COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. 1. La Mesa de Contratación es un órgano profesional especializado de asistencia al órgano de contratación que se compondrá de un Presidente y un mínimo de 4 vocales designados entre el personal al servicio del poder adjudicador, correspondiendo dos puestos a técnicos especializados en la materia objeto del contrato, otro a un Interventor y el último a un Licenciado en Derecho que ocupe plaza para la que se exija dicha titulación, que actuará como Secretario. En los contratos de valor estimado superior a 10.000.000 euros, IVA excluido, formará parte de la Mesa de Contratación, además, un representante de la Junta Contratación Pública xx Xxxxxxx designado por ésta, a solicitud del órgano de contratación.
2. Con carácter extraordinario, y previa justificación en el expediente, podrán ser designados como vocales técnicos personas ajenas a la Administración que tengan experiencia en el sector de actividad al que se refiera el contrato. Igualmente se podrá nombrar como asesores a dichos técnicos, que podrán intervenir con voz pero sin voto.
3. La designación de los miembros de la Mesa deberá publicarse en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx. Podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de uno o más contratos. Los Miembros de la Mesa de contratación estarán sujetos a las causas de abstención o recusación establecidas en la legislación reguladora del procedimiento administrativo.
4. La composición de la Mesa de Contratación en el Parlamento xx Xxxxxxx, en el Defensor del Pueblo, en la Cámara de Comptos, en las entidades pertenecientes a la Administración Local xx Xxxxxxx y de la Universidad Pública xx Xxxxxxx se ajustará a su normativa específica, teniendo carácter supletorio de aquéllas lo dispuesto en este artículo.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Estará compuesta por los miembros siguientes: • PRESIDENTE: El Concejal de la Delegación municipal interesada en el contrato, o persona en quien delegue. - TRES VOCALES: El responsable de la Unidad Técnica Jurídica de Compras y Contratación como Asesor Jurídico, por delegación del titular de la Asesoría Jurídica; la Interventora Municipal o persona en quien delegue; un Técnico del Servicio que promueva el expediente, o bien, aquellas personas que por ausencia o enfermedad los sustituyan. • SECRETARIO: Un/a funcionario/a del Departamento de Contratación. La composición de los miembros de la Mesa de Contratación se publicará en el perfil de contratante, con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación administrativa, una vez publicado el anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado. Art. 21.4 del RD 817/2009 de 8 xx Xxxx.
III.3. Calificación de la documentación y defectos u omisiones subsanables.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Presidente, que será el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, o Concejal en quien delegue. - Secretario: Funcionario del Servicio de Contratación. - Vocales: -Concejal del Área de Infraestructuras, Obras, Transportes y Gestión Urbanística, o Concejal en quien delegue. - Concejal Delegado Especial de Gestión Urbanística , o Concejal en quien delegue. - Concejal del Área de Economía, Hacienda, Patrimonio y Nuevas Tecnologías, o Concejal en quien delegue. - Secretario del Ayuntamiento, o funcionario en quien delegue. - Interventora del Ayuntamiento, o funcionario en quien delegue. - Concejal del Grupo Socialista. - Concejal del Grupo Alternativa por Boadilla.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación estará compuesta por: PRESIDENTE. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento o Concejal en quien delegue. VOCALES.
1.- Xxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx.
2.- Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx.
3.- Xxx Xxxxx Xxxxx Xxxxx.
4.- Xxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx.
5.- Xxxx Xxxxxxxxx Escuchas Xxxxxxxxx.
6.- Secretario General del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
7.- Interventor Accidental del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue. SECRETARIO. Xxx Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxxxx, o funcionario en quien delegue. La constitución de la mesa tendrá lugar en el Salón de Plenos del Ayuntamiento a las 12 horas xxx xxxxxx día hábil que no sea sábado siguiente el plazo establecido para la presentación de las ofertas. -Calificación de los documentos: La Mesa de contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma en el sobre A). A los efectos de la expresada calificación, el presidente ordenará la apertura de los sobres y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observare defectos subsanables en la documentación presentada, lo comunicará verbalmente al interesado concediéndole un plazo no superior a tres días hábiles para que subsane el error y mediante exposición pública en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento. Si la documentación contuviese defectos sustanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. Se entenderá por defecto sustancial o deficiencia no subsanable la no inclusión en el sobre A) de todos o algunos de los documentos reseñados en la letra a), b) y c) de la cláusula 11 del presente pliego. Además, se considera defecto insubsanable la falta de firma de la proposición o documentos anexos a la misma, así como la presentación de un solo sobre cuando se exigen dos. Si los documentos se aportan en fotocopias sin compulsar, se considerará defecto formal subsanable. La existencia de defectos subsanable no impedirá la apertura de todas las proposiciones, sin perjuicio de no tomar en consideración a aquellas correspondientes a los licitadores que en el plazo de subsanación de deficiencias no las hayan subsanado. A continuación, en acto público el secretario de la Mesa procederá a la apertura de los sobres B) y dará lectura de las proposiciones formuladas por ellos. La Mesa evaluará las proposiciones mediante los criterios de valoración que se recogen por orden decreciente de importancia y ponderación establecidos en el presente pliego y formulará la...
