Common use of Estados de Cuenta Clause in Contracts

Estados de Cuenta.  Al momento de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitado.

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Samples: Acuerdo De Productos Y Servicios Bancarios, Acuerdo De Productos Y Servicios Bancarios, Acuerdo De Productos Y Servicios Bancarios

Estados de Cuenta.  Al momento ASB Valores pondrá a disposición del Cliente o enviará a este con una frecuencia al menos trimestral, un estado de cuenta que contenga la apertura información financiera con respecto al Portafolio que puede incluir el detalle de la los Activos Financieros recibidos y/o transferidos a cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de del Cliente durante el periodo que se reporta. El Estado de Cuenta al final podrá ser enviado a la dirección de cada mes correo electrónico provista por el Cliente, ya sea como un documento adjunto o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación forma de notificar un hipervínculo a EL BANCO la dirección electrónica donde pueda consultar el mismo, o podrá ponerlo a disposición de este mediante su decisiónpublicación en Medios Electrónicos con acceso habilitado para el Cliente para su consulta.  Si EL CLIENTE no objetare El Estado de Cuenta podrá ser provisto mediante otro medio escrito que ASB Valores determine. En aquellos casos en los que los Activos Financieros sean custodiados por un Custodio Autorizado distinto de ASB Valores, el Cliente podría recibir el Estado de Cuenta que dicho estado de cuenta dentro Custodio Autorizado genere, siempre y cuando contenga información suficiente respecto al monto, cantidad y valor de los diez Activos Financieros custodiados por dicho Custodio Autorizado. Una vez sea recibido el Estado de Cuenta, o puesto a disposición del Cliente, este gozará de treinta (1030) días siguientes a la fecha en calendario para revisarlo y realizar las observaciones o solicitar las aclaraciones que estime necesarias. Una vez vencido dicho término concedido al Cliente, el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío contenido del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta será considerado correcto, aceptado y a su vez podrá utilizar medios alternos concluyente para el envío Cliente para todos los propósitos. No obstante lo anterior, ASB Valores se reserva el derecho de esto documento, tales como: Banca realizar correcciones en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta en cualquier momento posterior a su emisión, por cualquier error o inconsistencia que haya detectado en sus procesos de control interno o de otra manera. El Cliente reconoce y documentos anexos al mismoacepta que ASB Valores no presta servicios de valorización, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas que los Estados de CuentaInstrumentos Financieros pueden ser valorizados con diferente periodicidad atendiendo su naturaleza particular, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas publicados en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado una fecha determinada no necesariamente reflejarán el precio actual de Cuenta enviado algunos Instrumentos Financieros a la dirección fecha de publicación. Sin perjuicio de otras disposiciones en este contrato, ASB Valores no será responsable de ninguna manera ante el Cliente por información desactualizada con respecto al valor de Instrumentos Financieros que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener aparezca en EL BANCO y todos los estados de cuenta cuenta, derivada de la naturaleza del proceso de valorización o por motivo de la valorización conducida por terceras partes. Adicionalmente, el Cliente acepta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta cualquier precio referenciado o indicado por tres meses con la comisión establecida ASB Valores para la retención de estados de cuenta. En caso de cualquier Instrumento Financiero es indicativo, que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos existe garantía sobre el mismo y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadoASB Valores no asumirá responsabilidad alguna sobre el mismo.

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Samples: Contrato De Portafolio De Inversión, Contrato De Portafolio De Inversión

Estados de Cuenta.  Al momento de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Una vez al mes, el Banco pondrá a disposición del Cliente el Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos Tarjeta de su cuenta Crédito expedida a través nombre de la Banca en Línea éste. El Banco enviará el Estado de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta Cuenta dentro de los diez cinco (1005) días hábiles siguientes a la fecha en que Fecha xx Xxxxx, a la dirección indicada por el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos Cliente en la fecha solicitud o en cualquier otro documento. El Cliente podrá señalar una dirección electrónica donde serán enviados los Estados de la cuentaCuenta. Las reclamaciones contra otra clase La dirección señalada por el Cliente se considera única y vigente para todos los efectos de comunicaciones deberán elevarse las relaciones que surjan entre el Cliente y el Banco, así como para las notificaciones, citaciones o intimaciones que se haga necesario realizar con motivo a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser este Contrato, todo ello, tanto frente al Cliente y mientras éste último no haya comunicado por escrito y la falta de reclamación será Interpretada al Banco una dirección diferente. El Banco considerará como señal de conformidad recibido por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío el Cliente cualquier ejemplar del Estado de Cuenta constituye una petición remitido a EL BANCO para dicha dirección. En todo caso, el Cliente asume el deber de solicitar al Banco, por escrito, un ejemplar del Estado de Cuenta, dentro de los quince (15) días continuos, contados desde el vencimiento xxx xxxxxx (5to) día hábil siguiente a la Fecha xx Xxxxx, en que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hechadebió recibirlo del Banco, quien hará entrega inmediata del Estado de Cuenta. EL BANCO podrá Si no hicieran el reclamo dentro de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con ese plazo se considerará que el Estado de Cuenta las notas débito que el Banco exhiba o crédito realizadas en la cuenta le oponga al Cliente como correspondiente a un determinado mes, es el mismo que el Banco ha elaborado y puesto a disposición del Cliente como correspondiente a ese mismo mes, según lo estipulado anteriormente y, además, que el Cliente ha manifestado su vez podrá utilizar medios alternos conformidad. Si se hubiera reclamado el Estado de Cuenta dentro de los quince (15) días mencionados anteriormente, correrá un plazo de quince (15) días continuos adicionales a partir del vencimiento de los primeros quince (15) días referidos, para que, dentro de este nuevo plazo, el envío Cliente formule los reparos que tuvieren contra el Estado de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico Cuenta. Después de información vencido el plazo de los segundos quince (15) días mencionados sin que se implementehubieren formulado reparos por escrito ante el Banco, se considerará que el Estado de Cuenta que presente el Banco, está conforme y que todos los asientos en él contenidos son correctos y hacen plena prueba contra el Cliente.  EL BANCO El saldo deudor que aparezca en dicho Estado de Cuenta, así como toda la información allí contenida se considerará como conforme y aceptado por el Cliente y hará plena prueba a favor del Banco. La formulación de reparos no asume responsabilidad alguna impide que se causen los correspondientes intereses compensatorios y moratorios. Si el Banco acepta los reparos, hará los ajustes y reintegros a que haya lugar, en un Estado de Cuenta posterior. El Cliente autoriza expresamente al Banco a destruir todas las Notas de Consumo, una vez transcurridos noventa (90) días continuos a partir del momento en el cual el saldo deudor que incluya su valor y que aparezca en cada Estado de Cuenta, deba considerarse como conforme y aceptado por el Cliente según lo estipulado anteriormente. Parágrafo Único: El Cliente conviene expresamente que, en el caso que sea necesario que el Banco proceda judicialmente contra el Cliente por incumplimiento de sus obligaciones surgidas con motivo del uso de la pérdida o extravío Tarjeta de Crédito, los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismono impugnados, si fuese harán contra el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados Cliente plena prueba de Cuentasus obligaciones, avisos, comprobantes y sin perjuicio que el Banco pueda hacer uso de otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadomedios probatorios.

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Samples: banesco-prod-2020.s3.amazonaws.com, banescointernacional6330.blob.core.windows.net

Estados de Cuenta.  Al momento Las partes convienen que “EL BANCO” pondrá a disposición de “EL CLIENTE” su estado de cuenta de manera mensual, dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta fecha xx xxxxx que corresponda, a través de la Banca en Línea alguno de los medios electrónicos automatizados o no, ópticos o de cualquier otra tecnología presente o futura de los que dispone o disponga “EL BANCO”, tales como correo electrónico, internet y servicios de Banca Electrónica en xxx.xxxx.xx, o a través del medio previamente pactado, el cual se señala en el Anexo de Datos Generales que forma parte integrante del presente contrato. Asimismo, “EL CLIENTE está BANCO” pondrá a disposición y entregará a “EL CLIENTE” cuando este así lo requiera su estado de cuenta en el domicilio de la obligación sucursal donde aperturó este contrato, en el entendido que el primero será sin costo y por los posteriores “EL CLIENTE” pagará a “EL BANCO” la comisión que se señala en el apartado de notificar “Comisiones” del Anexo de Datos Generales del presente contrato. En cualquier momento “EL CLIENTE” podrá solicitar el cambio de la modalidad de envío, convenida a través de cualquier medio que “EL BANCO BANCO” haya habilitado para tal efecto. En el estado de cuenta se especificarán las cantidades abonadas y/o cargadas, así como el importe en su decisióncaso, de las comisiones a cargo de “EL CLIENTE”, durante el periodo comprendido entre el último corte y la nueva fecha xx xxxxx.  Si EL CLIENTE no objetare Asimismo, en dicho estado de cuenta se harán constar e identificarán las operaciones realizadas al amparo de los servicios convenidos, materia de este contrato. “EL BANCO” prevendrá por escrito a “EL CLIENTE”, de la fecha xxx xxxxx, la que no podrá variar sin previo aviso por escrito, comunicado por lo menos con un mes de anticipación. Dichos estados de cuenta estarán disponibles para consulta de “EL CLIENTE” dentro de los diez (10) cinco días hábiles siguientes a la fecha xx xxxxx en sucursal o en xxx.xxxx.xx. En su caso, “EL CLIENTE” podrá objetar por escrito su estado de cuenta con las observaciones que considere procedentes, dentro de los 90 (NOVENTA) días naturales siguientes al corte, debiendo “EL CLIENTE”, en caso xx xxxxx de los medios electrónicos y que por dicho motivo no le sea posible la consulta de su estado de cuenta por dicha vía, durante un plazo ininterrumpido de 10 (DIEZ) días naturales que sigan al corte, solicitar a “EL BANCO” su estado de cuenta mensual en el mismo es puesto domicilio de la sucursal de apertura de este contrato, presumiéndose que tuvo acceso por medios electrónicos a su disposición, se entenderá aceptado por éste, estado de cuenta si no lo reclamare y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser objeta por escrito y la falta antes de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de los 90 (NOVENTA) días naturales siguientes al corte. Transcurrido este plazo, sin que “EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto ” hubiere realizado reclamaciones u objeciones al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas , los asientos y conceptos que figuran en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para contabilidad de “EL BANCO” harán fe en contra de “EL CLIENTE”, salvo prueba en contrario, en el envío juicio respectivo, con base en lo que establece la Ley de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico Instituciones de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadoCrédito.

