Resolución de la convocatoria Cláusulas de Ejemplo

Resolución de la convocatoria. Concluidas las pruebas, se propondrá al gerente la lista de personas candidatas para la formalización de los contratos de trabajo, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contraviniera lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho. El gerente procederá a la formalización de los contratos previa justificación de las condiciones de capacidad y méritos y de los requisitos exigidos en la misma. Hasta que se formalicen los contratos y se incorporen a los correspondientes puestos de trabajo, las personas aspirantes no tendrán derecho a ninguna percepción económica. Las personas trabajadoras que accedan a una plaza a través del turno de promoción interna tendrán preferencia para cubrir los puestos de trabajo vacantes de las convocatorias conjuntas. La prioridad en la adjudicación de las vacantes se realizará partiendo de las puntuaciones máximas globales y siguiendo un orden descendente.
Resolución de la convocatoria. Una vez concluido el proceso de selección, el tribunal publi- cará en el tablón de anuncios del ayuntamiento la relación de candidatos, por el orden de puntuación conseguida, con indica- ción de la calificación obtenida, así como del documento nacio- nal de identidad, elevando dicha propuesta xx xxxxxxx. El xxxxxxx dictará resolución en la que apruebe la lista definiti- va, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proce- so selectivo, para los efectos de su contratación temporal. Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios del ayuntamiento.
Resolución de la convocatoria. Una vez concluido el proceso de selección, el tribunal publi- cará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de candidatos, por el orden de puntuación conseguida, con indica- ción de la calificación obtenida, así como del documento nacio- nal de identidad, elevando dicha propuesta xx xxxxxxx. El xxxxxxx dictará resolución, aprobando la lista definitiva, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo, a los efectos de su contratación temporal. Dicha resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Resolución de la convocatoria. La concesión de las ayudas se realizará por la Comisión de Seguimiento del Pacto Ambiental a que se refiere la Estipulación Cuarta del citado Pacto, en base a los criterios descritos en el apartado anterior. La participación de los dos representantes de la Consellería en la Comisión de Seguimiento del Pacto Ambiental a efectos de la valoración de las solicitudes y cualquier otra actuación en dicho ámbito tiene naturaleza exclusivamente de asesoramiento técnico a efectos de la implementación del Programa Marco en orden al mejor cumplimiento del Pacto Ambiental y el Convenio de Colaboración derivado del mismo, sin que dichas actuaciones impliquen de ninguna forma el ejercicio de potestades administrativas. Para la valoración de los proyectos presentados, la Comisión de Seguimiento del Pacto Ambiental podrá servirse del asesoramiento externo de expertos en la materia de cada una de las líneas de ayuda convocadas, así como solicitar información complementaria a los solicitantes de ayudas. La concesión de las ayudas acordadas por la Comisión de Seguimiento del Pacto Ambiental será comunicada a los solicitantes a partir del próximo 30/06/2023, con indicación expresa del objeto y finalidades que motivan la concesión de la ayuda, a efectos de su justificación y dando traslado de la misma a ENCE para que proceda a adoptar todas las medidas de ejecución de la concesión las ayudas.
Resolución de la convocatoria. La resolución de concesión de las solicitudes se publicará en la página web xx XXXXX en el plazo máximo de 20 días hábiles contados a partir de la fecha solicitud. Adicionalmente, el solicitante será informado de dicha resolución vía email.
Resolución de la convocatoria. 1.- La competencia para resolver la presente convoca- toria corresponde a la titular de la Consejería de Educación de conformidad con lo establecido en la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. 2.- La resolución será motivada y se notificará a los inte- resados. 3.- El plazo máximo para resolver y notificar será de tres meses, a contar desde la finalización del plazo de presen- tación de las solicitudes, transcurridos los cuales, sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desesti- mada la solicitud.
Resolución de la convocatoria. 1.- La Comisión Seleccionadora se reunirá para la evaluación de las solicitudes presentadas y la consiguiente concesión de las becas, finalizado el plazo de admisión. 2.- La Comisión valorará en primer lugar las solicitudes de los que fueron beneficiarios de la ayuda en el curso anterior, quienes tendrán preferencia y mantendrán la beca en el caso de cumplir las condiciones que establecen las bases de la convocatoria. 3.- La resolución de la Comisión Seleccionadora se notificará a cada uno de los solicitantes, indicándoles el plazo para presentación de reclamaciones ante la Comisión que resolverá de forma inapelable, en su caso.
Resolución de la convocatoria. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal publicará la resolución provisional de la Convocatoria, con el resultado de las pruebas y las puntuaciones de las personas candidatas aptas en el proceso. Las personas candidatas podrán presentar reclamaciones a la referida resolución provisional en el plazo de 5 días naturales a contar desde el siguiente al de su publicación, por los medios que se establezcan en la misma. Una vez resueltas las reclamaciones, el Tribunal publicará la resolución definitiva de la convocatoria. Esta resolución constará de tres listados: 1.- Listado de personas candidatas seleccionadas que han obtenido la/s plaza/s o puesto/s objeto de la convocatoria, por haber obtenido la mejor puntuación en el proceso. La Dirección de Recursos Humanos, en aquellos procesos selectivos en los que esté definido el número de plazas convocadas, se reserva el derecho a incrementar el número de plazas ofertadas en un 10 %, para el supuesto de necesidades sobrevenidas durante el desarrollo de la propia convocatoria, lo que se hará constar en el listado de personas candidatas seleccionadas. 2.- Listado de personas candidatas que han superado las pruebas selectivas especificadas en la convocatoria y por tanto son consideradas como Aptas por parte del Tribunal, pero que no han obtenido la/s plaza/s o puesto/s objeto de la convocatoria, ordenadas en función de la mejor puntuación. La Comisión Paritaria acordará, en su caso, la vigencia del referido Listado. Este listado podrá tener una vigencia de hasta 18 meses desde la publicación del listado definitivo. La Dirección, previo informe justificativo y motivado, podrá asignar plaza como resultado del proceso selectivo, a las personas Aptas en el proceso selectivo que figuran en este listado durante el periodo de vigencia del mismo y por el orden establecido, en los siguientes supuestos: • Renuncias de los trabajadores que han obtenido plaza durante el periodo de prueba. • No superación del periodo de prueba. • Bajas no previstas. • Necesidades organizativas sobrevenidas. El informe justificativo y motivado de la necesidad formará parte del expediente de la convocatoria. BOCM-20190831-1 3.- Listado de personas aspirantes que no han superado las pruebas contenidas en la convocatoria, y que por tanto no son consideradas como Aptas por parte del Tribunal. Los listados citados anteriormente deberán reflejar las puntuaciones obtenidas por cada una de las personas aspirantes en cada una de las pruebas de las que c...

