Common use of CONDICIONES GENERALES Clause in Contracts

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor del Pueblo llevará a cabo, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, previsto y regulado en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Service Agreement, Service Agreement

CONDICIONES GENERALES. 2.11.1. INDEPENDIENTE SAF es una sociedad anónima cerrada inscrita en la Partida Nº 13545724 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, autorizada por Resolución de Superintendente N° 092-2019-SMV/02 del 00 xx xxxxx xx 0000 x xxxx xxxxxx xx dedicarse principalmente a la administración de Fondos Mutuos de Inversión en Valores, Fondos de Inversión y las demás actividades propias de su objeto social. 1.2. El Defensor del Pueblo llevará Contrato regula las disposiciones generales que le son aplicables a cabotodos los Fondos Mutuos de Inversión en Valores que administra o sean administrados en un futuro por INDEPENDIENTE SAF (LOS FONDOS MUTUOS), mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, previsto y regulado siempre que se encuentren inscritos en el Texto Refundido Registro Público xxx Xxxxxxx de Valores (RPMV) administrado por la Ley Superintendencia xx Xxxxxxx de Contratos del Sector Público Valores (en adelante TRLCSPSMV). 1.3. Las actividades de cada uno de LOS FONDOS MUTUOS se regulan por la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores (LMV), la contratación del servicio el Reglamento de limpiezaFondos Mutuos y sus Sociedades Administradoras, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Instituciónaprobado por Resolución CONASEV N° 068- 2010- EF/94.01.1 (REGLAMENTO), así como la recogida por el Reglamento de Participación, su correspondientes Anexo y retirada el Prospecto Simplificado de residuos que se generencada uno de LOS FONDOS MUTUOS. 2.21.4. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero Forman parte del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por Contrato, el adjudicatario en las labores formato de limpiezaSuscripción/Rescate, Solicitudes de la duración Traspaso, Transferencia, Rescate Programado y Suscripción Programada, siendo también de éstasaplicación el Reglamento de Participación, su correspondiente anexo y los Prospectos Simplificados de cada FONDO MUTUO, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado cualquier modificación a sus términos y condiciones que le haya sido comunicada a EL PARTÍCIPE en la proposición presentada forma y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa plazos establecidos en la realización de su cometidoLMV. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Contrato De Administración De Fondos Mutuos De Inversión en Valores, Contrato De Administración De Fondos Mutuos De Inversión en Valores

CONDICIONES GENERALES. 2.1LIBERTYMOTOS 01/16 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx. Reg. Merc. de Madrid, Tomo 29777, Secc. 8ª, Hoja M-377257, Folio 2, CIF: X-00000000. El Defensor estado miembro al que corresponde el control de la actividad aseguradora de la entidad es España, y la autoridad de control la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Pueblo llevará a caboMinisterio de Economía y Competitividad. La legislación aplicable al contrato es la española, mediante procedimiento abierto en concreto, la Ley 50/80 de regulación armonizada 8 de octubre de Contrato de Seguro, la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y con tramitación ordinaria, previsto solvencia de entidades aseguradoras y regulado en las normas que lo desarrollan y el Texto Refundido texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de Contratos vehículos a motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004. LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., dispone de un Departamento de Atención al Cliente y de un Defensor del Sector Público (en adelante TRLCSP)Cliente, la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes para atender y resolver quejas y reclamaciones derivadas de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido actuación de la palabrapropia entidad o de sus agentes de seguros u operadores de bancaseguros, conforme al procedimiento previsto en la Orden ECO 734/2004, de 11 xx xxxxx. Los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones derechohabientes de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado mismos podrán someter sus quejas y reclamaciones: – Al Departamento de Atención al Cliente de Liberty Seguros, mediante escrito dirigido Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcanfax 00 000 00 00, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar e-mail: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx – En segunda instancia, al Defensor del PuebloCliente de Liberty Seguros, cualquier cambio mediante escrito dirigido al domicilio X/ Xxxxxxx xx la Ensenada 2, 28004 Madrid, por fax 00 000 00 00, o e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx Las quejas y reclamaciones formuladas por los clientes, serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajodos meses desde su presentación. En caso de despido disconformidad con el resultado del pronunciamiento adoptado por cualquiera de las instancias anteriormente citadas, o sustituciónsi ha transcurrido el plazo de dos meses sin haber obtenido una respuesta, el adjudicatario devolverá reclamante podrá formular su queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, mediante escrito dirigido al domicilio en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx. Además de los cauces de reclamación indicados anteriormente, los conflictos podrán plantearse en vía judicial ante los jueces y tribunales competentes. Se encuentra a disposición de los clientes en las autorizaciones al Defensor oficinas de Liberty Seguros, el Reglamento para la Defensa del PuebloCliente, donde se detalla el procedimiento para la atención de quejas y reclamaciones. Este También se reserva podrá tener acceso a dicho reglamento en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o a través de su mediador. La entidad aseguradora LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. tiene su domicilio social en Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxxxx (Xxxxxx). La entidad ha adoptado la forma jurídica de sociedad anónima. Le aconsejamos que lea detenidamente las condiciones generales y particulares de este contrato para conocer sus derechos y obligaciones. Compruebe los datos que figuran en las condiciones particulares y si todos son correctos, remítanos firmado el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio ejemplar a devolver firmado. Si algún dato no es correcto, debe comunicárnoslo para proceder a su modificación. No olvide comunicar cualquier variación que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos produzca en las personas declaradas como conductores de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, moto asegurada. Es importante que ejercerá ordinariamente lleve en su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área vehículo el recibo de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento prima de la prestación última anualidad como justificante de la existencia del servicio. 2.9seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria. El Defensor del Pueblo podrá reclamar Tenga en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene cuenta que puede ser sancionado en el trabajo, así como copia caso de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones que no lo aporte cuando le sea solicitado por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad autoridades de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblotráfico. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.18 19 20 21 22 23 24 25 26

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Samples: Condiciones Generales

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor del Pueblo llevará a cabopresente pliego constituye el conjunto de instrucciones, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada normas y especificaciones que, junto con tramitación ordinaria, previsto y regulado las establecidas en el correspondiente pliego de prescripciones técnicas, deben regir en la presente contratación del servicio de referencia que, tras autorización del órgano de contratación, se adjudicará por el procedimiento abierto. La contratación a realizar se califica como contrato mixto, contractual administrativo de servicios y patrimonial de enajenación de bien inmueble, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 25, 4.1.p, 10 y 19 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), la contratación del servicio aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de limpieza14 de noviembre, higienizaciónquedando sometida, desinfecciónexcepto los efectos, desinsectación, desratización de las sedes cumplimiento y extinción de la Instituciónoperación de enajenación patrimonial, a la mencionada Ley, al Real Decreto 817/2009, del 8 xx xxxx (en adelante RD-817/2009), así como al Reglamento General de la recogida y retirada Ley de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001 (en buen estado de limpiezaadelante RGLCAP), en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada tanto continúe vigente y a lo exigido las cláusulas contenidas en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4cláusulas administrativas partic ulares. El Defensor Así mismo, serán de aplicación las demás disposiciones estatales que regulan la contratación del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con sector público y las dictadas por la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros Comunidad Autónoma de la Institución Región xx Xxxxxx en el marco de sus respectivas comp etencias. A esta contratación es de aplicación el Decreto 82/2001, de 16 de noviembre, por el que se establezcanregula la contratación centralizada de bienes, o servicios y suministros y la Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Fomento de 10 de diciembre de 1992 (BORM nº 7 de 11/01/1993) en lo que no se comporte con oponga al referido Decreto. Los efectos, cumplimiento y extinción de la diligencia precisa en la realización operación de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio enajenación de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez bien inmueble que se introduzcan cambioslleva a cabo se someten a la normativa patrimonial de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx, producto en particular a la Ley 3/1992 de rotaciones30 de julio, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación Patrimonio de los trabajadores del servicio la Comunidad Autónoma de limpiezala Región xx Xxxxxx y sus modificaciones, y les proveerá a la Ley 33/2003, de autorizaciones individualizadas 3 de acceso a los lugares noviembre, del Patrimonio de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata Administraciones Públicas y su dedicación se ajusta a lo indicado Reglamento, aprobado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laboralesReal Decreto 1373/2009, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo28 xx xxxxxx, así como copia a lo establecido en los pliegos de la contratación, siendo, así mismo de aplicación los supuestos de responsabilidad contractual previstos en la legislación civil y su regulación. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los contratos documentos anexos que forman parte del mismo, o de los trabajadores afectos las instrucciones, pliegos o normas de toda índole aprobadas por la Administración, que puedan ser de aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al servicio contratista de limpieza. 2.10la obligación de su cumplimiento. Las especificaciones El presente contrato mixto tiene carácter administrativo, por contar con las que se rige esta contrataciónprestaciones propias del contrato de servicios, presentes en lo referente el contrato con carácter principal y estar dirigido a satisfacer de forma directa o inmediata una finalidad pública. El contratista acepta de forma expresa su sumisión a la cantidad legislación y calidad pliegos anteriormente citados y a la Jurisdicción Contencioso- Administrativa respecto de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto las cuestiones litigiosas que pudiesen derivarse de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16este contrato. El adjudicatario se hará cargo obligará al cumplimiento, bajo su exclusiva responsabilidad, de la recogida las disposiciones vigentes sobre relaciones laborales, seguridad social, prevención de riesgos laborales, protección de datos de carácter personal, medio ambiente, urbanismo y retirada selectiva cualquier otra de los residuos no peligrosos que se generencarácter general.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

CONDICIONES GENERALES. 2.11. El Defensor De conformidad con el artículo 63 del Pueblo llevará Reglamento a cabo, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, previsto y regulado en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Contratación Administrativa (en adelante TRLCSPRLCA), se permite únicamente la contratación presentación de ofertas "vía electrónica" mediante el sistema CompraRED 2.0, la cual deberá contar con la "firma digital" de quien tenga poder para ello, de lo contrario la oferta será inadmisible. El procedimiento para la presentación de oferta digital será el establecido por la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, visible en la siguiente dirección: 2. Deberá cancelar el monto correspondiente al timbre de ¢200,00 (Doscientos colones exactos) del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas (Ley 7105). Este timbre podrá ser cancelado en la cuenta electrónica del Colegio, cuenta corriente Banco xx Xxxxx Rica en colones número 000-0000000-0, bajo el concepto "Pago de timbres CPCECR" e indicar el número de esta Licitación Abreviada. Deberá anexar a la oferta digital el comprobante de dicho pago. 3. Deberá aportar timbre de ¢20,00 (Veinte colones exactos) de La Ciudad de Las Niñas (Ley 6496), debidamente cancelado y adjunto a la oferta digital. Deberá sellarlo con los sellos de la empresa oferente e identificarlo con el nombre y número de la presente licitación. Deberá anexar dicho documento de forma escaneada a la oferta. 4. Los oferentes podrán concurrir a través de cualquiera de las formas de representación contenidas en el artículo 18 del R.L.C.A. 5. La vigencia de la oferta deberá ser igual ó mayor a 60 días hábiles a partir de la apertura de las ofertas. 6. El oferente deberá indicar en la casilla dispuesta en el formulario electrónico de CompraRED el costo mensual del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generenasistencia médica. 2.27. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpiezaEl precio se deberá cotizar y se entenderá para todos los efectos, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones libre de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3impuestos. El Defensor oferente deberá indicar el desglose porcentual del Pueblo podrá factor precio que cotice en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores mano de limpiezaobra, de la duración de éstasinsumos, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada gastos administrativos y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico utilidad (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.P=

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Samples: Servicios De Asistencia Pre Hospitalaria

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor del Pueblo llevará a cabo, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, previsto y regulado en el Texto Refundido 1.- Aprobación de la Ley solicitud. La aprobación de Contratos del Sector Público la presente Solicitud por BANCO CETELEM, S.A., Sociedad Unipersonal (en adelante TRLCSP)CETELEM) está sujeta al estudio previo de la misma y de la documentación que se acompaña. La presente solicitud de crédito se considerará concedida y perfeccionada sólo en el momento en que CETELEM abone al establecimiento por cuenta del titular/es el importe xxx xxxxxxxx solicitado. En ese momento, la contratación del servicio presente solicitud xx xxxxxxxx adquirirá el carácter de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de documento contractual y regirá las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en relaciones entre las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y partes conforme a lo exigido establecido en el presente pliego Contrato. Asimismo CETELEM comunicará al Titular, en caso de prescripciones técnicasconcesión, la emisión de la Tarjeta CETELEM. 2.42.- Objeto. El Defensor CETELEM, abonará al establecimiento, por cuenta del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya titular/es, el importe xxx xxxxxxxx señalado en el plan de financiación, o traslade a cualquier trabajador adscrito a los serviciosel importe de las compras o servicios adquiridos mediante TARJETA, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros sirviendo el presente documento de la Institución que se establezcan, más eficaz autorización. CETELEM podrá también abonar directamente al titular/es el importe xxx xxxxxxxx o no se comporte de las disposiciones realizadas con la diligencia precisa en la realización de cargo a su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajoTARJETA. En caso de despido o sustituciónhaber más de un titular, éstos se obligan solidariamente al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el presente contrato. 3.- Cálculo de la T.A.E. La Tasa Anual Equivalente (T.A.E.) se ha obtenido aplicando la fórmula contenida en el Anexo I de la Ley 16/2011, de 24 xx xxxxx, de Contratos de Crédito al Consumo (BOE nº 151), teniendo en cuenta todos los gastos, comisiones e intereses que debe abonar el titular/es, conocidas por CETELEM en el momento de la formalización de la Operación y que se indican en el Plan de Financiación elegido, bajo la hipótesis de que el contrato se mantendrá en vigor durante toda su duración y que se cumplen las condiciones pactadas, no incluyendo las penalizaciones e indemnizaciones en caso de impago. Adicionalmente, en el caso de la Tarjeta de Crédito, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor cálculo de la T.A.E. se realiza teniendo en cuenta los siguientes supuestos: un importe máximo del Pueblo. Este crédito de 1.500 euros, del que se reserva el derecho ha dispuesto en su totalidad de comprobar forma inmediata con una duración de un año abonándose en 12 plazos mensuales iguales a partir de la fecha de disposición, que el número tipo de empleados dedicados al servicio interés y comisiones son los indicados en el presente contrato y que se contrata elpago final liquida el saldo de capital, intereses y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicatariacomisiones. 2.84.- Banca a distancia. El adjudicatario deberá asignar una personatitular/es autoriza a CETELEM, con los debidos conocimientos en el marco de las relaciones contractuales iniciadas a raíz del presente contrato de crédito y en su caso de seguro, a grabar y conservar las conversaciones telefónicas mantenidas entre las partes como medio de prueba de las mismas. CETELEM mantendrá un registro informático de dichas conversaciones que podrá ser utilizado, junto a la propia grabación, como prueba de la actividad objeto comunicación mantenida, ante reclamaciones del servicio titular/es o procedimientos judiciales o administrativos entre las partes. El titular autoriza expresamente que las condiciones particulares del contrato de crédito que solicitara, sean grabadas y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento utilizadas como prueba de la prestación existencia del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajocontrato, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por a conservar las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos ydirecciones IP u otros identificadores electrónicos, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta tiempo señalado en la valoración técnica. 2.11. Todo legislación aplicable a los mismos fines que los anteriores en el material necesario para la perfecta realización caso de los trabajos operaciones a través de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación Internet de los dos edificios de la sede del Defensor del Puebloque dispone CETELEM. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Loan Agreement

