FUERZA MAYOR CASO FORTUITO Cláusulas de Ejemplo

FUERZA MAYOR CASO FORTUITO. Las obligaciones emanadas de las partes en virtud del presente contrato, podrán incumplirse sin culpa de las partes, al incurrir en hechos o actos no previsibles por las 4 partes, que estén razonablemente fuera del control de las mismas y que hagan incurrir a éstas al incumplimiento del presente contrato. La fuerza mayor o caso fortuito incluye entre otros, y sin que ésta lista sea interpretada limitativamente, los siguiente casos: fallas en el sistema satelital, fallas en la red o el sistema xx xxxxxxx de transmisión GSM/GPRS del proveedor del servicio de telefonía inalámbrica, falta o falla en el abastecimiento de energía eléctrica en forma temporal o definitiva, descarga de corriente eléctrica, incendios, inundaciones, deslaves que imposibiliten el tránsito vehicular, terremotos, huelgas, guerras, manifestaciones sociales que impidan la libre locomoción en la República de Colombia , toque de queda, desorden social, acciones terroristas; y en general cualquier acto en que las autoridades limiten ciertas garantías constitucionales o desastres de la naturaleza. En caso de que sobreviniere incumplimiento de contrato por causa de fuerza mayor o caso fortuito, la parte que incumpliere no podrá ser objeto de reclamación por compensación alguna ni indemnización por daños y perjuicios.
FUERZA MAYOR CASO FORTUITO. En caso de fuerza mayor, caso fortuito o causa extraña se procederá de acuerdo con lo definido en el Artículo 10 de la Resolución CREG 186 de 2020.
FUERZA MAYOR CASO FORTUITO. 12.1 Para los efectos de este CONTRATO DE CONCESIÓN, serán de aplicación al Contrato las definiciones de Caso Fortuito y Fuerza Mayor contenidas en el artículo 5 del REGLAMENTO. 12.2 Ninguna de las partes será responsable por el incumplimiento total o parcial de las obligaciones estipuladas en este CONTRATO DE CONCESIÓN, en la medida que dicho incumplimiento sea consecuencia de un caso de Fuerza Mayor o Caso Fortuito cuya ocurrencia no hubiere sido generada por acciones u omisiones irregulares del CONCESIONARIO. EL CONCESIONARIO realizará todos los esfuerzos razonables para atenuar los efectos de un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito. 12.3 El cumplimiento total o parcial de las obligaciones de EL CONCESIONARIO contraídas en virtud del presente contrato se suspenderá en la medida que sea necesario, como resultado de un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito, en la forma indicada en el numeral anterior 12.2. Como condición previa de tal suspensión EL CONCESIONARIO, tan pronto como sea posible, deberá notificar a LA AUTORIDAD el evento ocurrido y la obligación u obligaciones cuyo cumplimiento resultara afectado requiriendo de LA AUTORIDAD una confirmación por escrito de que la suspensión ha sido otorgada.
FUERZA MAYOR CASO FORTUITO. Las obligaciones emanadas de las partes en virtud del presente Contrato, podrán incumplirse sin culpa de las partes siempre que estos hayan tomado las previsiones necesarias y haya realizado un esfuerzo razonable para evitarlo, al ocurrir hechos o actos no previsibles por las partes, que estén razonablemente fuera del control de las mismas y que hagan incurrir a éstas al incumplimiento del presente Contrato. En caso de que sobreviniere incumplimiento de Contrato por causa de fuerza mayor o caso fortuito, o hechos de terceros, la parte que incumpliere no podrá ser objeto de reclamación por compensación alguna ni indemnización por daños y perjuicios. EL CLIENTE renuncia a cualquier derecho o a ejercitar cualquier acción en contra de WORLDCOM exonerándola expresamente del pago de daños, perjuicios o lucro cesante provocado por la falla e irregularidad del servicio o los equipos que sean propiedad de WORLDCOM o propiedad de EL CLIENTE, lo anterior en virtud de caso fortuito o fuerza mayor, eximentes de responsabilidad.
