Retención. El Poder Judicial podrá retener, total o parcialmente, el pago de la contraprestación estipulada al Proveedor, en cualquiera de los siguientes casos:
Retención. Ambas partes convienen expresamente que el Contratista no podrá, en ningún caso ejercer el derecho de retención total o parcial de la Obra. Una renuncia similar a la que antecede se- rá exigida por el Contratista a sus Subcontratistas. En caso de rescisión del Contrato, SBA- SE tendrá derecho a tomar posesión de la Obra en el estado en que se encuentre.
Retención. Los empleadores retendrán del aumento del primer mes xx xxxxxx, el cincuenta por ciento del mismo, que girarán a la FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, sito en Xxxx Xxxxx 1241 de Capital Federal. A tal efecto se utilizarán las planillas discriminadas utilizadas para los descuentos normales de la Obra Social.
Retención. Si se requiere que se retengan Impuestos de los importes pagados o pagaderos al Vendedor en virtud del Acuerdo, (a) dicho importe de retención no se deducirá de los importes adeudados al Vendedor según el precio original, (b) el Cliente pagará los Impuestos en nombre de Vendedor a la autoridad fiscal correspondiente de acuerdo con la Ley Aplicable, y (c) el Cliente enviará al Vendedor, en los 60 (sesenta) días siguientes al pago, una prueba de los Impuestos pagados suficiente para establecer el importe de la retención y el destinatario.
Retención. El Cliente será responsable de designar a los Usuarios con cobertura del servicio EC, así como también indicar el tiempo de retención para cada Usuario. Los mensajes electrónicos retenidos serán suprimidos cuando se cumpla el primero de los siguientes plazos: (a) el plazo de retención designado para el Usuario del caso, o (b) vigencia de EC. El Cliente tiene la obligación de adquirir suficiente espacio de almacenamiento teniendo en cuenta el tipo de retención requerida de conformidad con lo estipulado en la cláusula 4.1 más abajo.
Retención. En apego a la Legislación Nacional vigente y aplicable, EL CONTRATANTE, deberá efectuar las retenciones a que legalmente esté obligado, como ser el 20% del monto de cada estimación para recuperar el anticipo (si se hubiere pactado) en la misma moneda en que fue suministrado; del pago final se deducirá cualquier saldo pendiente de recuperación del anticipo, según el artículo 105 de la Ley de Contratación del Estado.
Retención. Ambas partes convienen expresamente que el Contratista no podrá, en ningún caso ejercer el derecho de retención total o parcial de la Obra. Una renuncia similar a la que antecede será exigida por el Contratista a sus Subcontratistas. En caso de rescisión del Contrato FIUBA tendrá derecho a tomar posesión de la Obra en el estado en que se encuentre.
Retención. 48.1 El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista la proporción estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente.
Retención. El Proveedor conservará los Datos de VIIV solo por el periodo de tiempo especificado en el Acuerdo, o según sea necesario para satisfacer los fines para los cuales fueron proporcionados al Proveedor, excepto que la ley aplicable exija una retención más prolongada.
Retención. Ualá se reserva el derecho a retener el abono de las ventas del Cliente depositado en el Depósito Ualá, por un periodo máximo de 180 días calendario por el acaecimiento de alguna de las siguientes controversias. Las siguientes controversias se listan de manera enunciativa más no limitativa: • BIN SERIADO.- Transacciones que sus primeros 12 dígitos sean consecutivos y se presenten más de dos operaciones continuas en el mismo negocio. • VENTAS FRACCIONADAS (Dos o más transacciones con un mismo Medio de Pago). • TRANSACCIONES RELEVANTES (Transacciones que excedan el ticket promedio).