CONDICIONES GENERALES. 2.11.- El proveedor deberá proporcionar una póliza de administración simplificada. El Defensor xxxx.xx@xxxxxx.xxx.xx | xxx.xx.xxxxxx.xxx.xx 2.- La presente Póliza de Accidentes Personales Escolar en su Plan de Guardería deberá cubrir los accidentes que ocurran durante la vigencia de la póliza, sin incluir el periodo de vacaciones y mientras se encuentren en: - Dentro del Pueblo llevará a caboedificio o predio del colegio o escuela, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, previsto y regulado durante el tiempo que se requiera estar en el Texto Refundido mismo, ya sea día ordinario o extraordinario de clases. - Asistiendo o participando en eventos organizados, programados, aprobados y supervisados por las autoridades competentes de la Ley de Contratos del Sector Público (Estancia Infantil Uno o Estancia Infantil Dos o ambas. - Viajando en adelante TRLCSP)grupo directamente desde o hasta el lugar donde se efectuaren tales eventos, la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes dentro de la Instituciónrepública mexicana, así en la inteligencia de que, durante el viaje, el grupo deberá estar también bajo la supervisión de la referida autoridad. - Viajando desde su domicilio a la estancia infantil y viceversa en automóvil particular conducido por personas con licencia expedida por el departamento de tránsito, o como pasajero mediante remuneración en cualquier vehículo terrestre que tenga licencia para llevar pasajeros, o en camiones propios de la recogida estancia, con propósito de asistir a las actividades propias de la misma y retirada de residuos que se generenviceversa. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado 3.- Esta Póliza no contempla fórmula de limpieza, en el más amplio sentido dividendos. 4.- El pago de la palabraprima, será en una sola exhibición mediante transferencia bancaria; y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones no se cobrará recargo alguno a la Contratante por el pago fraccionado de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliegola prima ni por derecho de la póliza. 2.35. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido Para todos aquellos conceptos no descritos en el presente pliego procedimiento operarán las condiciones generales del seguro del proveedor prevaleciendo las condiciones particulares solicitadas por la Contratante, siempre y cuando en ningún momento limiten o perjudiquen o contrapongan las condiciones particulares de prescripciones técnicasla contratante, por lo cual se cuenta con la cláusula de prelación. 2.46. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies Siniestralidad reportada en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo últimas vigencias: Vigencia del 01/01/2021 al uso 31/12/2021 (parcial al 22 de productos ecológicos dicho material deberá reunir diciembre de 2023) Vigencia del 16/02/2022 al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes31/12/2022 (parcial al 22 de diciembre de 2023) Vigencia del 06/03/2023 al 31/12/2023 (parcial al 22 de diciembre de 2023) Según Anexo 6 numeral 6.4. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Licitación Pública Nacional

CONDICIONES GENERALES. 2.1. 1.- El Defensor del Pueblo llevará a caboPliego está disponible, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinariasin ningún costo, previsto y regulado en el Texto Refundido portal xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx y/o por medio del portal de compras públicas xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, de conformidad con lo previsto en el inciso cuarto del artículo 31 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratos del Sector Público Contratación Pública “LOSNCP”, el oferente que resulte adjudicado, una vez recibida la notificación de adjudicación, pagará a UNION CEMENTERA NACIONAL UCEM C.E.M. PLANTA CHIMBORAZO el valor de USD 700,00 (en adelante TRLCSP), la contratación del servicio SETECIENTOS CON 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) por el concepto de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, costos incurridos en el más amplio sentido levantamiento de la palabratextos, reproducción y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmenteedición xxx Xxxxxx, el adjudicatario presentará al Defensor depósito será entregado previo a la firma del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajocontrato. En caso de despido adjudicaciones parciales este monto será prorrateado entre los oferentes adjudicados. 2.- Si el invitado, luego del análisis xxx xxxxxx detecta un error, omisión, inconsistencia, o sustituciónnecesita una aclaración sobre una parte del mismo, el adjudicatario devolverá podrá formular preguntas a la Unión Cementera Nacional UCEM C.E.M. Planta Chimborazo al correo xxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx, para este efecto se realizará una Audiencia de preguntas y aclaraciones entre los oferentes invitados y la Unión Cementera Nacional UCEM C.E.M. Planta Chimborazo donde se absolverá todas las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio dudas que se contrata hubieren generado, tanto por el correo electrónico como las expuestas al momento de efectuarse la Audiencia. Ésta se realizará el día límite establecido en el cronograma del proceso a las 11h30 en el Edificio Administrativo de Unión Cementera Nacional UCEM C.E.M. Planta Chimborazo ubicado en la ciudad de Riobamba, calles Primera Constituyente y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicatariaBrasil. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos 3.- Las ofertas Técnica y Económica se presentarán en un sobre único en la Secretaría de la actividad objeto oficina del servicio Departamento de Adquisiciones de UNION CEMENTERA NACIONAL UCEM C.E.M. PLANTA CHIMBORAZO, ubicada en la ciudad de Riobamba, calles Primera Constituyente y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesarioBrasil., que ejercerá ordinariamente su representación hasta la hora y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicacionesdía especificado en el cronograma xxx xxxxxx. La persona designada apertura de las ofertas se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento realizará una hora más tarde de la prestación del serviciohora prevista para la recepción de las ofertas técnicas. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar 4.- La evaluación de la propuesta se realizará en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos función del cumplimiento de las obligaciones laborales, los parámetros establecidos en los términos de seguridad social referencia y posteriormente de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de cumplir los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpiezarequerimientos se procederá a la adjudicación. 2.10. Las especificaciones por las 5.- En ningún caso, los participantes tendrán derecho a reparación o indemnización alguna en caso de que se rige esta cancele o se declare desierto el presente proceso de contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas Los oferentes (personas naturales o jurídicas) deberán incluir en la oferta los siguientes documentos: 1. Nombramiento o poder otorgado por la compañía (persona jurídica), a favor de la persona que suscribe como representante los documentos precontractuales, vigente al momento de la presentación de la oferta y en él hasta su adjudicación. En el caso de consorcio se deberá figurar entregar el poder otorgado por los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientesmiembros que componen el consorcio a la persona que suscriba la oferta. 2.132. Copia simple de la escritura constitutiva de la sociedad que participa, (requisito únicamente para compañías). 3. En caso de que sea un consorcio el que participe, deberá presentar los documentos determinados en el numeral 2) por cada una de las personas jurídicas, y la promesa 4. Copia del certificado de cumplimiento de obligaciones y existencia legal impreso de la página web de la Superintendencia de Compañías. En el caso de consorcios se adjuntará copia de este documento por cada uno de los integrantes del consorcio. El adjudicatario instalará oferente adjudicado deberá presentar los documentos indicados en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticosel literal 1) legalmente certificados (notariados). 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Contract for Acquisition

CONDICIONES GENERALES. 2.1LIBERTYAUTOS 07/15 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx. Reg. Merc. de Madrid, Tomo 29777, Secc. 8ª, Hoja M-377257, Folio 2, CIF: X-00000000. El Defensor estado miembro al que corresponde el control de la actividad aseguradora de la entidad es España, y la autoridad de control la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Pueblo llevará a caboMinisterio de Economía y Competitividad. La legislación aplicable al contrato es la española, mediante procedimiento abierto en concreto, la Ley 50/80 de regulación armonizada 8 de octubre de Contrato de Seguro, y con tramitación ordinaria, previsto y regulado en el Texto Refundido texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP)ordenación y supervisión de los seguros privados, la contratación del servicio aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004 de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización 29 de las sedes octubre; texto refundido de la InstituciónLey sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004, así como la recogida las normas que los desarrollan. LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y retirada Reaseguros, S.A., dispone de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria un Departamento de Atención al Cliente y de un Defensor del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpiezaCliente, en el más amplio sentido para atender y resolver quejas y reclamaciones derivadas de la palabraactuación de la propia entidad o de sus agentes de seguros u operadores de bancaseguros, conforme al procedimiento previsto en la Orden ECO 734/2004, de 11 xx xxxxx. Los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones derechohabientes de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado mismos podrán someter sus quejas y reclamaciones: – Al Departamento de Atención al Cliente de Liberty Seguros, mediante escrito dirigido Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcanfax 00 000 00 00, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar e-mail: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx – En segunda instancia, al Defensor del PuebloCliente de Liberty Seguros, cualquier cambio mediante escrito dirigido al domicilio X/ Xxxxxxx xx la Ensenada 2, 28004 Madrid, por fax 00 000 00 00, o e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx Las quejas y reclamaciones formuladas por los clientes, serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajodos meses desde su presentación. En caso de despido disconformidad con el resultado del pronunciamiento adoptado por cualquiera de las instancias anteriormente citadas, o sustituciónsi ha transcurrido el plazo de dos meses sin haber obtenido una respuesta, el adjudicatario devolverá reclamante podrá formular su queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, mediante escrito dirigido al domicilio en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx. Además de los cauces de reclamación indicados anteriormente, los conflictos podrán plantearse en vía judicial ante los jueces y tribunales competentes. Se encuentra a disposición de los clientes en las autorizaciones al Defensor oficinas de Liberty Seguros, el reglamento para la Defensa del PuebloCliente, donde se detalla el procedimiento para la atención de quejas y reclamaciones. Este También se reserva podrá tener acceso a dicho reglamento en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o a través de su mediador. La entidad aseguradora LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. tiene su domicilio social en Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxxxx (Xxxxxx). La entidad ha adoptado la forma jurídica de sociedad anónima. Le aconsejamos que lea detenidamente las condiciones generales y particulares de este contrato para conocer sus derechos y obligaciones. Compruebe los datos que figuran en las condiciones particulares y si todos son correctos, remítanos firmado el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio ejemplar a devolver firmado. Si algún dato no es correcto, debe comunicárnoslo para proceder a su modificación. No olvide comunicar cualquier variación que se contrata y produzca en las personas declaradas como conductores del vehículo asegurado. Es importante que lleve en su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos vehículo el recibo de prima de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento última anualidad como justificante de la prestación existencia del servicio. 2.9seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria. El Defensor del Pueblo podrá reclamar Tenga en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene cuenta que puede ser sancionado en el trabajo, así como copia caso de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones que no lo aporte cuando le sea solicitado por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad autoridades de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblotráfico. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 27 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.29

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Samples: Condiciones Generales

CONDICIONES GENERALES. 2.13.1. El Defensor Normativa: En base la disposición contenida en el artículo 104 del Pueblo llevará Reglamento a cabola Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y luego de que el Instituto Nacional de Contratación Pública INCOP, mediante procedimiento abierto oficios Nos. DE-2811-2010 de regulación armonizada y con tramitación ordinaria26 xx xxxxx de 2010 e INCOP-DE-OF-0469- 2011 de 20 xx xxxxx de 2011, previsto y regulado en aprobó el Texto Refundido Giro Específico de Negocio de Cemento Chimborazo C.A. para la Ley adquisición de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP)insumos industriales, la contratación del servicio máxima autoridad de limpiezaCemento Chimborazo C.A. emitió las Resoluciones No. GGR-CCH-037-2010 de 04 de enero de 2010, higienización, desinfección, desinsectación, desratización la Resolución GGR-102-2011 de las sedes 21 xx xxxxx de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra2011, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones la Resolución CP-GGR-250-2012, por la cual se señala el procedimiento para la contratación de este insumo industrial. CEMENTO CHIMBORAZO C.A.” , se encuentra contemplado dentro del giro específico del negocio de Cemento Chimborazo C.A., el presente concurso público está sometido al “Reglamento del Giro Específico del Negocio para la Adquisición de Bienes, Ejecución de Obras y Prestación de Servicios incluidos los trabajos recogidas en el apartado tercero del de Consultoría para la Empresa Cemento Chimborazo C.A.”, según Resolución No. CP- GGR-027-2012 y al presente pliego. 2.33.2. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en Participantes: La convocatoria está abierta a las labores de limpiezapersonas naturales y jurídicas, de la duración nacionales o asociaciones de éstas, así como legalmente capaces para contratar con el sector público, que puedan ofertar para la “ADQUISICIÓN DE 320 000 GALONES DE COMBUSTIBLE DIESEL 2 PARA CEMENTO CHIMBORAZO C.A.” Empresas Nacionales 1.- Copia simple del Registro Único de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado Proveedores en la proposición presentada y a lo exigido donde conste que se encuentra registrado, en el caso de ser adjudicado deberá estar debidamente habilitado en el RUP para proveer bienes al Estado. 2.- Nombramiento o poder otorgado por la compañía a favor de la persona que suscribe como representante los documentos precontractuales, vigente al momento de la presentación de la oferta y hasta su adjudicación. En el caso del consorcio se deberá entregar el poder otorgado por los miembros que componen el consorcio a la persona que suscriba la oferta. 3.- Los Formularios numerados del 1 al 9. 4.- Copia simple de la escritura constitutiva de la sociedad que participa, (requisito únicamente para compañías). 5.- En caso de que sea un consorcio el que participe, deberá presentar los documentos determinados en el numeral 6) del presente pliego por cada una de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicioslas empresas, cuando no proceda con y la debida corrección promesa de consorcio; en sus dependenciascaso de ser un consorcio el participante, no observe las medidas y controles una vez adjudicado deberá entregar la escritura pública de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados consorcio debidamente protocolizada en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará Ecuador una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacacionesle haya declarado como adjudicatario. 2.7. El Defensor 6.- Copia simple del Pueblo requerirá un sistema certificado de acreditación cumplimiento de los trabajadores obligaciones y existencia legal emitido por el ente regulador del servicio domicilio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajola compañía. En caso de despido no tener una autoridad que emita este documento, se deberá entregar una certificación de existencia legal avalada por el Cónsul del Ecuador en el domicilio de la compañía. En el caso de consorcios este documento deberá entregarse por cada uno de los integrantes del consorcio. 7.- Nombramiento o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado poder otorgado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos compañía a favor de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesariopersona que suscribe como representante en los documentos precontractuales, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento vigente al momento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento presentación de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él hasta su adjudicación. En el caso del consorcio se deberá figurar entregar el poder otorgado por los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientesmiembros que componen el consorcio a la persona que suscriba la oferta. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Acquisition Agreement