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Samples: Contrato De Depósito Bancario De Títulos en Administración

Estados de Cuenta.  Al El CLIENTE instruye expresamente a APOYO para que ésta expida el estado de cuenta del presente CONTRATO al momento de en que el CLIENTE se lo solicite en la apertura de sucursal en la cuenta EL que se le otorgó el CRÉDITO presentando consigo una identificación oficial vigente, para lo cual, el CLIENTE decidirá si optará por podrá solicitar la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos consulta de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los diez horarios de atención al público establecidos por APOYO. No obstante lo anterior, en caso de que el CLIENTE no soliciten su estado de cuenta, APOYO lo emitirá o generará por lo menos cada seis meses y lo pondrá físicamente a disposición del CLIENTE en la sucursal en la que se le otorgó el CRÉDITO, obligándose el CLIENTE a disponer de el en el domicilio de la sucursal que le otorgó el crédito, en la inteligencia de que el CLIENTE podrá solicitar en cualquier momento a APOYO el envío del estado de cuenta a su domicilio, y APOYO estará obligado a hacerlo en los términos que se describen en la presente cláusula. En el estado de cuenta se indicarán, entre otros aspectos: las cantidades cargadas y abonadas, el saldo insoluto del CRÉDITO, las fechas xx xxxxx, los datos necesarios para realizar el cálculo de los intereses a pagar, así como cualquier otro movimiento, que se lleve a cabo. El CLIENTE podrá objetar el estado de cuenta, dentro de los 90 (10noventa) días siguientes naturales contados a la fecha en partir de que el mismo es puesto estado de cuenta quedó a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos una vez que lo requirió en la fecha una ventanilla de la cuentasucursal. Las reclamaciones contra otra clase El estado de comunicaciones deberán elevarse cuenta certificado por el contador público autorizado para tal efecto por APOYO hará fe, salvo prueba en contrario, en el juicio respectivo para la fijación del saldo resultante a EL BANCO cargo del deudor, en términos del artículo 87-E de inmediatola Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del CRÉDITO. Toda reclamación deberá ser por escrito y En el supuesto que el CLIENTE no solicite la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío expedición del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con , no quedará por este hecho eximido de efectuar el Estado pago del monto del CRÉDITO, los intereses ordinarios correspondientes, y las comisiones de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío cargos de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información cobranza que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadocausen.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Estados de Cuenta.  Al momento La “ACREDITANTE” pondrá a disposición del “CLIENTE”, en la página de Internet de la apertura “ACREDITANTE”: www.exi- xxxxxxxxx.xxx.xx, sin cargo para éste, un “ESTADO DE CUENTA” corres- pondiente al “CRÉDITO”, en el cual se describa al menos: a) Nombre del “CLIENTE”, b) Número del “CRÉDITO”, c) “MONTO TOTAL DEL CRÉDITO” y monto a pagar del periodo, d) fecha límite de pago y xx xxxxx, e) saldo insoluto del principal o capital del “CRÉDITO” f) número total de “PARCIALIDADES” y g) los demás requisitos conforme a la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión legislación vigente aplicable. El “ESTADO DE CUENTA” se entregará al menos (2) dos veces al año en los meses de Estado de Cuenta al final enero y julio de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta año, dentro de los diez 10 (10diez) días Días Hábiles siguientes a la fecha xx xxxxx correspondiente. Lo anterior sin perjuicio de que, en todo momento, el “CLIENTE” podrá solicitar su “ESTADO DE CUENTA” en la Unidad Especializada de Atención a Usuarios (“UNE”). Una vez recibido el “ESTADO DE CUENTA”, el “CLIENTE” contará con 90 (noventa) días naturales para reportar algún cargo no reconocido o algún abono no aplicado, a través de escrito libre explicando la razón de su inconformidad y que el mismo es puesto lo haga llegar a la “ACREDITANTE” ya sea a su disposicióndomicilio o al correo de la “UNE” xxx@xxxxxx.xxx. Cuando la “ACREDITANTE” haya recibido la solicitud de aclaración, se entenderá aceptado por éstela “ACREDITANTE” contará con un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días naturales para entregar al “CLIENTE” el dictamen correspondiente referente a su caso, y sus saldos deudores anexando copia simple del documento o acreedores serán definitivos evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, con base en la fecha informa- ción que, conforme a las disposiciones aplicables, deba obrar en su poder, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en el escrito presentado por el “CLIENTE”. El “CLIEN- TE” podrá comunicarse a la “UNE”, en caso de dudas referentes a sus aclaraciones, consulta de saldos, transacciones y movimientos de su “CRÉDITO”, al teléfono: (00) 00000000 en la Ciudad de México y área metropolitana o al 01 800 0220 884 lada sin costo del interior de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase República, en horario de comunicaciones deberán elevarse lunes a EL BANCO viernes de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición 09:00 horas a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitado19:00 horas.

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Samples: Contrato De Apertura De Crédito Simple

Estados de Cuenta.  Al momento de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará CREDITEL remitirá al domicilio indicado por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca el Usuario titular, en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho forma mensual, un estado de cuenta que incluirá todos los conceptos descriptos en el decreto 409/996 de 18/10/96 y sus normas modificativas y circular número 0000 xxx Xxxxx Xxxxxxx xxx Xxxxxxx. El Usuario podrá formular las observaciones que le mereciere la información dentro de los diez (10) días siguientes a de recibida la fecha en que misma. De lo contrario, la información de CREDITEL se tendrá por aceptada por el Usuario y el saldo resultante conformado por el mismo es puesto y líquido y exigible (art. 353.3 CGP). La conformidad expresa o tácita de un resumen de cuenta mensual, sólo importa el reconocimiento de la legitimidad y validez de la adquisición de bienes y servicios que figuren en el mismo, pero no excluye la legitimidad y validez de otras adquisiciones de bienes y servicios efectuados durante ese período o períodos anteriores, cuyos comprobantes no hubieren sido recibidos de los comercios adheridos o de las empresas participantes del sistema, o que recibidos no pudieron ser incluidos en el referido estado de cuenta. Estos serán incluidos con posterioridad en futuros estados de cuenta, pudiendo el Usuario en dicha oportunidad realizar todas las observaciones que estimare pertinentes, dentro del plazo establecido precedentemente. Los conformes respaldatorios de las operaciones efectuadas por el Usuario quedarán a su disposición, en CREDITEL y/o comercios en donde se entenderá aceptado hubieren efectuado las transacciones, por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en un plazo máximo de 180 días contados a partir de la fecha de emisión del respectivo documento. Vencido dicho plazo, CREDITEL podrá proceder a la cuentadestrucción de los documentos sin incurrir por ello, en responsabilidad de especie alguna. Las reclamaciones contra otra clase Por último, se deja constancia que si el Usuario no desea que CREDITEL le envíe el estado de comunicaciones deberán elevarse cuenta a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y su domicilio, podrá obtenerlo electrónicamente mediante la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para forma que EL CLIENTE dé se indicará en su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales En el caso que el Usuario opte por obtener el estado de cuenta electrónicamente, éste tendrá la carga de consultar su estado de cuenta mensualmente a efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío del conocimiento de los Estados cargos adeudados y de Cuenta y documentos anexos toda otra información relevante que con relación al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados estado de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retirosea comunicada por CREDITEL.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitado.DÉCIMO TERCERO:

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Samples: Contrato Para El Uso De La Tarjeta De Crédito Creditel

