REPÚBLICA ARGENTINA
REPÚBLICA ARGENTINA
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO NACIONAL
Licitación Pública Nacional Nº 54/14
Expediente N° 13075-L-14 Provincia de JUJUY
NUEVO TRAZADO DE LA RUTA NACIONAL N° 40 CIÉNAGA XX XXXXXXX – LA QUIACA
TRAMOS: 5, 6 y 7
Año 2014
||PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES PARA LA
CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO NACIONAL 1
PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES 6
PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES 7
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA 17
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES / BASES DEL LLAMADO 18
20
2. ABREVIATURAS Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS 20
3. ANTECEDENTES DISPONIBLES 21
7. RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS 23
7.1 Recepción de las Propuestas 23
7.2. Apertura de las Propuestas 23
Forma de constitución de las Garantías 24
10. PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA 24
10.1. Requisitos Generales de la Presentación 24
10.2. Sobre Nº 1 - Propuesta Técnica 26
10.3. Sobre Nº 2 - Propuesta Económica 29
11. PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 29
12. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (SOBRE N° 1) 29
12.1 SOLVENCIA ECONÓMICA DE LA FIRMA 30
12.1.a) Relación corriente (Activo corriente / Pasivo corriente) 30
12.1.b) Endeudamiento Total (Pasivo Total / Activo Total) 30
12.1.c) Consultoras nuevas (caso particular) 31
12.2. PUNTAJE DE LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA: Pt 31
12.3. EXPERIENCIA DE LA FIRMA CONSULTORA: PC 31
12.3.a) Proyectos o Anteproyectos de Caminos de Montaña 31
12.3.b) Proyectos o Anteproyectos de Rutas, Autopistas, Autovías, Duplicación de Calzadas 32
12.3.c) Trabajos de Consultoría Generales 32
PUNTAJE PC EN EL CASO DE ASOCIACIÓN DE EMPRESAS 32
12.4. PUNTAJE DEL EQUIPO A CALIFICAR: Pequipo 33
12.4.a) Puntaje del Equipo 1 (Pprof Equipo1) 34
12.4.b) Puntaje del Equipo 2 (Pprof Equipo2) 35
12.5. PUNTAJE ASIGNADO A LA CAPACIDAD EMPRESARIA: PCE 36
12.5.a) Antigüedad de la Firma 36
12.5.c) Ventas Netas (*) (Bienes y Servicios) ¡Error! Marcador no definido.
12.5.d) Empleados en relación de dependencia a la fecha de apertura 37
12.6. IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE PRESELECCIÓN 37
13. APERTURA DE LAS OFERTAS - EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN 37
13.1. APERTURA DE LAS OFERTAS 37
13.2. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 38
14. SUSCRIPCIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA 40
15. RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO 41
15.1. DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL 41
15.2. DIRECTOR DE PROYECTO Y PLANTEL PROFESIONAL 41
15.4. INFORMES DE LOS TRABAJOS 42
16. RESPONSABILIDADES DEL COMITENTE 42
16.2. RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIONES 42
16.4. RECEPCIÓN DEL SERVICIO 43
18. IMPUESTOS Y LEYES SOCIALES 43
20. FORMA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE FACTURAS 45
46
ANEXO 1 - MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN 00
XXXXX 0 - EXPERIENCIA DE LA FIRMA CONSULTORA 00
XXXXX 0 - EQUIPO DE TRABAJO 00
XXXXX 0 - CURRICULUM VITAE DE LOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO 52
ANEXO 5 - FORMA DE COMPUTAR LAS ASISTENCIAS REALIZADAS POR LA CONSULTORA 00
XXXXX 0 – MODELO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN 00
XXXXX 0 - DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A LICITAR (PRESUPUESTOS OFICIALES, PLAZO Y PAGO) 00
XXXXX 0 - MODELO DE CONTRATO 00
78
FORMULARIO 1 - IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE 78
FORMULARIO 2 - COTIZACIÓN DE LA PROPUESTA 80
FORMULARIO 3 - RESUMEN DE ANTECEDENTES DE LA FIRMA CONSULTORA 85
FORMULARIO 4 - RESUMEN DE ANTECEDENTES DEL PROFESIONAL A CALIFICAR 87
FORMULARIO 5 – DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LA CONSULTORA (ÍNDICE) 89
DECLARACIÓN JURADA DE IMPORTACIONES Y BALANZA COMERCIAL 91
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (TÉRMINOS DE REFERENCIA)
92
CAPÍTULO 1: “XXXXXXXXX XXX XXXXXXX X XXXXXXXX” 00
1.2.- TAREAS A REALIZAR POR EL CONSULTOR 92
1.3.- RESPONSABILIDAD DE LA CONSULTORA 94
1.4.- ESTUDIO DE INGENIERÍA 94
1.4.1.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR 94
1.4.1.- a) CARPETA DE PLANOS 94
1.4.1.- b) INFORME DE INGENIERÍA 95
1.4.1.- b) 1. Memoria de Ingeniería 95
1.4.1.- b) 2. Estudios xx Xxxxxxx 96
1.4.1.- b) 3. Estudios Económicos 96
1.4.1.- b) 4. Estudios Ambientales y Arqueológicos 96
1.4.2.- ALCANCE DEL TRABAJO 96
1.4.2.2.- RECONOCIMIENTO DE CAMPO 97
1.4.2.3.- TRABAJOS TOPOGRÁFICOS 97
1.4.2.5.- ESTUDIOS HIDROLÓGICOS Y DE DRENAJE 99
1.4.2.6.- ESTUDIOS DE SUELOS Y PAVIMENTOS 100
1.4.2.7.- CÓMPUTOS MÉTRICOS, ESPECIFICACIONES, ANÁLISIS DE PRECIOS Y PRESUPUESTOS 103
1.4.2.8.- DOCUMENTACIÓN DE LA ENCOMIENDA 104
1.5.- MODALIDAD DE LA ENCOMIENDA 106
CAPÍTULO 2: PUENTES 109
2.1.- NORMAS PARA EL PROYECTO 109
2.2.- CONSIDERACIONES GENERALES PARA EL DISEÑO DE LOS PUENTES 110
2.3.- CONTENIDO DE LA ENCOMIENDA 113
CAPITULO 3: ESTUDIO ECONÓMICO 119
CAPÍTULO 4: ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 130
4.1. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 130
4.2.- DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR 136
Capítulo 1 – Introducción 136
Capítulo 2 – Descripción del Proyecto 137
Capítulo 3 – Área de Influencia del proyecto 137
Capítulo 4 – Diagnóstico del área de influencia 137
Capítulo 5 – Impacto Ambiental del Proyecto 138
Capítulo 6 – Medidas de Mitigación 138
Capítulo 7 – Plan de Manejo Socio-Ambiental 138
Capítulo 8 – Informe del Impacto Ambiental 138
4.3.- CONTENIDO DE LOS INFORMES Y COPIAS A ENTREGAR EN CADA ETAPA DEL PROYECTO 138
4.3.1.- CONTENIDO DE LA ETAPA PRELIMINAR I 138
4.3.2.- CONTENIDO DE LA ETAPA PRELIMINAR II 139
4.3.3.- CONTENIDO DE LA ETAPA ANTEPROYECTO 139
4.3.4.- CONTENIDO DE LA ETAPA PROYECTO 140
4.3.5.- CONTENIDO DE LA ETAPA EDICIÓN 140
CAPÍTULO 5: ILUMINACIÓN 142
ANEXO A 143
ANEXO A – TRAMO 5 143
ANEXO A – TRAMO 6 146
ANEXO A – TRAMO 7 149
| .....................................................................................................................................................151
REPÚBLICA ARGENTINA MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
Licitación Pública Nacional Nº 54/14
Expediente N° 13075-L-14 Provincia de JUJUY
NUEVO TRAZADO DE LA RUTA NACIONAL N° 40 CIÉNAGA XX XXXXXXX – LA QUIACA
TRAMOS: 5, 6 y 7
Año 2014
PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES
(Aprobado por Disposición 58/14 de la Oficina Nacional de Contrataciones
xxxx://xxx.xxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxXxxxxxxx/xxxxxx/000000-000000/000000/xxxxx.xxx)
ARTÍCULO 1°.- COMPUTO DE PLAZOS. Todos los plazos en el presente pliego se computarán en días hábiles administrativos, salvo que se disponga expresamente lo contrario.
ARTÍCULO 2°.- NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones entre la jurisdicción o entidad contratante y los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes, podrán realizarse válida e indistintamente por cualquiera de los medios indicados en el artículo 56 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.
Cuando se notificara por acceso directo de la parte interesada, su apoderado o representante legal al expediente, se deberá dejar constancia de tal situación en las actuaciones indicando la fecha en que se tomó vista y se tendrá por notificado el día de acceso al expediente.
Si se notificara por presentación espontánea de la parte interesada, su apoderado o representante legal, de la que resulte estar en conocimiento de la actuación respectiva, se tendrá por notificado el día en que se realizó la presentación, salvo que de la misma resulte que haya tomado conocimiento en una fecha anterior.
En los casos en que la notificación se curse por cédula, por carta documento o por otros medios habilitados por las empresas que brinden el servicio de correo postal deberá remitirse al domicilio constituido y se tendrá por notificada en la fecha indicada en el respectivo acuse de recibo o en la constancia en donde se informe el resultado de la diligencia. Los datos del seguimiento de envío que se obtengan desde el sitio de internet oficial de las empresas que brinden el servicio de correo postal serán válidos para acreditar la notificación.
Las notificaciones cursadas por el ente o jurisdicción contratante mediante fax o correo electrónico se tendrán por notificadas el día en que fueron enviadas, sirviendo de prueba suficiente, las constancias que tales medios generen para el emisor, certificadas por el titular de la unidad operativa de contrataciones.
En los casos en que el organismo decida notificar mediante la difusión en el Sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES se deberá dejar constancia en los pliegos de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado, indicando la dirección de dicho sitio de Internet. En esos casos, se tomará como fecha de notificación el primer día de difusión en el sitio.
Para que la notificación sea válida se deberá transcribir íntegramente el contenido de la actuación administrativa que se pretende notificar, resultando de aplicación lo dispuesto en los artículos 40, 43 y 44 del “Reglamento de procedimientos administrativos. Decreto 1759/72 TO 1991” en lo pertinente.
ARTÍCULO 3°.- CONSTITUCIÓN DE DOMICILIO ESPECIAL. Los pliegos de bases y
condiciones particulares o las bases del llamado deberán permitir la constitución de domicilio especial en cualquier territorio nacional o extranjero, en éste último caso, siempre que no cuente con domicilio o representación legal en el país, situación que deberá acreditarse mediante declaración jurada. En el caso en que no se constituyera un domicilio especial en la respectiva oferta se tendrá por domicilio constituido el declarado bajo el título “Domicilio especial para los procedimientos que se realicen en el ámbito de la Oficina Nacional de Contrataciones” en la base de datos que administra ese órgano rector.
ARTÍCULO 4°.- FAX Y CORREO ELECTRÓNICO. Los pliegos de bases y condiciones particulares o las bases del llamado deberán permitir la constitución de un número de fax y una dirección de correo electrónico para el procedimiento de selección de que se trate. Para el caso de que el interesado no constituya uno o ambos domicilios electrónicos, se tendrán por válidos los informados en la base de datos administrada por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, se encuentre preinscripto o incorporado, bien sea que la inscripción se encuentre vigente o no. Las notificaciones de los trámites que se realicen en el ámbito de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES, en especial aquellos en los que se apliquen sanciones, cuando se utilicen estos medios de notificación, se harán a las direcciones de fax y correo electrónico informadas en la base de datos administrada por esta última.
ARTÍCULO 5°.- VISTA DE LOS ORIGINALES DE LAS OFERTAS. Durante el acto de apertura, cualquiera de los presentes podrá requerir la vista de los precios cotizados en las ofertas presentadas.
La vista del resto de los originales de las ofertas se llevará a cabo por el término de DOS (2) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente al de la apertura, de conformidad con el artículo 76 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/2012. El titular de la unidad operativa de contrataciones deberá, de oficio o a pedido de parte, ampliar dicho plazo cuando el volumen o la complejidad de la contratación lo amerite.
ARTÍCULO 6°.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. Las ofertas se deberán presentar en el lugar y hasta el día y hora que determine la jurisdicción o entidad contratante en la convocatoria.
Como constancia de su recepción el oferente podrá solicitar que se le extienda un recibo.
La comprobación de que una oferta presentada en término y con las formalidades exigidas en el Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12, en este Pliego Unico y en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado no estuvo disponible para ser abierta en el momento de celebrarse el acto de apertura, dará lugar a la revocación inmediata del procedimiento, cualquiera fuere el estado de trámite en que se encuentre, y a la iniciación de las actuaciones sumariales pertinentes.
ARTÍCULO 7°.- INMODIFICABILIDAD DE LA OFERTA. La posibilidad de modificar la oferta precluirá con el vencimiento del plazo para presentarla, sin que sea admisible alteración alguna en la esencia de las propuestas después de esa circunstancia.
Si en forma previa al vencimiento del plazo para presentar ofertas, un oferente quisiera corregir, completar o reemplazar una oferta ya presentada en un mismo procedimiento de selección, se considerará como válida la última propuesta presentada en término.
ARTÍCULO 8°.- PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán
mantener las ofertas por el término de SESENTA (60) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura, salvo que en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado se fijara un plazo diferente, pudiendo ser mayor o menor al indicado en el presente artículo. El plazo de mantenimiento de la oferta deberá ser razonable a los fines de evitar consecuencias disvaliosas o inconvenientes.
El plazo de mantenimiento de oferta se prorrogará en forma automática por un lapso igual al inicial o por el que se fije en el correspondiente pliego de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado y así sucesivamente, salvo que el respectivo oferente, manifestare en forma expresa, su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.
El plazo de mantenimiento de oferta prorrogado en forma automática por períodos consecutivos no podrá exceder de UN (1) año contado a partir de la fecha del acto de apertura.
El oferente podrá manifestar en su oferta que no renueva el plazo de mantenimiento de la misma al segundo período o que la mantiene por una determinada cantidad de períodos.
ARTÍCULO 9°.- COTIZACIÓN. Los oferentes podrán presentar ofertas por uno, varios o todos los renglones que integren el pliego de bases y condiciones particulares o las bases del llamado. Cuando se trate de procedimientos bajo la modalidad llave en mano o se hubiere establecido la cotización por grupo de renglones deberán cotizar todos los renglones que integren el pliego de bases y condiciones particulares o las bases del llamado o el grupo de renglones respectivamente.
Cuando de conformidad con el artículo 70 inciso g) punto 2 y artículo 197 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 893/12 las micro, pequeñas y medianas empresas y los oferentes que cumplan con los criterios de sustentabilidad realicen cotizaciones en los porcentajes fijos que se establezcan en los pliegos de bases y condiciones, el resto de los interesados podrá cotizar diferentes precios considerando los diferentes porcentajes de adjudicación posibles, sin perjuicio de que deberán presentar la oferta pertinente por la cantidad total indicada para cada renglón. En los casos donde no se permita la presentación de cotizaciones parciales, deberán únicamente cotizar por la cantidad total indicada para cada renglón.
En los casos en que el porcentaje de cotización parcial permitido no arrojara una cantidad exacta y por la naturaleza de la prestación exista imposibilidad de entregar dicha cantidad, las ofertas deberán ser efectuadas por la cantidad exacta en más o en menos más cercana a la cantidad que resulte de aplicar el porcentaje dispuesto en el pliego de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado.
ARTÍCULO 10°.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. Junto con la oferta y formando parte de la misma:
a) Todos los oferentes deberán acompañar:
1.- La garantía de mantenimiento de la oferta o la constancia de haberla constituido, en los casos en que corresponda.
2.- Las muestras, si así lo requiriera el pliego de bases y condiciones particulares o las bases del llamado.
3.- La declaración jurada referida en el artículo 70, inciso g), apartado 3 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12, sólo en los casos en que se oferten bienes de origen nacional, de acuerdo a la normativa vigente en la materia.
4.- La declaración jurada referida en el artículo 70, inciso g), apartado 4 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12, sólo en los casos en que se trate de bienes a importar.
5.- La restante información y documentación requerida en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado.
b) Los oferentes no inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores deberán acompañar la documentación respaldatoria de los datos cargados en la preinscripción, según lo detallado en el Anexo I del presente.
c) Los oferentes inscriptos en el Sistema de Información de Proveedores deberán acompañar la documentación respaldatoria de los datos que hubieren variado según lo detallado en el Anexo I del presente.
Los interesados podrán solicitar, verbalmente o por escrito, a la autoridad administrativa la autenticación de copias de documentos que deban presentar en un procedimiento, quien las certificará mediante el cotejo de las copias con el documento original.
ARTÍCULO 11°.- OFERENTES EXTRANJEROS. Junto con la oferta y formando parte de la misma:
a) Todos los oferentes extranjeros deberán presentar la documentación referenciada en el artículo 10 inciso a) del presente.
b) Las personas físicas no residentes en el país deberán presentar:
1. Copia fiel del pasaporte o documento de identificación del país de origen en caso de no poseer pasaporte.
2. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
c) Las personas jurídicas que tengan la sede principal de sus negocios en el extranjero y no tengan sucursal debidamente registrada en el país deberán presentar:
1. Documentación que acredite la constitución de la persona jurídica conforme a las normas que rijan la creación de dichas instituciones.
2. Documentación que acredite la personería (mandato, acta de asamblea en el que se lo designe como representante de la entidad respectiva, etc.) del apoderado o mandatario que actúe en representación de la entidad respectiva.
3. Nota, con carácter de declaración jurada, conteniendo la enumeración de las normas que regulan la constitución, funcionamiento, eventual disolución de las mismas y la representación legal.
4. Copia fiel del formulario de inscripción en el ente tributario del país de origen o constancia equivalente.
d) La documentación mencionada precedentemente, deberá ser acompañada de la pertinente legalización efectuada conforme se indica:
1. De tratarse de actos que no fueron celebrados en países signatarios de la Convención de La Haya la legalización deberá ser practicada por autoridad consular argentina.
2. Cuando se trate de actos celebrados en países signatarios de la Convención mencionada en el punto anterior la documentación deberá contar con la pertinente “apostilla” que dispone el primer párrafo del artículo 3° del referido tratado, en tanto se tratare de:
2.1. Documentos emitidos por una autoridad o un funcionario perteneciente a un tribunal del Estado signatario, inclusive los extendidos por un fiscal de justicia, un secretario o un oficial de justicia.
2.2. Documentos administrativos.
2.3. Actas notariales.
2.4. Certificaciones oficiales en documentos firmados por personas privadas (tal como la certificación del registro de un documento o de una fecha determinada) y la autenticación de firmas en documentos de carácter privado.
Cuando se trate de documentos no comprendidos en los puntos 2.1. al 2.4. del presente inciso d), deberán aplicarse las disposiciones del punto 1.
3. La traducción certificada por traductor público nacional matriculado en la República Argentina
—la que deberá comprender inclusive, el texto de la apostilla mencionada precedentemente—, cuando la documentación aportada esté redactada en idioma extranjero.
Es obligación del oferente comunicar al organismo contratante la denegatoria a la solicitud del certificado fiscal para contratar emitida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS dentro de los CINCO (5) días de notificada la misma.
En el caso de que se constate que el proveedor con quien se perfeccionó el contrato poseía deudas tributarias o previsionales deberá remitir los antecedentes a la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES a fin de tramitar la aplicación de una sanción de apercibimiento.
Si como consecuencia de la aplicación de la solución establecida en el presente artículo el monto de la garantía de mantenimiento de oferta acompañada deviniera insuficiente, el organismo contratante intimará al oferente a integrar el valor correspondiente dentro del término de DOS
(2) días de notificado, como mínimo, salvo que en el pliego de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado se fijara un plazo mayor.
Todo otro error en la cotización denunciado por el oferente o detectado por el organismo contratante, de oficio o por intervención de terceros, antes de la adjudicación, producirá la desestimación de la oferta en los renglones pertinentes, con pérdida de la garantía de mantenimiento de la oferta en la proporción que corresponda.
Si el oferente no mejorara el precio de su oferta igualmente podrá ser adjudicado si su oferta se entiende conveniente.
a) De impugnación al dictamen de evaluación: la garantía de impugnación será exigible, únicamente, cuando se encuentre prevista en el pliego de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado y el interesado u oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones en un año calendario contra dictámenes de evaluación emitidos en el ámbito de la Unidad Operativa de Contrataciones que gestiona el procedimiento.
El importe de la garantía de impugnación será equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o los renglones en cuyo favor se hubiere aconsejado adjudicar el contrato.
Si el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante.
Si el impugnante fuera alguien que no reviste la calidad de oferente en ese procedimiento o para el renglón o los renglones en discusión y el dictamen de evaluación para el renglón o renglones que se impugnen no aconsejare la adjudicación a ninguna oferta, el importe de la garantía de impugnación será equivalente al monto fijo que se estipule en el respectivo pliego de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado.
Cuando lo que se impugnare no fuere uno o varios renglones específicos, sino cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación será equivalente al monto fijo que se estipule en el pliego de bases y condiciones particulares o en las bases del llamado.
Cuando se impugne la recomendación efectuada sobre uno o varios renglones específicos y, además, cuestiones generales o particulares del dictamen de evaluación, el importe de la garantía de impugnación se calculará acumulando los importes que surjan de aplicar los criterios estipulados con anterioridad.
b) De impugnación al dictamen de preselección: en los casos de impugnaciones contra la precalificación, en las licitaciones o concursos de etapa múltiple, la garantía será por el monto determinado en el pliego de bases y condiciones particulares.
En aquellos procedimientos de selección en los que se previera que las cotizaciones pudieran contemplar la gratuidad de la prestación, o bien implicar un ingreso para la jurisdicción o entidad contratante, las garantías de impugnación al dictamen de evaluación e impugnación al dictamen de preselección serán establecidas en un monto fijo en los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares o bases del llamado.
ARTÍCULO 17°.- PROCEDIMIENTO PARA LA IMPUGNACIÓN DEL DICTAMEN DE
Si la jurisdicción o entidad contratante verificara que el impugnante no ha constituido la garantía de impugnación, o que la misma no se encuentra debidamente constituida, cualquiera fuera la omisión o defecto, será intimado por la unidad operativa de contrataciones a subsanar dicha omisión o defecto dentro del término mínimo de DOS (2) días de notificada dicha intimación. Si dicha omisión o defecto no fuera subsanado en el plazo establecido, la impugnación podrá ser rechazada sin más trámite.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PUBLICAS, de conformidad con lo dispuesto por la Disposición Nº 40 de la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN y Nº 19 de la TESORERÍA GENERAL DE LA NACIÓN de fecha 8 de julio de 2010, ambas de la citada cartera de Estado, o las que en el futuro las reemplacen.
La adjudicación podrá realizarse por renglón o por grupo de renglones, de conformidad con lo que dispongan los pliegos de bases y condiciones particulares o las bases del llamado.
Cuando el mismo ítem del catálogo generado por el Sistema de Identificación de Bienes y Servicios de Utilización Común creado por Decisión Administrativa Nº 344 de fecha 11 xx xxxxx de 1997, sea distribuido en varios renglones, en virtud de lo previsto en el artículo 47 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 893/12, las adjudicaciones se realizarán teniendo en cuenta el ítem cotizado independientemente del renglón ofertado.
En los casos en que se permita la cotización parcial, la adjudicación podrá ser parcial, aun cuando el oferente hubiere cotizado por el total de la cantidad solicitada para cada renglón.
ARTÍCULO 20°.- EXCEPCIONES A LA OBLIGACIÓN DE PRESENTAR GARANTÍAS. Las
excepciones a la obligación de presentar garantías dispuestas en el artículo 103 y en el Capítulo I del Título IV del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 no incluyen a las contragarantías, las que deberán constituirse en todos los casos en que se reciba un monto como adelanto salvo que el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente al Sector Público Nacional en los términos del artículo 8° de la Ley Nº 24.156, o un organismo provincial, municipal o del Gobierno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
condiciones particulares o las bases del llamado deberán contener los siguientes requisitos mínimos:
1. Nombre de la jurisdicción o entidad contratante.
2. Denominación de la Unidad Operativa de Contrataciones que gestiona el procedimiento.
3. Identificación del expediente administrativo por el que tramita el procedimiento de selección.
4. Costo xxx xxxxxx, cuando corresponda.
5. Domicilio, correo electrónico institucional, y número de fax en los que serán válidas las comunicaciones e impugnaciones que los interesados, oferentes, adjudicatarios o cocontratantes realicen en ellos.
6. Tipo, número y ejercicio, clase o causal y modalidad del procedimiento de selección.
7. Rubro y objeto del procedimiento.
8. Plazo de duración del contrato, cuando corresponda.
9. Prever la opción a prórroga, cuando corresponda.
10. Dejar constancia si se pretendiera notificar por el sitio de internet de la Oficina Nacional de Contrataciones indicando la dirección de dicha página.
11. Especificaciones técnicas de conformidad con lo establecido por el artículo 45 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.
12. Lugar, plazo y horario en que las muestras patrón podrán ser examinadas por los interesados, en caso de corresponder.