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor del Pueblo llevará a cabo, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, En lo no previsto y regulado en las precedentes Condicic;mes Particulares reg.ran subsidiariamente las estipulaciones previstas en las Condiciones Generales contenidas en el Texto Refundido ANEXO 11 de la Ley Disposición N° 10/2012 dictada en fecha 21 de Contratos septiembre de 2012 por la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros (B.O. N°32.490 del Sector Público (en adelante TRLCSP28/09/2012), la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado dan por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido suficientemente reproducidas en el presente pliego Convenio de prescripciones técnicas. 2.4Leasing. El Defensor "OTRO SI DIGO, se deja constancia que en el valor contractual y al solo determinación del Pueblo podrá exigir gravamen, sien Anexo al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles convenio de seguridad y para la debida protección Leasing Detalle de los datos custodiados en los ficheros Automotores Nro. Tipo Marca Modelo Dominio Motor Nro. Chasis Nro. Vendedor' 1 Furgón (itraen Berlingo Furgón 1.4i Van Peugeot (itraen Argentina SA 2 Furgón Citraen Berlingo Furgón l.4i Van Peugeot Citraen Argentina SA 3 Furgón Citraen Berlingo Furgón l.4i Van Peugeot Citraen Argentina SA 4 Furgón Citraen Berlingo Furgón 1.4i Van Peugeot Citraen Argentina SA 5 Furgón (itraen Berlingo Furgón l.4i Van . Peugeot Citroen Xxxxxxxxx XX Xxxxxx Xxxxx, 00 xx XXXXXX F 002366484 2 TITULAR XXX XXXXXXXX X° 00 XX XX XXXXXXX XXXXXXX 3 CERTIFICO: Que la/s FIRMAS 4 documento que adjunt~ a esta foja, cuyo requerimiento de la Institución que certificación se establezcan, 5 formaliza simultáneamente por ACTA número 200 del LIBRO I ~ 080 7 cuyo/s nombre/s y documento/s de identidad se menciona/o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, continuación así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.como

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Samples: Leasing Agreement

CONDICIONES GENERALES. 2.11.1. El Defensor Las cuentas de G Suite for Education del Pueblo llevará Colegio Ntra. Xxx. xx Xxxxx constituyen un servicio que el centro proporciona a cabodocentes y personal de administración y servicios que trabajan en él, mediante procedimiento abierto y a los alumnos y alumnas que cursan sus enseñanzas regladas. 1.2. Las cuentas de regulación armonizada G Suite for Education del Colegio Ntra. Xxx. xx Xxxxx serán creadas y utilizadas de acuerdo con tramitación ordinaria, previsto y regulado las condiciones establecidas en el Texto Refundido acuerdo suscrito entre Colegio Ntra. Xxx. xx Xxxxx y Google. Los términos del acuerdo genérico "G Suite for Education for Education" pueden consultarse en el sitio web de G Suite for Education, en la página xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxx/xxxx/xx/xxxxx/xxxxxxxxx_xxxxx.xxxx 1.3. Las cuentas de G Suite for Education del Colegio Ntra. Xxx. xx Xxxxx deberán ser utilizadas por los centros, docentes y personal de administración y servicios que trabaja en ellos, y los alumnos y alumnas que cursan sus enseñanzas regladas, en tareas relacionadas con su actividad educativa. 1.4. La publicación y distribución de cualquier tipo de contenido mediante los servicios y aplicaciones vinculados a las cuentas de G Suite for Education del Colegio Ntra. Xxx. xx Xxxxx deberá realizarse de acuerdo con la legislación vigente sobre protección de datos de carácter personal. 1.5. Queda estrictamente prohibido el uso de las cuentas de G Suite for Education del Colegio Ntra. Xxx. xx Xxxxx, y de todos los servicios y aplicaciones vinculados a ellas, para actividades comerciales o publicitarias. 1.6. Las cuentas de G Suite for Education serán, salvo excepciones, nominales y responderán siempre a una persona física, pudiendo gestionarse “Alias” para asignar otras direcciones por cargo o grupo. 1.7. Todo oficio, invitación o trámite que no requiera firma y sello institucional, se encaminará vía correo electrónico institucional. 1.8. Los Usuarios o representantes legales son responsables de todas las actividades realizadas con sus cuentas de acceso y su buzón asociado a Colegio Ntra. Xxx. xx Xxxxx. 1.9. Es una falta grave facilitar y ofrecer acceso a la propia cuenta a personas no autorizadas; la cuenta es personal e intransferible. 1.10. Es responsabilidad de cada usuario procurar la salvaguarda de los datos contenidos en las aplicaciones de G Suite for Education haciendo uso periódico de la Ley aplicación Google Takeout ofrecido por el programa Data Liberation 1.11. Colegio Ntra. Xxx. xx Xxxxx podrá crear cuentas para la administración de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Instituciónbackups, así como la recogida habilitar LDAP y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y Single Sign On para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte autenticación con la diligencia precisa en la realización de su cometidoterceros servicios. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Política De Uso De Las Cuentas G Suite for Education

CONDICIONES GENERALES. 2.1El pase de temporada es un producto de parque de atracciones xx xxxxxxxx, s.a., con c.i.f. El Defensor a50026517, grupo empresarial dedicado al sector del Pueblo llevará a caboocio (en adelante, mediante procedimiento abierto parque de regulación armonizada atracciones). dicho pase de temporada se oferta con carácter individual para los siguientes establecimientos: parque de atracciones xx xxxxxxxx, acuario fluvial xx xxxxxxxx y las playas xx xxxxxxxx, comercializándose con tramitación ordinarialos nombres de “diverpark”, previsto y regulado en el Texto Refundido “acuario” respectivamente; y de la Ley misma forma, se ofertan dos pases de Contratos temporada combinados: “mix”, para su utilización en parque de atracciones y acuario fluvial, y “pase premium”, para su utilización en los tres establecimientos citados. Todos los pases mencionados se ofertarán en modalidad infantil (hasta 12 años inclusive) y en modalidad adulto (a partir de 12 años). igualmente, se ofertan los mencionados tipos de pase de temporada para familias de hasta 4 miembros. De la adquisición del Sector Público (en adelante TRLCSP), la contratación pase de temporada se deriva del servicio derecho de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Instituciónacceso al recinto del establecimiento para el cual se ha adquirido aquél, así como del disfrute de sus instalaciones, en los términos y condiciones incluidos en las presentes condiciones generales de contratación, respetando las normas de uso y funcionamiento generales y específicas de cada una de ellas. dichas normas aceptadas a la recogida y retirada firma de residuos la presente solicitud pueden consultarse en la/s página/s web/s de los establecimientos para los que se generen. 2.2oferta el pase: xxx.xxxxxxxxx.xxx y xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx). La empresa adjudicataria así como en la propia página web del servicio estará obligada grupo. El presente documento acredita a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, las personas cuyos datos se reseñan en el más amplio sentido anverso como titulares del pase de temporada especificado, siendo éste un documento personal e intransferible. Este documento y el propio pase es propiedad de parque de atracciones, y carecerá de validez sin el correspondiente sello, viseo y firma de la palabraempresa que justifique el pago del pase de temporada parque de atracciones. además, y el pase de temporada podrá ofrecer a sus principales obligaciones figuran titulares diversas ventajas en la adquisición de productos o servicios de terceros, según condiciones convenidas o que puedan convenirse, las especificaciones cuales serán debidamente comunicadas a sus efectos. para el disfrute de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpiezareferidas ventajas será requisito indispensable, la presentación de la duración tarjeta del pase de éstas, así como temporada no siendo válida la mera presentación del impreso de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicassolicitud. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Condiciones Generales De Contratación

CONDICIONES GENERALES. 2.1Es obligación del oferente presentar su oferta de manera ordenada y completa. La oferta debe ser firmada por la persona legalmente facultada para ello. El Defensor oferente debe presentar tres (3) copias fieles a la oferta original. Los oferentes podrán concurrir a través de cualquiera de las formas de representación contenidas en el Art. 54 del Pueblo llevará R.G.C.A. La administración recuerda la potestad que tiene de realizar adjudicación parcial. En la oferta debe indicarse claramente la persona responsable a caboquién notificar y la dirección correspondiente en el ÁREA METROPOLITANA, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada no indicarse lugar de notificación, toda comunicación se entenderá realizada en el transcurso de 2 días hábiles a partir de la emisión del acto administrativo. En la contratación de marras rigen las disposiciones normativas contenidas en las siguientes regulaciones: Ley #6227 Ley General de la Administración Pública, Ley #7494 Ley de Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo #25038-H, Decreto Ejecutivo #26076-MP-MEIC, Ley 8422 Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la función pública, Ley 8403 Aprobación del Contrato xx xxxxxxxx Nº1451/OC-CR entre la República xx Xxxxx Rica y el Banco Interamericano de Desarrollo Programa de Desarrollo del Sector Salud publicado en La Gaceta 49 del Miércoles 10 xx xxxxx del 2004 y demás cuerpos legales que por su conexión u otras razones jurídicas sean aplicables. Todos los documentos integrantes de la oferta deben presentarse en idioma Español de acuerdo a lo establecido en el artículo 50.2 del Reglamento General de Contratación Administrativa Se advierte a los participantes que la adjudicación que recayere, al igual que la fase de ejecución, quedan sujetas al previo refrendo o aprobación que correspondiere de conformidad con la Resolución de la Contraloría Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx 00 xx xxxxx xxx 0000. Dado el origen de los fondos se aceptarán como posibles proveedores las personas físicas con nacionalidad de alguno de los países miembros del BID, o las personas jurídicas constituidas y con tramitación ordinaria, previsto y regulado sede en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones alguno de los trabajos recogidas en el apartado tercero países miembros del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.BID:

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Samples: Consultancy Agreement

CONDICIONES GENERALES. 2.1LIBERTYACCIDENTES 04/17 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx. Reg. Merc. de Madrid, Tomo 29777, Secc. 8ª, Hoja M-377257, Folio 2, CIF: X-00000000. El estado miembro al que corresponde el control de la actividad aseguradora de la entidad es España, y la autoridad de control la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Competitividad. La legislación aplicable al contrato es la española, en concreto, la Ley 50/80 de 8 de octubre de Contrato de Seguro y la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras y las normas que lo desarrollan. LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., dispone de un Departamento de Atención al Cliente y de un Defensor del Pueblo llevará a caboCliente, para atender y resolver quejas y reclamaciones derivadas de la actuación de la propia entidad o de sus agentes de seguros u operadores de bancaseguros, conforme al procedimiento previsto en la Orden ECO 734/2004, de 11 xx xxxxx. Los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y derechohabientes de los mismos podrán someter sus quejas y reclamaciones: – Al Departamento de Atención al Cliente de Liberty Seguros, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinariaescrito dirigido Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, previsto y regulado en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP)0, la contratación del servicio de limpieza00000 Xxxxxx, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcanfax 00 000 00 00, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx – En segunda instancia, al Defensor del PuebloCliente de Liberty Seguros, cualquier cambio mediante escrito dirigido al domicilio X/ Xxxxxxxxx 00, 28001 Madrid, por fax 00 000 00 00, o e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx Las quejas y reclamaciones formuladas por los clientes, serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajodos meses desde su presentación. En caso de despido disconformidad con el resultado del pronunciamiento adoptado por cualquiera de las instancias anteriormente citadas, o sustituciónsi ha transcurrido el plazo de dos meses sin haber obtenido una respuesta, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva reclamante podrá formular su queja o reclamación ante el derecho Servicio de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos Reclamaciones de la actividad objeto Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, mediante escrito dirigido al domicilio en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx. Además de los cauces de reclamación indicados anteriormente, los conflictos podrán plantearse en vía judicial ante los jueces y tribunales competentes. Se encuentra a disposición de los clientes en las oficinas de Liberty Seguros, el Reglamento para la Defensa del servicio Cliente, donde se detalla el procedimiento para la atención de quejas y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesarioreclamaciones. También se podrá tener acceso a dicho reglamento en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, que ejercerá ordinariamente o a través de su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicacionesmediador. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área entidad aseguradora LIBERTY SEGUROS, Compañía de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento Seguros y Reaseguros, S.A. tiene su domicilio social en Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxxxx (Xxxxxx). La entidad ha adoptado la forma jurídica de la prestación del serviciosociedad anónima. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Insurance Contract

CONDICIONES GENERALES. 2.1III.1.- Normas por las que se rige. El Defensor del Pueblo llevará a cabopresente procedimiento se regirá por el presente Pliego así como por el Pliego General de Xxxxxxxxx Económico-Administrativas de S.F.M., mediante procedimiento abierto y por el contrato ejecución de regulación armonizada y obra que se suscriba con tramitación ordinariael adjudicatario. Igualmente resultarán de aplicación los preceptos que se citen de los siguientes textos legales:  Ley 30/2007, previsto y regulado en el Texto Refundido de la Ley 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP, en adelante TRLCSPadelante), la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, sólamente cuando así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido indique expresamente en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 díasPliego, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14términos contenidos en el mismo. Será  Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (jabón líquidoRGLCAP, ambientador, papel higiénico y papel seca manosen adelante), según sólamente cuando así se indique expresamente en el formato que utilicen los dispensadores instalados presente Pliego, y en los aseos. 2.15términos contenidos en el mismo. Ha de indicarse, en este sentido, que la presente adjudicación estará sometida, en cualquier caso a los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, de acuerdo con lo dispuesto en la letra a) del artículo 175 de la LCSP, en relación con la Disposición Adicional Undécima del mismo texto legal. A efectos judiciales SFM y el contratista, con renuncia a su fuero propio y domicilio, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales xx Xxxxx. Revestirán carácter contractual los Pliegos empleados en el presente procedimiento, el proyecto y el acta de comprobación del replanteo. El adjudicatario proyecto que sirve de base a la licitación constituye parte integrante del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, como Anejo número 2. El órgano de contratación será el responsable del mantenimiento para encargado de interpretar la desratización, desinfección y desinsectación mencionada documentación con carácter contractual.  El contrato se adjudicará por el procedimiento abierto con pluralidad de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblocriterios. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Contract for Civil Works