Estados de Cuenta.  Al momento EL BANCO mantendrá disponible en su sistema Banca en Línea los estados de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará cuentas con los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCOcuenta. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare objetase dicho estado de cuenta dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposiciónde emisión, se entenderá que ha sido aceptado por éste, éste y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha del Estado de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda Cualquier reclamación deberá ser por escrito y la falta de tal reclamación será Interpretada interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a Todos los depósitos deberán ser realizados utilizando los formularios especiales que para tales efectos suministre EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hechay se harán en dinero en efectivo, cheques, o transferencias electrónicas. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas aceptará depósitos que se hagan en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documentoEL CLIENTE, tales como: Banca en Líneaaun cuando las boletas o comprobantes de estos depósitos estén firmados por personas distintas al CLIENTE. En esos casos, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que EL CLIENTE se implementehace responsable por los valores así depositados. EL BANCO se reserva el derecho de rechazar cualquier depósito o transferencia de fondos recibida a cuenta del CLIENTE cuando estime que las mismas son irregulares, no asume responsabilidad alguna son cónsonas con el giro del negocio del CLIENTE. Si a juicio del BANCO la operación es irregular por las razones expuestas en la pérdida legislación relativa a operaciones irregulares o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismosospechosas, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados procederá de Cuentaacuerdo con lo señalado en dichas disposiciones para estos casos. Al efectuar cada depósito o retiro por caja, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando recibirá una copia de este con el formulado que EL respectivo sello del BANCO le suministre y en caso de transferencias electrónicas se podrán verificar dichos depósitos o retiros a fin través de que los estados de cuenta respectivos o EL CLIENTE podrá imprimir la constancia que emite el sistema electrónico, si fuera el caso. Los depósitos efectuados mediante cheques o transferencias electrónicas girados contra otros bancos solamente serán acreditados de manera definitiva a las cuentas de EL CLIENTE después que éstos hayan sido pagados por dichos bancos. Queda convenido, además, que el valor de los depósitos hechos con cheques o transferencias electrónicas contra bancos con oficinas ubicadas fuera del territorio nacional, no estarán a disponibilidad del CLIENTE sino hasta tanto EL BANCO reciba aviso del corresponsal de que los cheques han sido aceptados. En consecuencia, EL CLIENTE conviene en que los gastos en que incurra EL BANCO por la negociación de dichos documentos serán asumidos por EL CLIENTE de acuerdo con la tasa de cambio vigente. Igualmente queda convenido que corren a cargo del CLIENTE todos los riesgos relativos a las circunstancias que puedan afectar adversamente los documentos girados contra bancos ubicados fuera del territorio nacional y en especial a aquellos girados contra bancos de moneda distinta a la de curso legal en la República de Panamá. EL CLIENTE autoriza expresamente al BANCO para debitar de su cuenta el importe de los cheques que, habiendo sido depositados o transferencias electrónicas realizadas, no resulten cobrados por EL BANCO, así como el de aquellos cheques o transferencias electrónicas realizadas que habiendo sido cobrados por EL BANCO y acreditados por éste en la cuenta de EL CLIENTE, deban ser reembolsados al banco girado por haber sido, a juicio del BANCO o del EL BANCO girado, pagados indebidamente. Queda convenido que toda consignación hecha por EL CLIENTE sobre cheques o transferencias electrónicas de otros bancos implica una autorización al BANCO para cargar en la cuenta de CLIENTE el valor de la comisión por el traslado de fondos. EL BANCO se obliga a devolver los cheques rechazados a EL CLIENTE; sin embargo, no está obligado frente a EL CLIENTE a practicar ninguna diligencia conservatoria destinada a evitar la caducidad de las acciones, si por falta de tales diligencias se extinguen tales acciones. EL CLIENTE autoriza al BANCO a anular y/o demás documentos reversar cualquier transacción financiera que le correspondan sean retenidas en hubiera realizado sobre una cuenta de EL BANCO para su retiro.  Todo Estado CLIENTE, que no correspondiera, de Cuenta enviado a la dirección forma que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto los créditos, anotaciones o débitos ejecutados por cualquier razónerror u omisión humana, a partir puedan ser reversados de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadomanera inmediata.

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Samples: Contrato Unico Para Servicios Bancarios

Estados de Cuenta.  Al momento En los términos establecidos en el inciso a) de la definición “Reportes del Fiduciario”, durante los primeros 10 (diez) Días Hábiles de cada mes de calendario, el Fiduciario enviará por correo electrónico y pondrá a disposición del Fideicomitente, del Administrador Maestro, del Administrador Sustituto, en su caso, del Representante Común, de los miembros del Comité Técnico y de las Agencias Calificadoras, en la página de Internet xxx.xxxxxxxx.xxx conforme a sus políticas internas, copias de los estados de cuenta que reflejen el estado del Patrimonio del Fideicomiso y en los que se describan claramente y de manera detallada los movimientos efectuados con respecto a cada una de las Cuentas y Fondos del Fideicomiso durante el mes inmediato anterior, siempre y cuando dichas cuentas se encuentren abiertas en Banco Actinver, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Actinver, en el entendido de que, tratándose de cuentas bancarias abiertas en un banco distinto de aquel al que pertenece el Fiduciario, el Fiduciario únicamente estará obligado a entregar copias de los estados de cuenta que le sean proporcionados por el banco en el que estén abiertas dichas cuentas a más tardar el tercer Día Hábil siguiente a aquel en que los reciba. El Administrador Maestro revisará la información contenida en dichos estados de cuenta, la cual utilizará para cumplir con sus obligaciones conforme al Contrato de Administración. El Fiduciario realizará los actos necesarios para dar acceso únicamente para efectos de consulta a través de banca electrónica a todas las Cuentas y Fondos del Fideicomiso al Administrador Maestro, al Administrador y al Representante Común a más tardar dentro de los 20 (veinte) Días Hábiles siguientes a la apertura de cada cuenta, previa instrucción por escrito que reciba de parte del Administrador Maestro, del Administrador y del Representante Común, respectivamente. Dicha instrucción deberá incluir, por lo menos, nombre completo, domicilio, correo electrónico, teléfono, copia simple del registro federal de contribuyentes (en su caso), copia simple de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por clave única de registro de población (en su caso) y copia simple de la emisión de Estado de Cuenta al final identificación oficial vigente de cada mes o si visualizará los movimientos una de su cuenta a través las personas cuya autorización de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposiciónconsulta se requiera, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de otra información que se implementeles solicite.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío En relación con lo anterior, el Fideicomitente y el Representante Común expresan su consentimiento y aceptación al “Programa Libre de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismoPapel”, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de para que los estados de cuenta y/sean puestos a su disposición en la página de internet xxx.xxxxxxxx.xxx y enviados electrónicamente al correo electrónico que se señale en el Anexo “K” del presente Contrato o demás documentos a cualquier otro correo electrónico que le correspondan sean retenidas dichas partes notifiquen al Fiduciario, mediante la actualización de dicho Anexo “K” firmado por apoderado con facultades suficientes de cada una de las partes. Por otra parte, será responsabilidad del Fiduciario obtener el consentimiento y aceptación, por parte del Administrador Maestro, del Administrador Sustituto, en EL BANCO su caso, y de los miembros del Comité Técnico, al “Programa Libre de Papel”, para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo sean puestos a su disposición en la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención página de estados de cuentainternet xxx.xxxxxxxx.xxx y les sean enviados electrónicamente conforme a lo descrito en este párrafo. En El Fiduciario no será responsable en caso de que EL CLIENTE que, por causas no retire sus imputables al Fiduciario, alguna de las Personas antes mencionadas no reciba los estados de cuenta respectivos, en cuyo caso será responsabilidad de dichas Personas solicitar al Fiduciario una copia de los estados de cuenta correspondientes. Todo estado de cuenta que prepare el Fiduciario será elaborado de conformidad con los formatos que institucionalmente hayan sido establecidos y contendrá la información que el Fiduciario determine de conformidad con las políticas institucionales. Conforme a la Circular 1/2005 emitida por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos Banco de México, el Fiduciario ha explicado claramente y la instrucción en forma inequívoca al Fideicomitente el contenido del numeral 5.4 de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitado.dicha Circular 1/2005 y las medidas preventivas siguientes:

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Samples: Contrato De Fideicomiso Irrevocable De Emisión, Administración Y Pago

Estados de Cuenta.  Al momento EL BANCO elaborará un estado de la apertura de la cuenta mensual y en él se detallarán las operaciones efectuadas por EL CLIENTE decidirá si optará y por la emisión LOS TARJETAHABIENTES. Los estados de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta serán enviados a EL CLIENTE mensualmente a través de cualquiera de los medios siguientes: (a) Por correo, a la Banca en Línea última dirección postal de EL CLIENTE registrada en EL BANCO. ; (b) Por correo electrónico a la última dirección de correo electrónico registrada en EL BANCO; (c) A solicitud de EL CLIENTE, a través del sistema de BANCA ELECTRÓNICA o cualquier otro medio electrónico y; (d) A solicitud de EL CLIENTE, podrá retenerse en EL BANCO, en cuyo caso EL CLIENTE está en la obligación de notificar a deberá pagar el cargo que EL BANCO su decisióndetermine por tal servicio y queda obligado a retirar los estados de cuenta en un término no mayor de tres (3) meses.Transcurrido dicho plazo, EL BANCO quedará en libertad de destruir dichos estados de cuenta, en cuyo caso ELCLIENTE deberá realizar nueva solicitud por escrito para el suministro de los mismos y EL BANCO generará nuevamente los estados de cuenta en un término de tres (3) días hábiles.  Si Los estados de cuenta incluirán los intereses mensuales que se causen, así como cualquier otro gasto que deba sufragar EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los según el presente contrato. Transcurrido diez (10) días siguientes a la fecha en calendarios contados, según corresponda, desde que el mismo es puesto a su disposiciónestado de cuenta se tenga por dado y recibido, conforme se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos estipula en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito cláusula denominada “Avisos y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad Notificaciones por parte de EL CLIENTE.  La presentación BANCO” o envío del Estado desde la fecha xx xxxxx que aparezca en el estado de Cuenta constituye una petición a cuenta, en el caso de retención en EL BANCO para de dicho estado de cuenta, sin que EL CLIENTE dé su conformidad lo hubiere objetado por escrito, el mismo se tendrá como aceptado, y EL CLIENTE no podrá presentar reclamo alguno a ELBANCO con la liquidación hechaposterioridad a dicho plazo, y los saldos indicados en el correspondiente estado de cuenta se tendrán por reconocidos y serán definitivos. EL BANCO podrá variar la fecha de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado expedición o de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO cuenta, dando treinta (30) días de aviso para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadoello.

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Samples: Contrato Para La Emisión Y Uso De Tarjetas De Crédito Personal

Estados de Cuenta.  Al momento MI BANCO pondrá a disposición del Comercio Afiliado, al menos de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposiciónmanera trimestral, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que reflejen el detalle de las Transacciones, Contracargos, devoluciones, ajustes, cuotas, comisiones, tasas y/o en su caso, penalizaciones de las Redes de Medios de Disposición derivadas del procesamiento de Transacciones del Comercio Afiliado y/o cualquier otra cantidad que sea debida a MI BANCO conforme al presente Contrato. Es responsabilidad del Comercio Afiliado revisar y validar los estados de cuenta en los que se sigan generando se reflejen los movimientos de las Transacciones enviados por MI BANCO o por las Redes de Medios de Disposición y debe notificar inmediatamente por escrito a MI BANCO cualquier error que, en su opinión, exista en el estado de cuenta que le hará un cargo haya sido enviado. La notificación por escrito a la cual hace referencia el párrafo inmediato anterior, debe contener al menos: • El nombre y número de cuenta respectiva hasta del Comercio Afiliado; • El monto en pesos del error; • La descripción del error; • La explicación de por tres meses con qué el Comercio Afiliado considera que hay un error y sus causas, si es que son identificables. MI BANCO deberá recibir la comisión establecida para la retención notificación por escrito dentro de estados los 90 (noventa) Días posteriores al Día en que el Comercio Afiliado haya recibido el estado de cuenta. En caso Si el Comercio Afiliado no lo notifica dentro del citado plazo, MI BANCO no será responsable por cualquier error que el Comercio Afiliado pueda llegar a identificar posteriormente. Durante los 60 (sesenta) Días siguientes a que MI BANCO reciba del Comercio Afiliado la notificación por escrito del error, el Comercio Afiliado no podrá realizar reclamaciones a MI BANCO por cualquier gasto o pérdida relacionada con dicho error, ya que durante dicho plazo MI BANCO investigará el error. El Comercio Afiliado no tiene derecho a exigir el reembolso de ningún costo o gasto en que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadohubiese incurrido con motivo del error.