13. Lugar, plazo y horario para presentar muestras en caso de corresponder.
14. Lugar y horario para realizar visitas en caso de corresponder.
15. Moneda de cotización.
16. Forma y moneda de cotización de los seguros y fletes en las cotizaciones en condición C.I.F.
17. Si se admitirán ofertas alternativas y/o variantes, conforme los términos del artículo 198 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 893/12.
18. El porcentaje fijo en el que las micro, pequeñas y medianas empresas podrán presentar ofertas por parte del renglón, que no podrá ser inferior al VEINTE POR CIENTO (20%) ni superior al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) del total del renglón.
19. El porcentaje fijo en el que los oferentes que cumplan con los criterios de sustentabilidad podrán presentar ofertas por parte del renglón, que no podrá ser inferior al VEINTE POR CIENTO (20%) o bien indicar que no existe tal posibilidad.
20. Cantidad de copias que los oferentes deberán presentar de las fojas de su oferta en donde consten los precios cotizados.21. Cuando existan razones fundadas, elegir la forma de garantía.
22. Cuando se previera que las cotizaciones a recibir pudieran contemplar la gratuidad de la prestación, o bien implicar un ingreso para la jurisdicción o entidad contratante, establecer el monto fijo para constituir las garantías de mantenimiento de la oferta, de cumplimiento del contrato y de impugnación.
23. Requisitos que deberán reunir las compañías aseguradoras con el fin de preservar el eventual cobro del seguro de caución, en caso de corresponder.
24. Si se exigirá garantía de impugnación al dictamen de evaluación y establecer los montos fijos para su constitución.
25. Plazo de mantenimiento de la oferta y de su prórroga.
26. Criterio de evaluación y selección de las ofertas, ya sea mediante la inclusión de fórmulas polinómicas o la clara determinación de los parámetros que se tendrán en cuenta a dichos fines, tomando en consideración el grado de complejidad, el monto y el tipo de contratación a realizar.
27. Fijar el plazo que la comisión evaluadora o la unidad operativa de contrataciones otorgará para subsanar los errores u omisiones cuando se pretenda que sea mayor al establecido en el Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.
28. En su caso se deberá estipular fundadamente si la adjudicación se efectuará por grupo de renglones.
29. Definir el plazo para la integración de la garantía de cumplimiento del contrato en los casos de licitaciones o concursos internacionales, cuando se pretenda fijar un plazo menor al de VEINTE (20) días establecido en el Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.
30. Plazo o fecha de entrega de los bienes o de prestación de los servicios. Para ello, el organismo contratante deberá considerar la normativa impositiva, aduanera o cualquier otra disposición que pudiera incidir en dichos plazos.
31. Forma de entrega de los bienes o de prestación de los servicios.
32. Lugar de entrega de los bienes o de prestación de los servicios.
33. Plazo en que se va a otorgar la recepción definitiva, si se fijara un plazo distinto al previsto en el Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 y el momento en el cual comenzará a contarse dicho plazo.
34. Forma, plazo, lugar y horario de presentación de las facturas.
37. En su caso, establecer las causas y los porcentajes de multas en los contratos de servicios o de tracto sucesivo, dentro de los límites establecidos por el artículo 127 del Reglamento aprobado por Decreto Nº 893/12.
38. En las contrataciones que se encuadren en el apartado 2 del inciso d) del artículo 25 del Decreto Delegado Nº 1.023/01 los requisitos mínimos serán, en lo pertinente, los estipulados en el presente artículo y en especial se deberá establecer en las bases del llamado que el cocontratante actuará bajo su propia y exclusiva responsabilidad y sin relación de dependencia con el Estado Nacional.
39. Cuando se tratare de procedimientos de etapa múltiple los requisitos mínimos serán, en lo pertinente, los estipulados en el presente artículo y en especial se deberá determinar la cantidad de etapas e indicarse los factores que serán tenidos en cuenta para la evaluación de cada uno de los sobres y el puntaje mínimo y máximo asignado a cada uno, el puntaje mínimo para la precalificación, el sistema que se aplicará para la determinación de la oferta más conveniente y el monto de la garantía de mantenimiento de la oferta.
40. Cuando se utilice la modalidad llave en mano los requisitos mínimos serán, en lo pertinente, los estipulados en el presente artículo y en especial se podrá prever que los oferentes acompañen información acerca del financiamiento del proyecto, que se hagan cargo de la provisión de repuestos, ofrezcan garantías de calidad y vigencia apropiadas, detallen los trabajos de mantenimiento a realizar y todo otro requisito conducente al buen resultado de la contratación.
41. Cuando se utilice la modalidad orden de compra abierta los requisitos mínimos serán, en lo pertinente, los estipulados en el presente artículo y en especial deberá indicarse para cada renglón, el número máximo de unidades que podrán requerirse durante el lapso de vigencia del contrato y la frecuencia aproximada con que se realizarán las solicitudes de provisión y opcionalmente la cantidad mínima que la jurisdicción o entidad contratante se obliga a contratar.
42. En los casos de concesión de uso de los bienes del dominio público y privado del Estado, los requisitos mínimos serán, en lo pertinente, los estipulados en el presente artículo y en especial el canon base y las pautas para el pago del canon, las cláusulas particulares indicadas en el artículo 177 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12 siempre que fuera pertinente, el criterio de selección cuando la adjudicación no recaiga en la propuesta que ofrezca
el mayor canon, las causales de rescisión cuando se quieran fijar otras a las previstas en el artículo 184 del aludido reglamento y la graduación de las multas por incumplimientos.
43. Fijar la jurisdicción de los tribunales competentes en caso de conflicto.
ARTÍCULO 22°.- ANEXOS AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES O A
LAS BASES DEL LLAMADO. Cuando una norma establezca la obligación de entregar copia de la misma junto con los respectivos pliegos de bases y condiciones particulares o las bases del llamado, se tendrá por cumplida dicha obligación cuando en los mismos se consigne la dirección del sitio de internet en donde puede ser consultada.
Junto con el pliego de bases y condiciones particulares o la base del llamado se deberá entregar el anuncio de la convocatoria o la invitación con los requisitos indicados en el artículo 57 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 893/12.
Los oferentes extranjeros se encuentran exceptuados de incorporarse en el Sistema de Información de Proveedores hasta tanto la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES habilite los medios para proceder a su inscripción. No obstante lo expuesto, deberán presentar junto con la oferta la documentación solicitada en el artículo 11 del presente pliego y la declaración jurada que como Anexo II forma parte del presente. Una copia de dicha declaración jurada deberá ser remitida por la unidad operativa de contrataciones pertinente por correo electrónico a xxxx@xxxxxxxx.xxx.xx, dentro de los DIEZ (10) días siguientes a la apertura de ofertas del respectivo procedimiento.
Los Anexos I y II y el Anexo al Artículo 2° que forma parte del presente Pliego de Bases y Condiciones General se extrae del sitio xxx.xxxxxxx.xxx.xx, antes mencionado.
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE CONSULTORÍA
Licitación Pública Nacional Nº 54/14
Expediente N° 13075-L-14 Provincia de JUJUY
NUEVO TRAZADO DE LA RUTA NACIONAL N° 40 CIÉNAGA XX XXXXXXX – LA QUIACA
TRAMOS: 5, 6 y 7
Año 2014
“2014 - Año de Homenaje al Almirante Xxxxxxxxx Xxxxx, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo”
Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Secretaría de Obras Públicas Dirección Nacional de Vialidad
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES / BASES DEL LLAMADO
Jurisdicción o entidad contratante1: | 604 |
Denominación de la UOC2: | 46-00 |
Domicilio3: | Xxxxx X. Xxxx 738 - CABA - 4º Piso - División Servicios de Consultoria |
Correo electrónico4: | |
Fax5: | 4331-7617 (Subgerencia de Estudios y Proyectos) |
Tipo de Procedimiento: Licitación Pública Nacional | Nº: 54 | Ejercicio:2014 |
Clase/ causal de procedimiento: Etapa Multiple Nacional con Doble Sobre | ||
Modalidad: Sin modalidad |
Nº de Expediente: 13075 | Ejercicio: 2014 |
Rubro: Servicios de Gestión, Profesionales de Empresas y Administración | |
Objeto Estudios de Ingenieria, Económico y Ambiental | |
Plazo de duración del contrato6: 270 días |
NOTIFICACIONES7: xxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
Nº de Renglon | Nº de Catalogo | Descripción | Unidad Medida | Cantidad | ||
IPP | Clase | Ítem | ||||
1 | 341 | 2414 | 1 | Ruta Nacional Nº 40 (Nuevo Trazado sobre Ex. Rutas Provinciales Nº 7 y 65), Provincia: Jujuy, Tramo 5: Ppio. Superp. Ex. R. P. Nº 7 (Ciénaga xx Xxxxxxx) – Empalme R. P. Nº 64, Sección I y II | s/u | |
1 | 341 | 2414 | 1 | Ruta Nacional Nº 40 (Nuevo Trazado sobre Rutas Provinciales Nº 65 y 5), Provincia: Jujuy, Tramo 6: sobre R.P. N°65: Empalme R. P. Nº 64 – Santa Xxxxxxxx sobre R.P.N°5: Santa Xxxxxxxx - Empalme R. P. Nº 64 (Cieneguillas), Sección I, II | s/u | |
1 | 341 | 2414 | 1 | Ruta Nacional Nº 40 (Nuevo Trazado sobre Ex. Ruta Provincial Nº 5), Provincia: Jujuy, Tramo 7: Empalme R. P. Nº 64 (Cieneguillas) – Emp. X. X. Xx 0 (Xx Xxxxxx), Xxxxxxx X, XX | s/u |
Servicios Técnicos y Profesionales de Consultoría
Detalle de la prestación: Estudio y Proyecto de Ingenieria, Economico y Ambiental, para la elaboración xxx Xxxxxx de Obra
Calidad:
Tolerancia: No aplica
Muestra8: No aplica
Visita9: No aplica
Muestras patrón10: No aplica
MONEDA DE COTIZACIÓN11: Pesos Argentinos OFERTAS ALTERNATIVAS12: No aplica OFERTAS VARIANTE13: No aplica
OFERTAS PARCIALES14: No aplica
CANTIDAD DE COPIAS A PRESENTAR DE LA COTIZACIÓN ECONÓMICA15: Original y 1 Copia
GARANTIAS16:
Mantenimiento de Oferta, de Contrato y de Anticipo (este último en caso que la Firma lo solicite)
PLAZO DE MANTENIMIENTO DE OFERTA17: Noventa (90) Dias
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS18: Pf.: 0,7 * Pt + 0,3 * (relación entre la cotización mas baja de todos los renglones y la oferta económica que se analizada)
El puntaje final (Pf) y el puntaje técnico (Pt) poseen un rango de 0 a 100 puntos ADJUDICACIÓN POR GRUPO DE RENGLONES19: No aplica
DATOS DE LA EJECUCIÓN:
Plazo para integrar la garantia de cumplimiento de contrato20: Dentro del término de cinco (5) días de recibida la orden de compra.
Plazo o fecha de entrega de los bienes o de prestación de los servicios21: Conforme a los plazos indicados en el Anexo 8.
Comienzo del plazo de entrega de los bienes o prestación de los servicios22: Conforme a lo indicado en el Anexo 8.
Forma de entrega de los bienes o de prestación de los servicios23: Conforme a las especificaciones técnicas.
Lugar de entrega de los bienes o de prestación de los servicios24: Dirección Nacional de Vialidad - Subgerencia de Estudios y Proyectos
Régimen de penalidades25: Conforme a CAPÍTULO V – PENALIDADES, correspondiente al TITULO III, del Reglamento aprobado por el Decreto 893/12 y Cláusula 19 xxx Xxxxxx Particular
CONFORMIDAD DE LA RECEPCIÓN26: Según lo indicado en el Anexo 8.
FACTURACIÓN27: Atención a Terceros – “PB” - lunes a viernes de 10 a 13 hs. y de 14 a 16 hs. PAGO28: Conforme a lo indicado en el Anexo 8.
JURISDICCIÓN APLICABLE29: Tribunales Federales Nacionales
1. OBJETO
El presente Xxxxxx establece las Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas que regirán en la presente Licitación Pública Nacional.
En las Condiciones Particulares se establecen los antecedentes y propuestas para la selección de Firmas Consultoras, para realizar los Servicios Profesionales descriptos en la Carátula. Se deja establecido que rige el Decreto 1023/2001 (Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional) y su reglamento aprobado por Decreto 893/12, complementarias y modificatorias, la Ley de Servicios de Consultoría Nº 22.460 y la de Compre Trabajo Argentino Nº 25.551. Las firmas que resultasen adjudicatarias del contrato correspondiente, ejecutarán los servicios que se indican en las Especificaciones Técnicas (Términos de Referencia) que contienen el alcance de las tareas a realizar.
2. ABREVIATURAS Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS
ADJUDICATARIO:
Firma Consultora a la que, como resultado del proceso de selección, se le encomendará el objeto de dicho proceso de selección.
BASES:
Disposiciones comprendidas en los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares y eventuales Circulares.
Son todas las aclaraciones y modificaciones a la documentación licitatoria emitida por la DNV de oficio o a solicitud de los postulantes, previo al Acto de Apertura.
COMISIÓN EVALUADORA
Miembros de la DNV designados para emitir los dictámenes, de carácter no vinculante, que proporcionará al señor Administrador General de la DNV los fundamentos para el dictado del acto administrativo con el cual concluirá el procedimiento. Esta Comisión será la encargada de revisar los aspectos formales de la oferta, la calidad de los oferentes, evaluar la propuesta y prestar recomendaciones sobre la resolución a adoptar para concluir el procedimiento. Ver detalle en los Artículos 81, 82 y 83 del Reglamento del Decreto 893/2012.
CONSULTOR o CONSULTORA:
Toda sociedad permanente, legalmente constituida, civil o comercial, integrada principalmente por personal profesional, cuyo objeto incluya la prestación de Servicios de Consultoría.
CONTRATO/ORDEN DE COMPRA:
Documento que formaliza las relaciones entre la DNV y el Adjudicatario, en el cual se establecen los derechos y obligaciones de ambas partes, para la ejecución del Servicio de Consultoría contratado.
COORDINADOR:
Será la persona o Dependencia autorizada por la DNV para la comunicación, notificación y recepción de todos los asuntos relacionados con los trabajos que realizará la firma contratada, bajo los términos del contrato.
Conjuntos de documentos legales, situación financiera, experiencia y organización de la firma, experiencia del personal profesional y demás documentos solicitados en las Bases.
IMPUGNACIÓN:
Se regirá conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto 893/12.
El plazo se encuentra indicado en el Anexo 8, inciso B) PLAZO DE EJECUCIÓN.
PROPUESTA TÉCNICA:
La documentación de cada proponente incluida en el Sobre Nº 1, que contempla exclusivamente la documentación establecida en el Pliego.
OFERENTES:
Postulantes que se presentan al presente llamado y formulan una propuesta.
RENGLÓN:
Cada uno de los Servicios descriptos en el Anexo 8, objeto de la presente Licitación.
REPRESENTANTE LEGAL:
Profesional con facultades para representar a la Firma Consultora en todos los asuntos técnicos, legales y económicos referentes al proceso de selección, objeto del presente Xxxxxx.
Toda prestación de servicios profesionales, científicos y técnicos de nivel universitario para la realización de estudios y/o proyectos viales, supervisiones de obras, asistencias técnicas, etc., cumplidos bajo la forma de locación de obra intelectual o de servicios realizados por Consultores, Firmas Consultoras o Unión Transitoria de Empresas.
SOBRE 1:
Información sobre el Oferente, Propuesta Técnica y Garantía de Mantenimiento de la Oferta (Ver Artículo 148 del Reglamento del Decreto 893/2012 donde se lo denomina PROPUESTA TÉCNICA)
SOBRE 2:
Oferta Económica (Ver Artículo 148 del Reglamento del Decreto 893/2012 donde se lo denomina PROPUESTA ECONÓMICA)
U.T.E.: Unión Transitoria de Empresas
3. ANTECEDENTES DISPONIBLES
La DNV proporcionará toda la información disponible relativa a las Tareas de Asistencia encomendadas.
La DNV sólo se hará responsable por la veracidad de los datos incluidos en la documentación entregada a los Consultores para la ejecución de las tareas convenidas, no asumiendo ninguna responsabilidad por aquellos datos que no tengan una relación directa con dicha documentación.
4. OBTENCIÓN XXX XXXXXX
No será requisito para presentar ofertas, ni para la admisibilidad de las mismas, ni para contratar, haber comprado o retirado el Pliego en el organismo contratante (DNV), haberlos descargado de Internet u obtenido por otros medios, no obstante quienes no los hubiesen retirado, comprado o descargado, no podrán alegar el desconocimiento de las actuaciones que se hubieren producido hasta el día de la apertura de las ofertas, quedando bajo su responsabilidad llevar adelante las gestiones necesarias para tomar conocimiento de aquellas.
En caso de obtener el Pliego impreso de la DNV, este tiene un valor de PESOS CIEN ($100,00) y se retira de la Subgerencia de Servicios de Apoyo – División Licitaciones y Compras de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, sita en la Xx. Xxxxx X. Xxxx 000 Xxxx 0x xx xx Xxxxxxx Xxxxxxx.
5. CONSULTAS
Cualquier consulta o aclaración que desearen formular los proponentes con relación a las presentes Bases, deberá ser solicitada por nota escrita dirigida a la DNV, Subgerencia de Estudios y Proyectos, con plazo máximo de hasta tres (3) días hábiles administrativos, antes de la fecha establecida para la presentación de los documentos de selección (Sobre Nº 1).
Fax Subgerencia de Estudios y Proyectos: 4331-7617.
Las respuestas serán dadas por escrito hasta dos (2) días hábiles administrativos antes del plazo de presentación de los documentos de selección, haciéndolas conocer a todas las firmas adquirentes xxx Xxxxxx (Ver Artículo 60 y 61 del Reglamento del Decreto 893/2012)
Será responsabilidad del proponente, asegurarse de haber recibido todas las circulares emitidas, consultando en tal sentido a la DNV en la dependencia a cargo de este llamado o en el sitio xxx.xxxxxxxx.xxx.xx, entrando con el año y número de licitación.
Asimismo, la Dirección Nacional de Vialidad podrá, durante el período de llamado y hasta el plazo propuesto para aclaraciones o consultas, emitir circulares aclaratorias o enmiendas de oficio, con el fin de aclarar y/o modificar las Bases, sin alterar sustancialmente su contenido, siendo suministradas en tiempo y forma a cada uno de los adquirentes del mismo, y las que pasarán4 a formar parte xxx Xxxxxx.
La DNV, si lo estima necesario, podrá disponer la prórroga de la fecha de apertura de sobres fijada en el llamado a licitación.
6. COSTO DE LA PROPUESTA
El proponente sufragará todos los costos relacionados con la preparación de su propuesta.
El comitente no se hace responsable en ningún caso por dichos costos, cualquiera sea el resultado del proceso adjudicatario.
7. RECEPCIÓN Y APERTURA DE LAS PROPUESTAS
7.1 Recepción de las Propuestas
Los documentos de selección serán recibidos hasta la fecha y hora señalada en el llamado respectivo, en la dirección indicada en el mismo. La presentación podrá ser realizada por cualquier persona autorizada por la Consultora. Las propuestas deberán presentarse en envoltorios claramente marcados SOBRE Nº 1 y SOBRE Nº 2, ambos sellados y firmados.
La DNV no recibirá, y rechazará sin más trámite, los documentos entregados después del vencimiento del plazo establecido. (Ver Artículo 62 y 63 del Reglamento del Decreto 893/2012)
Cumplido el plazo para la presentación de documentos, se hará constar en el Acta Apertura del sobre: el nombre de cada proponente y la fecha y hora de recepción de los documentos. Dicha Acta podrá ser firmada por los representantes de los proponentes que se encuentren presentes en el acto de apertura y quisieren hacerlo.
7.2. Apertura de las Propuestas
En el lugar, fecha y hora indicados en los avisos del llamado a licitación, en presencia de los funcionarios de la DNV designados para el acto de apertura y de los representantes de los proponentes que se hallaren presentes, se procederá a la apertura de los Sobres Nº 1 de las propuestas labrándose Acta donde se deja constancia de lo actuado y de la nómina de Sobres Nº 2, los que se reservarán sin abrir colocándoselos en un sobre que será cerrado y precintado en el mismo acto. Tanto el acta de apertura de los Sobres Nº 1 como el sobre conteniendo los Sobres Nº 2 serán firmados por los funcionarios designados para realizar el acto de apertura y por los representantes de los proponentes que estuvieren presentes en el acto de apertura y quisieren hacerlo.
Mientras se analizan las Propuestas Técnicas, el Sobre Nº 2 de todas las ofertas se mantendrá cerrado en la Gerencia de Administración (División Licitaciones y Compras).
8. INCOMPATIBILIDADES
Rigen las incompatibilidades que más abajo se detallan, sin perjuicio de toda otra que resulte de la ley y reglamentos aplicables.
Las Firmas Consultoras y los Profesionales intervinientes en el Contrato de Servicios de Consultoría no deben tener vinculación directa o indirecta con los Entes que financien, ejecuten, provean o sean destinatarios del objeto del servicio.
Consultora que integre su plantel profesional y/o técnico con profesionales o técnicos de otro proponente.
Consultora que integre sus planteles con personal perteneciente o que haya pertenecido a la Dirección Nacional de Vialidad, salvo que su retiro definitivo se hubiere producido un (1) año antes de la fecha fijada para la presentación de la propuesta.
Consultora que integre su plantel con personal que trabaje o preste cualquier tipo de función o cargo que sea remunerado, en Reparticiones o Entes Oficiales (nacionales, provinciales o municipales), o en Empresas del Estado o con participación estatal, con la única excepción del ejercicio de la docencia. Con respecto a la relación de dependencia, se deberá tener en cuenta la Ley de Ética en el Ejercicio de la Función Pública Nº 25.188.
Consultora que sea filial, subsidiaria o asociada a una Empresa contratista de construcciones, salvo que ambas acuerden por escrito limitar sus funciones a los servicios de consultoría profesional y acepten, en el Contrato que suscriban, que la firma y sus asociados no podrán participar en la ejecución del proyecto.
En caso de presentarse estas incompatibilidades, la Comisión Evaluadora podrá desestimar la propuesta.
9. GARANTÍAS
Los proponentes deberán presentar:
Una Garantía de Mantenimiento de Oferta, en el momento de presentar la propuesta (Sobre N° 1),
Una Garantía de Cumplimiento de Contrato, deberá integrarse dentro del término de cinco
(5) días de recibida la orden de compra.
Una Garantía de Anticipo: En el caso que la consultora deseara recibir un adelanto financiero, deberá presentar dicha garantía luego de suscripta la Orden de Compra correspondiente.
Monto, Plazo y Devolución de dichas Garantías se desarrollarán en el Anexo 6.
Forma de constitución de las Garantías:
Las garantías antes citadas deberán constituirse en alguna de las formas indicadas en el Artículo 101, del Reglamento del Decreto 893/12.
En caso que las garantías sean constituidas mediante seguro de caución, el oferente deberá acompañar la constancia de que la compañía de seguros emisora de la misma se encuentra autorizada y calificada por la Superintendencia de Seguros de la Nación a la fecha de apertura. Asimismo, la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD podrá, durante el transcurso de la vigencia de la póliza, exigir el cambio de asegurador en caso que se lesione la estructura económico- financiera de éste o por razones técnico-contractuales. Esta modificación no ocasionará ningún costo a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD ni al ESTADO NACIONAL.
Las garantías deberán constituirse a nombre de la firma proponente o a nombre de la U.T.E., en caso que se trate de dos o más firmas consorciadas.
10. PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LA PROPUESTA
10.1. Requisitos Generales de la Presentación
La propuesta deberá presentarse en idioma español, en original y una (1) copia, impresas en formato de papel A4 con dos (2) perforaciones y en carpetas para el mismo formato, de tapas plastificadas con dos (2) aros metálicos. Asimismo se adjuntará soporte electrónico de la propuesta técnica.
Todas las hojas del original de la propuesta deberán estar foliadas y firmadas por el Representante Legal del Oferente. Las copias serán fotocopias del original firmado. En caso de discrepancia entre el original y las copias, se considerará válido el original.
Si el proponente es una asociación de Firmas Consultoras, la documentación de las firmas asociadas deberá presentarse en forma conjunta para cada rubro y no estar dispersa en diferentes volúmenes o secciones.
Los documentos de la propuesta deberán ser presentados en dos sobres cerrados y firmados, designados respectivamente Sobre Nº 1 y Sobre Nº 2.
Se tendrá en cuenta las causales de desestimación de las ofertas (subsanables y no subsanables) previstas en los artículos 84 y 85 del Reglamento del Decreto 893/12.
La sola presentación de la documentación requerida para la calificación por parte de los proponentes, implica el pleno conocimiento de las bases y condiciones establecidas en el presente Xxxxxx, así como la interpretación de su exacto alcance, sin admitirse prueba en contrario. Por lo tanto no será necesaria la xxxxxxxxxxxx xxx Xxxxxx con la oferta.
Por el mero hecho de participar en la presente Licitación, el consultor se compromete a proporcionar cualquier información adicional que le fuera requerida por la DNV, para efectuar aclaraciones sobre la documentación presentada, como así también los originales de los certificados, contratos, facturas, recibos y cualquier otro elemento que avale lo manifestado en la propuesta. De no presentar la información adicional solicitada, la DNV se reserva el derecho de rechazar la propuesta.
