Requisitos mínimos de solvencia a) Económica y financiera: Se considerará que la empresa tiene solvencia económica y financiera si cumple los siguientes requisitos:
b) Técnica: Se considerará que la empresas tienen solvencia técnica siempre que acrediten haber prestado al menos dos servicios similares al objeto del presente contrato por un presupuesto análogo al del presente contrato en los tres últimos años. A estos efectos se entenderán como servicios de presupuesto análogo aquellos cuyos importes no sean inferiores en más de un 25% al presupuesto de licitación del presente contrato. DECLARA
Requisitos mínimos de solvencia. Esta solvencia se considerará acreditada por aquellas empresas que hayan realizado trabajos de asesoramiento y mediación de seguros, cuyo importe xx xxxxxx totales intermediadas no sea inferior a 4.000.000 de euros en cada uno de los tres últimos ejercicios. Los servicios o trabajos realizados se acreditaran en los términos indicados en el citado artículo, teniendo en cuenta que en el caso de aportar declaración del empresario, deberán explicarse los motivos por los que no puede aportarse certificado del destinatario privado del trabajo realizado.”
Requisitos mínimos de solvencia. Las empresas licitadoras deberán acreditar la realización de servicios o trabajos de similar naturaleza a la del objeto del contrato por un montante global igual o superior al Presupuesto Base de Licitación (IVA excluido) en el conjunto de los tres últimos ejercicios (2008, 2009 y 2010); para ello habrán de presentar una relación en la que consten los principales servicios o trabajos realizados en dichos ejercicios de similar naturaleza a la del objeto del contrato. A esta relación, que deberá venir firmada por el representante de la empresa licitadora y que incluirá importes, fechas y destinatarios, públicos o privados, de dichos servicios o trabajos, se acompañará documentación acreditativa de la ejecución en dichos ejercicios de dos o más contratos de similar naturaleza a la del servicio a contratar, cuyo importe en conjunto, deberá ser igual o superior al Presupuesto Base de Licitación (IVA excluido), acreditándose la realización de tales servicios o trabajos en la forma prevista en el Artículo 67 apartado a) de la LCSP. Los servicios o trabajos efectuados habrán de ser acreditados con certificados de buena ejecución expedidos por los órganos adjudicadores, sin que resulte suficiente para acreditar los mismos la presentación de meras relaciones de los principales efectuados.
Requisitos mínimos de solvencia. Las empresas licitadoras deberán acreditar la implantación en las mismas de un sistema de gestión de calidad bajo la Norma ISO 9001. A tal efecto deberán presentar certificado original o copia debidamente compulsada que acredite la implantación de un sistema de gestión de calidad bajo dicha norma.
Requisitos mínimos de solvencia. Las empresas, para la ejecución del contrato, deberán disponer de experiencia en servicios o trabajos similares, debiendo acreditar, aportando certificado de buena ejecución, el haber llevado a cabo como mínimo una prestación similar al objeto del presente a lo largo de los últimos tres años.
Requisitos mínimos de solvencia. Los licitadores deberán reunir los siguientes requisitos. Ser persona física o jurídica cuyo ámbito de actividades y objeto social comprenda el objeto del contrato, según resulte de sus estatutos o reglas fundacionales, que disponga de una organización con elementos personales o materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Tener plena capacidad de obrar y no estar incurso en las prohibiciones e incompatibilidades que prevé la legislación vigente sobre los contratos de las administraciones públicas. Firmante: XXXXXXX XXXXXX, XXXXXXX De acuerdo al punto 6.b) del Artículo 159 de la LCSP, los licitadores estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera y de acreditación de la solvencia técnica o profesional, por tratarse de un contrato cuyo valor estimado es inferior a 35.000,00€.
Requisitos mínimos de solvencia. Como mínimo el licitador deberá acreditar que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 50% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, cuando exista clasificación aplicable a este último se atenderá al grupo y subgrupo de clasificación al que pertenecen unos y otros, y en los demás casos a la coincidencia entre los dos primeros dígitos de sus respectivos códigos CPC. Para este contrato la tipología de servicios se corresponde con: Servicios: Grupo P) servicios de mantenimiento y reparación de equipos e instalaciones. Subgrupo 2. Instalaciones de fontanería, conducción de agua y gas. Categoría A) (equivalente a 1). Las cantidades justificadas lo serán sin incluir los impuestos a que este obligado el empresario.
Requisitos mínimos de solvencia. Para concurrir deberá acreditarse: • La condición de Comercializador según se especifica en el Capítulo I del Título V del Real Decreto 1955/2000, de uno de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. _ • La prestación de los servicios objeto del contrato, en alguno de los años 2012, 2013, 2014, 2015 a una Administración Pública o entidad privada con un número similares a las del Ayuntamiento de El Ejido. Dicha acreditación se realizará mediante un certificado de buena ejecución. Asimismo, los empresarios deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Podrán hacerlo por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Cuando en representación de una persona jurídica concurra algún miembro de la misma, deberá justificar documentalmente que está facultado para ello. Tanto en uno como en otro caso, al representante le afectan las prohibiciones e incompatibilidades para contratar del artículo antes citado. Los poderes y documentos acreditativos de la personalidad se acompañarán a la proposición bastanteados por la Secretaría Municipal, a cuyo efecto deberían ser presentados previamente, con una anticipación mínima de veinticuatro horas a la entrega de la proposición. El Excmo. Ayuntamiento de El Ejido también podrá contratar con uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto. En este caso, los empresarios agrupados quedarán obligados solidariamente ante la Administración y entre todos deberán nombrar un representante con poderes bastantes para ejercitar derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven, según lo establecido en el artículo 59 del TRLCSP. El licitador que forme parte de una unión temporal no podrá concurrir en el mismo procedimiento individualmente. Las empresas deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales y dispongan de una organización con elementos p...
Requisitos mínimos de solvencia. Para concurrir deberá acreditarse: _ • La condición de Comercializador según se especifica en el Capítulo I del Título V del Real Decreto 1955/2000, de uno de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministros y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. • La prestación de los servicios objeto del contrato, en alguno de los años 2012, 2013, 2014, 2015 a una Administración Pública o entidad privada con un número similares a las del Ayuntamiento de El Ejido. Dicha acreditación se realizará mediante un certificado de buena ejecución.
Requisitos mínimos de solvencia. La solvencia técnica o profesional se acreditará con la realización de trabajos de la misma naturaleza que el objeto del contrato durante los 5 últimos años (2012, 2013, Dado que es posible licitar a uno o más lotes en los que se divide el contrato, se indica que en el caso de licitar a más de un lote, la cifra de referencia para la acreditación de la solvencia, estará constituida por la suma de la cifra de referencia de los lotes a los que se licita.