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Samples: Contrato De Afiliación De Comercios Para La Recepción De Pagos Con Tarjetas Y Servicios Relacionados

Estados de Cuenta.  Al momento Los estados, movimientos, débitos, créditos, saldos, intereses, comisiones, impuestos, aranceles, retenciones, ajustes y toda operación o cargo relacionados con cuentas o el uso de Tarjetas de Débitos y Créditos se informarán en sendos Estados de Cuenta que se enviarán al CLIENTE con la apertura periodicidad apropiada requerida por la legislación vigente, al domicilio que EL CLIENTE declare, siempre y cuando éste registre movimientos en sus cuentas. Si el servicio contratado por EL CLIENTE no mostrare ningún movimiento durante el plazo del mes no generará extracto alguno. EL CLIENTE se compromete a revisar los resúmenes de cuentas que le envíe EL BANCO y avisar a éste cualquier discrepancia. Todo reclamo deberá hacerse por escrito. Transcurridos 15 días de recibido el extracto de cuenta sin comunicarse observación alguna, EL CLIENTE no podrá formular reclamo alguno respecto al saldo de la cuenta que arrojan las constancias del BANCO al último día de dicho cierre, sin perjuicio del derecho a que se debite en la cuenta del CLIENTE cualquier cheque o valor acreditado en la misma cuyo cobro no se haya hecho efectivo por cualquier causa. Se presume que EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado ha recibido el resumen de cuenta si es que no reclamare al BANCO por escrito una copia del mismo dentro de los primeros diez (10) días siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto mes siguiente al envío del estado extracto de cuenta. A tales los efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío del cómputo de los Estados de Cuenta plazos previstos en el Art. 1.402 y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidaciónconcordantes del Código Civil, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando correrán desde el formulado que EL BANCO le suministre a fin décimo día del mes del extracto, salvo el caso de que los estados reclamo de copia del resumen de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadoarriba señalado.

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Samples: Contrato Único De Servicios Bancarios

Estados de Cuenta.  Al momento “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL” estará obligada a elaborar un estado de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta con fecha xx xxxxx al final último día hábil de cada mes mes, en el cual se asentará una relación de todas las operaciones realizadas por “EL CLIENTE” o si visualizará los movimientos por su cuenta, y que refleje la posición de su cuenta las “ACCIONES” y efectivo de dicho “CLIENTE”, así como la posición de “ACCIONES” y efectivo xxx xxxxx mensual anterior, además se incluirán aquellos conceptos que hayan sido cargados a través de “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL” y a que alude la Banca en Línea de EL BANCOcláusula anterior. EL CLIENTE está en la Igualmente, es obligación de notificar “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL” enviar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare “CLIENTE” dicho estado de cuenta dentro de los diez (10) primeros cinco días siguientes hábiles posteriores al corte mensual. El estado de cuenta hará las veces de factura global para todos los efectos legales. En caso de que “EL CLIENTE” no recibiere algún estado de cuenta con oportunidad, adicionalmente “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL”, a solicitud de “EL CLIENTE”, podrá proporcionarle una copia del estado de cuenta, el cual estará disponible en la oficina donde se le maneje su cuenta, a fin de que pueda hacer las objeciones pertinentes en tiempo. Es responsabilidad de “EL CLIENTE” la conservación de los estados de cuenta para efectos fiscales, por lo que “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL” no estará obligada a emitir segundas copias originales de dichos estados de cuenta, y en caso que se llegaren a emitir, “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL” podrá cobrar una comisión a “EL CLIENTE” por dicho concepto. “EL CLIENTE” y “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL”expresamente convienen y acuerdan que en el supuesto caso de que la cuenta que se maneja al amparo del presente contrato no tenga posición de “ACCIONES” ni de efectivo, a favor o a cargo de “EL CLIENTE”, por un período mayor de dos meses consecutivos, “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL” queda facultada, sin incurrir en responsabilidad alguna, para suspender el envío del estado de cuenta en tanto permanezca dicha situación. Al momento en que la cuenta tenga movimiento derivado de las operaciones realizadas por “EL CLIENTE” o por su cuenta, “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL” estará obligada a reanudar el envío de los estados de cuenta en la forma prevista en esta cláusula. comprobante de cada operación que realice al amparo de este contrato, que contendrá además de los datos necesarios para su identificación, el importe de la operación. Este comprobante y el número de su registro contable quedarán a disposición de “EL CLIENTE” en la oficina de “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL” en donde se maneje la cuenta, a partir del siguiente día hábil de celebrada la operación, a menos de que la cuenta se manejase a través de una oficina ubicada fuera de la plaza en la que se encuentre la oficina matriz de “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL”, caso en el cual, tal comprobante estará a disposición de “EL CLIENTE” el segundo día hábil posterior a la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos realice la operación. Lo anterior con independencia de que la misma operación se vea reflejada en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documentomensual. DISTRIBUIDORA PRINCIPAL”. Los recibos, tales como: Banca en Líneacomprobantes, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o y demás documentos que le correspondan sean retenidas “LA DISTRIBUIDORA PRINCIPAL” expida a favor de “EL CLIENTE” para acreditar la recepción o transferencia de “ACCIONES” y efectivo, se expedirán invariablemente a nombre de “EL CLIENTE”, y en ningún caso serán negociables, por lo que “EL BANCO para su retiro.  Todo Estado CLIENTE” no podrá disponer de Cuenta enviado a ellos ni realizar sobre de ellos ningún acto comercial ni civil que pretenda la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir transmisión de ese momento la instrucción derechos o constitución de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos garantías sobre los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadomismos.

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Samples: Contrato Normativo De Operaciones De Compra Y Venta De Acciones De Sociedades De Inversión

Estados de Cuenta.  Al momento EL BANCO elaborará un estado de la apertura de la cuenta mensual y en él se detallarán las operaciones efectuadas por EL CLIENTE decidirá si optará y por la emisión LOS TARJETAHABIENTES. Los estados de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta serán enviados a EL CLIENTE mensualmente a través de cualquiera de los medios siguientes: (a) Por correo, a la Banca en Línea última dirección postal de EL CLIENTE registrada en EL BANCO. ; (b) Por correo electrónico a la última dirección de correo electrónico registrada en EL BANCO; (c) A solicitud de EL CLIENTE, a través del sistema de BANCA ELECTRÓNICA o cualquier otro medio electrónico y; (d) A solicitud de EL CLIENTE, podrá retenerse en EL BANCO, en cuyo caso EL CLIENTE está en la obligación de notificar a deberá pagar el cargo que EL BANCO su decisióndetermine por tal servicio y queda obligado a retirar los estados de cuenta en un término no mayor de tres (3) meses.  Si Transcurrido dicho plazo, EL BANCO quedará en libertad de destruir dichos estados de cuenta, en cuyo caso EL CLIENTE no objetare dicho estado deberá realizar nueva solicitud por escrito para el suministro de los mismos y EL BANCO generará nuevamente los estados de cuenta dentro en un término de tres (3) días hábiles. Los estados de cuenta incluirán los intereses mensuales que se causen, así como cualquier otro gasto que deba sufragar EL CLIENTE según el presente contrato. Transcurridos diez (10) días siguientes a la fecha en calendarios contados, según corresponda, desde que el mismo es puesto a su disposiciónestado de cuenta se tenga por dado y recibido, conforme se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos estipula en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito cláusula denominada "Avisos y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad Notificaciones por parte de EL CLIENTE.  La presentación BANCO" o envío del Estado desde la fecha xx xxxxx que aparezca en el estado de Cuenta constituye una petición cuenta, en el caso de retención en EL BANCO de dicho estado de cuenta, sin que EL CLIENTE lo hubiere objetado por escrito, el mismo se tendrá como aceptado, y EL CLIENTE no podrá presentar reclamo alguno a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hechaposterioridad a dicho plazo, y los saldos indicados en el correspondiente estado de cuenta se tendrán por reconocidos y serán definitivos. EL BANCO podrá variar la fecha de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado expedición o de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO cuenta, dando treinta (30) días de aviso para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadoello.

