RECEPCIÓN FINAL Cláusulas de Ejemplo

RECEPCIÓN FINAL. La recepción final se realizará luego de haberse recibido por parte del CONTRATISTA todos los productos establecidos en la cláusula Sexta, por medio de la aprobación de parte del Delegado técnico designado por EL CONTRATANTE mediante de un acta de recepción; superada esta fase, se procederá con el finiquito del contrato.
RECEPCIÓN FINAL. Una vez que el Contratista notifique formalmente la finalización de la implementación del objeto del cartel, el fiduciario contará con un plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles para dar la Recepción Final, con base en el cumplimiento de los entregables, de acuerdo con los requerimientos y condiciones del presente Cartel. El fiduciario se reserva el derecho de prorrogar este plazo por un periodo de veinte (20) días hábiles.
RECEPCIÓN FINAL. El contratista o arrendatario deberá solicitar por escrito la Recepción Final dentro de los 30 días corridos, anteriores al cumplimiento del plazo de 365 días desde la Recepción Provisoria. Si el contratista o arrendatario no solicita la recepción final con la anticipación indicada, deberá renovar la garantía de Buen Funcionamiento de la Obra por 30 días hábiles más. La comisión será la misma que fue nominada para efectuar la Recepción Provisoria, pudiéndose presentar los siguientes casos: a) Cualquier deterioro en la obra debido a defectos en su construcción o mala calidad de los materiales empleados, ocurrido durante la vigencia de la garantía, calificado por la municipalidad, deberá ser reparado y costeado por el contratista o arrendatario dentro del plazo fijado por la comisión, sin perjuicio del derecho que tiene la Municipalidad de Iquique, para demandar indemnización de daños y perjuicios por el monto del deterioro no cubierto por la garantía de Buen funcionamiento de la Obra en caso de que esta se haga efectiva. b) En caso de no haber defectos, el acta deberá ser suscrita por la comisión y el contratista o arrendatario, remitiéndose copia de ella a la I.M.I., solicitando al mismo tiempo, la devolución de la garantía constituida, de conformidad al Punto N°22.2 de estas Condiciones de Arriendo. Durante el período de ejecución de la obra y en el evento de haber defectos imputables al contratista o arrendatario, éste debe repararlos a su xxxxx en el plazo que establezca la Comisión Receptora, ya sea que se trate de Obras menores o mayores. Si éste no lo hiciere en el plazo fijado, podrá efectuarlas la Unidad Ejecutora en conformidad al inciso 2°del Art. 167°de Reglamento para Contratos de Obras Públicas, quedando facultada para aplicar las multas consignadas en el inciso 2°, Art. 111°del mismo reglamento, descontándose de las garantías de Buen Funcionamiento de la Obra, que existan en poder la Municipalidad de Iquique. Con posterioridad a esta fecha, el contratista o arrendatario se responsabiliza durante 5 años, por cualquier desperfecto que le sea imputable en su calidad de constructor, sin perjuicio de otras responsabilidades que establezcan las leyes y normativa aplicable.
RECEPCIÓN FINAL. (a) Dentro de un plazo comprendido entre los noventa (90) y los sesenta (60) días anteriores a la fecha en que concluyan las prestaciones previstas en el Artículo VII el Encargado del Proyecto enviará a la Auditora Técnica: (i) Una notificación escrita requiriendo la Recepción Final; y (ii) La documentación y manuales relativos a la Obra que se indica en el Anexo XIII. (b) Dentro de los treinta (30) días subsiguientes, la Auditora Técnica, con citación del Delegado Técnico: (i) Constatará el estado de la Obra y realizará las mediciones establecidas en los PET. (ii) Examinará la documentación y manuales relativos a la Obra y constatará su consistencia con lo establecido en los PET. (iii) Remitirá un informe final al Encargado del Proyecto, al Ente Contratante y al Fiduciario aconsejando fundadamente la Recepción Final de la Obra o determinando específica y detalladamente qué tareas deben ser realizadas para su Recepción Final. (c) En el supuesto en que el informe de la Auditora Técnica hubiera hecho observaciones al pedido de Recepción Final presentado por el Encargado del Proyecto, el Encargado del Proyecto deberá subsanarlas en las condiciones y en los plazos determinados por la Auditora Técnica y, una vez concluidas dichas tareas, reiniciar el procedimiento establecido en esta Sección en lo que fuera pertinente.
