PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo previsto para la ejecución del contrato será de cuatro (4) meses contados a partir de la suscripción del Acta de Inicio, previo perfeccionamiento del Contrato y aceptación de las garantías solicitadas en el contrato suscrito con FINAGRO. La FASE 1 se desarrollará en un período de tiempo no mayor a dos (2) meses y comprende la revisión de la suficiencia de los documentos soporte del proyecto allegada por la Asociación y calidad a la luz de las exigencias de los materiales en el proyecto a desarrollar para proceder con las obras civiles, así como la verificación y acompañamiento a las asociaciones en el proceso de selección y contratación de quien ejecutará las obras objeto del Acuerdo de Financiamiento. La FASE 2, se desarrollará inicialmente en un período de tiempo de dos (2) meses, y comprenderá el control y seguimiento de los componentes técnico, jurídico, administrativo y financiero de los Acuerdos de Financiamiento y las obras que se desarrollen en virtud del mismo. Durante este plazo, el Interventor de Obra se debe obligar a ejecutar de manera íntegra el contrato en concordancia con los plazos y cronogramas que se establezcan. El Contrato se liquidará dentro de los CUATRO (4) meses siguientes a la finalización del mismo, mediante acta suscrita por las partes, previa presentación del Informe Final por parte de la Interventoría, el cual debe contener el visto bueno del Supervisor de FINAGRO. El acta de liquidación describirá los recursos ejecutados y estará acompañado del informe final, en el cual se describen en forma detallada las actividades realizadas, los resultados obtenidos y los recursos ejecutados.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo para la realización de las actividades objeto del contrato es de XXX (XXXX) días calendario, contado a partir de la fecha de la orden de iniciación, escrita, dada por EMVARIAS. La vigencia del contrato será desde la comunicación de la aceptación de la oferta hasta la liquidación definitiva, acorde con lo previsto en el pliego de condiciones.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo para la ejecución del presente contrato será _________________________ a partir del acta de iniciación, una vez perfeccionado el contrato y cumplidos los requisitos de ejecución. PARÁGRAFO. - Dicha Acta deberá ser suscrita por el (la) contratista y el supervisor del contrato y se obligan a radicar el documento original en la ventanilla única de la Secretaria de Contratación de la Gobernación de Boyacá, DE FORMA INMEDIATA; conforme lo establece el Artículo 2.2.1.1.1.7.1. Decreto 1082 de 2015, todos los documentos deben publicarse dentro de los tres (3) días siguientes a su expedición.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo de ejecución del contrato, será a partir del perfeccionamiento (Articulo 41 Ley 80 de 1993) y cumplimiento de los requisitos de ejecución (Artículo 41 de la Ley 80 de 1993 modificado por el Articulo 23 Ley 1150 de 2007) hasta el 31 de Diciembre una vez cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del acto.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO. ( La vigencia se toma sólo para efectos de liquidación del contrato cuando aplique )
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo de ejecución será hasta el 31 de Diciembre de 2018 y los equipos en apoyo tecnológico deben estar en funcionamiento en un plazo máximo de treinta (30) días calendario siguientes al perfeccionamiento (Articulo 41 Ley 80 de 1993) y cumplimiento de los requisitos de ejecución (Articulo 41 de la Ley 80 de 1993 modificado por el Articulo 23 Ley 1150 de 2007). La vigencia del contrato será igual al plazo de su ejecución y cuatro (4) meses más.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo de ejecución de este contrato es de doce (12) meses, contados a partir de la fecha del inicio de la cobertura correspondiente, es decir, a partir del 28 de noviembre de 2014 a las cero (00:00) horas, hasta el 00 xx xxxxxxxxx xx 0000 x xxx xxxxxxxxxxxx (24:00) horas. - La vigencia del presente contrato será igual al plazo de ejecución y cuatro (4) meses más. PARÁGRAFO PRIMERO- Se entiende que la Vigencia técnica de las pólizas de seguros será de doce (12) meses, contados a partir de la fecha del inicio de la cobertura correspondiente, es decir, a partir de las 00:00 horas del día
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El plazo es un elemento de la esencia del presente CONTRATO y por tanto, su incumplimiento dará lugar a las sanciones y al ejercicio de los derechos que conforme a este instrumento y a la Ley le corresponden a MXX. El presente CONTRATO comenzará a regir a partir del DD de MES del 201X hasta el DD de MES del 201X. No obstante lo anterior, el presente CONTRATO se mantendrá vigente mientras permanezcan pendientes de cumplimiento las obligaciones contenidas en éste, obligaciones que se darán por cumplidas una vez que los servicios se encuentren correctamente ejecutados y recibidos con conformidad final por MXX, sin perjuicio de la garantía técnica, suspensiones y prórrogas que fueren dispuestas o concedidas. Luego de que el CONTRATO termine en la forma acordada en esta cláusula, MXX podrá ordenar al CONTRATISTA que prepare y entregue un informe final. Sin embargo, en caso de no terminarse los trabajos o servicios en el plazo señalado en párrafo segundo de la presente cláusula se aplicarán las sanciones, multas y retenciones señaladas en al presente instrumento.
PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA DEL CONTRATO. El contrato tendrá un plazo de ejecución de tres 3 meses calendario contados a partir del cumplimiento de todos los requisitos de ejecución y una vigencia igual al plazo de ejecución. Debe tenerse en cuenta que el contrato que habrá de celebrarse como conclusión del correspondiente proceso de selección, es un contrato de compraventa de ejecución instantánea que no requiere liquidación, de conformidad con lo previsto en nuestro ordenamiento positivo sobre la materia.