CIFRA DE NEGOCIOS Cláusulas de Ejemplo

CIFRA DE NEGOCIOS. GLOBAL DE SUMINISTROS (CLAUSULA 13. PUNTO 3DEL PLIEGO). IMPORTE EJERCICIO 2.00 2.00 2.00 DESTINO PUBLICO PRIVADO PUBLICO PRIVADO PUBLICO PRIVADO DESTINATARIOS:DENOMINACION TOTAL FIRMADO POR APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA requerimientos en la calle/plaza/avenida......................, código postal. , PIGNORA a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx los siguientes valores representados mediante anotaciones en cuenta, de los cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue: Número valores Emisión (entidad emisora), clase de valor y fecha de emisión Código valor Referencia del Registro Valor nominal unitario Valor de realización de los valores a la fecha de inscripción En virtud de lo dispuesto por el art. 36 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), contraídas por (contratista o persona física o jurídica garantizada) NIF/CIF......................, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida........................................, código postal.............., localidad. , por la cantidad de: (en letra y en cifra). Este contrato se otorga de conformidad y con plena sujeción a lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, en sus normas de desarrollo y en la normativa reguladora de la Caja General de Depósitos. Don ..., con DNI ..., en representación de ..... (entidad adherida encargada del registro contable), certifica la inscripción de la prenda, (fecha). (firma). Xxx (nombre y apellidos), NIF....................... en representación de......................., , con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida......................., código posta. l, PIGNORA a favor del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxx las siguientes participaciones, de las cuales es titular el pignorante y que se identifican como sigue: Número de participación Identificación del fondo de inversión, nombre y número de registro administrativo de la CNMV Entidad gestora Entidad depositaria Valor liquidativo a la fecha de inscripción Valor total En virtud de lo dispuesto por: el art. 36 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado), contraídas por (contratista o pers...
CIFRA DE NEGOCIOS. La distribución de la cifra de ventas respecto al total de ventas, se sitúa el 59,1% en gestión de suelo, el 40,5% en actividad de Promoción y construcción, y la actividad de patrimonio representa el 0,4% del total de la cifra de negocios. Grupo ASTROC en el primer trimestre de 2006 ha vendido a Astroc Inmuebles, S.I.I., S.A. inmuebles cuyo precio de venta total es de 100.758.258,71 euros, de esta venta, a 31/03/06, se han devengado unos ingresos de 60.051.219 por la aplicación de la normativa contable aplicable. Asimismo es preciso tener en cuenta que en la operación de venta a Astroc Inmuebles S.I.I., S.A se pactan unos plazos de cobro en función del cumplimiento de unos hitos en la ejecución de la obra. Estos hitos no están directamente correlacionados con el grado de avance de la obra, generándose por tanto una diferencia temporal entre el calendario de cobros y la imputación contable de los ingresos. Cuando la obra se encuentra totalmente finalizada, estas diferencias desparecerán. Las ventas más destacadas del trimestre han sido: Actividad de gestión de suelo: Destaca la venta del suelo de dos edificios de apartahoteles por importe de 31.536.070 euros transmitidos a Astroc inmuebles S.I.I., S.A, reconociéndose el total ingreso por venta de suelo (para más información ver apartado 19 del presente Folleto). Asimismo hay que considerar la venta de 22.311 m2 de suelo urbanizable por un importe de 14.001.568€, de los cuales 12.401.568€ se corresponden con ventas de suelo y 1.600.000€ por el ingreso por la cesión de la condición de agente urbanizador, de conformidad con la legislación aplicable, tal y como, se explica en el apartado 6 siguiente. Además de lo anterior, deben tenerse en cuenta los ingresos derivados de la actividad de Agente Urbanizador por importe de 2.843.370€. Actividad de Promoción-Construcción: Por una parte, destacan los ingresos derivados de la ejecución de la edificación de los dos edificios de apartahoteles 28.515.149€, transmitidos a Astroc Inmuebles SII, cuyos ingresos se reconocen en función de porcentaje de realización. Por otro lado la ejecución de la obra para Fuerzas Eléctricas de Valencia, S.A. (sociedad del grupo CV Capital) de una subestación eléctrica por importe 1.127.754€. Adicionalmente, la cifra de negocio de dos promociones en curso, de Edificios Xxxx, S.L. en Valencia y de Haciendas del Mediterráneo, S.L. en Almenara (Xxxxxxxxx), por importe de 3.479.973 euros. Patrimonio en renta: Destacan los ingresos por arrendam...
CIFRA DE NEGOCIOS. Importes pagados o a pagar al Asegurado (menos los descuentos concedidos) en concepto de mercancías vendidas y suministradas, así como servicios prestados en el marco del negocio operado en el lugar del seguro.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.