FUERZA MAYOR CASO FORTUITO. LA EMPRESA” no asume ninguna responsabilidad por el incumplimiento debido a la fuerza mayor, o caso fortuito, según corresponda, considerando posibles pérdidas de los productos, adquiridos por “EL CLIENTE”, siempre que dicha sea como consecuencia de la intervención de un hecho no atribuible al hombre, sea por desastre natural, o bien, aún mediante algún caso de fuerza mayor atribuible al hombre, debidamente comprobado. Para el resarcimiento de los daños que tanto “LA EMPRESA” como “EL CLIENTE” pudieran haber resentido en sus patrimonios, estos convienen en hacer esfuerzos necesarios para dirimir la pérdida patrimonial en la medida de lo posible, incluso mediante la suscripción de un acuerdo de reconocimiento de obligaciones en caso de corresponder. Tan pronto como se tenga conocimiento de algún caso de fuerza mayor, o bien, fortuito, se deberá notificar a su contraparte a fin de tener conocimiento de los hechos y sus consecuencias.
FUERZA MAYOR CASO FORTUITO. Las Partes quedarán exentas de toda responsabilidad por dilación u omisión en el cumplimiento de las obligaciones contractuales cuando dichos eventos ocurran por causa constitutiva de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente comprobada, por fuera del control de La Parte y que no implique falta o negligencia de éste. Para efectos del contrato, solamente se considerarán como causas constitutivas de fuerza mayor o caso fortuito las que se califiquen como tales de acuerdo con la legislación colombiana. Los inconvenientes de fuerza mayor o caso fortuito deberán informarse a la otra Parte por el medio más rápido posible, dentro de las 72 (setenta y dos) horas siguientes al momento en que hayan comenzado; dentro de los 10 (diez) días siguientes, entregará a la Otra Parte todos los detalles del hecho constitutivo de fuerza mayor y la documentación certificada que aquella pueda requerir. En caso de desaparecer tal circunstancia las partes continuarán la ejecución de sus obligaciones en la forma estipulada anteriormente. Las obligaciones pendientes de pago, ocasionadas con anterioridad a la ocurrencia de eventos de fuerza mayor o caso fortuito, deberán ser cubiertas por EL COMPRADOR en los períodos estipulados.”
FUERZA MAYOR CASO FORTUITO. Se entenderá por fuerza mayor todo acontecimiento ocurrido por causas imprevistas ajenas a la voluntad de los Contratantes, no atribuibles a faltas o negligencias de los constructores, incluyendo catástrofes de la naturaleza, de enemigos públicos, incendios, inundaciones, epidemias. No se considera fuerza mayor la precipitación Pluvial normal de la estación lluviosa ya que se ha incluido en el período de tiempo de cumplimiento de contrato suficiente provisión para tal concepto. Tanto la fuerza mayor como casos fortuitos que impidan totalmente al CONTRATISTA continuar ejecutando eficientemente el Contrato deberá ser notificado por escrito AL PROPIETARIO dentro de los SIETE (7) DÍAS posteriores a la cesación de dicha fuerza Mayor o caso Fortuito, en una solicitud de prórroga debidamente sustanciada con pruebas fehacientes estipulado en el número de días que solicitan de prórroga. Analizada la solicitud de prórroga EL PROPIETARIO resolverá la cuantía de tiempo otorgado. Esta resolución será inapelable.
FUERZA MAYOR CASO FORTUITO. En caso de siniestro o cualquier otro factor externo ajeno a nuestra voluntad que sea de fuerza mayor, caso fortuito o pandemias, al cesar las circunstancias que determinaron la fuerza mayor, el caso fortuito o el hecho de terceros, ADC notificará este hecho a la otra de manera inmediata, y continuará, si así lo hubiesen convenido las Partes, con la ejecución de las obligaciones suspendidas, siendo así, McDonald ́s acordará de mutuo acuerdo con el cliente, la próxima fecha para la realización de la fiesta de cumpleaños
FUERZA MAYOR CASO FORTUITO. 10 OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO 11
FUERZA MAYOR CASO FORTUITO. Se entenderá por fuerza mayor todo acontecimiento ocurrido por causas imprevistas ajenas a la voluntad de los Contratantes, no atribuibles a faltas o negligencias de los constructores, incluyendo catástrofes de la naturaleza, de enemigos públicos, incendios, inundaciones, epidemias.