CANCELACIÓN DE LA CUENTA. Fraccionamiento de una misma venta.
CANCELACIÓN DE LA CUENTA. Cuando resulte procedente la cancelación o cierre de la cuenta respectiva, “EL BANCO” procederá en los términos a que se refiere la Sección denominada Generalidades y Mecánica de Operaciones, Clausula denominada Suspensión, Cancelación y Restricción.
CANCELACIÓN DE LA CUENTA. La duración del presente contrato es indefinida, si bien se podrá cancelar por voluntad unilateral de cualquiera de las partes, con sujeción a lo previsto en las “Condiciones generales relativas a la prestación de servicios de pago”.
CANCELACIÓN DE LA CUENTA. Si TRADEX considera que el CLIENTE está gastando su SALDO DE INTERCAMBIO POSITIVO antes de cancelar su CUENTA o si el CLIENTE requirió la terminación, TRADEX requerirá el prepago de cuotas, comisiones y otras cantidades en efectivo del SALDO DE INTERCAMBIO POSITIVO restante en la CUENTA del CLIENTE.
CANCELACIÓN DE LA CUENTA. Los Usuarios podrán cancelar sus cuentas y dejar de utilizar el Servicio en cualquier momento de la siguiente forma: Contactando directamente con el Titular a través de los datos de contacto facilitados en el presente documento. El Titular se reserva el derecho, a su entera discreción, de suspender o eliminar las cuentas de Usuarios en cualquier momento y sin preaviso, si las considera inapropiadas, ofensivas o entiende que incumplen las presentes Condiciones. La suspensión o eliminación de cuentas de Usuario no dará derecho a los Usuarios a exigir ninguna compensación, indemnización por daños y perjuicios o reembolso. La suspensión o eliminación de cuentas debido a causas imputables al Usuario no eximirá a dicho Usuario de abonar las tarifas o los precios que sean de aplicación.
CANCELACIÓN DE LA CUENTA. El Banco se reserva la facultad de cancelar en todo momento las cuentas que tenga por conveniente previo aviso a los interesados con dos meses de antelación. Igual facultad de cancelación de las cuentas en todo momento tendrá el Titular, con un preaviso de un mes al Banco. Una vez llegada la fecha de cierre de la cuenta comunicada por el Banco no podrá girarse movimiento alguno sobre la misma, excepto los adeudos por comisiones a favor del Banco que en su caso procedan, y quedará el saldo resultante a disposición de su titular, sin derecho por parte de éste a reclamación de intereses.
CANCELACIÓN DE LA CUENTA. Los titulares de la cuenta se facultan mutuamente para proceder cualquiera de ellos a la cancelación de la cuenta. Caja de Ingenieros se reserva la facultad de cancelar la cuenta que es objeto de este contrato, sin expresión de causa alguna, mediante el simple preaviso a sus titulares, que será remitido con dos meses de antelación al domicilio señalado a efectos de notificaciones, salvo por incumplimiento de la normativa aplicable al blanqueo de capitales y financiación del terrorismo en que la resolución será inmediata, sin necesidad de justificación. Transcurrido el período indicado se procederá al cierre y liquidación de la cuenta, cuyo saldo no devengará desde entonces interés alguno. Los titulares de la cuenta podrán asimismo proceder a su cancelación sin otros requisitos que el disponer del total saldo existente a su favor o reintegrar el que resulte en su contra, haciendo entrega a Caja de Ingenieros de los documentos que constituyan los medios para la disposición del saldo. Caja de Ingenieros procederá al cumplimiento de la orden de cancelación antes de 24 horas desde la recepción de dicha orden. No obstante no procederá dicha cancelación en caso de que el titular tuviera contratado con Caja de Ingenieros otro producto o servicio financiero para cuya gestión sea necesario mantener abierta una cuenta de pago, o en aquellos otros supuestos que se determinen reglamentariamente. La resolución de un contrato marco será gratuita para el usuario de servicios de pago a no ser que el contrato haya estado en vigor durante menos de seis meses. En este último caso, cualquier comisión o gasto aplicable por la resolución del contrato marco será adecuado y acorde con los costes.
CANCELACIÓN DE LA CUENTA. En caso de que, en términos de lo establecido el presente Título, el Banco proceda a cancelar la Cuenta, se obliga a notificarlo al Cliente con 30 (treinta) días naturales de anticipación, por escrito dentro del Estado de Cuenta del Cliente, o bien, a través de los cajeros automáticos del Banco mediante un mensaje claro y notorio que aparezca en la pantalla de los mismos entregando al Cliente los recursos depositados en ella, ya sea mediante la entrega del efectivo o de un cheque de caja, en cualquiera de las sucursales del Banco, sin pena o comisión alguna.
CANCELACIÓN DE LA CUENTA. El CLIENTE reconoce que el BANCO podrá depositar en una cuenta global que llevará el BANCO para efectos de depositar el principal y los intereses de los instrumentos bancarios de captación que no tengan fecha de vencimiento, o bien, que teniéndola se renueven en forma automática, así como las transferencias o las inversiones vencidas y no reclamadas, que en el transcurso de tres años no hayan tenido movimiento por depósitos o retiros, después de que se haya dado aviso por escrito, en el domicilio del CLIENTE que haya notificado al BANCO conforme a este CONTRATO, con noventa días de antelación. Con respecto a lo anterior, no se consideran movimientos a los cobros de comisiones que realice el BANCO. Cuando el CLIENTE se presente para realizar un depósito o retiro o reclamar la transferencia o inversión, el BANCO deberá retirar de la cuenta global citada en el párrafo anterior, el importe total, a efecto de abonarlos a la cuenta respectiva, o entregárselo. Los derechos derivados por los depósitos e inversiones y sus intereses a que se refiere este apartado, sin movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a trescientos xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en la Ciudad de México, prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública.
CANCELACIÓN DE LA CUENTA. La Cooperativa podrá cancelar una cuenta de ahorros unilateralmente, cuando discrecionalmente así lo estime conveniente sin que esté obligado a informar al asociado sobre las razones que llevaron a tal determinación. En todo caso, dará aviso previo al titular sobre tal decisión. Así mismo, la Cooperativa podrá cancelar una cuenta de ahorros si considera que el titular de la misma la está manejando en forma inadecuada, o no está cumpliendo con los reglamentos vigentes, o el manejo de la cuenta no corresponde a su propia naturaleza o cuando la Cooperativa no pueda verificar la información suministrada por el asociado para abrir la cuenta de ahorros o la actualización de la misma; si el asociado aparece vinculado a investigaciones por lavado de activos o delitos contra la fe pública; si la cuenta permanece inactiva por más de seis (6) meses y el saldo de la misma es (0) cero; por violación del presente reglamento; por razones de seguridad. Si la Cooperativa Multiactiva de Empleados xx Xxxxxxx Palmolive cancela cualquier cuenta o revoca cualquier tarjeta que posea el asociado; por insolvencia, embargo de depósito, o mala