ABONO DE LOS TRABAJOS Cláusulas de Ejemplo

ABONO DE LOS TRABAJOS. El precio del contrato será abonado en los plazos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público que empezarán a contarse a partir de la presentación, por registro de entrada del Ayuntamiento, de cada uno de los informes de auditoría definitivos una vez finalizados los trabajos relativos a cada ejercicio. Una vez presentado el informe de auditoría de cada uno de los ejercicios deberá presentarse la correspondiente factura. El adjudicatario del contrato queda obligado a guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato formalizado con el Ayuntamiento de la Villa de los Realejos para SERVICIO DE AUDITORIA QUE DARÁ SOPORTE AL ÓRGANO INTERVENTOR EN LA REALIZACIÓN DEL CONTROL FINANCIERO Y DE INFORMES ECONÓMICOS-FINANCIEROS A SOCIEDADES A tal efecto no podrá transferir información alguna sobre los trabajos realizados y los datos a los que tenga acceso a personas públicas y privadas, entidades o empresas no explícitamente autorizados por escrito por el Ayuntamiento. Asimismo deberá establecer los procedimientos y mecanismos para garantizar la confidencialidad de la información durante el desarrollo del contrato. En este sentido, quedará sujeto a los preceptos legales en materia de protección de datos personales recogidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999 y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) Además, quienes en la prestación del contrato tengan acceso a los mismos, guardarán, secreto profesional sobre todas las informaciones, documentos y asuntos a los que tenga acceso o conocimiento, estando obligados a no hacer públicos o ceder cuantos datos conozcan como consecuencia o con ocasión de su ejecución, incluso después de finalizar la vigencia del contrato.
ABONO DE LOS TRABAJOS. El contratista tendrá derecho al abono del trabajo que realmente realice con arreglo a los precios convenidos mediante presentación de la correspondiente factura conforme a los hitos de pago establecidos en contrato. Los pagos se realizarán mediante transferencia bancaria dentro del plazo de 60 días desde la recepción de la factura correspondiente, si dicha factura fuera conforme y adecuada al calendario de pagos establecido.
ABONO DE LOS TRABAJOS. La empresa adjudicataria tendrá derecho al abono, con arreglo al precio- convenido, de los trabajos realmente efectuados, con sujeción al contrato suscrito y a las modificaciones aprobadas en su caso. Dentro del mes siguiente de haber sido realizados los trabajos, se presentará la factura (por duplicado ejemplar, debiendo ser repercutido como partida independiente el Impuesto sobre el Valor Añadido) al Responsable del servicio para que de su conformidad, quien la trasladará a contabilidad, para que la tramite. La retribución se materializará en el plazo de treinta 30 días desde la fecha de facturación. En caso que la factura no sea conforme se le devolverá al adjudicatario, quien deberá modificarla para ajustarla a lo convenido y volverla a presentar, iniciándose de nuevo el cómputo del plazo referido.
ABONO DE LOS TRABAJOS. Para la gestión del servicio público de inmovilización, retirada y depósito de vehículos, el abono de los trabajos se realizará mediante facturas mensuales conformadas por el responsable de la Policía Local y aprobadas por la Corporación. Si la gestión la hace el adjudicatario, deberá autoliquidarse antes de realizar el pago. Para la gestión del servicio público de estacionamiento limitado y controlado de vehículos en la vía pública bajo control horario, el adjudicatario abonará, en la Depositaría Municipal, por trimestres vencidos dentro de los 10 días primeros de cada trimestre natural, el canon ofertado.