En el Sobre Nº 1 se incluirá exclusivamente la Propuesta Técnica, debiendo omitirse toda referencia al precio pretendido parcial o total. El Sobre Nº 2 contendrá la Oferta Económica. Se deberá presentar un Sobre Nº 2 cerrado y firmado, para cada uno de los renglones a los cuales la Consultora decidiera presentarse. Los sobres llevarán el siguiente rótulo:
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
Licitación Pública Nacional Nº Encomienda:
Proponente: Domicilio: Apertura: Fecha
Expediente
Hora:
SOBRE Nº 1
(Artículo 70, del Reglamento del Decreto 893/12)
10.2. Sobre Nº 1 - Propuesta Técnica
El sobre con la Propuesta Técnica contendrá:
10.2.a) Carta de presentación firmada por el representante legal de la Consultora o U.T.E., según modelo que figura en el Anexo 1.
10.2.b) Comprobante de garantía de mantenimiento de oferta, por el monto señalado en el Anexo 6. La Garantía de Oferta deberá ajustarse a lo establecido en el Artículo 100, 101 y 104 del Reglamento del Decreto 893/12.
10.2.c) Deberá presentarse la documentación completa pertinente según Disposición 6/12 de la Subsecretaría de Tecnología de Gestión (Ver ANEXO 10 - SIPRO).
Las Empresas que estén incorporadas en el SIPRO, deberán presentar únicamente la Constancia de Inscripción al mismo. En caso que la Empresa haya modificado algún Anexo o Informe del mencionado Sistema de Proveedores, deberá presentar los Formularios que acrediten dicha modificación para la posterior aprobación por parte de este Organismo.
10.2.d) Balance General correspondiente al último ejercicio anterior a la fecha de la presentación de la Oferta (Ver Artículo 234 del Reglamento del Decreto 893/12), debidamente suscriptos por autoridad competente de la Firma y Contador Público, acompañado de los correspondientes Informes de Auditor, certificados (obleas) por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo. Toda esta documentación deberá ser presentada en original o certificados por Escribano Público.
En el caso especial que la Consultora no cuente con el Balance General correspondiente al último ejercicio anterior a la fecha de la presentación de la Oferta, se deberá presentar la documentación señalada en la cláusula 12.1.c) del presente Pliego.
10.2.e) Certificado Fiscal para Contratar expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos, de conformidad con lo establecido por la Resolución General AFIP N° 1814/05, 2581/09, complementarias y modificatorias. Este Certificado deberá encontrarse vigente a la fecha de la apertura del Sobre N° 1, si éste se venciera en el transcurso del procedimiento, deberá instarse las gestiones necesarias para contar con el Certificado Fiscal vigente al momento de la probable adjudicación.
10.2.f) Formulario N°1 completo, según el modelo que se adjunta en el presente Pliego Particular, (el Formulario incluye algunos de los datos solicitados en el Artículo 234 del Reglamento del Decreto 893/12).
10.2.g) Respecto a los datos incorporados en el Formulario N° 1, se deberá presentar la documentación respaldatoria que se detalla a continuación:
1.- Contrato social o estatuto, como así también las reformas vigentes que se hubieren introducido al mismo y constancias de sus respectivas inscripciones en los registros públicos correspondientes.
2.- Acta de directorio, para el caso de las sociedades anónimas, de donde figure la decisión social de presentarse a la presente Licitación y la distribución de cargos vigentes al momento de realizar la oferta. Tratándose de otro tipo de sociedad, deberá acompañar la documentación que acredite idéntica decisión emanada del órgano societario que exprese la voluntad social.
3.- Poder especial, otorgado ante Escribano Público, por el que se designa, a uno o más representantes con facultades amplias y suficientes para representar ante la D.N.V. al oferente sin limitación alguna, y para obligar a los mandantes durante el proceso licitatorio, en el supuesto que la persona designada no fuere el representante legal del oferente. Si se tratare del representante legal, bastará que el acta de directorio contenga, de manera expresa, las facultades requeridas anteriormente.
Cuando se trate de U.T.E., además se deberá presentar:
4.- Representación legal unificada mediante poder y con los mismos alcances establecidos en el punto 3.-.
5.- Documentación que acredite el compromiso (acta acuerdo o convenio) de constitución y modalidades de la U.T.E., en la que deberá establecerse como mínimo lo siguiente:
Grado de participación porcentual de cada Firma que compone la U.T.E.
Compromiso expreso de asumir la responsabilidad solidaria de todas las obligaciones contractuales emergentes del contrato en todos sus aspectos, como así también el compromiso irrevocable de constituir en forma definitiva e inscribir en el organismo registral competente la Unión de Empresas o la Sociedad Anónima en caso de resultar adjudicatarios, previo a la firma de la contrata
6.- Copia de las actas de cada una de las empresas autorizando la formación de la U.T.E. en las condiciones nombradas en el punto 5.-, y con el compromiso de mantenerlo en vigencia por un plazo no menor del fijado para la terminación de las obras y la extinción de las obligaciones emergentes del contrato
Nota: La documentación indicada en los ítems 1.-, 2.-, 5.- y 6.- deberá presentarse legalizada por Escribano Público; indicando el notario interviniente de manera expresa, libro, folio, número de acta y demás circunstancias identificatorias del documento original cuya copia legaliza
10.2.h) Se deberá presentar los antecedentes de la/las Firmas Consultoras durante los últimos 15 años, de la manera indicada en el Anexo 2, separados en 3 listados:
1.- Proyectos o Anteproyectos de Caminos de Montaña
2.- Proyectos o Anteproyectos de Rutas, Autopistas, Autovías, Duplicación de Calzadas 3.- Trabajos de Consultoría Generales
10.2.i) Formulario N° 3 completo, según el modelo que se adjunta en el presente Pliego Particular.
En el caso de Unión Transitoria de Empresas, se deberá presentar un Formulario N° 3 por cada Firma que la integra.
El o los Formularios N° 3 deberán incluirse en la documentación de la propuesta en formato papel A4 y en formato digital (CD) en un archivo Excel.
10.2.j) Compromiso de aceptación de la prórroga de jurisdicción a los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal
10.2.k) Nombre y especialidad a desarrollar por los profesionales titulares y los auxiliares que trabajarán en el proyecto cuyos nombres figuran en el Anexo 3 y compromiso de participación durante el período establecido para la prestación de sus servicios (ver Anexo 7).
10.2.l) Currículum Vitae del Director del Proyecto y de todos los componentes del Equipo de Trabajo a Calificar, firmado por los titulares correspondientes, de acuerdo al CV Modelo que figura en el Anexo 4.
Se deja expresamente aclarado, que un mismo profesional no puede integrar el Equipo de Trabajo a Calificar de más de un postulante.
10.2.m) Formulario N° 4 completo, según el modelo que se adjunta en el presente Pliego Particular.
La cantidad de Formularios N° 4 que se deberá presentar será igual al número de personas que componen el equipo a calificar, según listado indicado en el Anexo 3 de las Condiciones Particulares del presente Pliego.
Los Formularios N° 4 deberán incluirse en la documentación de la propuesta en formato papel A4 y en formato digital (CD) en un archivo Excel.
10.2.n) Declaración jurada donde se deje constancia que la firma y el equipo de profesionales propuesto, no están sujetos a las incompatibilidades detalladas en la cláusula 8 del presente pliego.
10.2.o) Formulario N° 5 completo, según el modelo que se adjunta en el presente Pliego Particular
10.2.p) La Consultora deberá concurrir a los sitios donde se desarrollará la Asistencia Técnica y solicitará a la DNV más cercana al lugar la respectiva Constancia de concurrencia. Dicha constancia se deberá incorporar en la propuesta técnica.
10.2.q) La Firma deberá completar el Formulario “DECLARACIÓN JURADA DE IMPORTACIONES Y BALANZA COMERCIAL (artículo 70, inciso g, apartado 4 del Reglamento Aprobado por el Decreto N° 893/2012).
10.2.r) En caso de U.T.E., cada una de las firmas asociadas deberá presentar los documentos señalados en d), e), f), g), h), i), j) y n)
La DNV se reserva el derecho de solicitar a la Consultora que exhiba los originales de la documentación que se encuentre en fotocopia, aun habiendo sido autenticada por escribano, como así también cualquier documentación complementaria que la avale.
Se deja expresamente aclarado, que un mismo profesional no puede integrar el Equipo de Trabajo a Calificar de más de un postulante.
10.3. Sobre Nº 2 - Propuesta Económica
Se deberá agregar un Sobre Nº 2 (Propuesta Económica) cerrado y firmado, para cada Renglón que presenta propuesta. En caso que el Sobre Nº 2 fuera presentado de forma tal que pudiera verse su contenido, se dejará debida constancia en el acta de apertura y oportunamente se desestimará la oferta.
Cada Propuesta Económica deberá contener la cotización de los trabajos discriminados de acuerdo con lo requerido en los Formularios 2, 2 A, 2 B y 2 C.
11. PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
La adjudicación recaerá en la propuesta que resulte más conveniente, teniendo en cuenta los antecedentes de la consultora y la oferta económica de la Consultora (ver fórmula polinómica de la cláusula 13.2)
La DNV no está obligada a adjudicar la presente licitación a ninguna de las propuestas que reciba.
Los adjudicatarios no podrán solicitar compensaciones extraordinarias y/o extracontractuales entendiéndose que los valores cotizados remuneran totalmente el cumplimiento integral de la encomienda efectuada. Sin perjuicio de lo indicado, la DNV recepcionará las presentaciones efectuadas por las Firmas Consultoras, denunciando la ruptura del equilibrio económico- financiero del contrato.
Dichas presentaciones serán analizadas en la medida que se acredite fehacientemente una alteración superior al 25% de la propuesta económica y en caso de resultar procedente su reconocimiento, se calculará desde la fecha de perfeccionamiento del contrato.
Todo reclamo que no se sustentara en circunstancias externas, imprevisibles y sobrevinientes a la apertura de las ofertas y que no pudieran ser efectivamente probadas será rechazado in- limine.
12. EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA (SOBRE N° 1)
Luego de la Apertura del Sobre N° 1 (propuesta técnica) descripta en el punto 7.2., se aplicará lo señalado en el artículo 151 del Reglamento del Decreto Nº 893/2012 y a continuación la Comisión Evaluadora de la Presente Licitación, analizará dicha propuesta.
Para ello la Comisión Evaluadora primero verificará que la documentación entregada por cada oferente se encuentre en regla conforme a lo establecido en los puntos 10.1 y 10.2 y luego se verificará la Solvencia Económica de cada Firma. Superada la evaluación de la Solvencia Económica, la Comisión Evaluadora analizará los antecedentes presentados por la Consultora/
U.T.E. y la calificará con un puntaje cuyo valor máximo alcanza los 100 puntos. Dicho puntaje se obtendrá como resultado de emplear la metodología de calificación de antecedentes descripta en los puntos 12.2. a 12.5.
Finalmente la Comisión Evaluadora emitirá el DICTAMEN DE PRESELECCIÓN con el puntaje alcanzado por cada Consultora y luego, según lo estipulado en el artículo 154 “Dictamen de Evaluación de las Ofertas “(Reglamento del Decreto 893/2012), notificará los resultados a dichas empresas.
La Comisión Evaluadora de la presente Licitación, podrá desestimar la propuesta ante la comprobación de error, omisión o falsedad en la información suministrada en la documentación.
12.1 SOLVENCIA ECONÓMICA DE LA FIRMA
Se evaluarán los siguientes índices de Solvencia Económica teniendo en cuenta el último ejercicio cerrado a la fecha de presentación de la oferta;
12.1.a) Relación corriente (Activo corriente / Pasivo corriente):
Se evaluará el último ejercicio anual.
Cuando la relación corriente del ejercicio resulte inferior a uno (1), motivará la desestimación
para esta Licitación Pública.
12.1.b) Endeudamiento Total (Pasivo Total / Activo Total):
Se evaluará el último ejercicio anual.
Cuando el endeudamiento total del ejercicio resulte mayor o igual a ocho décimos (0,8) motivará la desestimación para esta Licitación.
Para las U.T.E., la valoración indicada en los puntos 12.1.a) y 12.1.b), se efectuará para cada una de las Consultoras del mismo. Si cualquiera de las Consultoras resultara desestimada, también quedará desestimado la U.T.E. en su conjunto.
El balance presentado debe resultar aceptable para el Contratante, en cuanto a su representatividad sobre la base de lo que específicamente establezca el Informe del Auditor. Asimismo la opinión que surja de dicho Informe del Auditor tendrá que ser favorable sin salvedades.
De no satisfacer alguno de estos criterios enunciados precedentemente, la oferta presentada por el Licitante o, si se trata de una Unión Transitoria de Empresas, por cada miembro de ésta, será rechazada.
12.1.c) Consultoras nuevas (caso particular)
En el caso especial que la Consultora no cuente con el último ejercicio económico cerrado por inicio de actividades, tendrá que adicionar a la solicitud, la presentación de estados patrimoniales o estados de situación de activos y pasivos individuales, certificados por contador público, ambos legalizados por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo.
12.2. PUNTAJE DE LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA: Pt
Máximo 100 puntos
Pt PC Pequipo PCE
Pt = Xxxxxxx xx xx xxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxx (Xxx. 000 puntos) = 12.3 + 12.4 + 12.5
PC = Puntaje por antecedentes de la Firma Consultora/ U.T.E. (Máx. 45 puntos) Pequipo = Puntaje por antecedentes del Equipo a Calificar (Máx. 46 Puntos) PCE = Puntaje asignado a la Capacidad Empresaria (Máx. 9 Puntos)
<< Las propuestas de las Firmas que no alcancen los ochenta (80) puntos de la puntuación total, serán desestimadas en esta instancia >>.
12.3. EXPERIENCIA DE LA FIRMA CONSULTORA: PC Xxxxxx 45 puntos
La forma de computar las asistencias realizadas por la firma Consultora se encuentra indicada en el Anexo 5, obteniendo el puntaje como Trabajo equivalente (Te) para cada una de ellas. El puntaje total de los trabajos será la suma de los trabajos equivalentes. Estos trabajos equivalentes se traducirán en puntajes para cada rubro.
Cada propuesta, compuesta por una sola firma o por un grupo de firmas asociadas, deberá alcanzar un mínimo de puntaje que se encuentra indicado en cada ítem. Caso contrario motivará la desestimación de dicha Firma o UTE, para esta Licitación.
<< Se computarán los antecedentes de los últimos 15 años, es decir desde el 1/01/1999 a la fecha >>
La presentación y requerimientos se encuentran detallados en el Anexo 2 Por lo tanto:
PC = Puntaje de 12.3.a) + 12.3.b) + 12.3.c)
12.3.a) Proyectos o Anteproyectos de Caminos de Montaña
Máximo 5 puntos
Mínimo 2 puntos
5 o más trabajos equivalentes 5 puntos
Para una cantidad de trabajos equivalentes menor a 5 se considerará de manera proporcional entre 0 y 5 puntos.
Se descalificará la Consultora o UTE que no cuente con al menos 2 trabajos equivalentes en este ítem.
12.3.b) Proyectos o Anteproyectos de Rutas, Autopistas, Autovías, Duplicación de Calzadas
Máximo 30 puntos
Mínimo 12 puntos
Se evaluarán según el siguiente criterio:
15 o más trabajos equivalentes 30 puntos
Para una cantidad de trabajos menor a 15 se considerará de manera proporcional entre 0 y 30 puntos.
Se descalificará la Consultora o UTE que no cuente con al menos 6 trabajos equivalentes en este ítem
Cuando no se llegue al máximo puntaje en 12.3.b), se podrán agregar antecedentes correspondientes a 12.3.a), cuando los mismos no hubieren sido incorporados por haber llegado al máximo puntaje en ese rubro. En ningún caso se computará dos veces un mismo trabajo.
12.3.c) Trabajos de Consultoría Generales
Máximo 10 puntos
Mínimo 0 puntos
10 o más trabajos equivalentes 10 puntos
Para una cantidad de trabajos equivalentes menor a 10 se considerará de manera proporcional entre 0 y 10 puntos.
Cuando no se llegue al máximo puntaje en 12.3.c), se podrán agregar antecedentes correspondientes a 12.3.a) o 12.3.b) cuando los mismos no hubieren sido incorporados, por haber llegado al máximo puntaje en uno o en ambos rubros. En ningún caso se computará dos veces un mismo trabajo.
PUNTAJE PC EN EL CASO DE ASOCIACIÓN DE EMPRESAS
1. Cada Firma integrante de la asociación deberá alcanzar al menos un puntaje PC de 5 puntos.
2. El puntaje total de la consultora PC se calculará de la siguiente manera: Siendo:
PCi : Puntaje de la Firma Consultora i Ci : Consultora i
Ci+1: Consultora i+1
Se ordenan las consultoras en orden decreciente en porcentaje de participación. Por lo tanto la Consultora C1 tendrá un porcentaje de participación en la U.T.E. mayor o igual a C2 y a su vez la Consultora C2 tendrá un porcentaje de participación en la U.T.E. mayor o igual a
C3.
PC = 100% PC1 + 80% PC2 + 60% PC3
PC = 100% PC1 + 80% PC2
Para 2 Firmas:
Para 3 Firmas:
Para una asociación que cuente con más de 3 firmas consultoras PC se calculará con igual criterio, disminuyendo la incidencia del puntaje de cada consultora que se añada en un 20%
Nota: En el caso de igualdad en porcentajes de participación se elegirá la configuración que de cómo resultado un mayor puntaje PC para la U.T.E.
12.4. PUNTAJE DEL EQUIPO A CALIFICAR: Pequipo
Máximo 46 puntos
Se cumplimentarán los Anexos 3 y 4. En ningún caso se computará dos veces un mismo trabajo
Para lograr el puntaje Pequipo, se evaluará los antecedentes y experiencia del personal profesional del equipo a calificar o equipo mínimo obligatorio (Ver Anexo 3) que será asignado para las tareas inherentes a la especialidad para el cual se lo convoca.
Dicho equipo a calificar se subdivide a su vez en dos equipos y el puntaje total se calcula como suma de los puntajes de estos equipos según la metodología que a continuación se detalla:
<< Se computarán los antecedentes profesionales de los últimos 20 años, es decir desde el 1/01/1994 a la fecha >>
Por lo tanto:
Pequipo Pprof Equipo 1 Pprof Equipo 2
Siendo:
Pequipo = Puntaje del Equipo a Calificar
PprofEquipo1 = Promedio ponderado de los profesionales: Xxxxx0, Xxxxx0, Xxxxx0, Xxxxx0 y Pprof9
PprofEquipo2 = Promedio ponderado de los profesionales: Xxxxx0, Xxxxx0, Xxxxx0 y Pprof8
El Equipo a Calificar es el siguiente:
Profesional | |
prof1 | Director del Proyecto |
prof2 | Especialista en Trazados |
prof3 | Especialista en Suelos y Pavimentos |
prof4 | Especialista Hidráulico |
prof5 | Especialista en Estudios Económicos |
prof6 | Especialista en Documentación, Presupuestos, Especificaciones |
Prof7 | Especialista Ambiental |
Prof8 | Especialista en Mensuras |
Prof9 | Especialista en Puentes |
12.4.a) Puntaje del Equipo 1 (Pprof Equipo1) Máximo 30 Puntos
Pprof
Equipo1
Pprof1 asig1 Pprof2 asig2 Pprof3 asig3 Pprof4 asig4 Pprof9 asig9
asig asig asig asig asig
1
2
3
4
9
PprofEquipo1 = Puntaje Total del Equipo 1
Pprofn = Puntaje del Profesional n
asign = Asignación. Tiempo afectado al Programa en meses por cada profesional (Anexo 3)
n = Número asignado al profesional según tabla de profesionales del equipo a calificar (ver arriba)
Por lo tanto:
Pprof1, 2, 3, 4 y 9 = Puntaje de 12.4.a).1 + 12.4.a).2
Máximo puntaje de cada profesional = 30 puntos
12.4.a).1 Antecedentes del Especialista Pprof1, 2, 3, 4 y 9 en Proyectos o Anteproyectos de Caminos de Montaña, exclusivamente en los últimos veinte (20) años, desde el 1/1/1994 a la fecha.
Máximo 10 puntos
4 o más trabajos 10 puntos
Para una cantidad de trabajos equivalentes menor a 4 se considerará de manera proporcional entre 0 y 10 puntos.
12.4.a).2 Antecedentes del Especialista Pprof1, 2, 3, 4 y 9 en Proyectos o Anteproyectos de Rutas, Autopistas, Autovías, Duplicación de Calzadas, exclusivamente en los últimos veinte (20) años, desde el 1/1/1994 a la fecha.
Máximo 20 puntos
8 o más trabajos 20 puntos
Para una cantidad de trabajos menor a 8 se considerará de manera proporcional entre 0 y 20 puntos.
12.4.b) Puntaje del Equipo 2 (Pprof Equipo2) Máximo 16 Puntos
Pprof
Equipo2
Pprof5 asig5 Pprof6 asig6 Pprof7 asig7 Pprof8 asig8
asig asig asig asig
5
6
7
8
PprofEquipo2 = Puntaje Total del Equipo 2
Pprofn = Puntaje del Profesional n
asign = Asignación. Tiempo afectado al Programa en meses por cada profesional (Anexo 3)
n = Número asignado al profesional según tabla de profesionales del equipo a calificar (ver arriba)
Por lo tanto:
Pprof5, 6, 7 y 8 = Puntaje de 12.4.b).1 + 12.4.b).2
Máximo puntaje de cada profesional = 16 puntos
12.4.b).1 Antecedentes del Especialista Pprof5, 6, 7 y 8 en Proyectos o Anteproyectos de Caminos de Montaña, exclusivamente en los últimos veinte (20) años, desde el 1/1/1994 a la fecha.
Máximo 4 puntos
4 o más trabajos 4 puntos
Para una cantidad de trabajos equivalentes menor a 4 se considerará de manera proporcional entre 0 y 4 puntos.
12.4.b).2 Antecedentes del Especialista Pprof5, 6, 7 y 8 en Proyectos o Anteproyectos de Rutas, Autopistas, Autovías, Duplicación de Calzadas, exclusivamente en los últimos veinte (20) años, desde el 1/1/1994 a la fecha.
Máximo 12 puntos
8 o más trabajos 12 puntos
Para una cantidad de trabajos menor a 8 se considerará de manera proporcional entre 0 y 12 puntos.
12.5. PUNTAJE ASIGNADO A LA CAPACIDAD EMPRESARIA: PCE Máximo 9 puntos
PCE = Puntaje de 12.5.a) + 12.5.b) + 12.5.c) + 12.5.d)
En caso de U.T.E., puede presentarse la siguiente situación:
Si una Firma de la U.T.E. presenta un porcentaje de participación mayor a 50%, el puntaje de Capacidad Empresaria (PCE) es el de dicha Firma.
En el caso de una U.T.E. conformada por dos firmas con porcentaje de participación igual a 50%, el puntaje de Capacidad Empresaria será el de la Firma que posea el mayor PCE de ambas.
Si ninguna Firma de la U.T.E. alcanza el 50% de participación, el PCE se calculará como suma ponderada de acuerdo al grado de participación que interviene cada firma en la U.T.E.
12.5.a) Antigüedad de la Firma
(Según Estatuto vigente a la fecha de apertura)
Máximo 2 puntos
≥ 20 años 2 puntos
Para una cantidad de años menor a 20 se calculará de manera proporcional entre 0 y 2 puntos.
12.5.b) Patrimonio Neto
Según el último balance anual vigente a la fecha de apertura (Estado de Situación Patrimonial)
Máximo 2,5 puntos
≥ $2.000.000 2,5 puntos
< $750.000 0 puntos
Para un Patrimonio Neto comprendido entre $750.000 y $2.000.000 se considerará de manera proporcional entre 0 y 2,5 puntos.
12.5.c) Ventas Netas (*) (Bienes y Servicios)
Según el último balance anual vigente a la fecha de apertura (Estado de Resultados)
Máximo 2,5 puntos
≥ $5.000.000 2,5 puntos
< $2.000.000 0 puntos
Para Ventas Netas comprendida entre $2.000.000 y $5.000.000 se considerará de manera proporcional entre 0 y 2,5 puntos.
(*) La designación exacta puede variar
12.5.d) Empleados en relación de dependencia a la fecha de apertura Máximo 2 puntos
Se considerará el número de empleados en relación de dependencia con constancias fehacientes de dicha relación (SUSS Formulario AFIP 931, Constancia de presentación AFIP y Comprobante de Pago)
≥ De 21 empleados 2 puntos
De 11 a 20 empleados 1,5 puntos
De 0 a 10 empleados Proporcional entre 0 y 1 punto
12.6. IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE PRESELECCIÓN
Los oferentes podrán impugnar la precalificación dentro de los DOS (2) días de notificados. (Ver Artículo 152 del Reglamento del Decreto Nº 893/2012).
Todas las impugnaciones planteadas serán resueltas mediante Resolución del señor Administrador General de la Dirección Nacional de Vialidad que aprueba la preselección.
13. APERTURA DE LAS OFERTAS - EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN
13.1. APERTURA DE LAS OFERTAS
Luego de aprobada la preselección y resueltas las impugnaciones que se hubieran planteado, se abrirán los sobres N° 2 de todas las Consultoras calificadas (no desestimadas), que hayan presentado su oferta, transcribiendo en el Acta de Apertura del Sobre N° 2, los montos ofertados que le corresponde a cada Consultora.