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor Es obligación del Pueblo llevará a cabooferente presentar su oferta de manera ordenada, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada completa y con tramitación ordinaria, previsto y regulado en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generenidioma español. 2.2. La empresa adjudicataria fecha límite para la recepción de ofertas es el día 13 de noviembre del servicio estará obligada 2017 a mantener dichas sedes en buen estado las 10:00:00 horas, conforme al artículo 52, inciso c) del Reglamento a la Ley de limpiezaContratación Administrativa. Para los efectos, la hora que rige es la que indique el reloj marcador del Departamento de Proveeduría de la Asamblea Legislativa. El acto de apertura de las ofertas se realizará en el más amplio sentido Departamento de la palabraProveeduría, sita del cine Xxxxxx, 50 metros norte y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego00 xxxxxx xxxxx, xxxxxxxx Xxxxx 0 piso. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer oferente deberá presentar un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, original de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado oferta en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego recepción del Departamento de prescripciones técnicasProveeduría de esta Institución EN SOBRE CERRADO. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade En ningún caso se aceptará la presentación de ofertas vía telefónica, a cualquier trabajador adscrito a los serviciostravés de medios electrónicos de transmisión de datos, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependenciascasilleros electrónicos, no observe las medidas y controles facsímiles u otros medios. Segundo piso, Xxxxxxxx Xxxxx, Apdo. 81-1013, San Xxxx, Xxxxx Rica Teléfono: 00000000 • Fax: 00000000• E-mail: xxxxxx.xxxxxxx@xxxxxxxx.xx.xx 2017CD-000239-01 Set de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido.televisión Página 2 de25 2.5. El adjudicatario estará obligado En la oferta debe indicarse claramente el nombre, dirección, teléfono, fax y correo electrónico de la persona responsable a comunicar al Defensor quien notificar. De no indicarse lo anterior, toda comunicación se entenderá realizada en el transcurso de dos días hábiles a partir de la emisión del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstanciaacto administrativo. 2.6. InicialmenteCualquier persona física o jurídica que haya intervenido directa o indirectamente en cualquier etapa de este proceso de contratación deberá inhibirse de participar en este concurso como oferente, subcontratista o parte del equipo técnico. En caso de incumplimiento de esta restricción o cualquiera de las otras prohibiciones será motivo para descalificar la oferta y será acreedor a las sanciones establecidas en el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo Artículo 100 de la relación Ley de trabajadores asignados al servicioContratación Administrativa, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono que implica una inhabilitación para participar en procesos de contacto. Se presentará una relación actualizada contratación administrativa por un período de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacacionesdos a diez años. 2.7. La oferta deberá elaborarse con precios unitarios y totales para cada ítem. Respecto a los precios totales, éstos deben ser anotados en números y letras coincidentes; en caso de divergencia prevalecerá la suma indicada en letras (Art. 25 RLCA) 2.8. El Defensor precio deberá cotizarse libre de tributos e indicarse el desglose del Pueblo requerirá un sistema de acreditación monto y naturaleza de los trabajadores del servicio de limpiezaimpuestos, tasas, sobretasas, aranceles y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajodemás impuestos xxx xxxxxxx local que lo afecte. En caso de despido o sustituciónque la oferta no lo indique, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblose entenderán incluidos y se rebajarán de los precios cotizados. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8(Art. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio.25 RLCA) 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar En caso de ofertas en dólares o cualquier otra moneda extranjera, regirá, para efectos comparativos, el tipo de cambio de referencia para la venta calculado por el Banco Central xx Xxxxx Rica, vigente al momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, la apertura o fecha límite de seguridad social y recepción de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpiezaofertas. 2.10. Las especificaciones por las No serán admisibles los documentos ilegibles o que se rige esta contratacióncontengan omisiones, en lo referente a la cantidad y calidad alteraciones, borrones, tachaduras o que presenten irregularidades de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.cualquier clase

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Samples: Contract for Direct Hiring

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor del Pueblo llevará a cabo, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y De acuerdo con tramitación ordinaria, previsto y regulado lo establecido en el Texto Refundido artículo 3º de la Ley 50/80, de Contratos 8 de octubre (“B.O.E. del Sector Público 17-10-80), se destacan en letra negrita las Cláusulas limitativas de los derechos de los Asegurados contenidas en estas Condiciones Generales de la Póliza de Seguro de Automóvil de AMIC SEGUROS GENERALES S.A. La legislación española sobre Contrato de Seguro, por la Ley 50/80, de 8 de octubre (en adelante TRLCSPB.O.E. 17-10-80), la Ley 30/1995 de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, el Reglamento 2486/1998 de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de vehículos a Motor y su reglamento, aprobado por Real Decreto 7/2001 de 12 de enero, (B.O.E. del 13-01-2001). Lo estipulado en las presentes Condiciones Generales y en las Condiciones Particulares que se emiten en el momento de la contratación del servicio de limpiezaSeguro para concretar e individualizar la Póliza y adaptar el Seguro a las características y necesidades del Asegurado. Lo reflejado, higienizaciónen su caso, desinfección, desinsectación, desratización de en las sedes de la InstituciónCondiciones Especiales, así como la recogida en los Apéndices y retirada de residuos Suplementos que se generen. 2.2emitan para efectuar posteriores modificaciones en la Póliza. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes Primero.-La Entidad Aseguradora es AMIC SEGUROS GENERALES S.A., con Domicilio Social en buen estado de limpiezaEspaña, en el más amplio sentido la ciudad de la palabraMadrid, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas Príncipe xx Xxxxxxx, 11, inscrita en el apartado tercero del presente pliego. 2.3Registro Mercantil de Madrid, Tomo 9100, Gral 7925, Sec.3, Libro de Sociedades, Folio 200, Hoja nº 85375-2, Inscrip.1ª, que tiene como número de identificación fiscal A- 00000000. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores Segundo.-La legislación aplicable a este Contrato es la española y aquellas normas de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario derecho comunitario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización formen parte de su cometidoordenamiento jurídico interno. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Póliza De Seguro De Automóvil

CONDICIONES GENERALES. 2.1LIBERTYMOTOS 04/15 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx. Reg. Merc. de Madrid, Tomo 29777, Secc. 8ª, Hoja M-377257, Folio 2, CIF: X-00000000. El Defensor estado miembro al que corresponde el control de la actividad aseguradora de la entidad es España, y la autoridad de control la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Pueblo llevará a caboMinisterio de Economía y Competitividad. La legislación aplicable al contrato es la española, mediante procedimiento abierto en concreto, la Ley 50/80 de regulación armonizada 8 de octubre de Contrato de Seguro, y con tramitación ordinaria, previsto y regulado en el Texto Refundido texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP)ordenación y supervisión de los seguros privados, la contratación del servicio aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004 de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización 29 de las sedes octubre; texto refundido de la InstituciónLey sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004, así como la recogida las normas que los desarrollan. LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y retirada Reaseguros, S.A., dispone de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria un Departamento de Atención al Cliente y de un Defensor del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpiezaCliente, en el más amplio sentido para atender y resolver quejas y reclamaciones derivadas de la palabraactuación de la propia entidad o de sus agentes de seguros u operadores de bancaseguros, conforme al procedimiento previsto en la Orden ECO 734/2004, de 11 xx xxxxx. Los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones derechohabientes de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado mismos podrán someter sus quejas y reclamaciones: – Al Departamento de Atención al Cliente de Liberty Seguros, mediante escrito dirigido Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcanfax 00 000 00 00, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar e-mail: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx – En segunda instancia, al Defensor del PuebloCliente de Liberty Seguros, cualquier cambio mediante escrito dirigido al domicilio X/ Xxxxxxx xx la Ensenada 2, 28004 Madrid, por fax 00 000 00 00, o e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx Las quejas y reclamaciones formuladas por los clientes, serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajodos meses desde su presentación. En caso de despido disconformidad con el resultado del pronunciamiento adoptado por cualquiera de las instancias anteriormente citadas, o sustituciónsi ha transcurrido el plazo de dos meses sin haber obtenido una respuesta, el adjudicatario devolverá reclamante podrá formular su queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, mediante escrito dirigido al domicilio en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx. Además de los cauces de reclamación indicados anteriormente, los conflictos podrán plantearse en vía judicial ante los jueces y tribunales competentes. Se encuentra a disposición de los clientes en las autorizaciones al Defensor oficinas de Liberty Seguros, el reglamento para la Defensa del PuebloCliente, donde se detalla el procedimiento para la atención de quejas y reclamaciones. Este También se reserva podrá tener acceso a dicho reglamento en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o a través de su mediador. La entidad aseguradora LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. tiene su domicilio social en Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxxxx (Xxxxxx). La entidad ha adoptado la forma jurídica de sociedad anónima. Le aconsejamos que lea detenidamente las condiciones generales y particulares de este contrato para conocer sus derechos y obligaciones. Compruebe los datos que figuran en las condiciones particulares y si todos son correctos, remítanos firmado el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio ejemplar a devolver firmado. Si algún dato no es correcto, debe comunicárnoslo para proceder a su modificación. No olvide comunicar cualquier variación que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos produzca en las personas declaradas como conductores de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, moto asegurada. Es importante que ejercerá ordinariamente lleve en su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área vehículo el recibo de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento prima de la prestación última anualidad como justificante de la existencia del servicio. 2.9seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria. El Defensor del Pueblo podrá reclamar Tenga en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene cuenta que puede ser sancionado en el trabajo, así como copia caso de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones que no lo aporte cuando le sea solicitado por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad autoridades de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblotráfico. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.18 19 20 21 22 23 24 25 26

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Samples: Condiciones Generales

CONDICIONES GENERALES. 2.1CL370 Cláusula de Exclusión de Contaminación Radioactiva, Armas Electromagnéticas, Químicas y Biológicas del Instituto. El Defensor - CL380 Cláusula de exclusión de ataque cibernético del Pueblo llevará a cabo, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada instituto. Estos términos y con tramitación ordinaria, previsto y regulado condiciones están definidos en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajoespañol e inglés. En caso de despido cualquier disputa relacionada a la interpretación de los términos, la versión en inglés prevalecerá. Endoso Exclusión de Terrorismo (seguro) NMA 2921. NO. DE PÓLIZA 26300 30113029 FAMILIA AGRUPACIÓN CIS 30110709 34121682 NO. DE PAG: 3 LISTADO DE ASEGURADOS NOMBRADOS DESDE INICIO DE VIGENCIA Hokchi Parent compnies: Hokchi Iberica S.L. Baplor S.A. Energy Developments and Investment Corporation Energy Developments and Investment Spain S.L. Asegurados adicionales para sus respectivos derechos e intereses solo: Como acordado INFORMACIÓN RESUMEN DE OPERACIONES Offshore México: En septiembre 2015, durante la segunda fase de la licitación de Ronda uno en México, Pan American / E&P Hidrocarburos y Servicios S.A. de C.V., fueron adjudicados al 100% de 42km2 licencia Offshore en México (“Área 2”). La Localización es en el área sur de las xxxxxx xxx Xxxxx de México, provincia offshore de Tabasco, al este Noreste de Ciudad xxx Xxxxxx, hacia 27 Km offshore. Perforación PEMEX Hokchi 101 (2011) y Hokchi 1 (2009). Profundidad Total 2,565 metros y 3,800 metros respectivamente. Profundidad de agua 28 metros. Pruebas de producción de Hokchi 101 fue 2,453 barriles de aceite pesado y 1.1mmcf/d de gas. Los planes para Pan American de perforar 3 pozos delineados (trabajos mínimos obligatorios, USD 130 millones CapEx) desde un Jack-up, comenzando en 4Q 2016. Pan American está considerando uno o sustitucióndos programas xx xxxxxx de perforación. Los planes de desarrollo de infraestructura serán formulados una vez que los resultados de delineación sean conocidos, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Puebloy pueden incluir una plataforma de producción central de separación de incorporación, inyección de agua, compresión de gas y generación de poder, plataforma de cabeza xx xxxx, 2 ductos de apuntalamiento (aceite/gas) y una terminal onshore. Este se reserva el derecho Los pozos serán perforados direccionalmente a una profundidad de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona2,550 metros (TVD), con los debidos conocimientos una duración estimada de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones120 días. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia Presión esperada de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta pozos en la valoración técnicaprofundidad del yacimiento es 5,600/5,800 PSI y lodo en pozo es 6,200 PSI. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Insurance Policy

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor del Pueblo llevará a cabo, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, En lo no previsto y regulado en las precedent'es Condiciones Particulares reglran subsidiariamente las estipulaciones previstas e~ las Condiciones Generales contenidas en el Texto Refundido ANEXO 11 de la Ley Disposición N° 10/2012 dictada en fecha 21 de Contratos septiembre de 2012 por la Subsecretaría de Tecnologías de Gestión dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros (B.O. N°32.490 del Sector Público (en adelante TRLCSP28/09/2012), la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado dan por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido suficientemente reproducidas en el presente pliego Convenio de prescripciones técnicas. 2.4Leasing. "El Defensor sellado del Pueblo podrá exigir presente contra.t6s~ abonó por Declaración Jurada segú Nro. Tipo Marca Modelo . Dominio Motor Nro. Chasis Nro. Vendedor 1 Furgón Citraen Berlingo Furgón 1.4i Van Peugeot Citraen Argentina SA 2 Furgón Citraen Berlingo Furgón l.4i Van Peugeot Citraen Argeritina SA 3 Furgón (itraen Berlingo Furgón 1.4i Van Peugeot Citroen Argentina SA 4 Citraen Furgón Berlingo Furgón 1.4i Van Peugeot Gtroen Argentina SA /J Anexo al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles convenio de seguridad y para la debida protección Leasing Detalle de los datos custodiados en los ficheros Automotores S Furgón C¡traen Berlingo Furgón 1.4i Van Peugeot Citraen Argentina SA \ Buenos Aires, 12 xx XXXXXX F 002366487 0 XXXXXXX XXX XXXXXXXX X' 00 XX XX XXXXXXX XXXXXXX 3 CERTIFICO: Que la/s FIRMAS 4 documento que adjunto a esta 'foja, cuyo requerimiento de la Institución que certificación se establezcan, o no ~,'~' 5 formaliza simultáneamente por ACTA número 001 081 7 cuyo/s nombre/s y documento/s de identidad se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado menciona/u a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, continuación así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.l.