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de contratación quedará integrada por:
a) PRESIDENTE: El Presidente de la Empresa Municipal de Transports Xxxxxx xx Xxxxx de Mallorca, S.A., o la persona en quien delegue.
b) SECRETARIO: El Secretario adjunto del Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento xx Xxxxx, o un Asesor Jurídico de la EMT-Palma..
c) INTERVENTOR: El Interventor de la Corporación Local, o la persona en quien delegue.
d) VOCALES: - El Director Gerente de la Empresa Municipal de Transports Xxxxxx xx Xxxxx de Mallorca, S.A., o la persona en quien delegue. - Un Asesor Jurídico de la Empresa Municipal de Transports Xxxxxx xx Xxxxx de Mallorca, S.A., o la persona en quien delegue. - La Directora Financiera. de la EMT-Palma o la persona en quien delegue.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. (cláusula 15.a) Presidente: Titular Suplente Secretario: Titular Suplente Vocales: Titulares Suplentes
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Presidente: X. Xxxx Xxxx Fernández Sánchez, Primer Xxxxxxxx xx Xxxxxxx Delegado de Hacienda y Patrimonio o persona en quien delegue. X. Xxxx Xxxx Ortiz Quevedo, Teniente Alcalde y Concejal Delegado de Comunicación, o persona en quien delegue. X. Xxxxx Xxxxxx Xxxx, Teniente Alcalde Delegado de Nuevas Tecnologías o persona en quien delegue. Miembro del Grupo Político Municipal PSOE. Miembro del Grupo Político Municipal I. U. Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx o persona en quien delegue. Sr. Interventor General de Fondos del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx o persona en quien delegue. • Secretario de la Mesa: Director de Área de Patrimonio, Contratación y Xxxxxxx o persona en quien delegue.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Será la recogida en la letra Q) del Cuadro Anexo.
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. Estará compuesta por los miembros siguientes: • PRESIDENTE: El Concejal de la Delegación municipal interesada en el contrato, persona en quien delegue. • CUATRO VOCALES: El Secretario General de la Corporación, la Interventora Municipal, un Técnico del Servicio que promueva el expediente, el responsable de la Unidad Técnica Jurídica de Compras y Contratación como Asesor Jurídico, o bien, aquellas personas que por ausencia o enfermedad los sustituyan. • SECRETARIO: Un/a funcionario/a del Departamento de Contratación. La composición de los miembros de la Mesa de Contratación se publicará en el perfil de contratante, con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrarse para la calificación de la documentación administrativa, una vez publicado el anuncio de licitación en el Boletín Oficial del Estado. Art. 21.4 del RD 817/2009 de 8 xx Xxxx, El presidente de la Mesa de Contratación ordenará la apertura de los sobres "A" que contienen la documentación administrativa, presentada en tiempo y forma. A los efectos de la calificación de la documentación presentada, previa la constitución de la mesa de contratación, el Presidente ordenará la apertura de los sobres que contengan la documentación a que se refiere el artículo 79.2 de la Ley, y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados. Sin perjuicio de lo anterior, las circunstancias reseñadas deberán hacerse públicas a través de anuncios en el perfil de contratante, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen ante la propia mesa de contratación. De lo actuado, se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. La mesa, una vez calificada la documentación a que se refiere la documentación acreditativa de las circunstancias citadas en los Art. 43 a 71. LCSP y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección de las mismas, a que hace referencia el Art. 11 del RGLCAP, con un pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. A los efectos establecidos en los Arts. 43 a 71 LCSP, el órgano y la mesa de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documen...
COMPOSICIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN. La Mesa de Contratación será el órgano competente para la valoración de las ofertas, estará constituida por el Presidente de la Comunidad de Regantes, tres vocales designados por la Comunidad, el Secretario de la Comunidad, el asesor jurídico, y un asesor técnico designado por el Presidente de la Comunidad. Respecto a los miembros de la Mesa de Contratación deben manifestar mediante una declaración responsable no tener interés ni relación personal, profesional o económica con las empresas que concurran a la licitación. En caso de que algún miembro de la mesa o asesor tuviese relación con alguna de las empresas licitadoras, deberá de abstenerse de participar en el procedimiento de adjudicación.