Será de aplicación lo estipulado en el Artículo 153 “APERTURA DE LA OFERTA ECONÓMICA” del Reglamento del Decreto 893/2012.
ARTÍCULO 153.- APERTURA DE LA OFERTA ECONÓMICA. Luego de aprobada la
preselección por la autoridad competente y resueltas las impugnaciones que se hubieran planteado, el sobre conteniendo las ofertas económicas de quienes hubieran sido preseleccionados, se abrirá en acto público al que serán debidamente citados todos los oferentes. En este acto se devolverán cerrados los sobres, cajas o paquetes que contengan las ofertas económicas de los oferentes no preseleccionados, juntamente con las respectivas garantías de ofertas. De lo actuado se labrará la correspondiente acta.
13.2. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La Comisión Evaluadora recomendará la adjudicación de la Consultora que haya alcanzado el mayor puntaje final.
Dicho puntaje final, que alcanzará un valor máximo de 100 puntos, se calculará para cada consultora y para cada renglón, utilizando la fórmula polinómica que luce a continuación, en la que intervienen el puntaje técnico asignado y la propuesta económica.
Será de aplicación lo estipulado en el Artículo 154 del Reglamento aprobado por Decreto 893/2012.
Para determinar el Puntaje Final (Pf) de cada Proponente, se aplicará la fórmula siguiente:
Pf (0,70 Pt) (0,30 A 100)
B
Dónde: Pf = Puntaje final.
Pt = Puntaje de la evaluación de la Propuesta Técnica (12.2)
A = Monto de la Propuesta Económica más baja del renglón que se analiza
B = Monto de la Propuesta Económica del Proponente que se considera.
Dependiendo de la cantidad de renglones a licitar, la evaluación se realizará de la siguiente manera:
13.2.a) Evaluación de las Ofertas para licitaciones que contengan un solo renglón
La evaluación se realizará obteniendo los Puntajes Finales de todos los concursantes,
resultando preadjudicataria la Consultora/ U.T.E. que obtenga el mayor puntaje.
Se establecerá un orden de mérito comenzando con la Consultora que haya obtenido el mayor puntaje final, continuando con la siguiente, en un orden decreciente en el valor del puntaje final de cada una de ellas.
De presentarse el caso de igualdad en el puntaje final (igualdad que se fija con dos decimales), el orden de mérito se establecerá dando prioridad a la consultora que tenga un mayor monto en Ventas Netas (Bienes y Servicios) del Estado de Resultados, según el último balance anual vigente.
13.2.b) Evaluación de las Ofertas para licitaciones que contengan más de un renglón
La preadjudicación se realizará igual que en 13.2.a) en base al mayor puntaje final de cada renglón, propendiendo a que no se repita la misma Consultora en dos o más renglones.
Por lo tanto, se comienza a analizar el renglón que posea el Presupuesto Oficial de mayor magnitud. Luego se selecciona la Consultora que obtenga el puntaje final más alto de dicho renglón, descartándose la misma de los restantes renglones en que haya ofertado.
Con posterioridad se continúa con el mismo temperamento analizando los siguientes renglones de acuerdo a un orden decreciente en la magnitud de Presupuestos Oficiales.
De esta manera para esta Licitación el orden de las evaluaciones será el siguiente:
1° Evaluación: Renglón N° 1, Se selecciona para dicho renglón la Firma de mayor puntaje pf y se descarta dicha Consultora de los restantes renglones.
2° Evaluación: Renglón N° 2, Se selecciona para dicho renglón la Firma de mayor puntaje pf y se descarta dicha Consultora del Renglón N° 3.
3° Evaluación: Renglón N° 3, Se selecciona para dicho renglón la Firma de mayor puntaje pf
Para cada una de las evaluaciones se tendrá en cuenta lo establecido en los dos últimos párrafos de 13.2.a).
Casos Particulares:
13.2.b).1.- Caso Particular 1
Si al principio o en el procedimiento de descarte se verifica la existencia de un renglón con una sola oferta, se seleccionará esa Firma para ese renglón y luego se continuará con el proceso, respetando el orden establecido en 13.2.b).
13.2.b).2.- Caso Particular 2
Se puede dar la situación en que al principio y antes de toda selección, se verifica la existencia de una Firma con Oferta Única en más de un renglón; en ese caso se preadjudicará a la Consultora del renglón más conveniente para la Repartición y podría ofrecérsele la oportunidad de presentar un nuevo Equipo de Trabajo a satisfacción de la Dirección Nacional de Vialidad, en un plazo xxxxxx xx xxxx (10) días hábiles administrativos, a efectos de que pueda abordar un sólo renglón más adicional.
13.2.b).3.- Caso Particular 3
Como un último caso particular, si a partir de la primera eliminación de los renglones restantes se diera la situación prevista en 13.2.b).2., es decir, que la misma Consultora tenga Oferta Única en más de un renglón; la Repartición determinará la configuración que resulte más conveniente para la Repartición, es decir, la combinación de mejor puntuación, de manera tal de cubrir todos los renglones con diferentes Consultoras. Si no se llegara a cubrir algún o algunos renglones, a las Empresas que tengan Oferta Única en más de un renglón, se les asignará un renglón de esos (a elección de la Repartición) y para los restantes, se podría dar la oportunidad a las Consultoras de mayores puntajes en ese o esos renglones restantes, de presentar equipo alternativo en las condiciones indicadas en 13.2.b).2.
13.3. ADJUDICACIÓN
Finalizada la Evaluación de las Ofertas la Comisión Evaluadora emitirá el Dictamen de Evaluación de las Ofertas, comunicando a los oferentes el orden de mérito. Este Dictamen podrá ser impugnado dentro de los CINCO (5) días de notificados (ver artículo 93° “IMPUGNACIONES AL DICTAMEN DE EVALUACIÓN” del Reglamento aprobado por Decreto 893/12).
De acuerdo a lo señalado en el mencionado dictamen se recomienda al señor Administrador General la adjudicación de la encomienda, y de compartir dicha calificación el señor Administrador General de la DNV adjudicará por medio del respectivo acto administrativo.
La DNV se reserva el derecho de anular el llamado a su exclusivo criterio, en cualquier etapa del mismo antes de la Adjudicación.
Si como resultado del Dictamen de Evaluación, a sólo juicio de la DNV, ninguna de las propuestas de las Firmas resulta conveniente, el llamado podrá ser declarado fracasado sin que tal circunstancia genere derecho a resarcimiento alguno para los proponentes.
14. SUSCRIPCIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA
Es condición para la suscripción de la Orden de Compra:
a) Que el Certificado Fiscal para Contratar, expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos, de conformidad con lo establecido por la Resolución General AFIP N° 1814/05, 2581/09, complementarias y modificatorias, se encuentre vigente tanto en la fecha de firma del Acto Administrativo de adjudicación así como en la de suscripción del Contrato.
b) Que haya entregado el original o copia autenticada y legalizada de las Certificaciones vigentes extendidas por los Consejos Profesionales de Jurisdicción Nacional, donde deberán encontrarse matriculados todos los profesionales del Equipo de Trabajo Calificado y los de Apoyo que figuran en el Sobre N° 1 de la propuesta. En dichas Certificaciones deberá constar el número de Matrícula habilitante, la fecha de vigencia de la matrícula y una leyenda que estipule que el profesional no se encuentra sancionado ni inhabilitado de cualquier manera para ejercer la profesión.
Transcurridos treinta (30) días corridos desde la fecha que haya notificado la DNV para suscribir la Orden de Compra correspondiente, sin que el Consultor haya cumplimentado lo exigido en los puntos a) y b), la Repartición podrá dejar sin efecto la firma de la misma, comunicando tal circunstancia al Consultor, para dar continuidad al proceso licitatorio. De igual manera ocurriría si algún integrante del Equipo de Trabajo calificado en el Sobre Nº 1, no pudiera cumplir con el compromiso asumido en la oferta.
Una vez que la Consultora haya recibido la Orden de Compra, deberá constituir la garantía contractual, que será igual al diez (10) por ciento del monto del Contrato. Si ella no cumple con este requisito en el plazo establecido (Ver Anexo 6), se dejará sin efecto la Orden de Compra y se procederá a considerar la propuesta del oferente ubicado en el orden siguiente de mérito,
Con posterioridad a la Orden de Compra se firmará el Contrato respectivo, cuyo modelo figura en el Anexo 9 y si correspondiere, tributará el impuesto de sellos vigente, quedando a cargo de la Consultora la totalidad del mismo.
Los oferentes deberán mantener las ofertas por el término de NOVENTA (90) días corridos contados a partir de la fecha del acto de apertura.
15. RESPONSABILIDADES DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario será solidariamente responsable por la calidad y exactitud de la totalidad de las tareas ejecutadas y también por todos los aspectos contractuales. Asumirá plena responsabilidad por los Servicios de Consultoría que son objeto de la contratación.
15.1. DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Los derechos de propiedad intelectual de los trabajos objeto del contrato quedarán transferidos a la DNV con la entrega pactada, reservándose la DNV el derecho de hacer mención de los autores. Estos podrán citarlos como antecedente profesional.
15.2. DIRECTOR DE PROYECTO Y PLANTEL PROFESIONAL
Durante el transcurso de la encomienda la Consultora no podrá sustituir el Director de Proyecto ni el personal del Equipo de Trabajo a Calificar detallado en la oferta, a excepción que obren razones valederas para ello, como enfermedad grave o tener que ausentarse del país por un largo lapso y que a juicio de la DNV los reemplazantes propuestos tengan antecedentes, jerarquía y capacidad equivalente o superior a los sustituidos. En ese caso, la DNV se pronunciará dentro de los veinte (20) días corridos a partir de la presentación correspondiente. El profesional sustituido no podrá afectarse a otras asistencias licitadas por la DNV hasta tanto se den por finalizados los trabajos en los cuales fue reemplazado y la Consultora será pasible de las penalidades señaladas en la cláusula 22.
15.3. CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones de la adjudicación y del respectivo Contrato no podrán ser cedidos por la Consultora, total ni parcialmente, salvo lo concerniente a los créditos devengados, en cuyo caso se requerirá la previa conformidad de la DNV fehacientemente acreditada.
Para el caso en que la Consultora quiera celebrar un Subcontrato para la prestación de cualquier parte de los Servicios, tendrá que haber sido declarado en la presentación de la propuesta (Sobre Nº 1) o solicitado durante el desarrollo de la encomienda con suficiente antelación y haber sido aprobado por escrito por la DNV antes de la firma de dicho Subcontrato. De igual manera, el Consultor seguirá siendo totalmente responsable por los Servicios prestados por la Subcontratista y por su Personal.
Si no se diera cumplimiento a lo expresado en el párrafo anterior y con posterioridad la DNV detectara la subcontratación sin la correspondiente autorización, podrán ser sancionadas ambas firmas Consultoras.
15.4. INFORMES DE LOS TRABAJOS
Con el objeto de mantener a la DNV permanentemente informada sobre la marcha de las tareas, la Consultora presentará los informes y la documentación indicada en las Especificaciones Técnicas (Términos de Referencia) y además en el caso de presentarse asuntos o problemas que, por su importancia, incidan en el desarrollo normal de las tareas toda otra documentación que trate aspectos parciales del trabajo.
Todos los informes que se presenten, deberán estar foliados y firmados por el Director de Proyecto y los Especialistas que correspondan según el tema específico que se trate.
16. RESPONSABILIDADES DEL COMITENTE
16.1. COORDINACIÓN
La DNV designará un Coordinador o Dependencia coordinadora, siendo éste el medio autorizado de comunicación, notificación y recepción de todos los asuntos relacionados con las tareas a ser realizadas por la Consultora, bajo los términos del contrato.
El Coordinador tendrá la autoridad necesaria para entender en todos los asuntos pertinentes al Contrato de acuerdo a las atribuciones e instrucciones que le conferirá expresamente la DNV.
La DNV tendrá la facultad de controlar la ejecución de los Servicios de Consultoría, dar directivas y formular las observaciones que considere pertinente, a través del Coordinador.
La Consultora pondrá a disposición del Coordinador toda la documentación que pudiera ser requerida durante la ejecución de los trabajos.
16.2. RECEPCIÓN DE DOCUMENTACIONES
La DNV, a través del Coordinador, revisará los informes y otros documentos que elabore la Consultora y en caso de existir observaciones, las hará conocer a la Consultora dentro de un plazo máximo de quince (15) días hábiles.
Habiéndose formulado observaciones, la Consultora deberá responder las mismas dentro de un plazo de quince (15) días hábiles a partir de su notificación.
En caso que estos plazos estén definidos en los Términos de Referencia, prevalecerá el menor de ellos.
Habiéndose cumplimentado todas las etapas establecidas en las Especificaciones Técnicas (Términos de Referencia) o en el Anexo 8, y estando aprobada toda la documentación correspondiente a la encomienda por parte de la DNV, esta última liberará la devolución de todas las Garantías establecidas en el presente pliego junto con el último certificado de pago.
16.3. FACTURACIÓN Y PAGO
El precio total del Contrato de los Servicios Profesionales de la presente Licitación, será la única retribución a percibir por la Consultora como contraprestación de las tareas que ejecutará.
Dentro de los valores cotizados deberán estar incluidos los sueldos, cargas sociales, gastos generales, gastos de dirección, beneficios, gastos financieros, gastos impositivos y cualquier otro gasto necesario para la correcta ejecución de la tarea encomendada.
El precio total del Contrato se abonará en etapas, que serán aprobadas por el Coordinador, fijando los porcentajes y plazos en el Anexo 8 de las presentes Condiciones Particulares.
Ver además:
20. FORMA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE FACTURAS y 21 ALTA BENEFICIARIO de las presentes “Condiciones Particulares” del “Pliego Particular”.
16.4. RECEPCIÓN DEL SERVICIO
La recepción y aprobación de toda la documentación de la encomienda, no liberará al Consultor de responsabilidad alguna respecto de los defectos, carencias o falencias que pudieran surgir durante la materialización del trabajo efectuado.
17. RESCISIÓN DE CONTRATO
Serán de aplicación de los Artículos 120, 121 y 122 del Reglamento aprobado por Decreto 893/2012
18. IMPUESTOS Y LEYES SOCIALES
Es condición para autorizar el pago de cualquier certificado, que el Consultor presente las constancias extendidas por las Compañías Aseguradoras de estar totalmente al día en los pagos de todos los seguros previstos en esta cláusula.
El postulante que resulte adjudicatario de la licitación será responsable del cumplimiento de sus obligaciones impositivas.
Todos los impuestos locales que graven la actividad del adjudicatario en el país (ganancias del Componente Externo y Local, Ingresos Brutos etc.) deberán estar incluidos en el precio cotizado, como así también los costos que demande la contratación de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (A.R.T.).
La Consultora deberá presentar el comprobante correspondiente al seguro contratado con una A.R.T., que cubra a la totalidad del personal interviniente en la asistencia.
La DNV podrá requerir al Adjudicatario en cualquier momento durante la ejecución del Contrato los comprobantes del cumplimiento de las obligaciones vigentes. El no cumplimiento por parte del Consultor del pago en término del seguro en cuestión, dará derecho al Comitente a suspender el pago de las facturas, hasta que la situación se regularice.
Además la Consultora deberá contratar los seguros que a continuación se enumeran, los que se extenderán a favor de la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, por un monto de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,00):
Xxxxxxxxx contra daños ocasionados por cualquier circunstancia, a la propiedad de terceros y/o a la persona de ellos, que se encuentren en la zona de trabajo de la Firma Consultora
con la debida autorización, o fuera de la misma, siempre que el hecho que origina el siniestro tenga conexión con la realización de los trabajos contratados.
Cobertura contra los daños ocasionados a las obras en ejecución o ejecutadas, o a equipos, enseres, instalaciones y demás bienes de propiedad del Comitente.
La Firma Consultora debe someter a la aprobación del Comitente las Pólizas y certificados de seguros con una antelación de cinco (5) días hábiles a la fecha estimativa del comienzo de las tareas.
En el supuesto de que la Consultora no presente una o más de las pólizas y certificados requeridos, el Comitente podrá contratar el seguro pertinente y recuperar las primas que correspondan mediante el descuento de los pagos exigibles por la Consultora o en su defecto, si no existe ningún pago exigible, afectando la Garantía de cumplimiento de Contrato, en la proporción que corresponda.
Las condiciones del seguro podrán modificarse, ya sea con la aprobación del Comitente o como resultado de cambios generales dispuestos por ley o por la Superintendencia de Seguros de la Nación, a la que deben atenerse las compañías de seguro.
Tanto Comitente como Consultora deberán cumplir todas las condiciones impuestas en las pólizas de seguro.
La cobertura de seguro mínima sobre propiedad física, lesiones y fallecimiento será por una suma tal que responda a las previsiones de la Ley Nº 24.557 – Riesgo del Trabajo.
19. PENALIDADES
Será de aplicación lo establecido en el CAPÍTULO V – PENALIDADES, correspondiente al TITULO III, del Reglamento del Decreto 893/12.
Si el monto acumulado de las multas excede el valor de la garantía de Contrato, la DNV tendrá pleno derecho a rescindirlo por causa imputable a la Consultora.
En el caso que la DNV comprobara en forma fehaciente que algún integrante del Equipo de Trabajo Calificado no participara realmente en la ejecución de las tareas a él asignadas, la Consultora será sancionada con una multa del tres (3) por ciento del monto total del contrato por cada uno de los profesionales, en la primera oportunidad que ello ocurriera. De reiterarse tal anomalía, la DNV queda facultada para iniciar los trámites de rescisión por causas imputables a la Firma.
Si por cualquier causa la Consultora reemplazara al Director del Proyecto, se le descontará el cinco (5) por ciento del monto de cada una de las Etapas que falten aprobar y pagar. De igual manera se producirá el descuento del tres (3) por ciento, por cada uno de los Especialistas que se reemplacen del Equipo de Trabajo originalmente calificado.
La DNV, a través de la Coordinación de la Asistencia, notificará en forma fehaciente a la Firma de la aplicación de la penalidad.
La Firma, dentro de los diez (10) días de notificada tendrá la posibilidad de efectuar el descargo, de no hacerlo en el período antes citado se entenderá que la Consultora presta su conformidad a dicha aplicación.
20. FORMA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE FACTURAS
Cada factura (original y dos copias) se presentará en “Atención a Terceros” (Planta Baja de la Casa Central de la DNV) en el horario de lunes a viernes de 10 a 13 hs. y de 14 a 16 hs., una vez obtenida la aprobación final o conformidad de la entrega (según sea el caso) de la documentación de la Etapa correspondiente.
Todas las facturas que emita la Consultora deberán estar confeccionadas de acuerdo con las “Reglas para la presentación de facturas” aprobadas por Resolución Nº 982/03 de la DNV.
La DNV abonará a más tardar, a los sesenta (60) días corridos contados a partir de la fecha de presentación de la factura o de la fecha de notificación al Consultor de la aprobación (o conformidad de entrega) de los trabajos, la que fuese posterior.
Las retenciones que deban realizarse sobre el pago se regirán por lo dispuesto en las resoluciones AFIP N° 18/1997 y 830/2000 y sus complementarias.
21. ALTA BENEFICIARIO
Dentro de los dos (2) días hábiles de recibida la notificación del dictamen de preselección se deberá cumplimentar lo establecido en el artículo 18 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. De no contar con número de beneficiario deberá concurrir a obtenerlo a la División Tesorería, sita en Xxxx. Xxxxx X. Xxxx 000, Xxxx 0x - Xxxxxxx Xxxxxxx, en el horario de 13:00 a 16:00 horas.
ANEXO 1 - MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN
BUENOS AIRES,
SEÑOR ADMINISTRADOR GENERAL DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
S / D
Ref.: S/Licitación Pública Nacional N° XX/XX, para la contratación de xxx Firmas Consultoras para la elaboración de los Estudios de Ingeniería, Económico y Ambiental de la Obra: xxx
De mi consideración:
Me dirijo a Ud. en mi carácter de representante de la Consultora (U.T.E.)........, según lo acredito, a fin de solicitar que mi representada sea admitida en la Licitación Pública Nacional de la referencia. A ese fin presento a su consideración la documentación correspondiente según lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares. Nos comprometemos a proporcionar cualquier información adicional que nos fuera requerida sobre la documentación presentada, como así también los originales de los certificados, contratos, facturas, recibos y cualquier otro elemento que avale lo manifestado en la propuesta. Entendemos que si no presentamos la información adicional solicitada ello puede ser motivo suficiente para rechazar nuestra presentación.
Expresamos nuestro completo conocimiento y aceptación de las disposiciones contenidas en el referido Pliego (incluye Circulares que pudiera emitir la DNV).
Atentamente,
.....................................................
Nombre de la Firma Consultora o U.T.E. Sello de la Firma
....................................................
Nombre y firma del Representante Documento de identidad
ANEXO 2 - EXPERIENCIA DE LA FIRMA CONSULTORA
Se confeccionarán tres (3) listados independientes con las asistencias técnicas prestadas por la Consultora durante los últimos quince (15) años solamente, que hayan iniciado su ejecución efectiva desde el 1/1/1999 a la fecha. Para la Calificación de la cláusula 12.3, los montos de los trabajos realizados se actualizarán según los factores indicados en el Anexo 5.
1. Proyectos o Anteproyectos de Caminos de Montaña
2. Proyectos o Anteproyectos de Rutas, Autopistas, Autovías, Duplicación de Calzadas
3. Trabajos de Consultoría Generales
Cada trabajo que se declare deberá estar avalado, inmediatamente a continuación (no en otros capítulos o volúmenes), por:
A) Certificado otorgado por el Cliente acreditando fechas de inicio y fin, descripción de la Asistencia indicando longitud y cantidad xx xxxxxxx, monto del contrato de Consultoría y satisfactorio cumplimiento del mismo
B) copia del contrato de la asistencia suscrito por las partes
C) la facturación correspondiente; por su falta, no se contabilizará el trabajo.
Si la Asistencia que se presenta como antecedente fue prestada a un Ente Nacional, Provincial o Municipal, bastará con la presentación del Certificado previsto en A). En el caso que el Certificado presentado no contenga algunos de los requisitos solicitados, deberá complementarse con documentación fehaciente como copia del contrato o la facturación
No se computarán dos veces un mismo antecedente. Para antecedentes
Proyectos o Anteproyectos de Caminos de Montaña, Rutas, Autopistas, Autovías, Duplicación
de Calzadas en el caso que el comitente sea un Ente Nacional, Provincial o Municipal, se contabilizarán también aquellas encomiendas cuyo objeto sea la elaboración de un proyecto de obras viales y cuyo contrato no haya finalizado, pero cuenten con la Etapa Proyecto terminada y aprobada por el Comitente. A tal efecto se deberá presentar un certificado expedido por el Comitente, donde se describa la Asistencia indicando longitud y cantidad xx xxxxxxx, y se deje constancia de la aprobación de la Etapa Proyecto, citando la fecha de la misma, la fecha de inicio de la Asistencia y por último el monto total a liquidar hasta ese momento, que surge de sumar los montos que corresponden pagar en cada etapa hasta la Etapa Proyecto, de acuerdo con lo especificado en los respectivos contratos.
REQUERIMIENTOS
1. Denominación de la Asistencia Técnica y descripción de las tareas ejecutadas
2. Ubicación geográfica de la Asistencia
3. Nombre del Cliente
4. Dirección del Cliente
5. Fecha de inicio y fin de la Asistencia
6. Monto total percibido por los servicios de Consultoría
7. En el caso que la Asistencia fuera desarrollada conjuntamente con otras Firmas, indicar claramente el porcentaje de participación en dichas tareas
8. Nombre y nacionalidad de la Firma asociada
9. Número total y nombre de los profesionales, indicando la Especialidad en la que participaron en esa Asistencia
10. Certificado otorgado por el Cliente acreditando las tareas ejecutadas, fechas de inicio y fin, monto total del contrato de Consultoría y satisfactorio cumplimiento del mismo, debiendo complementarse con copia del contrato de la asistencia y la facturación correspondiente. Nombre y teléfono de la persona a contactar en la Empresa para su verificación
Nota: La ausencia de alguno de los puntos arriba solicitados, ocasionará que el Contrato propuesto no sea tenido en cuenta a los efectos de la evaluación.
ANEXO 3 - EQUIPO DE TRABAJO
Deberá presentarse para cada una de las Asistencias objeto de la presente Licitación un equipo de trabajo, cuyo equipo mínimo y a calificar se describe a continuación:
Cantidad | Profesional | Dedicación (M/H) | |
Un (1) | prof1 | Director del Proyecto | 9 |
Un (1) | prof2 | Especialista en Trazados | 8 |
Un (1) | prof3 | Especialista en Suelos y Pavimentos | 5 |
Un (1) | prof4 | Especialista Hidráulico | 7 |
Un (1) | prof5 | Especialista en Estudios Económicos | 5 |
Un (1) | prof6 | Especialista en Documentación, Presupuestos, Especificaciones | 5 |
Un (1) | prof7 | Especialista Ambiental | 5 |
Un (1) | prof8 | Especialista en Mensuras (*) | 5 |
Un (1) | prof9 | Especialista en Puentes (**) | 6 |
Nota: M/H es cantidad de meses de afectación durante el desarrollo total de la asistencia técnica, que será adoptado para cada uno de los integrantes del Equipo, para la calificación.