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Samples: Leasing Agreement

CONDICIONES GENERALES. 2.1LIBERTYAUTOS 05/16 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx. Reg. Merc. de Madrid, Tomo 29777, Secc. 8ª, Hoja M-377257, Folio 2, CIF: X-00000000. El Defensor estado miembro al que corresponde el control de la actividad aseguradora de la entidad es España, y la autoridad de control la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Pueblo llevará a caboMinisterio de Economía y Competitividad. La legislación aplicable al contrato es la española, mediante procedimiento abierto en concreto, la Ley 50/80 de regulación armonizada 8 de octubre de Contrato de Seguro, la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y con tramitación ordinaria, previsto solvencia de entidades aseguradoras y regulado en las normas que lo desarrollan y el Texto Refundido texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de Contratos vehículos a motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004. LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., dispone de un Departamento de Atención al Cliente y de un Defensor del Sector Público (en adelante TRLCSP)Cliente, la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes para atender y resolver quejas y reclamaciones derivadas de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido actuación de la palabrapropia entidad o de sus agentes de seguros u operadores de bancaseguros, conforme al procedimiento previsto en la Orden ECO 734/2004, de 11 xx xxxxx. Los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones derechohabientes de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado mismos podrán someter sus quejas y reclamaciones: – Al Departamento de Atención al Cliente de Liberty Seguros, mediante escrito dirigido Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcanfax 00 000 00 00, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar e-mail: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx – En segunda instancia, al Defensor del PuebloCliente de Liberty Seguros, cualquier cambio mediante escrito dirigido al domicilio X/ Xxxxxxx xx la Ensenada 2, 28004 Madrid, por fax 00 000 00 00, o e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx Las quejas y reclamaciones formuladas por los clientes, serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajodos meses desde su presentación. En caso de despido disconformidad con el resultado del pronunciamiento adoptado por cualquiera de las instancias anteriormente citadas, o sustituciónsi ha transcurrido el plazo de dos meses sin haber obtenido una respuesta, el adjudicatario devolverá reclamante podrá formular su queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, mediante escrito dirigido al domicilio en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx. Además de los cauces de reclamación indicados anteriormente, los conflictos podrán plantearse en vía judicial ante los jueces y tribunales competentes. Se encuentra a disposición de los clientes en las autorizaciones al Defensor oficinas de Liberty Seguros, el reglamento para la Defensa del PuebloCliente, donde se detalla el procedimiento para la atención de quejas y reclamaciones. Este También se reserva podrá tener acceso a dicho reglamento en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o a través de su mediador. La entidad aseguradora LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. tiene su domicilio social en Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxxxx (Xxxxxx). La entidad ha adoptado la forma jurídica de sociedad anónima. Le aconsejamos que lea detenidamente las condiciones generales y particulares de este contrato para conocer sus derechos y obligaciones. Compruebe los datos que figuran en las condiciones particulares y si todos son correctos, remítanos firmado el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio ejemplar a devolver firmado. Si algún dato no es correcto, debe comunicárnoslo para proceder a su modificación. No olvide comunicar cualquier variación que se contrata y produzca en las personas declaradas como conductores del vehículo asegurado. Es importante que lleve en su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos vehículo el recibo de prima de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento última anualidad como justificante de la prestación existencia del servicio. 2.9seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria. El Defensor del Pueblo podrá reclamar Tenga en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene cuenta que puede ser sancionado en el trabajo, así como copia caso de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones que no lo aporte cuando le sea solicitado por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad autoridades de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblotráfico. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 27 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.29

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Samples: Condiciones Generales

CONDICIONES GENERALES. 2.11. El Defensor Las partes se sujetan estrictamente para la entrega, recepción y liquidación económica de los servicios objeto del Pueblo llevará presente contrato, a cabotodas y cada una de las cláusulas que lo integran, mediante procedimiento abierto así como a los términos de regulación armonizada referencia, lineamientos, procedimientos y con tramitación ordinaria, previsto y regulado en el Texto Refundido de requisitos que establece la Ley de Contratos Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás normas y disposiciones administrativas que le sean aplicables. 2. Las partes se comprometen a trabajar con transparencia y honestidad en la entrega de los bienes y servicios materia de este contrato. 3. En el caso de que el cumplimiento o interpretación de este contrato de origen a controversia judicial, las partes se someterán expresamente a la jurisdicción y competencia de los Tribunales que correspondan en la ciudad xx Xxxxxxxxxx, Sonora, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle por razones de su domicilio, nacionalidad y/o por otras causas. El presente contrato se firma por duplicado Hermosillo, Sonora, el día de 2019. (EN EL CONTRATO SE ANEXAN LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL SERVICIO) Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en adelante TRLCSP), la contratación el artículo 32-D del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes Código Fiscal de la InstituciónFederación, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpiezacorrespondiente resolución miscelánea fiscal para 2018, en la regla número 2.1.51 publicado en el más amplio sentido Diario Oficial de la palabraFederación el 28 de Diciembre de 2017, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones si el monto del contrato excede de los trabajos recogidas en $300,000.00 sin incluir el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados IVA se observará lo siguiente: Procedimiento que debe observarse para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda contrataciones con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas Federación y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.entidades federativas

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Samples: Servicio De Limpieza Contrato 2019

CONDICIONES GENERALES. 2.1La Proveeduría de la Municipalidad de Quepos y el Departamento de Departamento de Ingeniería y Control Urbano l tendrán a su cargo el presente proceso de Licitación, la primera como ejecutora de todo el procedimiento licitatorio en sí y la segunda como responsable de los aspectos Técnico-Administrativos del proyecto y por ende la encargada de evacuar las consultas relativas a esas áreas. El Defensor del Pueblo llevará a cabocontacto respectivo será el Lic. Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, Proveedor Municipal a.i. Teléfono 0000-0000 Ext. 139 ó 140 o el correo electrónico xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx.xx, cualquier consulta podrá ser atendida mediante procedimiento abierto correo electrónico según estipulado en los tiempos que regula esta materia. Toda oferta deberá ser presentada en original y tres copias cuando sean presentadas por medio de regulación armonizada y con tramitación ordinariadocumentos físicos, previsto y regulado en el Texto Refundido incluyendo un timbre de veinte colones de la Ley Asociación Ciudad de Contratos Las Niñas y un timbre de doscientos colones del Sector Público (Colegio de Profesionales en adelante TRLCSP), la contratación del servicio Ciencias Económicas de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2Costa Rica. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición oferta deberá ser presentada y a lo exigido firmada en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los serviciosdocumentos originales, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajopáginas debidamente numeradas. En caso de despido o sustitucióndiscrepancias, prevalecerá el adjudicatario devolverá original sobre las autorizaciones al Defensor del Pueblocopias. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por Estas condiciones pueden ser adquiridas en la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos Proveeduría de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesarioMunicipalidad de Quepos, cita 00 xxxxxx Xxxxx xxx Xxxxx xx Xxxxx Xxxx en Quepos, o accesando la siguiente dirección electrónica: xxx.xxxxxxxxxx.xx.xx Las aclaraciones o modificaciones que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con la Municipalidad de Quepos considere necesario hacer al cartel de licitación, serán publicadas por medio de los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento correos de la prestación del servicioinvitaciones. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Construction Contract

CONDICIONES GENERALES. 2.13.1.- Mediante el presente Plan TRIO (Telefonía + BA + TV), el Cliente contrata con Telefónica Chile la provisión de los servicios que más adelante se indican, obligándose a pagar por ellos y, considerándose dichos servicios, en conjunto, como un solo producto para todos los efectos de este Plan TRIO, por lo que en adelante todos ellos se denominarán como el "Plan”. Los servicios que integran el referido “Plan” son los siguientes: a) servicio público telefónico local, provisto por Telefónica Chile, según las condiciones particulares indicadas en el punto 4.1; b) servicio complementario xx Xxxxx Ancha para acceso a Internet, provisto por Telefónica Chile, según las condiciones particulares consignadas en el punto 4.2.- siguiente; c) servicio de Acceso a Internet, provisto por la empresa respectiva ("ISP") escogida por el Cliente, conforme a las condiciones particulares indicadas en el punto 4.3.- los servicios antes mencionados se proveerán respecto de la línea telefónica afecta a este Plan e individualizada en el punto 2.2. - anterior.; y, d) servicio limitado de televisión, provisto por la empresa respectiva ("Proveedor de TV") escogida por el Cliente, conforme a las condiciones particulares indicadas en el punto 4.4. Todos los servicios precedentemente señalados, se proveerán conforme a los términos establecidos en este instrumento y en el Anexo del mismo, cuyas condiciones generales se encuentran contenidas en la página Web (xxxxx.xxxxxxxx.xx). Con todo, no quedan comprendidos dentro de la Renta Mensual del Plan, los cobros que expresamente se exceptúan en el señalado Anexo. 3.2.- El Defensor presente Plan tendrá una vigencia mínima inicial de un año, contado desde la firma del Pueblo llevará Acta de Aceptación Final aludida en la letra C.- del punto 4.4.-. Con todo, en caso que el Cliente desee cambiarse a cabootro Plan comercializado por Telefónica Chile, mediante procedimiento abierto o bien, cambiarse a las condiciones de regulación armonizada y suministro del servicio público telefónico local que consten en el Decreto de Tarifas que regule esta última, o bien, poner término sólo a uno o más de los servicios distintos del servicio público telefónico local mencionados en el punto 3.1. - anterior, el Cliente tendrá el derecho irrenunciable de desahuciar el presente Plan con tramitación ordinariaese fin, previsto y previo aviso escrito a la contraparte dado con, a lo menos, 30 días de anticipación. Cumplido el plazo de un año, el presente Plan adquirirá duración indefinida, pudiendo cualquiera de las partes desahuciarlo, sin expresión de causa, previo aviso escrito dado a la contraparte con a lo menos 30 días de anticipación. En todos los eventos anteriores, a contar del vencimiento del plazo de 30 días, Telefónica Chile dará inmediato término a la provisión de todos los servicios señalados en el punto 3.1. - y, salvo acuerdo escrito en contrario, el término del presente Plan en estos casos implicará, automáticamente, la continuidad de la relación de suministro de servicio público telefónico local en las condiciones que consten en el Decreto de Xxxxxxx que regule a Telefónica Chile, sin perjuicio de que tenga aplicación lo regulado en el Texto Refundido último párrafo del punto 3.3. - siguiente. Lo indicado en la presente cláusula, se entiende sin perjuicio de la Ley facultad del Cliente a ejercer el derecho de Contratos poner término al suministro telefónico conforme a lo dispuesto en el inciso final del Sector art. 44° del Reglamento de Servicio Público (Telefónico, evento en adelante TRLCSP)el cual y, salvo acuerdo escrito en contrario, el término del presente Plan implicará, automáticamente, sólo la contratación continuidad de la relación de suministro del servicio limitado de limpiezatelevisión, higienizaciónpor un período indefinido, desinfección, desinsectación, desratización pudiendo cualquiera de las sedes partes desahuciarlo, sin expresión de causa, previo aviso dado con a lo menos 30 días de anticipación. Con todo, en caso de mantenerse sólo el servicio limitado de televisión, regirán las condiciones particulares contenidas en el punto 4.4.- que fueren aplicables, pero los precios del servicio, serán los de xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx/ Con lista vigentes a público que, a la fecha del término del presente Plan, tuviere el respectivo “Proveedor de TV”. Todo lo anterior, sin perjuicio de la Institución, así como la recogida y retirada facultad de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpiezaTelefónica Chile para dar término anticipado al presente Plan, en el más amplio sentido evento de la palabrano pago del Cliente, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas según lo señalado en el apartado tercero del presente pliego. 2.3punto 3.3.- siguiente. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpiezaDel mismo modo, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados regulado en los ficheros párrafos precedentes, debe entenderse sin perjuicio de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a tenga lugar lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad señalado sobre “uso indebido” de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos en las letras D) de los puntos 4.2.- y 4.4.- 3.3.- El no pago de la Renta Mensual del Plan dentro del plazo establecido, dará lugar a la suspensión de los servicios indicados en el punto 3.1.-. En el evento anterior, la Renta Mensual del Plan, se devengará y será exigible respecto del Cliente por todo el tiempo durante el cual los servicios hayan estado suspendidos por dicho motivo y hasta el término del Plan contratado. Del mismo modo, en caso de morosidad, el Cliente perderá, automáticamente, cualquier beneficio al que hubiere accedido a la fecha de la contratación de los servicios, con motivo de promociones u ofertas especiales, sin que pueda exigir la aplicación de beneficios asociados a nuevas promociones u ofertas, una vez normalizada su condición de morosidad. Una vez normalizada la condición de morosidad de la o las respectivas Rentas Mensuales del presente Plan, Telefónica Chile estará facultada para facturar, los cargos por concepto de “Corte y Reposición” de los servicios indicados en el punto 3.1., conforme a las condiciones indicadas en el Anexo de este instrumento y a los precios de lista y políticas vigentes a dicha fecha. Con todo, los precios de lista de los cargos antes indicados, serán los que se encuentren disponibles en la página Web de Telefónica Chile, los que además, serán informados telefónicamente, por las plataformas comerciales. 3.4.- El presente Plan y su Anexo, se rigen por lo señalado en éstos; por la normativa de telecomunicaciones vigente, particularmente por las normas del Reglamento contenido en Decreto Supremo N° 742/03, aplicables a Planes Diversos que no son de Alto Consumo, cuya individualización y artículos pertinentes se transcriben en el punto 5.- siguiente, y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta lo establecido en la valoración técnicalegislación de derecho común que le sea aplicable. 2.113.5.- El(los) precio(s) que se consigne(n) como valor del Plan contratado, incluye el IVA correspondiente y podrá ser reajustado según el indexador que se consigna en el Anexo del mismo. Todo Para el material necesario para caso de aquellos precios que se expresen en Unidades de Fomento (UF), su cobro se materializará según la perfecta realización conversión de la UF, a pesos, vigente a la fecha de emisión de la boleta o factura respectiva. 3.6.- En caso de pago con cheque; tarjeta de crédito o medio de pago electrónico, el pago se entenderá efectuado cuando los fondos efectivamente sean liberados y enterados, por parte de la institución bancaria o financiera respectiva. 3.7.- La facturación de los trabajos servicios regulados en el punto 3.1.-, se hará mediante la boleta o factura telefónica de limpieza será aportado por el adjudicatarioTelefónica Chile, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado sin perjuicio de limpieza otros medios de todas las dependenciascobro que puedan implementarse a futuro. 2.12. El material de limpieza 3.8.- .Se deja expresa constancia que en virtud del presente Plan, el Cliente no recibirá guía telefónica impresa, pudiendo acceder gratuitamente a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies la información en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientesella contenida a través del sitio Web (xxxxx.xxxxxxxx.xx). 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Telecommunications

