomalías técnicas de importancia, la propiedad levantará Acta de conformidad de la prestación del servicio de mantenimiento que será aceptada y firmada por ambas partes. En caso contrario, la empresa deberá subsanar cuantas incidencias o anomalías técnicas se hubiesen observado en dicha visita. Si la empresa prestadora del servicio de mantenimiento, no hubiera satisfecho su obligación antes de la expiración de la vigencia del contrato objeto de este pliego de prescripciones técnicas; será la misma propiedad quien proceda a la subsanación de las anomalías. Repercutiendo el coste sobre la última factura a emitir por la adjudicataria en concepto de mensualidad correspondiente al contrato de prestación del servicio de mantenimiento. DEL PERSONAL. La empresa adjudicataria del servicio de mantenimiento, asegurará en todo momento, la presencia mínima necesaria de operarios cualificados para la prestación del servicio. Para la ejecución de los trabajos de mantenimiento objeto de esta contratación, la empresa adjudicataria podrá em...