DESIGNACIÓN DE BIENES Cláusulas de Ejemplo

DESIGNACIÓN DE BIENES. La Compañía acepta el título, nombre, denominación o nomenclatura con que el asegurado identifica o describe los bienes asegurados en sus registros o libros de comercio o contabilidad.
DESIGNACIÓN DE BIENES. PARA LOS EFECTOS DEL SEGURO OTORGADO POR ESTA PÓLIZA, AXA COLPATRIA CONVIENE EN ACEPTAR LA DESIGNACIÓN QUE EL ASEGURADO DÉ EN SUS LIBROS A LOS BIENES ASEGURADOS.
DESIGNACIÓN DE BIENES. La Compañía acepta el título, nombre, denominación o nomenclatura con que el asegurado identifica o describe los bienes asegurados en sus registros o libros de comercio o contabilidad. Extensión de responsabilidad civil cuando el vehículo haya sido xxxxxxx o desaparecido. Mediante este anexo queda expresamente convenido que la cobertura de responsabilidad civil extracontractual se extiende a amparar el vehículo asegurado y los daños que se causen a terceros, cuando éste sea objeto de hurto o hurto calificado, previa declaración de la responsabilidad por un juez de la República. Extensión de cobertura para el amparo de las coberturas de pérdidas totales o parciales por daños o hurto y hurto calificado Xxxxx agravado por la confianza; abuso de confianza en cuyo caso la entidad asegurada se compromete a ceder los derechos de subrogación a la aseguradora y prestar la colaboración necesaria para que la compañía adelante las gestiones dirigidas a lograr el recobro de los montos indemnizados. No aplicación de infraseguro o seguro insuficiente para los reclamos de que afecten la cobertura de pérdida parcial por hurto La cobertura de pérdida parcial por hurto no debe contemplar exclusiones por hurto de llantas, rines y carpas, instalados en los vehículos, inclusive la llanta y rin de repuesto Pago de la indemnización directamente a contratistas y proveedores. La Compañía de Seguros acepta que en caso de siniestro amparado bajo las coberturas de la presente póliza, el asegurado podrá realizar la reparación del vehículo en los talleres de confianza de la Entidad. En tal caso la aseguradora realizará el pago a los contratistas o proveedores que hayan realizado la reparación de los daños del vehículo, con la debida solicitud y autorización del asegurado. No restricción xx xxxxxx o aplicación de garantías, por tipo, modelo, clase, uso o antigüedad de los vehículos. La Compañía de Seguros acepta que incluirá en la póliza los vehículos que sean reportados por el asegurado sin limitaciones por tipo, modelo, clase, uso o antigüedad de los vehículos o aplicación de garantías.
DESIGNACIÓN DE BIENES. Para efectos del seguro otorgado por esta póliza, SEGUROS MUNDIAL, conviene en aceptar la designación que el ASEGURADO de en sus libros a los bienes asegurados.
DESIGNACIÓN DE BIENES. Para los efectos del seguro otorgado por esta póliza, AXA COLPATRIA conviene en aceptar la designación que el asegurado de en sus libros a los bienes asegurados.
DESIGNACIÓN DE BIENES. Se hace constar que LA COMPAÑÍA acepta y ampara los bienes tal como el ASEGURADO los tiene inventariados en las cuentas de su organización contable, aun cuando su denominación no se haya hecho constar en las definiciones anteriores. Esta cláusula se refiere al nombre de las cuentas y no a su valor.
DESIGNACIÓN DE BIENES. Es el título, nombre, denominación con que el asegurado identifica a sus funcionarios, empleados, personal vinculado a la entidad, contratistas, así como la descripción de sus bienes asegurados en sus registros, inventarios, bases de datos o similares, siempre y cuando la definición este de acuerdo ala naturaleza de los mismos. TEXTO DE LA CLAUSULA.
DESIGNACIÓN DE BIENES. LA ASEGURADORA acepta el título, nombre, denominación o nomenclatura con que el ASEGURADO identifica o describe los bienes asegurados en sus registros o libros de comercio o contabilidad.
DESIGNACIÓN DE BIENES. La Compañía acepta el título, nombre, denominación o nomenclatura con que el asegurado identifica o describe los bienes asegurados en sus registros o libros de comercio o contabilidad. Operaciones de cargue y descargue, dentro de los predios del asegurado. La Compañía acepta extender la cobertura de la presente póliza, para amparar las lesiones y/o daños causados a terceros incluidos los gastos médicos que se causen en desarrollo de las actividades de cargue y descargue de bienes, mercancías y demás bienes sobre los que el asegurado deba ejecutar esta actividad en desarrollo de su objeto social. Transporte de mercancías dentro de los predios del asegurado. (se excluyen los daños y hurto de los bienes) La Compañía acepta extender la cobertura de la presente póliza, para amparar las lesiones y/o daños causados a terceros incluidos los gastos médicos que se causen en desarrollo de las actividades propias del transporte de mercancías y demás bienes sobre los que el asegurado deba ejecutar esta actividad en desarrollo de su objeto social. Amparo para actos de funcionarios o contratistas. Bajo la presente cobertura se amparan los perjuicios patrimoniales que causen los funcionarios o contratistas al servicio del asegurado en desarrollo de sus actividades propias, en el territorio colombiano y en el exterior, además de la participación de éstos en eventos como ferias exposiciones, eventos académicos, científicos y demás a los que deba asistir, en cumplimiento de sus actividades. Durante viajes al exterior, durante la participación en ferias de exposiciones en Colombia y en el exterior, los gastos de defensa para esta cobertura serán los estipulados en la carátula de la póliza. La compañía indemnizará únicamente en pesos colombianos, entendiéndose cumplida su obligación en el momento en que deposite en un banco colombiano la cantidad que está obligada a satisfacer como consecuencia de la responsabilidad del asegurado bajo la legislación colombiana.
DESIGNACIÓN DE BIENES. La Compañía acepta el título, nombre, denominación o nomenclatura con que el asegurado identifica o describe los bienes asegurados en sus registros, inventarios, bases de datos, libros de comercio o contabilidad o similares. Conocimiento del riesgo La Compañia acepta mediante la presente cláusula que METRO CALI S.A. le ha brindado la oportunidad para realizar la inspección de los bienes y riesgos a que están sujetos los mismos y el patrimonio del Asegurado, razón por la cual se deja constancia del conocimiento y aceptación de los hechos, circunstancias y, en general, condiciones de los mismos. La compañía se reserva el derecho de llevar a cabo la inspección cuantas veces lo juzgue pertinente Anticipo de indemnizaciones. Hasta el 50% El oferente debe contemplar bajo esta cláusula que a petición escrita del asegurado, anticipará pagos parciales sobre el valor del reclamo, con base en el valor de la estimación preliminar de la pérdida, aceptada por el ajustador en los casos en que haya nombramiento, para adelantar la reparación, reposición o reemplazo de los bienes asegurados. En caso que el anticipo o suma de anticipos que la compañía adelante al asegurado llegare a exceder la suma total indemnizable a que tenga derecho, éste se compromete a devolver el exceso pagado. Para esta cláusula el oferente debe contemplar un plazo máximo para el pago del anticipo dentro de los quince (15) días hábiles a partir de la fecha de solicitud del mismo.