VALOR ASEGURABLE Cláusulas de Ejemplo

VALOR ASEGURABLE. El valor asegurable se determinará con base en el valor real de los rubros determinantes de la utilidad bruta del Asegurado, según el procedimiento que se especifica en el anexo respectivo.
VALOR ASEGURABLE. El valor asegurable total será el valor final de la obra. De corresponder, se aceptaran sumas de menor monto al valor final de obra en adicionales específicos. El adjudicatario deberá procurar la actualización permanente de las sumas aseguradas.
VALOR ASEGURABLE. EL VALOR ASEGURABLE SE DETERMINA ASÍ: PARA EDIFICIOS CORRESPONDE AL VALOR DE RECONSTRUCCIÓN A NUEVO DE ACUERDO CON LA NORMA DE SISMO RESISTENCIA VIGENTE. PARA MAQUINARIA Y EQUIPOS, Y EQUIPOS ELÉCTRICOS Y ELECTRÓNICOS CORRESPONDE AL VALOR DE REPOSICIÓN O REEMPLAZO A NUEVO DE LOS BIENES DE LA MISMA CLASE Y CAPACIDAD SIN DEDUCCIÓN POR DEPRECIACIÓN, DEMÉRITO, USO, VETUSTEZ, OBSOLESCENCIA O, EN FIN, CUALQUIER OTRO CONCEPTO. SE INCLUYEN EN EL VALOR DE REPOSICIÓN O REEMPLAZO DEL BIEN LOS GASTOS DE TRANSPORTE, MONTAJE, PUESTA EN MARCHA Y DERECHOS DE ADUANA SI LOS HUBIERE. PARA LAS MERCANCÍAS Y MATERIAS PRIMAS, EL VALOR ASEGURABLE CORRESPONDE A SU VALOR COSTO. PARA LOS MUEBLES, ENSERES Y DEMÁS CONTENIDOS EL VALOR ASEGURABLE CORRESPONDE A SU VALOR REAL.
VALOR ASEGURABLE es el valor que corresponde al interés asegurado en el momento del siniestro, según la base de valuación contratada.
VALOR ASEGURABLE. Corresponde al valor asegurado aceptado por el asegurado, de los límites propuestos por ACE SEGUROS, y que constituye el máximo límite de indemnización para los bienes muebles e inmuebles, sobre los cuales el asegurado tenga interés asegurable y estén ubicados en los predios descritos en la póliza.
VALOR ASEGURABLE. Corresponde al valor de reposición o reemplazo a nuevo, de acuerdo con el valor actual del equipo en las tiendas TIGO en el momento de la activación de la póliza. Se entiende por valor de reposición o reemplazo del equipo de telefonía móvil celular: la cantidad de dinero que exigiría la adquisición de un nuevo equipo de acuerdo con la disponibilidad de equipos en las tiendas de TIGO.
VALOR ASEGURABLE. EL VALOR ASEGURABLE SE DETERMINA ASÍ: PARA LAS OBRAS CIVILES CORRESPONDE AL VALOR DE RECONSTRUCCIÓN DE ACUERDO CON LAS NORMAS DE SISMORESISTENCIA VIGENTES. PARA MAQUINARIA Y EQUIPOS CORRESPONDE AL VALOR DE REPOSICIÓN O REEMPLAZO A NUEVO DE LOS BIENES DE LA MISMA CLASE Y CAPACIDAD SIN DEDUCCIÓN POR DEPRECIACIÓN, DEMÉRITO, USO, VETUSTEZ, OBSOLESCENCIA O, EN FIN, CUALQUIER OTRO CONCEPTO. SE INCLUYEN EN EL VALOR DE REPOSICIÓN O REEMPLAZO DEL BIEN LOS GASTOS DE TRANSPORTE, MONTAJE, PUESTA EN MARCHA Y DERECHOS DE ADUANA SI LOS HUBIERE.
VALOR ASEGURABLE. DEBERÁ CORRESPONDER AL VALOR COMERCIAL DEL LOTE DEL TERRENO DONDE ESTÁ CONSTRUIDA LA EDIFICACIÓN ASEGURADA DE ACUERDO CON EL AVALÚO QUE DEBERÁ SER REALIZADO POR UNA EMPRESA AVALUADORA AUTORIZADA POR LA SOCIEDAD COLOMBIANA DE AVALUADORES O LA LONJA DE PROPIEDAD RAÍZ DE LA RESPECTIVA CIUDAD, TENIENDO EN CUENTA LA MISMA ÁREA Y UBICACIÓN DEL PREDIO ASEGURADO. PARA AQUELLOS CASOS EN QUE EL VALOR ASEGURADO DEL TERRENO CORRESPONDA A UN SUBLÍMITE, EN CASO DE SINIESTRO LA MÁXIMA RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA SERÁ EL SUBLÍMITE ASEGURADO.
VALOR ASEGURABLE. El valor asegurable se determinará con base en el valor real de los rubros determinantes de la utilidad bruta del asegurado, y para efectos de éste seguro, los siguientes términos significarán: 4.1. Año de Ejercicio: Es el periodo que termina el día en que se cortan, liquidan y fenecen, las cuentas anuales en el curso ordinario del negocio.
VALOR ASEGURABLE. El valor asegurable tal como es definido en el numeral 4 de este capítulo es el declarado por el Asegurado para este seguro y el indicado en la carátula de la póliza.