CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. De acuerdo con lo establecido en el Manual de Contratación de ETB, la oferta será rechazada en los siguientes casos:
a) Cuando el oferente haya entregado extemporáneamente la oferta.
b) Cuando el oferente o uno de sus integrantes se halle incurso en una de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política y la Ley. Cuando la inhabilidad sobrevenga en un oferente, se entenderá que renuncia a participar en el proceso de selección y los derechos surgidos del mismo.
c) Cuando el oferente no subsane los documentos dentro del plazo señalado para tal efecto.
d) Cuando sólo se presente propuesta alternativa.
e) Cuando la propuesta se presente sometida al cumplimiento de cualquier condición o modalidad para la adjudicación.
f) Por falta de veracidad de la información suministrada por el Oferente
g) Las demás estipuladas en los capítulos técnico y económico, y en el numeral alusivo a negociación, relacionado con el estudio de homologación y de seguridad de los proveedores, socios, apoderados, representantes legales.
CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. La UNIVERSIDAD rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos y entre otros, en los siguientes casos: Cuando se encuentre que el OFERENTE está incurso en alguna de las inhabilidades e incompatibilidades o prohibiciones previstas en la Constitución o en la Ley. Cuando el valor de la oferta supere el valor de la disponibilidad presupuestal estipulado para la presente invitación. Cuando se presenten varias ofertas por el mismo OFERENTE por sí, por interpuestas personas o por personas jurídicas pertenecientes al mismo grupo empresarial (ya sea en consorcio, unión temporal o individualmente). Cuando existan serios indicios de falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la oferta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del OFERENTE a la UNIVERSIDAD o los demás OFERENTES. Cuando el OFERENTE habiendo sido requerido por La UNIVERSIDAD para aportar documentos, información o aclaraciones, conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones, no los xxxxxxx dentro del término fijado, o habiéndolos aportado, no estén acorde con las exigencias. Cuando la oferta presentada no cumpla con los requerimientos mínimos y obligatorios establecidos en el presente pliego de condiciones. Cuando las certificaciones, anexos, y demás documentos necesarios para la evaluación de las OFERTAS presenten enmendaduras y no hayan sido refrendadas por el representante legal. Cuando no coincida la información diligenciada en los formularios o certificaciones, con la información de los documentos soportes solicitados como aclaraciones por parte de la UNIVERSIDAD. Se entiende que la información no coincide cuando no exista correspondencia, entre la información obtenida frente a la relacionada por el OFERENTE en los respectivos formularios o certificaciones. Cuando el representante legal de una persona jurídica o los representantes legales que participen en un consorcio o unión temporal ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en la presente contratación. Cuando la oferta se presente en forma extemporánea o en lugar diferente al descrito en el cronograma del presente proceso. Los demás casos expresamente establecidos en el presente pliego de condiciones.
CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. Serán causa de rechazo de las ofertas:
a. La oferta realizada por una persona inhábil, de acuerdo a lo establecido en el presente pliego.
b. La falta de formulario o planilla de cotización oficial.
c. Las enmiendas, interlineas o raspaduras en las propuestas que no estén debidamente salvadas o aclaradas con la firma del oferente.
d. Cuando el sobre presentado se encuentre abierto o deje ver a través del mismo su contenido.
e. Cuando la Municipalidad de Mercedes pueda presumir fundadamente la existencia de connivencia o acuerdo de dos (2) o más empresas para fijar o influir en el resultado del Concurso. La sanción o el rechazo operará para todas las empresas involucradas. Quienes fueren sancionados perderán la garantía y serán pasibles de las penas que resulten pertinentes y suspensión del Registro de Proveedores.
f. Cuando se hallen condicionadas o se aparten de las disposiciones establecidas en el presente pliego. Ninguna oferta podrá ser desestimada en el acto de apertura, sino que presentadas, observadas o no, el licitante se pronunciará sobre la inadmisión de las que padecieren de vicios causantes de rechazo o emplazando a subsanar los vicios leves y admitiendo tácitamente a las no observadas ni rechazadas. Las causas de rechazo que resulten inadvertidas en el acto de apertura de las ofertas, podrán surtir efecto posteriormente, si se las comprobare durante el estudio de las mismas.
CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. La UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos exigidos o en los siguientes casos:
5.1 Cuando se encuentre que el oferente esta incurso en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Constitución o en la ley.
5.2 No contar con las acreditaciones exigidas en los pliegos de condiciones.
5.3 La presentación de varias ofertas por el mismo oferente por si, por interpuestas personas o por personas jurídicas pertenecientes al mismo grupo empresarial.
5.4 Cuando se descubra falsedad material o ideológica en cualquiera de los documentos de la oferta o se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del oferente a la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE PALMIRA.
5.5 Cuando la Oferta presentada no cumpla con los requisitos mínimos y documentos previstos en el capítulo 4 de estos pliegos de condiciones.
5.6 Cuando el Representante Legal de una persona jurídica ostenten igual condición en otra u otras firmas que también participen en el presente proceso.