ABONO DE LOS TRABAJOS. Tal y como se indicó en el apartado 5.- Presupuesto de licitación, el presupuesto anual de licitación asciende a la cantidad de 425.943,84 € (IVA excluido) dentro del cual debemos establecer dos partidas presupuestarias diferentes las cuales se abonarán de forma distinta y sobre las que habrá que aplicar la baja económica propuesta por el licitador en su Oferta económica.  Mantenimientos conductivo-preventivo-predictivo-correctivo-normativo: 304.563,84€ (IVA excluido) El abono de esta partida, será un fijo mensual resultante de aplicar la baja propuesta por el Adjudicatario (correspondiente a todos los conceptos citados en este Pliego, y que incluye mano de obra, maquinaria móvil, medios técnicos, útiles, herramientas, materiales, instalaciones, almacén, y toda la estructura que considere necesaria poner a disposición del Contrato por parte del Adjudicatario para su correcta ejecución. En caso de incumplimiento por parte del Contratista de los servicios mínimos exigidos en este Pliego para todos los conceptos anteriormente citados o respecto a los incluidos en la Propuesta técnica del licitador, SFM se reserva el derecho a sancionar económicamente al Adjudicatario de acuerdo a las penalizaciones indicas en este Pliego.  Presupuesto mantenimiento modificativo: 121.380,00 € (IVA excluido) El abono de esta partida se efectuará dentro del mes siguiente a la actuación y se ajustará al presupuesto aceptado por SFM para la actuación propuesta por el licitador de acuerdo a la valoración de los trabajos presentada por el mismo. Esta partida es una bolsa económica para acometer aquellos trabajos correspondientes a mantenimiento modificativo, pero en ningún caso suponen una cantidad anual a consumir obligatoriamente, se valorará y aceptará únicamente en función de las necesidades de SFM. SFM se reserva el derecho de poder encargar este tipo de reparación a otro Contratista, y en todo caso a cargo del presupuesto anual habilitado en el Contrato para la realización de presupuestos modificativos. En ningún caso se abonarán los trabajos realizados por el Adjudicatario fuera del plazo ordenado por el Director facultativo. Todos los trabajos, medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la correcta ejecución y acabado de cualquier unidad de obra, se considerarán incluidos en el precio de la misma. Se facturará a mes vencido. Tan sólo se abonarán los trabajos efectivamente realizados previa conformidad del Director del Contrato La forma de pago que se establece...
ABONO DE LOS TRABAJOS. FERIAS JAEN, S.A. abonará al adjudicatario (o en su caso, parcialmente por cada feria o evento celebrado ) el precio de los servicios efectivamente prestados durante dicho período (o en su caso, “el mismo”), contra la entrega de la correspondiente factura (en la que se detallarán los servicios, el precio e impuestos repercutidos).
ABONO DE LOS TRABAJOS. Los trabajos se abonarán mediante certificaciones o facturas mensuales de los trabajos efectivamente ejecutados durante dicho período. La factura se confeccionará aplicando los precios unitarios vigentes a las diferentes unidades que hayan sido empleadas en la realización de los trabajos efectivamente ejecutados. La factura incluirá, asimismo, el importe fijo mensual correspondiente a las prestaciones así configuradas en el Pliego de Condiciones Particulares. Una vez emitida por el adjudicatario la correspondiente factura o facturas mensuales, la APB procederá a su abono a TREINTA (30) DIAS fecha factura, en la forma indicada en el Pliego de Condiciones Particulares.
ABONO DE LOS TRABAJOS. El abono del precio del contrato se realizará en dos pagos anuales correspondientes al 50% de cada una de las partes de la temporada deportiva correspondiente: el primero con fecha 31 de diciembre y el segundo con fecha 30 xx xxxxx Todo ello, previa conformidad del responsable de la unidad gestora del contrato, mediante transferencia bancaria tras la presentación por el contratista de factura electrónica a la que acompañará una memoria detallada de las actividades realizadas, debiendo emitirse la citada factura de conformidad con las disposiciones vigentes: numeración seriada, fecha de expedición, descripción de los trabajos realizados, NIF del expedidor y destinatario y el IVA repercutido. Si se observase que la factura presentada adolece de algún requisito exigible, se solicitará su subsanación. En el caso de que el patrocinio no se llevará a cabo del modo previsto en las prescripciones técnicas, el precio se reducirá proporcionalmente al patrocinio efectivamente efectuado. En caso de no realizarse ningún patrocinio, el patrocinado no tendrá derecho a contraprestación económica alguna.
ABONO DE LOS TRABAJOS. Los trabajos realizados se deberán justificar debidamente a través del sistema informático de incidencias y según indicaciones del Servicio Técnico Municipal designado. Los trabajos realizados serán abonados a la Adjudicataria en doce (12) mensualidades vencidas a cuyos efectos se remitirá mensualmente al Ayuntamiento una Certificación formada por los siguientes conceptos:
ABONO DE LOS TRABAJOS. El abono de la factura se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta del adjudicatario, con el Vº Bº del servicio municipal correspondiente encargado del seguimiento del contrato, y en un plazo no superior a los 30 días naturales siguientes contados desde la fecha de presentación de la factura en el registro municipal.