La Consultora no propondrá especialistas cuyos títulos universitarios no tengan las incumbencias que los habiliten a ejercer la especialidad vial, ya que las mismas se encuentran expuestas taxativamente en la Resolución del Ministerio de Educación (con la variedad de denominaciones que ha tenido a través de los tiempos) que se corresponda con el plan de estudios por el cual se obtuvo el título en la facultad que lo emitiera. Solamente se tendrán en cuenta las incumbencias proporcionas por el título de grado y no se aceptará idoneidad proporcionada por constancias, certificados, diplomas, etc., ni tampoco por antecedentes laborales anteriores de la especialidad que se hayan realizado a nivel internacional o nacional (aún para esta DNV), provincial, municipal, particular, etc.
La Consultora prestará especial atención a lo estipulado en el párrafo anterior, ya que se desestimará la propuesta si propone un especialista cuyo título no tenga las incumbencias correspondientes, como así también si no presentase el Equipo de Trabajo completo.
A todos los componentes del Equipo de Trabajo se les contabilizará para la calificación, sólo la participación en los trabajos de su especialidad de magnitudes equivalentes a las que se licitan, referentes a rutas de montaña y otras.
El Director del Proyecto deberá tener únicamente título de Ing. Civil, Ing. Vial, o Agrimensor egresado de la Escuela de Graduados en Ingeniería de Caminos de la UBA, con demostrados antecedentes como Director de proyectos de rutas de montaña y otras. Durante ese período, la Consultora tendrá la obligación de hacerle conocer a las autoridades de Vialidad Nacional, la localización del mismo y los medios de comunicación para su contacto directo.
El Especialista en Trazados deberá tener únicamente título de Ing. Civil, Ing. Vial o Agrimensor, con demostrados antecedentes en diseños viales, en proyectos de rutas de montaña y otras. No se contabilizarán participaciones en trabajos topográficos generales, nivelaciones, proyectos de redes cloacales, canales, puertos, etc.
(*) Para el caso en que el proyecto incluya Mensuras, el Especialista deberá tener título de Agrimensor, Ing. Agrimensor, Ing. Geógrafo o aquél que posea incumbencias y que lo habiliten para firmar los planos de mensura de afectación correspondiente, en las provincias donde se ejecute el Proyecto. Para su calificación se contabilizarán sólo los antecedentes de mensuras de rutas o grandes extensiones de campo (mínimo 300 ha.). No de trabajos topográficos generales, nivelaciones, Propiedad Horizontal, loteos urbanos, aforos, canalizaciones, redes cloacales, asesoramientos, planes directores, análisis catastral, etc. Si el proyecto no incluye mensuras, no será calificado el especialista que pudiera haberse incluido en el Equipo de Trabajo.
(**) Para el caso en que el proyecto incluya Puentes, deberá agregarse al Equipo el Especialista correspondiente, quien deberá tener título de Ing. Civil y al que se le contabilizarán solamente su participación en los proyectos de rutas con puentes. No se computarán planeamientos, asesoramientos, coordinaciones, controles, pruebas, mediciones, inspecciones, etc. Si el proyecto no incluye puentes, no será calificado el especialista que pudiera haberse incluido en el Equipo de Trabajo.
La falta de presentación del Equipo de Trabajo completo, salvo las indicaciones anteriores (*) y (**), implicará la Desestimación de la propuesta. De igual manera se tendrá en cuenta de no proponer profesionales que fueran sustituidos en otras asistencias, de acuerdo con lo expresado en la cláusula “15.2. Director del Proyecto y plantel profesional”.
A los fines de la Calificación, la Consultora indicará solamente UN (1) Profesional en cada Especialidad requerida en el Equipo enumerado anteriormente.
o Para el caso que en una licitación exista la opción para una Firma Consultora, de presentar propuestas para varios tramos o secciones, aunque finalmente pueda ser adjudicataria de un proyecto solamente, deberá presentar un único Equipo de Trabajo a Calificar para todos los proyectos a los que se presente.
Para el Equipo de Trabajo a Calificar se requiere:
a) El Equipo deberá estar compuesto por Profesionales Universitarios matriculados, cuyo título posea las incumbencias establecidas por el Ministerio de Educación, que correspondan a la Especialidad Vial para la cual se lo propone. Se acompañará copia de la Resolución Ministerial con enumeración de las incumbencias correspondientes, que se corresponda con el plan de estudios por el cual se obtuvo el título, no la reserva de actividades a la que hace referencia el art. 43 de la Ley 24521. Para el caso en que no exista ningún Consejo o Colegio Profesional del país que matricule a ese título, acompañar Certificado de la
Universidad que lo expidió con indicación del alcance del mismo, en relación con la Especialidad para la actividad vial que se lo propone y declaración de la falta de existencia de regulación del ejercicio profesional.
b) Para las profesiones de Agrimensura, Arquitectura e Ingeniería en todas las orientaciones o especialidades, los proponentes deberán encontrarse matriculados en los Consejos Profesionales de Jurisdicción Nacional, de acuerdo con lo dispuesto por Decreto-Ley Nº 6070/58 y ratificado por Ley Nº 14.467 (vigentes). También para la actividad de Geólogo, regida por Ley Nº 19.937, Decreto-Ley Nº 8926/63, ratificado por Ley Nº 16.478, donde se establece que cuando el ejercicio profesional se realice en jurisdicción nacional o ante autoridades nacionales, deben estar inscriptos en el Consejo Superior de Geología. De igual manera para cualquier otro título otorgado, que de acuerdo con la legislación vigente, el ejercicio de la profesión se realice en jurisdicción nacional.
c) Todos los profesionales propuestos deberán encontrarse matriculados en los Consejos Profesionales correspondientes.
d) Para los títulos de grado y postgrado obtenidos fuera del país, deberá cumplimentarse la Resolución Ministerial 416/00 con referencia a las Leyes N° 24521 y 25233, además de la correspondiente matriculación.
e) El especialista Ambiental que se proponga, además de su matriculación profesional y de contar con las incumbencias o alcances correspondientes a su título, deberá estar inscripto en el Registro de Consultores en Estudios de Impacto Ambiental (RCEIA), dependiente de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, sita en Xxx Xxxxxx 000 X. 0x Of: 434 – Capital Federal, y la Certificación de su inscripción o su copia autenticada y legalizada vigente, deberá entregarse a la DNV antes de suscribirse el contrato con la Consultora ganadora de la licitación.
f) Además del Equipo a Calificar, la Consultora complementará el mismo con la cantidad necesaria de personal idóneo en las distintas especialidades, a fin de asegurar la calidad de la encomienda y su cumplimiento en tiempo y forma. Los profesionales que colaboren con los Especialistas del Equipo a Calificar serán propuestos por la Consultora y las currículas de éstos podrán ser agregadas a la Propuesta Técnica siguiendo los requerimientos expresados en el Anexo 4, para observar la idoneidad de los mismos y ser tenidos en cuenta para futuras presentaciones.
g) En todos los casos en que se agregue un currículum vitae a la propuesta, deberá estar acompañado por el correspondiente Compromiso de Participación firmado por cada uno de los profesionales propuestos y la fotocopia de la Certificación, por parte de la DNV, de la firma y datos personales de cada profesional que se presente, y cumplimentarse lo requerido en los puntos a) a e), en cuanto a matriculación e incumbencias. Para el caso en que la Consultora proponga varias personas que se encuentren en las mismas condiciones, señaladas anteriormente, en cuanto a título y plan de estudios, bastará acompañar una única Resolución Ministerial, con indicación de la incumbencia para cada uno de los Especialistas en la especialidad vial propuesta.
h) Los antecedentes de profesionales que hubieren realizado trabajos y/o desempeñado cargos de responsabilidad en el sector público, asociados a la especialidad para las que se encuentren propuestos en la presente encomienda, serán tenidos en cuenta y su puntuación dependerá de la responsabilidad, funciones que desempeñó y jerarquía del Organismo Público, correspondiente al antecedente que se analiza.
ANEXO 4 - CURRICULUM VITAE DE LOS INTEGRANTES DEL EQUIPO DE TRABAJO
1.- DATOS PERSONALES
Apellido y Nombres completos:
Xxxxx y Fecha de nacimiento:
DNI:
CUIT:
Domicilio particular real:
Localidad: Provincia:
Código Postal: Teléfono particular:
Correo electrónico:
Título profesional:
Facultad:
Universidad:
Fecha de expedición del Título:
Matrícula Nº:
Denominación del Consejo Profesional:
Especialidad o campo de trabajo en el que se inscribe, tal como se indica en el Anexo N°3:
Registro de Consultores en Estudios de Impacto Ambiental (RCEIA) Nº (Para Especialista Ambiental): Resolución Ministerial que fija las Incumbencias del Título para la Especialidad declarada: Expediente Nº Resolución Nº Fecha
Nota: Respecto de la matriculación en el Consejo Profesional competente; deberá darse cumplimiento a todos los requerimientos indicados en el Anexo 3.
2.- Posición actual y antigüedad en la Firma.
3.- Actividad laboral actual, en relación de dependencia y en el ejercicio liberal, con indicación de la fecha en que se encontrará disponible para esta Asistencia.
4.- EXPERIENCIAS
Se ordenaran cronológicamente desde la fecha más reciente, todas las experiencias, trabajos, publicaciones, etc., según se detallan a continuación.
4.1.- EN LA ACTIVIDAD PRIVADA
a) Fechas de comienzo y fin de la Asistencia Técnica.
b) Designación de la Asistencia.
c) Descripción de la Asistencia.
d) Especialidad en la que participó en esa Asistencia.
e) Trabajos concretos realizados en esa Asistencia, acordes con la Especialidad en que participó y de magnitudes similares a esta Licitación. Nombre y teléfono de la persona a contactar en la Consultora que lo contrató para su verificación.
f) Nombre de la Empresa o Entidad que contrató los Servicios de Consultoría declarados en b) y c), con indicación del domicilio y teléfono para su verificación.
NOTA: Los trabajos que se declaren deberán contener desde los puntos a) al f). Por la falta de alguno de ellos, ese trabajo no se tendrá en cuenta para la calificación correspondiente.
4.2.- EN LA ACTIVIDAD PUBLICA (Nacional, Provincial, Municipal), teniendo en cuenta que su desempeño actual, forma parte de las incompatibilidades descriptas en el punto 8 de este Pliego de Condiciones Particulares.
4.3.- EJERCICIO DE LA DOCENCIA E INVESTIGACIÓN
4.4.- PUBLICACIONES TÉCNICAS
Declaro bajo juramento que todo lo expresado es real, que no me encuentro comprendido dentro de las incompatibilidades detalladas en la cláusula 8.
Fecha Firma
Aclaración
ANEXO 5 - FORMA DE COMPUTAR LAS ASISTENCIAS REALIZADAS POR LA CONSULTORA
Cálculo de los Trabajos Equivalentes:
Los trabajos equivalentes (Te), se calcularán en función de los montos actualizados de las asistencias técnicas, que la Firma Consultora presente como antecedente en su Propuesta Técnica.
Te = f(Ma)
Los trabajos equivalentes de cada antecedente se traducirá en puntaje de ese antecedente, dependiendo este último de la forma de computar cada rubro 12.3.a), 12.3.b) y 12.3.c), de la cláusula 12.3 “EXPERIENCIA DE LA FIRMA CONSULTORA= PC”.
Por lo tanto para establecer los Te, se deberá conocer previamente los montos actualizados Ma. Estos montos actualizados surgen de multiplicar cada uno de los montos contractuales (X) que fueron presentados como antecedentes en la oferta, por el factor de actualización fa y el factor de porcentaje de participación:
Ma = X * fa * fp
fa: Factor de actualización
Este factor se extrae de la siguiente tabla, dependiendo del año de formalización del contrato del antecedente que se analiza:
1999 | 2000 | 2001 | 2002 | 2003 | 2004 | 2005 | 2006 |
10,2970 | 10,2970 | 10,2970 | 9,0910 | 7,9840 | 7,2830 | 5,9890 | 5,0850 |
2007 | 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | 2014 |
4,3260 | 3,6800 | 3,2020 | 2,5300 | 1,9280 | 1,5520 | 1,2570 | 1,0000 |
Si los montos contractuales fueron pactados en dólares estadounidenses, dichos montos no serán actualizados y se convertirán a la moneda local considerando la cotización de dólares billetes estadounidenses al valor de compra otorgado por el Banco de la Nación Argentina, al día de la fecha de apertura del Sobre N° 1.
fp: Factor de participación
Para el caso en que la encomienda que presenta como antecedente, se hubiera realizado en asociación con otras empresas, se deberá calcular el índice de participación como fp =
%participación /100.
Si la encomienda presentada como antecedente, lo realizó la firma sin asociarse con otra empresa el factor de participación fp será igual a uno (1).
NOTA:
Sin perjuicio de lo expuesto en el primer párrafo del Anexo 2, la DNV podría considerar los contratos firmados antes del 1/1/1999, siempre y cuando la finalización de las respectivas encomiendas se encuentre dentro del período que abarca los últimos 15 años. En ese caso el monto contractual X, se verá reducido en la proporción que implica la porción en días dentro del período de 15 años, respecto a la duración total que insumió el desarrollo de la encomienda.
Te se calculará teniendo en cuenta lo siguiente:
Asistencias con Ma menores a $800.000,00, le corresponde cero (0) trabajos equivalentes.
Asistencias con Ma igual a $800.000,00, le corresponde cero coma cinco (0,5) trabajos equivalentes.
Asistencias con Ma mayor o igual a $7.000.000,00, le corresponde uno coma cinco (1,5) trabajos equivalentes.
Asistencias con Ma intermedios entre $800.000,00 y $7.000.000,00 le corresponde una cantidad de trabajos equivalentes que se obtiene de manera proporcional entre 0,5 y 1,5 (Ver gráfico).
ANEXO 6 - GARANTÍAS
De acuerdo a lo estipulado en la Cláusula 9 de las Condiciones Particulares las Garantías a presentar de acuerdo al presente Xxxxxx son las siguientes:
1 Garantía de Mantenimiento de Oferta
1.1. Monto de la Garantía de Mantenimiento de Oferta
Con relación al artículo 100 “Clases de Garantía” del Decreto 893/12, el valor de Garantía de Oferta se calculará, según sea el caso, de la manera siguiente:
a) Cuando la Consultora presente oferta única, será el cinco (5) por ciento del presupuesto oficial del renglón que oferta.
b) Cuando la Consultora presente ofertas múltiples, será el cinco (5) por ciento del mayor presupuesto oficial de los renglones que haya ofertado.
1.2. Plazo de Mantenimiento de la Oferta
Será de noventa (90) días corridos. Este plazo se prorrogará indefinidamente por períodos iguales sin necesidad de requerimiento, salvo que el proponente haga uso de su voluntad de no renovar la oferta diez (10) días hábiles administrativos antes del vencimiento de alguno de los períodos (Ver artículo 66 del Decreto 893/12). Si desistiere de la oferta en un período en el que se había comprometido mantenerla, perderá la garantía de oferta.
1.3. Devolución de la Garantía de Oferta
Las garantías de mantenimiento de la oferta serán devueltas a los oferentes que no resulten adjudicatarios, dentro de los DIEZ (10) días de aprobada la respectiva adjudicación (Ver artículo 104 del Decreto 893/12).
A los adjudicatarios, se les devolverán las garantías de mantenimiento de la oferta una vez integrada la de cumplimiento del contrato.
2 Garantía de Cumplimiento de Contrato
2.1. Monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato
De relación al artículo 100 “Clases de Garantía” del Decreto 893/12, el valor de Garantía de cumplimiento de Contrato equivale el 10% del monto total del contrato.
2.2. Presentación y Devolución de la Garantía de Contrato
La Garantía de Contrato se presentará en la DNV hasta la fecha tope de cinco (5) días de recibida la respectiva Orden de Compra o firma del Contrato y el plazo se extenderá hasta la recepción final de los trabajos y la aprobación por parte de VIALIDAD NACIONAL de los mismos.
A partir de dicha aprobación se devolverá la Garantía de Contrato (ver artículo 104 del Decreto
893/12).
La no presentación de estas últimas dos Garantías será causal de desestimación de la oferta (ver artículo 84 del Decreto 893/12).
3 Garantía de Anticipo
3.1. Monto de la Garantía de Anticipo
De acuerdo a lo indicado en el Anexo 8, en el caso que la Consultora quiera hacer uso del pago del anticipo, el monto será equivalente al 10% del monto de la Orden de Compra respectiva.
3.2. Presentación y devolución de la Garantía de Anticipo
La Garantía de Anticipo se presentará en la DNV, para hacerse acreedor a dicho beneficio, luego de suscripta la Orden de Compra correspondiente.
Este anticipo se devolverá, descontándose de las facturas, en forma proporcional a los porcentajes de cada certificado a presentar.
La Garantía de Anticipo será devuelta, al finalizar la encomienda.
La forma de constitución de las mencionadas Garantías se describe en la mencionada Cláusula 9 de las Condiciones Particulares.
ANEXO 7 – MODELO DE COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN
BUENOS AIRES,
SEÑOR
ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
S / D
Ref.: S/Licitación Pública Nacional N° XX/XX, para la contratación de xxx Firmas Consultoras para la elaboración de los Estudios de Ingeniería, Económico y Ambiental de la Obra: xxx
El que suscribe, con título profesional de se compromete a prestar servicios como (especialidad) en la Firma Consultora, para el proyecto de la Obra motivo de la referencia.
Al mismo tiempo declaro no estar incluido en el Equipo de Trabajo de otra Consultora que se presente a esta Licitación, ni estar comprendido en ninguna de las incompatibilidades previstas en las presentes Bases.
.……………………….. Aclaración del firmante
DNI
ANEXO 8 - DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS A LICITAR (PRESUPUESTOS OFICIALES, PLAZO Y PAGO)
El presente llamado a Licitación Pública Nacional tiene por objeto la contratación de tres (3) firmas Consultoras quienes deberán preparar toda la documentación que se requiere para conformar los Pliegos de Licitación (Conforme al Art. 5º de la Ley de Obras Públicas Nº 13.064 por el Sistema de unidad de medida). Los Proyectos Ejecutivos se refieren a las Obras que a continuación se detallan.
A) SERVICIOS A LICITAR RENGLÓN N° 1.
1.1. Detalle:
Estudios de Ingeniería, Económico y Ambiental del a Obra: Xxxx Xxxxxxxx Xx 00 (Nuevo Trazado sobre Ex. Rutas Provinciales Nº 7 y 65), Provincia: Jujuy, Tramo 5: Ppio. Superp. Ex.
R. P. Nº 7 (Ciénaga xx Xxxxxxx) – Empalme R. P. Nº 64, Sección I y II
Longitud total aproximada: 59 km
1.2. Plazo de ejecución del Proyecto:
El plazo total de la encomienda será de doscientos setenta (270) días hábiles (ver referencia 1)
1.3. Presupuesto Oficial:
PESOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($12.800.000,00), estando incluido el IVA
correspondiente.
1.4. Pagos
Las proporciones y oportunidades en que se efectuarán los pagos serán las que se indican más abajo en referencia 2
RENGLÓN N° 2.
2.1. Detalle:
Estudios de Ingeniería, Económico y Ambiental del a Obra: Xxxx Xxxxxxxx Xx 00 (Nuevo Trazado sobre Rutas Provinciales Nº 65 y 5), Provincia: Jujuy, Tramo 6: sobre X.X. Xx 00: Empalme R. P. Nº 64 – Santa Xxxxxxxx sobre R.P.N°5: Santa Xxxxxxxx - Empalme R. P. Nº 64 (Cieneguillas), Sección I, II
Longitud total aproximada: 50 km
2.2. Plazo de ejecución del Proyecto:
El plazo total de la encomienda será de doscientos setenta (270) días hábiles (ver referencia 1)
2.3. Presupuesto Oficial:
PESOS ONCE MILLONES ($11.000.000,00), estando incluido el IVA correspondiente.
2.4. Pagos
Las proporciones y oportunidades en que se efectuarán los pagos serán las que se indican más abajo en referencia 2
RENGLÓN N° 3.
3.1. Detalle:
Estudios de Ingeniería, Económico y Ambiental del a Obra: Xxxx Xxxxxxxx Xx 00 (Nuevo Trazado sobre Ex. Ruta Provincial Nº 5), Provincia: Jujuy, Tramo 7: Empalme R. P. Nº 64 (Cieneguillas) – Emp. X. X. Xx 0 (Xx Xxxxxx), Xxxxxxx X, XX
Longitud total aproximada: 35 km
3.2. Plazo de ejecución del Proyecto:
El plazo total de la encomienda será de doscientos setenta (270) días hábiles (ver referencia 1)
3.3. Presupuesto Oficial:
PESOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL ($7.800.000,00), estando incluido el IVA
correspondiente.
3.4. Pagos
Las proporciones y oportunidades en que se efectuarán los pagos serán las que se indican más abajo en referencia 2
o Referencia 1: Plazo de ejecución del Proyecto
El plazo total de la encomienda será de doscientos setenta (270) días hábiles, excluidos los tiempos de revisión por parte de Vialidad Nacional y los que demanden la realización de las audiencias públicas, que correspondieran efectuarse. Este plazo total transcurre entre la fecha de inicio de los servicios y la fecha de aprobación de la etapa que completa el total a aprobar.
a Si la consultora no desea recibir un anticipo financiero, el inicio de las tareas se computará automáticamente a los quince (15) días corridos a partir de la fecha de suscripción del Contrato. En este caso la Firma deberá comunicar en ese período, en forma fehaciente, que no hará uso del beneficio del cobro del anticipo.
b Si la Firma quiere hacer uso del beneficio del cobro del anticipo financiero, las tareas comenzarán a partir de la fecha que se efectivice el ingreso del monto del Anticipo al patrimonio de la Consultora.
Para este último caso la Firma deberá presentar dentro de los diez (10) días posteriores a la firma del Contrato, la solicitud de Pago del Anticipo Financiero por la Mesa General de Entradas de la DNV, y la respectiva Póliza de Garantía de Anticipo en la División Servicios de Consultoría de la DNV. Luego de que la DNV notifique a la Firma la aprobación del pago del anticipo financiero, esta última deberá presentar la factura correspondiente en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en la oficina “Atención a Terceros”
Los horarios de atención de las oficinas “Mesa General de Entradas” y “Atención a Terceros”, son de lunes a viernes de 10 a 13 hs. y de 14 a 16 hs. Ambas se encuentran en la Planta Baja de la DNV, Casa Central, Av. Xxxxx X. Xxxx 738, C.A.B.A..
ETAPA | DÍAS HÁBILES | |
PRIMERA ETAPA: | PRELIMINAR I | 70 |
PRELIMINAR II | 50 | |
CONSULTA PÚBLICA (De corresponder) | ||
SEGUNDA ETAPA: ANTEPROYECTO | 75 | |
TERCERA ETAPA: XXXXXXXX XXXXXXXXX | 00 | |
XXXXXX XXXXX: DOCUMENTOS DE XXXXXXXXXX | 00 | |
XXXXXX XXXXX: EDICIÓN | 10 | |
TOTAL | 270 |
La aprobación de las Mensuras se efectuará dentro del plazo total de la encomienda.
El Consultor arbitrará todos los medios necesarios a fin de lograr el cumplimiento del Estudio y Proyecto encomendado en el plazo establecido.
En caso de observaciones que no permitan la aprobación de la Etapa, la Consultora tendrá quince (15) días hábiles para corregir la documentación, contados a partir del recibo de las observaciones. Este plazo se descontará de la etapa siguiente.
o Referencia 2: Pago
Toda factura que emita el Consultor deberá ajustarse a las "Reglas para la presentación de facturas" aprobada por Resolución Nº 982/03 de la DNV.
El precio total del Contrato se abonará en etapas, que serán aprobadas por el Coordinador.
1er. Pago: Anticipo por Gastos Iniciales
Un adelanto, para invertir en la ejecución del contrato xxx xxxx (10%) por ciento del monto del contrato dentro de los quince (15) días corridos contados a partir de la fecha de aprobación de la factura correspondiente al anticipo, previa presentación de una Garantía de Anticipo y por el monto total del anticipo. La D.N.V. cuenta con un plazo máximo de siete (7) días corridos para aprobar la factura a partir de su presentación. Este anticipo se devolverá, descontándose de las facturas, en forma proporcional a los porcentajes de cada certificado a presentar.
2do Pago: Certificado N° 1
Quince por ciento (15%) del monto del contrato según factura a presentar una vez obtenida la aprobación final de toda la documentación exigida en la Etapa Preliminar I. Se descontará de la factura un monto equivalente al quince por ciento (15%) del monto de anticipo.
3er Pago: Certificado N° 2
Quince por ciento (15%) del monto del contrato según factura a presentar una vez obtenida la aprobación final de toda la documentación exigida en la Etapa Preliminar II. Se descontará de la factura un monto equivalente al quince por ciento (15%) del monto de anticipo.
4to Pago: Certificado N° 3
Seis por ciento (6%) del monto del contrato según factura a presentar una vez obtenida la conformidad de la entrega de toda la documentación exigida en la Etapa Anteproyecto. Se descontará de la factura un monto equivalente al seis por ciento (6%) del monto de anticipo.