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  • DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO].

  • MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA Únicamente se podrán efectuar modificaciones a la convocatoria de esta Licitación, cuando los cambios no sean sustanciales de los requerimientos técnicos así como de los bienes y o servicios convocados originalmente. Las modificaciones a la Convocatoria previstas en el Artículo 33 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Publico, así como las que deriven de la(s) Junta(s) de aclaraciones(s) formaran parte de la convocatoria y deberán ser consideradas por los licitantes en la elaboración de su proposición.

  • PENALIDAD POR XXXX EN LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por xxxx por cada día de atraso, de conformidad con en el artículo 133 del Reglamento.

  • Examen Preliminar de las Ofertas 32.1 El Comprador examinará todas las ofertas para confirmar que todos los documentos y documentación técnica solicitada en la Cláusula 11 de las IAO han sido suministrados y para determinar si cada documento entregado está completo. 32.2 El Comprador confirmará que los siguientes documentos e información han sido proporcionados con la oferta. Si cualquiera de estos documentos o información faltaran, la oferta será rechazada. (a) Formulario de Oferta, de conformidad con la Subcláusula 12.1 de las IAO;; (b) Lista de Precios, de conformidad con la Subcláusula 12.2 de las IAO; y (c) Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta, de conformidad con la Subcláusula 21 de las IAO, si corresponde.

  • CONVOCATORIA Se realiza a través de su publicación en el SEACE de conformidad con lo señalado en el artículo 33 del Reglamento, en la fecha señalada en el calendario del procedimiento de selección, debiendo adjuntar las bases y resumen ejecutivo.

  • DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA Se podrá declarar desierta la licitación cuando: 32.1. La totalidad de las proposiciones presentadas no reúnan los requisitos establecidos en esta convocatoria de licitación; 32.2. Los precios de todos los bienes, arrendamientos o servicios ofertados no resulten aceptables para CFE o convenientes si así lo considera la convocante; o 32.3. Ninguna proposición sea recibida a través de CompraNet para el acto de presentación y apertura de proposiciones.