Transporte marítimo Cláusulas de Ejemplo

Transporte marítimo. Los gastos del transporte marítimo de los residuos de envases adheridos a Ecoembes, bien entre islas o desde una isla o ciudad autónoma a la península, serán abonados por Ecoembes de acuerdo con la legislación vigente. 9.1. Transporte marítimo de los residuos de envases de papel-cartón. 9.1.1. Transporte marítimo desde la Entidad hasta las instalaciones del recuperador/reciclador Unitario acondicionamiento: No aplica €/kg
Transporte marítimo lll.- Combustión Espontánea ( ) ( ) III.- Transporte Maritimo Adicionales: Baratería del capitán o de la tripulación ( )
Transporte marítimo. Transporte aéreo y espacial
Transporte marítimo. 1. Las Partes reconocen la importancia de unos servicios de transporte marítimo rentables y eficaces en un medio ambiente xxxxxx seguro y limpio como método principal de transporte que facilita los intercambios internacionales y constituye, por lo tanto, una de las fuerzas motrices del desarrollo económico y la promoción del comercio. 2. Se comprometen a promover la liberalización del trans- porte marítimo y, a tal efecto, aplicar de manera efectiva el principio de acceso sin restricciones al mercado internacional de transporte marítimo sobre una base no discriminatoria y comercial. 3. Cada una de las Partes concederá, entre otras cosas, un trato no menos favorable que el que concede a sus propios buques, a los buques explotados por nacionales o sociedades de la otra Parte, y a los buques registrados en el territorio de una de las Partes, por lo que se refiere al acceso a los puertos, a la utilización de las infraestructuras y servicios marítimos auxilia- res de esos puertos, así como a los cánones y cargas asociados, las facilidades aduaneras, los puestos de estiba y las instalacio- nes de carga y descarga. 4. La Comunidad apoyará los esfuerzos desplegados por los Estados ACP para desarrollar y promover servicios de trans- porte marítimo rentables y eficaces en los Estados ACP con el fin de aumentar la participación de los operadores ACP en los servicios internacionales de transporte marítimo.
Transporte marítimo. A) En el caso de los transportes marítimos internacionales, por las disposiciones del Convenio Internacional para la Unificación de ciertas Reglas en materia de Conocimiento de Embarque, de 25 B) En el caso de transportes nacionales de mercancía por vía marítima, por las disposiciones contempladas en la Ley 14/2014, de 24 de julio de Navegación Marítima. Resultará de aplicación la cantidad que resulte mayor de aplicar 666,67 DEG por unidad de carga perdida o dañada declarada en el conocimiento de embarque o 2 DEG por kg. de peso bruto de mercancía dañada o siniestrada.
Transporte marítimo. Este seguro entra en vigor desde el momento en que las mercancías aseguradas, que se indican en la Carátula de la Póliza, queden a cargo de los porteadores marítimos para su transporte en el puerto de origen indicado en la misma, continúa durante el Curso normal del viaje y termina de alguna de las siguientes formas, la que ocurra primero: i) Cuarenta y ocho horas de días hábiles después de la descarga de las mercancías en los muelles o bodegas del puerto de arribo, siempre que no se haga entrega inmediata al consignatario o porteador terrestre. ii) A la entrega de las mercancías al consignatario. iii) A la entrega de las mercancías al porteador terrestre.
