Pluses Cláusulas de Ejemplo

Pluses. 18.1. Plus jefe de equipo. El plus jefe de equipo se mantiene en las mismas condiciones que está regulado en el vigente Convenio colectivo.
Pluses. Quedan extinguidos en su concepto y cuantía actual todos los pluses existentes en las empre- sas que pasarán a formar parte del Plus Convenio y/o Complemento Personal, de acuerdo con el ar- tículo 29.1, con las únicas excepciones de aque- llos cuya denominación responda a retribuciones relacionadas con la actividad o el contenido de la prestación laboral tales como incentivos o primas de producción, antigüedad, turnicidad, nocturni- dad, peligrosidad y/o toxicidad, etc. Las empresas que viniesen abonando pluses de peligrosidad y/o toxicidad, por acuerdo expre- so o tácito entre partes, sentencia firme o resolu- ción administrativa firme, lo harán de acuerdo con los siguientes módulos:
Pluses. Son los indicados en el Anexo I y se denominan:
Pluses. Con excepción de los pluses obligatorios (turnicidad, rotación de horarios, nocturnidad y penosidad), quedan extinguidos en su concepto y cuantía actual todos los demás pluses, pasando su importe a formar parte del plus convenio.
Pluses. Plus de idiomas: Tendrán derecho a percibir una cantidad equivalente al 10% y 15% xxx xxxxxxx base aquellos trabajadores a quienes se les exija, respectivamente, el conocimiento de uno o más idiomas en el desempeño del puesto de trabajo. Plus de responsabilidad: Tendrán derecho a percibir una cantidad equivalente al 20% xxx xxxxxxx aquellos trabajadores a quienes se encomiende la dirección, organización y control del trabajo de uno o varios trabajadores.
Pluses. Se establecen los siguientes pluses:
Pluses. El personal percibirá los siguientes pluses, cuando concurran las causas específicas y determinadas para cada uno de ellos. Las cantidades correspondientes, figuran en el Anexo I.
Pluses. MANUTENCION
Pluses. Quedan extinguidos en su concepto y cuantía actual todos los pluses existentes en las empresas que pasarán a formar parte del Plus Convenio y/o Complemento Personal, de acuerdo con el artículo 29.1, con las únicas excepciones de aquellos cuya denominación responda a retribuciones relacionadas con la actividad o el contenido de la prestación laboral tales como incentivos o primas de producción, antigüedad, turnicidad, nocturnidad, etc. Las empresas que viniesen abonando pluses de peligrosidad y/o toxicidad, por acuerdo expreso o tácito entre partes, sentencia firme o resolución administrativa firme (dictadas en base a normas legales actualmente derogadas), seguirán haciéndolo en los mismos términos y cuantías en que lo hayan venido haciendo hasta la fecha y de acuerdo con los siguientes módulos:
Pluses. Son los indicados en el Anexo I y se denominan: Los referidos pluses, al ser éstos una parte del total devengado, también se harán efectivos en permisos retribuidos, accidentes laborales, maternidad y hospitalización. Para el caso de enfermedad común se harán efectivos en proporción a los días y porcentajes a percibir en tal situación, que se indican en el Artículo 38.- Enfermedad.