5to Pago: Certificado N° 4
Catorce por ciento (14%) del monto del contrato según factura a presentar una vez dada la aprobación final de la documentación entregada en la Etapa Anteproyecto. Se descontará de la factura un monto equivalente al catorce por ciento (14%) del monto de anticipo.
6to Pago: Certificado N° 5
Seis por ciento (6%) del monto del contrato según factura a presentar una vez obtenida la conformidad de la entrega de toda la documentación exigida en la Etapa Proyecto. Se descontará de la factura un monto equivalente al seis por ciento (6%) del monto de anticipo.
7mo. Pago: Certificado N° 6
Catorce por ciento (14%) del monto del contrato según factura a presentar una vez dada la aprobación final de la documentación entregada en la Etapa Proyecto. Se descontará de la factura un monto equivalente al Catorce por ciento (14%) del monto de anticipo.
8vo. Pago: Certificado Nº 7 - Etapa Documentos de Licitación
Quince (15%) por ciento del monto del contrato según factura a presentar una vez dada la aprobación final de la documentación a entregar en la Etapa Documentos de Licitación. Se descontará de la factura un monto equivalente al quince (15) por ciento del monto del anticipo.
9no. Pago: Certificado Nº 8 - Etapa Edición
Quince (15%) por ciento del monto del contrato según factura a presentar una vez dada la aprobación final de la documentación a entregar en la Etapa Edición. Se descontará de la factura un monto equivalente al quince (15) por ciento del monto del anticipo.
Para poder certificar este último pago se deberá contar como condiciones sine quanon, con los Estudios Socioeconómicos completamente finalizados, aprobados y que los mismos hayan cumplido con los siguientes requerimientos:
Dictamen de Calificación, propuesto por la Dirección Nacional de Inversión Pública (D.N.I.P.) y emitido por el Secretario de Política Económica.
NO OBJECIÓN de la Entidad Crediticia que financie el Proyecto; en caso de que corresponda.
Notas:
La devolución de la Garantía de Cumplimiento del Contrato, se efectuará una vez aprobadas todas las etapas (incluye la Etapa Mensuras).
Si la Consultora no desea recibir anticipo financiero (ver en el presente Anexo la referencia 1.a), o no cumplimente en tiempo y forma los requisitos para el cobro del anticipo financiero en el período indicado en referencia 1.b, no se efectuará el 1er Pago, y no se efectuaran los descuentos del anticipo financiero indicados en cada pago subsiguiente.
Modalidad de pago de la Etapa Mensuras
Las mensuras que hubiere se pagarán en esta Etapa según factura a presentar luego de la aceptación por parte de la DNV, de los planos de mensuras que surjan del proyecto ejecutivo, aprobados por los organismos competentes, de acuerdo a los lineamientos definidos en “MENSURAS” (Inciso 1.4.2.4 de las Especificaciones Técnicas).
Si el número total de planos a aprobar es mayor a veinte (20), el Consultor podrá efectuar entregas parciales de planos de mensuras aprobados, compuesto cada entrega por veinte (20) planos como mínimo. La última entrega será la que complete la cantidad total de mensuras a aprobar.
La D.N.V a medida que va aceptando estas entregas parciales de planos de mensura irá abonando esta Etapa Mensuras mediante los pagos parciales correspondientes.
El monto a pagar por la DNV por cada plano de mensura administrativa, aprobado y/o registrado, será la suma de:
a) Honorario correspondiente a la mensura
b) Reintegros por aportes previsionales, sellados, etc.
Tanto el honorario como los reintegros (a + b), serán los que rijan en el Consejo y/o Colegio Profesional de la/s provincia/s en la/s cuales se encuentran ubicada la/s Obra/s cuyo servicio profesional se contrata.
En todos los casos se adicionará el IVA, si pudiere corresponder.
Para la determinación de este monto, se presentarán las fotocopias de cada ítem abonado, avaladas con la firma del representante de la Firma, para justificar el total del mismo.
Para el caso del plano de afectación total y de las mejoras que pudieran existir sobre la propiedad, indicados en Particularidades a)2 del inciso 1.4.2.4 de las Especificaciones Técnicas, la DNV abonará la suma total de PESOS TRES MIL ($ 3.000,00).
En esta etapa no se descontará monto alguno en concepto de devolución del pago de anticipo.
La aprobación de la Etapa Mensuras se efectuará dentro del plazo total de la encomienda.
ANEXO 9 - MODELO DE CONTRATO
Expediente N°: [Expediente Principal] CONTRATO
Entre la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, con domicilio legal en Xxxx. Xxxxx X. Xxxx 000
- Xxxxxxx Xxxxxxx, representada en este Acto por el señor GERENTE DE PLANEAMIENTO, INVESTIGACIÓN Y CONTROL, [Nombre Completo], en adelante "VIALIDAD NACIONAL" por una parte y por la otra, la Firma Consultora [Firma Consultora], representado por el señor [Representante Legal o Titular de la Firma], con domicilio legal en [Dirección] – [Localidad], en adelante "EL CONSULTOR", se acuerda en celebrar el presente CONTRATO (junto con todos los Apéndices anexos que se consideran parte integral del mismo) que regirá según las siguientes cláusulas y condiciones:
ARTÍCULO 1°.- Tipo de Contrato.
Las partes acuerdan que el presente es un contrato de Servicios de Consultoría.
ARTÍCULO 2°.- Garantía del Contrato.
En garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones que contrae por el presente Contrato, EL CONSULTOR hace entrega de la Garantía de Ejecución del Contrato mediante Póliza Nº [N° Póliza], contratada con [Compañía Aseguradora], por un importe de PESOS [en letras] ([en número]); equivalente al diez (10) por ciento del monto de este Contrato, de acuerdo con lo establecido en el Anexo 6 xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares para la Contratación de Servicios de Consultoría. Dicha garantía será devuelta a EL CONSULTOR, una vez producida la recepción final de los trabajos y la aprobación por parte de VIALIDAD NACIONAL de los mismos.
ARTÍCULO 3°.- VIALIDAD NACIONAL encomienda a EL CONSULTOR los Estudios de Ingeniería, Económico y Ambiental de la Obra: [Obra]; de acuerdo con las Especificaciones Técnicas xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares que originan el presente contrato.
ARTÍCULO 4°.- DISPOSICIONES GENERALES
4.1. Forman parte integrante de este contrato el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, el, Pliego de Bases y Condiciones Particulares, la Garantía de Ejecución del Contrato y las Circulares [En caso de existir Circulares].
Los términos siguientes tendrán los significados que se indican a continuación:
_"Ley aplicable": Leyes y cualesquiera otras disposiciones que tenga fuerza xx xxx en la República Argentina.
_"Contrato": El presente Contrato celebrado entre XXXXXXXX XXXXXXXX x XX XXXXXXXXX.
_"Xxxxxxxx": Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx.
_"Moneda Nacional": Pesos de curso legal en la República Argentina.
_"Consultor": Consultor/Unión Transitoria de Empresas.
_"Personal": Cualquier persona contratada por el Consultor o cualquier Subcontratista para la prestación de los servicios o de una parte de los mismos.
_"Parte": Contratante o el Consultor, según el caso.
_"Especificaciones Técnicas": Trabajo que EL CONSULTOR deba realizar conforme a este Contrato, para cumplir los fines del mismo.
_"Fecha de comienzo": Fecha mencionada en la Cláusula 5.1. y 5.2 del presente Contrato.
_"Subcontratista": Cualquier firma con la que EL CONSULTOR subcontrate la prestación de una parte de los servicios conforme a las disposiciones de los Artículos 6.8 y 7 de este documento.
_"Tercero": Cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, Consultor o el Subcontratista.
4.3. Relación entre las partes: Ningún artículo del presente contrato podrá interpretarse en el sentido que entre VIALIDAD NACIONAL y EL CONSULTOR existe una relación de empleador y empleado o de mandatario y mandante. Conforme a este Contrato, el Personal que preste los Servicios estará exclusivamente a cargo de EL CONSULTOR, quien será plenamente responsable por los servicios prestados por ellos o en su nombre.
4.5. Idioma: El español es el idioma por el que se regirán obligatoriamente todas las materias relacionadas con el presente Contrato.
Contratante: DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD; Xx. Xxxxx X. Xxxx 000, Xxxx 0x - Xxxxxxx Xxxxxxx.
Consultor: [Firma Consultora], [Dirección] - [Localidad].
4.7. Lugar donde se prestarán los Servicios: Los Servicios se prestarán en las oficinas de EL CONSULTOR y en los lugares de las Obras indicadas en el Artículo 3°. El Director y los profesionales asignados deberán residir en la REPÚBLICA ARGENTINA durante el período de ejecución del mismo.
4.8. Representante de EL CONSULTOR: EL CONSULTOR autoriza al [Representante Legal o Titular de la Firma], en su carácter de representante, para que en su nombre ejerza todos los derechos y cumpla todas las obligaciones del mismo frente a VIALIDAD NACIONAL, en virtud de este Contrato, incluso para que reciba instrucciones y perciba pagos de VIALIDAD NACIONAL, sin que esta enumeración tenga limitaciones.
4.9. Impuestos y derechos: EL CONSULTOR y su Personal deberán abonar todos los impuestos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que corresponda según la ley aplicable en la República Argentina.
ARTÍCULO 5° - INICIO, MODIFICACIÓN Y RESCISIÓN DEL CONTRATO
5.1. Entrada en vigor del Contrato: Este Contrato entrará en vigencia a partir de las 24 hs de suscripto el mismo.
EL CONSULTOR no podrá invocar falta de entrega de información por parte de VIALIDAD NACIONAL para iniciar sus servicios, pues ésta se supone de conocimiento del mismo a los efectos de la presentación de su oferta.
5.3. Modificaciones: Podrán modificarse los Términos y Condiciones de este Contrato, incluido el alcance de la Asistencia Técnica, por encomienda del Contratante hasta un veinte (20) por ciento del monto del contrato, debiéndose formalizar la correspondiente Adenda escrita. Dicha modificación entrará en vigor cuando VIALIDAD NACIONAL apruebe la misma. Cada una de las Partes dará la debida consideración a cualquier modificación propuesta por la otra.
5.4. Finalización del Contrato: A menos que se rescinda con anterioridad de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 5.9, este Contrato finalizará cuando, conforme a las disposiciones del mismo, se hayan prestado todos los Servicios y efectuado todos los pagos que correspondan por concepto de honorarios y gastos reembolsables.
5.7. Suspensión: VIALIDAD NACIONAL podrá, mediante una notificación de suspensión por escrito a EL CONSULTOR, suspender todos los pagos bajo el Contrato, si EL CONSULTOR no cumpliera con sus obligaciones en virtud del mismo, a condición de que en dicha notificación de suspensión se especifique la naturaleza del incumplimiento, solicitando a EL CONSULTOR subsanar dicho incumplimiento dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de dicha notificación.
Por parte de VIALIDAD NACIONAL.
Será causal de rescisión a favor de VIALIDAD NACIONAL, cuando se produjera cualquiera de las siguientes condiciones:
(a) Si EL CONSULTOR no subsanara el incumplimiento de sus obligaciones dentro de los treinta
(30) días de recibida dicha notificación.
(b) Si EL CONSULTOR o cualquiera de sus integrantes fuera declarado concursado, o en quiebra, ya sea de carácter forzoso o voluntario.
(c) Si EL CONSULTOR no cumpliera con la decisión final tomada como resultado del procedimiento de arbitraje conforme al Artículo 10º de este Contrato.
(d) Si EL CONSULTOR emitiera a sabiendas una declaración falsa a VIALIDAD NACIONAL que afectara sustancialmente sus derechos, obligaciones o intereses.
(e) Si EL CONSULTOR no pudiera, como Consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, proporcionar una parte importante de los Servicios que imposibilite la normal ejecución del Contrato.
(f) Si VIALIDAD NACIONAL a su sola discreción y por cualquier razón, decidiera finalizar el presente Contrato.
Por parte de EL CONSULTOR.
Será causal de rescisión a favor de EL CONSULTOR, cuando se produjera cualquiera de las siguientes condiciones:
(a) Si VIALIDAD NACIONAL no abonase sumas pendientes de pago a EL CONSULTOR en virtud de este Contrato y que no fuera objeto de controversia conforme al Artículo 10º del mismo, durante tres (3) meses corridos o cinco (5) meses en un (1) año, contados los meses en ambos casos, a partir del vencimiento de los plazos fijados contractualmente para efectuar dichos pagos.
(b) Si VIALIDAD NACIONAL incurriera en una violación material de sus obligaciones en virtud de este Contrato y no la subsanara dentro de los treinta (30) días de recibida la notificación de EL CONSULTOR, respecto a dicha violación.
(c) Si EL CONSULTOR, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, fuera incapaz de proporcionar una parte importante de los Servicios que imposibilite la normal ejecución del Contrato.
(d) Si VIALIDAD NACIONAL no cumpliera con cualquier decisión final tomada como resultado de un procedimiento de arbitraje conforme a lo estipulado en los distintos incisos del Artículo 10°.
5.9. Cese de los Derechos y Obligaciones: Al rescindirse este contrato conforme a lo dispuesto en las Cláusulas precedentes o a su finalización conforme a lo especificado, todos los derechos y obligaciones de las Partes en virtud del Contrato cesarán, a excepción de los que puedan haberse acumulado a la fecha de la rescisión o finalización del mismo.
5.11. Pagos al Rescindir el Contrato: Al rescindir el Contrato, VIALIDAD NACIONAL efectuará a EL CONSULTOR los pagos previstos por el Artículo 8º, en concepto de Servicios prestados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la rescisión.
ARTÍCULO 6° OBLIGACIONES DE EL CONSULTOR
6.1. Generalidades: Normas de Calidad de los Servicios: EL CONSULTOR prestará los servicios y cumplirá con sus obligaciones en virtud del presente Contrato con diligencia, eficacia y economía, de acuerdo con las técnicas generales aceptadas y prácticas utilizadas en la consultoría reconocidas por las asociaciones profesionales internacionales. Asimismo, observará prácticas sólidas de administración, técnicas, equipos y métodos que resulten eficaces y seguros. En toda cuestión relacionada con este Contrato o con los Servicios, EL CONSULTOR actuará siempre como asesor xxxx a VIALIDAD NACIONAL y deberá en todo momento proteger y defender los intereses legítimos de VIALIDAD NACIONAL en los acuerdos con Subcontratistas o terceros.
EL CONSULTOR prestará los Servicios con sujeción a la ley aplicable y tomará todas las medidas necesarias para asegurar que los Subcontratistas así como los agentes y el Personal de EL CONSULTOR o de los Subcontratistas cumplan con la misma.
6.2. Conflicto de Intereses: EL CONSULTOR y empresas asociadas no deberán tener otros intereses en la Asistencia Técnica.
EL CONSULTOR acuerda que tanto durante la vigencia de este Contrato, como después de su conclusión, ni EL CONSULTOR, ni ninguna Empresa relacionada a EL CONSULTOR, así como tampoco ningún Subcontratista podrá suministrar bienes, construir obras o proporcionar servicios relacionados con el Proyecto.
6.3. Prohibición de Desarrollar Actividades Incompatibles:
Ni EL CONSULTOR, Subcontratistas, ni el Personal de ninguno de ellos podrán desarrollar ninguna actividad comercial o profesional en el país que sea incompatible con las asignadas a ellos en virtud de este Contrato.
6.5. Responsabilidad de los Consultores: EL CONSULTOR será responsable ante VIALIDAD NACIONAL por la prestación de los Servicios de acuerdo con las provisiones de este Contrato y por cualquier pérdida que sufra VIALIDAD NACIONAL como consecuencia xx xxxxxx de EL CONSULTOR en tal prestación, salvo en daños o perjuicios causados por, o derivados de circunstancias ajenas a su control.
6.6. Indemnización del Consultor a VIALIDAD NACIONAL:
Durante la vigencia de este Contrato y después de su finalización, EL CONSULTOR indemnizará a VIALIDAD NACIONAL total y en efectivo por toda pérdida, daños y reclamaciones, incluyendo honorarios y gastos legales sufragados por VIALIDAD NACIONAL o por cualquier tercero, cuando tales pérdidas y/o daños sean el resultado de un acto ilícito, negligencia o violación del Contrato por parte de EL CONSULTOR, de sus Subcontratistas, del Personal o los agentes de cualquiera de ellos, incluido el uso o la transgresión de los derechos de autor, propiedad literaria o de cualquier invento, artículo o artefacto patentado.
6.7. Contabilidad, Inspección y auditoria: EL CONSULTOR mantendrá cuentas y registros precisos y sistemáticos respecto de los Servicios y el fundamento de los mismos de acuerdo con principios contables aceptados internacionalmente y en la forma y minuciosidad necesarias para
identificar todos los costos y cargos y permitirá que VIALIDAD NACIONAL o su representante, los inspeccione periódicamente y hasta un año después del vencimiento, o la rescisión de este Contrato.
6.8. Acciones del Consultor que Requieren la Aprobación Previa de VIALIDAD NACIONAL: EL CONSULTOR deberá obtener la aprobación previa por escrito de VIALIDAD NACIONAL para el nombramiento del Personal que ha de llevar a cabo cualquier parte de los Servicios, incluidos términos y condiciones de dicho nombramiento. Asimismo la celebración de un subcontrato para la prestación de cualquier parte de los Servicios, tendrá que haber sido aprobado por escrito por VIALIDAD NACIONAL antes de la firma de dicho Subcontrato y EL CONSULTOR seguirá siendo totalmente responsable por los Servicios prestados por el Subcontratista y por su Personal.
6.10. Los Documentos Preparados por el Consultor son Propiedad del Cliente: Todos los estudios, informes y demás documentos preparados por EL CONSULTOR en el desempeño de los Servicios pasarán a ser de propiedad de VIALIDAD NACIONAL, a quien EL CONSULTOR los entregará a más tardar al término o finalización de este Contrato.
ARTÍCULO 7° PERSONAL DE LOS CONSULTORES.
7.2. VIALIDAD NACIONAL, por el presente Artículo aprueba la nómina de Personal y Subcontratistas enumerados por especialidad y nombre en el Anexo del presente Contrato.
Con respecto a otro personal que EL CONSULTOR se proponga utilizar en la prestación de los Servicios, EL CONSULTOR presentará a VIALIDAD NACIONAL, para su examen y aprobación sus datos personales. Si VIALIDAD NACIONAL no objeta por escrito dentro de los diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de recepción de dichos datos personales, se considerará que el mencionado Personal ha sido aprobado por VIALIDAD NACIONAL.
7.3. Remoción o Sustitución del Personal: Salvo que VIALIDAD NACIONAL acuerde lo contrario, no se efectuaran cambios en la nómina del Personal. Si fuere necesario sustituir a algún integrante del Personal propuesto por cualquier motivo que escape al razonable control de EL CONSULTOR, éste lo reemplazará de inmediato por otra persona con calificaciones iguales o superiores a la persona reemplazada, debiendo cumplir con lo expresado en el punto 7.2.
Si VIALIDAD NACIONAL toma conocimiento que un agente de EL CONSULTOR se ha conducido de manera inaceptable, o tiene motivo razonable para estar insatisfecho, EL CONSULTOR, a petición escrita de VIALIDAD NACIONAL expresando los motivos, lo reemplazará por otra persona cuya idoneidad y experiencia sean aceptables para VIALIDAD NACIONAL.
En consideración a los Servicios prestados por EL CONSULTOR en virtud de este Contrato, VIALIDAD NACIONAL efectuará los pagos estipulados.
8.2. Modalidad de Facturación y Pago: Las facturaciones y los pagos con respecto a los Servicios, se realizarán conforme a lo indicado en el ANEXO 8 y lo dispuesto en las Cláusulas 16.3, 20 y 21 de las “CONDICIONES PARTICULARES” xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Particulares.
El precio total del Contrato se abonará de la manera establecida en el Anexo 8.
Todos los pagos a efectuarse en virtud de este contrato se realizaran a nombre de EL CONSULTOR, en moneda de curso legal.
ARTÍCULO 9°. EQUIDAD Y BUENA FE
9.1. Buena Fe: Las partes se comprometen a actuar de buena fe y adoptar todas las medidas razonables para asegurar el cumplimiento del objeto contractual.
9.2. Alcances del Contrato: Las partes acuerdan que el contrato se aplique con equidad sin menoscabar los intereses de ninguna de ellas. Convienen en que si durante la vigencia de este Contrato cualquiera de las Partes considera que no se está aplicando con equidad, hará todo lo posible por llegar a un acuerdo acerca de las medidas necesarias a fin de eliminar la causa o causas de inequidad.
ARTÍCULO 10°. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
(a) Cuando las Partes convengan en que la controversia se refiere a una cuestión técnica, podrán acordar la designación de un único árbitro, o bien, de no llegar a un acuerdo sobre la identidad de ese único árbitro dentro de los treinta (30) días de recibida por una Parte una propuesta de designación en tal sentido, hecha por la Parte que iniciara el procedimiento, cualquiera de las Partes podrá solicitar al Tribunal Arbitral de Obras Públicas una lista de por lo menos cinco candidatos; una vez recibida la misma, las Partes, alternándose, eliminarán un
nombre de cada una, y el último candidato que quede en la mencionada lista será el único árbitro que habrá de decidir la materia en disputa. Si este último candidato no ha sido identificado en esta forma dentro de los sesenta (60) días a partir de la fecha de la lista, el Tribunal Arbitral de Obras Públicas, a solicitud de cualquiera de las Partes, designará, entre los de esa lista o de otro modo, a un único árbitro para decidir la materia en disputa.
(b) Cuando las Partes no estén de acuerdo en que la controversia se refiere a una materia técnica, el Contratante y el Consultor designarán cada uno un árbitro, y estos dos árbitros designarán conjuntamente a un tercero, que será el que habrá de presidir el tribunal de arbitraje. Si los árbitros designados por las Partes no designaran a un tercero dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de designación del último de los dos árbitros nombrados por las Partes, a solicitud de cualquiera de ellas, el tercer árbitro será designado por el Tribunal Arbitral de Obras Públicas.
(c) Si en una disputa regida por lo dispuesto en la Cláusula 10.3 (b) una de las Partes no designara al árbitro que le corresponde dentro de los treinta (30) días posteriores a la fecha de designación del árbitro nombrado por la otra, la Parte que sí hubiera designado un árbitro podrá solicitar al Tribunal Arbitral de Obras Públicas la designación de un único árbitro para decidir la cuestión planteada, y el así designado será el único árbitro en esa diferencia.
A los fines de esta Cláusula, "país de origen" significará:
(a) el país donde el Consultor se hubieran constituido en sociedad (Nota: Si el Consultor estuviera integrado por más de una firma, o de cualquiera de sus Integrantes); o bien
(b) el país donde se encuentre la sede principal de operaciones del Consultor (o de cualquiera de sus Integrantes); o bien
(c) el país del que sean nacionales la mayoría de los accionistas del Consultor (o de cualquiera de sus Integrantes); o bien
(d) el país del que sea nacional el Subcontratista en cuestión, cuando la controversia tenga que ver con un subcontrato.
Por los Servicios señalados en el Artículo 3°, VIALIDAD NACIONAL abonará en concepto de honorarios y gastos la suma total de PESOS [en letras] ([en número]), estando incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), según la modalidad de pago indicada en el Artículo 8° del presente Contrato; además de cumplimentar todas las obligaciones que le competen y de encontrarse regularizados en materia xx xxxxx tributarias, normas de facturación, leyes previsionales, de empleo y cargas sociales, vigentes a la fecha de presentación de las Propuestas.
De acuerdo con todo lo expresado, las Partes han dispuesto que se firme este Contrato, en sus respectivos nombres.
Del presente se suscriben tres ejemplares de igual tenor y a fin de obligarse en derecho en la ciudad de Buenos Aires, a los días del mes de de 2014.
Por y en nombre de EL CONSULTOR .
[Representante Legal o Titular de la Firma] [Firma Consultora]
Por y en nombre de VIALIDAD NACIONAL ......................................
ANEXO 10 - SIPRO
INCORPORACIÓN AL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE PROVEEDORES INDICACIONES GENERALES
Los interesados deberán presentar junto con la oferta y formando parte de la misma, hasta que se encuentren incorporados al Sistema de Información de Proveedores, la información que para cada caso se indica en los citados incisos, conjuntamente con la totalidad de la documentación respaldatoria de aquélla; A efectos de ser incorporados a la base de datos del Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) que administra la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Los oferentes que participen en procedimientos de selección llevados a cabo por las jurisdicciones y entidades comprendidas dentro del ámbito de aplicación del Decreto Delegado Nº 1023/2001, deberán realizar su “Preinscripción por Internet” y presentar junto con la oferta, siempre que no se disponga de otra manera en las normas específicas para cada tipo de procedimiento de selección, la información que exige la normativa vigente, acompañada de la documentación respaldatoria y utilizando los formularios estándar aprobados por la Disposición Nº 06/12 de la Subsecretaría de Tecnología de Gestión, de acuerdo al siguiente detalle:
a) PERSONAS FÍSICAS:
I) Anexo I
II) Declaración Jurada de cumplimiento de la Legislación Laboral Vigente
III) Declaración Jurada de Elegibilidad
IV) Declaración Jurada de Habilidad
V) Informe de Principales Clientes
VI) Declaración Jurada Exportación e Importación
b) PERSONAS JURÍDICAS:
I) Anexo I
II) Anexo II
III) Anexo III
IV) Declaración Jurada de cumplimiento de la Legislación Laboral Vigente
V) Declaración Jurada de Elegibilidad
VI) Declaración Jurada de Habilidad
VII) Informe de Principales Clientes
VIII) Informe de Balance Cierre de Ejercicio
IX) Declaración Jurada Exportación e Importación
c) AGRUPACIONES DE COLABORACIÓN Y UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS:
I) Anexo I
II) Anexo II
III) Anexo III
IV) Declaración Jurada de cumplimiento de la Legislación Laboral Vigente
V) Declaración Jurada de Elegibilidad
VI) Declaración Jurada de Habilidad
VII) Informe de Principales Clientes
VIII) Informe de Balance Cierre de Ejercicio
IX) Declaración Jurada Exportación e Importación
d) COOPERATIVAS, MUTUALES, OTROS:
I) Anexo I
II) Anexo II
III) Anexo III
IV) Declaración Jurada de cumplimiento de la Legislación Laboral Vigente
V) Declaración Jurada de Elegibilidad
VI) Declaración Jurada de Habilidad
VII) Informe de Principales Clientes
VIII) Informe de Balance Cierre de Ejercicio
IX) Declaración Jurada Exportación e Importación
Todos los formularios citados anteriormente serán de presentación obligatoria.