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Samples: www.multibank.com.pa

Estados de Cuenta.  Al momento SANTANDER CONSUMO remitirá periódicamente la ACREDITADA, dentro de los diez días naturales siguientes a la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará fecha xx xxxxx que corresponda, al menos bimestralmente, al último correo electrónico señalado por la emisión ACREDITADA para ese fin o bien, mediante el uso de Estado los medios electrónicos pactados, un estado de Cuenta cuenta que especificará las operaciones y movimientos que se hubieren realizado al final amparo de este contrato durante cada mes período transcurrido, el saldo insoluto del Crédito así como las cantidades cargadas y abonadas durante cada periodo. Las partes convienen que SANTANDER CONSUMO se reserva el derecho de enviar dicho estado de cuenta directamente o a través del BANCO. La ACREDITADA tendrá un plazo de noventa días naturales contado a partir xxx xxxxx, para objetar su estado de cuenta, por lo que si visualizará no lo recibe oportunamente, deberá solicitarlo x XXXXXXXXX CONSUMO para, en su caso, poder objetarlo en tiempo. Transcurrido dicho plazo sin haberse hecho objeción a la cuenta, los movimientos asientos que figuren en la contabilidad xx XXXXXXXXX CONSUMO harán prueba a favor de ésta. Sin perjuicio de lo indicado, la ACREDITADA se obliga a pagar el Crédito de que se trate en la fecha convenida, aún y cuando por cualquier razón, ya sea imputable a éste, x XXXXXXXXX CONSUMO o a un tercero, no haya recibido su estado de cuenta. SANTANDER CONSUMO se reserva el derecho de emitir un estado de cuenta en el que se contenga la información relativa a cada uno o varios de los Créditos que celebren las partes al amparo del presente CONTRATO ÚNICO. Asimismo, las partes pactan que la ACREDITADA, mediante el uso de sus claves de acceso podrá consultar su estado de cuenta por los medios electrónicos que SANTANDER CONSUMO ponga a su disposición, en el entendido que dicha información se transmitirá de forma cifrada de tal manera que se evite su lectura por cualquier tercero no autorizado. No obstante lo anterior, la ACREDITADA podrá solicitar en cualquier momento la activación del envío físico a su domicilio a través de la Banca Electrónica o en Línea cualquier sucursal de EL BANCO. EL CLIENTE está Banco Santander (México) S.A. Lo anterior, si las partes así lo pactan en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los diez (10) días siguientes a Carátula del presente instrumento, o en documento por separado cuando la fecha designación se realice en momento posterior, en el entendido que la ACREDITADA podrá solicitar en cualquier momento x XXXXXXXXX CONSUMO, el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuentacuenta a su domicilio, quedando SANTANDER CONSUMO obligado a hacerlo en los términos estipulados en el párrafo precedente.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado Dicha modificación deberá realizarse a través de Cuenta las notas débito o crédito realizadas un escrito presentado en la cuenta y sucursal de su elección. Las fechas xx xxxxx que correspondan al cálculo de intereses en su caso, correspondientes a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío cada uno de esto documentolos Créditos que celebre al amparo del presente contrato, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información salvo que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por haya estipulado en la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin SOLICITUD U OFERTA de que los estados se trate, estarán a disposición de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO la ACREDITADA para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y consulta en el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados estado de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitado.

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Samples: Contrato Único De Crédito Al Consumo

Estados de Cuenta.  Al momento de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará El Banco Emisor enviará al Tarjetahabiente mensualmente por la emisión de Estado de Cuenta el medio electrónico que éste elija y hubiere comunicado al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho Banco, un estado de cuenta en el que se indicarán las transacciones realizadas tanto en el territorio nacional como en el extranjero, detallando las Contrato de tarjeta de crédito Banco xx Xxxxx Rica Página 5 de 16 CSB-TJT-CON-886-12_V44 cantidades cargadas y abonadas desde el último corte hasta la fecha del estado inclusive, así como la demás información requerida de conformidad con el Reglamento de Tarjetas de crédito y débito. Su envío se hará dentro de los diez (10) cinco días hábiles siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha al corte mensual de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase Si dentro de comunicaciones deberán elevarse los sesenta días hábiles contados a EL BANCO partir de inmediatola fecha xx xxxxx y el momento en que se tiene conocimiento del hecho reclamado, el Tarjetahabiente no objeta el estado de su cuenta, se tendrán por reconocidas las cuentas en la forma presentada y aceptada el saldo que se indique. Toda reclamación deberá ser por escrito Si el Tarjetahabiente no recibiere los estados de cuenta en el plazo convenido y aun así no lo hubiere reportado al Banco, se obliga a consultar su saldo deudor a través de los medios electrónicos que el Banco haya puesto a su disposición o acudiendo a cualquiera de sus oficinas; en el entendido que no será admisible como razón para justificar la falta omisión de reclamación será Interpretada como señal pago y las consecuencias que de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé ello se deriven, el no haber recibido su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con El Tarjetahabiente queda obligado a reportar cualquier cambio en el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que cual deban enviarse los estados de cuenta y/o demás documentos y cualquier otro tipo de documentación, por lo que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retirono podrá efectuar reclamo alguno, si no ha cumplido oportunamente con esta obligación.  Todo Estado El Banco Emisor se reserva el derecho de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los no emitir estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo cuando el saldo deudor sea igual a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadocero.

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Samples: Contrato De Tarjeta De Crédito

Estados de Cuenta.  Al momento de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de En el Estado de Cuenta al final Cuenta, se detallarán los movimientos, débitos, créditos, saldos, intereses, comisiones, impuestos, aranceles, retenciones, ajustes y toda operación o cargo relacionado con cuentas, productos, préstamos, servicios, operaciones en Banca Electrónica o transacciones derivadas del uso de cada tarjetas de débito. Si el servicio o producto contratado por el Cliente no mostrare ningún movimiento durante el plazo del mes no generará extracto alguno; si no tuviere movimiento pero sí saldo a favor del Cliente, este podrá solicitar la impresión del extracto del mes que requiera. El Cliente se compromete a revisar los resúmenes de cuentas que el Banco le envíe o si visualizará los movimientos ponga a su disposición por cualquier medio, y comunicará a este cualquier discrepancia. Todo reclamo debe hacerse por escrito en tiempo oportuno. Salvo que expresamente solicite lo contrario por escrito, el Cliente acepta acceder a todos sus Estados de su cuenta Cuenta, a través de la Banca en Línea WEB u otros medios, sean ellos de EL BANCOcuentas de ahorro, cuentas corrientes, préstamos o cualquier otro producto y servicio que mantenga o mantendrá con el Banco, autorizando expresamente a este a no imprimir y remitir los mismos por otro medio. EL CLIENTE está en la obligación de notificar Adicionalmente, podrá acceder a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro extracto a través de los diez (10) días siguientes distintos canales electrónicos alternativos habilitados para el efecto. No obstante ello, el primer día hábil de cada mes, el Banco pondrá a la fecha disposición del Cliente en que el mismo es puesto sus Centros de Atención al Cliente dichos extractos para su impresión a su disposiciónsolicitud del Cliente, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en siendo esta la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse notificación y transmisión del extracto o resumen del Banco al Cliente a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales todos sus efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuentalegales. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados el Banco en algún momento remita algún extracto o resumen de cuenta al Cliente por 3 meses seguidos otro medio, este se considerará adicional a aquel y no implicará modificación de lo establecido precedentemente. El Cliente asume toda la responsabilidad ante cualquier situación que pudiera suscitarse como consecuencia de esta solicitud, eximiendo al Banco de toda responsabilidad, frente a sí mismo y a los terceros. A los efectos del cómputo de los plazos previstos en el Art. 1402 y concordantes del Código Civil los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitado.correrán desde el día diez

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Samples: Contrato Único

Estados de Cuenta.  Al momento El BANCO enviará mensualmente y/o pondrá a disposición a favor del CLIENTE un estado de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea mecanismos virtuales, este tipo de EL BANCOentrega no está sujeta al cargo de ninguna comisión. EL En caso el CLIENTE está en la obligación requiera de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho manera expresa el envío de forma física, el estado de cuenta dentro de los diez (10) días siguientes será dirigido a la fecha en dirección domiciliaria o laboral que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos CLIENTE haya consignado en la fecha respectiva solicitud de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Tarjeta, considerando que el Estado de Cuenta constituye una petición se entregará bajo puerta o a EL la persona que se encuentre en la dirección consignada y que dicha entrega está sujeta a la comisión correspondiente según lo señalado en los tarifarios u Hoja Resumen del BANCO. En caso el CLIENTE decida modificar la forma de envío físico por el envío de estado de cuenta, deberá acercarse a cualquier agencia del BANCO, realizar el cambio a través de banca telefónica o mediante otro canal que el BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con disponga. Dicha modificación se hará efectiva a partir de la liquidación hecha. EL BANCO podrá subsiguiente fecha de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío vencimiento del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con En caso el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para CLIENTE opte por el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención físico de estados de cuenta, el BANCO es responsable de mantener una constancia que permita acreditar dicha decisión. En caso de que EL Si el CLIENTE no retire sus estados recibiera el estado de cuenta oportunamente de acuerdo a las fechas establecidas, por causa imputable al BANCO, podrá visualizarlo a través de los canales digitales que el BANCO pone a su disposición y/o en las agencias del BANCO. Dicho estado de cuenta será expresado en Soles, independientemente de la moneda en la que se haya efectuado el consumo. El BANCO se reserva el derecho de expresar, en el futuro, los consumos del CLIENTE en Dólares Americanos, siempre que tales consumos se hayan realizado en dicha moneda. La falta de recepción del estado de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y el CLIENTE no exime a este de la instrucción obligación del pago oportuno de impresión las cuotas o sumas adeudadas al BANCO, pues en tales supuestos será su responsabilidad informarse sobre el importe que le corresponde pagar. EL BANCO se reserva el derecho de este documento será eliminada. En caso no remitir al CLIENTE el estado de que EL cuenta: (i) cuando el CLIENTE a futuro solicite la reimpresión incurra en morosidad de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadocincuenta (50) días consecutivos o más y/o (ii) cuando no exista saldo deudor.

