CONSIDERACIONES PARTICULARES. La evaluación financiera de las propuestas, se efectuará a partir de la información contenida en el Registro Único de Proponentes – RUP, vigente, con información financiera de fecha a corte 31 de diciembre de 2022 para el caso de aquellos proponentes que hayan hecho el proceso de renovación del RUP antes del cierre, salvo que tratándose de personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia, acrediten en debida forma que la legislación propia del país de origen establece una fecha En todo caso se aplicará lo dispuesto en xx xxxxx diferente a la prevista en este Pliego. en el Decreto 579 de 2021. Para Sociedades constituidas en el año 2022, la evaluación financiera de las propuestas se efectuará a partir de la información contenida en el Registro Único de Proponentes RUP. Tratándose de estructuras plurales los indicadores se calcularán con base a las partidas financieras de cada uno de los integrantes, el cálculo de los indicadores será proporcional a su porcentaje de participación. Para el caso de las estructuras plurales todos los integrantes que la conforman deben aportar el Registro Único de Proponente, como se requiere en el presente pliego de condiciones. En caso de que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores requeridos, la propuesta será NO HABIL, para el proceso.
CONSIDERACIONES PARTICULARES. 1. Que el quince (15) xx xxxxx de 2011 el Ministerio de Minas y Energía, en adelante MME, publicó el Decreto 2100 de 2011 (hoy compilado en el Decreto 1073 de 2015), por el cual se establecieron los mecanismos para promover el aseguramiento del abastecimiento nacional de gas natural.
CONSIDERACIONES PARTICULARES. Tratándose de estructuras plurales estos requisitos se deben cumplir con la sumatoria de la capacidad residual de contratación de cada uno de sus integrantes, sin tener en cuenta el porcentaje de participación de los integrantes de la estructura plural; lo anterior en cumplimiento de lo dispuesto para tal fin en la Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública. Todo documento firmado por contador público o revisor fiscal si está obligado a tenerlo deberá anexar la copia de la tarjeta profesional y el certificado de antecedentes disciplinario vigente. En caso que la propuesta no cumpla con alguno de los requisitos de Capacidad Residual requeridos, la propuesta será NO HABIL, para el proceso. NOTA 1. Los proponentes acreditarán la capacidad residual o k de contratación conforme lo exigen los pliegos de condiciones de este proceso. En todo caso, si con posterioridad al cierre y hasta antes de la adjudicación del proceso, cualquier proponente o interesado o la entidad, en uso de la potestad verificadora, advierte que se dejó de incluir por parte de un oferente alguna información contractual que afecte su capacidad residual, LA UNIVERSIDAD , calculará la capacidad residual del oferente teniendo en cuenta la nueva información. En dado caso la entidad procederá a incluir el valor y plazo total del contrato, con independencia del saldo y plazo por ejecutar. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones administrativas y/o judiciales a que haya lugar, en contra de la (s) persona (s) que haya (n) suscrito las certificaciones exigidas para el cálculo de la capacidad residual. CAPACIDAD ORGANIZACIONAL Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos de Capacidad Organizacional: Rentabilidad del Patrimonio (ROE) y Rentabilidad del Activo (XXX). Para el presente proceso de selección los proponentes deberán acreditar los siguientes requisitos de Capacidad Organizacional: RENTABILIDAD DEL PATRIMONIO (ROE) Debe ser mayor o igual a cero coma diez (0,10): FORMULA: Utilidad Operacional 𝑅𝑂𝐸 = ≥ 0,10 Patrimonio I. Si está expresado originalmente en Dólares de los Estados Unidos de Norte América los valores se convertirán a pesos colombianos, utilizando para ello el valor de la tasa representativa xxx xxxxxxx correspondiente a la fecha de cierre del balance, certificadas por el Banco de la República, para lo cual el proponente deberá indicar la tasa representa...
CONSIDERACIONES PARTICULARES. ◎ En la respuesta se deben indicar las características que recaban sobre los beneficiarios, y el tipo de apoyo o acciones que se realizan para atender a dicha población o área de enfoque, así como indicar los medios de verificación de la información proporcionada. De igual forma, se deberá señalar si existen mecanismos documentados para seleccionar, verificar, darle seguimiento, depurar y/o actualizar a los destinatarios, así como la evidencia de dichas afirmaciones.
CONSIDERACIONES PARTICULARES. 1. Que el día XXXXXX (XX) de XXXXX de 20XX, El Administrador de la Subasta expidió los certificados de asignación e informó las contrapartes que suscriben este Contrato, la condición de Precio y la cantidad asociada según lo definido en el numeral 6.11. del Anexo 5 de la Resolución CREG 114 de 2017.
CONSIDERACIONES PARTICULARES. 1. Sobre la Cláusula Primera:
CONSIDERACIONES PARTICULARES. 4.16 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL
CONSIDERACIONES PARTICULARES. 5.1.Lugar de entrega 5.2.Plazo de entrega
CONSIDERACIONES PARTICULARES. <.. image(Forma, Rectángulo Descripción generada automáticamente) removed ..> La evaluación financiera de las propuestas, se efectuará a partir de la información contenida en el Registro Único de Proponentes (RUP), vigente, con información financiera de fecha a corte diciembre a 31 de diciembre de 2020 o 31 de diciembre de 2021, para el caso de aquellos proponentes que hayan hecho el proceso de renovación del RUP antes del cierre , salvo que tratándose de personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia, acrediten en debida forma que la legislación propia del país de origen establece una fecha xx xxxxx diferente a la prevista en este Pliego. Para Sociedades constituidas en el año 2021, la evaluación financiera de las propuestas se efectuará a partir de la información contenida en el Registro Único de Proponentes – RUP. Tratándose de estructuras plurales los indicadores se calcularán con base en las partidas financieras de cada uno de los integrantes, de manera proporcional a su porcentaje de participación, salvo para el capital de trabajo y patrimonio, donde el cálculo se hará de acuerdo con la sumatoria de los indicadores correspondientes. Para el caso de las estructuras plurales todos los integrantes que la conforman deben aportar el Registro Único de Proponente – RUP, como se requiere en el presente pliego de condiciones. En caso de que la propuesta no cumpla con alguno de los indicadores financieros requeridos, la propuesta será NO HÁBIL, para el proceso.
CONSIDERACIONES PARTICULARES. A continuación, se muestra el listado de aeropuertos en los cuales se instalará el sistema de grabación junto con la cantidad xx xxxxxxx de grabación para cada sitio.