Percepciones salariales Cláusulas de Ejemplo

Percepciones salariales a)Salario base b)Complementos salariales del Convenio -Plus de homogeinización -Plus asistencia -Gratificaciones extraordinarias -Horas extraordinarias -Nocturnidad -Turnicidad -Domingos y festivos -Salario en especie -Penosidad -Ayuda por hijos en edad escolar
Percepciones salariales. Tendrán la condición xx xxxxxxx las siguientes percepciones económicas:
Percepciones salariales. 61 54.1 Pago xxx xxxxxxx y Recibo de haberes……………………………. 62
Percepciones salariales. Se considerará salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especies, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los períodos de descanso computables como de trabajo. Tendrán la condición xx xxxxxxx las siguientes percepciones económicas:
Percepciones salariales. I. Principios generales y conceptos
Percepciones salariales. Son las retribuciones consideradas como salario y cotizan a la seguridad social. El salario estará formado por el salario base y los complementos salariales.
Percepciones salariales. 1. Todos los conceptos retributivos del personal amparado por el presente Convenio experimentarán: a) En el año 2017, a partir del día 1 de enero, se aplicará la Tabla adjunta como Anexo I, con las salvedades establecidas en la Disposición Transitoria Segunda del presente Convenio Colectivo. b) En el año 2018, a partir del día 1 de enero, un incremento equivalente al IPC nacional del año 2017.
Percepciones salariales. X. Xxxxxxx base. II. Complementos. a) Personales: 1. Antigüedad. 2. Plus de Convenio.
Percepciones salariales. Se considera salario la totalidad de las percepciones económicas de los trabajadores, en dinero o en especie, por la prestación profesional de los servicios laborales por cuenta ajena, ya retribuyan el trabajo efectivo, cualquiera que sea la forma de remuneración, o los periodos computables como periodo de trabajo. Los periodos computables como trabajo son:  El descanso semanal y los días festivos.  Las vacaciones anuales.  El descanso, no inferior a 15 minutos, en jornada que exceda de 6 horas diarias, si así está establecido mediante acuerdo.  Las ausencias justificadas al trabajo con derecho a retribución.  Los salarios de tramitación en despidos declarados nulos o improcedentes. Las percepciones de carácter salarial más frecuentes son:
Percepciones salariales. 2.1. El salario base 2.2. Los complementos salariales 2.3. La globalización xxx xxxxxxx