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Samples: Contrato De Productos Financieros

Estados de Cuenta.  Al momento El Acreditado instruye expresamente a la Financiera para que ésta ponga a su disposición en la sucursal donde formalizo el presente Contrato cada vez que lo solicite. Asimismo, y como servicio complementario, la Financiera podrá imprimir el estado de cuenta, si el Acreditado lo solicita en la apertura sucursal en la que se le otorgó el Crédito dentro de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará los horarios de atención establecidos por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de Financiera. Por lo anterior, el Acreditado manifiesta su cuenta a través de conformidad para que la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE Financiera no objetare dicho envíe el estado de cuenta a su domicilio. No obstante que el Acreditado no ingrese a la página xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o solicite su estado de cuenta en cualquiera de las sucursales de la Financiera, ésta lo generará por lo menos de manera semestral y estará a disposición del Acreditado conforme a lo señalado en el párrafo anterior. Asimismo, si el Acreditado lo solicita, se le enviará el estado de cuenta a su domicilio. En el estado de cuenta se indicará, entre otros aspectos: (i) nombre del Acreditado; (ii) número de Contrato; (iii) las cantidades cargadas y abonadas; (iv) el saldo insoluto del Crédito; (v) las Fechas xx Xxxxx; (vi) los datos necesarios para realizar el cálculo de los intereses a pagar; así como (vii) cualquier otro movimiento, que se lleve a cabo con respecto al Crédito otorgado. El Acreditado podrá objetar el estado de cuenta, dentro de los diez 90 (10noventa) días siguientes naturales contados a la fecha en partir de que el mismo es puesto estado de cuenta quedó a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos una vez que lo requirió en la fecha una ventanilla de la cuentasucursal. Las reclamaciones contra otra clase El estado de comunicaciones deberán elevarse cuenta certificado por el contador público autorizado para tal efecto por la Financiera hará fe, salvo prueba en contrario, en el juicio respectivo para la fijación del saldo resultante a EL BANCO cargo del deudor, en términos del artículo 87-E de inmediatola Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Toda reclamación deberá ser por escrito y En el supuesto que el Acreditado no solicite la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío expedición del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con , no quedará por este hecho eximido de efectuar el Estado de Cuenta pago del monto del Crédito y los intereses y comisiones señalados en las notas débito o crédito realizadas en la cuenta cláusulas séptima y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información octava del presente Contrato que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadocausen.

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Samples: Contrato De Crédito Revolvente

Estados de Cuenta.  Al momento de la apertura de la cuenta EL BANCO remitirá mensualmente por correo físico o electrónico a EL CLIENTE decidirá a la dirección de este registrada en EL BANCO, un estado del movimiento de su Cuenta, y si optará por la emisión de EL CLIENTE no objetase dicho Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los diez (10) días ordinarios siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposiciónde envío, se entenderá que el Estado de Cuenta ha sido aceptado por éste, este y sus los saldos deudores o acreedores de su Cuenta serán definitivos en la fecha de la cuentadefinitivos. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda A tal efecto, cualquier reclamación deberá ser por escrito y la falta de tal reclamación será Interpretada interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE. EL CLIENTE podrá solicitar a EL BANCO, a su entera discreción, que no le emita Estados de Cuenta impresos, por preferir efectuar la consulta de los mismos, así como la conciliación de los cheques girados, mediante el sistema de BANESCONLINE. De igual manera, EL CLIENTE podrá solicitar a EL BANCO la retención de los Estados de Cuenta y/o demás correspondencia, a fin de que sean mantenidos en EL BANCO para su retiro personal. EL BANCO podrá aplicar cargos de servicios por la retención de correspondencia solicitada por EL CLIENTE, conforme a lo estipulado en el tarifario vigente. La presentación o envío envío, así como la puesta a disposición a través de BANESCONLINE, del Estado de Cuenta constituye una petición a de EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el casomismo que hayan sido enviados por correo. EL BANCO podrá destruir todas todos los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, Cuenta si transcurridos 3 tres (3) meses (90 días) desde a la fecha de la liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren hubiesen sido retirados oportunamente. Los plazos estipulados en esta cláusula se estipulan sin perjuicio de los plazos reglamentarios de que dispone EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando para realizar cualquier reclamo conforme se establece en el formulado que EL BANCO le suministre a fin Reglamento de que Protección al Usuario de los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadoServicios Financieros.

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Samples: Contrato Único

Estados de Cuenta.  Al momento Compartamos generará mensualmente un estado de cuenta correspondiente al Producto contratado, mismo que reflejará las operaciones efectuadas durante el período inmediato anterior a la Fecha xx Xxxxx, especificando los depósitos, retiros, transacciones y operaciones realizadas en la Cuenta y, en su caso, el impuesto retenido por disposición fiscal vigente y las comisiones y gastos generados durante dicho periodo. Dentro de los primeros 5 (cinco) Días Hábiles posteriores a la Fecha xx Xxxxx, las partes convienen, recabando la firma del Cliente como autorización, que en sustitución del envío al domicilio del Cliente Compartamos pondrá a disposición del Cliente dicho estado de cuenta en las Oficinas de Servicio y Sucursales de Compartamos, para que le(s) sea entregado gratuitamente, presentando su Identificación Oficial vigente. La generación del primer estado de cuenta por periodo será gratuita, aquellos estados de cuenta subsecuentes, solicitados por el Cliente para el mismo periodo podrán generar el cobro de comisiones de conformidad con lo establecido en la cláusula Cuadragésima Quinta del presente Contrato. En el estado de cuenta se especificarán las cantidades abonadas o cargadas, fecha al corte de la apertura Cuenta y, en su caso, el importe de las comisiones a cargo durante el periodo comprendido del último corte a la fecha. Asimismo, en dicho estado de cuenta se harán constar e identificarán las operaciones realizadas al amparo de los servicios convenidos, materia de este contrato. Asimismo, en caso de que el Cliente requiera consultar saldos, transacciones y movimientos, deberá acudir a cualquier Oficina de Servicios y/o Sucursales de Compartamos para que le sea entregada la información gratuitamente, presentando su Identificación Oficial vigente o podrá llamar a la línea COMPARTEL al número gratuito 000-000-0000 autenticando su identidad al realizar la llamada. Compartamos informará por escrito al Cliente la fecha xx xxxxx de la Cuenta misma que no podrá variar sin previo aviso por escrito, comunicado por lo menos con 1 (un) mes de anticipación. El Cliente podrá objetar por escrito su estado de cuenta EL CLIENTE decidirá si optará con las observaciones que considere procedentes dentro de los 90 (noventa) días naturales siguientes al corte de la Cuenta en los términos dispuestos por la emisión de Estado de cláusula Cuadragésima del presente Contrato. Transcurrido este plazo sin haberse hecho reparo a la Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está asientos y conceptos que figuran en la obligación contabilidad de notificar Compartamos harán fe en contra del Cliente, salvo prueba en contrario en el juicio respectivo. En caso que el Cliente requiera la restauración de un estado de cuenta con una antigüedad mayor a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado los dos meses, deberá acudir y solicitarlo a la Oficina de Servicios de Compartamos que le corresponda para que le sea entregado sin costo alguno en un periodo máximo de 8 (ocho) días hábiles contados a partir de dicha solicitud, para segundos estados de cuenta el Cliente deberá absorber el costo referente a la generación del mismo el cual se establece en la cláusula Cuadragésima Quinta del presente Contrato, solicitando por escrito en la Oficina de Servicios o Sucursal de Compartamos y recibiendo los estados de cuenta dentro de los diez 15 (10quince) días siguientes Días Hábiles posteriores a la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha recepción de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadosolicitud.

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Samples: Contrato Múltiple De Depósito Y Operaciones Bancarias

Estados de Cuenta.  Al SANTANDER CONSUMO remitirá periódicamente al CLIENTE, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx que corresponda, al menos bimestralmente, al último correo electrónico señalado por el CLIENTE para ese fin o bien, mediante el uso de los medios electrónicos pactados, un estado de cuenta que especificará las operaciones y movimientos que se hubieren realizado al amparo de este contrato durante cada período transcurrido, el saldo insoluto del Crédito así como las cantidades cargadas y abonadas durante cada periodo. Las partes convienen que SANTANDER CONSUMO se reserva el derecho de enviar dicho estado de cuenta directamente o a través de Banco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México. El CLIENTE tendrá un plazo de noventa días naturales contado a partir xxx xxxxx, para objetar su estado de cuenta, por lo que si no lo recibe oportunamente, deberá solicitarlo x XXXXXXXXX CONSUMO para, en su caso, poder objetarlo en tiempo. Transcurrido dicho plazo sin haberse hecho objeción a la cuenta, los asientos que figuren en la contabilidad xx XXXXXXXXX CONSUMO harán prueba a favor de ésta. No obstante lo anterior, el CLIENTE se obliga a pagar el Crédito de que se trate en la fecha convenida, aún y cuando por cualquier razón, ya sea imputable a éste, x XXXXXXXXX CONSUMO o a un tercero, no haya recibido su estado de cuenta. SANTANDER CONSUMO se reserva el derecho de emitir un estado de cuenta en el que se contenga la información relativa a cada uno o varios de los Créditos que celebren las partes al amparo del presente CONTRATO. Asimismo, las partes pactan expresamente que el CLIENTE, mediante el uso de sus claves de acceso podrá consultar su estado de cuenta por los medios electrónicos que SANTANDER CONSUMO ponga a su disposición, dicha información se transmitirá de forma cifrada de tal manera que se evite su lectura por cualquier tercero no autorizado; lo anterior, si las partes así lo pactan en la Carátula del presente instrumento, o en documento por separado cuando la designación se realice en momento posterior, en el entendido que El CLIENTE podrá solicitar en cualquier momento x XXXXXXXXX CONSUMO, el envío del estado de cuenta a su domicilio, quedando SANTANDER CONSUMO obligado a hacerlo en los términos estipulados en el párrafo precedente. Dicha modificación deberá realizarse a través de un escrito presentado en la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos sucursal de su elección. Nos obstante lo establecido en la presente clausula, el CLIENTE podrá solicitar en cualquier momento la reactivación del envío físico del estado de cuenta a su domicilio a través de la Banca Electrónica o en Línea cualquier sucursal de EL BANCOBanco Santander (México), S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Santander México. EL CLIENTE está Las fechas xx xxxxx que correspondan al cálculo de intereses en su caso, correspondientes a cada uno de los segmentos que se dispongan al amparo del presente contrato, salvo que se haya estipulado en la obligación oferta específica de notificar que se trate, estarán a EL BANCO disposición del CLIENTE para su decisiónconsulta en el estado de cuenta.  Si EL CLIENTE no objetare dicho facultado para modificar los términos y condiciones del presente contrato, incluido el caso de incrementos al importe de las comisiones, así como la inclusión de nuevas comisiones, mediante aviso dirigido al CLIENTE, a través del estado de cuenta dentro o en alguno o algunos de los diez siguientes: aviso por escrito o por medios electrónicos, publicaciones en periódicos de amplia circulación, colocación de las modificaciones en lugares abiertos al público en sucursales y oficinas del Banco, los medios electrónicos pactados en su caso entre las partes o cualquier otro medio que establezcan las disposiciones aplicables, con por lo menos 30 (10treinta) días siguientes naturales de anticipación a la fecha en que tales modificaciones entren en vigor. Adicionalmente a los medios señalados en el mismo es puesto párrafo anterior, SANTANDER CONSUMO podrá notificar dichas modificaciones al CLIENTE a través de la red de cajeros automáticos. En el evento que el CLIENTE no esté de acuerdo con las modificaciones propuestas al contrato podrá solicitar la terminación del presente hasta 30 (treinta) días naturales posteriores a la fecha del aviso mencionado, sin responsabilidad de su disposiciónparte, debiendo cumplir en su caso cualquier adeudo que se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en hubiese generado a la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase solicitud de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad terminación del presente instrumento por parte de EL del CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición ; bajo las condiciones anteriores a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuentamodificaciones propuestas. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados solicitar la terminación antes mencionada, las modificaciones propuestas entrarán en vigor a la conclusión de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y dicho período. le será proporcionado para tales efectos de conformidad con las disposiciones de Banco de México en la instrucción de impresión de este documento será eliminadamateria. En caso que el CLIENTE haya instruido x XXXXXXXXX CONSUMO a fin de realizar en su nombre el pago de cualquier crédito celebrado al amparo del presente CONTRATO MARCO precisamente bajo el servicio denominado como domiciliación con cargo a una cuenta de depósito bancario a la vista, el CLIENTE podrá cancelarlo mediante solicitud expresa por escrito en cualquier tiempo, sin que EL CLIENTE se requiera de la previa autorización xx XXXXXXXXX CONSUMO. La cancelación se efectuará en un plazo no mayor a futuro solicite tres días hábiles contados a partir de la reimpresión fecha en que SANTANDER CONSUMO reciba dicha solicitud. Los formatos a que se refiere el párrafo anterior estarán a su disposición en cualquier sucursal de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitado.Banco Santander (México), S.A.

