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TRAMITACIÓN DE SINIESTROS Cláusulas de Ejemplo

TRAMITACIÓN DE SINIESTROS. 1. Normas en caso de siniestro y documentación a aportar
TRAMITACIÓN DE SINIESTROS. Normas en caso de siniestro
TRAMITACIÓN DE SINIESTROS. La prestación de las coberturas amparadas por este contrato, será solicitada por los Asegurados directamente por teléfono al Asegurador quién iniciará la gestión y tramitación del oportuno expediente. El Asegurador pondrá en exclusiva y a disposición de los Asegurados el teléfono 00.000.00.00 las 24 horas los 365 días del año. También se obliga a colaborar con el Asegurador en cuantas aclaraciones o gestiones sean necesarias para el correcto funcionamiento del servicio, así como a comunicar por escrito la actualización de los datos que aparecen en este contrato en caso de que cambien.
TRAMITACIÓN DE SINIESTROS. 1.1. Normas en caso de siniestro, declaración y documentación a aportar 1.1.1. En todo caso: 1) Emplear todos los medios al alcance para reducir las consecuencias del siniestro. 2) Declarar el siniestro dentro del plazo máximo de siete días contados a partir de la fecha en que fue conocido, llamando al teléfono de Asistencia indicado. El Asegurador podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de esta declaración, salvo si se prueba que el Asegurador ha tenido conocimiento del siniestro por otro medio. 3) El Tomador y el Asegurado deberán dar al Asegurador toda clase de informaciones sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro. En caso de violación de este deber, en el supuesto de que hubiese concurrido dolo o culpa grave, el Asegurador podrá reclamar los daños y perjuicios que le cause esta falta de información. 4) En caso de recibir alguna reclamación de terceros, debe comunicarse lo antes posible al asegurador y: - no aceptar o reconocer culpa, ni adquirir ningún compromiso - informar a los terceros perjudicados de que SegurCaixa Adeslas, S.A. es el asegurador. 5) El tomador del seguro/asegurado vendrán obligados a adoptar todas las medidas que favorezcan su defensa frente a las reclamaciones de responsabilidad, debiendo mostrarse tan diligentes en su cumplimiento como si no existiera seguro. Comunicarán al asegurador, inmediatamente de su recepción y a más tardar en el plazo de cuarenta y ocho horas, cualquier notificación que llegue a su conocimiento y que pueda estar relacionada con el siniestro. 6) Ni el tomador del seguro/asegurado, ni persona alguna en nombre de ellos, podrán negociar, admitir o rechazar reclamación alguna sin la autorización del asegurador. 7) En caso de existir contratos estipulados por el mismo Tomador con distintos Aseguradores, la comunicación del siniestro deberá hacerse a cada uno de ellos, con indicación del nombre de los demás. 1.1.2. Declaración y documentación a aportar para las garantías de Muerte, Robo o Responsabilidad Civil: El siniestro se declarará llamando al teléfono 000 000 000 aportando los siguientes datos: Documentación a aportar para la tramitación del siniestro: a) Siniestros de Muerte por accidente o por enfermedad b) Siniestros de Robo c) Siniestros de Responsabilidad Civil 1.1.3. Declaración y documentación a aportar para la garantía de Asistencia Veterinaria: Servicio de urgencia diurna o nocturna: el Tomador o el Asegurado deberán llamar inmediatamente al teléfono de Atención ...
