Unidad Técnica Cláusulas de Ejemplo

Unidad Técnica. En caso de optar por no constituir mesa, el órgano de contratación será el competente para admitir o excluir a los licitadores, previa calificación de la documentación aportada. La Unidad técnica designada por el órgano de contratación será competente para recibir las ofertas y custodiarlas hasta el momento señalado para su apertura pública y efectuar su valoración. La composición de la Unidad técnica o de la mesa estará prevista en el Anexo XVII del presente pliego, que se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o, en caso contrario, su composición se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil.
Unidad Técnica. La Unidad Técnica que tendrá a su cargo el exacto cumplimiento del contrato, será la Dirección de Desarrollo Comunitario de la Ilustre Municipalidad de Curacaví.
Unidad Técnica. En el presente procedimiento de contratación no hay mesa de contratación por lo que las referencias que se hacen a ésta se referirán al órgano de contratación. Para la valoración de las ofertas se designará una Unidad Técnica y se publicará en el perfil del contratante de AUDITORIO DE TENERIFE su composición, que se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil.
Unidad Técnica. Se designa al Departamento de Movilización como Unidad Técnica, para velar directamente por la correcta ejecución del contrato.
Unidad Técnica. Conforme a lo dispuesto en el Art. 159.6 d) de la LCSP, la apertura y valoración de las ofertas que se presenten se llevará a cabo por la Unidad Técnica designada por el Órgano Municipal de contratación, y se efectuará con arreglo a los criterios cuantificarles automáticamente establecidos en el presente Pliego de Cláusulas. Su composición numérica será la siguiente: - El Secretario General del Ayuntamiento de El Álamo. - La Interventora del Ayuntamiento de El Álamo. - La funcionaria Arquitecta Superior Municipal. - La trabajadora municipal Coordinadora de Cultura. Documento Firmado Electrónicamente - CSV:8944835D-E902-4862-A7BE-96525401272C-226582 Tanto la Presidenta como los vocales, así como el Secretario de la Mesa podrán designar suplentes. La Unidad Técnica se considerará válidamente constituida si lo está por la Presidencia, el Secretario y la Interventora (Art. 326.6 LCSP). A las sesiones de la Unidad de Actuación podrán asistir como meros observadores, sin voz ni voto, los Concejales Portavoces, o Concejal en quien deleguen, del resto de los Grupos Municipales constituidos en la Corporación Municipal: PARTIDO SOCIALISTA, CIUDADANOS, VOX, PODEMOS, ACALA. La composición nominal de la Unidad Técnica se publicará a través del perfil del contratante Municipal.
Unidad Técnica. 8.1.-Jefe de Coordinación. Su función principal se centra en coordinar el apoyo que se ha de ofrecer a los servicios técnicos de la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad durante la prestación del servicio en general y durante las tareas de extinción de incendios forestales en particular, representando la conexión operativa entre la empresa adjudicataria del servicio y la Dirección Técnica. Además, se encargará de la alta supervisión del funcionamiento del dispositivo y será el responsable y representante de la empresa ante la administración. Dirigirá y coordinará el programa de actuaciones selvícolas de acuerdo con la Dirección Técnica. 8.2.-Jefe de Operaciones. Su cometido es el control de la presencia y operatividad diaria del personal componente de las unidades operativas. Tanto la distribución de toda la documentación generada por dicho control, como la originada por la relación laboral entre la empresa adjudicataria y el personal componente de las unidades operativas también son cometido de esta unidad. Es la unidad encargada del correcto funcionamiento del servicio. Además, será quien estudie y proponga cuadrantes, alternativas ante bajas, imprevistos, mal funcionamiento del servicio, etc. Será responsable de la organización de los equipos de extinción y detección, supervisando su buen funcionamiento y emitiendo cuantos informes le sean demandados por la Dirección Técnica del trabajo. Durante el desarrollo de la extinción de un incendio forestal se incorporará a Puesto de Mando Avanzado para apoyar en cuanto sea necesario por el Técnico de Extinción. Será responsable de la organización de las tareas de trabajos selvícolas, supervisando la buena realización de las mismas y elevando a la Dirección Técnica cuantos informes le sean recabados para el control de las mismas. Organizará y supervisará los reconocimientos médicos y las pruebas de aptitud física, así como las pruebas necesarias para la selección de los componentes de las unidades operativas. Velará por la aplicación de la normativa laboral y la legislación en materia de prevención de riesgos y salud laboral en el servicio y elaborará las evaluaciones de riesgos correspondientes a cada categoría profesional que integra el Servicio. 8.3.-Técnico en Formación. Además de servir de apoyo técnico al Jefe de Coordinación y al Jefe de Operaciones, llevará a cabo las siguientes tareas: • Elaborar un plan anual de mantenimiento físico para todos los componentes del Servicio que particip...
Unidad Técnica. Documento Firmado Electrónicamente - CSV:BE3EC7C2-7791-4147-A036-5CEC4565B314-566976 Presidenta: Que será la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación Municipal, o Concejal en quien delegue. Vocales: Gestor órgano asistencia: Trabajadora municipal Coordinadora de Contratación. Documento Firmado Electrónicamente - CSV:BE3EC7C2-7791-4147-A036-5CEC4565B314-566976
Unidad Técnica. Desempeñará las funciones de Unidad Técnica de esta contratación la Dirección de Obras Municipales.
Unidad Técnica. El órgano, o área de la Suprema Corte que cuente con personal con conocimientos especializados sobre las características de los bienes, usos, servicios u obra cuyo procedimiento de contratación se regula en ordenamiento.
Unidad Técnica. La Presidencia designará una Unidad Técnica, compuesta por el Gerente de URTASA, personal técnico de la misma y el Secretario del Consejo de Administración. El Secretario del Consejo de Administración recibirá las ofertas y las custodiará hasta el momento señalado para su apertura pública y efectuar su valoración. El Presidente, a propuesta de la Unidad Técnica, será el competente para admitir o excluir a las licitadoras, previa calificación de la documentación aportada. La composición de la unidad técnica o de la mesa, estará prevista en el Anexo XVII del presente pliego, que se publicará a través del perfil de contratante al publicar el anuncio de licitación o, en caso contrario, su composición se hará pública con carácter previo a su constitución a través de un anuncio específico en el citado perfil. 2.2.7 Apertura y examen de la documentación presentada.