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Samples: Contrato De Tarjeta De Crédito

Estados de Cuenta.  Al momento El CLIENTE podrá informarse del monto asignado como Línea de Crédito, el saldo disponible y el monto de la apertura próxima cuota a pagar, u otra información relevante, a través de los diferentes medios que el BANCO pone a su disposición, como consultas en ventanillas, Banca por Teléfono, vouchers de pago, Internet, cajeros automáticos, etc., y en las condiciones que el BANCO determine. La liquidación mensual de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Cuenta Tarjeta, detallando los cargos efectuados, constará en el Estado de Cuenta que el BANCO emitirá al final de cada mes periodo a nombre del CLIENTE y enviará sin costo a la dirección de correo electrónico que el CLIENTE haya señalado. El CLIENTE puede requerir que el estado de cuenta se remita a través de medios físicos a su domicilio, en cuyo caso aplicará la comisión correspondiente de acuerdo a lo indicado en la Hoja Resumen. Si el CLIENTE no recibiera el Estado de Cuenta por lo menos 5 días hábiles antes de la fecha de pago establecida, deberá solicitarlo por escrito, o si visualizará a través de los movimientos canales que el BANCO haya habilita- do para tal fin, presumiéndose en caso contrario su oportuna recepción. La no recepción del Estado de Cuenta por el CLIENTE no lo exime de sus obligaciones de pago, pues en tales supuestos será su cuenta responsabilidad informarse sobre el importe que le corresponde pagar en Banca por Teléfono, la página web del BANCO (xxx.xxxxxx.xxx), Oficinas del BANCO y otros canales que el BANCO ponga a su disposición. Si el CLIENTE decidiera formular observaciones al Estado de Cuenta, podrá hacerlo directamente a través de la Banca en Línea por Teléfono (0000000), de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro página web (xxx.xxxxxx.xxx), de los diez (10) días siguientes a la fecha en asesores de ventas y servicios o funcionarios de negocios del BANCO o de cualquier otro medio que el mismo es BANCO pudiera haber puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío respuesta del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismolimita el derecho del CLIENTE a recurrir, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razóncaso lo considere pertinente, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuentalas instancias administrativas o judiciales correspondientes. En caso de que EL el CLIENTE no retire sus estados adeude suma alguna al momento del cierre del periodo de cuenta por 3 meses seguidos facturación, no se le remitirá Estados de Cuenta. El BANCO podrá usar otros medios adicionales al Estado de Cuenta para entregar información al CLIENTE, tales como comuni- caciones a su domicilio y/o a su correo electrónico, avisos en vouchers, comunicaciones o publicaciones en las Oficinas del BANCO, publicaciones, mensajes en la página web del BANCO (xxx.xxxxxx.xxx) o a través de los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de demás medios que EL CLIENTE el BANCO ponga a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadodisposición del CLIENTE.

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Samples: Contrato De Tarjetas De Crédito

Estados de Cuenta.  Al momento El Banco proporcionará estados de cuenta periódicos y otras informaciones relacionadas con la apertura actividad en su cuenta. Confiamos en la dirección física, postal o electrónica que figura en nuestros registros. Usted es responsable de notificarnos de cualquier cambio en su dirección postal o electrónica, su número de teléfono u otra información relevante para los registros del Banco. Usted está de acuerdo en revisar la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos información de su cuenta y cualquier otro elemento que la acompañe y notificar al Banco de cualquier controversia o discrepancia, entre ellas transferencias, transferencias electrónicas de fondos, retiros u otras operaciones no autorizadas, operaciones con cheques sustitutos, firmas o endosos no autorizados o falsificados, alteraciones u otras irregularidades. En caso de errores o preguntas sobre transferencias electrónicas de fondos, consulte la sección del Acuerdo de banca electrónica. Usted debe informar por escrito de cualquier otra diferencia o discrepancia a través 1st Source Bank, Branch Administration, X.X. Xxx 0000, Xxxxx Xxxx, XX 00000 dentro de los catorce (14) días siguientes de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho fecha del estado de cuenta más antiguo en el que se detallan dichas irregularidades, salvo que la ley o normativa conceda tiempo adicional. Si la diferencia o discrepancia involucra un cheque sustituto, la reclamación deberá incluir un estimado del importe de la pérdida, una explicación de por qué el cheque sustituto que recibió es insuficiente para confirmar que sufrió una pérdida y una copia del cheque sustituto y/o suficiente información como para ayudarnos a identificar el cheque sustituto. Salvo que la ley o normativa conceda tiempo adicional, si no nos informa de tales diferencias o discrepancias dentro del plazo de los diez catorce (1014) días siguientes a la fecha en días, asumiremos que ha aceptado que el mismo saldo indicado es puesto a su disposición, se entenderá aceptado correcto y usted no podrá exigir resarcimiento al Banco por éste, y sus saldos deudores las operaciones o acreedores serán definitivos en los asuntos cubiertos por la fecha información de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase El Banco quedará exento de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO cualquier posible responsabilidad por múltiples firmas no autorizadas o alteraciones por el mismo infractor, si usted no notifica al Banco dentro del plazo de inmediatocatorce (14) días de dichas irregularidades. Toda reclamación deberá ser Además, el Banco no asume ninguna responsabilidad por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTEcualquier elemento falsificado o alterado tan hábilmente, que una institución financiera razonable no pueda detectar el fraude.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO Ocasionalmente, el Banco podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y poner a su vez podrá utilizar medios alternos disposición productos y servicios designados para el envío de esto documentodetectar o prevenir fraude en sus cuentas, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO Banco recomienda encarecidamente que aproveche dichos productos y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadoservicios.

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Samples: www.1stsource.com

Estados de Cuenta.  Al momento El Acreditado instruye expresamente a la Financiera para que ésta ponga a su disposición su estado de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea página de EL BANCOinternet xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, cada vez que el Acreditado ingrese a dicha página. EL CLIENTE está Asimismo, y como servicio complementario, la Financiera podrá imprimir el estado de cuenta, si el Acreditado lo solicita en la obligación sucursal en la que se le otorgó el Crédito dentro de notificar a EL BANCO los horarios de atención establecidos por la Financiera. Por lo anterior, el Acreditado manifiesta su decisión.  Si EL CLIENTE conformidad para que la Financiera no objetare dicho envíe el estado de cuenta a su domicilio. No obstante que el Acreditado no ingrese a la página xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx o solicite su estado de cuenta en cualquiera de las sucursales de la Financiera, ésta lo generará por lo menos de manera semestral. En el estado de cuenta se indicará, entre otros aspectos: (i) nombre del Acreditado; (ii) número de Contrato; (iii) las cantidades cargadas y abonadas; (iv) el saldo insoluto del Crédito; (v) las Fechas xx Xxxxx; (vi) los datos necesarios para realizar el cálculo de los intereses a pagar; así como (vii) cualquier otro movimiento, que se lleve a cabo con respecto al Crédito otorgado. El Acreditado podrá objetar el estado de cuenta, dentro de los diez 90 (10noventa) días siguientes naturales contados a la fecha en partir de que el mismo es puesto estado de cuenta quedó a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos una vez que lo requirió en la fecha una ventanilla de la cuentasucursal. Las reclamaciones contra otra clase El estado de comunicaciones deberán elevarse cuenta certificado por el contador público autorizado para tal efecto por la Financiera hará fe, salvo prueba en contrario, en el juicio respectivo para la fijación del saldo resultante a EL BANCO cargo del deudor, en términos del artículo 87-E de inmediatola Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. Toda reclamación deberá ser por escrito y En el supuesto que el Acreditado no solicite la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío expedición del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con , no quedará por este hecho eximido de efectuar el Estado de Cuenta pago del monto del Crédito y los intereses y comisiones señalados en las notas débito o crédito realizadas en la cuenta cláusulas cuarta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información quinta del presente Contrato que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadocausen.