RECEPCIÓN FINAL. Acto por el cual, a solicitud del Contratista, el Propietario verificará la recepción efectuada por el Supervisor constatando la corrección de las observaciones hechas en la pre recepción luego procederá a la aceptación de las obras de conformidad, mediante un acta final. Sub-Contratista: Persona(s) natural, jurídica o asociación de éstas, que celebra contrato directamente con el Contratista para el suministro de servicios de mano de obra, materiales o ambos, para la ejecución de una parte de la obra. Mano de Obra: Incluirá únicamente el costo xxx xxxxxxx (incluye prestaciones sociales) o pago por destajo de una actividad en específico. Los costos de viáticos de alimentación, transporte y alojamiento de los trabajadores deberán incluirse dentro de los costos indirectos de la oferta. Obligaciones del Contratista (Incluir Costo en Indirectos):
RECEPCIÓN FINAL. Acto por el cual, el Propietario verificará la recepción efectuada por el Gerente de Obras constatando la corrección de las observaciones hechas en Sub-contratista: Persona(s) natural, jurídica o asociación de éstas, que celebra contrato directamente con el Contratista para el suministro de servicios de mano de obra, materiales o ambos, para la ejecución de una parte de la obra.
RECEPCIÓN FINAL. El Supervisor y Administrador del Contrato, transcurrido el plazo establecido en la Recepción Provisional, procederán en un plazo máximo de CINCO (5) DIAS HABILES a partir de notificada la superación de las observaciones efectuadas en la Recepción Provisional y se haya comprobado no existir defectos o irregularidades en la obra dentro del periodo de Responsabilidad por Defectos se procederá a efectuar la Recepción Final, elaborándose el Acta correspondiente, siendo firmada por el Supervisor de Obra, Administrador del Contrato y la coordinadora de infraestructura de la Unidad de Gestión del Programa (UGP), como por LA CONTRATISTA. Para la Recepción Final del Proyecto se deberá elaborar un Acta, la cual contendrá como mínimo, entre otras, la información siguiente:  Lugar, día y hora de la recepción final del Proyecto.  Nombre completo del proyecto  Nombre de la Contratista.  Fecha y referencia del Contrato.  Nombre, cargo y firma de la Contratista.  Nombre, cargo y firma de las personas que reciben la Obra según lo establecido en el párrafo de Recepción Final.
RECEPCIÓN FINAL. Hito contractual establecido en la Cláusula 20.3 de las CONDICIONES GENERALES.
RECEPCIÓN FINAL. La Corporación emitirá el certificado de recepción final de las Obras relacionadas con la Unidad respectiva y sus Instalaciones Comunes Relacionadas e Instalaciones Comunes (“Recepción Final”) treinta (30) Días después de terminado el correspondiente Período de Garantía-Unidad e Instalaciones Comunes Relacionadas y después de que todos los trabajos de reparación ordenados durante tal período en virtud de lo establecido precedentemente se hayan terminado a satisfacción de la Corporación, (dicho certificado “Certificado de Recepción Final”).
RECEPCIÓN FINAL. La RECEPCIÓN FINAL de los TRABAJOS Y/O EQUIPOS se producirá doce (12) meses después de la RECEPCIÓN PROVISIONAL, a condición de que: - se haya declarado la RECEPCIÓN PROVISIONAL de los TRABAJOS Y/O EQUIPOS; - todas las reservas formuladas en la RECEPCIÓN PROVISIONAL o con posterioridad a la misma hayan sido debidamente subsanadas y resueltas; y - se hayan resuelto todos los diferencias que pudieran existir entre las PARTES en relación con el correspondiente CONTRATO. El CONTRATISTA será responsable de toda obligación creada antes de la fecha de la RECEPCIÓN FINAL que no haya sido satisfecha en dicha fecha.