EVALUACIÓN DE LOS DAÑOS Cláusulas de Ejemplo

EVALUACIÓN DE LOS DAÑOS. 1. Los daños materiales se evaluarán utilizando los mismos criterios empleados para valorar los bienes asegurados y que determinan las sumas aseguradas, expresión económica del interés Asegurado. 2. La pérdida de alquileres se evaluará en función del importe de la última mensualidad corriente de alquiler percibida por el Asegurado. 3. Las obligaciones de indemnizar a terceros se evaluarán tomando en cuenta como un solo y mismo siniestro el conjunto de los daños y perjuicios derivados de una misma causa esencial común, incluso cuando tales daños y perjuicios se produzcan en lugares o momentos distintos e independientemente del número de perjudicados, considerándose, en su caso, que todos los daños y perjuicios debidos a la misma causa se han producido en el momento cronológico en que ocurrió el primero de ellos. 4. Los gastos se evaluarán según factura, minuta de honorarios o tasación xx xxxxxx. Para el caso de reconstrucción de documentos, se considerará el coste de la simple reproducción material de duplicados de los mismos, sin tener en cuenta su valor representativo o indirecto.
EVALUACIÓN DE LOS DAÑOS. La indemnización de los daños se realizará según el valor pactado de los bienes asegurados, entendido como tal aquel que el bien asegurado tuviese en el momento inmediatamente anterior a la ocurrencia del siniestro. La suma asegurada representa el límite máximo de la indemnización a pagar por el Asegurador en cada siniestro.
EVALUACIÓN DE LOS DAÑOS. El importe de los daños se calculará mediante un software de peritaje a distancia operado por un organismo independiente autorizado o por un perito independiente y se le notificará en un plazo de 8 días laborables a partir de la fijación del importe de los daños tal y como se indica a continuación en este párrafo. Además, deberá abonar los gastos de inmovilización calculados sobre la base de la tarifa por día adicional establecida en el Contrato de alquiler. En caso de desacuerdo, Usted tiene la posibilidad, en un plazo de 8 días hábiles a partir de la notificación anterior, de solicitar un peritaje por parte de un perito homologado a su cargo. Las conclusiones xxx xxxxxx serán vinculantes para las partes. También se compromete a pagar las cantidades que se le adeuden.
EVALUACIÓN DE LOS DAÑOS. En las garantías de responsabilidad civil de acuerdo con lo pactado con el perjudicado, sus representantes, o con lo fijado por sentencia judicial.
EVALUACIÓN DE LOS DAÑOS. 1. Los daños materiales se evaluarán utilizando los mismos criterios empleados por el Tomador del Seguro para valorar los bienes asegurados y que determinan las sumas aseguradas, expresión económica del interés Asegurado. 2. La pérdida de alquileres se evaluará en función del importe de la última mensualidad corriente de alquiler percibida por el Asegurado. 3. Las obligaciones de indemnizar a terceros se evaluarán: Se tomarán en consideración los valores básicos de cada partida asegurada y las sumas aseguradas para cada riesgo, sin compensación entre ellas.
EVALUACIÓN DE LOS DAÑOS. Los daños materiales se evaluará n utilizando los mismos criterios empleados para valorar los bienes asegurados y que determinan las sumas aseguradas, expresión económica del interés Asegurado.
EVALUACIÓN DE LOS DAÑOS. 1. Los daños materiales se evaluarán calculando el valor de reposición de las partes destruidas y el coste necesario para reparar aquéllas que hayan resultado sólo dañadas. 2. Los capitales patrimoniales se evaluarán utilizando los mismos criterios empleados por el Tomador del Seguro para valorar los bienes asegurados, criterios que determinan las sumas aseguradas, expresión económica del interés del Asegurado y empleando las siguientes precisiones: a) En siniestros del Riesgo de Xxxxx cesante. 1. Se establecerá la diferencia entre el volumen de negocio realizado durante el período de indemnización y el volumen normal de negocio. 2. Las operaciones habituales de la actividad empresarial que, como consecuencia del siniestro de daños materiales, deban ser realizadas fuera xxx xxxxxxx de la explotación, ya sea por el Asegurado directamente o por terceros que actúen por cuenta de él, se computarán, también, en el volumen de negocio realizado durante el período de indemnización. 3. Sobre la diferencia así calculada, reflejo de la 4. El Asegurador indemnizará, en concepto de salvamento, los incrementos en los costes de reparación y/o las reparaciones extraordinarias en que se incurra con el único fin de acortar el período en que el volumen de negocio se ve afectado por el siniestro, así como los desembolsos adicionales que se realicen necesaria y razonablemente con el único fin de evitar o aminorar la disminución del volumen de negocio que, a no ser por tales gastos, habría tenido lugar durante el período de indemnización. 5. De la suma de las cantidades resultantes obtenidas en los apartados a), y b) anteriores, se deducirán los gastos permanentes que el Asegurado hubiera dejado de afrontar durante el período de indemnización por causa de la disminución de su actividad a consecuencia del siniestro de daños materiales así como eventuales incrementos de margen bruto que aparezcan a causa de la interrupción del negocio hasta los seis meses posteriores a la fecha en que finalice el periodo de indemnización. 6. Cuando la estructura del Asegurado, ya sea una sola empresa o grupo de empresas, sea tal que los porcentajes de indemnización varíen entre sus distintos departamentos, líneas de producto y/o empresas, la liquidación del siniestro se hará aplicando el porcentaje de indemnización que corresponda a los departamentos, líneas y/o empresas afectadas, corregido por las pérdidas de ventas o beneficios de cualquier tipo que se produzcan en el resto del negocio por la ...
EVALUACIÓN DE LOS DAÑOS. 1. Los daños materiales se evaluarán utilizando los mismos criterios empleados por el Tomador del Seguro para valorar los bienes asegurados y que determinan las sumas aseguradas, expresión económica del interés Asegurado, si bien, para los vehículos, se tomará en consideración que:

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  • EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 38.1. El Contratante evaluará todas las ofertas que cumplan los requisitos esenciales establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones. 38.2. Los valores, puntajes y los criterios aplicables a la evaluación técnica y económica deberán ser objetivos y congruentes con el objeto de la convocatoria, debiendo sujetarse a criterios de razonabilidad, racionalidad y proporcionalidad. 38.3. Así mismo, en el PBC deberá identificar y expresar con claridad y de forma expresa los documentos probatorios que permitan valorar la capacidad del oferente y la calidad del bien o servicio a adquirir. 38.4. La oferta técnica presentada será evaluada aplicando el método cumple o no cumple, sin asignar puntaje adicional al que exceda el mínimo requerido. 38.5. Si los bienes son estandarizables, el criterio de selección será únicamente el precio, en caso contrario, se deberá ponderar precio con calidad. 38.6. Para evaluar las ofertas, el Contratante utilizará únicamente los factores, metodologías y criterios definidos en el PBC, so pena de nulidad. 38.7. Al evaluar las Ofertas, el Contratante considerará lo siguiente: (a) el precio cotizado (b) el ajuste del precio por correcciones de errores aritméticos (c) el ajuste del precio debido a descuentos ofrecidos (d) ajustes debidos a la aplicación de criterios de evaluación, 38.8. Al evaluar una oferta el Contratante excluirá y no tendrá en cuenta: (a) en el caso de bienes producidos o de origen en Nicaragua, los impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (b) en el caso de bienes no producidos en o de origen fuera de Nicaragua, previamente importados o a ser importados, los derechos de aduana y otros impuestos a la importación, impuestos sobre las ventas y otros impuestos similares pagaderos sobre los bienes si el contrato es adjudicado al Oferente; (c) ninguna disposición por ajuste de precios durante el período de ejecución del contrato si estuviese estipulado en la oferta. 38.9. Podrá permitirse a los Oferentes cotizar precios separados por uno o más lotes, y al Contratante adjudicar uno o varios lotes a más de un Oferente. La metodología de evaluación para determinar la combinación de lotes evaluada como la mejor oferta, está detallada en la Sección III, Criterios de Calificación y Evaluación.

  • EVALUACIÓN DE LA OFERTA Para la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos se estará a la metodología “cumple o no cumple”.

  • EVALUACIÓN DE OFERTAS A continuación la mesa de contratación efectuará las siguientes actuaciones en las sesiones que resulten necesarias: 18.1.- Comprobará si las ofertas incurren en alguna de las causas de rechazo establecidas en la cláusula 14.1 de condiciones generales y adoptará, en su caso, el consiguiente acuerdo de rechazo. 18.2.- Comprobará si las ofertas admitidas rebasan los límites establecidos, en su caso, en la cláusula 22.3 de cláusulas específicas del contrato y, si alguna los rebasa, realizará las actuaciones previstas en el art. 18.3.- Calculará las puntuaciones de las ofertas y determinará cuál es la mejor mediante la suma de los puntos obtenidos por cada una de ellas en todos y cada uno de los criterios de adjudicación.

  • EVALUACIÓN DE PROPUESTAS La evaluación de propuestas se realizará en dos (02) etapas: La evaluación técnica y la evaluación económica. Los máximos puntajes asignados a las propuestas son las siguientes: Propuesta Técnica : 100 puntos Propuesta Económica : 100 puntos

  • METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 2.1. Metodología de evaluación de las ofertas 2.2. Parámetros de evaluación 2.3 De la evaluación 2.4 Índices financieros 2.5 Formulario para la elaboración de las ofertas

  • Evaluación de la Propuesta Técnica La propuesta con el Precio Evaluado Más Bajo, se someterá a la evaluación de la propuesta técnica, verificando la información contenida en el Formulario C-1, aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE utilizando el Formulario V-3. En caso de cumplir, la Comisión de Calificación o el Responsable de Evaluación recomendará su adjudicación, cuyo monto adjudicado corresponderá al valor real de la propuesta (MAPRA). Caso contrario se procederá a su descalificación y a la evaluación de la segunda propuesta con el Precio Evaluado Mas Bajo, incluida en el Formulario V-2 (columna Precio Ajustado), y así sucesivamente. En caso de existir empate entre dos o más propuestas, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, será responsable de definir el desempate, aspecto que será señalado en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.

  • EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 29.1 El PNUD examinará la Propuesta a fin de confirmar que el Proponente ha aceptado todos los términos y condiciones ajustados a los Términos y Condiciones Generales del PNUD y las Condiciones Especiales, sin ninguna desviación o reserva. 29.2 El equipo de evaluación revisará y evaluará las Propuestas Técnicas sobre la base de su capacidad de respuesta a los Términos de Referencia y la restante documentación proporcionada, aplicando los criterios y subcriterios de evaluación y el sistema de puntos especificado en la Hoja de Datos (HdD, nº 32). A cada Propuesta aceptable se le asignará una puntuación técnica. Una Propuesta se considerará no aceptable en esta etapa si no responde sustancialmente a la SdP, en particular a las exigencias de los Términos de Referencia, lo que también significa que no logra alcanzar la puntuación técnica mínima indicada en la Hoja de Datos (HdD, nº 25). En ningún caso podrá el PNUD introducir cambios en los criterios, subcriterios y sistema de puntuación indicado en la Hoja de Datos (HdD, nº 32), una vez recibidas todas las Propuestas. 29.3 En la segunda etapa, sólo se abrirán con fines de revisión, comparación y evaluación las Propuestas Financieras de los Proponentes que hayan alcanzado la puntuación técnica mínima. Los sobres de Propuestas Financieras correspondientes a las Propuestas que no cumplieron con la puntuación mínima de aprobación técnica deberán ser devueltos a los respectivos Proponentes sin abrir. La puntuación general se basará o bien en una combinación de la puntuación técnica y la oferta económica, o bien en la Propuesta Financiera más baja evaluada de entre los Proponentes técnicamente calificados. El método de evaluación que se aplicará para esta SdP será el que se indique en la Hoja de Datos (HdD, nº 25). Cuando la Hoja de Datos especifique un método de puntuación combinada, la fórmula para la calificación de las Propuestas será la siguiente: Puntuación PT = (Puntuación total obtenida por la oferta/Punt. máxima obtenible por la PT) x 100 Puntuación de la Propuesta Financiera (PF) Puntuación PF = (Precio más bajo ofertado/Precio de la oferta analizada) x 100 Puntuación total combinada:

  • CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente: Nómina de los proponentes. Cuadros de Evaluación. Detalle de errores subsanables, cuando corresponda. Causales para la descalificación de propuestas, cuando corresponda. Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, considere pertinentes.

  • EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Errores Aritméticos

  • Evaluación de las propuestas técnicas Para verificar la solvencia de las propuestas técnicas presentadas, el área técnica y/o requirente será la que analizará cada uno de los documentos presentados de conformidad con los Anexos, la descripción técnica de “LOS SERVICIOS” solicitados, y en general, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36, segundo párrafo de la Ley se procederá a evaluar técnicamente cuando menos a las dos proposiciones económicas que resulten ser las más bajas. Se verificará que la información proporcionada cumpla con cada uno de los requisitos y criterios técnicos, indicaciones, descripciones, características y especificaciones técnicas aplicables a cada uno de “LOS SERVICIOS” solicitados; así como los descritos en su caso, en la(s) acta(s) derivada(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a las bases de la licitación. Los documentos que se solicitan en estos requisitos y criterios de evaluación técnica deben ser presentados al momento del acto de presentación y apertura de proposiciones, el incumplimiento de alguno de los requisitos expresamente solicitados por LA ENTIDAD será motivo de desechamiento de la propuesta técnica. La evaluación de las propuestas técnicas recibidas se realizará por el total de las Partidas completas en la(s) que participe; los licitantes deberán cumplir con los requisitos y criterios de evaluación técnica que a continuación se detallan: Para ser consideradas en la evaluación técnica, la(s) Partida(s) respectivas deberán cotizarse completas (100%); el incumplimiento de algún documento y/o requerimiento solicitado para la evaluación técnica, será motivo para desechar la propuesta técnica. En caso de que el licitante omitiera la entrega del algún documento o información que no desvirtué la solvencia de la proposición técnica, no será motivo de descalificación del concurso. El área técnica requirente elaborará un dictamen de análisis detallado a las proposiciones presentadas, en el cual se hará constar la solvencia de las proposiciones analizadas.