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Samples: Contrato De Crédito Simple

Estados de Cuenta.  Al momento de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará El Banco Emisor enviará al Tarjetahabiente mensualmente por la emisión de Estado de Cuenta el medio electrónico que éste elija y hubiere comunicado al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho Banco, un estado de cuenta en el que se indicarán las transacciones realizadas tanto en el territorio nacional como en el extranjero, detallando las cantidades cargadas y abonadas desde el último corte hasta la fecha del estado inclusive, así como la demás información requerida de conformidad con el Reglamento de Tarjetas de crédito y débito. Su envío se hará dentro de los diez (10) cinco días hábiles siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha al corte mensual de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase Si dentro de comunicaciones deberán elevarse los sesenta días hábiles contados a EL BANCO partir de inmediatola fecha xx xxxxx y el momento en que se tiene conocimiento del hecho reclamado, el Tarjetahabiente no objeta el estado de su cuenta, se tendrán por reconocidas las cuentas en la forma presentada y aceptada el saldo que se indique. Toda reclamación deberá ser por escrito Si el Tarjetahabiente no recibiere los estados de cuenta en el plazo convenido y aun así no lo hubiere reportado al Banco, se obliga a consultar su saldo deudor a través de los medios electrónicos que el Banco haya puesto a su disposición o acudiendo a cualquiera de sus oficinas; en el entendido que no será admisible como razón para justificar la falta omisión de reclamación será Interpretada como señal pago y las consecuencias que de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé ello se deriven, el no haber recibido su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con El Tarjetahabiente queda obligado a reportar cualquier cambio en el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que cual deban enviarse los estados de cuenta y/o demás documentos y cualquier otro tipo de documentación, por lo que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retirono podrá efectuar reclamo alguno, si no ha cumplido oportunamente con esta obligación.  Todo Estado El Banco Emisor se reserva el derecho de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los no emitir estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo cuando el saldo deudor sea igual a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadocero.

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Samples: www.bancobcr.com

Estados de Cuenta.  Al momento Las partes convienen que en atención a las políticas de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estados de Cuenta para cada producto y/o servicio, con base en el Saldo Mínimo y movimientos efectuados, el BANCO periódicamente pondrá a disposición del CLIENTE, a través de los Medios Electrónicos pactados o en las Oficinas del BANCO, el Estado de Cuenta que especificará todas las operaciones y movimientos que se hubieren realizado al final amparo de este Contrato durante cada mes período transcurrido, el saldo o si visualizará posición correspondiente, los rendimientos que en su caso se hubieren obtenido y las comisiones y cargos generados a cuenta del CLIENTE. El BANCO se reserva el derecho a emitir un Estado de Cuenta único en el que se especifiquen en forma consolidada los movimientos efectuados respecto de todos o algunos de los productos y/o servicios que se presten al CLIENTE en términos del presente Contrato, o bien, a emitir un Estado de Cuenta por cada producto y/o servicio que se preste al CLIENTE. En caso de que el CLIENTE no reciba su cuenta Estado de Cuenta a través de la Banca en Línea de EL los Medios Electrónicos pactados deberá reportarlo al BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta , dentro de los diez 30 (10treinta) días naturales siguientes a la fecha xx xxxxx que corresponda, o bien, acudir a la Oficina del BANCO a solicitar una copia de éste; asimismo, el CLIENTE tendrá un plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx que corresponda, para objetar su Estado de Cuenta, por lo que si no lo recibe oportunamente, podrá solicitarlo al BANCO para, en su caso, estar en posibilidad de objetarlo en tiempo. Transcurrido dicho plazo sin haberse hecho objeción alguna al Estado de Cuenta, los asientos que figuren en la contabilidad del BANCO se considerarán los comprobantes de los movimientos efectuados en la Cuenta, salvo prueba en contrario, en el mismo es puesto juicio respectivo. No obstante lo anterior, el CLIENTE se obliga a pagar las cantidades que resulten a su disposicióncargo en términos del presente Contrato, se entenderá aceptado aun y cuando por éstecualquier razón, y sus saldos deudores ya sea imputable a éste o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del un tercero, no haya recibido su Estado de Cuenta constituye una petición Cuenta. El CLIENTE en este acto acepta expresamente que cualquier comunicado que le sea dado a EL conocer por el BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá a través de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, surtirá plenos efectos legales como si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen la notificación hubiese sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas realizada en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadoforma personal.

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Samples: Contrato De Productos Y Servicios Bancarios Y Financieros

Estados de Cuenta.  Al momento La Operadora estará obligada a enviar al Cliente, dentro de los primeros cinco (5) días hábiles posteriores al corte mensual, un estado de cuenta autorizado con la relación de todas las Operaciones realizadas con él o por su cuenta, y que refleje la posición de Valores y efectivo de dicho Cliente al último día hábil xxx xxxxx mensual, así como la posición de Valores y efectivo xxx xxxxx mensual anterior y todos los requisitos legales y fiscales, según lo establecido en la normatividad aplicable. La Operadora sólo recibirá del Cliente transferencias de efectivo en aquellas cuentas de cheques que la propia Operadora. Tratándose de Xxxxxxx, la Operadora sólo reconocerá recibidos aquellos que le sean entregados por conducto de Indeval y excepcionalmente los títulos físicos sujetos a la verificación de su autenticidad y vigencia. El depósito inicial de Valores por conducto de Indeval que realice la Operadora por cuenta del Cliente, se sujetará en todo caso a los endosos y las formalidades establecidas en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores. Sólo el estado de cuenta a que se hace referencia en esta Cláusula hará las veces de reconocimiento de depósito y resguardo de los Valores propiedad del Cliente. Ningún Apoderado para celebrar operaciones con el Cliente, se encuentra facultado por la Operadora para expedir certificación, aclaración o constancia alguna relativa a las operaciones celebradas con el Cliente, ni para expedir recibos de Valores, cheques o efectivo, por tanto, la Operadora desconoce la validez de este tipo de documentos. Los citados estados de cuenta deberán ser remitidos precisamente al último domicilio dado a conocer por el Cliente o puestos a su disposición a través de la apertura página de Internet de la cuenta EL CLIENTE decidirá Operadora y, en su caso de así haberlo pactado expresamente, a la dirección de correo electrónico que el Cliente haya notificado a la Operadora. Los asientos que aparezcan en los mismos podrán ser objetados por escrito o a través de cualquier medio convenido en este Contrato y aceptado por las Partes, dentro de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la fecha de recepción por parte del Cliente, en la inteligencia de que si optará dichos asientos no son objetados por el Cliente dentro del plazo señalado, se entienden consentidos por el Cliente. El Cliente acepta y reconoce que al haber elegido la emisión consulta y recepción de Estado los estados de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea página de EL BANCO. EL CLIENTE está en Internet de la obligación Operadora, el término de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los diez sesenta (1060) días siguientes hábiles de que dispone para hacer cualquier objeción a los mismos le empezará a correr a partir del primer día hábil siguiente al de la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío xx xxxxx del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con , por lo que de no realizar ninguna objeción durante ese período se tendrá por plenamente consentido el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados contenido del estado de cuenta y/o demás documentos así como las Operaciones y movimientos reflejados en elmismo. Asimismo, para que le correspondan sean retenidas el Cliente, en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado caso, pueda hacer las objeciones en tiempo, la Operadora tendrá a disposición de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razónaquél, a partir del día hábil siguiente al corte, en la oficina donde se maneje la cuenta, una copia de ese momento la instrucción dicho estado de envío será cambiada a Retener en EL BANCO cuenta. El Cliente reconoce y todos acepta que los estados de cuenta que se sigan generando generen como consecuencia de este Contrato, la Operadora podrá remitirlos para su conocimiento mediante el uso de los medios electrónicos que se le hará un cargo a hayan pactado, en la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuentafecha convenida en esta misma Cláusula. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados Dicho estado de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadoreflejará todas las operaciones realizadas como consecuencia del Contrato.

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Estados de Cuenta.  Al momento En cualquier momento, EL CLIENTE podrá informarse del monto asignado como línea de crédito, del saldo disponible y/o utilizado, del monto de la apertura próxima cuota que debe pagar, así como de cualquier aspecto relacionado a su Cuenta Tarjeta y/o a la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión Tarjeta de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca Crédito, en Línea las oficinas de EL BANCOBANCO y en los demás medios que EL BANCO tenga establecidos para tal propósito. Adicionalmente, EL CLIENTE está en la obligación BANCO le remitirá mensualmente al domicilio de notificar EL CLIENTE, salvo que este último emita a EL BANCO su decisióninstrucción expresa en contrario, un estado de cuenta, con anticipación al día de pago, en el que se consignarán las liquidaciones y saldos definitivos, detallando los cargos y abonos efectuados en el curso del último período, indicando el monto y la fecha en que EL CLIENTE debe cancelar o amortizar, según corresponda, el saldo deudor de la Cuenta Tarjeta y demás informaciones xx xxx. Si EL CLIENTE no objetare dicho recibiera este estado de cuenta dentro de los diez (10) días calendario siguientes al cierre del periodo de liquidación que se tenga establecido y que declara conocer, podrá reclamarlo por escrito a EL BANCO. No obstante ello, la no recepción del estado de cuenta por EL CLIENTE, no lo exime de sus obligaciones de pago, toda vez que en tales supuestos deberá informarse en EL BANCO sobre el importe de su próxima cuota, a través de los medios indicados en el primer párrafo de la presente cláusula. Si EL CLIENTE dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha recepción de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del dicho estado de cuenta, no formula observaciones o lo hace en términos generales o sin especificar, detallar y sustentar los conceptos que observa, se considerará que lo acepta y reconoce como conforme.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado acuerda expresamente con EL BANCO, en que EL BANCO este último no le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados remitirá estado de cuenta. En , en caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitadoexista saldo deudor.

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