Transporte marítimo Cláusulas de Ejemplo

Transporte marítimo. Los gastos del transporte marítimo de los residuos de envases adheridos a Ecoembes, bien entre islas o desde una isla o ciudad autónoma a la península, serán abonados por Ecoembes de acuerdo con la legislación vigente. En caso de que fuera necesario efectuar el transporte marítimo de los residuos de papel- cartón hasta las instalaciones del recuperador/reciclador ubicadas en otra isla o en la península, Ecoembes abonará el coste correspondiente al transporte marítimo. Este concepto incluye el coste de flete y el coste del transporte desde los almacenes de carga y descarga al puerto y desde el puerto de destino hasta las instalaciones del recuperador/reciclador más cercano, de acuerdo con la legislación vigente. En el caso de la recogida separada de papel-cartón monomaterial, el coste de transporte será sufragado en el mismo porcentaje considerado para la recogida separada monomaterial, que corresponde a la fracción de envases domésticos adheridos a Ecoembes de acuerdo con el apartado 4.1. En el caso de la recogida puerta a puerta de envases domésticos de papel-cartón en otros ámbitos de gestión municipal y de la recogida en puntos limpios, el coste de transporte será sufragado, igualmente, de acuerdo con los mismos criterios establecidos para el pago por recogida separada monomaterial. Así, la cantidad máxima de kilos por el que abonará este concepto será la misma que la facturada previamente por la UF, correspondiente tanto a la recogida monomaterial de papel-cartón, a la recogida puerta a puerta de envases domésticos de papel-cartón en otros ámbitos de gestión municipal, así como a la recogida en puntos limpios. Asimismo, se acordarán conjuntamente las condiciones necesarias para la optimización del transporte marítimo, fundamentalmente en cuanto a compactación del material, de manera que se preserve la calidad de los envases recogidos y se minimicen los costes de transporte por kilo. Asimismo, se tendrá en cuenta lo establecido en la legislación vigente, en cuanto a la financiación del transporte marítimo al punto más próximo de la península o de otra isla donde se puedan gestionar dichos residuos. En el caso de que se realicen, previamente al transporte marítimo, labores de acondicionamiento de los residuos de papel-cartón, se establece el siguiente coste unitario en concepto de acondicionamiento y transferencia de material: Por tanto, la facturación de transporte marítimo a las instalaciones de recuperador/reciclador se calcularía de forma mensual: Pa...
Transporte marítimo a) Se tomará en consideración la necesidad de que los embalajes estén especialmente preparados este tipo de transporte.
Transporte marítimo. 1. Las Partes reconocen la importancia de unos servicios de transporte marítimo rentables y eficaces en un medio ambiente xxxxxx seguro y limpio como método principal de transporte que facilita los intercambios internacionales y constituye, por lo tanto, una de las fuerzas motrices del desarrollo económico y la promoción del comercio.
Transporte marítimo. 1. Las Partes se comprometen a tratar de alcanzar el obje- tivo de un acceso sin restricciones al mercado y al tráfico marítimo internacional sobre la base de una competencia comercial xxxx, de conformidad con las disposiciones del presente artículo.
Transporte marítimo. 62 Transporte aéreo y espacial
Transporte marítimo. A) En el caso de los transportes marítimos internacionales, por las disposiciones del Convenio Internacional para la Unificación de ciertas Reglas en materia de Conocimiento de Embarque, de 25
Transporte marítimo. A) En el caso de los transportes marítimos internacionales, por las disposiciones del Convenio Internacional para la Unificación de ciertas Reglas en materia de Conocimiento de Embarque, de 25 xx xxxxxx de 1924, según modificaciones de los Protocolos de 1968 y 1978, “Reglas de la Haya Visby”. Resultará de aplicación la limitación prevista en las Reglas de La Haya-Visby,
Transporte marítimo. Este Seguro entra en vigor desde el momento en que los bienes o mercancías aseguradas queden a cargo de los porteadores marítimos para su transporte en el puerto de origen indicado en la Carátula de la Póliza o Endosos, continúa durante el curso normal del viaje y termina con la descarga de los bienes en el muelle del puerto de arribo.
Transporte marítimo. Este seguro entra en vigor desde el momento en que las mercancías aseguradas, que se indican en la Carátula de la Póliza, queden a cargo de los porteadores marítimos para su transporte en el puerto de origen indicado en la misma, continúa durante el Curso normal del viaje y termina de alguna de las siguientes formas, la que ocurra primero:
Transporte marítimo. Para el Medio de transporte marítimo, las mercancías aseguradas bajo esta Póliza deberán ser transportados en buques de xxxxx xx xxxxx, mecánicamente autopropulsados, pertenecientes a una línea regular, con clasificación vigente de alguna de las siguientes sociedades: ❏ American Bureau of Shipping ❏ Bureau Veritas ❏ China Classification Society ❏ Det Norske Veritas ❏ Germanischer Xxxxx ❏ Korean Register of Shipping ❏ Xxxxx´s Register of Shipping ❏ Maritime Register of Shipping ❏ Nippon Kaiji Kyokai ❏ Polish Register of Shipping ❏ Russia Maritime Register of Shipping ❏ Polski Regester Statrove ❏ Registro Italiano Navale ❏ o de otra sociedad miembro de IACS “International Association of Classification Societies” (Asociación Internacional de Sociedades Clasificadoras). Además, tales buques no deberán enarbolar "Bandera de Conveniencia", como la de los siguientes países: Antigua y Barbuda, Antillas Holandesas, Bahamas, Barbados, Belice, Chipre, Xxxxx Rica, Gibraltar, Grecia, Honduras, Islas Bermudas, Islas Caimán, Islas Canarias, Islas Maldivas, Xxxxx Xxxxxxxx, Islas Tuvalu, Líbano, Liberia, Malta, Marruecos, Mauritania, Nicaragua, Panamá, República Dominicana, San Xxxxxxx, Singapur, Somalia, Sri Lanka, Vanuatu. En caso de siniestro cubierto bajo esta Póliza para embarques que no cumplan con cualquiera de las disposiciones arriba citadas, o cuando el transporte se hubiere efectuado en buques cuya edad sea mayor a 15 años y hasta 20, se aplicará el doble del Deducible señalado Carátula de la Póliza, con mínimo del 5% S.V.T.E.; mientras que para buques con edad mayor a 20 años, se aplicará el doble del Deducible señalado en la Carátula de la Póliza, con mínimo del 10% S.V.T.E. Para el Medio de transporte aéreo, las mercancías aseguradas bajo esta Póliza podrán ser transportados en aeronaves propiedad del Asegurado o de terceros transportistas y de línea aérea de uso comercial y/o de carga.