COBERTURAS ESPECIALES. RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
COBERTURAS ESPECIALES. Reinstalación automática de suma asegurada para nuevos padecimientos Incluida Eliminación de deducible y coaseguro por accidente. Se podrá eliminar deducible y coaseguro, siempre y cuando los gastos derivados de la atención médica rebasen los 2 SMGMVDF y la atención médica se efectúe dentro de los noventa días posteriores a la ocurrencia del evento. Padecimientos preexistentes Se amparan los gastos originados por los padecimientos preexistentes, entendiéndose como tales aquellos padecimientos en los que se hayan realizado un diagnóstico que señale que éstos tuvieron inicio en fecha anterior a la contratación original de la presente póliza o certificado para cada Asegurado o aquéllos cuyos síntomas no pueden pasar desapercibidos o aquéllos que son notorios a la vista o aquellos cuyos síntomas o signos se manifestaron antes del inicio de cobertura para cada Asegurado o aquellos por los cuales se haya erogado gastos. Se cubrirán si el primer gasto ocurre dentro o fuera de la vigencia de la póliza.
COBERTURAS ESPECIALES. Gastos adicionales
COBERTURAS ESPECIALES. Solo en base a un convenio especial entre las partes contratantes, que formará parte integrante de la póliza y hasta por los montos máximos fijados en las condiciones particulares, ésta puede extenderse a cubrir:
3.3.1. La diferencia entre el valor actual de un objeto, entendido como su valor real en la fecha del siniestro y el valor nuevo de reposición del mismo.
3.3.2. Los daños que pudiesen sufrir los objetos en circulación y/o exhibición fuera de los locales designados en la póliza como lugar del seguro.
COBERTURAS ESPECIALES. Medicamentos. Se incluye el reembolso, hasta un límite máximo anual señalado en la tabla de coberturas y límites anexa a fármacos detallados en el registro de medicamentos (Vademécum Internacional en España), de las vacunas y de los extractos alergénicos que hayan sido recetados por prescripción de un médico, adquiridos en farmacia y se administren con objeto terapéutico.
COBERTURAS ESPECIALES. Cuando los objetos transportados sean maquinarías, tractores, automóviles o en general efectos o mercaderías que se componen de varias piezas para formar una bien completo, La Positiva sólo indemnizará el valor comprobado de las partes o piezas efectivamente perdidas o dañadas, o a su mejor elección restituirá dichas partes o piezas. En consecuencia, tales pérdidas o daños parciales no podrán implicar en ningún caso, la interpretación o consideración de la pérdida total absoluta de los objetos transportados asegurados. Cuando los objetos transportados sean animales, la cobertura de riesgos bajo esta póliza, estará limitada a la muerte de cada animal, como consecuencia única y exclusiva de alguno de los accidentes ocurridos al medio de transporte contemplados en el artículo 3.1 de esta póliza. En consecuencia, La Positiva no responde por ninguna otra clase de riesgo, sea cual fuere la causa que los motivara y tampoco responde por daños parciales a los animales, únicamente responde por el valor de cada animal muerto, conforme a los límites de la presente póliza y conforme a lo establecido en el siguiente párrafo. En los casos de muerte de los animales, conforme se define en el párrafo anterior, el Asegurado tendrá la obligación ineludible de asumir por su cuenta la carne, cueros y todas las demás partes aprovechables de los animales, las cuales para los efectos de la indemnización a que haya lugar serán valorizadas de común acuerdo entre La Positiva y el Asegurado para ser descontados del valor total del animal muerto.
COBERTURAS ESPECIALES. Reinstalación automática de suma asegurada para nuevos padecimientos Incluida
COBERTURAS ESPECIALES. En los seguros sobre maquinarías, tractores, automóviles, pianos, etc., y en general sobre todos los efectos o mercaderías que componiéndose de varias piezas, forman la especie completa, La Positiva solo indemnizará el valor comprobado de las partes o piezas efectivamente perdidas o dañadas, sin tener en cuenta su valor con relación al valor total de la especie completa asegurada, o, a su mejor elección restituirá dichas partes o piezas. En consecuencia, tales pérdidas o daños parciales no podrán implicar en ningún caso, la interpretación o consideración de la pérdida total absoluta de la especie completa asegurada. En el seguro de transporte de animales, la cobertura de riesgos bajo esta póliza, esta limitada a la muerte de cada animal, como consecuencia única y exclusiva de alguno de los accidentes ocurridos al medio de transporte contemplados en el artículo primero de esta póliza. En consecuencia, La Positiva no responde por ninguna otra clase de riesgo, sea cuál fuere la causa que los motivara. En los casos de muerte de los animales, conforme se define categóricamente en el párrafo anterior, el Asegurado tendrá la obligación ineludible de asumir por su cuenta la carne, cueros y todas las demás partes aprovechables de los animales, las cuales para los efectos de la indemnización a que haya lugar serán valorizadas de común acuerdo entre La Positiva y el Asegurado. A menos que se obtenga el consentimiento expreso de La Positiva, o que el hecho obedezca a un caso de fuerza mayor, se entiende que el vehículo deberá recorrer la ruta directa por vía conocida, cesando la responsabilidad de La Positiva si aquella se variase sin causa justificada.
COBERTURAS ESPECIALES. Establecidas para los programas Tradicional, Clásico, Plata y Oro, de acuerdo a las condiciones del presente contrato.
7.1. Coberturas de terapias y medicamentos para tratamiento del cáncer: En los tratamientos ambulatorio y hospitalario para cáncer (quimioterapia, cobaltoterapia, radioterapia y hormonoterapia) COOMEVA M.P. S.A. cubrirá hasta el tope establecido en los anexos 1 y 2. El usuario cancelará el valor del excedente.hasta el tope establecido en los anexos 1 y 2. El usuario cancelará el valor del excedente. Parágrafo: La cobertura de cáncer se reconoce a partir del primer día del décimo tercer (13) mes de vigencia ininterrumpida del contrato, contada desde la fecha de iniciación del servicio para cada usuario y los topes establecidos son por padecimiento, por año de vigencia del contrato y por usuario. La terapia ambulatoria comprende honorarios médicos, medicamentos, insumos y derechos xx xxxx.
COBERTURAS ESPECIALES. Asistencia en viaje 84 5. Coberturas excluidas