CONDICIONES GENERALES. 2.11.2.1. El Defensor licitante deberá presentar su propuesta técnica que incluirá la descripción de los bienes y volúmenes requeridos en cada partida e indicar la marca y el modelo de cada uno de ellos, de acuerdo a las especificaciones del Pueblo llevará Anexo Técnico adjunto a caboestas bases. Es optativo para “El Licitante” hacer propuestas para una o más partidas, mediante procedimiento abierto en sus presentaciones. 1.2.2. “El Licitante” en su propuesta económica deberá describir los bienes exactamente igual a como lo hizo en su propuesta técnica, señalará su precio unitario y el precio total por el volumen requerido. 1.2.3. No se aceptarán propuestas de regulación armonizada y con tramitación ordinariaaquellas partidas que no incluyan la totalidad de los bienes requeridos. 1.2.4. Los bienes motivo de esta licitación deberán ser entregados libre a bordo, previsto y regulado sin costo adicional en el Texto Refundido Almacén del Consejo de la Ley Judicatura ubicado en el edificio sede del Centro de Contratos Justicia Oral xx Xxxxxx, del Sector Público (Estado de Yucatán, Sito en adelante TRLCSP)la Xxxxx 000, la contratación Xxxxxx 000, Xxxxxxx Xxx Xxxx Xxxxx, C. P. 97299, de esta ciudad, con el Encargado xxx Xxxxxxx del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes Consejo de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generenJudicatura del Poder Judicial. 2.21.2.5. La empresa adjudicataria Los bienes objeto de esta licitación se realizarán en dos entregas; la primera entrega se realizará el día 06 xx xxxxx del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpiezaaño 2023 y la segunda será el día 08 xx xxxxx del 2023, en el más amplio sentido almacén general del Consejo de la palabraJudicatura del Poder Judicial del Estado. 1.2.6. El pago correspondiente a la adquisición de los bienes objeto de la licitación; se realizará, dentro de los treinta días hábiles siguientes, siempre y cuando se hubiere entregado por “el licitante” y aceptado por la convocante la totalidad de bienes, en las fechas que se menciona en el párrafo anterior. 1.2.7. “El licitante” que resulte ganador deberá cumplir con la entrega, descarga, acarreo, acomodo o estiba de los bienes en el almacén del edificio antes mencionado. 1.2.8. No aceptarán bienes o productos que sean genéricos. 1.2.9. El Consejo de la Judicatura, no solicitará al proveedor la sustitución de ninguno de los bienes solicitados en estas bases por otros de naturaleza diversa o diferente a los solicitados en el Anexo Técnico adjunto a las presentes bases. 1.2.10. “El Licitante” al que se le adjudique el contrato deberá vender a los mismos precios y condiciones contratadas y a solicitud del Consejo de la Judicatura, hasta el 25% adicional al volumen de los bienes contratados, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones hasta por tres meses más. 1.2.11. En el caso de los trabajos recogidas bienes con plazo de caducidad, el Consejo de la Judicatura, no aceptará aquellos cuya fecha de caducidad sea menor a un año a partir de la fecha de recepción. 1.2.12. No serán aceptadas propuestas presentadas a través de medios electrónicos de comunicación. 1.2.13. No se otorgarán anticipos. 1.2.14. Los bienes objeto de esta licitación deberán cumplir con la Norma Oficial Mexicana correspondiente y tener “Marca Registrada”. Para tal efecto los bienes, sus empaques, envolturas o contenedores deberán contar con un impreso que señale la norma, marca, características, ingredientes, concentraciones y demás especificacionessolicitadas en estas bases y comprometidas por “El Licitante” en su propuesta. 1.2.15. El Comité de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obra Pública del Consejo de la Judicatura, resolverá en el apartado tercero del presente pliegoacto de fallo sobre las condiciones generales ofrecidas por las licitantes, que sean diversas a las establecidas en estas bases, en consideración a la propuesta que le resulte más conveniente desde la perspectiva de costo beneficio. Las condiciones que las empresas licitantes ofrezcan de maneraadicional a las solicitadas en estas bases constituyen el ámbito de competencia de los participantes en este proceso de licitación. 2.31.2.16. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir Licitante” al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcanle adjudique el contrato otorgará una fianza del 10% a nombre del Poder Judicial del Estado, o no se comporte con para garantizar el cumplimiento del contrato y la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, bienes solicitados que será por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnicadiez meses. 2.111.2.17. Todo Las propuestas presentadas no podrán ser negociadas, tampoco se negociarán las demás condiciones y requisitos que se establecen en estas bases y en el material necesario para la perfecta realización proyecto de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependenciascontrato anexo. 2.121.2.18. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las Licitante” al que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso le adjudique el contrato otorgará una garantía de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios seriedad de señoras 26 contenedores higiénicossu propuesta económica del 10%, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticosconstará de un cheque cruzado. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Supply Agreement

CONDICIONES GENERALES. 2.1LIBERTYAUTOS 01/17 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx. Reg. Merc. de Madrid, Tomo 29777, Secc. 8ª, Hoja M-377257, Folio 2, CIF: X-00000000. El Defensor estado miembro al que corresponde el control de la actividad aseguradora de la entidad es España, y la autoridad de control la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Pueblo llevará a caboMinisterio de Economía y Competitividad. La legislación aplicable al contrato es la española, mediante procedimiento abierto en concreto, la Ley 50/80 de regulación armonizada 8 de octubre de Contrato de Seguro, la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y con tramitación ordinaria, previsto solvencia de entidades aseguradoras y regulado en las normas que lo desarrollan y el Texto Refundido texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de Contratos vehículos a motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004. LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., dispone de un Departamento de Atención al Cliente y de un Defensor del Sector Público (en adelante TRLCSP)Cliente, la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes para atender y resolver quejas y reclamaciones derivadas de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido actuación de la palabrapropia entidad o de sus agentes de seguros u operadores de bancaseguros, conforme al procedimiento previsto en la Orden ECO 734/2004, de 11 xx xxxxx. Los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones derechohabientes de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado mismos podrán someter sus quejas y reclamaciones: – Al Departamento de Atención al Cliente de Liberty Seguros, mediante escrito dirigido Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcanfax 00 000 00 00, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx – En segunda instancia, al Defensor del PuebloCliente de Liberty Seguros, cualquier cambio mediante escrito dirigido al domicilio X/ Xxxxxxxxx 00, 28001 Madrid, por fax 00 000 00 00, o e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx Las quejas y reclamaciones formuladas por los clientes, serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajodos meses desde su presentación. En caso de despido disconformidad con el resultado del pronunciamiento adoptado por cualquiera de las instancias anteriormente citadas, o sustituciónsi ha transcurrido el plazo de dos meses sin haber obtenido una respuesta, el adjudicatario devolverá reclamante podrá formular su queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, mediante escrito dirigido al domicilio en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx. Además de los cauces de reclamación indicados anteriormente, los conflictos podrán plantearse en vía judicial ante los jueces y tribunales competentes. Se encuentra a disposición de los clientes en las autorizaciones al Defensor oficinas de Liberty Seguros, el reglamento para la Defensa del PuebloCliente, donde se detalla el procedimiento para la atención de quejas y reclamaciones. Este También se reserva podrá tener acceso a dicho reglamento en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o a través de su mediador. La entidad aseguradora LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. tiene su domicilio social en Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxxxx (Xxxxxx). La entidad ha adoptado la forma jurídica de sociedad anónima. Le aconsejamos que lea detenidamente las condiciones generales y particulares de este contrato para conocer sus derechos y obligaciones. Compruebe los datos que figuran en las condiciones particulares y si todos son correctos, remítanos firmado el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio ejemplar a devolver firmado. Si algún dato no es correcto, debe comunicárnoslo para proceder a su modificación. No olvide comunicar cualquier variación que se contrata y produzca en las personas declaradas como conductores del vehículo asegurado. Es importante que lleve en su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos vehículo el recibo de prima de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento última anualidad como justificante de la prestación existencia del servicio. 2.9seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria. El Defensor del Pueblo podrá reclamar Tenga en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene cuenta que puede ser sancionado en el trabajo, así como copia caso de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones que no lo aporte cuando le sea solicitado por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad autoridades de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblotráfico. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 27 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.29

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Samples: Condiciones Generales

CONDICIONES GENERALES. 2.1La EMPRESA DE SERVICIO PUBLICO DE ASEO DE CALI, es una empresa de servicios públicos domiciliarios oficial, constituida bajo la figura jurídica excepcional de empresa industrial y comercial del estado del orden municipal, con domicilio principal en la ciudad de Santiago de Cali, departamento xxx xxxxx del cauca, creada mediante Acuerdo 101 de 1966 por el Concejo Municipal de Santiago de Cali, modificado por el Acuerdo 113 de 1987 y el Acuerdo 08 de 1996, expedido por la misma corporación. El Defensor del Pueblo llevará a caboLa Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD, mediante procedimiento abierto Resolución No. 20051300024305 del veintisiete (27) de regulación armonizada y octubre de 2005, ordenóla toma de su posesión con tramitación ordinaria, previsto y regulado en el Texto Refundido fines liquidatarios de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la InstituciónEMSIRVA E.S.P., así como la recogida guarda de sus bienes y retirada demás medidas preventivas, con fundamento en lo prescrito en el artículo 370 de residuos que se generen. 2.2la C.P. y los artículos 121 y 59, ordinales 59.1, 59.2 y 59.3 y 59.7 de la Ley 142 de 1994 – LSPD. Que mediante Resolución No. 20091300007455 del veinticinco (25) xx xxxxx de 2009, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD, decreta laliquidación de EMSIRVA E.S.P., y concede un plazo para adelantar la liquidaciónde dos (2) años. La empresa adjudicataria Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD, mediante la Resolución No. SSPD 20151300015585 del servicio estará obligada doce (12) xx xxxxx de 2015 prorrogael plazo para adelantar la liquidación hasta el cinco (5) xx xxxxxx de 2024. Que mediante los radicados SSPD 20235294921262 y 20235294926542 del 22 de diciembre de 2023, se solicitó por parte de EMSIRVA E.S.P. EN LIQUIDACIÓN a mantener dichas sedes en buen estado la Superintendencia De Servicios Públicos Domiciliarios- SSPD, la prórroga del plazo de limpieza, en el más amplio sentido liquidación de la palabra, entidad hasta el día cinco (5) xx xxxxxx de 2025 a fin de continuar desarrollando sus labores liquidatorias y sus principales obligaciones figuran de acuerdo a los motivos expuestos en las especificaciones dichos radicados. Que de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en acuerdo con las labores de limpiezasupervisión, de seguimiento y control que realiza la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito Coordinación Técnica Operativa a los servicioscontratos suscritos con los operadores de aseo corresponsables de EMSIRVA ESP en Liquidación, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe al conocimiento y manejo de las medidas macro y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores micro rutas del servicio de limpiezarecolección, programas de barrido y les proveerá limpieza del espacio público y componentes de autorizaciones individualizadas costos de acceso a los lugares de trabajolimpieza urbana por suscriptor (CLUS), esta coordinación requiere adquirir una herramienta tecnológica que permita recopilar, organizar, administrar, analizar, compartir y distribuir información geográfica. En caso de despido o sustituciónese orden, la entidad requiere contratar el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos alquiler de la actividad objeto licencia a término por un (1) año del servicio programa ArcGIS y con facultades suficiente sus programas adicionales (Licencia estándar de uso único de ArcGIS Desktop, Licencia a término de uso único de ArcGIS para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesarioanálisis Network Desktop, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado Licencia a término para recibir notificaciones y comunicacionesusuario creador nivel 2, Licencia a término para trabajador de campo en línea). La persona designada Esta contratación se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar efectuará en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, funciones asignadas por la Superintendencia de seguridad social y Servicios Públicos Domiciliariosa la Agente Liquidadora en cumplimiento a las normas de seguridad e higiene derecho privado de acuerdo a lo previsto en el trabajoestatuto Financiero y el Decreto 2555 de 2010 por expresa remisión de la Ley 142 de 1994. El procedimiento de selección para la celebración del futuro contrato será en la modalidad de invitación abierta, así como copia atendiendo el objeto, las características de los contratos la contratación de los trabajadores afectos al servicio XXXXXXX E.S.P. EN LIQUIDACIÓN, según lo señalado en la Resolución No. 100.0.27-117 del 22 de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las Diciembre del 2016 “Por la cual se adopta el Manual de Contratación del Proceso de Liquidación de Emsirva E.S.P. en Liquidación” que se rige esta contratación, determina en lo referente el Capítulo Tercero del Articulo 11 y el Articulo14 -Numeral 2 que a la cantidad y calidad letra dice: Lo anterior con el fin de seleccionar la propuesta más favorable para la entidad,por medio de un análisis ajustado a los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta señalados en la valoración técnicaLey. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Contract for Software Licensing

CONDICIONES GENERALES. 2.1LEGISLACIÓN APLICABLE ENTIDAD ASEGURADORA PREVISORA AGRO-INDUSTRIAL entidad aseguradora, con domicilio social en España, Vía Layetana, nº 20 de Barcelona, C.I.F. 08745234, ejerce su actividad bajo la vigilancia y control de las autoridades españolas a través de la Direcció General de Política Financera, Assegurances i Tresor del Departament d'Economia i Coneixement de la Generalitat de Catalunya, figurando inscrita en el Registro de Mutualidades de Previsión Social Voluntaria de Cataluña con el nº 0029, y cuenta con la debida autorización administrativa para operar en aquellos xxxxx que comercializa. El Defensor del Pueblo llevará a cabo, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, previsto y regulado presente título se rige por lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos Contrato de Seguro 50/1980, de 8 de octubre (Boletín Oficial del Sector Público (en adelante TRLCSPEstado de 17 de octubre de 1980); por la Ley 20/2015, la contratación del servicio de limpieza14 de julio, higienizaciónde Ordenación, desinfección, desinsectación, desratización Supervisión y Solvencia de las sedes de la Institución, así como la recogida Entidades Aseguradoras y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 díasReaseguradoras, y en su normativa de desarrollo; Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de las Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras; Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados; Ley 10/2003 de las Mutualidades de Previsión Social Voluntaria (B.O.E. del 18 de julio, y por el Reglamento de las Mutualidades de Previsión Social aprobado por el Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre (B.O.E. del 17 de enero de 2003); Reglamento (UE) 2016/679 de Protección y Tratamiento de Datos Personales; Ley Orgánica 3/2018 de 5 diciembre Protección de Datos Personales y garantía de los servicios derechos digitales; Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre, y modificado por la Ley 12/2006, de 16 xx xxxxxxxxxx instalará xxxx, sobre el Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros (Boletín Oficial del Estado de 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manosxx xxxx de 2006), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios a las adaptaciones de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos misma que se generen.produzcan

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Samples: Takaful Repatriación

