ADJUDICACIÓN Y FIRMA DE CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

ADJUDICACIÓN Y FIRMA DE CONTRATO. 49 CAPITULO 1. DEL MANUAL OPERATIVO‌ Este Manual Operativo (MO), ha sido elaborado para coadyuvar el cumplimiento de los objetivos del FFFIR como Organismo co-ejecutor del Programa Federal de Infraestructura Regional- FONPLATA (el PFIR). El MO establece los mecanismos, procedimientos y reglas que deben seguirse en las diferentes fases de la ejecución del Programa, y estará vigente durante su ejecución. El orden de prelación de la normativa aplicable es el siguiente:
ADJUDICACIÓN Y FIRMA DE CONTRATO. El Contrato se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de la experiencia general y especifica de la firma auditora y del personal propuesto, una vez que la Cooperación Suiza en América Central haya dado por escrito su no objeción al informe de evaluación. Si una vez comunicada la adjudicación, el oferente seleccionado se negare a firmar el contrato en el plazo establecido en la carta de adjudicación, el contrato se adjudicará al oferente que haya obtenido el segundo puntaje, y si éste se negare también a firmar se hará con el tercer calificado y así sucesivamente. En caso de empate en el primer lugar, éste se resolverá a favor del oferente que haya obtenido mayor calificación en experiencia del consultor; si el empate persistiera la selección del consultor se hará al azar, mediante extracción de papeletas, en sesión pública, con la presencia de los proponentes o sus delegados.
ADJUDICACIÓN Y FIRMA DE CONTRATO. El ERSAPS, previa recomendación de adjudicación hecha por la Comisión de Evaluación, adjudicará el Contrato al oferente que haya cumplido con los términos de referencia y sea la mejor calificada, Si una vez comunicada la adjudicación, el oferente seleccionado se niega a firmar el contrato en el plazo establecido en la carta de adjudicación, el contrato se adjudicará al oferente que haya obtenido el segundo puntaje, y si éste se negara también a firmar, se hará con el tercer calificado y así sucesivamente. En caso de empate en el primer lugar, éste se resolverá a favor del oferente que haya obtenido mayor calificación en experiencia específica del Consultor. De mantenerse el empate, la selección del Consultor se hará al azar, mediante extracción de papeletas, en sesión pública, con la presencia de los oferentes o sus delegados. En caso de no recibir un número plural de ofertas, el ERSAPS podrá realizar la adjudicación del contrato, siempre y cuando el proponente único hubiere obtenido un puntaje total, igual o superior a 70 puntos.
ADJUDICACIÓN Y FIRMA DE CONTRATO. Producida la Pre adjudicación por parte de las unidades ejecutoras provinciales, emitidos los informes por parte de la Coordinación Operativa del Programa relacionados con la verificación de lo actuado, se informará la situación a FONPLATA, quien evaluará la documentación, emitiendo la “No objeción” en caso de corresponder. Recibida la “No objeción” de FONPLATA, se comunicará lo actuado a la Jurisdicción, quien procederá a emitir el acto administrativo de adjudicación. Cumplido el plazo de impugnación, y habiendo quedado firme la adjudicación, la jurisdicción remitirá la documentación pertinente (Anexo 1), y el FFFIR emitirá la correspondiente Resolución de Crédito, que permitirá a las Provincias suscribir los respectivos contratos de obra. Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional‌ ANEXO 1. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR AL FFFIR SEGÚN INSTANCIA DEL PROCESO 54
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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 2.1 Información, descripción de la contratación.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE 1. El CLIENTE podrá dirigir las quejas y reclamaciones que puedan surgir en sus relaciones contractuales con las Entidades de Inversión al Servicio de Atención al Cliente del Grupo IBERCAJA, cuya dirección es la siguiente: 50008 Zaragoza Tel. 000 000 000 xxx.xxxxxxxx.xx Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xx

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.