Transporte marítimo. Para el Medio de transporte marítimo, las mercancías aseguradas bajo esta Póliza deberán ser transportados en buques de xxxxx xx xxxxx, mecánicamente autopropulsados, pertenecientes a una línea regular, con clasificación vigente de alguna de las siguientes sociedades: ❏ American Bureau of Shipping ❏ Bureau Veritas ❏ China Classification Society ❏ Det Norske Veritas ❏ Germanischer Xxxxx ❏ Korean Register of Shipping ❏ Xxxxx´s Register of Shipping ❏ Maritime Register of Shipping ❏ Nippon Kaiji Kyokai ❏ Polish Register of Shipping ❏ Russia Maritime Register of Shipping ❏ Polski Regester Statrove ❏ Registro Italiano Navale ❏ o de otra sociedad miembro de IACS “International Association of Classification Societies” (Asociación Internacional de Sociedades Clasificadoras). Además, tales buques no deberán enarbolar "Bandera de Conveniencia", como la de los siguientes países: Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Bahamas, Barbados, Belice, Chipre, Xxxxx Rica, Gibraltar, Grecia, Honduras, Islas Bermudas, Islas Caimán, Islas Canarias, Islas Maldivas, Xxxxx Xxxxxxxx, Islas Tuvalu, Líbano, Liberia, Malta, Marruecos, Mauritania, Nicaragua, Panamá, República Dominicana, San Xxxxxxx, Singapur, Somalia, Sri Lanka, Vanuatu. En caso de siniestro cubierto bajo esta Póliza para embarques que no cumplan con cualquiera de las disposiciones arriba citadas, o cuando el transporte se hubiere efectuado en buques cuya edad sea mayor a 15 años y hasta 20, se aplicará el doble del Deducible señalado Carátula de la Póliza, con mínimo del 5% S.V.T.E.; mientras que para buques con edad mayor a 20 años, se aplicará el doble del Deducible señalado en la Carátula de la Póliza, con mínimo del 10% S.V.T.E. Para el Medio de transporte aéreo, las mercancías aseguradas bajo esta Póliza podrán ser transportados en aeronaves propiedad del Asegurado o de terceros transportistas y de línea aérea de uso comercial y/o de carga.
Transporte marítimo. Este Seguro entra en vigor desde el momento en que los bienes o mercancías aseguradas queden a cargo de los porteadores marítimos para su transporte en el puerto de origen indicado en la Carátula de la Póliza o Endosos, continúa durante el curso normal del viaje y termina con la descarga de los bienes en el muelle del puerto de arribo.
Transporte marítimo. Salvo pacto en contrario, los bienes deberán viajar bajo cubierta, en buques de xxxxx xx xxxxx y con propulsión mecánica, con una antigüedad de hasta 25 años, clasificados por una asociación miembro deI IACS (INTERNATIONAL ASSOCIATION OF CLASIFICATION SOCIETIES) que se citan en el siguiente párrafo: AMERICAN BUREAU OF SHIPPING (ABS) GERMANISCHER XXXXX (GL) BUREAU VERITAS (BV) INDIAN REGISTER OF SHIPPING (IRS) CHINA CLASSIFICATION SOCIETY (CCS) KOREAN REGISTER OF SHIPPING (KR) CROATIAN REGISTER OF SHIPPING (CRS) LLOYD'S REGISTER (LR) DET NORSKE VERITAS (DNV) NIPPON KAIJI KYOKAI (NK/CLASSNK) REGISTRO ITALIANO NAVALE (RINA) POLISH REGISTER OF SHIPPING (PRS) RUSSIAN MARITIME REGISTER OF SHIPPING (RS) Para una lista actualizada de los Miembros deI IACS y Miembros Asociados, favor de revisar el sitio web IACS en xxx.xxxx.xxx.xx Además tales buques deben pertenecer a una línea regular, y no enarbolar bandera de conveniencia. A los embarques que no cumplan con alguna de estas disposiciones en caso de siniestro, se les aplicará doble deducible para el riesgo afectado.
Transporte marítimo. A) En el caso de los transportes marítimos internacionales, por las disposiciones del Convenio Internacional para la Unificación de ciertas Reglas en materia de Conocimiento de Embarque, de 25 xx xxxxxx de 1924, según modificaciones de los Protocolos de 1968 y 1978, “Reglas de la Haya Visby”. Resultará de aplicación la limitación prevista en las Reglas de La Haya-Visby, B) En el caso de transportes nacionales de mercancía por vía marítima, por las disposiciones contempladas en la Ley 14/2014, de 24 de julio de Navegación Marítima. Resultará de aplicación la cantidad que resulte mayor de aplicar 666,67 DEG por unidad de carga perdida o dañada declarada en el conocimiento de embarque o 2 DEG por kg. de peso bruto de mercancía dañada o siniestrada.