CONTENIDO DEL ACUERDO Cláusulas de Ejemplo

CONTENIDO DEL ACUERDO. El Convenio consta de un Preámbulo, 30 artículos y un Protocolo. El preámbulo expresan las Partes (o Estados Contratantes) su intención de suscribir el Acuerdo. A su vez, el ámbito de aplicación del Convenio contempla dos artículos. El artículo 1° se refiere a las personas comprendidas en el Convenio, en tanto que el artículo 2° se refiere a los impuestos comprendidos por el mismo. - Personas contempladas en el Convenio: Artículo 1, Ámbito general: “Este Convenio se aplica sólo a las personas residentes de uno o de ambos Estados Contratantes, salvo que en este Convenio se disponga de otro modo.” - Impuestos comprendidos por el Convenio: Artículo 2, Impuestos Comprendidos:
CONTENIDO DEL ACUERDO. CONTENT OF THE AGREEMENT
CONTENIDO DEL ACUERDO. La Comunidad Autónoma de Extremadura acuerda con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y el INGESA que éste último asuma la tramitación del procedimiento pa- ra fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos de suministro según detalle que se refleja en el Anexo I. Para llevar a cabo dicho objetivo el INGESA, con la conformidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ha elaborado los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que se acompañan como Anexo II a este Acuerdo (previos a su apro- bación por el órgano de contratación) con el fin de tramitar el procedimiento por el que se se- leccionará a los suministradores y se fijarán los precios de los suministros, todo ello de acuer- do con los principios de igualdad, concurrencia y una eficiente utilización de los fondos públicos. Posteriormente, de acuerdo con sus necesidades, el órgano de contratación competente de la Comunidad Autónoma de Extremadura formalizará los correspondientes contratos específicos de suministro, de acuerdo con lo estipulado en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de prescripciones Técnicas que rigen la contratación del Acuerdo Marco.
CONTENIDO DEL ACUERDO. La Comunidad Autónoma xx Xxxxxx acuerda con el Ministerio de Sanidad que este asuma la tramitación del procedimiento para fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los con- tratos de suministro de las vacunas frente a la gripe relacionadas en el anexo I. csv: BOA20210923006 Las previsiones iniciales de vacunas recogidas en el anexo I se considerarán meramente estimativas por la naturaleza misma del suministro, dado que no se puede conocer con preci- sión y con antelación suficiente el número de dosis que se precisarán. Por ello, las estima- ciones realizadas con motivo de la preparación del Acuerdo Marco, y aquí reflejadas, se deben considerar flexibles. El número de dosis se concretará en función a las necesidades reales cuando se liciten los contratos basados en el Acuerdo Marco. En caso de sobrevenir necesidades no previstas inicialmente, la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx podrá solicitar posteriormente al Ministerio de Sanidad la adhesión a cualquiera de los lotes recogidos en el Acuerdo Marco y a los que no se adhiere en este momento, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, para la modificación de los contratos, conforme establece su artículo 222.1. Para llevar a cabo dicho objetivo el Ministerio de Sanidad, con la conformidad de la Comu- nidad Autónoma xx Xxxxxx, ha aprobado los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particu- lares y de Prescripciones Técnicas que se acompañan como anexo II a este Acuerdo con el fin de tramitar el procedimiento por el que se seleccionará a los suministradores de vacunas y se fijarán los precios de las mismas, todo ello de acuerdo con los principios de publicidad, concurrencia y una eficiente utilización de los fondos públicos. Posteriormente, de acuerdo con sus necesidades, el órgano de contratación competente de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, formalizará los correspondientes contratos basados de suministro de vacunas frente a la gripe estacional, de acuerdo con lo estipulado en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen la contratación del Acuerdo Marco.
CONTENIDO DEL ACUERDO. PREÁMBULO Y DISPOSICIONES INICIALES
CONTENIDO DEL ACUERDO. La Comunitat Valenciana acuerda con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que éste asuma la tramitación del procedi- miento para fijar las condiciones a que habrán de ajustarse los contratos de suministro de las vacunas de gripe estacional para la campaña 2012- 2013, a través del correspondiente acuerdo marco. Para llevar a cabo dicho objetivo el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, con la conformidad de la Comunitat Valenciana ha elaborado los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas que se acompañan como anexo a este acuerdo, con el fin de tramitar el procedimiento por el que se seleccionará a los suministradores de vacunas de la gripe estacional y se fijarán los pre- cios máximos de las mismas, todo ello de acuerdo con los principios de concurrencia y publicidad. Posteriormente, de acuerdo con sus necesidades, el órgano de con- tratación de la Comunitat Valenciana formalizará el correspondiente contrato de suministro por el número de vacunas de gripe estacional que se haya estimado.
CONTENIDO DEL ACUERDO. 1. La organización pondrá a disposición del huésped con fines recreativos (no para ocupación permanente): el lugar acordado durante el período acordado, con derecho a colocar en él un alojamiento vacacional del tipo acordado para el número especificado de personas o a dar ocupación temporal a los alojamientos prefabricados acordados.
CONTENIDO DEL ACUERDO. PRIMERO: Las partes acuerdan incrementar a partir del mes de abril de 2012 y por el término de 12 meses, es decir, hasta el mes de marzo de 2013, las remuneraciones conformadas vigentes para cada una de las categorías profesionales según tabla Anexa y que forma parte del presente acuerdo, conforme escala vigente en el ámbito de LA EMPRESA al mes de Abril de 2012.
CONTENIDO DEL ACUERDO. 5.1. Determinación clara de los derechos y obligaciones de ambas partes

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  • Habilitación No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial firme, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.