Para realizar la Preinscripción por Internet, los interesados deberán ingresar al Sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE, xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx ó el que en el futuro lo reemplace y seguir las instrucciones que allí se especifican para completar los formularios relativos a la referida Preinscripción.
Los oferentes que ya estuvieran incorporados al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), deberán presentar junto con la oferta, la Declaración Jurada de Habilidad para Contratar con la ADMINISTRACIÓN PUBLICA NACIONAL.
También y en caso que los datos incorporados en el sistema hubieran variado deberán adjuntar la información que se modifique en la misma forma prevista para la presentación original.
En cualquier momento los interesados podrán actualizar la información incorporada en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), para lo cual deberán reemplazar los datos cargados en la Preinscripción, y presentar los formularios cuyos datos se hubieran modificado junto con la documentación respaldatoria ante cualquier jurisdicción o entidad comprendida dentro del ámbito de aplicación del Decreto Delegado Nº 1023/2001, quien estará obligada a recibirlos y tramitar la actualización.
La modificación del número telefónico, del número de fax o de la dirección de correo electrónico podrá realizarla el interesado sin necesidad de la intervención posterior de un organismo para su aprobación y en ningún caso se considerará como la actualización que deben efectuar los proveedores de conformidad con lo dispuesto por el párrafo siguiente.
Los proveedores incorporados al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) deberán realizar en forma obligatoria una actualización o ratificación de la información que figure en dicho sistema, en la forma, plazos y condiciones que determine la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Los oferentes que hubiesen presentado toda la información y documentación respaldatoria para su incorporación al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) o para actualizar sus datos, podrán verificar si el organismo contratante o el que hubiera recibido la actualización realizó el trámite de incorporación o actualización, accediendo al Sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la SUBSECRETARIA DE LA GESTIÓN PUBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS o el que en el futuro lo reemplace.
ANEXO 11 - NORMATIVA
A) LOS OFERENTES DEBERÁN:
a) Declarar bajo juramento si son Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPyMEs). La falta de presentación de la declaración jurada se entenderá como que el oferente no reviste tal carácter.
A tal efecto, según la normativa vigente, serán consideradas MIPyMES aquellas empresas que registren hasta el siguiente nivel máximo de valor de las ventas totales anuales, excluido el IVA y el impuesto interno que pudiera corresponder, expresado en pesos ($).
TAMAÑO/SECTOR | AGROPECUARIO | INDUSTRIA Y MINERÍA | COMERCIO | SERVICIOS |
MICROEMPRESA | $ 150.000 | $ 500.000 | $ 1.000.000 | $ 250.000 |
PEQUEÑA EMPRESA | $ 1.000.000 | $ 3.000.000 | $ 6.000.000 | $ 1.800.000 |
MEDIANA EMPRESA | $ 6.000.000 | $ 24.000.000 | $ 48.000.000 | $ 12.000.000 |
Se entenderá por valor de las ventas totales anuales, el valor que surja del consignado en el último balance o información contable equivalente adecuadamente documentada.
Cuando una empresa tenga ventas por más de uno de los rubros establecidos en el artículo 1º, se considerará aquél cuyas ventas hayan sido las mayores durante el último año.
No serán consideradas MIPyMES aquellas que, reuniendo los requisitos establecidos en los artículos 1º y 3º se encuentren controladas por o vinculadas a empresas o renglones económicos que no reúnan tales requisitos, conforme lo establecido en el artículo 33 de la Ley Nº 19.550 y sus modificatorias.
Para las empresas recientemente constituidas y a los efectos de determinar su pertenencia al segmento de las MIPyMES, las características establecidas en los artículos 1º y 3º se tomarán de los valores proyectados por la empresa para el primer año de actividad de la misma. Dichos valores tendrán el carácter de declaración jurada y estarán sujetos a verificación al finalizar el primer año de ejercicio.
b) Declarar bajo juramento el origen del producto cotizado. En el caso en que no se indique el origen se entenderá que es de producción nacional.
A tal efecto, se entenderá que un bien es de origen nacional cuando cumpla con los siguientes requisitos: cuando haya sido producido o extraído en la República Argentina siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados utilizados en su elaboración, no supere el 50% del costo total de dichos rubros.
Como plazo de adecuación de la estructura de la industria local a lo prescripto en el inciso a), se acreditará como de origen local todos aquellos bienes que siendo producidos en el territorio de la República Argentina el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados utilizados en su elaboración, no excedan los porcentajes de participación, sobre el total de los costos de dichos rubros, establecidos en el siguiente cronograma:
Desde | Hasta | Porcentaje |
La promulgación de la Resolución 61/2001 | 31/12/2001 | 70% |
01/01/2002 | 31/12/2002 | 65% |
01/01/2003 | 31/12/2003 | 60% |
01/01/2004 | 31/12/2004 | 55% |
01/01/2005 | 50% según art.2 Decreto 1224/89 |
Se entiende por costo de la materia prima, insumos y/o materiales:
Si fueran adquiridos por el productor local: el costo de adquisición, incluyendo costo de transporte al lugar de su transformación o incorporación al bien final, así como también cualquier concepto aduanero o fiscal en caso de aquellos que sean importados.
Si fueran manufacturados por el productor local: todos los costos asociados con su producción, incluyendo costos de transporte al lugar de transformación o incorporación al bien final y el prorrateo de los costos fijos, sin incluir la ganancia.
En los casos de regímenes especiales la determinación del origen local de los bienes deberá realizarse conforme a las pautas específicas establecidas por aquellos.
En las contrataciones de servicios:
Los oferentes deberán indicar el lugar en donde tengan su domicilio y el asiento principal de sus negocios.
FORMULARIO 1 - IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE A.- IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
1. Nombre o razón social:
2. Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, profesión, domicilio real y constituido, estado civil y número de documento de identidad. (sólo personas físicas y apoderados)
3. Fecha y objeto del contrato constitutivo. (sólo personas jurídicas en formación)
4. Número de expediente y fecha de la constancia de iniciación del trámite de inscripción en el registro correspondiente. (sólo personas jurídicas en formación)
5. Domicilio legal y constituido, lugar y fecha de constitución y datos de inscripción en los registros correspondientes.
6. Número de Código Único de Identificación Tributaría. (C.U.I.T.).
7. Nómina de los actuales integrantes de sus órganos de fiscalización y administración.
8. Fecha, objeto y duración del contrato social.
9. Fecha de comienzo y finalización de los mandatos de los órganos de administración y fiscalización.
10. Fecha de inscripción o pre-Inscripción en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO):
11. Teléfonos:
12. Fax:
13. Dirección de correo electrónico:
14. Domicilio especial constituido en la Ciudad de Buenos Aires:
15. Nombre del Representante:
16. Dirección del Representante:
17. Dirección de correo electrónico del representante:
18. Nombre de todos los socios o accionistas y su porcentaje de participación, hasta conformar el cien (100) por ciento.
19. Nombre y cargo de todos los miembros del Directorio actual, para el caso de Sociedades Anónimas, con indicación de la vigencia de sus mandatos.
20. Información sobre los principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos TRES (3) años.
En caso de Agrupación de Colaboración y Uniones Transitorias de Empresas agregar a los puntos anteriores la siguiente documentación:
21.- Identificación de las personas físicas o jurídicas que integran la agrupación. 22.- Identificación de las personas físicas que integran cada empresa.
23.- Fecha del compromiso de constitución y su objeto.
FORMULARIO 2 - COTIZACIÓN DE LA PROPUESTA
Licitación Pública Nacional Nº: xx/xx Expediente N°: xxxx/xx Nombre de la Consultora o U.T.E.:
Identificación del Servicio de Consultoría:
Propuesta | Cotización ($) (Incluye I.V.A.) |
Denominación de Sección o Tramo | |
TOTAL GENERAL (Incluye I.V.A.) |
LA PRESENTE COTIZACIÓN DE LA PROPUESTA, INCLUIDO EL I.V.A.
CORRESPONDIENTE, ASCIENDE A LA SUMA TOTAL DE: (expresar en letras y números el monto total de la propuesta, para esta licitación).
NOTAS
1) De no consignarse en letras y números los montos requeridos, será Desestimada la propuesta para esta licitación.
2) El presente Xxxxxx no prevé la posibilidad de presentar propuestas parcializadas por parte de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y formas asociativas comprendidas en el Decreto 1075/2001, de acuerdo al tipo de servicio que se está solicitando.
3) Este formulario se deberá completar, agregando en hojas anexas un Formulario 2A, 2B y 2C, para cada una de las Secciones o Tramos que pudieran existir en la Encomienda.
FORMULARIO 2A
Licitación Pública Nacional Nº: xx/xx Expediente N°: xxxx/xx Nombre de la Consultora o U.T.E.:
Identificación del Servicio de Consultoría:
Tarea | Localización del Proyecto y/o Tipo de Tarea | Precio Unitario ($) | Precio por Longitud ($/Km) | Cantidad Tareas Unitarias | Longitud de Tarea (Km) | Precio de Tarea ($) | |
Diseño Geométrico | Llanura o Rural | ||||||
Ondulada | |||||||
Montaña o Semiurbano | |||||||
Urbano | |||||||
Multitrocha o Autopista | |||||||
Trocha adicional | |||||||
Colectoras de Tierra | |||||||
Colectoras Pavimentadas | Rural | ||||||
Urbana | |||||||
Acceso a Propiedad Frentista por Colectora | |||||||
Intersección | A Nivel | ||||||
A Distinto Nivel | |||||||
Paso Rural | |||||||
Paso Semiurbano | |||||||
Paso Urbano | |||||||
Bicisenda | Rural | ||||||
Urbana en colectora | |||||||
Variantes | Anteproyecto con 3 Propuestas | ||||||
Diseño Paisajístico - Parquización | |||||||
Proyecto de Desagüe | |||||||
Proyecto de Estructura xx Xxxxxxx y Colectoras | Estudio de Suelos | Calzada Nueva | |||||
Calzada Existente | |||||||
Estudio de Yacimiento: Ubicación, Ensayos y Planos | |||||||
Diseño Estructural | |||||||
Colectora | Tierra | ||||||
Pavimentada |
Estudio de Obras de arte menores | ||||||
Puente: Incluye estudios de fundación, relevamiento e hidráulico | Ruta o Ferrocarril | |||||
Río | ||||||
Doble Vía o Autopista | ||||||
Muy Complejo - Varios niveles | ||||||
Colectora | ||||||
Proyecto de Iluminación | Puente o Intersección | |||||
Autopista | ||||||
Diseño xx Xxxxx de Sostenimiento | ||||||
Estudio Geológico-Geotécnico | Llanura | |||||
Ondulada | ||||||
Montaña | ||||||
Estudios Económicos | Completo | |||||
Estudio de Impacto Ambiental | Completo | |||||
Señalamiento Horizontal y Vertical | ||||||
Viaducto | ||||||
TOTAL |
Todos los precios parciales y totales del Formulario 2A, incluyen el I.V.A. correspondiente.
Las cotizaciones podrán ser por unidad o por longitud, según corresponda, completando las columnas correspondientes.
Podrán agregarse tareas y localización de acuerdo con las necesidades, para poder completar la cotización, de la misma manera que no serán cotizadas las que no correspondan.
No se cotizarán las Mensuras
FORMULARIO 2B
GASTOS EN PERSONAL
Licitación Pública Nacional Nº: xxx/xx Expediente N°: xxxx/xx Nombre de la Consultora o U.T.E.:
Identificación del Servicio de Consultoría:
Personal | Cantidad | Unidad | $/unidad | Total ($) |
Director del Proyecto | ||||
Profesionales Especialistas | ||||
Profesionales Senior | ||||
Profesionales Junior | ||||
Cadista | ||||
Topógrafo | ||||
Laboratorista | ||||
Ayudante | ||||
Administrativo |
Gastos en Personal
Ítem | Concepto | Porcentaje | Del Ítem | Total ($) |
A | Gasto en Personal | |||
B | Cargas Sociales | |||
C | ||||
D | Gastos de Dirección | |||
E | Gastos Financieros | |||
F | Beneficio | |||
G | Impuestos (no I.V.A.) |
Total de Gastos en Personal
Nota:
En las columnas (Porcentaje) y (Del ítem) se colocará el porcentaje del ítem que corresponda de la columna (Concepto).
Por ej.: (Porcentaje) 10 % (Del ítem) A; otro ej.: (Porcentaje) 25 % (Del ítem) A + B + D
No se cotizarán las Mensuras
Todos los precios parciales y totales del Formulario 2B y 2C, incluyen el I.V.A. correspondiente.
FORMULARIO 2C
GASTOS DE TODO TIPO
Licitación Pública Nacional Nº: xxx/xx Expediente N°: xxxx/xx Nombre de la Consultora o U.T.E.:
Identificación del Servicio de Consultoría
Concepto | Cantidad | Unidad | $/unidad | Total ($) |
Oficina | ||||
Pasajes y traslados | ||||
Alquiler o Amortización de movilidades | ||||
Mantenimiento de movilidades | ||||
Estadías del Personal | ||||
Equipos xx xxxxxxx | ||||
Equipos de computación | ||||
Ensayos de laboratorio | ||||
Ensayos geotécnicos | ||||
Consumibles xx xxxxxxx | ||||
Consumibles de oficina | ||||
Comunicaciones | ||||
Edición de documentaciones | ||||
Seguros | ||||
Imprevistos | ||||
Etc. |
Gasto de Todo Tipo
ítem | Concepto | Porcentaje | Del Item | Total ($) |
a | Gasto de Todo Tipo | |||
b | ||||
c | Gastos de Dirección | |||
d | Gastos Financieros | |||
e | Beneficio | |||
f | Impuestos (no I.V.A.) |
Total de Gastos de Todo Tipo
Nota:
En las columnas (Porcentaje) y (Del ítem) se colocará el porcentaje del ítem que corresponda de la columna (Concepto).
Por ej.: (Porcentaje) 10 % (Del ítem) a; otro ej.: (Porcentaje) 25 % (Del ítem) a + b + d
Monto total del Formulario 2A = (Total Gasto en Personal Formulario 2B + Total Gasto de todo tipo Formulario 2C) * 1.21
FORMULARIO 3 - RESUMEN DE ANTECEDENTES DE LA FIRMA CONSULTORA
Licitación Pública N° xx/xx PROYECTO DE LA OBRA: xxxx
Expediente N°: xxxx/xx
CONSULTORA (En caso de U.T.E. colocar todas las empresas que la componen): GGG
S.A. – XXX CONSULTORES SRL (U.T.E.)
CONSULTORA A ANALIZAR EN EL PRESENTE FORMULARIO 3: GGG S.A. GRADO DE PARTICIPACIÓN DE LA FIRMA GGG S.A. EN LA UTE [ver 10.2.h.5. xxx
Xxxxxx Particular]
Número de antecedente | Consultora | foja inicio | foja fin | Descripción de la encomienda | Comitente | Tipo de Encomienda | Monto Contractual | Tipo de Moneda | % de Participación | Fecha inicio | Fecha Fin | Observaciones |
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 |
1 | GGG | fs. 119 | fs. 120 | Proy. Xxxx.xx la Ruta Nac. Nº 40, Tramo xxx, Sección yyy | DNV | 2 | 1.000.000,00 | $ | 100% | 1-12-01 | 1-3-02 | |
5 | GGG | fs. 121 | fs. 127 | Inspección de Obra Edificio tal tal | DPV JUJUY | 5 | 125.000,00 | $ | 100% | 1-5-95 | 1-10-96 | |
3 | GGG | fs. 128 | fs. 133 | Proyecto de Remodelación de la Plaza hhh y Playa de Estacionamiento | Constructora tal | 3 | 56.000,00 | u$s | 60% | 1-7-97 | 1-6-98 |
Referencias:
En el caso de Unión Transitoria de Empresas, se deberá presentar un Formulario N° 3 por cada Firma que la integra.
Columna 1) N° asignado a cada uno de los antecedentes presentados por la Firma Consultora, que coincide con el del listado de antecedentes presentado según lo requerido en el ítem 10.2.i 1, 2 y 3 del presente Pliego Particular.
Este número identificará al antecedente y será requerido para futuras presentaciones de la Consultora.
Columna 2) Nombre de la Firma Consultora que se analiza. Columna 3) Foja de inicio del antecedente que se analiza Columna 4) Xxxx fin
Columna 5) Ruta Tramo y Sección para el caso de proyecto o inspección de obra ó nombre completo de la Asistencia Técnica si correspondiera a otro tipo de encomienda realizada por la Consultora.
Columna 6) Comitente
Columna 7) N° asignado al tipo de encomienda (1 a 6)
1: Inspecciones, Supervisiones o Direcciones de Obras Viales y/x Xxxxxxx Viales 2: Proyecto (Anteproyecto) xx Xxxx o Autovías
3: Consultoría en General
4: Proyecto (Anteproyecto) de Autopistas
5: Inspecciones, Supervisiones o Direcciones de Obras en General
6: Proyecto de Caminos de Montaña
Columna 8) Xxxxx contractual en pesos o dólares estadounidenses. Si se presentara algún antecedente de contratos en otra moneda, deberá convertir esta a dólares estadounidenses, y demostrar el tipo cambiario en la fechas de confección de las distintas facturas.
Otra situación que puede presentarse es el caso de una asistencia que abarque diversos aspectos (mineros, viales hidráulicos, puertos, etc.). En este caso se desdoblará dicho antecedente en n filas, colocándose en cada una el monto contractual en la proporción que le corresponde a cada tipo de encomienda (ver n° de asignación columna 7).
Columna 9) Se colocará el signo $ o u$s para contratos que fueran concebidos en esas monedas. Si se presentara algún antecedente de contratos con otra moneda, se colocará u$s con un llamado (*n), y más abajo, en “Referencias”, se describirá la moneda que corresponda a cada una de las n (otras) monedas que existieran como antecedentes de la firma o U.T.E.
Columna 10) Si en el antecedente que se analiza, la Firma Consultora participo formando parte de una asociación de empresas, deberá colocarse el porcentaje de participación de la misma caso contrario le corresponde colocar 1.
Columna 11) Se colocará fecha de inicio de la encomienda. Esta fecha será la de la firma del contrato u Orden de Compra (la que sea anterior), salvo que se demuestre con documentación fehaciente que el inicio se realizó en otra fecha.
Columna 12) Fecha de finalización de la tarea que se analiza. Esta fecha no es necesaria pero si deseable ya que formará parte de la Base de Datos de antecedentes de la Empresa.
Sin embargo para el caso particular de tareas que comienzan antes del 1/01/1999 y finalizan dentro del período de los últimos 15 años, se requiere conocer la fecha de finalización de la tarea que se analiza para poder calcular el puntaje de ese antecedente (Ver Anexo 5).
Columna 13) Se colocarán las observaciones que sean necesarias.
Aclaración:
El FORMULARIO N° 3 que deba presentarse en formato digital se realizará en planillas de cálculo de EXCEL 2003 o 2007
El formato del Monto Contractual y el del porcentaje de participación no serán de texto El formato de las fechas: dd/mm/aa
FORMULARIO 4 - RESUMEN DE ANTECEDENTES DEL PROFESIONAL A CALIFICAR
Licitación Pública N° xx/xx PROYECTO DE LA OBRA: xxxx
Expediente N°: xxxx/xx
CONSULTORA (En caso de U.T.E. colocar todas las empresas que la componen): GGG
S.A. – XXX CONSULTORES SRL (U.T.E.)
ESPECIALIDAD: (Colocar N° y nombre de la Especialidad del profesional, para la cual se propone en la presente Licitación (ver tabla más abajo).
PROFESIÓN:
NOMBRE: (Colocar Nombre y Apellido completos del profesional
INICIO DE LA ESPECIALIDAD: (Colocar año de inicio de la especialidad que se analiza)
Número de antecedente | foja inicio | foja fin | Descripción de la encomienda | Empresa en la que se desempeñó como (Colocar especialidad) | N° de Especialidad que participo en la Encomienda que se analiza | Tipo de Encomienda | Fecha de inicio | Fecha Fin |
1 2 3 4 5 6 7 8 9
1 | fs. 329 | fs. 329 | Desarrollar una versión actualizada del Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de Obras Viales de la DNV | 1 | 5 | 1-1-05 | 1-1-07 | |
2 | fs. 329 | fs. 329 | Asistencia técnica Rubro IX, Fortalecimiento de la Capacidad de Gestión Ambiental | 1 | 5 | 1-1-98 | 1-12-98 | |
3 | fs. 329 | fs. 329 | Manual de Evaluación Ambiental y Gestión Ambiental de Obras Viales | 1 | 5 | 1-1-93 | 1-12-93 | |
4 | fs. 330 | fs. 330 | Mejoramiento, gestión y mantenimiento de la red vial | 1 | 5 | 1-1-09 | 1-1-11 |
Referencias:
La cantidad de Formularios N° 4 que se deberá presentar será igual al número de personas que componen el equipo a calificar según listado indicado en el Anexo 3.
Columna 1) Se colocarán los N° de antecedentes que figuran en el CV del profesional que se analiza, tal cual lo requerido en el ítem 10.2.n). Este número identificará al antecedente del profesional y será solicitado para futuras presentaciones del mismo.
Columna 2) Foja de inicio del antecedente que se analiza.
Columna 3) Foja fin
Columna 4) Ruta Tramo y Sección para el caso de proyecto o inspección de obra o nombre completo de la Asistencia Técnica si correspondiera a otro tipo de encomienda realizada por la Consultora.
Columna 5) Empresa en la cual desempeño la actividad descripta en el antecedente que se analiza
Columna 6) Colocar N° de Especialidad correspondiente a la especialidad que desarrolló en las tareas del antecedente que se analiza (ver tabla más abajo)
Columna 7) N° asignado al tipo de encomienda desarrollada por el profesional en el antecedente que se analiza (1 a 6)
1: Inspecciones, Supervisiones o Direcciones de Obras Viales y/x Xxxxxxx Viales 2: Proyecto (Anteproyecto) de Xxxx Xxxxxxxx
4: Proyecto (Anteproyecto) de Autopistas
5: Inspecciones, Supervisiones o Direcciones de Obras en General 6: Proyecto de Caminos de Montaña
Columna 8) Fecha de inicio de las actividades desarrolladas por el profesional en el antecedente que se analiza.
Tal cual lo señalado en el ítem 12.4, no se computarán antecedentes anteriores a la fecha 1/01/1994.
Columna 9) Fecha de finalización de las actividades desarrolladas por el profesional en el antecedente que se analiza
Columna 10) Se colocarán las observaciones que sean necesarias.
N° de Especialidad según columna 6
N° de Especialidad | Profesional |
1 | Director del Proyecto |
2 | Especialista en Trazados |
3 | Especialista en Suelos y Pavimentos |
4 | Especialista Hidráulico |
5 | Especialista en Estudios Económicos |
6 | Especialista en Documentación, Presupuestos, Especificaciones |
7 | Especialista Ambiental |
8 | Especialista en Mensuras |
9 | Especialista en Puentes |
Aclaración:
El FORMULARIO N° 4 que deba presentarse en formato digital se realizará en planillas de cálculo de EXCEL 2003 o 2007
El formato de las fechas: dd/mm/aa
FORMULARIO 5 – DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LA CONSULTORA (ÍNDICE)
Licitación Pública Nacional Nº: xxx/xx Expediente N°: xxxx/xx
La Firma Consultora deberá realizar un índice de toda la documentación presentada, colocando el N° de foja de cada ítem.
El presente Formulario 5 (Índice) completo, deberá figurar al comienzo de cada Carpeta o Tomo de la documentación de la Oferta.