CONDICIONES GENERALES. 2.1LIBERTYQUALITY 07/16 LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. Domicilio Social: Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx. Reg. Merc. de Madrid, Tomo 29777, Secc. 8ª, Hoja M-377257, Folio 2, CIF: X-00000000. El Defensor estado miembro al que corresponde el control de la actividad aseguradora de la entidad es España, y la autoridad de control la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Pueblo llevará a caboMinisterio de Economía y Competitividad. La legislación aplicable al contrato es la española, mediante procedimiento abierto en concreto, la Ley 50/80 de regulación armonizada 8 de octubre de Contrato de Seguro, la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y con tramitación ordinaria, previsto solvencia de entidades aseguradoras y regulado en las normas que lo desarrollan y el Texto Refundido texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de Contratos vehículos a motor, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2004. LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., dispone de un Departamento de Atención al Cliente y de un Defensor del Sector Público (en adelante TRLCSP)Cliente, la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes para atender y resolver quejas y reclamaciones derivadas de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido actuación de la palabrapropia entidad o de sus agentes de seguros u operadores de bancaseguros, conforme al procedimiento previsto en la Orden ECO 734/2004, de 11 xx xxxxx. Los tomadores, asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones derechohabientes de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado mismos podrán someter sus quejas y reclamaciones: – Al Departamento de Atención al Cliente de Liberty Seguros, mediante escrito dirigido Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcanfax 00 000 00 00, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar e-mail: xxxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xx – En segunda instancia, al Defensor del PuebloCliente de Liberty Seguros, cualquier cambio mediante escrito dirigido al domicilio X/ Xxxxxxx xx la Ensenada 2, 28004 Madrid, por fax 00 000 00 00, o e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xx-xxxxxxxx.xxx Las quejas y reclamaciones formuladas por los clientes, serán atendidas y resueltas en el plazo máximo de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajodos meses desde su presentación. En caso de despido disconformidad con el resultado del pronunciamiento adoptado por cualquiera de las instancias anteriormente citadas, o sustituciónsi ha transcurrido el plazo de dos meses sin haber obtenido una respuesta, el adjudicatario devolverá reclamante podrá formular su queja o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, mediante escrito dirigido al domicilio en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, 00000 Xxxxxx. Además de los cauces de reclamación indicados anteriormente, los conflictos podrán plantearse en vía judicial ante los jueces y tribunales competentes. Se encuentra a disposición de los clientes en las autorizaciones al Defensor oficinas de Liberty Seguros, el reglamento para la Defensa del PuebloCliente, donde se detalla el procedimiento para la atención de quejas y reclamaciones. Este También se reserva podrá tener acceso a dicho reglamento en la página web: xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx, o a través de su mediador. La entidad aseguradora LIBERTY SEGUROS, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. tiene su domicilio social en Xxxxx xx xxx Xxxx Xxxxxxxxx, 0, 00000, Xxxxxx (Xxxxxx). La entidad ha adoptado la forma jurídica de sociedad anónima. Le aconsejamos que lea detenidamente las condiciones generales y particulares de este contrato para conocer sus derechos y obligaciones. Compruebe los datos que figuran en las condiciones particulares y si todos son correctos, remítanos firmado el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio ejemplar a devolver firmado. Si algún dato no es correcto, debe comunicárnoslo para proceder a su modificación. No olvide comunicar cualquier variación que se contrata y produzca en las personas declaradas como conductores del vehículo asegurado. Es importante que lleve en su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos vehículo el recibo de prima de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento última anualidad como justificante de la prestación existencia del servicio. 2.9seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria. El Defensor del Pueblo podrá reclamar Tenga en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene cuenta que puede ser sancionado en el trabajo, así como copia caso de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones que no lo aporte cuando le sea solicitado por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad autoridades de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblotráfico. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 27 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.29 30

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Samples: Insurance Contract

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor ayuntamiento del Pueblo llevará municipio de Aldeatejada (Salamanca), ha encargado a cabotécnico externo de los servicios técnicos de este ayuntamiento, mediante procedimiento abierto la elaboración de regulación armonizada un Proyecto técnico de Ingeniería al cual pertenece este Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT), con el objetivo de definir la solución técnica y con tramitación ordinarialuminotécnica para mejorar la clasificación energética de los locales públicos del municipio y eliminar la contaminación lumínica, previsto y regulado en el Texto Refundido cual se incluye la valoración económica de la Ley dicha propuesta y los periodos de Contratos retorno de las inversiones necesarias para este fin. Por tanto, el objeto del Sector Público presente Pliego de Prescripciones Técnicas (en adelante TRLCSPPPT), es establecer los requisitos y prescripciones técnicas especificadas en el proyecto objeto de estudio, que han de regir la contratación del servicio SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE LUMINARIAS LED, PARA EL AHORRO ENERGÉTICO EN LOS LOCALES PÚBLICOS DE ALDEATEJADA. El técnico redactor del mismo es X. Xxxxxx Xxxxxx Fonseca, Ingeniero Técnico Industrial colegiado 1.634 del Colegio de limpiezaIngenieros técnicos Industriales xx Xxxxxxxxx, higienizaciónal que se deberán los licitadores dirigirse para aclarar cualquier duda o aclaración que exista al respecto sobre el contenido del presente pliego. Ese proyecto, desinfecciónademás de definir la solución luminotécnica adecuada para la mejora de la eficiencia energética del Alumbrado de los Locales Públicos del municipio, desinsectaciónservirá de base para iniciar un procedimiento de licitación para adjudicación de la obra a realizar. El objetivo general que se pretende conseguir mediante la presente licitación es un suministro e instalación de luminarias LED, desratización reposición e inversión en infraestructura eficiente (LED), consiguiendo un ahorro energético y económico al municipio, al igual que una mejora de las sedes condiciones de seguridad y de confort de los usuarios de los establecimientos públicos de Aldeatejada. Paralelamente, se pretende velar por el cumplimiento del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión aprobado por Real Decreto 842/2002, de 2 xx xxxxxx y el Documento Básico HE “Ahorro de Energía” del Código Técnico. El objeto de este Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) es regular y definir el alcance y condiciones de las prestaciones que habrán de regir para la contratación del suministro e instalación de las instalaciones de alumbrado interior de los locales públicos reflejados en el “PROYECTO DE AHORRO ENERGÉTICO DE SUSTITUCIÓN DE ILUMINACIÓN POR NUEVA TECNOLOGÍA LED LOCALES PÚBLICOS DE ALDEATEJADA” con Nº de Visado SA180108VD de fecha 01/03/2018. Los servicios a contratar tienen como finalidad realizar las siguientes prestaciones obligatorias: • Gestión energética y verificación (Prestación P1). • Mantenimiento (Prestación P2). • Garantía Total (Prestación P3). • Actuaciones de Mejora y Renovación de las Instalaciones de alumbrado de los locales públicos e inversión en ahorro y eficiencia energética (Prestación 4). La Empresa de Servicios Adjudicataria será responsable de la Instituciónejecución de estas prestaciones. El Ayuntamiento de Aldeatejada, así como será el organismo que disponga de la recogida estructura técnica de supervisión para establecer planes, coordinar trabajos, controlar realizaciones y retirada en general, verificar y asegurar que las prestaciones estén en condiciones de residuos que se generen. 2.2satisfacer sus exigencias. La empresa adjudicataria será responsable del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido cumplimiento de la palabranormativa estatal, autonómica y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstaslocal, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento la reglamentación vigente y aquella que entre en vigor durante la vigencia del cumplimiento de contrato, en lo ofertado referente tanto a las instalaciones como al personal, haciendo especial hincapié en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros observancia de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y normativa de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia la exigencia de los contratos seguro de los trabajadores afectos al servicio responsabilidad civil, la ley de limpieza. 2.10. Las especificaciones por Prevención de Riesgos laborales y las que se rige esta contrataciónleyes sobre gestión y tratamiento de residuos, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el siendo responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Puebloexigencia de su cumplimiento. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor del Pueblo llevará Podrán concurrir a caboeste contrato las personas naturales o jurídicas, mediante procedimiento abierto españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de regulación armonizada y con tramitación ordinariaobrar, previsto y regulado no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el Texto Refundido artículo 71 de la LCSP y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica conforme a los artículos 86 a 88 de la LCSP, requisito este último que será sustituido por la correspondiente clasificación en los casos en los que, con arreglo a lo determinado en la LCSP, sea exigible de conformidad con lo señalado en el apartado h.1) del CRCC. Los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Se exigirá que los administradores de la empresa no estén incursos en los supuestos previstos en la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, en la Ley del Principado xx Xxxxxxxx 4/1995, de 6 xx xxxxx, de Incompatibilidades, Actividades y Bienes de los Altos Cargos, ni en los de la Ley 53/1984, de Contratos 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Sector Público (en adelante TRLCSP), la contratación del personal al servicio de limpiezalas Administraciones Públicas. Cuando se trate de personal sujeto a esta última Ley, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes deberá acreditarse previamente a la adjudicación del contrato la concesión de la Institucióncorrespondiente compatibilidad, así como su sometimiento a la recogida y retirada normativa de residuos que se generen. 2.2incompatibilidad vigente en el momento de la contratación. La empresa adjudicataria Tampoco deberá tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpiezaRégimen Electoral General, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado términos establecidos en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5misma. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor no deberá incurrir en prohibición para contratar durante la ejecución del Pueblocontrato, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstanciarevistiendo tal obligación carácter esencial. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Contract for Works

CONDICIONES GENERALES. 2.1Ámbito de aplicación: La Feria Inclusiva es un procedimiento de contratación cuya motivación legal es la participación incluyente de, micro y pequeños productores de bienes y servicios, organizaciones relacionadas con la economía popular, solidaria y el comercio justo, cooperativas y fundaciones de una localidad determinada. El Defensor del Pueblo llevará procedimiento debe ser ágil y transparente. Las entidades contratantes que convocan a cabola feria inclusiva, mediante procedimiento abierto podrán adjudicar de regulación armonizada y con tramitación ordinariamanera total o parcial la provisión de cada uno de los bienes o servicios demandados, previsto y regulado sobre la base de la aplicación de criterios de equidad e inclusión en el Texto Refundido proceso de adjudicación, utilizando parámetros que están definidos previamente en las condiciones especiales de estos pliegos Responsable de la Ley contratación: La Gerente General de Contratos del Sector Público (QUITO TURISMO designará una Comisión Técnica que será la encargada de llevar adelante el procedimiento. Participantes: La convocatoria se realizará respecto de Personas naturales o jurídicas que cumplan los parámetros establecidos en adelante TRLCSP), la contratación del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes el Art. 02 de la InstituciónResolución INCOP No 047-2011 emitida por el Director Ejecutivo del Instituto de Contratación Pública. Asociaciones de personas naturales o microempresas Organizaciones relacionadas con la economía popular y solidaria y el comercio justo, así como la recogida cooperativas y retirada fundaciones (productores de residuos que se generen. 2.2estos bienes o servicios). La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, Que estén habilitadas en el más amplio sentido Registro Único de Proveedores, RUP, bajo el código: 85990.17-SERVICIOS DE CUIDADO DE HUERTOS Y JARDINES INCLUYE JARDINES DE CEMENTERIO No podrán participar en el procedimiento precontractual, por sí o por interpuesta persona, las personas naturales o jurídicas que hubieran elaborado los estudios o estos pliegos. Tampoco podrán participar por sí o por interpuesta persona, los servidores públicos que con su acción u omisión pudieran resultar favorecidos de cualquier manera de conformidad con las leyes pertinentes, ni las personas mencionadas en los Artículos 62 y 63 de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliegoLOSNCP. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Contratación Para La Prestación De Servicios De Jardinería Y Mantenimiento De Áreas Verdes

CONDICIONES GENERALES. 2.11.1. INDEPENDIENTE SAF es una sociedad anónima cerrada inscrita en la Partida Nº 13545724 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, autorizada por Resolución de Superintendente N° 092-2019-SMV/02 del 00 xx xxxxx xx 0000 x xxxx xxxxxx xx dedicarse principalmente a la administración de Fondos Mutuos de Inversión en Valores, Fondos de Inversión y las demás actividades propias de su objeto social. 1.2. El Defensor del Pueblo llevará Contrato regula las disposiciones generales que le son aplicables a cabotodos los Fondos Mutuos de Inversión en Valores que administra o sean administrados en un futuro por INDEPENDIENTE SAF (LOS FONDOS MUTUOS), mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, previsto y regulado siempre que se encuentren inscritos en el Texto Refundido Registro Público xxx Xxxxxxx de Valores (RPMV) administrado por la Ley Superintendencia xx Xxxxxxx de Contratos del Sector Público Valores (en adelante TRLCSPSMV). 1.3. Las actividades de cada uno de LOS FONDOS MUTUOS se regulan por la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores (LMV), la contratación del servicio el Reglamento de limpiezaFondos Mutuos y sus Sociedades Administradoras, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes de la Instituciónaprobado por Resolución CONASEV N° 068- 2010- EF/94.01.1 (REGLAMENTO) y sus modificatorias, así como la recogida por el Reglamento de Participación, su correspondientes Anexo y retirada el Prospecto Simplificado de residuos que se generencada uno de LOS FONDOS MUTUOS. 2.21.4. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero Forman parte del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por Contrato, el adjudicatario en las labores formato de limpiezaSuscripción/Rescate, Solicitudes de la duración Traspaso, Transferencia, Rescate Programado y Suscripción Programada, siendo también de éstasaplicación el Reglamento de Participación, su correspondiente anexo y los Prospectos Simplificados de cada FONDO MUTUO, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado cualquier modificación a sus términos y condiciones que le haya sido comunicada a EL PARTÍCIPE en la proposición presentada forma y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa plazos establecidos en la realización de su cometidoLMV. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Contrato De Administración De Fondos Mutuos De Inversión en Valores

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor del Pueblo llevará Podrán concurrir a caboeste contrato las personas naturales o jurídicas, mediante procedimiento abierto españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de regulación armonizada y con tramitación ordinariaobrar, previsto y regulado , no estén incursas en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en el Texto Refundido artículo 71 de la LCSP y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica conforme a los artículos 87 y 89 de la LCSP y de acuerdo con lo dispuesto en este pliego. Los candidatos o licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar. Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Se exigirá que los administradores de la empresa no estén incursos en los supuestos previstos en la Ley 3/2015, de 30 xx xxxxx, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, en la Ley del Principado xx Xxxxxxxx 8/2018, de 14 de septiembre, de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés, ni en los de la Ley 53/1984, de Contratos 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Sector Público (en adelante TRLCSP), la contratación del personal al servicio de limpiezalas Administraciones Públicas. Cuando se trate de personal sujeto a esta última Ley, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes deberá acreditarse previamente a la adjudicación del contrato la concesión de la Institucióncorrespondiente compatibilidad, así como su sometimiento a la recogida y retirada normativa de residuos que se generen. 2.2incompatibilidad vigente en el momento de la contratación. La empresa adjudicataria Tampoco deberá tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 xx xxxxx, del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpiezaRégimen Electoral General, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado términos establecidos en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicasmisma. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Licitación De Contrato Mixto