TRAMITACIÓN DE SINIESTROS. Averías producidas en España
TRAMITACIÓN DE SINIESTROSEn caso de siniestro, amparado por las pólizas contratadas, se procederá de la siguiente manera: ▪ El Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx y el resto de organismos asegurados, remitirá parte de siniestro a la Correduría, para que ésta dé traslado del mismo a la Compañía Aseguradora, igualmente se entregarán los informes técnicos o de otra clase y cualquier otro documento que obre en el expediente y que sean relevantes para la tramitación del mismo. De igual forma la Entidad Aseguradora estará obligada a trasladar copia literal de cuantos informes (periciales o no) y documentación genere con el fin de que estos documentos sean incorporados al expediente administrativo correspondiente. ▪ La compañía de seguros deberá ofrecer un sistema de peritación con todas las garantías, que satisfaga las necesidades del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. ▪ Los informes periciales deberán estar terminados en un tiempo máximo de 20 días desde la orden de peritación (siempre que las circunstancias propias del siniestro no lo impidan). Podrán solicitar la intervención xxx xxxxxx, tanto el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, la mediadora o la compañía aseguradora, debiendo informar al resto de dicha designación. ▪ Así mismo la compañía designará un Gabinete Jurídico, o letrado de la zona, preferentemente con ubicación en Lorca, con el que podrá contar el Servicio de Patrimonio del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx, especialmente en aquellos casos, que puedan ser susceptibles de terminar en procedimiento judicial. ▪ Trimestralmente se podrá, a requerimiento de cualquiera de las partes, celebrar una reunión, con la necesaria intervención de un representante de la Entidad Adjudicataria, en la que se evalúen la tramitación de siniestros y se tomen, si fuese necesario, aquellas medidas que se juzguen convenientes para la mejor gestión y tramitación de la siniestralidad derivada de esta póliza de seguro. Igualmente a requerimiento del asegurado, podrán celebrarse reuniones extraordinarias si la especial característica o relevancia del siniestro lo mereciera, debiendo de celebrarse en un plazo no inferior a 15 días desde la solicitud. En todo caso la Entidad Adjudicataria designará expresamente en la oferta un responsable de la tramitación de los siniestros del Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxx. ▪ En todo siniestro, la entidad adjudicataria una vez estudiado el expediente, estará obligada a emitir, en el plazo máximo de 6 meses, un informe en el que comuniquen, mediante escrito motivado, su conclusión sobre la ...
TRAMITACIÓN DE SINIESTROSServicio de mediación de seguros
TRAMITACIÓN DE SINIESTROS. 1 En caso de siniestro, el Asegurado debe: a) Notificarlo inmediatamente a la Compañía y, a lo sumo, dentro del plazo de ocho días, salvo en caso de imposibilidad justificada, cuyo plazo empezará a correr desde el momento que haya cesado tal imposibilidad. b) Informar a la Compañía por escrito de las circunstancias del siniestro, sus causas conocidas o presuntas e importe estimado de los daños, permitiendo a aquella que haga todas las averiguaciones que el caso requiera. c) Proporcionar, a su coste, cuanta información y pruebas documentales le sean requeridas por la Compañía. d) Hacer todo lo posible para evitar la extensión de las pérdidas o daños y cumplir las eventuales instrucciones de la Compañía. e) Abstenerse de realizar cambios en los objetos dañados que pudieran dificultar o hacer imposible la determinación de la causa del siniestro o la importancia del daño, a menos que el cambio se efectúe para disminuir el daño o en interés público. f) El Asegurado, tan pronto haya notificado el siniestro a la Compañía, queda autorizado para proceder inmediatamente a la reparación, con tal que esta medida sea necesaria para mantener el funcionamiento de la industria y no dificulte de modo esencial la comprobación del siniestro por un representante de la Compañía o lo haga imposible. Si el objeto siniestrado no ha sido examinado dentro de los diez días siguientes a haber recibido la Compañía el aviso del siniestro, el Asegurado queda facultado para repararlo, sin restricción alguna. No obstante, debe conservar a disposición de la Compañía las piezas dañadas. g) La Compañía queda desligada de su obligación de pago en caso de que el Asegurado infrinja, intencionalmente o mediando culpa o negligencia, cualquiera de los preceptos de este apartado.
TRAMITACIÓN DE SINIESTROS. 7.1.1 En el momento en el que su dispositivo sufra algún daño, deberá notificárnoslo lo antes posible. El titular de la póliza deberá cumplimentar un parte de Siniestro que le proporcionaremos, y el Siniestro deberá notificarse dentro de los 60 días posteriores al descubrimiento del daño.
TRAMITACIÓN DE SINIESTROS. En caso de fallecimiento por accidente del Asegurado se deberá poner en conocimiento inmediato del Asegurador, llamando al número de teléfono 000 00 00 00. Asimismo, los familiares del Xxxxxxxxx fallecido deberán entregar al Asegurador el certificado médico oficial de defunción cumplimentado.