Se considera necesario que este índice abarque los puntos que a continuación se detalla:
Cláusula | Concepto | Fojas | |
10.2.a) | Anexo 1 - Carta de presentación | ||
10.2.b) | Anexo 6 - Comprobante de Garantía de Mantenimiento de Oferta | ||
00.0.x) | Xxxxx 00 - Constancia de Inscripcion al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) | ||
10.2.c) | Anexo I (*) | ||
10.2.c) | Anexo II (*) | ||
10.2.c) | Anexo III (*) | ||
10.2.c) | Declaración Jurada de cumplimiento de la Legislación Laboral Vigente (*) | ||
10.2.c) | Declaración Jurada de Elegibilidad (*) | ||
10.2.c) | Declaración Jurada de Habilidad (*) | ||
10.2.c) | Informe de los principales clientes (*) | ||
10.2.c) | Declaración Jurada Exportación e Importación (*) | ||
10.2.d) | Último Balance General | ||
10.2.e) | Certificado Fiscal para Contratar vigente a la fecha de apertura | ||
10.2.f) | Formulario 1 | ||
10.2.g) 1 | Documentación respaldatoria - Contrato Social o Estatuto | ||
10.2.g) 2 | Documentación respaldatoria - Acta de Directorio | ||
10.2.g) 3 | Documentación respaldatoria - Poder Especial (Si corresponde) | ||
10.2.g) 4 | Documentación respaldatoria (para UTE) - Representación Legal mediante Poder Especial | ||
10.2.g) 5 | Documentación respaldatoria (para UTE) - Acta de Acuerdo o Convenio de formación | ||
10.2.g) 6 | Documentación respaldatoria (para UTE) - Acta de Acuerdo de formación por cada Empresa |
(*) Si la Firma se encuentra Incorporada al SIPRO, NO se requiere la incorporación del presente Formulario a excepción de cualquier actualización de los datos que hubiera variado desde su última presentación
Continúa en la siguiente página
FORMULARIO 5 (Continuación) | |||
Cláusula | Fojas | ||
10.2.h) 1 | Antecedentes de la Firma Consultora - Proyectos o Anteproyectos de Camino de Montaña - | ||
10.2.h) 2 | Antecedentes de la Firma Consultora - Proyectos o Anteproyectos de Rutas, Autovías, Duplicación de Calzadas Autopistas | ||
10.2.h) 3 | Antecedentes de la Firma Consultora - Trabajos de Consultoría Generales - | ||
10.2.i) | Formulario N° 3 completo (en caso de UTE deberán presentar uno por cada firma que la compone) y CD | ||
10.2.j) | Compromiso de aceptación de la prórroga de jurisdicción a los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo de la Capital Federal | ||
10.2.k) | Nómina del Equipo de Trabajo Completo - Anexo 3 - (incluye profesionales que no forman parte del Equipo a calificar) | ||
10.2.k) | Anexo 7 - Compromiso de participación, del equipo de profesionales del equipo propuesto, durante el período establecido para la prestación de sus servicios. | ||
10.2.l) | Currículum Vitae del Director del proyecto y de todos los componentes del Equipo de Trabajo a Calificar, firmado por los titulares correspondientes, de xxxxxxx xx Xxxxx 0 | ||
10.2.m) | Formularios N° 4 (Uno por cada integrante del Equipo de Trabajo) y CD | ||
10.2.n) | Declaración jurada donde se deje constancia que la firma y el equipo de profesionales propuesto, no están sujetos a las incompatibilidades detalladas en la cláusula 8 del presente pliego | ||
10.2.o) | Formulario Nº 5 | ||
10.2.p) | Constancia emitida por la DNV de Concurrencia al lugar donde se desarrollará el proyecto | ||
10.2.q) | DECLARACIÓN JURADA DE IMPORTACIONES Y BALANZA COMERCIAL (artículo 70, inciso g, apartado 4 del Reglamento Aprobado por el Xxxxxxx Xx 000/0000) | ||
00.0.x) | Xxxxxxxxxx fehaciente de empleados en relación de dependencia a la fecha de apertura | ||
pág. 90 |
DECLARACIÓN JURADA DE IMPORTACIONES Y BALANZA COMERCIAL (artículo 70, inciso g, apartado
4 del Reglamento Aprobado por el Decreto N° 893/2012)
Razón Social, Denominación o Nombre Completo: CUIT:
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Tipo: Nro. Ejercicio:
Clase:
Modalidad:
Lugar, día y hora del acto de Apertura:
El que suscribe, con poder suficiente para este acto, DECLARA BAJO JURAMENTO, la siguiente información para fines estadísticos y para el correcto análisis y valoración del desarrollo de los complejos industriales nacionales.
Provisión y/o uso de bienes y/o materiales importados:
Características generales de productos/materiales importados: ………………………………………….………...
…………………………………………………………………………………………………………………………………...
…………………………………………………………………………………………………………………………………...
…………………………………………………………………………………………………………………………………...
BALANZA COMERCIAL
EJERCICIO TOTAL IMPORTACIONES TOTAL EXPORTACIONES RESULTADO
Último ejercicio cerrado:
Proyección para ejercicio corriente:
FIRMA: ACLARACIÓN:
TIPO Y NÚMERO DE
DOCUMENTO: CARÁCTER:
LUGAR Y FECHA:
Observaciones:
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (TÉRMINOS DE REFERENCIA)
CAPÍTULO 1: “EJECUCIÓN DEL ESTUDIO Y PROYECTO”
CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO EJECUTIVO
1.1.- OBJETO
El objeto de la contratación de Asistencia Técnica es desarrollar todos los estudios necesarios, que se indican en estos Términos de Referencia, para elaborar el Estudio y Proyecto de Ingeniería, Estudios Económicos y Ambientales así como toda la documentación que se requiere para conformar el Pliego de Licitación correspondiente y encarar el proceso licitatorio de la obra que se describe en el Anexo 8 y en los Anexos A.
1.2.- TAREAS A REALIZAR POR EL CONSULTOR
El Consultor toma a su cargo los estudios y el desarrollo del Proyecto Ejecutivo, y será responsable de analizar y definir lo siguiente:
Planimetría, verificación del trazado antecedente, si lo hubiere.
Altimetría.
Estudio de aguas superficiales y subterráneas.
Diseño hidráulico.
Estudio de Suelos y materiales (traza y yacimientos).
Perfil Edafológico.
Perfil Tipo de Obra Básica.
Perfil tipo de estructura.
Informe de justificación de las obras propuestas.
Planilla de movimiento de suelos y diagrama xx Xxxxxxxx.
Perfiles transversales.
Especificaciones técnicas particulares.
Cómputos métricos.
Estudios Ambientales y verificación de los Estudios Arqueológicos.
Estudios Económicos.
Estudios xx Xxxxxxx.
Iluminación
A continuación se hará una descripción de algunas de las pautas que se deberá tener en cuenta para el desarrollo del trabajo:
Deberán definirse con precisión las zonas en las que se aplicarán los distintos perfiles tipo de obra básica y estructura.
El diseño geométrico del camino deberá cumplir lo establecido en el Anexo A.
Deberá compatibilizar el tramo en estudio con los tramos contiguos, debiendo coordinar planialtimétricamente el principio y fin del mismo.
Se deberá efectuar el estudio topográfico de todo el tramo en estudio.
Deberá realizar un estudio de tránsito para las calzadas y las intersecciones.
Con relación al cálculo de Xxxx equivalentes deberá emplearse la metodología y los coeficientes de Vialidad Nacional.
Los estudios de suelos y materiales se efectuarán de acuerdo a las Normas de Ensayo de Vialidad Nacional– Edición 1998. Deberá preverse la ejecución de (1) una calicata cada 500m, debiéndose adjuntar las Planillas de ensayo de suelos y materiales, perfil edafológico, origen de los materiales comerciales, croquis de ubicación de los yacimientos (incluyendo un pozo cada 100 m), en un todo de acuerdo con el MEGA II.
Estará a cargo del Encargado de Proyecto la verificación hidráulica, el emplazamiento de las obras de arte y la definición de los desagües longitudinales, verificando las características de las obras de arte existentes en el tramo, proponiendo las modificaciones (ampliación, anulación e incorporación) que considere necesarias para un adecuado funcionamiento de los desagües.
En lugares que necesiten nuevas alcantarillas deberán ser proyectadas con su correspondiente estudio hidrológico.
Deberán considerarse la protección de las obras de arte y taludes tanto de las existentes como a las nuevas, de ser necesario.
Para la selección del perfil tipo de estructura se deberán incluir alternativas de estructura de pavimento y su comparación técnico - económica, conforme la metodología AASHTO 1993 (Valor actual para el periodo de diseño considerado y tasa de descuento del 12%).
Los paquetes estructurales que se propongan deberán contemplar el empleo de materiales locales, responder a las características portantes de la subrasante y las cargas de tránsito y su proyección futura.
Con relación a las redes de Servicios Públicos, la obra deberá realizarse sin afectar los mismos, sobre todo en zonas urbanas, adecuando el diseño a las características existentes. Si se verificara la presencia de los mismos dentro del sector de obras a ejecutar, en caso de corresponder, se deberá proyectar su traslado.
Realizará el proyecto de señalamiento horizontal y vertical correspondiente, en todo de acuerdo con la reglamentación vigente de Vialidad Nacional y la Ley Nacional de Tránsito.
El Encargado del proyecto deberá prever la necesidad de incluir Bandas Óptico Sonoras y Señalamiento Vertical reglamentario correspondiente, como elemento de seguridad en las zonas que se considere conveniente su colocación.
El informe de Justificación de las obras propuestas seguirá el ordenamiento de la Documentación a presentar según el apartado 1.4 B): “Estudio de Ingeniería” del presente Término de Referencia.
De ser necesario, se efectuarán las mensuras de afectación para la expropiación, aprobación y protocolización en el registro correspondiente, y su respectivo certificado de dominio.
Se deberán entregar ocho (8) copias de los planos de mensura.
En la elaboración del proyecto la Consultora deberá respetar, en todos sus términos el Manual de Evaluación y Gestión Ambiental de obras viales MEGA II, vigente en Vialidad Nacional, además deberá cumplir con las Leyes Provincial y Decretos Reglamentarios.
Con relación a los Estudios Ambientales, los mismos deberán realizarse conforme a lo establecido en el Capítulo 4.
De estar prevista la Iluminación en Intersecciones, se deberá contemplar la viabilidad respecto a la disponibilidad xx xxxxxxx de energía eléctrica, debiéndose incluir en este caso, a solo juicio de Vialidad Nacional los proyectos de iluminación correspondientes.
Para los archivos digitales de los planos se exigirá que sean presentados en formato *.dwg (Autocad), y los correspondientes a Cómputos Métricos, Análisis de Precios y Presupuesto en formato *.xls (Excel).
1.3.- RESPONSABILIDAD DE LA CONSULTORA
La Consultora será único responsable de todos los planos, especificaciones de proyectos y demás documentos de las obras descritas en estos Términos de Referencia (TDR), incluyendo levantamientos topográficos, recolección y análisis de datos de tránsito, investigación y coordinación con agencias de servicios públicos, especificaciones de construcción y equipos, preparación de planos de construcción para todas las fases de las obras mencionadas en estos TDR.
1.4.- ESTUDIO DE INGENIERÍA
1.4.1.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
La documentación a preparar en relación con los Estudios de Ingeniería, será una Carpeta de Planos y un Informe de Ingeniería.
1.4.1.- a) CARPETA DE PLANOS
Contendrá tentativamente la siguiente colección:
a. Carátula.
b. Croquis de ubicación, Índice de Planos y simbología.
c. Planimetría General.
d. Perfiles tipo de obra básica.
e. Perfiles tipo de pavimento.
f. Planialtimetrías.
g. Planos de perfiles transversales (con todas las obras complementarias proyectadas)
h. Planos de obras singulares.
x. Xxxxxx de estructuras xx xxxxxxx, detalles, etc.
j. Planos de intersecciones (replanteo – acotado – obras).
k. Planos de señalización horizontal y vertical.
l. Planos de traslado de líneas aéreas y subterráneas de servicios públicos y privados
m. Planos de perfiles en coincidencia con los desagües.
x. Xxxxxx Tipo de Vialidad Nacional.
x. Xxxxxx de detalle.
p. Planimetría general de yacimientos.
q. Diagrama de movimiento de suelos y su transporte (Xxxxxxxx).
x. Xxxxxx xx Xxxxxxx, serán los indicados en el CAPÍTULO 2 “Estudio xx Xxxxxxx”.
s. Iluminación
Dichos planos así como toda la información gráfica complementaria: libretas de notas, libretas de nivelación, planillas de resultados de ensayos de suelos, memorias de cálculo, cómputos
métricos, análisis de precios unitarios y presupuestos, serán elaborados de acuerdo a las normas en uso de Vialidad Nacional y utilizando los formatos estándar para cada caso.
El formato único de planos será de tamaño A1 o A3 según Norma ISO.
Los Planos Tipo de Vialidad Nacional que se actualicen, serán de igual tamaño que los existentes.
1.4.1.- b) INFORME DE INGENIERÍA
Deberá constar de la siguiente documentación:
1.4.1.- b) 1. Memoria de Ingeniería
La documentación constará de los siguientes elementos:
1.4.1.- b) 1.1. Memoria Descriptiva
Con información detallada sobre características de la zona, perfil edafológico y profundidad de la napa freática, descripción de los yacimientos, destino y forma de explotación; información sobre mezclas proyectadas y ensayadas; información sobre agua y ensayos realizados; información sobre ubicación de yacimientos y distancia de transporte; existencia de materiales, y necesidades de proyecto; todo otro dato que contribuya a aportar mayores elementos de juicio sobre el estudio realizado.
1.4.1.- b) 1.2. Memoria de Diseño
a) Sobre la base del Estudio de Suelos y Materiales se adoptará y justificará el diseño adoptado mediante los distintos parámetros que intervienen en el Método de Diseño XXXXXX 1993 y el método que se adopte como control.
b) Se formularán distintas estrategias de diseño para un período de quince (15) años como mínimo y se las comparará para determinar la más económica. Cuando se compare un pavimento de hormigón frente a uno flexible, el periodo de análisis no será inferior a veinticinco
(25) años.
c) Se identificarán las limitaciones que existan para la aplicación de las alternativas planteadas y se adoptará la estrategia más conveniente. Todas las suposiciones y parámetros adoptados para el análisis se justificarán adecuadamente.
1.4.1.- b) 1.3. Planos
Perfil tipo de obra a ejecutar. Perfil edafológico de los suelos de la traza con los datos de los ensayos realizados. Planos de yacimientos con referencia de ubicación del mismo con respecto al total de la propiedad, y a una determinada progresiva del tramo, nombre y domicilio del propietario; cuadro de ensayos realizados y sus resultados; superficie del mismo; espesores y volúmenes del destape y manto aprovechable y si es necesario realizar limpieza, desbosque y destronque, e indicación del volumen necesario, mejoras que se consideren necesarias en el acceso para posibilitar el tránsito de camiones y equipos, plantaciones o mejoras afectadas por la explotación, indicación de posibilidad de ampliación en extensión y profundidad.
1.4.1.- b) 1.4. Planillas de ensayo
Se acompañará la totalidad de las planillas de ensayos realizados.
1.4.1.- b) 1.5. Instalaciones Aéreas dentro de Zona de Camino
Para el caso, la Consultora deberá tener en cuenta lo indicado en la Circular G.O. y S.V. N° 12523/05. Además de lo indicado en la Especificación Técnica Particular – “Instalaciones Aéreas dentro de la Zona de Camino”, si correspondiere al proyecto.
1.4.1.- b) 1.6. Iluminación
El Consultor deberá prever la iluminación, si correspondiere al proyecto, debiendo satisfacer los criterios y recomendaciones del CAPÍTULO 5: “Iluminación”.
1.4.1.- b) 2. Estudios xx Xxxxxxx
Los mismos deberán realizarse conforme, el CAPÍTULO 2: “Estudio xx Xxxxxxx”.
1.4.1.- b) 3. Estudios Económicos
Los mismos deberán realizarse conforme, el CAPÍTULO 3: “Estudios Económicos”.
1.4.1.- b) 4. Estudios Ambientales y Arqueológicos
Los mismos deberán realizarse conforme, el CAPÍTULO 4: “Estudio de Impacto Ambiental”
1.4.2.- ALCANCE DEL TRABAJO
os trabajos que realizará la Consultora abarcarán todo lo relacionado con los Estudios de Ingeniería; los cuales cubrirán los siguientes aspectos.
1.4.2.1.- GENERALIDADES
Vialidad Nacional pondrá a disposición de la Consultora toda la información que pueda existir en sus archivos, concerniente a los proyectos o a las zonas en que se ubicarán éstos, relativos a la localización del camino existente, tránsito actual, característica de suelos, fuentes de materiales, condiciones climáticas, etc., sin que ello releve a la Consultora de la obligación de verificarlos.
La Consultora deberá efectuar todos los trabajos de campo, análisis de laboratorio, desarrollo de diseños y cómputos que sean necesarios para elaborar íntegramente la documentación para las obras comprendidas en el presente proyecto. Para el desarrollo de los estudios de ingeniería se seguirán las últimas normas de diseño vial vigentes, aprobadas por Vialidad Nacional y sus instrucciones particulares de proyecto.
Premisas generales:
Curvas de radio crítico, próximo al normado
En aquellos lugares donde se localicen radios de curvatura próximos al normado se recomienda proyectar obras de ensanche, para aumentar la visibilidad y disminuyendo riesgos.
Tratamiento xx xxxxxxx aluvionales
En aquellos cauces cuya sección activa implique eventos aluvionales periódicos, se proyectarán obras de defensa aguas arriba y aguas abajo xx xxxxxxx y alcantarillas. Además se deberá estudiar la ejecución de obras de disipación de energía en cauces.
1.4.2.2.- RECONOCIMIENTO DE CAMPO
Esta actividad comprenderá el análisis general de la zona en que se ubica cada uno de los tramos que serán objeto de estudio, con la finalidad de establecer los criterios técnicos en que estarán basados los diseños a desarrollar. Las tareas que deberá realizar la Consultora sin limitarse exclusivamente a ellas, serán las siguientes:
Se estudiarán las características topográficas generales del área en la cual está localizado el camino, auxiliándose para ello con cartas geográficas, planos topográficos, fotografías aéreas y antecedentes existentes en Vialidad Nacional y en el Municipio, si se contare con ellos.
Se recopilará toda la información disponible relativa a los aspectos geológicos, hidrológicos y de suelos en la zona del proyecto.
Se efectuará un recorrido preliminar de toda la extensión del tramo, para comprobar el nivel de confiabilidad de la información existente, identificar los principales problemas y la magnitud y extensión de ellos, evaluar la conveniencia de las soluciones propuestas en los diseños existentes, si fuera el caso.
Como resultado de este reconocimiento, la Consultora propondrá las soluciones que juzgue indispensables a través de croquis preliminares y, previa aprobación de Vialidad Nacional, procederá a efectuar las tareas que sean necesarias.
1.4.2.3.- TRABAJOS TOPOGRÁFICOS
Se colocará en el terreno la línea poligonal de base y se levantará el perfil del eje, colocando al mismo tiempo referencias visibles y bien protegidas, dentro del derecho de vía, para facilitar las labores de replanteo futuras, y para poder contar con puntos balizados de control permanente, durante la ejecución de las obras [Punto Línea (P.L.) y Punto Fijo (P.F.)].
Se tomarán secciones transversales, por lo menos cada 50 metros (según topografía del lugar), abarcando una distancia, a cada lado del eje, que permita identificar y localizar todos los trabajos que se ejecutarán como parte de las obras de mejoramiento del camino.
Se efectuarán levantamientos topográficos de detalle en cada curso de agua x xxxxxx y en los puntos donde sea necesario instalar alcantarillas, o construir zanjas de coronación, drenes subterráneos, muros de sostenimiento y otras obras complementarias que se consideren indispensables para asegurar la estabilidad del camino y optimizar el proyecto en gabinete.
Deberá entregarse en soporte digital los archivos de nubes de puntos del terreno involucrado y los correspondientes a los perfiles transversales, en formato compatible para ser procesados en algún sistema de Modelación Digital de Terreno y Diseño Geométrico de Caminos de origen nacional, en un todo de acuerdo con la Ley Nº 25.551
Si fuera necesario rehabilitar estructuras existentes o sus accesos, deberá efectuarse una evaluación cuantificación de los elementos que deban ser reconstruidos.
1.4.2.4.- MENSURAS
1.4.2.4. - a) Alcance del trabajo
Para la liberación de la traza por parte de la DNV, se ejecutarán los planos de mensura de las propiedades afectadas, los cuales deberán ser tramitados y aprobados ante las Reparticiones Provinciales competentes (Municipios, Geodesia, Catastro, Rentas, protocolización en Registro de la Propiedad, etc.), los que serán suscritos por el Especialista en Mensuras del Equipo de Trabajo propuesto por la Consultora, cumplimentando todos los requisitos que requiera la Provincia, para que con esos planos la DNV pueda adquirir e inscribir en el Registro de la Propiedad, los inmuebles afectados. Si de los estudios que se realicen surgiera que un predio se encuentra ocupado por la Ruta existente, sin contar con el plano de afectación original y si fuera además necesario incrementar la zona de afectación, deberá indicarse en el plano a confeccionar, ambos polígonos con sus superficies discriminadas en el balance, a fin de permitir a la DNV, oponer la prescripción adquisitiva por la primitiva ocupación.
El Consultor deberá relevar todas las mejoras existentes (edificios, plantaciones, portales, embarcaderos de animales, etc.) dentro de la zona de camino, confeccionando los planos y planillas correspondientes, con indicación de los propietarios de las mismas.
Se confeccionará una Planimetría General de Propiedades Afectadas, indicándose para cada bien:
Nomenclatura según catastro y título.
Nombre y apellido de los propietarios.
Número del plano de mensura antecedente y de afectación aprobado.
Esquema de localización de las mejoras existentes, con indicación de la propiedad de las mismas, si fuera distinta a la del titular del dominio.
La Consultora al presentar su oferta, habrá tomado las providencias del caso para poder cumplimentar con toda la legislación y reglamentaciones vigentes que sean necesarias para obtener la aprobación y/o registración de los planos de mensura que sean necesarios para permitir la expropiación e inscripción de los terrenos afectados a favor del Estado Nacional (DNV) y que no inhabiliten a los propietarios a disponer libremente de los remanentes de afectación.
La Etapa Mensuras quedará completada con la aprobación de todos los planos de mensura necesarios o los posibles de realizar (ver Particularidad indicada en a1), para el proyecto de que se trata.
Particularidades
a) 1 Si eventualmente surgieran inconvenientes para aprobar y/o registrar algún plano de Mensura, de acuerdo con lo expresado en el primer párrafo de a), el Consultor comunicará inmediatamente por escrito tal circunstancia a la DNV, acompañando la constancia de las Reparticiones Provinciales competentes, de que se ha presentado en tiempo la documentación correspondiente pero que no ha sido posible su aprobación por las causas que invoquen por escrito esas Reparticiones.
A los efectos del pago de estas tareas, quedará a criterio de la DNV efectuarlo, siempre que se haya dado cumplimiento a lo expresado en los párrafos anteriores y que las causas no sean imputables al Consultor. No obstante, el Consultor deberá contar con la aprobación del total de las mensuras, como condición para liberar el reintegro de la “Garantía de Cumplimiento del Contrato”), ya que las mensuras forman parte de la totalidad del contrato. En caso de estimarlo conveniente, la Subgerencia de Estudios y Proyectos podrá autorizar el reemplazo de la “Garantía de Cumplimiento del Contrato”, por la presentación de una póliza de caución por el importe xxx xxxx (10) por ciento del monto contractual, a satisfacción de la DNV y cuya exigencia operará en caso de incumplimiento.
a) 2 Para el caso que se afecte totalmente un predio, y la legislación y reglamentaciones vigentes en la Provincia permitan efectuar la transferencia según título al Estado Nacional Argentino (DNV) cuando se produzca la adquisición, no se gestionará la aprobación del plano de mensura. Se confeccionará un plano que refleje lo expresado en el título, con el agregado de la carátula que contenga todos los datos requeridos para formalizar la transferencia y si se afectan totalmente varias parcelas contiguas de un mismo titular, se confeccionará un único plano de afectación total.
1.4.2.4.- b) Responsabilidad Técnica
La Consultora será responsable y ejercerá el contralor de su personal y de los trabajos a ejecutar, debiendo encontrarse a cargo de las tareas un profesional de la agrimensura matriculado en la Provincia correspondiente.
1.4.2.4.- c) Documentación a entregar
La Consultora deberá entregar la documentación que se detalla:
Diez (10) copias aprobadas y/o registradas por las Reparticiones Provinciales competentes, de cada uno de los planos de las propiedades afectadas por las obras que se proyecten. Igual requerimiento para los planos de afectación total.
Diez (10) copias de cada uno de los planos de mejoras de edificación, debiendo constar en ellos: planilla de locales con características y estado, molinos, plantaciones y cualquier otra mejora que hubiere.
Cinco (5) copias de la Planimetría General de Propiedades Afectadas.
Tres (3) copias del informe final en papel y tres (3) copias de toda la documentación en soporte magnético (CD), en formatos tipo Autocad y Office, que permitan una fácil actualización, modificación y reproducción.
Tres (3) legajos completos de cada bien afectado que contenga: Estudio de dominio y/o copia de Matrícula, Testimonios registrales, escrituras, planos antecedentes, etc., que hayan servido para determinar la actual titularidad de cada bien, y que podrán ser utilizados como antecedente para la expropiación de las afectaciones.
1.4.2.5.- ESTUDIOS HIDROLÓGICOS Y DE DRENAJE
Teniendo como base la información estadística existente, relativa a volumen, intensidad y frecuencia de las precipitaciones, en la zona donde se localizan los tramos, y considerando las características topográficas, de cobertura vegetal y naturaleza de los suelos en las diversas