CONDICIONES GENERALES. 2.11.1. El Defensor del Pueblo llevará a cabo, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, previsto y regulado en el Texto Refundido LA MARINA ostenta la titularidad de la Ley concesión administrativa (en adelante, “el Puerto” o “la concesión”) para la explotación del Puerto Deportivo de Contratos Estepona, Málaga otorgada por acuerdo del Sector Público Consejo de Ministros el 26 de Julio de 1973 y modificada por Resolución de la Junta de Andalucía (Empresa Pública de Puertos de Andalucía) de fecha 27 de octubre de 1998. Este título concesional se encuentre vigente por disposición legal. 1.2. LA MARINA, así como todos los integrantes del grupo X XXXXX, operan a través de una plataforma online bajo los dominios x-xxxxx.xxx, x-xxxxx.xxxx, x-xxxxx.xxx y en la aplicación móvil denominada “D-Xxxxx - Premium Marinas” disponible en App Store y Google Play (en adelante TRLCSPPlataforma), ofreciendo a los interesados (en adelante, el “CLIENTE” o “NAVEGANTE”) la contratación opción de contratar los servicios relacionados con el arrendamiento de amarres, servicios de suministro de agua y electricidad y otros servicios prestados por LA MARINA. La celebración del servicio acuerdo se considerará definitiva y vinculante para las partes tras la confirmación del pago total por parte del CLIENTE, la aceptación de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización los presentes Términos en la aplicación y/o Plataforma D-Xxxxx y la recepción por parte del CLIENTE del correo electrónico de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generenconfirmación. 2.21.3. La empresa adjudicataria del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, El presente documento regula los términos y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones condiciones generales de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado Servicios proporcionados por el adjudicatario en las labores de limpiezaLA MARINA, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta conforme a lo indicado en el apartado 1.4. Los términos y condiciones de uso de la página web oficial de LA MARINA se especifican en el Aviso Legal y Política de Privacidad de dicha página web: xxxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxxxxx 1.5. Los Servicios únicamente podrán ser solicitados por una persona física con plena capacidad jurídica o por una persona jurídica. En el caso de una persona jurídica, únicamente podrá actuar en su nombre persona que ostente la empresa adjudicatariarepresentación legal o voluntaria de la misma y que así lo acredite convenientemente mediante la aportación de los documentos pertinentes. 2.81.6. El adjudicatario deberá asignar una personaLa contratación o renovación de los Servicios por parte del CLIENTE supone la aceptación de los Términos y Condiciones de los Servicios, con los debidos conocimientos del Reglamento de Explotación y Tarifas Máximas de Marina de Estepona (en adelante, Reglamento de Explotación), del Aviso Legal y Política de Privacidad de la actividad objeto del servicio página web indicada en el punto 1.3 y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación la aceptación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene demás normas vigentes o que se aprueben en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones lo sucesivo por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios concesión administrativa de la sede del Defensor del Puebloque es titular LA MARINA y las normas en materia de puertos, tasas portuarias y demás de pertinente aplicación. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Terms and Conditions

CONDICIONES GENERALES. 2.12.1 Condiciones de inclusión: En el presente procedimiento de selección podrán participar las siguientes PERSONAS JURÍDICAS, siempre y cuando cumplan una de las siguientes condiciones de inclusión: 1. El Defensor Actores de la economía popular y solidaria del Pueblo llevará a cabopaís, mediante procedimiento abierto que hayan sido identificados, y calificados como tales, por la Superintendencia de regulación armonizada Economía Popular y con tramitación ordinaria, previsto Solidaria; y regulado que se encuentran habilitados en el Texto Refundido Registro Único de Proveedores –RUP. 2. Los proveedores registrados en el Registro Único de Proveedores, dentro de la Ley categoría micro y pequeñas empresas de Contratos acuerdo a lo establecido en el artículo 106 del Sector Público “Reglamento a la estructura e institucionalidad de Desarrollo Productivo, de la Inversión y de los Mecanismos e Instrumentos de Fomento Productivo, establecidos en el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones”. 3. Las asociaciones o compromisos de asociación de los proveedores antes señalados, cuyos miembros deberán cumplir con las condiciones y requisitos del siguiente pliego, que se encuentren domiciliados en la provincia de Pichincha, para que presenten sus ofertas, a fin de proveer a las entidades contratantes del "SERVICIO DE ALQUILER DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE COMERCIAL EN LAS MODALIDADES DE CARGA LIVIANA Y MIXTA, QUE INCLUYAN CONDUCTOR", conforme al siguiente detalle: Tipo de Servicio de Transporte Comercial (en adelante TRLCSPLOTTTSV) Tipo de Vehículo Costo Mensual sin IVA (Incluye conductor profesional) (V) Transporte Comercial de Carga Liviana (solo para transporte de carga), Artículo 24 de la contratación Resolución No. 032- DIR-2012-ANT de 1 xx xxxxx de 2012. (Se prohíbe el transporte de pasajeros en esta modalidad) Camioneta carga liviana (camioneta de cabina sencilla de carga menor a 3.5 toneladas). Artículo 24 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT de 1 xx xxxxx de 2012. US 1680,00 Camión liviano (con capacidad de carga menor a 3.5 toneladas) Artículo 24 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT de 1 xx xxxxx de 2012. US 1980,00 Transporte Comercial de Carga Mixta (Para transporte de carga y pasajeros) Camioneta doble cabina menor a 3.5 toneladas con capacidad máxima de 5 pasajeros incluido el conductor US 1850,00 Tanto el servicio de transporte de carga liviana como el de carga mixta, se prestará en el ámbito de operación INTRACANTONAL e INTRAPROVINCIAL, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT de 1 xx xxxxx de 2012., emitida por la Agencia Nacional de Tránsito. Para la prestación del servicio se deberá cumplir con todos los requisitos, especificaciones, características, condiciones y configuraciones establecidas en la Resolución No. 032-DIR-2012-ANT de limpieza1 xx xxxxx de 2012 y su Anexo Técnico, higienización, desinfección, desinsectación, desratización emitidos por la Agencia Nacional de las sedes de la Institución, así como la recogida y retirada de residuos que se generen. 2.2Tránsito. La empresa adjudicataria Las especificaciones del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido de la palabra, y sus principales obligaciones figuran se encuentran descritas en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero fichas técnicas que son parte del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo SERCOP es responsable de verificar la condición jurídica de cada oferente, a fin de cerciorarse que pertenezca a las categorías antes señaladas. Para el efecto, podrá solicitar la documentación probatoria correspondiente, siempre que la misma no conste en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores registro público de limpieza, libre acceso o que ésta haya sido previamente entregada para efectos de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada registrarse y a lo exigido habilitarse en el presente pliego Registro Único de prescripciones técnicasProveedores, RUP. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajo. En caso de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar deberá contar con el oportuno certificado de calidad, no resultar dañino para los usuarios ni agresivo con las superficies en las que se utilice. Cuando exista un compromiso relativo al uso de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas en la oferta y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientes. 2.13. El adjudicatario instalará en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación de los dos edificios de la sede del Defensor del Pueblo. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Catalogación Del Servicio De Alquiler De Vehículos De Transporte Comercial

CONDICIONES GENERALES. 2.1. El Defensor del Pueblo llevará a cabo, mediante procedimiento abierto de regulación armonizada y con tramitación ordinaria, previsto y regulado II.1.- LA PATROCINADA deberá ejecutar el evento en el Texto Refundido los términos de la Ley documentación técnica de Contratos del Sector Público la propuesta de patrocinio integrada por la Memoria descriptiva (en adelante TRLCSPXxxxx XXX), el Dossier técnico, la contratación Memoria Económica (Anexo IV) y el Plan de Comunicación y Publicidad. II.2.- LA PATROCINADA deberá cumplir durante la ejecución del servicio de limpieza, higienización, desinfección, desinsectación, desratización de las sedes evento con los requisitos de la Instituciónpromotora, así como la recogida los requisitos técnicos y retirada de residuos que se generen. 2.2. La empresa adjudicataria requisitos del servicio estará obligada a mantener dichas sedes en buen estado de limpieza, en el más amplio sentido presupuesto de la palabra, propuesta de patrocinio en cuyos términos fue seleccionada la propuesta de patrocinio y sus principales obligaciones figuran en las especificaciones de los trabajos recogidas en el apartado tercero del presente pliego. 2.3. El Defensor del Pueblo podrá en todo momento hacer un seguimiento del personal empleado por el adjudicatario en las labores de limpieza, de la duración de éstas, así como de los productos empleados para tener un adecuado conocimiento del cumplimiento de lo ofertado en la proposición presentada y a lo exigido en el presente pliego de prescripciones técnicas. 2.4. El Defensor del Pueblo podrá exigir al adjudicatario que sustituya o traslade a cualquier trabajador adscrito a los servicios, cuando no proceda con la debida corrección en sus dependencias, no observe las medidas y controles de seguridad y para la debida protección de los datos custodiados presentar justificación en los ficheros de la Institución que se establezcan, o no se comporte con la diligencia precisa en la realización de su cometido. 2.5. El adjudicatario estará obligado a comunicar al Defensor del Pueblo, cualquier cambio de los trabajadores adscritos estos servicios, tanto por enfermedad como por cualquier otra circunstancia. 2.6. Inicialmente, el adjudicatario presentará al Defensor del Pueblo la relación de trabajadores asignados al servicio, expresando nombre, apellidos, nº DNI y teléfono de contacto. Se presentará una relación actualizada de los trabajadores asignados al servicio cada vez que se introduzcan cambios, producto de rotaciones, altas o bajas, enfermedad o vacaciones. 2.7. El Defensor del Pueblo requerirá un sistema de acreditación de los trabajadores del servicio de limpieza, y les proveerá de autorizaciones individualizadas de acceso a los lugares de trabajotérminos establecidos. En caso concreto se considerará condición esencial del contrato cumplir los requisitos generales y acciones obligatorias de despido o sustitución, el adjudicatario devolverá las autorizaciones al Defensor del Pueblo. Este se reserva el derecho comunicación y publicidad siguientes: 1) Requisitos generales C.I.F. A-35077817 - El equipo de comprobar que el número de empleados dedicados al servicio que se contrata y su dedicación se ajusta a lo indicado por la empresa adjudicataria. 2.8. El adjudicatario deberá asignar una persona, con los debidos conocimientos de la actividad objeto del servicio y con facultades suficiente para adoptar decisiones operativas cuando resulte necesario, que ejercerá ordinariamente su representación y estará habilitado para recibir notificaciones y comunicaciones. La persona designada se entrevistará mensualmente con los responsables del Área de Régimen Interior del Defensor del Pueblo para realizar un seguimiento de la prestación del servicio. 2.9. El Defensor del Pueblo podrá reclamar en cualquier momento al adjudicatario los documentos acreditativos del cumplimiento de las obligaciones laborales, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo, así como copia de los contratos de los trabajadores afectos al servicio de limpieza. 2.10. Las especificaciones por las que se rige esta contratación, en lo referente a la cantidad y calidad de los servicios, deben entenderse como requerimientos mínimos y, por tanto, pueden ser objeto de mejora por los licitadores en cuanto supongan un beneficio para el Defensor del Pueblo. Estas mejoras no serán tenidas en cuenta en la valoración técnica. 2.11. Todo el material necesario para la perfecta realización de los trabajos de limpieza será aportado por el adjudicatario, debiendo emplear cuanto material se precise para el perfecto estado de limpieza de todas las dependencias. 2.12. El material de limpieza a utilizar trabajo deberá contar con una persona responsable de la comunicación de la actividad. - El evento deberá contar con sitio web propio o integrado en la página web de la entidad organizadora y /o con perfil activo en una o varias redes sociales, al menos durante las fechas inmediatamente anteriores y durante el oportuno certificado periodo de calidadcelebración de éste. - Entre el 12% y el 20% del presupuesto total del proyecto deberá estar destinado a comunicación y publicidad. 2) Acciones de comunicación y publicidad obligatorias. El Plan de comunicación y publicidad deberá incluir, no resultar dañino para como mínimo, las siguientes acciones: a) Comunicación: - Publicación en redes sociales del evento haciendo mención expresa a esta colaboración, y etiquetando o mencionando a los usuarios ni agresivo con las superficies perfiles de la entidad patrocinadora (Instagram: @icdcultural y @canaryislandsfilm; Facebook: Apúntate a la Cultura y Canary Islands Film; Twitter: @islasdecultura). - Redacción y envío de notas de prensa en las que se utilicemencione el patrocinio de Canary Islands Film, Instituto Canario de Desarrollo Cultural y Gobierno de Canarias. b) Publicidad: - Incorporación de los logotipos y nombre de Canary Islands Film, Instituto Canario de Desarrollo Cultural y Gobierno de Canarias en todos los materiales promocionales que hayan de diseñarse y producirse en torno al evento (cartelería, web, spot, photocall, etc.). Cuando exista un compromiso relativo - Marketing digital del evento en redes sociales (campañas publicitarias, post promocionados, etc.). En el caso de eventos cuya celebración sea simultánea o anterior a la resolución definitiva de adjudicación de la presente convocatoria, será obligatorio asumir las acciones con posterioridad justificando aquellas cuya adopción sea imposible realizar y sustituyéndolas por una acción de comunicación o marketing específica al uso efecto. La pastilla de productos ecológicos dicho material deberá reunir al menos las condiciones comprometidas los tres logotipos mencionados está disponible en la oferta web de Canary Islands Film en el apartado “Comunicación” y en él deberá figurar los sellos, anagramas o distintivos acreditativos correspondientesconcreto en el enlace siguiente: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx-xxxxxx. 2.13. El adjudicatario instalará II.3.- LA PATROCINADA deberá utilizar para el patrocinio, única y exclusivamente, el material publicitario y la pastilla de logotipos de Canary Islands Film, Instituto Canario de Desarrollo Cultural S.A. y Gobierno de Canarias en los servicios de señoras 26 contenedores higiénicos, la misma proporción y tamaño que se cambiarán periódicamente cada 28 días, y en los servicios xx xxxxxxxxxx instalará 17 bacteriostáticos. 2.14. Será por cuenta del adjudicatario el suministro del material higiénico (jabón líquido, ambientador, papel higiénico y papel seca manos), según el formato que utilicen los dispensadores instalados en los aseos. 2.15. El adjudicatario será el responsable del mantenimiento para la desratización, desinfección y desinsectación sujeto o institución patrocinada a través de los dos edificios soportes gráficos informativos y divulgativos con estricta sujeción a la normativa relativa a la publicidad exterior puestos a disposición en xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxxx-xxxxxx u otros medios que el órgano de la sede del Defensor del Pueblocontratación determine y comunique expresamente a LA PATROCINADA. 2.16. El adjudicatario se hará cargo de la recogida y retirada selectiva de los residuos no peligrosos que se generen.

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Samples: Patrocinio