5.7 Si el oferente, su Representante Legal se encuentran incluidos en el último boletín de Responsables fiscales publicado por la Contraloría General de la República, en los términos del articulo 60 de la ley 610 de 2000.
5.8 Cuando las certificaciones, anexos, y demás documentos necesarios para la evaluación de las ofertas presenten enmendaduras.
5.9 Cuando la carta de presentación de la oferta no esté debidamente suscrita por el Representante Legal del oferente.
5.10 Cuando el oferente habiendo sido requerido por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA SEDE PALMIRA para aportar documentos o suministrar información necesaria para la comparación objetiva y/o aquella que se establezca como subsanable, conforme a los pliegos de condiciones o adendas, no los allegare en el tiempo solicitado, o habiéndolos aportado, no estén acordes con las exigencias.
5.11 Cuando la oferta presentada no conserve la secuencia de la documentación solicitada en los pliegos de condiciones, debidamente foliada, argollada o empastada y relacionada en la tabla de contenido de la misma.
CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. 10.1. Cuando NO haya sido presentada en la fecha y lugar señalada en el plazo de presentación de Ofertas y con anterioridad a la hora indicada en el cronograma del presente proceso de Invitación.
10.2. Cuando NO se presente o no se suscriba la Carta de Presentación de la Oferta por el Proponente persona natural o por el Representante Legal de la persona jurídica, Consorcio o Unión Temporal Proponente o por el apoderado constituido para el efecto, o cuando éste no se encuentre debidamente autorizado para presentar la Oferta de acuerdo con los estatutos sociales o con el acuerdo de integración del Consorcio o Unión Temporal.
10.3. Cuando el objeto social de la persona jurídica Proponente, la actividad comercial de la persona natural comerciante, o el objeto social de alguno de los miembros que conforman el Consorcio o la Unión Temporal no permita ejecutar el objeto de la contratación.
10.4. Cuando la duración de la sociedad (persona jurídica, consorcio o unión temporal) es inferior a la duración del contrato y un (1) año más.
10.5. Cuando NO se presente con la Oferta el documento formal de conformación del Consorcio o Unión Temporal, o cuando se omitan las firmas de sus miembros o cuando falte la designación de su Representante Legal.
10.6. Cuando NO se presente con la Oferta la garantía de seriedad de la Oferta.
10.7. Cuando el Proponente o alguno de los miembros de conforman el consorcio o unión temporal se encuentra en alguna de las prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidades de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10° de la Ley 100 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y demás disposiciones constitucionales y legales vigentes.
CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. FONADE rechazará las ofertas, en los siguientes casos:
CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. De acuerdo con lo establecido en el Manual de Contratación de ETB, la oferta será rechazada en los siguientes casos:
a) Cuando el oferente no haya sido invitado
b) Cuando el oferente haya entregado extemporáneamente la oferta.
c) Cuando el objeto social no le permita presentar la oferta y celebrar el contrato
d) Cuando el oferente o uno de sus integrantes se halle incurso en una de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política y la Ley. Cuando la inhabilidad sobrevenga en un oferente, se entenderá que renuncia a participar en el proceso de selección y los derechos surgidos del mismo.
e) Cuando el oferente no subsane los documentos dentro del plazo señalado para tal efecto.
CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. Encontrarse incurso en una causal de inhabilidad e incompatibilidad para contratar de acuerdo con la Constitución y la Ley.
CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. Habrá lugar al rechazo de la oferta, en los siguientes casos, los cuales serán verificados por el comité evaluador, así: La presentación de varias ofertas, para el mismo proceso de selección, por el mismo proponente, por sí o por interpuesta persona o por cualquier integrante de un Consorcio o Unión Temporal que se presente ya sea como persona natural o jurídica o haciendo parte de otro consorcio, promesa de sociedad futura y/o Unión Temporal. Cuando la SUPERINTENDENCIA descubra o compruebe falta de veracidad en la documentación presentada para esta convocatoria, siempre que la inexactitud genere un beneficio al oferente. Presentación de la propuesta por personas jurídicamente incapaces. Entrega extemporánea de la oferta. Presentar oferta cuyo valor total supere el presupuesto oficial estimado. Cuando el proponente no cumpla o no sea posible verificar el cumplimiento de los requisitos habilitantes para el presente proceso (hasta el día establecido por la administración) de acuerdo con lo previsto la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 2474 de 2008 en la forma y términos solicitados por la Entidad. Cuando se presente la propuesta en forma subsidiaria al cumplimiento de cualquier condición o modalidad. Presentar oferta solo para alguna o algunas (y no la totalidad) de las actividades, servicios y/o suministros que integran el presente proceso. Las demás causales legales de rechazo de la oferta.
CAUSALES DE RECHAZO DE LA OFERTA. 15 1.14. COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN 15 1.15. INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA 16 1.16. NEGOCIACIÓN 16 1.17. ADJUDICACIÓN 17 1.18. ELABORACIÓN Y SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 18 1.19. XXXXXXXXX 00 1.20. CONDICIONES CONTRACTUALES 18